INFORME sobre los efectos de la crisis económica en la igualdad entre hombres y mujeres y en los derechos de la mujer

25.2.2013 - (2012/2301(INI))

Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género
Ponente: Elisabeth Morin-Chartier

Procedimiento : 2012/2301(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A7-0048/2013

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre los efectos de la crisis económica en la igualdad entre hombres y mujeres y en los derechos de la mujer

(2012/2301(INI))

El Parlamento Europeo,

–   Vistos el artículo 2 y el artículo 3, apartado 3, párrafo segundo, del Tratado de la Unión Europea, así como el artículo 8, el artículo 153, apartado 1, letra i), y el artículo 157, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–   Visto el artículo 23 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

–   Vistos la Comunicación de la Comisión, de 18 de abril de 2012, titulada «Hacia una recuperación generadora de empleo» (COM(2012)0173) y el documento que la acompaña sobre el aprovechamiento del potencial de empleo de los servicios personales y domésticos (SWD(2012)0095),

–   Vista la propuesta de la Comisión, de 6 de octubre de 2011, de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a un Programa de la Unión Europea para el Cambio y la Innovación Sociales (COM(2011)0609),

–   Visto el Pacto Europeo por la Igualdad de Género (2011-2020), adoptado por el Consejo Europeo en marzo de 2011,

–   Visto el informe de 2011 de la Comisión sobre la igualdad entre mujeres y hombres en 2010 (SEC(2011)0193),

–   Vista la Comunicación de la Comisión, de 21 de septiembre de 2010, titulada «Estrategia para la igualdad entre mujeres y hombres 2010-2015» (COM(2010)0491),

–   Vista la propuesta de Decisión del Consejo sobre directrices para las políticas de empleo de los Estados miembros - Parte II de las Directrices Integradas Europa 2020 (COM(2010)0193),

–   Vista la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior[1],

–   Vista la Directiva 2006/54/CE, de 5 de julio de 2006, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación (refundición)[2],

–   Vista la Directiva del Consejo 2004/113/CE, de 13 de diciembre de 2004, por la que se aplica el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres al acceso a bienes y servicios y su suministro[3],

–   Vista la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, de 18 de diciembre de 1979,

–   Vista su Resolución, de 6 de mayo de 2009, sobre la inclusión activa de las personas excluidas del mercado laboral[4],

–   Vista su Resolución, de 7 de septiembre de 2010, sobre el papel de la mujer en una sociedad que envejece[5];

–   Vista su Resolución, de 17 de junio de 2010, sobre la dimensión de género de la recesión económica y la crisis financiera[6],

–   Vista su Resolución, de 19 de octubre de 2010, sobre las trabajadoras en situación precaria[7],

–   Vista su Resolución, de 8 de marzo de 2011, sobre la igualdad entre hombres y mujeres en la Unión Europea - 2010[8],

–   Vista su Resolución, de 8 de marzo de 2011, sobre el rostro de la pobreza femenina en la Unión Europea[9],

–   Vista su Resolución, de 6 de julio de 2011, sobre las mujeres y la dirección de las empresas[10],

–   Vista su Resolución, de 13 de septiembre de 2011, sobre las mujeres empresarias en pequeñas y medianas empresas[11],

–   Vista su Resolución, de 25 de octubre de 2011, sobre la situación de las madres solteras[12],

–   Vista su Resolución, de 13 de marzo de 2012, sobre la igualdad entre mujeres y hombres en la Unión Europea – 2011[13],

–   Vista su Resolución, de 24 de mayo de 2012, con recomendaciones destinadas a la Comisión sobre la aplicación del principio de igualdad de retribución entre trabajadores y trabajadoras para un mismo trabajo o para un trabajo de igual valor[14],

–   Vista su Resolución, de 11 de septiembre de 2012, sobre el papel de las mujeres en la economía verde[15];

–   Vista su Resolución, de 11 de septiembre de 2012, sobre las condiciones de trabajo de la mujer en el sector de los servicios[16],

–   Vista su Resolución, de 9 de marzo de 2011, sobre la Estrategia de la UE para la integración de la población romaní[17],

–   Visto el artículo 48 de su Reglamento,

–   Vistos el informe de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género y la opinión de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales (A7-0048/2013),

A. Considerando que la Unión Europea afronta la mayor crisis económica y financiera desde la Gran Depresión de los años treinta, agravada por las denominadas medidas de austeridad impuestas a los Estados miembros por las instituciones de la Unión Europea en el marco de las políticas de gobernanza económica (PEC, Semestre Europeo, Pacto por el Euro Plus, Tratado Presupuestario) y de los programas de «ayuda financiera», y que esta crisis está provocando un notable aumento de la tasa de desempleo en todos los Estados miembros, especialmente en los del sur; que dicha crisis tiene consecuencias particularmente graves, en especial para las personas vulnerables y las mujeres, a las que afecta directamente, con reducciones salariales o la pérdida o precarización de sus puestos de trabajo, e indirectamente, a través de los recortes presupuestarios en los servicios públicos y las ayudas sociales; que, en consecuencia, resulta indispensable tener muy seriamente en cuenta, entre otras cosas, la dimensión de la igualdad de género a la hora de hacer frente a esta crisis y desarrollar soluciones para superarla;

B.  Considerando que el derecho al trabajo es una condición esencial para una igualdad de derechos efectiva, para la independencia económica y la realización profesional de las mujeres; considerando que la crisis actual no es solo una crisis financiera y económica, sino que también atañe a la democracia, la igualdad, la asistencia social y la igualdad de género y, además, se está utilizando como excusa para ralentizar o incluso detener iniciativas fundamentales para afrontar el cambio climático y los desafíos medioambientales que tenemos ante nosotros;

C.  Considerando que la crisis crediticia, origen de la recesión actual, fue una catástrofe provocada por los hombres y que las respuestas a escala nacional e internacional, que no han tenido suficientemente en cuenta la perspectiva de género, también han sido en su mayoría decididas por hombres; que es importante que las mujeres, que, en general, tienen un nivel de cualificación superior al de los hombres, participen plenamente en el proceso de toma de decisiones en las esferas política, económica y financiera, así como en los acuerdos con los interlocutores sociales,

D.  Considerando que el aumento del riesgo de pobreza guarda una relación estrecha y directa con la destrucción de importantes funciones sociales del Estado, como, por ejemplo, la destrucción de los sistemas públicos de seguridad social que han experimentado recientemente en varios Estados miembros una reducción de la cuantía de importantes prestaciones sociales (ayudas familiares, subsidio social por desempleo, subsidio por enfermedad, renta mínima de inserción social);

E.  Considerando que, según varios estudios, solo un 5 % de los responsables de los procesos de toma de decisiones de las entidades financieras de la Unión Europea son mujeres, y que todos los gobernadores de los Bancos centrales de los 27 Estados miembros son hombres; considerando que los estudios de género han puesto de manifiesto que las mujeres tienen una forma diferente de gestionar, evitando los riesgos y centrándose más en la perspectiva a largo plazo;

F.   Considerando que al iniciarse la crisis económica, el impacto fue mayor para los hombres que para las mujeres; que el desempleo entre hombres y mujeres ha ido evolucionando de forma diferente con el paso del tiempo; que ellas no fueron las primeras víctimas de la crisis, pero que en la actualidad se ven más afectadas por sus efectos (mayor y creciente presencia en trabajos precarios y a tiempo parcial, mayor riesgo de despido, salarios más bajos, menor cobertura de los sistemas de protección social, etc.) y también se verán más afectadas a más largo plazo; que esta fase está mucho menos documentada y que no existen datos estadísticos comparables fiables, por todo lo cual las consecuencias de la crisis sobre las mujeres tienden a infravalorarse;

G.  Considerando que las mujeres desempeñan un papel fundamental en el impulso del desarrollo económico y que una mayor capacitación de estas puede tener el efecto económico de sacar de la pobreza a las comunidades y a las familias;

H.  Considerando que, en la situación de crisis, la política del mercado laboral tiende a centrarse en el impacto del empleo a nivel general, y no en las mujeres como personas no profesionalmente activas;

I.   Considerando que las medidas de austeridad impuestas por la Troika (el BCE, la Comisión y el FMI), así como las medidas de supervisión de las políticas económicas y las finanzas públicas adoptadas por la Comisión y el Consejo, ponen en peligro el estado del bienestar, aumentan las disparidades sociales y generan aún más injusticias sociales y económicas, incluidas las desigualdades de género;

J.    Considerando que muy frecuentemente los datos estadísticos oficiales no tienen en cuenta a las mujeres desempleadas y que se subestiman las desigualdades entre hombres y mujeres ante la inactividad porque estas tienden a retirarse del mercado laboral por diversas razones (maternidad, responsabilidades familiares, restricciones temporales) y a ejercer un trabajo no remunerado o informal, a menudo en casa o cuidando personas dependientes o trabajando en la economía sumergida, y que existen muy pocos estudios sobre la repercusión de las reducciones del gasto público desde una perspectiva de igualdad entre mujeres y hombres;

K.  D. Considerando que los recortes presupuestarios efectuados por los gobiernos al aplicar los planes de austeridad afectan sobre todo al sector público y sus servicios de asistencia ― cuyos empleados y principales beneficiarios son en su mayoría mujeres (alrededor del 70 % de los empleados del sector)―, pero también al sector privado, y que las mujeres se han convertido ahora en las principales víctimas de las medidas de austeridad; considerando que hasta ahora ningún país ha evaluado las repercusiones de las propuestas de recortes del gasto público y de la consolidación fiscal desde una perspectiva de género, ya sea considerando las medidas a título individual ya su impacto acumulativo;

L.  Considerando que las mujeres dependen en mayor medida de las prestaciones sociales que también se recortan como parte de las medidas de austeridad;

M.  Considerando que una situación de crisis como la que ahora atravesamos hace necesarias profundas reformas estructurales del mercado de trabajo;

N.  Considerando que, en el caso de las mujeres, la disminución del número de puestos de trabajo se acompaña sobre todo de un reajuste del horario de trabajo, incluidas jornadas laborales más largas a menudo en distintos turnos; y que, muy probablemente, los efectos de la recuperación se dejarán sentir con mayor rapidez en el sector industrial, lo que se traducirá en una recuperación del trabajo masculino, que aumentará a mayor velocidad que el trabajo femenino; que este último se verá, en consecuencia, afectado de forma más duradera por las medidas de austeridad aplicadas a los servicios públicos, poniendo así en peligro a largo plazo los progresos alcanzados en materia de igualdad entre las mujeres y los hombres;

O.  Considerando que la crisis contribuye a aumentar la explotación de las mujeres tanto en la economía legal como en la ilegal; considerando que las consecuencias de la crisis también tendrán importantes repercusiones a más largo plazo sobre las mujeres con trayectorias profesionales no lineales (incluidas las que se encuentran en empleos mal remunerados, a tiempo parcial, ocasionales, atípicos o incluso informales), a menudo a tiempo parcial impuesto, con repercusiones negativas en el importe de las cotizaciones aportadas al sistema de pensiones, lo que aumenta el porcentaje de mujeres en riesgo de pobreza; considerando que las mujeres pueden acabar con pensiones de muy escasa cuantía y con ello situarse por debajo del umbral de la pobreza; considerando que se corre el riesgo perder una generación entera de hombres y mujeres jóvenes, ya que debido a las dificultades económicas se les priva de un empleo, oportunidades, seguridad laboral y, a menudo, oportunidades educativas;

P.  Considerando que la crisis aumenta aún más la dificultad de conciliar la vida profesional y familiar; considerando que el hecho de tener hijos no afecta del mismo modo al empleo de mujeres y hombres: considerando que la participación de las madres en el mercado laboral es un 12 % inferior a la de las mujeres sin hijos, mientras que la tasa de empleo de los padres es un 8,7 % superior a la de los hombres sin hijos;

Q.  Considerando que no se ha tenido en cuenta la dimensión del género en las iniciativas actuales y futuras ni en las políticas cuyo objetivo es salir de la crisis;

R.  Considerando que el empleo femenino se ve afectado por los estereotipos de género, como es por ejemplo la idea de que el desempleo de los hombres es un problema «más grave» que el de las mujeres, lo que se suma a la cantidad ya significativa de estereotipos de género que afectan negativamente a las posibilidades de las mujeres de encontrar empleo; considerando que en la práctica existen enfoques diferentes respecto al desempleo de los hombres y el de las mujeres ya que aún se considera que los hombres constituyen el sostén económico y las mujeres se ocupan de cuidar de la familia;

S.   Considerando que alrededor del 23 % de los ciudadanos de la Unión Europea vivían en riesgo de pobreza o de exclusión social en 2010[18] y que este empobrecimiento de la población afecta mayoritariamente a las mujeres, que se enfrentan con mucha frecuencia a numerosas dificultades a la vez, como ocurre en los casos de las mujeres mayores que viven solas y de las familias monoparentales, en su gran mayoría concentradas en torno a mujeres; considerando que entre estas dificultades se encuentran la de conservar o volver a encontrar un empleo en estas circunstancias, la de encontrar una vivienda digna, la derivada de asumir la responsabilidad de personas a su cargo (niños, padres, enfermos o personas con discapacidad), y la de conciliar la vida laboral y familiar debido a la falta de estructuras de apoyo adecuadas y a la variedad de políticas nacionales al respecto en los 27 Estados miembros de la UE;

T.   Considerando que la crisis ha agravado aún más las condiciones sociales y económicas de muchas comunidades desfavorecidas y ha contribuido a aumentar el abandono escolar en las niñas e incluso a incrementar su vulnerabilidad frente a la trata;

U.  Considerando que los recortes en servicios y prestaciones han puesto en peligro la independencia económica de las mujeres, ya que a menudo dichas prestaciones constituyen una fuente importante de ingresos y estas suelen utilizar los servicios públicos más que los hombres; considerando que las madres y las pensionistas solteras se enfrentan a las mayores pérdidas acumulativas;

V.  Considerando el creciente número de mujeres que aceptan trabajos informales y no remunerados (de carácter voluntario o no) con una menor protección social, a fin de escapar de la crisis; que, según un estudio de la OCDE[19], el trabajo doméstico representa el 33 % del PIB de los países miembros de la OCDE;

W.  Considerando que la crisis actual y las políticas de austeridad se están utilizando para minar los derechos de los trabajadores en muchos Estados miembros, lo que afecta especialmente a las trabajadoras y tiene repercusiones muy negativas en las posibilidades de autonomía económica de las mujeres;

X.  Observa que la disminución de las diferencias en las cifras de desempleo masculino y femenino refleja más una degradación general de las condiciones de vida y de trabajo que un progreso hacia una mayor igualdad entre las mujeres y los hombres;

Y.  Considerando que las mujeres que entran en la vida activa desempeñan un papel motor en la vuelta al crecimiento y permiten aumentar los ingresos familiares, lo que conlleva una subida del consumo y la dinamización de la economía; considerando, por tanto, que la igualdad entre hombres y mujeres tiene un impacto positivo sobre la productividad y el crecimiento económico;

Z.   Considerando que según los últimos análisis secundarios de la Quinta Encuesta europea sobre las condiciones de trabajo («Mujeres, hombres y condiciones de trabajo en Europa: Análisis secundarios de la Quinta Encuesta europea sobre las condiciones de trabajo», Eurofound 2012, que se publicará en 2013), parece que la segregación por sexos resulta perjudicial tanto para los trabajadores como para las trabajadoras. considerando que tanto los hombres como las mujeres afirman tener un mejor bienestar y una mayor satisfacción laboral cuando trabajan con colegas de ambos sexos; considerando que, aun así, todavía hay margen para combatir la segregación por sexos de los mercados laborales, la polarización laboral por razón de género y los entornos laborales de un solo sexo, ya que tres quintas partes de los trabajadores europeos trabajan con compañeros de su mismo sexo;

AA. Considerando que las medidas adoptadas en aras de la igualdad entre mujeres y hombres han sido anuladas o pospuestas y que los eventuales recortes futuros de los presupuestos públicos perjudicarán al empleo femenino y al fomento de la igualdad;

AB. Considerando que la recesión económica no debe usarse como excusa para ralentizar el progreso de las políticas de conciliación y reducir los fondos asignados a los servicios de asistencia a personas dependientes y a los permisos laborales, lo que afectaría especialmente al acceso de las mujeres al mercado de trabajo;

AC. Considerando que la violencia contra las mujeres es un fenómeno ampliamente extendido en todos los países y en todas las clases sociales; considerando que la presión económica suele conducir a situaciones de abuso más frecuentes, más violentas y más peligrosas; considerando igualmente que algunos estudios han demostrado que la violencia contra las mujeres se intensifica cuando los hombres se ven obligados a desplazarse y a renunciar a sus bienes como consecuencia de una crisis económica;

AD. Considerando que las mujeres fueron quienes más se beneficiaron de la creación de empleo en la UE entre 1998 y 2008 (la tasa de empleo femenino entre estas dos fechas pasó del 55,6 al 62,8 %)[20]; considerando que el empleo femenino ha aumentado un 12,7 % mientras que el masculino solo lo ha hecho en un 3,18 %, y que la tasa de desempleo femenino en 2012[21] era ligeramente superior a la del desempleo masculino (10,7 % frente a 10,6 %);

AE. Considerando que, en 2011, el 31,6 % de las mujeres trabajaba a tiempo parcial, frente a un 8,1 % de los hombres;

1.   Recuerda que la igualdad entre hombres y mujeres es uno de los objetivos fundamentales de la Unión Europea y que debe constituir uno de las consideraciones esenciales a la hora de definir las respuestas a la actual crisis económica y financiera, incluida la inversión en el sector público y en el del bienestar, así como en viviendas, transporte, etc. que sean sostenibles y generen ingresos para el Estado por medio de políticas de fiscalidad más eficientes; lamenta que las respuestas políticas a la crisis, incluidos los paquetes de recuperación, no han reconocido, ni analizado, ni rectificado el impacto de la crisis en materia de igualdad de género; denuncia que la integración de la dimensión de género en la estrategia posterior a Lisboa es prácticamente inexistente, por lo que pide al Consejo, a la Comisión y a los Estados miembros que integren la igualdad de género mediante objetivos específicos en las directrices macroeconómicas y de empleo;

2.   Pide a la Comisión que integre la dimensión de género en todas las políticas, en particular las relativas a: impacto de las medidas de austeridad y recuperación de la crisis; gobernanza económica; desarrollo sostenible y empleo ecológico; educación y formación profesionales; migración, cooperación y desarrollo; salud y seguridad; y medidas previstas o que se aplicarán a fin de contrarrestar o limitar los efectos de la crisis;

3.   Insta a los Estados miembros a revisar y destacar el impacto inmediato y a largo plazo de la crisis económica en las mujeres, en particular si empeoran y de qué manera las desigualdades de género existentes y las consecuencias relacionadas, como el incremento de la violencia por razón de género, la reducción de la salud materna e infantil y la pobreza en las mujeres de mayor edad;

4.   Recuerda que la Unión Europea, tras haber alcanzado una tasa de empleo femenino del 62,8 % en 2008, con una progresión constante durante más de diez años, ha visto dicha tasa reducirse ligeramente desde el inicio de la crisis económica, hasta situarse en un 62,3 % en 2011; insiste, en consecuencia, en la necesidad de proponer respuestas sostenibles que tengan en cuenta la dimensión de la igualdad de género en las políticas tanto de la UE como de los Estados miembros en materia de protección del empleo y de recuperación de la senda del crecimiento;

5.   Pide a la Comisión que estudie la posibilidad de seguir adaptando los Fondos Estructurales para garantizar un apoyo adicional a ámbitos de empleo femenino que pueden verse afectados por la crisis, y un apoyo a las guarderías, la formación y el acceso al empleo;

6.   Destaca la importancia de la iniciativa emblemática «Plataforma Europea contra la Pobreza y la Exclusión Social»; pide a los Estados Miembros que se sirvan plenamente del programa «Europa con los ciudadanos» y del futuro Programa para el Cambio y la Innovación Sociales, en particular, en lo que respecta a la aplicación efectiva de los objetivos en materia de igualdad entre hombres y mujeres; destaca la importancia del programa Daphne III, en especial, en relación con la protección de las mujeres contra todas las formas de violencia y para alcanzar un alto nivel de protección sanitaria, de bienestar y de cohesión social;

7.   Hace hincapié en que, pese a la existencia de tasas de desempleo comparables entre hombres y mujeres, la crisis ha tenido efectos diferenciados en unos y otras pues las mujeres han sufrido una precarización más importante de sus condiciones de trabajo, en particular con el desarrollo de formas contractuales atípicas, y un descenso significativo de sus ingresos como consecuencia de factores como la persistencia de la brecha salarial entre hombres y mujeres, de cerca de un 17 % de media, y de las desigualdades resultantes en las prestaciones por desempleo, el auge del trabajo a tiempo parcial impuesto o la multiplicación de los empleos precarios o temporales en detrimento de empleos más estables; que con la diferencia salarial persistente debida al género y la consiguiente desigualdad en sus prestaciones por desempleo, la crisis ha empeorado la situación de las mujeres en el mercado laboral; señala que las experiencias de crisis anteriores muestran que el empleo de los hombres, en general, se recupera más rápidamente que el de las mujeres;

8.   Pide a la Comisión que presente cuanto antes una propuesta de Directiva con medidas para eliminar la brecha salarial entre hombres y mujeres por el mismo trabajo o por un trabajo equivalente;

9.   Recuerda que subsisten grandes disparidades entre los diferentes Estados miembros de la Unión Europea, pues las tasas de empleo femenino oscilan entre el 48,6 % y el 77,2 %, y que situaciones dispares requieren respuestas específicas y adaptadas a cada caso en el marco de un enfoque global europeo; subraya asimismo que es necesario disponer de indicadores comunes fiables y, los consiguientes datos estadísticos comparables fiables, para poder evaluar las distintas situaciones y determinar las necesidades y darles las respuestas adecuadas;

10.  Recuerda que, antes del comienzo de la crisis económica, las mujeres ya constituían el grupo mayoritario por lo que a los empleos precarios o a tiempo parcial se refiere y que esta tendencia se ha visto reforzada con la crisis, lo que ha expuesto a muchas mujeres a un riesgo creciente de exclusión social; destaca que esto es especialmente aplicable en los Estados miembros del sur;

11.  Observa con preocupación que el desempleo juvenil femenino pasó del 18,8 % en 2009 al 20,8 % en 2011, y que la crisis afectará con especial dureza a los grupos femeninos desfavorecidos, como por ejemplo a las mujeres con discapacidad, mujeres inmigrantes, mujeres pertenecientes a minorías étnicas, mujeres con bajas cualificaciones, mujeres en paro de larga duración, madres solas sin recursos, mujeres sin medios de vida y mujeres con personas dependientes a su cargo; acoge con satisfacción el paquete de medidas de la Comisión Europea para hacer frente a los actuales niveles inaceptables que han alcanzado el desempleo juvenil y la exclusión social, y para ofrecer a los jóvenes puestos de trabajo, educación y formación;

12.  Considera que el derecho al trabajo es una condición esencial para una igualdad de derechos efectiva, para la independencia económica y la realización profesional de las mujeres, por lo que insiste en la erradicación del trabajo precario mediante la aplicación obligatoria del principio de que un puesto de trabajo efectivo debe corresponderse con la creación de un puesto de trabajo permanente, y el reconocimiento y la valorización del derecho al trabajo con derechos;

13.  Insta a la UE y a los Estados miembros a que reformulen sus actuales respuestas a la crisis económica a fin de garantizar que las medidas tomadas tienen un ámbito de aplicación a largo plazo y no afectan a las políticas del bienestar ni a las estructuras del sector público que constituyen un requisito fundamental para una mayor igualdad de género, como los servicios sociales y las guarderías, la atención sanitaria, la educación y los derechos de los trabajadores;

14.  Recuerda que, como consecuencia de la crisis, la transición de la escuela al empleo resulta para las mujeres cada vez más complicada, un hecho que después conlleva diferencias a la hora de valorar las capacidades propias entre hombres y mujeres;

15.  Considera que las reformas estructurales que resultarán de la gestión de la crisis actual brindan la ocasión de corregir determinados comportamientos discriminatorios basados en el género, todavía demasiado numerosos en el mercado de trabajo en Europa;

16.  Hace hincapié en que la proporción de mujeres es mayor que la de hombres en la economía sumergida, en parte porque los sectores en los que tradicionalmente se insertan las mujeres como el servicio doméstico, los cuidados a personas, etc., se caracterizan por una mayor desregulación; señala, por otra parte, que la economía sumergida ha aumentado como resultado de la crisis, aunque resulta muy difícil obtener una imagen clara al no existir datos fiables sobre su incidencia y peso;

17.  Subraya que las mujeres han desempeñado un papel fundamental en la resistencia a la crisis; está convencido de que las mujeres presentan un potencial considerable para la mejora de la competitividad y del rendimiento de las empresas, en particular cuando ocupan puestos de dirección en el seno de las mismas; considera, por tanto, que es necesario asociarlas urgentemente a la elaboración y gestión de los planes de reactivación económica para favorecer la cohesión social;

18.  Insiste en que la crisis económica y financiera actual y las consiguientes restricciones presupuestarias no deben hipotecar los resultados obtenidos por las políticas de promoción de la igualdad entre mujeres y hombres ni servir de excusa para disminuir los esfuerzos desplegados en la materia; estima que, por el contrario, que debería servir a los Estados miembros de acicate para que consideren las políticas de igualdad de género como parte de la solución a la crisis ―para utilizar y rentabilizar el talento y las capacidades de toda la población― y las incorporen así a sus políticas de empleo; insta a los Estados miembros a garantizar que se incorpora una perspectiva de género en todas las políticas fiscales previstas;

19.  Subraya que los derechos de las mujeres no deben verse, entenderse ni ejercerse en competición con los de los hombres, puesto que la mejora de los servicios de asistencia y de los servicios públicos a las familias es una condición previa para la participación de ambos en el mercado de trabajo; señala que existe la necesidad de promover el reparto de responsabilidades familiares y domésticas; invita a los Estados miembros a introducir medidas o desarrollar las existentes para superar los estereotipos de género discriminatorios y la asignación desigual de roles, por ejemplo, alentando a los hombres en su derecho a cuidar de los niños y de los familiares enfermos o discapacitados.

20.  Subraya que ha disminuido la tasa de natalidad en la Unión Europea y que dicha disminución se ha visto agravada por la crisis, ya que el desempleo, la precariedad y la incertidumbre frente al futuro y la economía llevan a las parejas y sobre todo a las mujeres más jóvenes a postergar la decisión de tener hijos, lo que refuerza aún más la tendencia al envejecimiento demográfico en la Unión Europea;

21.  Recalca la importancia de reformar las políticas macroeconómicas, sociales y del mercado de trabajo a fin de garantizar la justicia económica y social para las mujeres, desarrollar estrategias para promover la distribución justa de la riqueza, garantizar unos ingresos mínimos y unos salarios y pensiones dignos, reducir la brecha salarial entre hombres y mujeres, crear puestos de trabajo de mayor calidad para las mujeres vinculados a derechos, permitir que las mujeres se beneficien de unos servicios públicos de calidad y mejorar las prestaciones sociales y los servicios de cercanía, incluidas las guarderías, los jardines de infancia y otras formas de educación preescolar, los centros de día, los centros comunitarios de ocupación del tiempo libre y de prestación de servicios de apoyo a las familias y los centros intergeneracionales;

22.  Recuerda que los recortes aplicados a los presupuestos públicos no son neutrales en cuanto al género sino que suponen más bien la consecuencias de las políticas económicas macroestructurales de la Unión Europea y, en particular, de la aplicación de las medidas de «gobernanza económica» y de los programas de ajuste financiero, que provocan en el presente y seguirán provocando un aumento de las desigualdades entre hombres y mujeres, del desempleo entre las mujeres y de la feminización de la pobreza; Considera por tanto que es necesario un cambio de políticas, dado que las mujeres son mayoría en el sector público y las principales beneficiarias de las políticas sociales; pide, por consiguiente, que se refuercen las correspondientes rúbricas presupuestarias;

23.  Insta a los Estados miembros y a las instituciones de la Unión a realizar evaluaciones de impacto del género cuando prevean medidas de austeridad para que estas tengan los efectos más neutrales posible en lo que respecta al género;

24.  Insta a los Estados miembros a introducir una perspectiva de género en los presupuestos a fin de analizar los programas y políticas gubernamentales, sus repercusiones en la asignación de recursos y su contribución a la igualdad entre hombres y mujeres;

25.  Señala que las mujeres se enfrentan antes que los hombres al riesgo de un lento crecimiento profesional debido a la aceptación de empleos iniciales más bajos o de trabajos a tiempo parcial, lo que se traduce en una mayor vulnerabilidad, con ingresos insuficientes y agravación de la pobreza;

26.  Pide a los Estados miembros y a las autoridades regionales y locales que garanticen una provisión adecuada de servicios de atención y cuidado de niños y otras personas dependientes, asequibles, accesibles, de calidad y compatibles con los horarios de trabajo a tiempo completo para mujeres y hombres;

27.  Insiste en la importancia de aplicar de inmediato una política de retorno al empleo e inserción en el mundo empresarial para los trabajadores del sector público- la mayoría de los cuales son mujeres- cuyo empleo está amenazado por los recortes presupuestarios en la función pública;

28.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que integren la dimensión global de la igualdad entre mujeres y hombres en todas las políticas de empleo, tomen las medidas necesarias para favorecer la reincorporación al mercado de trabajo de las mujeres —no solo a empleos de rango inferior, sino también a puestos directivos— e incluyan este enfoque en las directrices para las políticas de empleo de la Unión Europea; insiste en la necesidad de introducir la debida perspectiva de género en los presupuestos, especialmente en el contexto del marco financiero plurianual de 2014-2020, a fin de alcanzar los objetivos fijados en el Pacto Europeo por la Igualdad de Género y en la Estrategia 2020;

29.  Lamenta que el aumento de la participación de las mujeres en el mercado laboral no figure en el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2013, pese a que se trata de uno de los principales objetivos de la Estrategia Europa 2020; insta al Consejo a añadir y promover la participación de las mujeres en el mercado laboral como prioridad al adoptar las directrices de este año en materia de políticas económicas en el marco del semestre europeo;

30. Insta a los Estados miembros a incluir y abordar sistemáticamente el aspecto de la igualdad de género en todos los futuros programas de reforma nacionales;

31. Insta a los Estados miembros a fomentar una política activa del mercado de trabajo, un diálogo social firme, normativas laborales y sociales que salvaguarden los derechos de la mujer, incluidos los de las migrantes, a fin de luchar contra el trabajo forzado y el empleo no declarado;

32.  Insta a los Estados miembros a aplicar medidas que estimulen la participación de las madres en el mundo laboral, como por ejemplo el teletrabajo o políticas de formación y de reciclaje profesional para agilizar la vuelta al trabajo tras la pausa por maternidad.

33.  Acoge con satisfacción la propuesta de Directiva destinada a mejorar el equilibrio de género entre los puestos directivos no ejecutivos de las empresas cotizantes en bolsa de manera que las mujeres puedan conseguir empleos más cualificados y con mejores salarios; pide a los Estados miembros que apoyen esta Directiva y dispongan lo necesario para su aplicación; pide que se aprueben medidas legislativas vinculantes similares para otros empleadores, incluidas las instituciones, administraciones y organismos públicos locales, regionales, nacionales y europeos, que deberían servir de ejemplo de paridad de género en la toma de decisiones;

34.  Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que elaboren una estrategia para fomentar el equilibrio entre hombres y mujeres en las pequeñas y medianas empresas que no estén contempladas en dicha Directiva; denuncia que las mujeres están infrarrepresentadas en los órganos rectores de las instituciones financieras y que están, de hecho, prácticamente excluidas del proceso de toma de decisiones en el ámbito financiero; pide al Consejo, a la Comisión y a los Estados miembros que mejoren la participación de la mujer en todos los niveles del proceso de toma de decisiones, especialmente en relación con la elaboración de presupuestos y las modalidades de gobierno de los sistemas financieros europeos, incluido el Banco Central Europeo; subraya, en este contexto, la necesidad de promover la cultura financiera entre las jóvenes y las mujeres;

35.  Pide a los Estados miembros que pongan en marcha políticas de formación amplia de los trabajadores en los sectores más afectados por las consecuencias negativas de la crisis o de la globalización, para prepararlos de cara a la evolución de los puestos de trabajo y a los nuevos empleos, teniendo en cuenta la situación específica de las mujeres y el hecho de que se ven obligadas, con más frecuencia que los hombres, a interrumpir sus carreras para ocuparse de los hijos o de familiares ancianos y enfermos, lo que afecta a sus trayectorias profesionales; solicita que se lleven a cabo de forma sistemática planes de formación en las empresas para preparar la reconversión de los trabajadores, proponer cambios de categoría personalizados y ofrecer formaciones adaptadas a los solicitantes de empleo y a los trabajadores poco cualificados; solicita asimismo que se cree un registro exhaustivo de las carencias, desglosadas por sector laboral, de manera que resulte viable para las mujeres especializarse para buscar empleo;

36. Pide a los Estados miembros que revisen sus sistemas de protección social para individualizar los derechos de pensión y los relativos a los regímenes de seguridad social con objeto de eliminar la ventaja al «cabeza de familia», garantizando así la igualdad de los derechos de pensión;

37.  Destaca que de hecho los recortes del gasto en el sector del cuidado infantil trasladan de hecho la carga del trabajo a los hombros de las mujeres y ponen en peligro la igualdad de género, e insta a todos los Estados miembros a que elaboren planes para la prestación de servicios de guardería susceptible de generar justicia social e igualdad de género;

38.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que favorezcan las políticas y los programas de formación profesional destinados a las mujeres de todos los grupos de edad, prestando especial atención a la urgente necesidad de programas de aprendizaje permanentes y de adquisición de nuevas aptitudes en las nuevas tecnologías y la informática, a fin de mejorar su acceso y aumentar su participación en los diferentes sectores de actividad, incluidos los de la economía y las finanzas en los que las mujeres están poco presentes, previendo asimismo medidas de acompañamiento específicas para que las mujeres puedan conciliar su carga de trabajo y de formación con la vida familiar; recuerda el importante papel desempeñado por el Fondo Social Europeo en la inserción profesional a través de políticas de formación y pide a los Estados miembros y a las autoridades locales que promuevan su utilización, especialmente en beneficio de las mujeres que se ven más perjudicadas por la crisis económica;

39.  Subraya la importancia de invertir en las mujeres y en la igualdad de género;

40.  Pide a los Estados miembros que promuevan la inclusión activa o la reincorporación de las mujeres en el mercado laboral y que incentiven el empleo femenino en los sectores estratégicos del desarrollo, adoptando medidas específicas con vistas a la flexibilización de los horarios, la igualdad salarial y la revisión de los regímenes fiscales y de pensiones, así como medidas destinadas a un aprendizaje permanente que garantice las competencias y cualificaciones necesarias de cara a los objetivos de la Estrategia UE 2020; Destaca la importancia de la formación de alto nivel como estímulo para el acceso de las mujeres a sectores donde tienen una representación insuficiente, como por ejemplo la investigación científica y el desarrollo tecnológico, precisamente en un momento en que Europa necesita más investigadores para promover la innovación y fortalecer su economía. pide a la Comisión que estudie la posibilidad de seguir adaptando los Fondos Estructurales para garantizar un apoyo adicional a ámbitos de empleo femenino que pueden verse afectados por la crisis, y un apoyo a las guarderías, la formación y el acceso al empleo;

41.  Recuerda que, en un gran número de Estados miembros, el acceso al primer empleo a tiempo completo de las mujeres más jóvenes (con edades comprendidas entre los 15 y los 24 años) está en retroceso desde el comienzo de la crisis, y que, para hacer frente a esta situación, son muchas las que deciden prolongar sus estudios; observa que, pese a esta tendencia y el hecho de que una mejor formación suponga en general una mejor protección para las mujeres, sus títulos siguen siendo menos valorados que los de los hombres; insta a los Estados miembros a centrarse en estrategias que combinen las políticas de educación y formación con políticas orientadas a fomentar el empleo en las mujeres jóvenes;

42.  Insta a los Estados miembros a garantizar que en los planes de estudios de los centros de educación secundaria se incluyan estudios básicos sobre finanzas e iniciativa empresarial;

43.  Insta a la Comisión Europea y a los Estados miembros a valorar el impacto de los nuevos sistemas de pensiones en las diferentes categorías de mujeres, prestando especial atención a los contratos a tiempo parcial y atípicos, y a adecuar los sistemas de seguridad social teniendo en particular consideración a las generaciones jóvenes;

44. Pide a los Estados miembros que fomenten el empoderamiento económico de las mujeres centrándose en la iniciativa empresarial femenina, alentando y apoyando a las mujeres emprendedoras ―especialmente las jóvenes y las inmigrantes―, facilitándoles el acceso a la financiación ―en particular a través de los microcréditos, la asistencia técnica y las medidas de apoyo―, fomentando nuevos instrumentos de ayuda y financieros, y alentando el desarrollo de redes femeninas de empresas y de patrocinio, así como el intercambio de mejores prácticas entre los Estados miembros y los agentes económicos; insiste en que la inversión en la mujer y en la igualdad de género reviste una gran importancia a fin de garantizar la estabilidad económica y evitar crisis económicas;

45.  Pide a los Estados miembros que mejoren la participación de las mujeres a todos los niveles de la toma de decisiones;

46.  Insta a la Comisión Europea y a los Estados miembros a mejorar la promoción de la iniciativa empresarial de las mujeres, incluida la ayuda financiera a las emprendedoras;

47.  Pide a los Estados miembros que favorezcan la iniciativa empresarial femenina en la economía verde, fuente de nuevos empleos; señala que las energías renovables pueden crear nuevas oportunidades de trabajo para las mujeres emprendedoras en áreas remotas y periféricas de la Unión Europea en las que el desempleo femenino es particularmente alto y en las que el potencial de explotación de formas de energía alternativa como la eólica o la solar es elevado;

48.  Subraya la importancia de las políticas activas del mercado de trabajo, las inspecciones de trabajo y el diálogo social así como de la mejora de las capacidades a fin de promover la ecologización de la economía;

49.  Solicita a los Estados miembros que apoyen la creación de empleo en el sector de la economía social y solidaria en el que predomina el trabajo femenino no remunerado, y en particular que busquen y apliquen soluciones nuevas que permitan la revalorización económica del trabajo informal no clandestino;

50.  Solicita a los Estados miembros que apoyen al sector sanitario con objeto de generar condiciones que permitan alcanzar los objetivos de la Estrategia Europa 2020 en lo que respecta al trabajo femenino;

51.  Insta a los Estados miembros a supervisar y abordar el impacto de los recortes en los servicios públicos de atención sanitaria, como consecuencia de los cuales se privatiza de nuevo la sanidad, a fin de no incrementar la carga de cuidados que pesa sobre las mujeres, lo que les haría volver a un rol familiar tradicional; destaca que los ahorros en maternidad, paternidad, permisos parentales, prestaciones infantiles y otros servicios y prestaciones de carácter familiar han reducido de forma considerable los ingresos de todas las mujeres con este tipo de responsabilidades;

52. Recuerda que continúa habiendo estereotipos en la percepción de la posición de las mujeres y los hombres en el mercado laboral, al mismo tiempo que las mujeres se esfuerzan por conciliar sus obligaciones laborales con la vida familiar, razón por la cual tienen un mayor riesgo de cambio de empleo que los hombres;

53.  Insiste en la aplicación de una política de transporte público, en particular en el desarrollo y mejora del servicio público de transporte colectivo, que tenga en cuenta la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres para permitir que estas participen más activamente en el mercado de trabajo y en la búsqueda de empleo, ofreciéndoles una auténtica movilidad;

54.  Manifiesta su preocupación por la situación de las mujeres que viven en zonas rurales, donde se ha deteriorado el acceso a diferentes servicios; pide a los Estados miembros que ofrezcan en las zonas rurales un transporte público que funcione, asistencia médica y otros servicios esenciales, para frenar la migración a las grandes ciudades y detener la marginalización de las zonas periféricas;

55. Insiste en la importancia de garantizar de forma efectiva la conciliación de la vida profesional, personal y familiar, lo que tendrá como consecuencia positiva una mayor participación de las mujeres de todos los estratos sociales en la vida social y política;

56.  Subraya que el Programa de la UE «Erasmus para Jóvenes Emprendedores» debe fomentar específicamente la participación de las mujeres con el objetivo de que adquieran el mismo nivel de confianza y de conocimiento de las empresas del mercado único que los hombres, y adquieran las competencias necesarias para dirigir y llevar una empresa;

57.  Hace hincapié en que los recortes en los servicios públicos de cuidado infantil afectan directamente a la independencia económica de las mujeres y al equilibrio entre la vida privada y la vida laboral; pide a la Comisión y al Consejo que adopten un plan de acción que permita alcanzar los objetivos fijados en Barcelona para la mejora de las modalidades de cuidado de los niños mediante la creación de guarderías de empresa o entre empresas; insiste en la importancia de las negociaciones colectivas con los interlocutores sociales para mejorar la conciliación de la vida profesional y familiar a escala sectorial, nacional y regional, así como de flexibilizar las condiciones de acceso y mantenimiento en los sistemas de cuidado de niños asociados a las distintas categorías de empleo de las mujeres y fijar un preaviso mínimo de tres meses para encontrar un nuevo medio de cuidado de los hijos, a fin de respetar la conciliación de la vida familiar y profesional;

58.  Pide la promoción de planes de permisos de maternidad, paternidad y parentales adecuados, y el apoyo a iniciativas de empresas que ofrecen flexibilidad en los horarios y prestan servicios de guardería en la empresa, así como el aumento de los recursos destinados a la educación, los programas de aprendizaje permanente y de cualificación profesional, y la introducción de apoyo suficiente a los familiares cuidadores, incluida la prestación de sustitución temporal;

59.  Subraya la necesidad de invertir en servicios de calidad asequibles —como, por ejemplo, guarderías a tiempo completo, escuelas de jornada completa y centros de atención a la tercera edad— que ayuden a fomentar la igualdad entre hombres y mujeres, a fomentar la conciliación de la vida personal y profesional, y a crear un marco que favorezca la incorporación o la reincorporación al mercado de trabajo;

60.  Hace hincapié en que es fundamental abrir nuevas instalaciones de guardería, pero también dar un cariz profesional a los sistemas informales de cuidado de los niños, fijando normas de calidad, mejorando las condiciones salariales y ofreciendo una formación a los trabajadores; también es preciso tener en cuenta las necesidades específicas de aquellos progenitores que tienen un horario de trabajo atípico y de aquellos que están solteros;

61.  Insiste en la necesidad de que los gobiernos y las entidades patronales se responsabilicen de la renovación de las generaciones y los derechos de maternidad y paternidad, incluyendo el derecho de las mujeres a ser madres y trabajadoras sin perder derechos laborales;

62.  Destaca la necesidad de reducir los efectos de la crisis económica y financiera para las familias (prestando especial atención al divorcio, a las madres solteras y a la situación de los niños que se dejan al cuidado de parientes o de las autoridades), incluidas las familias monoparentales, teniendo en cuenta que se espera de las mujeres que sean ellas quienes asuman el trabajo doméstico; insiste en que esta situación eleva el riesgo de pobreza de las mujeres;

63.  Insiste en que la decisión de determinados Estados miembros de recortar los presupuestos de atención a la infancia, tutorías escolares y extraescolares, becas para comedores y transporte escolar, y ayudas para el cuidado de personas dependientes repercute directamente en las mujeres, que deben asumir la mayoría de las funciones suplementarias que ello implica; destaca que esto implica que a menudo las mujeres tienen que trasladarse a puestos a tiempo parcial, con las desventajas sociales que esto conlleva, como menores ingresos y pensiones; considera necesario el refuerzo de la red pública de guarderías, jardines de infancia y actividades de ocio para niños, junto con el desarrollo de la red pública de apoyo a la tercera edad, así como de una red pública de hospitales de respaldo;

64.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que aborden las necesidades particulares de las mujeres y niñas romaníes, aplicando una perspectiva de género en todas las políticas en materia de integración de esta etnia, y prevean protección para los subgrupos especialmente vulnerables;

65. Hace hincapié en que los recortes en los servicios públicos de cuidado infantil afectan directamente a la independencia económica de las mujeres; señala que en 2010 el 28,3 % de la inactividad y el trabajo a tiempo parcial de la mujer se debía a la falta de servicios de guardería, frente al 27,9 % de 2009, y que en 2010 la tasa de empleo en las mujeres con hijos pequeños en la UE era un 12,7 % menor que la de las mujeres sin hijos, mientras que en 2008 esta diferencia era del 11,5 %;

66.  Insta a los Estados miembros a invertir en el sector del cuidado infantil como sector en posible crecimiento, para que tanto hombres como mujeres rompan con la asignación tradicional de la mujer como la encargada del cuidado de los hijos que genera segregación en el mercado laboral; insiste en que los recortes en dicho sector producen un cambio de las guarderías públicas a los cuidados no remunerados dentro del hogar; hace hincapié en la necesidad de contratos adecuados y protección social para los cuidadores personales que trabajan desde casa;

67.  En espera de una armonización europea, pide a los Estados miembros que mantengan en los actuales niveles las bajas por maternidad, paternidad, el permiso parental y las prestaciones sociales y familiares para no reducir los ingresos de las mujeres, y que velen también por impedir que se vulneren los derechos de las mujeres en materia de bajas por maternidad;

68.  Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que supervisen cuidadosamente la cada vez mayor frecuencia de casos de discriminación contra mujeres embarazadas en el mercado laboral que se está dando en varios Estados miembros;

69. Considera que la pobreza femenina no solo tiene su origen en la reciente crisis económica, sino que también resulta de otros factores, incluidos los estereotipos, la brecha salarial y de pensiones entre hombres y mujeres, unos mecanismos de redistribución insuficientes en los sistemas estatales del bienestar, un equilibrio no satisfactorio entre vida familiar y vida profesional, una mayor esperanza de vida de las mujeres y, en general, todos los tipos de discriminación por razón de sexo, que afectan principalmente a las mujeres; recalca, no obstante, que la crisis agrava la situación de continua desigualdad; insiste en la necesidad de luchar contra los estereotipos en todas las esferas y en todas las etapas de la vida, ya que son una de las causas más persistentes de desigualdad entre hombres y mujeres, al influir en su elección en el ámbito educativo y laboral, en la distribución de responsabilidades domésticas y familiares, así como en la brecha salarial, en la participación en la vida pública y en la representación en los puestos de toma de decisiones;

70.  Insta a la Comisión a revisar la Directiva 2006/54/CE, especialmente en lo que respecta a la diferencia salarial, tal y como solicitó el Parlamento Europeo en su Resolución de 24 de mayo de 2012, que incluía recomendaciones a la Comisión para la aplicación del principio de igualdad salarial entre trabajadores y trabajadoras para el mismo trabajo o para trabajo del mismo valor;

71.  Pide a los Estados miembros y a la Comisión que propongan soluciones para facilitar la continuidad de las carreras de las mujeres y luchen, en particular, contra las desigualdades salariales asociadas a las bajas por maternidad;

72. Llama la atención de los Estados miembros sobre la necesidad de medidas relacionadas con el aumento de las retribuciones, incluido el desarrollo de programas sobre ingresos mínimos y de asistencia social a las personas que tienen dificultades para satisfacer sus necesidades básicas, en particular, las personas con niños o responsabilidades de cuidado y, sobre todo, las familias monoparentales;

73.  Observa que la crisis económica favorece el acoso, los abusos y la violencia contra las mujeres en todas sus formas, y en particular un aumento de la prostitución; hace hincapié en que las mujeres siguen siendo las víctimas de las violaciones de derechos humanos más extendidas en el mundo en todos los niveles culturales, sociales y económicos; insiste en la necesidad de incrementar los medios públicos, financieros y humanos para intervenir en los grupos en riesgo de pobreza y en las situaciones de riesgo de niños y jóvenes, personas de edad avanzada o con discapacidad, y personas sin hogar;

74.  Pide a los Estados miembros que revisen y pongan de relieve el efecto inmediato y a largo plazo de la crisis económica en las mujeres, en particular si esta empeora, y de qué manera, las desigualdades de género existentes y sus consecuencias, como por ejemplo un mayor riesgo de violencia de género, el deterioro de la salud materna e infantil y la pobreza de las mujeres mayores;

75.  Considera que, en las actuales circunstancias de crisis económica y austeridad presupuestaria, las mujeres cuentan con menos recursos para protegerse, y para proteger a sus hijos, de la violencia y, lo que es aún más importante, para evitar las consecuencias financieras directas de la violencia ejercida contra las mujeres y los niños en el sistema judicial y los servicios sociales y de salud;

76. Destaca que los recortes de fondos también afectan negativamente al marco institucional para las políticas de igualdad de género, incluidos a los organismos de promoción de la igualdad y las organizaciones de mujeres; insta a los Estados miembros a mantener los niveles de financiación pública para los organismos y proyectos de defensa de la igualdad y para las organizaciones y refugios de mujeres, puesto que constituyen medios efectivos para encontrar soluciones sostenibles para salir de la crisis y garantizar la participación activa en la elaboración de futuras medidas de recuperación; observa que los recortes de los fondos de las organizaciones de mujeres minan la participación cívica y política de las mujeres y hacen que sus voces se oigan todavía menos en la sociedad.

77.  Pide al Instituto Europeo de la Igualdad de Género que lleve a cabo un seguimiento y una valoración continuos y sistemáticos de las consecuencias de la crisis económica sobre las condiciones de trabajo de las mujeres, con referencia a la discriminación con la contratación, al aumento de la carga de trabajo, a la presión y al estrés en el trabajo, y al acoso moral y psicológico; destaca que los datos existente no reflejan toda la dureza de las consecuencias de la crisis para las mujeres; asimismo, insta a la Comisión Europea, por consiguiente, a llevar a cabo una evaluación de impacto del género en sus medidas relativas a las políticas económicas y en sus respuestas a la crisis actual;

78.  Pide a los Estados miembros que apoyen con firmeza la integración de la perspectiva de género en el presupuesto a fin de incrementar la igualdad entre hombres y mujeres corrigiendo las consecuencias negativas de ingresos y gastos, y mejorando la gobernanza y la rendición de cuentas, en especial, en relación con los presupuestos nacionales;

79.  Pide a los Estados miembros que adopten instrumentos presupuestarios sensibles a la igualdad entre las mujeres y los hombres;

80.  Pide a los Estados miembros que ratifiquen el Convenio C189 de la OIT sobre empleadas de hogar;

81.  Recalca la importancia de garantizar un equilibrio adecuado entre la seguridad y la flexibilidad en el mercado laboral mediante una aplicación exhaustiva de los principios de flexiguridad y de que se aborde la segmentación del mercado laboral, ofreciendo tanto la adecuada protección social a las personas en períodos de transición o con contratos de empleo temporal o a tiempo parcial, como el acceso a oportunidades de formación, desarrollo profesional y trabajo a jornada completa;

82. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Desde 2008, la economía mundial vive al ritmo de crisis sucesivas —financiera, económica y, desde ahora, social. Este último aspecto es ampliamente infravalorado por los Gobiernos europeos, que han adoptado en primer lugar medidas de reactivación financiera, para aplicar posteriormente planes de ahorro presupuestario, con vistas a acabar con la espiral de déficits públicos y cumplir lo dispuesto en el Tratado de Maastricht. El proceso de saneamiento de los presupuestos de los Estados miembros ha ocultado en gran medida la crisis social que se ha nutrido de la combinación de las diferentes crisis económicas y que afecta principalmente a las mujeres.

En 2008, en el momento en que se desencadena la crisis económica, el impacto inmediato sobre el trabajo de los hombres fue mayor que en el caso de las mujeres. Por lo tanto, ellas no fueron las primeras víctimas de la crisis, pero el alcance de sus efectos sobre las mujeres ha ido ampliándose notablemente desde 2009.

No obstante, cabe señalar la existencia de matices diferentes en función del Estado miembro o del sector de que se trate. Por lo que respecta a los hombres, la pérdida de puestos de trabajo se concentró en el sector industrial, que sufrió de forma inmediata los efectos de la crisis; las mujeres, presentes principalmente en el sector de los servicios, no se vieron afectadas en un primer momento. A su vez, las jóvenes que se benefician de una mejor formación han podido escapar a la crisis durante más tiempo, pese a que sus títulos se han valorado menos, lo que se ha reflejado en sus salarios.

Las mujeres europeas sufren una crisis silenciosa. Los efectos de la crisis se han manifestado más lentamente y menos brutalmente que en el caso de los hombres, pero no cabe duda de que están ahí. Además, el trabajo masculino va a recuperarse a mayor velocidad, mientras las medidas de ahorro aplicadas en los servicios públicos afectarán a más largo plazo al trabajo femenino.

Más arraigada aún está la idea de que el desempleo masculino es más grave que el femenino.

Desde el inicio de la séptima legislatura, varios informes de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género ya han analizado diferentes aspectos de esta problemática.

Las políticas de austeridad presupuestaria: una doble condena para las mujeres

Las mujeres, que ya se veían más afectadas que los hombres por el desempleo, el trabajo precario y los bajos salarios antes de la crisis, sufren ahora los efectos de las medidas adoptadas por los gobiernos para reducir los déficits públicos, constituyendo así un factor de ajuste ante la crisis.

Las mujeres que trabajan en el sector público, en el que ellas representan una media de cerca del 70 % de los empleados, son las principales víctimas de los recortes presupuestarios aplicados por los Gobiernos de los Estados miembros. La tasa de reducción del número de funcionarios públicos ha alcanzado el 25 % en algunos Estados miembros[1]. Además, los salarios se han reducido o congelado en el sector público y los contratos temporales no suelen renovarse.

Otro efecto negativo: las medidas de reducción de las prestaciones familiares, de la baja por maternidad y de los subsidios para las familias monoparentales han aumentado el riesgo de las mujeres de encontrarse en una situación de pobreza y las han hecho más dependientes de los demás miembros de la familia.

Por lo que respecta a las mujeres que han conservado su empleo, las cualificaciones requeridas para este último suelen estar por debajo de la formación recibida y del nivel del título obtenido; el mantenimiento del puesto de trabajo pasa por la pérdida de categoría. Por otra parte, los empleos propuestos son en muchas más ocasiones contratos temporales o a tiempo parcial que contratos indefinidos.

En 2011, el 31,6 % de las mujeres trabajaba a tiempo parcial. El fenómeno es de tales dimensiones que la Comisión Europea ya no habla de trabajo a tiempo parcial, sino de desempleo a tiempo parcial[2].

Para evitar el desempleo, las jóvenes adoptan estrategias como prolongar sus estudios o los periodos de prácticas con objeto de retrasar su incorporación al mercado laboral, o renunciar simple y llanamente a la búsqueda de empleo.

Para aquellas que conservan su empleo se plantea la cuestión de la conciliación de la vida profesional y la vida privada; tienen que sumar al trabajo las tareas domésticas, de las que se encargan en gran parte, así como, con mucha frecuencia, el cuidado de personas que están a su cargo (niños, padres, enfermos o personas con discapacidad).

Los diferentes recortes en prestaciones sociales, así como la reducción de los presupuestos destinados a las infraestructuras sociales, la educación, el cuidado de los niños, la sanidad y la atención a personas dependientes, hacen que esta responsabilidad recaiga en los hogares, habitualmente en las mujeres, lo que las lleva a abandonar su empleo remunerado, o a reducir el tiempo que le dedican, para poder ocuparse de los servicios que ya no presta el Estado, o que ya no pueden permitirse.

El trabajo informal sirve de refugio a algunas mujeres, bien porque ya no pueden hacer frente al peso de estas diferentes cargas, bien porque el nivel de remuneración del empleo que ocupan ya no les permite asumir la subida de los impuestos y los recortes en las prestaciones sociales. Prefieren entonces abandonar el mercado laboral para acceder a la economía informal. La combinación de todos estos factores contribuye a perpetuar las desigualdades entre los sexos.

Recomendaciones para la salida de la crisis

Resulta indispensable integrar la perspectiva de la igualdad entre mujeres y hombres en las respuestas de los poderes públicos a la crisis.

Uno de los primeros campos de acción es la educación y la formación, tanto inicial como a lo largo de la vida, para poder adaptarse a la evolución del mercado de trabajo. Las previsiones de empleo para los próximos años muestran que el 15 % de los puestos de trabajo de menor cualificación están llamados a desaparecer, mientras que el 15 % de los nuevos empleos requerirán cualificaciones de alto nivel[3]. En consecuencia, es necesario rediseñar todas las políticas de formación teniendo en cuenta la situación específica de las mujeres.

A tal efecto, debe movilizarse el Fondo Social Europeo, así como todos los demás programas europeos, para permitir una mayor integración social a través de la inserción profesional.

Cabe subrayar el alcance de los efectos negativos de las restricciones presupuestarias por lo que respecta a la conciliación de la vida profesional y de la vida familiar, así como que son precisamente los progenitores que están solos, frecuentemente mujeres, los que se ven más afectados. La mejora de las modalidades de cuidado de los niños, mediante el desarrollo de guarderías de empresa y entre empresas, contribuirá al mantenimiento de las mujeres en el mercado laboral. Estos resultados pueden obtenerse principalmente a través de negociaciones colectivas con los interlocutores sociales.

La crisis ha constituido un factor agravante de la violencia sufrida por las mujeres (acoso, violencia en el lugar de trabajo y violencia conyugal). Los recortes presupuestarios no deben poner en peligro la financiación de los programas y las asociaciones de lucha contra este tipo de violencia.

Cabe subrayar la gran importancia del papel de las mujeres en la salida de la crisis y que, en este sentido, las propuestas de la Comisión Europea sobre el equilibrio entre hombres y mujeres en los puestos directivos van por buen camino. Conviene asimismo adoptar una serie de medidas para reforzar la posición de las mujeres en la sociedad, de manera que aumente su participación en la toma de decisiones políticas y económicas.

Por último, el papel de la Comisión Europea es esencial para garantizar que las políticas de empleo en la Unión Europea, así como las políticas económicas, tienen en cuenta los objetivos y los compromisos en materia de igualdad entre mujeres y hombres. La Comisión también debe aprovechar los planes de recuperación económica para reforzar los derechos de las mujeres e incluir la dimensión de la igualdad entre sexos en todas las facetas del marco financiero plurianual 2014-2020.

  • [1]  Oficina Internacional del Trabajo - Informe sobre las tendencias mundiales del empleo 2012, p. 20.
  • [2]  Comisión Europea, Informe de 2010 sobre la igualdad entre mujeres y hombres en la Unión Europea.
  • [3]  Resolución del Parlamento Europeo, de 26 de octubre de 2011, sobre la «Agenda de nuevas cualificaciones y empleos», P7_TA(2011)0466.

OPINIÓN de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales (30.1.2013)

para la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género

sobre los efectos de la crisis económica en la igualdad entre hombres y mujeres y en los derechos de la mujer
(2012/2301(INI))

Ponente de opinión: Gabriele Zimmer

SUGERENCIAS

La Comisión de Empleo y Asuntos Sociales pide a la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de resolución que apruebe:

1.   Destaca la importancia de la iniciativa emblemática «Plataforma Europea contra la Pobreza y la Exclusión Social»; pide a los Estados Miembros que se sirvan plenamente del programa «Europa con los ciudadanos» y del futuro Programa para el Cambio y la Innovación Sociales, en particular, en lo que respecta a la aplicación efectiva de los objetivos en materia de igualdad entre hombres y mujeres; destaca la importancia del programa Daphne III, en especial, en relación con la protección de las mujeres contra todas las formas de violencia y para alcanzar un alto nivel de protección sanitaria, de bienestar y de cohesión social; pide a los Estados miembros que adopten las medidas necesarias para acceder al Fondo Social Europeo, que desempeña un papel importante en la integración profesional a través de políticas de educación y formación, y que utilicen los créditos destinados a los programas centrados en la lucha contra la pobreza;

2.   Pide a la Comisión y a los Estados miembros que integren un enfoque general de igualdad entre hombres y mujeres en todas las políticas, en particular en el sector del empleo, para facilitar el empleo de mujeres, y que lo incluyan en todas las directrices de la UE en materia de empleo; pide también a la Comisión y a los Estados miembros que velen por la igualdad entre hombres y mujeres en el contexto de la gobernanza económica, el desarrollo sostenible y los empleos ecológicos, la educación y formación profesionales, la migración, la cooperación y el desarrollo, la sanidad y la seguridad y las medidas previstas o que se aplicarán a fin de contrarrestar o limitar los efectos de la crisis y las medidas de austeridad asociadas;

3.   Pide a los Estados miembros que revisen y pongan de relieve el efecto inmediato y a largo plazo de la crisis económica en las mujeres, en particular si esta empeora, y de qué manera, las desigualdades de género existentes y sus consecuencias, como un mayor riesgo de violencia de género, el deterioro de la salud materna e infantil y la pobreza de las mujeres mayores;

4.   Pide a la Comisión que estudie la posibilidad de seguir adaptando los Fondos Estructurales para garantizar un apoyo adicional a ámbitos de empleo femenino que pueden verse afectados por la crisis, y un apoyo a las guarderías, la formación y el acceso al empleo;

5.   Observa que la tasa de desempleo de las mujeres en muchos Estados miembros ha sido siempre superior a la de los hombres, lo que se suma a los desafíos a los que deben hacer frente las mujeres en el mercado de trabajo, incluida la discriminación directa o indirecta, la múltiple de la que son objeto las mujeres vulnerables como aquellas que tienen una discapacidad, la existencia del techo de cristal, la desigualdad de remuneración por razón de género, el trabajo a tiempo parcial, las condiciones de trabajo precarias, la pobreza a pesar de contar con un puesto de trabajo, la elevada concentración en el sector informal con salarios más reducidos, la explotación de las empleadas del hogar que en su mayoría son mujeres migrantes, el menor grado de protección social y unos derechos de pensión insuficientes a causa de los citados factores, y la remodelación radical de las prestaciones sociales que afectan negativamente a las familias pobres y a las monoparentales, así como los regímenes fiscales que repercuten negativamente en las mujeres; pide a los Estados miembros que actúen para combatir la segmentación del mercado de trabajo para fomentar el acceso de las mujeres a un empleo de calidad con una remuneración digna y una protección social suficiente;

6.   Considera que los actuales efectos de la crisis tendrán consecuencias a largo plazo para las mujeres debido a la elevada segregación del mercado de trabajo por motivos de género, con una concentración de mujeres en sectores caracterizados por bajos salarios, modelos de trabajo no legalizados y a tiempo parcial, lo que repercute de forma directa en las contribuciones de las mujeres al régimen de pensiones; subraya la importancia de abordar la segmentación del mercado de trabajo y las causas últimas de la feminización de la pobreza proporcionando tanto protección social suficiente en períodos de transición o en casos de contratos de empleo temporal o a tiempo parcial como acceso a la formación, al desarrollo profesional y a las oportunidades de trabajo a tiempo completo; pide que se identifiquen mejores prácticas y recomendaciones para los Estados miembros, en relación con sus medidas nacionales para integrar o reintegrar a las mujeres a la población activa y, de forma más general, erradicar la pobreza y la exclusión social de mujeres y niños;

7.   Observa que las medidas de austeridad, como los recortes en los servicios sociales y de salud a escala nacional, tienden a afectar primero a las mujeres y a las niñas; señala que las desigualdades de género globales contribuyen a que las mujeres se hagan responsables, a menudo en exclusiva, de sus hijos y familiares enfermos, lo que significa que los recortes en las ayudas públicas incrementan la carga de trabajo no remunerado de las mujeres;

8.   Observa que la brecha salarial entre hombres y mujeres es de casi un 17 %; pide a los Estados miembros que velen por la igualdad de remuneración entre hombres y mujeres y que erradiquen la discriminación de género; invita a la Comisión que presente cuanto antes una propuesta de Directiva con medidas para reducir la brecha salarial entre hombres y mujeres por el mismo trabajo o un trabajo equivalente;

9.   Subraya que los derechos de las mujeres no deben verse, entenderse ni ejercerse en competición con los de los hombres, puesto que la mejora de los servicios de asistencia y de los servicios públicos a las familias es una condición previa para la participación de ambos en el mercado de trabajo; señala que existe la necesidad de promover el reparto de responsabilidades familiares y domésticas; invita a los Estados miembros a introducir medidas o desarrollar las existentes para superar los estereotipos de género discriminatorios y la asignación desigual de roles, por ejemplo, alentando a los hombres en su derecho a cuidar de los niños y de los familiares enfermos o discapacitados.

10. Recalca la importancia de reformar las políticas macroeconómicas, sociales y del mercado de trabajo a fin de garantizar la justicia económica y social para las mujeres, desarrollar estrategias para promover la distribución justa de la riqueza, garantizar unos ingresos mínimos y unos salarios y pensiones dignos, reducir la brecha salarial entre hombres y mujeres, crear puestos de trabajo de mayor calidad para las mujeres vinculados a derechos, permitir que las mujeres se beneficien de unos servicios públicos de calidad y mejorar las prestaciones sociales y los servicios de cercanía, incluidas las guarderías, los jardines de infancia y otras formas de educación preescolar, los centros de día, los centros comunitarios de ocupación del tiempo libre y de prestación de servicios de apoyo a las familias y los centros intergeneracionales;

11. Considera que la igualdad entre hombres y mujeres es un objetivo europeo fundamental, y que debe constituir una de las principales soluciones en términos de superación de la actual crisis económica y financiera;

12. Considerando que las disparidades entre hombres y mujeres en cuanto a empleo, salarios, interrupciones profesionales y trabajo a tiempo parcial debido a las responsabilidades familiares tienen graves consecuencias para el cálculo de las pensiones y, por consiguiente, la pensión de las mujeres suele ser más baja y tienen más probabilidades de sufrir pobreza; pide a los Estados miembros que revisen sus sistemas de protección social para individualizar los derechos de pensión y los relativos a los regímenes de seguridad social con objeto de eliminar la ventaja al «cabeza de familia», garantizando así la igualdad de los derechos de pensión;

13. Observa que la negociación salarial se está descentralizando cada vez más a consecuencia de la crisis, y que la segregación por sexos obstaculiza la negociación colectiva; reconoce el papel que los interlocutores sociales, especialmente de los sindicatos, pueden desempeñar en el tratamiento de esta cuestión durante las negociaciones;

14. Insta a los Estados miembros a fomentar una política activa del mercado de trabajo, un diálogo social firme, normativas laborales y sociales que salvaguarden los derechos de la mujer, incluidos los de las migrantes, a fin de luchar contra el trabajo forzado y el empleo no declarado;

15. Pide a los Estados miembros que ratifiquen el Convenio C189 de la OIT sobre empleadas de hogar;

16. Subraya la importancia de las políticas activas del mercado de trabajo, las inspecciones de trabajo y el diálogo social así como de la mejora de las capacidades a fin de promover la ecologización de la economía;

17. Insta a los Estados miembros a que introduzcan programas específicos para fomentar la integración activa o la reintegración de las mujeres en el mercado de trabajo y a que creen oportunidades específicas de aprendizaje permanente, a fin de proporcionarles las competencias y cualificaciones, tales como el empoderamiento, la creación de confianza y de capacidades, necesarias a fin de cumplir los objetivos de empleo de la Estrategia Europa 2020;

18. Pide a los Estados Miembros que garanticen la participación de las mujeres en el proceso de toma de decisiones en relación con las respuestas políticas a la crisis, y que adopten las medidas que sean necesarias para promover mayores tasas de empleo entre las mujeres, como la garantía del acceso gratuito y equitativo a servicios públicos y privados de guardería para los niños de todos los grupos de edad y a los servicios de atención a las personas dependientes con unos horarios adecuados, pide la promoción de planes de permisos de maternidad, paternidad y parentales adecuados, y el apoyo a iniciativas de empresas que ofrecen flexibilidad en los horarios y prestan servicios de guardería en la empresa, así como el aumento de los recursos destinados a la educación, los programas de aprendizaje permanente y de cualificación profesional, y la introducción de apoyo suficiente a los familiares cuidadores, incluida la prestación de sustitución temporal;

19. Pide a la UE y a los Estados miembros que elaboren políticas y programas que fomenten la conciliación entre la vida profesional y personal; subraya la necesidad de invertir en servicios universales de calidad —como, por ejemplo, guarderías a tiempo completo, escuelas de jornada completa y centros de atención a la tercera edad— que ayuden a fomentar la igualdad entre hombres y mujeres, a fomentar la conciliación de la vida personal y profesional, y a crear un marco que facilite la incorporación o la reincorporación al mercado de trabajo;

20. Hace hincapié en que las mujeres son a menudo las primeras que pierden sus trabajos o se enfrentan a una reducción de salarios en tiempos de crisis. considera que proteger los sectores donde suelen estar empleadas las mujeres es una medida necesaria para reducir los impactos iniciales de una crisis económica y ofrecer estabilidad a largo plazo;

21. Lamenta que el aumento de la participación de las mujeres en el mercado de trabajo no figure en el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2013, pese a que se trata de uno de los principales objetivos de la Estrategia Europa 2020; pide al Consejo que añada como prioridad la promoción de la participación de las mujeres en el mercado de trabajo cuando adopte sus orientaciones para las políticas económicas de este año en el marco del Semestre Europeo;

22. Pide asimismo a los Estados miembros que desarrollen políticas de formación profesional;

23. Destaca la necesidad de reducir los efectos de la crisis económica y financiera para las familias (prestando especial atención a las personas en proceso de divorcio y a la situación de los niños que se dejan al cuidado de parientes o de las autoridades), incluidas las familias monoparentales, teniendo en cuenta que el trabajo doméstico suele recaer en las mujeres;

24. Observa la existencia de diferencias entre Estados miembros en relación con la tasa de empleo femenino, existiendo un intervalo comprendido entre el 48,6 % y el 77,2 %, y considera que se requieren medidas específicas en cada caso para cumplir los objetivos de Europa 2020;

25. Recalca la necesidad de fomentar el espíritu empresarial femenino alentando a las mujeres a crear sus propias empresas y facilitando su acceso a la financiación;

26. Advierte de que la actual situación de crisis puede incrementar el riesgo de violencia doméstica contra las mujeres;

27. Manifiesta su preocupación por los profundos recortes que se registran en el gasto público derivados de la imposición de medidas de austeridad, que conducen a reducciones importantes del número de puestos de trabajo y de los servicios en el sector público, lo que está afectando especialmente a las mujeres y las está obligando a pasar del trabajo remunerado al desempleo o al trabajo no remunerado, lo que las expone a un riesgo aún mayor de pobreza;

28. Sostiene que es preciso tomar medidas para reducir la segregación de género en el mercado de trabajo, tanto horizontalmente, es decir la sobrerrepresentación de mujeres en puestos de trabajo menos remunerados, como verticalmente, es decir, la infrarrepresentación de las mujeres en puestos de poder y toma de decisiones; recalca que las condiciones de trabajo precarias siguen siendo una cuestión de género no solo en sectores que requieren un bajo nivel de cualificación, sino también en profesiones que exigen un mayor nivel educativo, como el caso de los puestos de trabajo precarios en el mundo académico, en el que las mujeres están sobrerrepresentadas;

29. Considera que, en las actuales circunstancias de crisis económica y austeridad presupuestaria, las mujeres cuentan con menos recursos para protegerse, y para proteger a sus hijos, de la violencia y, lo que es aún más importante, para evitar las consecuencias financieras directas de la violencia ejercida contra las mujeres y los niños en el sistema judicial y los servicios sociales y de salud;

30. Llama la atención de los Estados miembros sobre la necesidad de medidas relacionadas con el aumento de las retribuciones, incluido el desarrollo de programas sobre ingresos mínimos y de asistencia social a las personas que tienen dificultades para satisfacer sus necesidades básicas, en particular, las personas con niños o responsabilidades de cuidado y, sobre todo, las familias monoparentales.

31. Hace hincapié en la necesidad de efectuar una evaluación de impacto del género y de integrar la perspectiva de género en el presupuesto en todas las medidas tomadas y en todos los fondos utilizados para hacer frente a la crisis económica, en particular el FSE; pide a los Estados miembros que apoyen con firmeza la integración de la perspectiva de género en el presupuesto a fin de incrementar la igualdad entre hombres y mujeres corrigiendo las consecuencias negativas de ingresos y gastos, y mejorando la gobernanza y la rendición de cuentas, en especial, en relación con los presupuestos nacionales;

32. Subraya la importancia de invertir en las mujeres y en la igualdad de género;

33. Manifiesta su preocupación por la situación de las mujeres que viven en zonas rurales, donde se ha deteriorado el acceso a diferentes servicios; pide a los Estados miembros que ofrezcan en las zonas rurales un transporte público que funcione, asistencia médica y otros servicios esenciales, para frenar la migración a las grandes ciudades y detener la marginalización de las zonas periféricas;

34. Pide a los Estados miembros que mejoren la participación de las mujeres a todos los niveles de la toma de decisiones;

35. Insta a la Comisión Europea y a los Estados miembros a mejorar la promoción de la iniciativa empresarial de las mujeres, incluida la ayuda financiera a las emprendedoras;

36. Señala que, en tiempos de crisis, muchos bienes o servicios por los que antes se pagaba ahora son producidos o realizados en el hogar por las mujeres sin recibir ninguna remuneración; recalca por ello la necesidad de unas estadísticas oficiales más exhaustivas que incluyan también el trabajo no remunerado a fin de poder evaluar plenamente el impacto de la crisis y las medidas de austeridad sobre la situación de mujeres y hombres en el mercado de trabajo;

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación

24.1.2013

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

37

1

0

Miembros presentes en la votación final

Georges Bach, Edit Bauer, Heinz K. Becker, Phil Bennion, Pervenche Berès, Vilija Blinkevičiūtė, Milan Cabrnoch, David Casa, Alejandro Cercas, Minodora Cliveti, Marije Cornelissen, Emer Costello, Andrea Cozzolino, Frédéric Daerden, Sari Essayah, Marian Harkin, Nadja Hirsch, Stephen Hughes, Ádám Kósa, Jean Lambert, Patrick Le Hyaric, Thomas Mann, Elisabeth Morin-Chartier, Csaba Őry, Siiri Oviir, Sylvana Rapti, Licia Ronzulli, Elisabeth Schroedter, Joanna Katarzyna Skrzydlewska, Jutta Steinruck, Traian Ungureanu, Andrea Zanoni

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Malika Benarab-Attou, Sergio Gutiérrez Prieto, Richard Howitt, Paul Murphy, Ria Oomen-Ruijten, Gabriele Zimmer

Suplente(s) (art. 187, apdo. 2) presente(s) en la votación final

Jens Nilsson

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación

19.2.2013

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

20

1

4

Miembros presentes en la votación final

Regina Bastos, Marije Cornelissen, Iratxe García Pérez, Mikael Gustafsson, Mary Honeyball, Teresa Jiménez-Becerril Barrio, Constance Le Grip, Astrid Lulling, Ulrike Lunacek, Elisabeth Morin-Chartier, Krisztina Morvai, Siiri Oviir, Antonyia Parvanova, Joanna Senyszyn, Joanna Katarzyna Skrzydlewska, Marc Tarabella, Britta Thomsen, Inês Cristina Zuber

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Minodora Cliveti, Silvia Costa, Anne Delvaux, Mariya Gabriel, Nicole Kiil-Nielsen, Licia Ronzulli, Angelika Werthmann