INFORME sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Programa General de Medio Ambiente de la Unión hasta 2020«Vivir bien, respetando los límites de nuestro planeta»

6.5.2013 - (COM(2012)0710 – C7‑0392/2012 – 2012/0337(COD)) - ***I

Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria
Ponente: Gaston Franco


Procedimiento : 2012/0337(COD)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A7-0166/2013
Textos presentados :
A7-0166/2013
Textos aprobados :

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Programa General de Medio Ambiente de la Unión hasta 2020

«Vivir bien, respetando los límites de nuestro planeta»

(COM(2012)0710 – C7‑0392/2012 – 2012/0337(COD))

(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)

El Parlamento Europeo,

–   Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2012)0710),

–   Vistos el artículo 294, apartado 2, y el artículo 192, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C7‑0392/2012),

–   Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–   Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 20 de marzo de 2013[1],

–   Visto el dictamen del Comité de las Regiones[2],

–   Visto el artículo 55 de su Reglamento,

–   Vistos el informe de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria y la opinión de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural (A7‑0166/2013),

1.  Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación;

2.  Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente su propuesta o sustituirla por otro texto;

3.  Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.

Enmienda  1

Propuesta de Decisión

Considerando 5 bis (nuevo)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

(5 bis) La Resolución del Parlamento Europeo, de 20 de abril de 2012, sobre la revisión del Sexto Programa de Acción en materia de Medio Ambiente y establecimiento de prioridades para el Séptimo Programa de Acción en materia de Medio Ambiente - Un medio ambiente mejor para una vida mejor1 ha hecho hincapié en tres prioridades sobre las que se debe basar el nuevo programa, a saber, aplicación y refuerzo, integración y dimensión internacional.

 

________________

 

1  Textos Aprobados, P7_TA(2012)0147.

Enmienda  2

Propuesta de Decisión

Considerando 5 ter (nuevo)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

(5 ter) El informe de la Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA) titulado «El medio ambiente europeo - Situación y perspectivas 2010» (SOER 2010) señaló que sigue habiendo retos importantes en materia de medio ambiente que conllevarán un impacto significativo si no se hace nada para solucionarlos.

Enmienda  3

Propuesta de Decisión

Considerando 6 bis (nuevo)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

(6 bis) La aplicación eficaz de las políticas medioambientales actuales y futuras resulta fundamental para asegurar un elevado nivel de empleo, una economía competitiva, estabilidad social y un entorno rico y saludable.

Justificación

Como se destaca en varias partes de este documento, las políticas medioambientales son esenciales para asegurar que, en el futuro, la UE goce de estabilidad social, una economía competitiva que cree un elevado nivel de empleo y un entorno rico y saludable. Estas ventajas de las políticas medioambientales se resumen de manera más explícita en esta enmienda.

Enmienda  4

Propuesta de Decisión

Considerando 7

Texto de la Comisión

Enmienda

(7) Resulta fundamental establecer objetivos prioritarios que la Unión deba alcanzar de aquí a 2020, con la vista puesta en 2050. El nuevo Programa debe basarse en las iniciativas adoptadas en el marco de la Estrategia Europa 2020, en particular el paquete de medidas sobre clima y energía de la UE, la Hoja de ruta hacia una economía hipocarbónica competitiva en 2050, la Estrategia de la UE sobre la Biodiversidad hasta 2020, la Hoja de ruta hacia una Europa eficiente en el uso de los recursos y la Iniciativa emblemática de Europa 2020 «Unión por la innovación».

(7) Resulta fundamental establecer objetivos prioritarios que la Unión deba alcanzar de aquí a 2020, en una perspectiva clara a largo plazo para 2050, con el fin de proporcionar un entorno estable que favorezca la inversión y el crecimiento sostenibles. El nuevo Programa debe basarse en las iniciativas adoptadas en el marco de la Estrategia Europa 2020, en particular el paquete de medidas sobre clima y energía de la UE, la Hoja de ruta hacia una economía hipocarbónica competitiva en 2050, la Estrategia de la UE sobre la Biodiversidad hasta 2020, la Hoja de ruta hacia una Europa eficiente en el uso de los recursos y la Iniciativa emblemática de Europa 2020 «Unión por la innovación».

Enmienda  5

Propuesta de Decisión

Considerando 8

Texto de la Comisión

Enmienda

(8) El Programa debe contribuir a la consecución de los objetivos medioambientales ya acordados por la Unión.

(8) El Programa debe contribuir a la consecución de los objetivos medioambientales ya acordados por la Unión e identificar los ámbitos políticos en los que sea necesario definir objetivos adicionales.

Enmienda  6

Propuesta de Decisión

Considerando 9

Texto de la Comisión

Enmienda

(9) La Unión ha acordado lograr al menos una reducción del 20 % de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) de la UE de aquí a 2020 (un 30 % siempre que otros países desarrollados se comprometan con reducciones comparables de las emisiones y que los países en desarrollo se comprometan a contribuir adecuadamente en función de sus responsabilidades y capacidades respectivas); garantizar, para 2020, que el 20 % de la energía consumida proceda de fuentes renovables; y reducir, mediante mejoras en la eficiencia energética, el consumo de energía primaria en un 20 % en comparación con los niveles previstos.

(9) La Unión ha acordado lograr al menos una reducción del 20 % de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) de la UE de aquí a 2020 (un 30 % siempre que otros países desarrollados se comprometan con reducciones comparables de las emisiones y que los países en desarrollo se comprometan a contribuir adecuadamente en función de sus responsabilidades y capacidades respectivas); garantizar, para 2020, que el 20 % de la energía consumida proceda de fuentes renovables; y reducir, mediante mejoras en la eficiencia energética, el consumo de energía primaria en un 20 % en comparación con los niveles previstos. Estos compromisos deben mantenerse sobre la base del marco existente para la política en materia de clima y energía, que establece objetivos vinculantes para 2030, con el fin de garantizar una consecución rentable de los objetivos climáticos a largo plazo.

Enmienda  7

Propuesta de Decisión

Considerando 10

Texto de la Comisión

Enmienda

(10) La Unión ha acordado detener, antes de que termine 2020, la pérdida de biodiversidad y la degradación de los servicios ecosistémicos en la UE, así como restaurarlos en la medida de lo posible, incrementando al mismo tiempo la contribución de la UE a la lucha contra la pérdida de biodiversidad mundial.

(10) La Unión ha acordado detener, antes de que termine 2020, la pérdida de biodiversidad y la degradación de los servicios ecosistémicos en la UE, así como restaurarlos en la medida de lo posible, incrementando al mismo tiempo la contribución de la UE a la lucha contra la pérdida de biodiversidad mundial, y ha refrendado una visión a largo plazo según la cual, en 2050, la biodiversidad de la Unión y los servicios ecosistémicos que presta —su capital natural— se protegerán, valorarán y restaurarán debidamente, dado el valor intrínseco de la biodiversidad y su contribución esencial al bienestar humano y a la prosperidad económica;

Justificación

Para reflejar la Comunicación de la Comisión (COM(2011)0244), las Conclusiones del Consejo de 25 y 26 de mayo de 2010 y 23 de junio de 2011, y la posición del Parlamento Europeo adoptada por el Pleno en su informe sobre la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad hasta 2020: nuestro seguro de vida y capital natural (2011/2307).

Enmienda  8

Propuesta de Decisión

Considerando 10 bis (nuevo)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

(10 bis) La Unión se ha fijado el objetivo de detener la pérdida de cobertura forestal mundial en 2030, a más tardar, y de reducir, de aquí a 2020, la deforestación tropical en al menos un 50 % en relación con los niveles de 20081.

 

_______________

 

1  2912ª sesión del Consejo de Medio Ambiente, 4 de diciembre de 2008.

Enmienda  9

Propuesta de Decisión

Considerando 19

Texto de la Comisión

Enmienda

(19) Para realizar los objetivos prioritarios debe actuarse a diferentes niveles de gobernanza, de acuerdo con el principio de subsidiariedad.

(19) Para realizar los objetivos prioritarios debe actuarse a diferentes niveles de gobernanza, de acuerdo con el principio de subsidiariedad y los últimos avances científicos.

Enmienda  10

Propuesta de Decisión

Considerando 20

Texto de la Comisión

Enmienda

(20) Para asegurar el éxito del Programa y la consecución de sus objetivos prioritarios es preciso establecer un compromiso con agentes no gubernamentales.

(20) Para asegurar el éxito del Programa y la consecución de sus objetivos prioritarios es preciso establecer un compromiso basado en la transparencia con agentes no gubernamentales.

Enmienda  11

Propuesta de Decisión

Considerando 21

Texto de la Comisión

Enmienda

(21) La pérdida de biodiversidad y la degradación de los ecosistemas de la Unión tienen repercusiones importantes para el medio ambiente y resultan costosas para toda la sociedad, en especial para los agentes económicos de sectores que dependen directamente de servicios ecosistémicos.

(21) La pérdida de biodiversidad y la degradación de los ecosistemas de la Unión tienen repercusiones importantes no solo para el medio ambiente y el bienestar de los seres humanos sino también para las generaciones futuras, y conllevan grandes costes para toda la sociedad, en especial para los agentes económicos de sectores que dependen directamente de servicios ecosistémicos. Las amenazas a la biodiversidad representan también un desafío para la Unión en términos de responsabilidad ante las regiones ultraperiféricas y los países y territorios de ultramar, que constituyen «puntos calientes» de biodiversidad1, y ante el resto del mundo en relación con la huella ecológica de la Unión fuera de sus fronteras.

 

_______________

 

1 Los «puntos calientes» son zonas geográficas en las que la biodiversidad corre peligro. Las regiones ultraperiféricas y los países y territorios de ultramar albergan el 70 % de la biodiversidad europea y más especies endémicas que todo el continente europeo.

Enmienda  12

Propuesta de Decisión

Considerando 22

Texto de la Comisión

Enmienda

(22) En la Unión es posible reducir mucho más las emisiones de gases de efecto invernadero y aumentar considerablemente la eficiencia en el uso de los recursos. De ese modo se aliviarán las presiones que soporta el medio ambiente, se reforzará la competitividad y se crearán nuevas fuentes de crecimiento y empleo, gracias al ahorro de costes propiciado por el aumento de la eficiencia, la comercialización de innovaciones y una mejor gestión de los recursos a lo largo de todo su ciclo de vida.

(22) En la Unión es posible reducir mucho más las emisiones de gases de efecto invernadero y aumentar considerablemente la eficiencia en el uso de la energía y los recursos. De ese modo se aliviarán las presiones que soporta el medio ambiente, se reforzará la competitividad y se crearán nuevas fuentes de crecimiento y empleo, gracias al ahorro de costes propiciado por el aumento de la eficiencia, la comercialización de innovaciones y una mejor gestión de los recursos a lo largo de todo su ciclo de vida.

Enmienda  13

Propuesta de Decisión

Considerando 22 bis (nuevo)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

(22 bis) La degradación del entorno marino, incluida la acidificación oceánica, los desechos marinos y el ruido oceánico, supone una grave amenaza para el medio marino de la Unión.

Enmienda  14

Propuesta de Decisión

Considerando 23

Texto de la Comisión

Enmienda

(23) Los problemas y los impactos ambientales siguen planteando riesgos considerables para la salud y el bienestar de los seres humanos, mientras que las medidas dirigidas a mejorar el estado del medio ambiente pueden ser beneficiosas a ese respecto.

(23) Los problemas y los impactos ambientales plantean cada vez más riesgos considerables para la salud y el bienestar de los seres humanos, mientras que las medidas dirigidas a mejorar el estado del medio ambiente pueden ser beneficiosas a ese respecto y deben fomentarse en todos los aspectos de la política de la Unión.

Enmienda  15

Propuesta de Decisión

Considerando 23 bis (nuevo)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

(23 bis) La política de la Unión en materia de cambio climático debe adoptar un enfoque integral, reconociendo que todos los sectores de la economía deben ayudar a luchar contra el cambio climático para alcanzar los objetivos de 2050. Además de las acciones en los sectores cubiertos por el régimen de comercio de derechos de emisión, se requieren medidas adicionales para generar reducciones de emisiones rentables cubiertas por la Decisión relativa al reparto del esfuerzo, de manera que se puedan estimular las inversiones ecológicas y fomentar un cambio de comportamiento en los consumidores y otros actores.

Enmienda  16

Propuesta de Decisión

Considerando 24

Texto de la Comisión

Enmienda

(24) La aplicación completa y uniforme del acervo medioambiental en toda la Unión supone una sólida inversión para el medio ambiente, la salud humana y también para la economía.

(24) La aplicación completa y uniforme del acervo medioambiental en toda la Unión no solo es una obligación prevista en el Tratado, sino que supone una sólida inversión para el medio ambiente, la salud humana y también para la economía.

Enmienda  17

Propuesta de Decisión

Considerando 25

Texto de la Comisión

Enmienda

(25) La política de medio ambiente de la Unión debe seguir basándose en datos fiables.

(25) La política de medio ambiente de la Unión debe seguir basándose en datos y conocimientos fiables y responder a los nuevos descubrimientos científicos.

Enmienda  18

Propuesta de Decisión

Considerando 26

Texto de la Comisión

Enmienda

(26) Los objetivos medioambientales deben estar respaldados por las inversiones adecuadas.

(26) Los objetivos medioambientales deben estar respaldados por las inversiones adecuadas, y debe fomentarse el uso de asociaciones público-privadas, en particular en el sector de la gestión de residuos, mediante la adecuada orientación del apoyo del Fondo estructural de la Unión de conformidad con la Directiva marco sobre residuos. Así, la financiación de la Unión debe destinarse en prioridad a las actividades mejor situadas en la jerarquía de residuos (por ejemplo, las instalaciones de reciclado deben tener prioridad sobre la eliminación de residuos).

Enmienda  19

Propuesta de Decisión

Considerando 27

Texto de la Comisión

Enmienda

(27) La integración medioambiental es fundamental para reducir las presiones que sobre el medio ambiente ejercen políticas y actividades de otros sectores y para alcanzar metas medioambientales y climáticas.

(27) La integración medioambiental en todos los ámbitos políticos es fundamental para reducir las presiones que sobre el medio ambiente ejercen políticas y actividades de otros sectores y para alcanzar metas medioambientales y climáticas.

Enmienda  20

Propuesta de Decisión

Considerando 30

Texto de la Comisión

Enmienda

(30) Como parte del seguimiento de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible de 2012 (Cumbre «Río+20»), el nuevo Programa General de Medio Ambiente debe apoyar los procesos regionales e internacionales que pretenden transformar la economía mundial en una economía verde e integradora en el contexto del desarrollo sostenible y la reducción de la pobreza.

(30) El nuevo Programa General de Medio Ambiente de la Unión debe apoyar el cumplimiento de los compromisos asumidos en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible de 2012 (Cumbre «Río+20»), a escala internacional y de la UE, con el fin de transformar la economía mundial en una economía verde e integradora en el contexto del desarrollo sostenible y la reducción de la pobreza.

Enmienda  21

Propuesta de Decisión

Considerando 33 bis (nuevo)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

(33 bis) De conformidad con la Comunicación de la Comisión (COM(2012)0095) y la Resolución del Parlamento Europeo, de 12 de marzo de 2013, sobre sacar el mejor partido de las medidas ambientales de la UE: instaurar la confianza mediante la mejora de los conocimientos y la capacidad de respuesta1, debe prestarse más atención a la aplicación de la legislación de la Unión en materia de medio ambiente.

 

 

___________

 

1 Textos Aprobados, P7_TA(2013)0077.

Enmienda  22

Propuesta de Decisión

Artículo 2 – apartado 1 – letra b

Texto de la Comisión

Enmienda

b) convertir a la Unión en una economía hipocarbónica, eficiente en el uso de los recursos, ecológica y competitiva;

b) convertir a la Unión en una economía hipocarbónica, eficiente en el uso de los recursos, ecológica, innovadora y competitiva;

Enmienda  23

Propuesta de Decisión

Artículo 2 – apartado 1 – letra e

Texto de la Comisión

Enmienda

e) mejorar la base de información de la política de medio ambiente;

e) mejorar la base de conocimientos e información de la política de medio ambiente;

Enmienda  24

Propuesta de Decisión

Artículo 2 – apartado 2 bis (nuevo)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

2 bis. El Programa garantizará un elevado nivel de protección medioambiental y calidad de vida a través del bienestar equitativo y sostenible de los ciudadanos.

Enmienda  25

Propuesta de Decisión

Artículo 2 – apartado 3

Texto de la Comisión

Enmienda

3. Todas las medidas, actuaciones y metas establecidas en el Programa se aplicarán de acuerdo con los principios de una normativa inteligente y se someterán a una evaluación de impacto completa, cuando proceda.

3. Todas las medidas, actuaciones y metas establecidas en el Programa se aplicarán de acuerdo con los principios de una normativa inteligente, se basarán en una investigación científica fiable y se someterán a una evaluación de impacto completa, cuando proceda.

Enmienda  26

Propuesta de Decisión

Artículo 3 – apartado 1

Texto de la Comisión

Enmienda

1. La Unión y sus Estados miembros serán responsables de la consecución de los objetivos prioritarios establecidos en el presente Programa. Aplicarán un planteamiento coherente para resolver los problemas detectados. Se actuará teniendo debidamente en cuenta el principio de subsidiariedad y al nivel que resulte más adecuado para alcanzar los objetivos prioritarios y los resultados relacionados que se establecen en el presente Programa.

1. La Unión y sus Estados miembros serán responsables de la consecución de los objetivos prioritarios establecidos en el presente Programa. Aplicarán un planteamiento coherente para resolver los problemas detectados. Se actuará teniendo debidamente en cuenta los principios de atribución, de subsidiariedad y de proporcionalidad y al nivel que resulte más adecuado para alcanzar los objetivos prioritarios y los resultados relacionados que se establecen en el presente Programa.

Enmienda  27

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 4

Texto de la Comisión

Enmienda

4. También se ha avanzado considerablemente en la integración de los objetivos medioambientales en otras políticas y actividades de la Unión. Desde 2003, la política agrícola común (PAC) reformada vincula los pagos directos al cumplimiento por los agricultores de ciertos requisitos para mantener las tierras en buenas condiciones agrarias y medioambientales, y de la legislación pertinente en materia de medio ambiente. La lucha contra el cambio climático forma ahora parte integrante de la política de energía, y se está avanzando en la integración de las consideraciones relativas a la eficiencia en el uso de los recursos, el cambio climático y la eficiencia energética en otros sectores clave, como el transporte y la construcción.

4. También se ha avanzado considerablemente en la integración de los objetivos medioambientales en otras políticas y actividades de la Unión. Desde 2003, la política agrícola común (PAC) reformada vincula los pagos directos al cumplimiento por los agricultores de ciertos requisitos para mantener las tierras en buenas condiciones agrarias y medioambientales, y de la legislación pertinente en materia de medio ambiente. La lucha contra el cambio climático forma ahora parte integrante de la política de energía, y se está avanzando en la integración de las consideraciones relativas a la eficiencia en el uso de los recursos, el cambio climático y la eficiencia energética en otros sectores clave, como el transporte y la construcción. Sin embargo, en el futuro se debe prestar más atención a una mejor aplicación de la condicionalidad.

Enmienda  28

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 5

Texto de la Comisión

Enmienda

5. No obstante, muchas tendencias medioambientales siguen siendo preocupantes en la UE debido, entre otras razones, a la aplicación insuficiente de la legislación de medio ambiente de la Unión. Solo el 17 % de las especies y hábitats evaluados en el marco de la Directiva de Hábitats se encuentran en buen estado, y la degradación y la pérdida del capital natural están poniendo en peligro los esfuerzos hacia la consecución de los objetivos de la UE en materia de biodiversidad y cambio climático. Los costes asociados son elevados, y en nuestro sistema económico y social aún no se valoran adecuadamente. El 30 % del territorio de la UE está sumamente fragmentado, lo cual afecta a la conectividad y a la salud de los ecosistemas, así como a su capacidad para prestar servicios y servir de hábitat viable a las especies. Aunque en la UE se ha conseguido disociar en cierta medida el crecimiento respecto de las emisiones de GEI, del uso de los recursos y de los impactos ambientales, la explotación de los recursos sigue siendo muy insostenible e ineficiente, y los residuos no se gestionan de una manera adecuada. Debido a ello, las empresas de la UE están renunciando a las considerables oportunidades que ofrece un uso eficiente de los recursos en cuanto a competitividad, reducción de costes, mejora de la productividad y seguridad de abastecimiento. La calidad del agua y la contaminación atmosférica siguen siendo problemáticas en muchas partes de Europa, y los ciudadanos de la UE siguen estando expuestos a sustancias peligrosas que pueden comprometer su salud y su bienestar. Un uso insostenible de la tierra está agotando terrenos fértiles, lo cual repercute negativamente en la seguridad alimentaria y en la consecución de objetivos en materia de biodiversidad. El suelo sigue degradándose de una manera ampliamente incontrolada.

5. No obstante, muchas tendencias medioambientales siguen siendo preocupantes en la UE debido, entre otras razones, a la aplicación insuficiente de la legislación de medio ambiente de la Unión. Solo el 17 % de las especies y hábitats evaluados en el marco de la Directiva de Hábitats se encuentran en buen estado, y la degradación y la pérdida del capital natural están poniendo en peligro los esfuerzos hacia la consecución de los objetivos de la UE en materia de biodiversidad y cambio climático. De las 395 especies autóctonas europeas clasificadas como «en grave peligro de extinción» por la Lista roja de especies amenazadas de la UICN, 110 están en peligro por la infestación de especies foráneas invasoras. Los costes asociados son elevados, y en nuestro sistema económico y social aún no se valoran adecuadamente. El 30 % del territorio de la UE está sumamente fragmentado, lo cual afecta a la conectividad y a la salud de los ecosistemas, así como a su capacidad para prestar servicios y servir de hábitat viable a las especies. Las especies y hábitats marinos siguen en peligro de declive y extinción debido a diversas amenazas de origen humano en las aguas de la Unión. Aunque en la UE se ha conseguido disociar en cierta medida el crecimiento respecto de las emisiones de GEI, del uso de los recursos y de los impactos ambientales, la explotación de los recursos sigue siendo muy insostenible e ineficiente, y los residuos no se gestionan de una manera adecuada. Debido a ello, las empresas de la UE están renunciando a las considerables oportunidades que ofrece un uso eficiente de los recursos en cuanto a competitividad, reducción de costes, mejora de la productividad y seguridad de abastecimiento. La calidad del agua y la contaminación atmosférica siguen siendo problemáticas en muchas partes de Europa, y los ciudadanos de la UE siguen estando expuestos a sustancias peligrosas que comprometen su salud y su bienestar. Un uso insostenible de la tierra está agotando terrenos fértiles, lo cual repercute negativamente en la seguridad alimentaria mundial y en la consecución de objetivos en materia de biodiversidad. El suelo sigue degradándose de una manera ampliamente incontrolada.

Justificación

The ecological and economic justifications for action are compelling. Biological invasions are one of the main drivers of biodiversity loss. Invasive alien species may have far-reaching and harmful effects on the environment and natural resources for generations. Invasive alien species can also affect human life and health and cause serious economic damage to agriculture, forestry and fisheries, which is estimated to be at least EUR 12 billion per year in Europe alone. Postponing effective action further will prevent the EU from achieving its own biodiversity conservation objectives and its global biodiversity commitments.

Enmienda  29

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 7

Texto de la Comisión

Enmienda

7. Junto con los actuales sistemas despilfarradores de producción y consumo en la economía mundial, el aumento de la demanda de bienes y servicios y el agotamiento de los recursos están haciendo aumentar el precio de materias primas, minerales y energía básicos, lo cual genera más contaminación y más residuos, intensifica las emisiones de GEI en todo el mundo y propicia la degradación del suelo, la deforestación y la pérdida de biodiversidad Casi dos terceras partes de los ecosistemas del mundo se están deteriorando, y existen pruebas de que ya se han superado ciertos límites del planeta en relación con la biodiversidad, el cambio climático y el ciclo del nitrógeno. Antes de 2030 es probable que el déficit de agua se sitúe en un 40 % si no se mejora considerablemente la eficiencia en el uso de ese recurso. Existe también el riesgo de que el cambio climático agrave esos problemas y haga aumentar los costes que llevan aparejados. En 2011, las catástrofes debidas en parte al cambio climático provocaron pérdidas económicas de más de 300 000 millones EUR en todo el mundo. La OCDE ha advertido de que la degradación y erosión constantes del capital natural pueden suscitar cambios irreversibles que podrían hacer peligrar dos siglos de aumento constante del nivel de vida y acarrear costes considerables.

7. Junto con los actuales sistemas despilfarradores de producción y consumo en la economía mundial, el aumento de la demanda de bienes y servicios, la ausencia de una gestión sostenible de los recursos a escala mundial y el agotamiento de estos recursos están haciendo aumentar el precio de materias primas, minerales y energía básicos, lo cual genera más contaminación y más residuos, intensifica las emisiones de GEI en todo el mundo y propicia la degradación del suelo, la deforestación y la pérdida de biodiversidad. Casi dos terceras partes de los ecosistemas del mundo se están deteriorando, y existen pruebas de que ya se han superado ciertos límites del planeta en relación con la biodiversidad, el cambio climático y el ciclo del nitrógeno. Antes de 2030 es probable que el déficit de agua se sitúe en un 40 % si no se mejora considerablemente la eficiencia en el uso de ese recurso. Existe también el riesgo de que el cambio climático agrave esos problemas y haga aumentar los costes que llevan aparejados1. En 2011, las catástrofes debidas en parte al cambio climático provocaron pérdidas económicas de más de 300 000 millones EUR en todo el mundo. La OCDE ha advertido de que la degradación y erosión constantes del capital natural pueden suscitar cambios irreversibles que podrían hacer peligrar dos siglos de aumento constante del nivel de vida y acarrear costes considerables.

 

__________________

 

1 Según el Informe Stern sobre la economía del cambio climático, si no se toman medidas, los costes globales del cambio climático serán equivalentes a una pérdida anual de, como mínimo, el 5 % del producto interior bruto (PIB) mundial. Si se incluye una gama más amplia de riesgos y efectos, esta cifra podría llegar hasta el 20 % del PIB.

Enmienda  30

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 9

Texto de la Comisión

Enmienda

9. Para vivir bien en el futuro deben tomarse ahora medidas urgentes y concertadas para reforzar la resiliencia ecológica y maximizar los beneficios que la política de medio ambiente puede aportar a la economía y la sociedad, respetando al mismo tiempo los límites ecológicos del planeta. El presente Programa refleja el compromiso de la Unión por transformarse en una economía verde e integradora que garantice el crecimiento y el desarrollo, proteja la salud y el bienestar, cree empleos dignos, reduzca las desigualdades, invierta en capital natural y lo preserve.

9. Para vivir bien en el futuro deben tomarse ahora medidas urgentes y concertadas para reforzar la resiliencia ecológica y maximizar los beneficios que la política de medio ambiente puede aportar a la economía y la sociedad, respetando al mismo tiempo los límites ecológicos del planeta. El presente Programa refleja el compromiso de la Unión por transformarse en una economía verde e integradora que garantice el crecimiento y el desarrollo, proteja la salud y el bienestar, cree empleos dignos, reduzca las desigualdades, invierta en la biodiversidad y los servicios ecosistémicos que presta —capital natural—, dado su valor intrínseco y su contribución esencial al bienestar humano y la prosperidad económica, y los preserve.

Enmienda  31

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 10

Texto de la Comisión

Enmienda

10. La actuación hasta 2020 y más allá se inspira en la siguiente visión de 2050: En 2050, vivimos bien, respetando los límites ecológicos del planeta. Nuestra prosperidad y nuestro medio ambiente saludable son la consecuencia de una economía circular innovadora, donde nada se desperdicia y en la que los recursos naturales se gestionan de tal manera que la resiliencia de nuestra sociedad resulta fortalecida. Nuestro crecimiento hipocarbónico lleva tiempo disociado del uso de los recursos, marcando así el ritmo hacia una economía sostenible a nivel mundial.

10. La actuación hasta 2020 y más allá se inspira en la siguiente visión de 2050: En 2050, vivimos bien, respetando los límites ecológicos del planeta. Nuestro bienestar y nuestro medio ambiente saludable son la consecuencia de una economía circular innovadora, donde nada se desperdicia y en la que los recursos naturales se gestionan de tal manera que la resiliencia de nuestra sociedad resulta fortalecida. La biodiversidad y los servicios ecosistémicos se protegen, valoran y restauran debidamente. Nuestro crecimiento hipocarbónico lleva tiempo disociado del uso de los recursos, marcando así el ritmo hacia una economía sostenible a nivel mundial. La justicia medioambiental se imparte dentro y fuera de la Unión. Todas las personas disfrutan de una igualdad de acceso a los beneficios medioambientales. Las cargas debidas a la degradación medioambiental se reparten de manera justa.

Enmienda  32

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 11

Texto de la Comisión

Enmienda

11. Para que pueda producirse esta transformación, es preciso integrar plenamente las consideraciones medioambientales en otras políticas, en particular las de energía, transporte, agricultura, pesca, economía e industria, investigación e innovación y empleo, así como la política social, de manera que se cree un planteamiento coherente y concertado. Las medidas que se adopten a nivel de la UE deben completarse con una acción y una cooperación reforzadas y globales con países vecinos para resolver problemas comunes.

11. Para que pueda producirse esta transformación, es preciso integrar plenamente las consideraciones medioambientales en otras políticas, en particular las de energía, transporte, agricultura, pesca, comercio internacional, economía e industria, investigación e innovación, empleo, comercio, desarrollo, asuntos exteriores y seguridad, así como la política social, la educación y la formación, de manera que se cree un planteamiento coherente y concertado. Las medidas que se adopten a nivel de la UE deben completarse con una acción y una cooperación reforzadas y globales con países vecinos para resolver problemas comunes.

Enmienda  33

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 12

Texto de la Comisión

Enmienda

12. La UE ha puesto en marcha ese proceso de transformación con estrategias integradas y a largo plazo para detener la pérdida de biodiversidad, intensificar la eficiencia en el uso de los recursos y acelerar la transición hacia una economía hipocarbónica. La Comisión ha seguido integrando las consideraciones y objetivos medioambientales en iniciativas adoptadas recientemente en otras políticas clave, en particular las de energía y transporte, y se ha esforzado por obtener cada vez más beneficios medioambientales mediante reformas de las políticas de la UE sobre agricultura y desarrollo rural, pesca y cohesión, partiendo de los logros conseguidos hasta la fecha.

12. La UE ha puesto en marcha ese proceso de transformación con estrategias integradas y a largo plazo para detener la pérdida de biodiversidad, intensificar la eficiencia en el uso de los recursos y acelerar la transición hacia una economía hipocarbónica. La Comisión ha seguido integrando las consideraciones y objetivos medioambientales en iniciativas adoptadas recientemente en otras políticas clave, en particular las de energía y transporte, y se ha esforzado por obtener cada vez más beneficios medioambientales mediante reformas de las políticas de la UE sobre agricultura y desarrollo rural, pesca y cohesión, partiendo de los logros conseguidos hasta la fecha. No obstante, para ello es necesario prestar más atención a la aplicación del principio de condicionalidad.

Enmienda  34

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 13

Texto de la Comisión

Enmienda

13. La UE ha suscrito muchos compromisos internacionales en materia de medio ambiente, en particular los contraídos en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible («Río+20»), en la que confirmó su apoyo a favor de una economía verde e integradora como elemento central de una estrategia general de desarrollo sostenible.

13. La UE ha suscrito muchos compromisos jurídicamente vinculantes en virtud de acuerdos medioambientales multilaterales, así como compromisos políticamente vinculantes en materia de medio ambiente, en particular los acordados en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible («Río+20»). El documento final de Río+20 reconoce a la economía verde e integradora como un importante instrumento para lograr el desarrollo sostenible y establece un marco de acción que abarca las tres dimensiones del desarrollo sostenible, que se reflejan en los objetivos prioritarios del presente Programa. En dicho documento se acordó asimismo fijar objetivos de desarrollo sostenible, reforzar el marco institucional y elaborar una estrategia de financiación del desarrollo sostenible. La Unión y sus Estados miembros deben velar ahora por el cumplimiento de estos compromisos tanto a nivel europeo a través de sus políticas internas como a nivel mundial a través de las contribuciones a la acción internacional.

Enmienda  35

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 14

Texto de la Comisión

Enmienda

14. El presente Programa viene a completar esos esfuerzos estableciendo objetivos prioritarios que la UE deberá alcanzar de aquí a 2020.

14. El presente Programa viene a completar esos esfuerzos, estableciendo objetivos prioritarios que la UE deberá alcanzar de aquí a 2020, e itinerarios indicativos de cara a 2050. Garantizará la aplicación, fomentará la acción nacional y ayudará a varios actores a tomar decisiones de inversión rentable.

Enmienda  36

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 15

Texto de la Comisión

Enmienda

15. En muchos casos, las medidas para alcanzar esos objetivos tendrán que adoptarse principalmente a nivel nacional, regional o local, de acuerdo con el principio de subsidiariedad. En otros, se necesitarán medidas adicionales a nivel de la UE. La política de medio ambiente es un ámbito de competencia compartida en la UE y, por esa razón, uno de los propósitos del presente Programa es conseguir que todos los diferentes niveles asuman como suya la consecución de unos objetivos compartidos y que se garanticen unas condiciones equitativas para las empresas y las autoridades públicas. Unas metas y unos objetivos claros proporcionan además la orientación necesaria y un marco de actuación previsible para los responsables políticos y las demás partes interesadas, en particular las regiones y las ciudades, las empresas y los interlocutores sociales, y los ciudadanos particulares.

15. En muchos casos, las medidas para alcanzar esos objetivos tendrán que adoptarse principalmente a nivel nacional, regional o local, de acuerdo con el principio de subsidiariedad, y garantizando una representación adecuada del público en los debates sobre las cuestiones medioambientales. En otros, se necesitarán medidas adicionales a nivel de la UE. La política de medio ambiente es un ámbito de competencia compartida en la UE y, por esa razón, uno de los propósitos del presente Programa es conseguir que todos los diferentes niveles asuman como suya la consecución de unos objetivos compartidos y que se garanticen unas condiciones equitativas para las empresas y las autoridades públicas. Unas metas y unos objetivos claros y el intercambio de mejores prácticas proporcionan además la orientación necesaria y un marco de actuación previsible para los responsables políticos y las demás partes interesadas, en particular las regiones y las ciudades, las empresas y los interlocutores sociales, y los ciudadanos particulares.

Enmienda  37

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 16

Texto de la Comisión

Enmienda

16. El bienestar y la prosperidad económica de la UE se sustentan en su capital natural, del que forman parte los ecosistemas, que proporcionan bienes y servicios esenciales, como unos suelos fértiles y unos bosques multifuncionales, unas tierras y unos mares productivos, agua dulce y aire limpio, así como la polinización, el control de las inundaciones, la regulación climática y la protección contra catástrofes naturales. Una parte sustancial de la legislación de la UE, como la Directiva Marco del Agua (DMA), la Directiva Marco sobre la Estrategia Marina (DMEM), la Directiva sobre la Calidad del Aire y las directivas asociadas, así como las Directivas de Aves y Hábitats, está dirigida a la protección, conservación y mejora del capital natural. La legislación relativa al cambio climático, los productos químicos, las emisiones industriales y los residuos contribuye también a aliviar las presiones sobre la biodiversidad, incluidos los ecosistemas, las especies y los hábitats.

16. El bienestar y la prosperidad económica de la UE se sustentan en su capital natural, es decir, su biodiversidad, incluidos los ecosistemas, que proporcionan bienes y servicios esenciales, como unos suelos fértiles y unos bosques multifuncionales, unas tierras y unos mares productivos, agua dulce y aire limpio, así como la polinización, el control de las inundaciones, la regulación climática y la protección contra catástrofes naturales. Una parte sustancial de la legislación de la UE, como la Directiva Marco del Agua (DMA), la Directiva sobre las aguas residuales urbanas1, la Directiva sobre nitratos2, la Directiva Marco sobre la Estrategia Marina (DMEM), la Directiva sobre la Calidad del Aire y las directivas asociadas, así como las Directivas de Aves y Hábitats, está dirigida a la protección, conservación y mejora del capital natural. La legislación relativa al cambio climático, los productos químicos, las emisiones industriales y los residuos contribuye también a aliviar las presiones sobre la biodiversidad, incluidos los ecosistemas, el suelo, las especies y los hábitats.

 

__________________

 

1 Directiva 91/271/CEE.

 

2 Directiva 91/676/CEE.

Enmienda  38

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 17

Texto de la Comisión

Enmienda

17. No obstante, estudios recientes indican que la UE sigue perdiendo biodiversidad y que la mayoría de los ecosistemas están gravemente degradados. La Estrategia de la UE sobre la Biodiversidad hasta 2020 establece una serie de metas y medidas para invertir esas tendencias negativas y reforzar los servicios ecosistémicos. Esa estrategia tiene que aplicarse plenamente para que la UE pueda cumplir su objetivo principal sobre la biodiversidad para 2020. Habida cuenta de que la Estrategia incluye medidas dirigidas a mejorar la aplicación de las Directivas de Aves y de Hábitats, incluso en relación con la red Natura 2000, para alcanzar ese objetivo principal tiene que aplicarse plenamente toda la legislación relativa a la protección del capital natural.

17. No obstante, estudios recientes indican que la UE sigue perdiendo biodiversidad y que la mayoría de los ecosistemas están gravemente degradados. Las especies foráneas invasoras plantean mayores riesgos de los que se pensaba para la biodiversidad, la salud humana y la economía. La Estrategia de la UE sobre la Biodiversidad hasta 2020 establece una serie de metas y medidas para frenar la pérdida de biodiversidad y mantener, restaurar y reforzar los ecosistemas y sus servicios. Esa estrategia tiene que aplicarse plenamente para que la UE pueda cumplir su objetivo principal sobre la biodiversidad para 2020. Habida cuenta de que la Estrategia incluye medidas dirigidas a mejorar la aplicación de las Directivas de Aves y de Hábitats, incluso en relación con la red Natura 2000, para alcanzar ese objetivo principal tiene que aplicarse plenamente toda la legislación relativa a la protección del capital natural.

Justificación

The ecological and economic justifications for action are compelling. Biological invasions are one of the main drivers of biodiversity loss. Invasive alien species may have far-reaching and harmful effects on the environment and natural resources for generations. Invasive alien species can also affect human life and health and cause serious economic damage to agriculture, forestry and fisheries, which is estimated to be at least EUR 12 billion per year in Europe alone. Postponing effective action further will prevent the EU from achieving its own biodiversity conservation objectives and its global biodiversity commitments.

Enmienda  39

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 18

Texto de la Comisión

Enmienda

18. A pesar de los considerables esfuerzos realizados hasta la fecha, el requisito que impone la DMA de conseguir un «buen estado ecológico» de aquí a 2015 solo es probable que se cumpla en el 53 % de las masas de agua superficiales de la UE. Además, se corre el riesgo de no alcanzar el objetivo de conseguir de aquí a 2020 un «buen estado medioambiental» previsto en la Directiva Marco sobre la Estrategia Marina, entre otras razones por la sobrepesca constante y por los desechos presentes en los mares europeos. Y, aunque las políticas de la UE en materia de emisiones atmosféricas e industriales han contribuido a reducir muchas formas de contaminación, los ecosistemas siguen viéndose afectados por una deposición excesiva de nitrógeno y por la contaminación por ozono asociadas a las emisiones del transporte, la agricultura intensiva y la producción de electricidad.

18. A pesar de los considerables esfuerzos realizados hasta la fecha, el objetivo de la DMA de conseguir un «buen estado ecológico» de aquí a 2015 solo es probable que se cumpla en el 53 % de las masas de agua superficiales de la UE. Por ello, el principio de condicionalidad también debe impregnar la DMA. El objetivo de conseguir de aquí a 2020 un «buen estado medioambiental» previsto en la Directiva Marco sobre la Estrategia Marina también se está viendo sometido a grandes presiones, entre otras razones debido a las constantes amenazas de origen humano, como la sobrepesca, la contaminación (incluida la contaminación acústica submarina) y los desechos marinos, a lo que se añaden los efectos del calentamiento mundial (como la acidificación de los océanos). Y, aunque las políticas de la UE en materia de emisiones atmosféricas e industriales han contribuido a reducir muchas formas de contaminación, los ecosistemas siguen viéndose afectados por una deposición excesiva de nitrógeno y azufre y por la contaminación por ozono asociadas a las emisiones del transporte, las prácticas agrícolas insostenibles y la producción de electricidad.

Enmienda  40

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 18 bis (nuevo)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

18 bis. La agricultura y la silvicultura ocupan en su conjunto el 78 % del suelo de la Unión y continúan desempeñando un papel fundamental en la preservación de los recursos naturales, la biodiversidad y los diversos paisajes culturales como condición previa para otras actividades humanas en las zonas rurales. La forestación desempeña un papel clave en la fijación del suelo y en la adaptación al cambio climática y su mitigación, en tanto que la agricultura sostenible contribuye a una mejor conservación del suelo y calidad del agua. Deben fomentarse las prácticas extensivas y tradicionales con un alto valor ecológico y de conservación, así como la producción y el consumo locales, que también son una manera de evitar las emisiones de gases de efecto invernadero, y debe hacerse hincapié en las prácticas agrícolas integradas e innovadoras como las tecnologías de precisión y los enfoques ecológicos. Debe prestarse especial atención a la mejora de la fertilidad del suelo con fertilizantes no químicos, al aumento sostenible del rendimiento y a la inclusión de leguminosas. Gracias a las políticas adecuadas, en particular gracias a una PAC reestructurada en su globalidad, se puede aumentar la capacidad de almacenamiento de carbono de las tierras agrícolas. De hecho, el sector del uso de la tierra, del cambio de uso de la tierra y de la silvicultura (LULUCF) es el único sector que actúa como «sumidero de carbono» debido a su capacidad de almacenamiento de CO2.

Enmienda  41

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 19

Texto de la Comisión

Enmienda

19. Por consiguiente, para proteger, conservar y mejorar el capital natural de la UE es preciso, además, atajar los problemas en su origen mediante, entre otras cosas, una mayor integración de los objetivos relativos a ese capital natural en otras políticas, y velar por que estas sean coherentes y produzcan beneficios recíprocos. Los elementos de ecologización previstos en las propuestas de la Comisión de reforma, en particular, de las políticas de agricultura, pesca y cohesión, junto con las propuestas en el mismo sentido con respecto al presupuesto de la UE en el marco financiero plurianual 2014-2020, están dirigidos a apoyar esos objetivos. Por ejemplo, los sistemas acuáticos de zonas rurales sentirán los efectos positivos de la vinculación de los pagos agrícolas al cumplimiento de los requisitos pertinentes de la DMA, conforme establecen las propuestas de la Comisión de reforma de la PAC40. La ecologización de la PAC impulsará, además, las prácticas agrícolas de diversificación de cultivos, que son beneficiosas para el medio ambiente, la protección de los pastos permanentes y la creación y el mantenimiento de bosques y zonas de labranza de valor ecológico.

19. Por consiguiente, para proteger, conservar, mejorar y valorizar el capital natural de la UE es preciso, además, atajar los problemas en su origen mediante, entre otras cosas, una mayor integración de los objetivos relativos a ese capital natural en el desarrollo y la aplicación de otras políticas, y velar por que estas sean coherentes y produzcan beneficios recíprocos. Los elementos de ecologización previstos en las propuestas de la Comisión de reforma, en particular, de las políticas de agricultura, pesca y cohesión, junto con las propuestas en el mismo sentido con respecto al presupuesto de la UE en el marco financiero plurianual 2014-2020, están dirigidos a apoyar esos objetivos. Los sistemas acuáticos de zonas rurales deben beneficiarse de la vinculación de los pagos agrícolas al cumplimiento de criterios objetivos y mensurables de la DMA, ya que la agricultura orientada al cumplimiento de estrictos requisitos medioambientales no solo puede preservar la calidad del suelo y mejorarla de forma duradera, además de conservar la biodiversidad en las zonas rurales, sino que también puede contribuir de manera significativa a la mejora de la calidad del aire y del agua. La ecologización de la PAC impulsará, además, las prácticas agrícolas de diversificación de cultivos, que son beneficiosas para el medio ambiente, la protección de las praderas y los pastos permanentes, los sistemas agroforestales sostenibles y la creación y el mantenimiento de bosques y zonas de labranza de valor ecológico. Una agricultura sostenible se caracteriza esencialmente por una gestión responsable frente a las generaciones futuras que sea al mismo tiempo respetuosa de los recursos y productiva.

Enmienda  42

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 20

Texto de la Comisión

Enmienda

20. En el caso del medio marino, aunque el sector marítimo brinda oportunidades económicas, desde la pesca, la navegación y la acuicultura, hasta las materias primas, la producción de energía en el mar y la biotecnología marina, hay que velar por que su explotación sea compatible con la conservación y la gestión sostenible de los ecosistemas marinos y costeros.

20. En el caso del medio marino, la Unión tiene una responsabilidad fundamental, puesto que, gracias a los países y territorios europeos de ultramar, constituye el principal dominio marítimo del mundo. Aunque el sector marítimo brinda oportunidades económicas, desde la pesca, la navegación y la acuicultura, hasta las materias primas, la producción de energía en el mar y la biotecnología marina, hay que velar por que su explotación sea compatible con la conservación y la gestión sostenible de los ecosistemas marinos y costeros. Una gestión europea integrada de las zonas costeras, acompañada de una planificación sostenible del espacio marítimo, puede constituir un instrumento eficaz de coordinación de las actividades marinas y costeras y de compensación entre las diferentes funciones del espacio marítimo.

 

El medio ambiente marino también sufre de un retraso crónico en materia de protección, ya que la red ecológica Natura 2000 en el mar, que se debería haber concluido en 20121, todavía no es ecológicamente coherente y no está operativa. Aunque los Estados miembros ya hayan realizado esfuerzos considerables para ampliar la red Natura 2000 en el mar, sobre la base de los conocimientos científicos existentes y a través de la aplicación de programas de adquisición de conocimientos científicos para concluir la red, es necesario proseguirlos. Debe mejorarse la eficacia de la gestión de las zonas marinas protegidas, en particular en el Mediterráneo.

 

_______________

 

1 COM(2006)0216, de 22 de mayo de 2006.

Enmienda  43

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 21

Texto de la Comisión

Enmienda

21. La aplicación de planteamientos basados en los ecosistemas a la mitigación del cambio climático y a la adaptación a ese fenómeno, que también son positivos para la biodiversidad y para el mantenimiento de otros servicios ecosistémicos, debe hacerse más extensiva como parte de la política de lucha contra el cambio climático de la UE, mientras que en las decisiones relativas a las energías renovables tendrían que tenerse plenamente en cuenta otros objetivos medioambientales, como la conservación de la biodiversidad y la protección de las aguas. Por último, se tendrán que presentar medidas para combatir la contaminación atmosférica y las emisiones de CO2 del transporte.

21. La aplicación de planteamientos basados en los ecosistemas a la mitigación del cambio climático y a la adaptación a ese fenómeno, que también son positivos para la biodiversidad y para el mantenimiento de otros servicios ecosistémicos, debe hacerse más extensiva como parte de la política de lucha contra el cambio climático de la UE, mientras que en las decisiones relativas a las energías renovables tendrían que tenerse plenamente en cuenta otros objetivos medioambientales, como la conservación de la biodiversidad y la protección de las aguas y del suelo. Por último, se tendrán que presentar medidas para combatir la contaminación atmosférica y las emisiones de CO2 del transporte.

Enmienda  44

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 22

Texto de la Comisión

Enmienda

22. La degradación, fragmentación y uso insostenible de la tierra en la UE están haciendo peligrar una serie de servicios ecosistémicos fundamentales, suponen una amenaza para la biodiversidad y aumentan la vulnerabilidad de Europa al cambio climático y a las catástrofes naturales. Son asimismo responsables de la degradación del suelo. Más del 25 % del territorio de la UE está afectado por la erosión del suelo provocada por el agua, lo cual compromete las funciones edáficas y reduce la calidad de las aguas dulces. Otros problemas persistentes son la contaminación y el sellado del suelo. Se cree que más de medio millón de lugares de la UE están contaminados, y mientras no se identifiquen y evalúen, seguirán planteando graves riesgos potenciales para el medio ambiente y la salud. Cada año se ocupan más de 1 000 km2 de suelo para la construcción de viviendas o para fines industriales, recreativos o de transporte. Invertir esos cambios de largo plazo resulta difícil o costoso, y casi siempre implican compromisos entre distintas necesidades de índole social, económica y ambiental. En materia de ordenación del territorio, los Estados miembros deben adoptar decisiones más sostenibles.

22. La degradación, fragmentación y uso insostenible de la tierra dentro y fuera de la UE están haciendo peligrar una serie de servicios ecosistémicos fundamentales, suponen una amenaza para la biodiversidad y aumentan la vulnerabilidad de Europa al cambio climático y a las catástrofes naturales. Son asimismo responsables de la degradación y la desertificación del suelo. Más del 25 % del territorio de la UE está afectado por la erosión del suelo provocada por el agua, lo cual compromete las funciones edáficas y reduce la calidad de las aguas dulces. Otros problemas persistentes son la contaminación y el sellado del suelo. Se cree que más de medio millón de lugares de la UE están contaminados, y mientras no se identifiquen y evalúen, seguirán planteando graves riesgos potenciales para el medio ambiente, la economía y la sociedad, incluidos riesgos para la salud. Cada año se ocupan más de 1 000 km2 de suelo para la construcción de viviendas o para fines industriales, recreativos o de transporte. Este sellado artificial del suelo ejerce un efecto negativo sobre el régimen hídrico natural, puesto que las aguas superficiales dejan de absorberse y ya no pueden llegar al subsuelo. Dado que el suelo pierde su capacidad de absorber y almacenar el agua de lluvia, aumenta el derrame de agua, lo que da lugar a inundaciones y a una escasez de agua potable. Invertir esos cambios de largo plazo resulta difícil o costoso, y casi siempre implican compromisos entre distintas necesidades de índole social, económica y ambiental. Por este motivo, en materia de ordenación del territorio, los Estados miembros deben definir con exactitud las superficies hábiles para edificación y establecer limitaciones respecto de su extensión. Como compensación por el sellado inevitable de amplias superficies, se deberán prever suficientes zonas verdes, teniendo en cuenta especialmente la conservación de la biodiversidad y la protección de las aguas, con vistas a cumplir el objetivo de ocupación cero del suelo en 2050.

 

Con objeto de resolver el creciente problema de la impermeabilización de los suelos, se ha de incitar a los Estados miembros a tomar medidas para reducir las zonas edificadas y para preservar las tierras agrícolas destinadas a la producción de alimentos, de forraje y de materias primas renovables.

Enmienda  45

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 23

Texto de la Comisión

Enmienda

23. Para reducir las presiones humanas más fuertes sobre la tierra, el suelo y otros ecosistemas en Europa, se adoptarán medidas para que las decisiones de ordenación territorial que se adopten a todos los niveles pertinentes tengan debidamente en cuenta el impacto ambiental, además del social y económico. En las resoluciones de la Cumbre «Río+20» se insta a «lograr un mundo con una degradación neutra del suelo». La UE y sus Estados miembros deben reflexionar sobre la mejor manera de cumplir ese compromiso en el marco de sus competencias respectivas y sobre cómo resolver los problemas de calidad del suelo dentro de un marco jurídicamente vinculante. También se establecerán metas en relación con el suelo y el uso sostenible de la tierra.

23. Para reducir las presiones humanas más fuertes sobre la tierra, el suelo y otros ecosistemas en Europa, se adoptarán medidas para que las decisiones de ordenación territorial que se adopten a todos los niveles pertinentes tengan debidamente en cuenta el impacto ambiental, además del social y económico. En las resoluciones de la Cumbre «Río+20», que reconocen la importancia económica y social de una buena ordenación territorial, se insta a «lograr un mundo con una degradación neutra del suelo». La UE y sus Estados miembros deben reflexionar sin demora sobre la mejor manera de cumplir ese compromiso en el marco de sus competencias respectivas y sobre cómo resolver los problemas de calidad del suelo utilizando un enfoque orientado a los riesgos dentro de un marco jurídicamente vinculante basado en los aspectos pertinentes de la propuesta de Directiva presentada por la Comisión, por la que se establece un marco para la protección del suelo y se modifica la Directiva 2004/35/CE1. Debe alentarse además el intercambio de conocimientos y experiencia entre los Estados miembros. También deben establecerse metas en relación con el suelo y el uso sostenible de la tierra.

 

________________

 

1 COM(2006)0232, de 22 de septiembre de 2006.

Enmienda  46

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 24

Texto de la Comisión

Enmienda

24. A pesar de que los aportes de fósforo y nitrógeno al medio ambiente de la UE han disminuido considerablemente en los últimos veinte años, la excesiva emisión de nutrientes sigue afectando a la calidad del aire y del agua y teniendo un impacto negativo en los ecosistemas, lo que provoca graves problemas para la salud humana. Es preciso, en particular, controlar urgentemente las emisiones de amoníaco provocadas por una gestión ineficiente de los fertilizantes y un tratamiento inadecuado de las aguas residuales, para que puedan seguir reduciéndose significativamente los aportes de nutrientes. Hay que redoblar esfuerzos para gestionar el ciclo de los nutrientes de una manera más rentable económicamente y con un uso más eficiente de los recursos, y también es preciso aumentar la eficiencia en el uso de los fertilizantes. Para resolver esos problemas hay que mejorar la aplicación de la legislación de medio ambiente de la UE, imponer normas más estrictas cuando resulte necesario y abordar el ciclo de los nutrientes como parte de un planteamiento más holístico que interrelacione e integre las políticas vigentes de la UE que puedan contribuir a solucionar los problemas de la eutrofización y de la liberación excesiva de nutrientes.

24. Hay que redoblar esfuerzos para gestionar el ciclo de los nutrientes de una manera más rentable económicamente y con un uso más eficiente de los recursos, y también es preciso aumentar la eficiencia en el uso de los fertilizantes, así como crear un ciclo de nutrientes sostenibles entre zonas rurales y urbanas. Para ello hay que invertir en investigación y mejorar la aplicación de la legislación de medio ambiente de la UE.

Enmienda  47

Propuesta de Decisión

Anexo – apartado 24 bis (nuevo)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

24 bis. Varios de los objetivos del programa se beneficiarían de un enfoque menos intensivo en la cría de ganado, ya que de esta forma se reducirían las emisiones de nitrógeno y fósforo, se combatirían las amenazas a la biodiversidad y se mejoraría la calidad del suelo, del aire y del agua.

Enmienda  48

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 25

Texto de la Comisión

Enmienda

25. Las medidas adoptadas en el marco de la Estrategia sobre la Biodiversidad para restaurar el 15 % de los ecosistemas degradados en la UE y ampliar la utilización de la infraestructura verde contribuirán a paliar la fragmentación del terreno. También mejorarán el capital natural y reforzarán la resiliencia de los ecosistemas, y pueden ofrecer opciones rentables en cuanto a la mitigación del cambio climático y a la adaptación a ese fenómeno, así como a la gestión del riesgo de catástrofes. Entre tanto, la labor realizada por los Estados miembros para cartografiar y evaluar los ecosistemas y los servicios que prestan y la iniciativa dirigida a evitar una pérdida neta de biodiversidad para 2015 contribuirán a mantener en una serie de escalas el capital natural existente. La integración del valor económico de los servicios ecosistémicos en los sistemas de información y contabilidad a nivel nacional y de la UE de aquí a 2020 conducirá a una gestión más adecuada del capital natural de la UE.

25. Las medidas adoptadas en el marco de la Estrategia sobre la Biodiversidad para restaurar el 15 % de los ecosistemas degradados en la UE de aquí a 2020 y ampliar la utilización de la infraestructura verde contribuirán a paliar la fragmentación del terreno. No obstante, este objetivo debe considerarse como un mínimo, y la Unión debe fijar un objetivo de restauración bastante más elevado que refleje un objetivo principal propio más ambicioso y su visión de 2050. Como complemento a la plena aplicación de las Directivas de Aves y Hábitats, las medidas que se adopten en virtud de la Estrategia sobre la Biodiversidad contribuirán aún más a establecer y mantener ecosistemas saludables y resilientes y a mejorar sus servicios. También mejorarán el capital natural y reforzarán la resiliencia de los ecosistemas, y pueden ofrecer opciones rentables en cuanto a la mitigación del cambio climático y a la adaptación a ese fenómeno, así como a la gestión del riesgo de catástrofes. Entre tanto, la labor realizada por los Estados miembros para cartografiar y evaluar los ecosistemas y los servicios que prestan y la iniciativa dirigida a evitar una pérdida neta de biodiversidad para 2015 contribuirán a mantener el capital natural existente. La integración del valor económico de los servicios ecosistémicos en los sistemas de información y contabilidad a nivel nacional y de la UE de aquí a 2020 conducirá a una gestión más adecuada del capital natural de la UE.

Enmienda  49

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 26 – párrafo 1 – letra a

Texto de la Comisión

Enmienda

a) se hayan detenido la pérdida de biodiversidad y la degradación de los servicios ecosistémicos, y los ecosistemas y los servicios que prestan se mantengan y mejoren;

a) se hayan detenido la pérdida de biodiversidad y la degradación de los servicios ecosistémicos, y los ecosistemas y los servicios que prestan se mantengan, restablezcan y mejoren, en particular mediante la plena aplicación y la conservación eficaz de la red Natura 2000 respaldada por los marcos de acción prioritaria, y la aplicación del principio «sin pérdida neta»;

Enmienda  50

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 26 – párrafo 1 – letra b

Texto de la Comisión

Enmienda

b) se hayan reducido considerablemente los impactos de las presiones ejercidas sobre las aguas dulces, costeras y de transición, para alcanzar, mantener o mejorar el buen estado a que se refiere la Directiva Marco del Agua;

b) se hayan reducido considerablemente los impactos de las presiones ejercidas sobre las aguas dulces, costeras y de transición, para alcanzar, mantener o mejorar el buen estado a que se refiere la Directiva Marco del Agua mediante, por ejemplo, medidas de condicionalidad;

Enmienda  51

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 26 – párrafo 1 – letra d

Texto de la Comisión

Enmienda

d) se hayan reducido aún más los impactos de la contaminación atmosférica sobre los ecosistemas y la biodiversidad;

d) se hayan reducido significativamente los impactos de la contaminación atmosférica sobre los ecosistemas y la biodiversidad a fin de conseguir el objetivo a largo plazo de no exceder las cargas y niveles críticos;

Enmienda  52

Propuesta de Decisión

Anexo 15 – punto 26 – párrafo 1 – letra g

Texto de la Comisión

Enmienda

g) se protejan los bosques y los servicios que prestan y se refuerce su resiliencia frente al cambio climático y los incendios.

g) se protejan y se gestionen de manera sostenible los bosques y los servicios que prestan y se refuerce su resiliencia frente al cambio climático, los incendios, las tormentas y las plagas.

Enmienda  53

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 26 – párrafo 1 – letra g bis (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

g bis) los ciudadanos de la Unión estén involucrados en la protección, la conservación, la mejora y la valorización del capital natural de la Unión.

Enmienda  54

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 26 – párrafo 1 – letra g ter (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

g ter) la polinización se mantenga a un nivel elevado y se adopten medidas para preservar y mejorar la salud de las abejas y, en su caso, para garantizar que el recurso a los plaguicidas que, según una evaluación científica de los riesgos, surtan efectos nocivos en las colonias de abejas se acompañe de medidas suplementarias de reducción de los riesgos.

Enmienda  55

Propuesta de Decisión

Anexo 15 – punto 26 – párrafo 2 – letra a

Texto de la Comisión

Enmienda

a) aplicar plenamente la Estrategia sobre la Biodiversidad de la UE;

a) aplicar plenamente la Estrategia sobre la Biodiversidad de la UE sin más demora;

Enmienda  56

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 26 – párrafo 2 – letra a bis (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

a bis) adoptar medidas complementarias para proteger, promover y apoyar los sectores agrícolas que hayan demostrado su contribución a la biodiversidad, en particular el sector apícola;

Enmienda  57

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 26 – párrafo 2 – letra b

Texto de la Comisión

Enmienda

b) aplicar plenamente el Programa de salvaguardia de las aguas de Europa;

b) aplicar plenamente la Directiva Marco del Agua y el Programa de salvaguardia de las aguas de Europa mediante, entre otras, medidas de condicionalidad;

Enmienda  58

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 26 – párrafo 2 – letra c

Texto de la Comisión

Enmienda

c) redoblar esfuerzos, entre otras cosas para asegurar la existencia, a más tardar en 2020, de unas poblaciones de peces saludables, empezando, en 2015, por no exceder en ninguna pesquería los niveles correspondientes a un rendimiento máximo sostenible y estableciendo a nivel de la UE una meta cuantitativa de reducción de los desechos marinos;

c) redoblar esfuerzos, entre otras cosas para asegurar la existencia, a más tardar en 2020, de unas poblaciones de peces saludables, empezando, en 2015, por no exceder en ninguna pesquería los niveles correspondientes a un rendimiento máximo sostenible, para combatir la contaminación, para establecer a nivel de la UE una meta cuantitativa de reducción de los desechos marinos y para ultimar la red de zonas marinas protegidas en la Unión; asimismo, establecer una gestión de costas integrada y coherente, a fin de garantizar un equilibrio duradero entre la protección del medio ambiente y la explotación sostenible de las zonas marítimas y costeras;

Enmienda  59

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 26 – párrafo 2 – letra d

Texto de la Comisión

Enmienda

d) redoblar esfuerzos para cumplir íntegramente la legislación de la UE en materia de calidad del aire y establecer medidas y metas estratégicas para después de 2020;

d) cumplir íntegramente la legislación de la UE en materia de calidad del aire y establecer medidas y metas estratégicas para después de 2020;

Enmienda  60

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 26 – párrafo 2 – letra e

Texto de la Comisión

Enmienda

e) redoblar esfuerzos para reducir la erosión e incrementar la materia orgánica del suelo, sanear lugares contaminados y reforzar la integración de las consideraciones sobre el uso de la tierra en un proceso decisorio coordinado entre todas las esferas gubernamentales pertinentes, con el apoyo de la adopción de metas relativas al suelo y la tierra como recurso y de objetivos de ordenación territorial;

e) redoblar esfuerzos para reducir la erosión e incrementar la materia orgánica del suelo, sanear lugares contaminados y reforzar la integración de las consideraciones sobre el uso de la tierra en un proceso decisorio coordinado entre todas las esferas gubernamentales pertinentes, con el apoyo de la adopción de metas relativas al suelo y la tierra como recurso y de objetivos de ordenación territorial;

 

intensificar los esfuerzos realizados para reducir el uso de las tierras y para preservar las tierras agrícolas destinadas a la producción de alimentos, de forraje y de materias primas renovables;

Enmienda  61

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 26 – párrafo 2 – letra f

Texto de la Comisión

Enmienda

f) adoptar medidas adicionales para reducir las emisiones de nitrógeno y fósforo, en particular las procedentes de las aguas residuales urbanas e industriales y del uso de fertilizantes;

f) adoptar medidas adicionales para reducir las emisiones de nitrógeno y para reducir y valorizar las emisiones de fósforo, en particular las procedentes de las aguas residuales urbanas e industriales y del uso de fertilizantes;

Justificación

Es importante fomentar la valorización del fósforo, compuesto de base indispensable para la agricultura, cuyos depósitos naturales se van agotando progresivamente, y que está presente en cantidades significativas en las aguas residuales urbanas.

Enmienda  62

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 26 – párrafo 2 – letra g bis (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

g bis) mejorar la comunicación de la Unión a los ciudadanos sobre su política medioambiental, reforzar la educación sobre la protección del medio ambiente en los sistemas educativos de los Estados miembros y apoyar las acciones ciudadanas.

Enmienda  63

Propuesta de Decisión

Anexo – punto -27 (nuevo)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

-27. La Estrategia Europa 2020 tiene como objetivo promover el crecimiento sostenible, dando prioridad a una economía con bajas emisiones de carbono, más eficiente en la utilización de los recursos y más competitiva, a través de dos iniciativas emblemáticas que compaginan las ambiciones en materia de medio ambiente y los objetivos de la política industrial, a saber, «Una Europa que utilice eficazmente los recursos» y «Una política industrial en la era de la globalización»1.

 

_______________

 

1  COM(2010)0614, de 28 de octubre de 2010.

Enmienda  64

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 27

Texto de la Comisión

Enmienda

27. La iniciativa emblemática de la Estrategia Europa 2020 «Una Europa que utilice eficazmente los recursos» pretende respaldar la transición hacia una economía que sea eficiente en su modo de utilizar todos los recursos, que disocie completamente el crecimiento económico del uso de los recursos y de la energía y de sus impactos ambientales, que reduzca las emisiones de GEI, que refuerce la competitividad a través de la eficiencia y la innovación y que promueva una mayor seguridad energética. Las Hojas de ruta hacia una Europa eficiente en el uso de los recursos y hacia una economía hipocarbónica competitiva son pilares esenciales de la iniciativa y establecen el marco para medidas futuras dirigidas a realizar esos objetivos.

27. La iniciativa emblemática «Una Europa que utilice eficazmente los recursos» pretende respaldar la transición hacia una economía que sea eficiente en su modo de utilizar todos los recursos, que reduzca la extracción y el uso de los recursos en general, que disocie completamente el crecimiento económico del uso de los recursos y de la energía y de sus impactos ambientales, que reduzca las emisiones de GEI, que refuerce la competitividad a través de la eficiencia y la innovación y que promueva una mayor seguridad energética y de los recursos. La Hoja de ruta hacia una Europa eficiente en el uso de los recursos, la Hoja de ruta hacia una economía hipocarbónica competitiva y el intercambio de mejores prácticas entre los Estados miembros son pilares esenciales de la iniciativa y establecen el marco para medidas futuras dirigidas a realizar esos objetivos.

Enmienda  65

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 27 bis (nuevo)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

27 bis. La bioeconomía europea es un elemento clave para un crecimiento ecológico e inteligente en Europa. La bioeconomía influye en gran medida en las economías regionales dentro de la Unión, además de promover el crecimiento económico y la creación de empleo. También precisa de inversiones en las cadenas de suministro de materias primas, a fin de garantizar la disponibilidad de estas.

Enmienda  66

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 28

Texto de la Comisión

Enmienda

28. En toda la economía, es preciso innovar para aumentar la eficiencia en el uso de los recursos, para reforzar la competitividad en un contexto marcado por el aumento de los precios de los recursos, la escasez y las limitaciones de abastecimiento. Las empresas son las principales impulsoras de la innovación, incluida la ecoinnovación. Los mercados por sí solos, sin embargo, no bastan. Resulta fundamental una actuación gubernamental a nivel de la Unión y de los Estados miembros que establezca las condiciones adecuadas para la ecoinnovación y favorezca el desarrollo de empresas sostenibles o de soluciones tecnológicas a problemas ambientales.

28. En toda la economía, es preciso innovar para aumentar la eficiencia en el uso de los recursos y reducir su uso general, para reforzar la competitividad en un contexto marcado por el aumento de los precios de los recursos, la dependencia de las importaciones, la escasez y las limitaciones de abastecimiento. Como manera de contribuir a garantizar el suministro de materias primas, se deben reforzar las cooperaciones de innovación entre la industria y el sector de la gestión de residuos, así como la investigación en el reciclado de materias primas tecnológicamente importantes. Las empresas son las principales impulsoras de la innovación, incluida la ecoinnovación. Los mercados por sí solos, sin embargo, no bastan. Resulta fundamental una actuación gubernamental a nivel de la Unión y de los Estados miembros que establezca las condiciones jurídicas adecuadas para la inversión y la ecoinnovación, favorezca el desarrollo de empresas sostenibles o de soluciones tecnológicas a problemas ambientales, y promueva pautas sostenibles para el uso de los recursos.

Enmienda  67

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 29

Texto de la Comisión

Enmienda

29. Este requisito clave para hacer frente al desafío medioambiental tiene también considerables beneficios socioeconómicos. La creación de empleo que puede suscitar la transformación en una economía hipocarbónica y eficiente en el uso de los recursos es fundamental para realizar los objetivos en materia de empleo que persigue la Estrategia Europa 2020. En los últimos años, el empleo en los sectores de las tecnologías y servicios medioambientales en la UE ha crecido en torno al 3 % anual. El mercado mundial para las ecoindustrias se estima en, al menos, un billón de euros, y se prevé que en los próximos diez años llegue casi a duplicarse. Las empresas europeas ya son líderes mundiales en reciclado y eficiencia energética, y hay que estimularlas para que saquen provecho del aumento de la demanda en el mundo, con el apoyo del Plan de Acción sobre Ecoinnovación. Por ejemplo, se espera que el sector europeo de las energías renovables cree, por sí solo, más de 400 000 puestos de trabajo de aquí a 2020.

29. Este requisito clave para hacer frente al desafío medioambiental tiene también considerables beneficios socioeconómicos. La política medioambiental debe utilizarse para impulsar la competitividad de las empresas y estimular así la industria sostenible de la Unión. La creación de empleo que puede suscitar la transformación en una economía hipocarbónica y eficiente en el uso de los recursos, que además sea segura y sostenible, es fundamental para realizar los objetivos en materia de empleo que persigue la Estrategia Europa 2020. En los últimos años, el empleo en los sectores de las tecnologías y servicios medioambientales en la UE ha crecido en torno al 3 % anual. El mercado mundial para las ecoindustrias se estima en, al menos, un billón de euros, y se prevé que en los próximos diez años llegue casi a duplicarse. Las empresas europeas ya son líderes mundiales en reciclado y eficiencia energética, y hay que estimularlas para que saquen provecho del aumento de la demanda en el mundo, con el apoyo del Plan de Acción sobre Ecoinnovación. Por ejemplo, se espera que el sector europeo de las energías renovables cree, por sí solo, más de 400 000 puestos de trabajo de aquí a 2020.

Enmienda  68

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 29 bis (nuevo)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

29 bis. Para conseguir este objetivo, la Unión deberá crear y mantener las condiciones necesarias para el desarrollo de industrias ecológicas, en particular garantizándoles un abastecimiento sostenible de materias primas1.

 

_______________

 

1 COM(2011)0025, de 2 de febrero de 2011, titulado «Abordar los retos de los mercados de productos básicos y de las materias primas».

Enmienda  69

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 29 ter (nuevo)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

29 ter. Además, la asociación para una industria europea más fuerte permitirá aumentar la inversión y la innovación en seis mercados líderes en relación con la economía ecológica, a saber, las tecnologías de fabricación avanzadas para una producción limpia; las tecnologías facilitadoras esenciales; los productos de origen biológico; la construcción y las materias primas sostenibles; los vehículos y embarcaciones limpios, y las redes inteligentes1.

 

_______________

 

1  COM(2012)0582, de 10 de octubre de 2012, titulado «Una industria europea más fuerte para el crecimiento y la recuperación económica: Actualización de la Comunicación sobre política industrial».

Enmienda  70

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 30

Texto de la Comisión

Enmienda

30. La plena aplicación del paquete de medidas de la UE sobre clima y energía es fundamental para superar las etapas identificadas para 2020 y crear una economía hipocarbónica competitiva de aquí a 2050. Aunque la UE está bien encaminada en la reducción para 2020 de sus emisiones de GEI en un 20 % en comparación con los niveles de 1990, la meta del 20 % en cuanto a eficiencia energética solo podrá cumplirse con aumentos de eficiencia mucho más rápidos. Este aspecto es importante también si se tienen en cuenta el aumento persistente de la demanda de energía y el debate actual sobre los conflictos entre el uso de la tierra para producir alimentos o para producir bioenergía. Se espera que la nueva Directiva de Eficiencia Energética aporte una contribución importante en este sentido.

30. La plena aplicación del paquete de medidas de la UE sobre clima y energía es fundamental para superar las etapas identificadas para 2020 y crear una economía hipocarbónica competitiva y sostenible basada en un suministro elevado de energías renovables de aquí a 2050. Aunque la UE está bien encaminada en la reducción para 2020 de sus emisiones de GEI en un 20 % en comparación con los niveles de 1990, y puede que consiga incluso más, la meta del 20 % en cuanto a eficiencia energética solo podrá cumplirse con aumentos de eficiencia mucho más rápidos a todos los niveles. Aunque se espera que la nueva Directiva de Eficiencia Energética aporte una contribución importante en este sentido, debe complementarse con el establecimiento de requisitos para el uso de todos los productos relacionados con la energía que entran en el mercado de la Unión. Este aspecto es importante también si se tiene en cuenta el aumento persistente de la demanda de energía. La eficiencia energética también debe ir acompañada del uso eficiente de los recursos. Debe prestarse especial atención al aumento de la competencia para el uso de la tierra a fines alimentarios o energéticos. Además, es necesario garantizar que los recursos en madera, incluida la biomasa para la energía, se gestionen de manera sostenible y se utilicen con la mayor eficacia posible, teniendo en cuenta el principio de uso en cascada y el contexto económico de los diversos usos de dichos recursos. Ello contribuirá a crear una economía con bajas emisiones de carbono.

Enmienda  71

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 31

Texto de la Comisión

Enmienda

31. Para que la UE participe de forma equitativa en los esfuerzos mundiales, todos los sectores de la economía van a tener que contribuir a la reducción de las emisiones de GEI. La UE tiene que acordar las próximas etapas de su marco de medidas en materia de clima y energía para después de 2020 con objeto de prepararse de cara a las negociaciones internacionales sobre un nuevo acuerdo jurídicamente vinculante, y también para ofrecer a los Estados miembros y a las empresas un marco claro para las inversiones necesarias a medio plazo. Así pues, la UE tiene que analizar una serie de opciones estratégicas que permitan conseguir las reducciones previstas en la Hoja de ruta hacia una economía hipocarbónica para después de 2020. La Hoja de ruta en materia de energía hacia 2050 y el Libro Blanco sobre el transporte deben respaldarse con unos marcos políticos sólidos. Además, los Estados miembros tienen que desarrollar y poner en marcha estrategias a largo plazo, que sean rentables, para la transición hacia la economía hipocarbónica, dirigidas a realizar el objetivo de la UE de reducir, para mediados de este siglo, las emisiones de GEI en un 80-95 % en comparación con 1990, como parte del esfuerzo mundial para mantener el aumento medio de las temperaturas por debajo de 2 ºC. El Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la UE seguirá siendo el pilar fundamental de la política climática de la UE después de 2020.

31. Para que la UE cumpla sus compromisos y alcance el objetivo de reducir para 2050 las emisiones de GEI entre un 80 % y un 95 % en comparación con los niveles de 1990, todos los sectores de la economía van a tener que contribuir a ello. La UE tiene que acordar urgentemente las próximas etapas para un nuevo marco de medidas en materia de clima y energía para después de 2020, con tres objetivos jurídicamente vinculantes de reducción de las emisiones, eficiencia energética y energía renovable, con objeto de prepararse para una participación activa en las negociaciones internacionales sobre un nuevo acuerdo jurídicamente vinculante para 2015, y también para ofrecer a los Estados miembros y a las empresas un marco jurídico claro para las inversiones necesarias a medio y largo plazo. Así pues, la UE tiene que analizar una serie de opciones estratégicas que permitan conseguir las reducciones previstas en la Hoja de ruta hacia una economía hipocarbónica para después de 2020, en consonancia con las metas propuestas y con los datos científicos más recientes. La Hoja de ruta en materia de energía hacia 2050 y el Libro Blanco sobre el transporte deben respaldarse con unos marcos políticos sólidos, y con metas y objetivos para los años 2030, 2040 y 2050. Además, los Estados miembros tienen que desarrollar y poner en marcha estrategias a largo plazo, que sean rentables, para la transición hacia la economía hipocarbónica, dirigidas a realizar el objetivo de la UE de la descarbonización para mediados de este siglo en comparación con 1990, como parte del esfuerzo mundial para mantener el aumento medio de las temperaturas por debajo de 2 ºC. El Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la UE seguirá siendo el pilar fundamental de la política climática de la UE después de 2020 y su estructura debe reformarse para incentivar las inversiones en tecnologías hipocarbónicas y sostenibles. A fin de cumplir sus compromisos internacionales, la Unión debe respaldar de forma significativa a los países en desarrollo en sus esfuerzos por mitigar el cambio climático a través de la mejora de la creación de capacidad, la ayuda financiera y la transferencia tecnológica.

Enmienda  72

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 33

Texto de la Comisión

Enmienda

33. También se adoptarán medidas para seguir mejorando el comportamiento ecológico de bienes y servicios en el mercado de la UE a lo largo de todo su ciclo de vida por medio de iniciativas para intensificar la oferta de productos ambientalmente sostenibles y propiciar entre los consumidores un cambio significativo a favor de la demanda de esos productos. Esto se conseguirá aplicando una combinación equilibrada de incentivos para los consumidores y las empresas, PYME incluidas, instrumentos de mercado y reglamentaciones para reducir el impacto ambiental de sus actividades y productos. Se revisará la legislación vigente en materia de productos, en particular las Directivas sobre Diseño Ecológico y sobre Etiquetado Energético, así como el Reglamento de la Etiqueta Ecológica, con objeto de mejorar el comportamiento ambiental y la eficiencia en el uso de los recursos de los productos a lo largo de todo su ciclo de vida, garantizando así un marco más coherente para una producción y un consumo sostenibles en la UE.

33. Se requiere un marco jurídico que envíe las señales apropiadas a los productores y consumidores a fin de promover la eficiencia en el uso de los recursos y la transición hacia una economía restauradora y circular. Se mejorará el comportamiento ecológico de bienes y servicios en el mercado de la Unión a lo largo de todo su ciclo de vida por medio de medidas para intensificar la oferta de productos ambientalmente sostenibles y propiciar entre los consumidores un cambio significativo a favor de la demanda de esos productos. Para abordar la fragmentación y el alcance limitado del acervo en materia de consumo y producción sostenibles, será necesario consolidar la legislación vigente en materia de productos, en particular las Directivas sobre Diseño Ecológico y sobre Etiquetado Energético, con objeto de mejorar el comportamiento ambiental y la eficiencia en el uso de los recursos de los productos a lo largo de todo su ciclo de vida. Este marco jurídico más coherente para una producción y un consumo sostenibles irá acompañado de metas e indicadores sobre el ciclo de vida para fomentar que tanto las empresas como los ciudadanos actúen de manera más responsable. Se optimizarán los envases, se respaldarán los modelos empresariales eficientes en el uso de los recursos y se reforzará la responsabilidad del productor. A fin de facilitar información comparativa y fiable a los consumidores y usuarios finales, se realizarán esfuerzos para establecer un método armonizado de la Unión para calcular la huella ecológica de los productos, así como un sistema simplificado y racionalizado de etiquetado ambiental.

 

La mejora del comportamiento ecológico de los bienes y servicios en el mercado de la Unión se conseguirá aplicando una combinación equilibrada de incentivos para los consumidores y las empresas, PYME incluidas, y de instrumentos basados en el mercado y reglamentaciones para reducir el impacto ambiental de sus actividades y productos. En este sentido, será necesario establecer marcos adecuados a escala nacional y de la Unión para ayudar a las PYME a mejorar su comportamiento ecológico1, en particular a través de campañas de sensibilización y de programas de asistencia técnica/financiera dirigidos específicamente a las PYME.

 

_______________

 

1  De conformidad con el principio IX (Permitir que las PYME conviertan los desafíos medioambientales en oportunidades) de la Ley Europea de la Pequeña Empresa, COM(2008)0394, de 25 de junio de 2008.

Enmienda  73

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 34

Texto de la Comisión

Enmienda

34. Ya que el 80 % de todos los impactos ambientales de un producto vienen determinados por su diseño, el marco político de la UE debe garantizar que los productos prioritarios comercializados en su mercado hayan sido objeto de un «ecodiseño» que permita optimizar la eficiencia en el uso de recursos y materiales y que tenga en cuenta, entre otras cosas, su reciclabilidad, el contenido reciclado y su durabilidad. Esos requisitos tendrán que ser aplicables y de carácter ejecutivo. Se intensificarán los esfuerzos a nivel nacional y de la UE para eliminar los obstáculos a la ecoinnovación y aprovechar todo el potencial de las ecoindustrias europeas, lo cual favorecerá un empleo y un crecimiento ecológicos.

34. Ya que el 80 % de todos los impactos ambientales de un producto vienen determinados por su diseño, el marco político de la UE debe garantizar que los productos prioritarios comercializados en su mercado hayan sido objeto de un «ecodiseño» que permita optimizar la eficiencia en el uso de recursos y materiales y que tenga en cuenta, entre otras cosas, su durabilidad, su capacidad de reparación, su reutilización, su reciclabilidad, el uso del contenido reciclado y su desmontaje. A largo plazo, los productos y sus piezas deberán proceder de fuentes sostenibles y estarán diseñados de manera que sea posible reutilizarlos o reciclarlos por completo. Esos requisitos tendrán que ser aplicables y de carácter ejecutivo. Se intensificarán los esfuerzos a nivel nacional y de la UE para eliminar los obstáculos a la ecoinnovación, aumentar la información y sensibilización de los consumidores y aprovechar todo el potencial de las ecoindustrias europeas, lo cual favorecerá un empleo y un crecimiento ecológicos.

Enmienda  74

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 35

Texto de la Comisión

Enmienda

35. Con vistas a establecer un marco de actuación para mejorar aspectos relacionados con la eficiencia en el uso de los recursos más allá de las emisiones de GEI y la energía, se fijarán metas para reducir el impacto ambiental global del consumo, en particular en los sectores de la alimentación, la vivienda y la movilidad. Juntos, esos sectores son responsables de casi el 80 % de los impactos ambientales del consumo. En las conclusiones de la Cumbre «Río+20» se reconoce la necesidad de reducir considerablemente las pérdidas posteriores a la cosecha y otras pérdidas y desperdicios de alimentos en toda la cadena de suministro de alimentos.

35. Con vistas a establecer un marco de actuación para mejorar aspectos relacionados con la eficiencia en el uso de los recursos más allá de las emisiones de GEI y la energía, deben adoptarse para 2015 la medición y los objetivos de la huella terrestre, la huella hídrica, la huella de materiales y la huella de carbono. Al menos uno de estos indicadores debe formar parte del Semestre Europeo para 2015. Además, se fijarán metas para reducir el impacto ambiental global del consumo, en particular en los sectores de la alimentación, la vivienda y la movilidad. Juntos, esos sectores son responsables de casi el 80 % de los impactos ambientales del consumo. En las conclusiones de la Cumbre «Río+20» se reconoce la necesidad de reducir considerablemente las pérdidas posteriores a la cosecha y otras pérdidas y desperdicios de alimentos en toda la cadena de suministro de alimentos. Resulta asimismo esencial evaluar y limitar el impacto ambiental del consumo dentro de la Unión de productos y materias primas que pueden contribuir a la deforestación y a la degradación forestal fuera de la Unión, con vistas a cumplir los objetivos en materia de clima1.

 

Por lo tanto, la Comisión debe presentar una estrategia global para combatir la generación innecesaria de residuos alimentarios, y apoyar activamente a los Estados miembros en la lucha contra la producción excesiva de residuos.

 

_______________

 

1  Esto se aplica específicamente al consumo de alimentos y productos no alimentarios importados, como la carne, la soja, el aceite de palma y los minerales metálicos, que no se hayan producido de forma sostenible. Véase el COM (2008)0645, de 17 de octubre de 2008, titulado «Afrontar los desafíos de la deforestación y la degradación forestal para luchar contra el cambio climático y la pérdida de biodiversidad».

Enmienda  75

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 35 bis (nuevo)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

35 bis. Utilizar cereales de consumo humano para alimentar a los animales de granja constituye un uso ineficiente de los recursos, ya que gran parte de su valor nutritivo se pierde durante la transformación de la planta en materia animal. Se trata de un uso desmedido de estos cultivos de cereales, así como del terreno, el agua y la energía utilizados para cultivarlos.

Enmienda  76

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 36

Texto de la Comisión

Enmienda

36. Además de los requisitos obligatorios en relación con la contratación pública ecológica aplicables a algunas categorías de productos, la mayoría de los Estados miembros han adoptado planes de acción voluntarios, y muchos han establecido metas respecto a categorías específicas de productos. No obstante, es posible reducir aún mucho más el impacto ambiental de todas las esferas administrativas por medio de sus decisiones de contratación. Los Estados miembros y las regiones deben seguir adoptando medidas para realizar el objetivo de aplicar criterios de contratación pública ecológica en por lo menos al 50 % de las licitaciones. La Comisión analizará la posibilidad de introducir nueva legislación específica por sectores que prevea normas obligatorias para la contratación pública ecológica de otras categorías de productos.

36. Además de los requisitos obligatorios en relación con la contratación pública ecológica aplicables a algunas categorías de productos, la mayoría de los Estados miembros han adoptado planes de acción voluntarios, y muchos han establecido metas respecto a categorías específicas de productos. No obstante, es posible reducir aún mucho más el impacto ambiental de todas las esferas administrativas por medio de sus decisiones de contratación. Los Estados miembros y las regiones deben seguir adoptando medidas para realizar el objetivo de aplicar criterios de contratación pública ecológica en por lo menos al 50 % de las licitaciones. La Comisión propondrá una nueva legislación específica por sectores que prevea normas obligatorias para la contratación pública ecológica de otras categorías de productos.

Enmienda  77

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 37

Texto de la Comisión

Enmienda

37. Existe, además, un potencial considerable para perfeccionar la gestión de residuos en la UE y aprovechar mejor los recursos, crear nuevos mercados y empleos y reducir la dependencia de las importaciones de materias primas, limitando, al mismo tiempo, los impactos sobre el medio ambiente. Cada año se generan en la UE 2 700 millones de toneladas de residuos, 98 millones de las cuales corresponden a residuos peligrosos. Solo se reutiliza o recicla una media del 40 % de los residuos sólidos. El resto termina en vertederos o incineradoras. En algunos Estados miembros se recicla más del 70 % de los residuos, lo que demuestra que estos podrían llegar a ser un recurso clave de la UE. Al mismo tiempo, muchos Estados miembros depositan en vertederos más del 75 % de los residuos urbanos que generan.

37. Existe, además, un potencial considerable para perfeccionar la gestión de residuos en la UE y aprovechar mejor los recursos y las materias primas secundarias, crear nuevos mercados y empleos y reducir la dependencia de las importaciones de materias primas, limitando, al mismo tiempo, los impactos sobre el medio ambiente. Cada año se generan en la UE 2 700 millones de toneladas de residuos, 98 millones de las cuales corresponden a residuos peligrosos. Solo se reutiliza o recicla una media del 40 % de los residuos sólidos. El resto termina en vertederos o incineradoras. De conformidad con la jerarquía de residuos, la incineración y el depósito en vertederos solo han de constituir la última solución para la gestión de residuos. En todo caso, se ha de dar preferencia a la prevención, la reutilización y el reciclado. En algunos Estados miembros se recicla más del 70 % de los residuos, lo que demuestra que estos podrían llegar a ser un recurso clave de la UE. Al mismo tiempo, muchos Estados miembros depositan en vertederos más del 75 % de los residuos urbanos que generan.

Enmienda  78

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 38

Texto de la Comisión

Enmienda

38. Para que los residuos puedan utilizarse como recurso, como se solicita en la Hoja de ruta hacia una Europa eficiente en el uso de los recursos, debe aplicarse completamente en todo su territorio la legislación de residuos de la UE, basándose en la estricta ejecución de la jerarquía de residuos y abarcando distintos tipos de residuos55. Es preciso realizar esfuerzos adicionales para: reducir la generación de residuos per cápita en términos absolutos, limitar la recuperación de energía a materiales no reciclables, eliminar progresivamente el depósito en vertederos, garantizar un reciclado de alta calidad, y desarrollar mercados para materias primas secundarias. Los residuos peligrosos tendrán que gestionarse de tal manera que se reduzcan al mínimo los efectos negativos significativos para la salud humana y el medio ambiente, como se acordó en la Cumbre «Río+20». A tal fin, deben aplicarse de una manera mucho más sistemática en toda la UE instrumentos de mercado que privilegien la prevención, el reciclado y la reutilización. Deben suprimirse los obstáculos que dificultan las actividades de reciclado en el mercado interior de la UE, y deben revisarse los objetivos actuales en materia de prevención, reutilización, reciclado, valorización y desvío de residuos de los vertederos para avanzar hacia una economía «circular» en la que los recursos se utilicen en cascada y se eliminen casi por completo los residuos remanentes.

38. Para que los residuos puedan utilizarse como recurso, como se solicita en la Hoja de ruta hacia una Europa eficiente en el uso de los recursos, debe aplicarse completamente en todo su territorio la legislación de residuos de la UE, basándose en la estricta ejecución de la jerarquía de residuos, adoptando un enfoque de ciclo de vida sobre los efectos generales de la generación y gestión de residuos y abarcando distintos tipos de residuos. Es preciso realizar esfuerzos adicionales, incluido en el aspecto preventivo (por ejemplo, para reducir los desperdicios de productos alimenticios), para conseguir una reducción significativa de residuos per cápita en términos absolutos, limitar la recuperación de energía a materiales no reciclables y no compostables, eliminar progresivamente el depósito en vertederos de materiales compostables, reciclables y combustibles, salvo para determinados residuos peligrosos para los que dicho depósito represente el método de eliminación más seguro, promover la reutilización, garantizar un reciclado de alta calidad y ciclos de materiales no tóxicos, y desarrollar mercados para materias primas secundarias. Los residuos peligrosos tendrán que gestionarse de tal manera que se reduzcan al mínimo los efectos negativos significativos para la salud humana y el medio ambiente, como se acordó en la Cumbre «Río+20». A tal fin, debe aplicarse de una manera mucho más sistemática en toda la UE una combinación adecuada de políticas e instrumentos de mercado que sean conformes con la jerarquía de residuos en cinco etapas, así como una planificación de las infraestructuras de gestión de residuos. Deben suprimirse los obstáculos que dificultan las actividades de reciclado en el mercado interior de la UE, y deben revisarse los objetivos actuales en materia de prevención, reutilización, reciclado, valorización y desvío de residuos de los vertederos para avanzar hacia una economía «circular» en la que los recursos se utilicen en cascada y se eliminen casi por completo los residuos remanentes.

Enmienda  79

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 39

Texto de la Comisión

Enmienda

39. Debe abordarse también con carácter prioritario la eficiencia en el uso del agua para contribuir a su buen estado. Aun cuando la sequía y la escasez de agua afectan cada vez a más zonas de Europa, se estima que sigue derrochándose entre un 20 % y un 40 % del agua disponible en Europa, por ejemplo por fugas en el sistema de distribución. Según las modelizaciones disponibles, todavía hay un amplio margen para mejorar la eficiencia hídrica de la UE. Además, se prevé que el aumento de la demanda y los impactos del cambio climático agraven considerablemente las presiones sobre los recursos hídricos de la UE. En este contexto, la Unión y los Estados miembros deben actuar para que, de aquí a 2020, la extracción de agua respete los límites de los recursos hídricos renovables, en particular mejorando la eficiencia hídrica mediante el recurso a mecanismos de mercado tales como una tarificación del agua que refleje su auténtico valor. Para poder avanzar en esa dirección debe acelerarse la demostración y generalización de técnicas, sistemas y modelos empresariales innovadores sobre la base del Plan Estratégico de Ejecución de la Cooperación de Innovación Europea sobre el Agua.

39. Debe abordarse también con carácter prioritario la eficiencia en el uso del agua para contribuir a su buen estado. Aun cuando la sequía y la escasez de agua afectan cada vez a más zonas de Europa, se estima que sigue derrochándose entre un 20 % y un 40 % del agua disponible en Europa, por ejemplo por fugas en el sistema de distribución. Según las modelizaciones disponibles, todavía hay un amplio margen para mejorar la eficiencia hídrica de la UE. Además, se prevé que el aumento de la demanda y los impactos del cambio climático agraven considerablemente las presiones sobre los recursos hídricos de la UE. En este contexto, la Unión y los Estados miembros deben actuar para que, de aquí a 2020, la extracción de agua respete los límites de los recursos hídricos renovables, en particular mejorando la eficiencia hídrica mediante el recurso a mecanismos de mercado tales como una tarificación del agua que refleje su auténtico valor, al tiempo que se garantiza a todos los ciudadanos el acceso a estos recursos vitales. Principalmente los sectores agrícola y de producción de energía, como mayores consumidores, deben esforzarse por un uso más eficiente de las reservas de agua. Para poder avanzar en esa dirección debe acelerarse la demostración y generalización de técnicas, sistemas y modelos empresariales innovadores sobre la base del Plan Estratégico de Ejecución de la Cooperación de Innovación Europea sobre el Agua. La separación en origen de las grasas utilizadas, antes de su vertido en las redes de aguas residuales, y su subsiguiente recogida y reciclaje deben convertirse en prioridades de la política de tratamiento de aguas.

Enmienda  80

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 40

Texto de la Comisión

Enmienda

40. Un marco de políticas a largo plazo y previsible en todos esos ámbitos contribuirá a conseguir un nivel de inversiones y actuación que permita desarrollar plenamente mercados de tecnologías más ecológicas y promover soluciones empresariales sostenibles. Deben establecerse indicadores y objetivos en materia de eficiencia en el uso de los recursos que orienten a quienes tienen que tomar decisiones en el ámbito público y privado en el proceso de transformación de la economía. Tales indicadores y objetivos formarán parte integrante del presente Programa una vez hayan sido acordados a nivel de la Unión.

40. Un marco de políticas a largo plazo y previsible en todos esos ámbitos contribuirá a conseguir un nivel de inversiones y actuación que permita desarrollar plenamente mercados de tecnologías más ecológicas y promover soluciones empresariales sostenibles. Deben establecerse indicadores y objetivos de huella hídrica, huella terrestre, huella de materiales y huella de carbono en materia de eficiencia en el uso de los recursos para 2015 que orienten a quienes tienen que tomar decisiones en el ámbito público y privado en el proceso de transformación de la economía. Tales indicadores y objetivos formarán parte integrante del presente Programa una vez hayan sido acordados a nivel de la Unión.

Enmienda  81

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 41 – párrafo 1 – letra a

Texto de la Comisión

Enmienda

a) la UE haya cumplido sus objetivos en materia de clima y energía para 2020 y esté trabajando para reducir para 2050 las emisiones de GEI en un 80-95 % en comparación con 1990, como parte del esfuerzo mundial para mantener el aumento medio de la temperatura por debajo de 2 ºC;

a) la UE haya cumplido sus objetivos en materia de clima y energía para 2020 y esté trabajando para reducir para 2050 las emisiones de GEI en un 80-95 % en comparación con 1990, como parte del esfuerzo mundial para mantener el aumento medio de la temperatura por debajo de 2 ºC; se hayan acordado los objetivos en materia de clima y energía para 2030;

Enmienda  82

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 41 – párrafo 1 – letra b

Texto de la Comisión

Enmienda

b) se haya reducido considerablemente el impacto ambiental global de las empresas y de la totalidad de los principales sectores industriales de la UE y haya aumentado su eficiencia en el uso de los recursos;

b) se haya reducido considerablemente el impacto ambiental global de las empresas y de la totalidad de los principales sectores industriales de la UE, y la eficiencia energética haya aumentado gracias a los incentivos de las políticas y del mercado que recompensan las mejores prácticas de las empresas. También se debe poder medir y comparar la eficiencia en el uso de los recursos a lo largo de la cadena de producción y el ciclo de vida de un producto;

Enmienda  83

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 41 – párrafo 1 – letra c

Texto de la Comisión

Enmienda

c) se haya reducido el impacto ambiental global de la producción y el consumo, en particular en los sectores de la alimentación, la vivienda y la movilidad;

c) los cambios estructurales en la producción, la tecnología y la innovación, así como las pautas de consumo y los modos de vida hayan reducido el impacto ambiental global de la producción y el consumo, en particular en los sectores de la alimentación, la vivienda y la movilidad;

Enmienda  84

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 41 – párrafo 1 – letra c bis (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

c bis) se evite la degradación forestal y se eliminen del mercado de la Unión los productos básicos o de otro tipo relacionados con la deforestación;

Enmienda  85

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 41 – párrafo 1 – letra d

Texto de la Comisión

Enmienda

d) los residuos se gestionen de forma segura como recurso, los residuos generados per cápita registren un descenso absoluto, la recuperación de energía se limite a los materiales no reciclables y hayan dejado de depositarse en vertederos los materiales compostables y reciclables;

d) los residuos se eviten o gestionen como recurso de forma que se eviten daños al medio ambiente y la salud, los residuos generados per cápita registren un descenso absoluto, la recuperación de energía se limite a los materiales no reciclables y no compostables y hayan dejado de depositarse en vertederos los materiales compostables, reciclables y combustibles, salvo para determinados residuos peligrosos para los que el depósito en vertederos represente el método de eliminación más seguro.

Enmienda  86

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 41 – párrafo 2 – letra a

Texto de la Comisión

Enmienda

a) aplicar íntegramente el paquete de medidas sobre clima y energía y acordar un marco a nivel de la UE sobre una política de clima y energía para después de 2020;

a) aplicar íntegramente el paquete de medidas sobre clima y energía y acordar un marco a nivel de la UE sobre una política de clima y energía para después de 2020, estableciendo para ello un marco sobre una política para el clima y la energía para 2030 basado en tres objetivos jurídicamente vinculantes relativos a las emisiones de gases de efecto invernadero, las energías renovables y la eficiencia energética, de acuerdo con las metas contempladas en la Hoja de ruta para avanzar hacia una economía competitiva con bajas emisiones de carbono en 2050.

Enmienda  87

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 41 – párrafo 2 – letra b

Texto de la Comisión

Enmienda

b) generalizar la aplicación de las «mejores técnicas disponibles» y redoblar esfuerzos para promover la adopción de las tecnologías, procesos y servicios innovadores que vayan surgiendo;

b) generalizar la aplicación de las «mejores técnicas disponibles» en el contexto de la Directiva sobre las emisiones industriales y redoblar esfuerzos para promover la adopción de las tecnologías, procesos y servicios innovadores que vayan surgiendo;

Enmienda  88

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 41 – párrafo 2 – letra b bis (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

b bs) reducir el uso de embalajes y transportes durante el ciclo de vida de los productos;

Enmienda  89

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 41 – párrafo 2 – letra c

Texto de la Comisión

Enmienda

c) impulsar la investigación y los trabajos de innovación públicos y privados que sean necesarios para generalizar tecnologías, sistemas y modelos empresariales innovadores que aceleren la transición hacia una economía hipocarbónica y eficiente en el uso de los recursos y reduzcan los costes de ese proceso;

c) impulsar la investigación y los trabajos de innovación públicos y privados que sean necesarios para generalizar tecnologías, sistemas y modelos empresariales innovadores que aceleren la transición hacia una economía hipocarbónica y eficiente en el uso de los recursos y reduzcan los costes de ese proceso, y que contribuyan a reducir sustancialmente los desechos alimentarios a lo largo de la cadena alimentaria;

Enmienda  90

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 41 – párrafo 2 – letra c bis (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

c bis) establecer indicadores y objetivos para la eficiencia de los recursos en 2015, de acuerdo con la Hoja de ruta hacia una Europa eficiente en el uso de los recursos; introducir un indicador y un objetivo principales en el Semestre Europeo, complementados por un panel de indicadores para el uso de la tierra, el carbono, el agua y otros materiales;

Enmienda  91

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 41 – párrafo 2 – letra d

Texto de la Comisión

Enmienda

d) establecer un marco más coherente para una producción y un consumo sostenibles; revisar la legislación en materia de productos con objeto de mejorar el comportamiento medioambiental y la eficiencia de los productos en el uso de los recursos a lo largo de todo su ciclo de vida; fijar metas de reducción del impacto global del consumo;

d) establecer un marco más coherente para una producción y un consumo sostenibles, que incluya, cuando proceda, la consolidación de los instrumentos actuales en un marco jurídico coherente; revisar la legislación en materia de productos con objeto de mejorar el comportamiento medioambiental y la eficiencia de los productos en el uso de los recursos a lo largo de todo su ciclo de vida; estimular la demanda de consumo de los productos y servicios sostenibles desde el punto de vista ambiental mediante un aumento de su disponibilidad, asequibilidad, funcionalidad y atractivo; promover el principio del uso en cascada de los materiales; crear indicadores y fijar metas de reducción del impacto global del consumo; combatir el despilfarro de alimentos y racionalizar y generalizar el etiquetado ecológico de los productos;

Enmienda  92

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 41 – párrafo 2 – letra d bis (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

d bis) tener en cuenta los cambios en el mercado laboral y desarrollar programas de formación para las carreras relacionadas con la economía verde;

Enmienda  93

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 41 – párrafo 2 – letra d ter (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

d ter) intensificar los esfuerzos para alcanzar el objetivo de aplicación de criterios de contratación pública ecológica como mínimo a un 50 % de las licitaciones públicas y establecer una red de adquisiciones ecológicas voluntarias para las empresas de la Unión;

Enmienda  94

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 41 – párrafo 2 – letra e

Texto de la Comisión

Enmienda

e) ejecutar íntegramente la legislación de residuos de la UE; ello implica la aplicación de la jerarquía de residuos y el recurso efectivo a instrumentos y medidas de mercado que garanticen la supresión efectiva del depósito de residuos en vertederos, la limitación de la recuperación de energía a materiales no reciclables, el reciclado de residuos como fuente principal y fiable de materias primas para la UE, la gestión sin riesgos de los residuos peligrosos y la reducción del volumen generado, así como la eliminación de los traslados ilegales de residuos y de los obstáculos comerciales internos en la UE frente a las actividades de reciclado respetuosas del medio ambiente;

e) ejecutar íntegramente y reforzar la legislación de residuos de la UE, así como alcanzar una eliminación casi total de los residuos; ello implica la aplicación de la jerarquía de residuos, de conformidad con la Directiva marco sobre residuos, y el recurso efectivo a instrumentos y medidas de mercado para reducir la producción de residuos, fomentar la reutilización, y garantizar un reciclado de alta calidad y ciclos de materiales no tóxicos, de modo que los residuos puedan constituir una fuente principal y fiable de materias primas para la UE; garantizar la puesta en marcha de un sistema de alta calidad para la separación de las fuentes, y la limitación de la recuperación energética a los materiales no reciclables, no biodegradables y no compostables; garantizar la supresión progresiva del depósito en vertederos de los materiales reciclables, compostables y combustibles, excepto para determinados residuos peligrosos para los que dicho depósito represente el método de eliminación más seguro, así como una reducción significativa y una gestión sin riesgos de los residuos peligrosos; eliminar los traslados ilegales de residuos (también mediante controles más estrictos) y los obstáculos comerciales internos en la UE frente a las actividades de reciclado respetuosas del medio ambiente; para ello será necesaria una revisión sistemática de las políticas de residuos de la Unión, en el marco de la transición a una economía circular, así como establecer objetivos ambiciosos de reciclado y prevención. Deben realizarse esfuerzos en materia de información al público para sensibilizarle acerca de esta cuestión y fomentar su actuación responsable con objeto de reducir la contaminación y acabar con los comportamientos antisociales desde el punto de vista medioambiental. Esa información al público debe también contribuir a que los ciudadanos comprendan las reglas sobre selección y recogida de los residuos domésticos, que deben adaptarse en mayor medida a las necesidades de los consumidores, y debe fomentar la selección de los residuos por los ciudadanos.

Enmienda  95

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 41 – párrafo 2 – letra e bis (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

e bis) crear un nuevo instrumento jurídico que gestione un uso más eficiente de los recursos limitados de biomasa, basado en una evaluación de la disponibilidad general, por el que se establezca un principio de uso en cascada y medidas que fomenten dicho uso, y que garantice que las cantidades generales de biomasa utilizadas en cualquier sector se limitan al suministro sostenible de los ecosistemas;

Enmienda  96

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 41 – párrafo 2 – letra f

Texto de la Comisión

Enmienda

f) mejorar la eficiencia hídrica mediante el establecimiento de objetivos a nivel de cuencas hidrográficas y la utilización de mecanismos de mercado tales como la tarificación del agua.

f) mejorar la eficiencia hídrica mediante el establecimiento y el control de objetivos a nivel de cuencas hidrográficas, la adopción de normas sobre el uso de aguas residuales tratadas, la utilización de mecanismos de mercado tales como la tarificación del agua, conforme a lo previsto en el artículo 9 de la Directiva marco sobre residuos, y mejorar asimismo el conocimiento, la gobernanza, la capacidad de inversión y la integración de los aspectos relativos al agua en otras políticas;

Enmienda  97

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 41 – párrafo 2 – letra f bis (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

f bis) elaborar y poner en marcha un plan de acción de la Unión para evaluar y mitigar el impacto ambiental del consumo dentro de la Unión de productos y materias primas que pueden contribuir a la deforestación y a la degradación forestal fuera de la Unión.

Enmienda  98

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 42

Texto de la Comisión

Enmienda

42. La legislación medioambiental de la UE ha generado grandes beneficios para la salud y el bienestar de la población. No obstante, la contaminación del aire y del agua y los productos químicos siguen situándose a la cabeza de las preocupaciones medioambientales de los ciudadanos de la UE. La Organización Mundial de la Salud (OMS) considera que los factores de estrés medioambiental son responsables de entre el 15 % y el 20 % de todas las muertes registradas en 53 países europeos. Según la OCDE, la contaminación atmosférica en las ciudades será en 2050 la principal causa ambiental de mortalidad en todo el mundo.

42. La legislación medioambiental de la UE ha generado grandes beneficios para la salud y el bienestar de la población. No obstante, la contaminación del aire y del agua, los productos químicos y la contaminación acústica siguen situándose a la cabeza de las preocupaciones medioambientales de los ciudadanos de la UE. La Organización Mundial de la Salud (OMS) considera que los factores de estrés medioambiental son responsables de entre el 15 % y el 20 % de todas las muertes registradas en 53 países europeos. Según la OCDE, la contaminación atmosférica en las ciudades será en 2050 la principal causa ambiental de mortalidad en todo el mundo.

Enmienda  99

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 44

Texto de la Comisión

Enmienda

44. El acceso a agua de calidad satisfactoria sigue siendo problemático en algunas zonas rurales de la UE, mientras que la garantía de unas aguas de baño de buena calidad en Europa es algo positivo para la salud humana y también para el sector del turismo de la Unión. Las consecuencias adversas de las inundaciones para la salud de las personas y la actividad económica se observan cada vez con más frecuencia debido, en parte, a los cambios que registran el ciclo hidrológico y el uso de la tierra.

44. El acceso a agua de calidad satisfactoria sigue siendo problemático en algunas zonas rurales de la UE, mientras que la garantía de unas aguas de baño de buena calidad en Europa es algo positivo para la salud humana y también para el sector del turismo de la Unión. Las consecuencias adversas de las inundaciones para la salud de las personas y la actividad económica se observan cada vez con más frecuencia debido, en parte, a los cambios que registran el ciclo hidrológico y el uso de la tierra. Para el cumplimiento de la legislación de la UE en materia de agua deben preverse medidas de recuperación de los márgenes naturales de los ríos y de reforestación de las áreas colindantes.

Enmienda  100

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 48

Texto de la Comisión

Enmienda

48. La legislación horizontal sobre productos químicos (los Reglamentos sobre REACH y sobre clasificación, etiquetado y envasado) proporciona una protección de base para la salud humana y el medio ambiente y promueve la adopción de métodos de ensayo que no utilicen animales. No obstante, sigue habiendo incertidumbre en cuanto a los impactos que sobre la salud humana y el medio ambiente tienen los efectos combinados de distintos productos químicos (mezclas), los nanomateriales, los productos químicos que interfieren con el sistema endocrino u hormonal (alteradores endocrinos) y los productos químicos presentes en productos. En los últimos años han salido a la luz nuevos datos que demuestran la necesidad de actuar para resolver esos problemas, especialmente para que la UE pueda realizar el objetivo acordado en la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible de 2002, y confirmado en la Cumbre «Río+20», que consiste en que, para 2020, debe haberse conseguido minimizar «los efectos adversos significativos» de los productos químicos en la salud humana y el medio ambiente y responder de manera efectiva, eficiente, coherente y coordinada a las cuestiones y problemas nuevos y en ciernes. La UE seguirá desarrollando y aplicando planteamientos que se ocupen de los problemas que plantean los efectos combinados de los productos químicos y la seguridad en relación con los alteradores endocrinos, y establecerá un enfoque global para minimizar los efectos adversos de las sustancias peligrosas, incluidos los productos químicos presentes en productos, que se apoyará en una base exhaustiva de conocimientos sobre la toxicidad y la exposición a productos químicos. Se garantizarán la seguridad y la gestión sostenible de los nanomateriales dentro de un planteamiento global que comprenderá una evaluación y gestión de los riesgos, información y seguimiento. Esos enfoques, en conjunto, reforzarán la base de conocimientos sobre los productos químicos y proporcionarán un marco previsible que orientará la búsqueda de soluciones más sostenibles.

48. La legislación horizontal sobre productos químicos (los Reglamentos sobre REACH y sobre clasificación, etiquetado y envasado) proporciona una protección de base para la salud humana y el medio ambiente y promueve la adopción de métodos de ensayo que no utilicen animales. No obstante, sigue habiendo incertidumbre en cuanto a todas las repercusiones que sobre la salud humana y el medio ambiente tienen los efectos combinados de distintos productos químicos (mezclas), los nanomateriales, los productos químicos que interfieren con el sistema endocrino u hormonal (alteradores endocrinos) y los productos químicos presentes en productos. En los últimos años han salido a la luz nuevos datos que demuestran la necesidad de actuar para resolver esos problemas, especialmente para que la UE pueda realizar el objetivo acordado en la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible de 2002, y confirmado en la Cumbre «Río+20», que consiste en que, para 2020, debe haberse conseguido minimizar los efectos de la exposición a los productos químicos en la salud humana y el medio ambiente y responder de manera efectiva, eficiente, coherente y coordinada a las cuestiones y problemas nuevos y en ciernes. La UE seguirá desarrollando y aplicando planteamientos que incluyan disposiciones para la industria que se ocupen de los problemas que plantean los efectos combinados de los productos químicos y la seguridad en relación con los alteradores endocrinos, y establecerá un enfoque global para minimizar los efectos adversos de las sustancias peligrosas en toda la legislación pertinente de la Unión, incluidos los productos químicos presentes en productos, que se apoyará en una base exhaustiva de conocimientos sobre la toxicidad y la exposición a productos químicos, teniendo en cuenta el principio de precaución para proteger de la exposición especialmente a los grupos vulnerables. Se garantizarán la seguridad y la gestión sostenible de los nanomateriales dentro de un planteamiento global que comprenderá una evaluación y gestión de los riesgos, información y seguimiento. Esos enfoques, en conjunto, reforzarán la base de conocimientos sobre los productos químicos y proporcionarán un marco previsible que orientará la búsqueda de soluciones más sostenibles.

Enmienda  101

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 49

Texto de la Comisión

Enmienda

49. Entre tanto, el mercado en auge de los bioproductos, los productos bioquímicos y los biomateriales puede ofrecer ventajas tales como la reducción de las emisiones de GEI o la creación de oportunidades de mercado, pero es preciso garantizar que todo el ciclo de vida de esos productos sea sostenible y que no agudice la competencia por la tierra ni aumente los niveles de emisión.

49. Entre tanto, el mercado en auge de los bioproductos, los productos bioquímicos y los biomateriales puede ofrecer ventajas tales como la reducción de las emisiones de GEI o la creación de oportunidades de mercado, pero es preciso garantizar que todo el ciclo de vida de esos productos sea sostenible y que no agudice la competencia por la tierra y el agua ni aumente los niveles de emisión.

Enmienda  102

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 51

Texto de la Comisión

Enmienda

51. Además, las medidas dirigidas a reforzar la resiliencia ecológica y climática, por ejemplo la restauración de ecosistemas y la infraestructura verde, pueden tener repercusiones socioeconómicas muy positivas, por ejemplo en la sanidad pública. Es preciso gestionar adecuadamente las sinergias y posibles compromisos entre los objetivos climáticos y otros objetivos medioambientales, por ejemplo en relación con la calidad del aire. En particular, el cambio de combustibles en respuesta a consideraciones climáticas o de seguridad de abastecimiento podría provocar un aumento considerable de las partículas y las emisiones peligrosas.

51. Además, las medidas dirigidas a reforzar la resiliencia ecológica y climática, por ejemplo la restauración de ecosistemas y la infraestructura verde y azul, pueden tener repercusiones socioeconómicas muy positivas, por ejemplo en la sanidad pública. Es preciso gestionar adecuadamente las sinergias y posibles compromisos entre los objetivos climáticos y otros objetivos medioambientales, por ejemplo en relación con la calidad del aire. En particular, el cambio de combustibles en respuesta a consideraciones climáticas o de seguridad de abastecimiento podría provocar un aumento considerable de las partículas y las emisiones peligrosas.

Justificación

El concepto de infraestructura verde y azul se refiere a una red compuesta de continuidades ecológicas terrestres y acuáticas. Se trata de una herramienta para la ordenación sostenible del territorio y contribuye a la conservación favorable de los hábitats naturales y de las especies y al buen estado ecológico de las masas de agua. Este concepto de red ecológica está incluido en los Objetivos de Aichi para la biodiversidad para el periodo 2011-2020 (objetivo 11).

Enmienda  103

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 52 – párrafo 1 – letra a

Texto de la Comisión

Enmienda

a) la calidad del aire en la UE haya mejorado considerablemente;

a) la calidad del aire interior y exterior en la UE haya mejorado considerablemente a los niveles recomendados por la OMS y de acuerdo con las directrices de dicha organización;

Enmienda  104

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 52 – párrafo 1 – letra a bis (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

a bis) se apliquen las iniciativas esbozadas en el Libro Blanco del transporte, en concreto orientando las actuaciones hacia la internalización de los costes externos;

Justificación

Esta última frase es una cita directa de la Hoja de ruta hacia una Europa eficiente en el uso de los recursos, COM(2011)0571 final, página 23.

Enmienda  105

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 52 – párrafo 1 – letra b

Texto de la Comisión

Enmienda

b) la contaminación acústica en la UE haya disminuido considerablemente;

b) la contaminación acústica en la UE haya disminuido considerablemente hasta los niveles recomendados por la OMS;

Enmienda  106

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 52 – párrafo 1 – letra d

Texto de la Comisión

Enmienda

d) se controlen con eficacia los efectos combinados de los productos químicos y los problemas de seguridad que plantean los alteradores endocrinos, y se evalúen y minimicen los riegos para el medio ambiente y la salud asociados al uso de sustancias peligrosas, incluidas las sustancias químicas presentes en productos;

d) se controlen con eficacia los efectos combinados de los productos químicos y los problemas de seguridad que plantean los alteradores endocrinos en la legislación pertinente de la Unión, y se evalúen y minimicen los riegos para el medio ambiente y la salud asociados al uso de sustancias peligrosas, incluidas las sustancias químicas presentes en productos; se identifiquen medidas a largo plazo con vistas a alcanzar el objetivo de un entorno no tóxico.

Enmienda  107

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 52 – párrafo 1 – letra f

Texto de la Comisión

Enmienda

f) se hayan realizado avances decisivos en materia de adaptación a los impactos del cambio climático.

f) se hayan realizado avances decisivos en materia de prevención y adaptación a los impactos del cambio climático.

Enmienda  108

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 52 – párrafo 2 – letra -a (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

-a) aplicar las iniciativas esbozadas en el Libro Blanco del transporte, en concreto orientando las actuaciones hacia la internalización de los costes externos;

Enmienda  109

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 52 – párrafo 2 – letra a

Texto de la Comisión

Enmienda

a) aplicar una política actualizada de la UE sobre calidad del aire, acorde con los conocimientos científicos más recientes, así como medidas de lucha contra la contaminación atmosférica en su origen;

a) aplicar una política actualizada de la UE sobre calidad del aire, acorde con los conocimientos científicos más recientes, así como elaborar una estrategia de la Unión para la calidad del aire interior y medidas de lucha contra la contaminación atmosférica en su origen;

Enmienda  110

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 52 – párrafo 2 – letra c bis (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

c bis) proseguir la aplicación del Reglamento REACH, en una lógica de estabilidad y previsibilidad, reduciendo la carga administrativa y financiera de las PYME, con el objetivo de garantizar un nivel elevado de protección de la salud humana y del medio ambiente, la libre circulación de sustancias químicas en el mercado interior y la mejora de la competitividad y de la capacidad de innovación de las empresas de la Unión1.

 

_____________

 

1 Informe General sobre el Reglamento REACH, de 5 de febrero de 2013, de conformidad con el artículo 117, apartado 4, del Reglamento (CE) nº 1907/2006 (Reglamento REACH) y con el artículo 46, apartado 2, del Reglamento (CE) nº 1272/2008, y reexamen de determinados elementos del Reglamento REACH de conformidad con su artículo 75, apartado 2, y su artículo 138, apartados 2, 3 y 6.

Enmienda  111

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 52 – párrafo 2 – letra d

Texto de la Comisión

Enmienda

d) desarrollar una estrategia de la UE para un entorno no tóxico, respaldada por una base exhaustiva de conocimientos sobre toxicidad y exposición a los productos químicos, que propicie la innovación en sustitutivos sostenibles;

d) Desarrollar para 2018 una estrategia de la UE para un entorno no tóxico a través de medidas horizontales dirigidas a garantizar: 1) la seguridad de los nanomateriales y de materiales avanzados similares; 2) la minimización de la exposición a los alteradores endocrinos; 3) planteamientos reguladores adecuados para abordar los efectos combinados de los productos químicos, y 4) la minimización de la exposición a las sustancias químicas presentes en los productos, incluidos, entre otros, los productos importados, con objeto de fomentar los ciclos de materiales no tóxicos y la reducción de la exposición a sustancias perjudiciales en el interior. Dicha estrategia debería estar respaldada por una base exhaustiva de conocimientos sobre toxicidad y exposición a los productos químicos, obtenida en la medida de lo posible gracias al uso de métodos alternativos a los experimentos con animales, que acelere una toma de decisiones eficiente y promueva la innovación y la creación de sustitutivos seguros y sostenibles;

Enmienda  112

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 52 – párrafo 2 – letra d bis (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

d bis) normalizar a escala de la Unión los protocolos de investigación y los criterios de evaluación relativos a la biovigilancia ambiental y humana para optimizar el uso de este instrumento en el marco de la evaluación global de la calidad del medio ambiente y del estado de salud de los ciudadanos de la Unión;

Enmienda  113

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 54

Texto de la Comisión

Enmienda

54. Los beneficios de la aplicación efectiva de la legislación de medio ambiente de la UE son tres: condiciones equitativas para los agentes económicos que operan en el mercado único; fomento de la innovación; y «ventajas del pionero» para empresas europeas de muchos sectores. Los costes que supone el hecho de no aplicar la legislación son, por el contrario, elevados: se estiman en torno a 50 000 millones EUR al año, incluidos los costes relacionados con los procedimientos de infracción. Solo en 2009 se incoaron 451 expedientes de infracción en relación con la legislación de medio ambiente de la UE. Además, la Comisión recibe numerosas quejas directamente de ciudadanos europeos, muchas de las cuales podrían tramitarse mejor a nivel nacional o local.

54. Los beneficios de la aplicación efectiva de la legislación de medio ambiente de la UE son tres: condiciones equitativas para los agentes económicos que operan en el mercado único; fomento de la innovación; y «ventajas del pionero» para empresas europeas de muchos sectores. Los costes que supone el hecho de no aplicar la legislación son, por el contrario, elevados: se estiman en torno a 50 000 millones EUR al año, incluidos los costes relacionados con los procedimientos de infracción. En 2011 el medio ambiente fue el ámbito en el que se constataron más infracciones del Derecho de la Unión (299), que representaron el 17 % del total de las infracciones, y se abrieron 114 nuevos procedimientos de infracción. Además, la Comisión recibe numerosas quejas directamente de ciudadanos europeos, muchas de las cuales podrían tramitarse mejor a nivel nacional o local.

Justificación

Las cifras proceden del 29° Informe anual sobre el control de la aplicación del Derecho de la UE (2011) (COM(2012)0714).

Enmienda  114

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 55

Texto de la Comisión

Enmienda

55. Así pues, en los próximos años se dará la máxima prioridad a la mejora de la aplicación del acervo ambiental de la UE en los Estados miembros. De un Estado miembro a otro, así como dentro de un mismo Estado miembro, las diferencias en la ejecución son considerables. Es preciso dotar a los que intervienen en la aplicación de la legislación de medio ambiente a nivel nacional, regional y local de los conocimientos y la capacidad necesarios para facilitar la obtención de los beneficios de esa legislación.

55. Así pues, en los próximos años se dará la máxima prioridad a la mejora de la aplicación del acervo ambiental de la UE en los Estados miembros. De un Estado miembro a otro, así como dentro de un mismo Estado miembro, las diferencias en la ejecución son considerables. Es preciso dotar a los que intervienen en la aplicación de la legislación de medio ambiente a nivel de la Unión, nacional, regional y local de los conocimientos, las herramientas y la capacidad necesarios para facilitar la obtención de los beneficios de esa legislación.

Enmienda  115

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 57

Texto de la Comisión

Enmienda

57. En primer lugar, se perfeccionarán la recogida y difusión de los conocimientos en materia de aplicación para que el público y los profesionales en cuestiones de medio ambiente sepan perfectamente cómo las administraciones nacionales y locales cumplen los compromisos de la Unión. Se aplicarán medidas para ayudar a resolver los problemas de aplicación específicos que se observen en algunos Estados miembros, por medio de un planteamiento «a medida» similar al que se sigue en el proceso del Semestre Europeo. Por ejemplo, se celebrarán entre la Comisión y determinados Estados miembros acuerdos de asociación para la aplicación de la legislación, en los que se aborden cuestiones tales como dónde encontrar financiación para apoyar la ejecución y mejores sistemas de información para realizar un seguimiento de los avances.

57. En primer lugar, se perfeccionarán la recogida y difusión de los conocimientos en materia de aplicación para que el público y los profesionales en cuestiones de medio ambiente sepan perfectamente cómo las administraciones nacionales y locales cumplen los compromisos de la Unión. Se aplicarán medidas para ayudar a resolver los problemas de aplicación específicos que se observen en algunos Estados miembros, por medio de un planteamiento «a medida» similar al que se sigue en el proceso del Semestre Europeo. Por ejemplo, se celebrarán entre la Comisión y determinados Estados miembros acuerdos de asociación para la aplicación de la legislación, en los que se aborden cuestiones tales como dónde encontrar financiación para apoyar la ejecución y mejores sistemas de información para realizar un seguimiento de los avances. Para reforzar la eficacia de este enfoque, podrán participar también las autoridades locales y regionales, por ejemplo, a través de acuerdos de asociación tripartitos, respetando la organización administrativa de cada Estado miembro. La Plataforma técnica para la cooperación en materia de medio ambiente, creada por el Comité de las Regiones y la Comisión Europea, facilitará el diálogo y el intercambio de información para mejorar la aplicación de la legislación sobre el terreno.

Enmienda  116

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 59

Texto de la Comisión

Enmienda

59. En tercer lugar, se mejorarán los procedimientos nacionales de tramitación y respuesta aplicables a las denuncias relacionadas con la aplicación de la legislación ambiental de la UE.

59. En tercer lugar, se mejorarán los procedimientos nacionales de tramitación y respuesta aplicables a las denuncias relacionadas con la aplicación de la legislación ambiental de la UE y se los dotará de una mayor transparencia y accesibilidad.

Enmienda  117

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 60

Texto de la Comisión

Enmienda

60. En cuarto lugar, los ciudadanos de la UE tendrán mayor acceso a la justicia en asuntos ambientales y a una tutela judicial efectiva, de acuerdo con una serie de tratados internacionales, las modificaciones introducidas por el Tratado de Lisboa y la jurisprudencia reciente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Se promoverán los procedimientos no judiciales de resolución de conflictos frente a los judiciales.

60. En cuarto lugar, los ciudadanos de la UE tendrán acceso a la justicia en asuntos ambientales y a una tutela judicial efectiva, de acuerdo con el Convenio de Aarhus y otros tratados internacionales, las modificaciones introducidas por el Tratado de Lisboa y la jurisprudencia reciente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Se promoverán los procedimientos no judiciales de resolución de conflictos frente a los judiciales.

Justificación

A fin de garantizar el acceso efectivo a la justicia, los pilares del Convenio de Aarhus deben formar parte del acervo político de la Unión en materia de medio ambiente. Esto se ajusta a las conclusiones del Consejo de 11 de junio de 2012.

Enmienda  118

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 63 – párrafo 1 – letra a

Texto de la Comisión

Enmienda

a) los ciudadanos de la UE tengan acceso a información clara sobre cómo se está aplicando la legislación de medio ambiente de la Unión;

a) se aplique plenamente el Convenio de Aarhus, de forma que se garantice que los ciudadanos de la UE tengan acceso a información clara sobre cómo se está aplicando la legislación de medio ambiente de la Unión, así como a la justicia, y participen en ciertas decisiones que revistan importancia desde el punto de vista ambiental;

Justificación

De acuerdo con las conclusiones del Consejo de 11 de junio de 2012, el Convenio de Aarhus debe aplicarse plenamente, de forma que permita a los ciudadanos el acceso total a la justicia en materia ambiental.

Enmienda  119

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 63 – párrafo 1 – letra c bis (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

c bis) se aplique el requisito de independencia de las autoridades reguladoras a escala nacional para la aplicación de la legislación de la Unión en materia de medio ambiente;

Justificación

En diversas directivas europeas sobre el mercado interior y en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha exigido a los Estados miembros que garanticen la independencia de las autoridades reguladoras y se aseguren de que estas ejercen sus competencias de forma imparcial y transparente. Para más información véase la Directiva 2009/73/CE, artículo 39, apartado 4. La aplicación de la legislación de la UE en materia de medio ambiente a escala nacional debe someterse a los mismos requisitos que los exigidos a la autoridad reguladora.

Enmienda  120

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 63 – párrafo 1 – letra d

Texto de la Comisión

Enmienda

d) la legislación de la UE en materia de medio ambiente inspire más confianza a los ciudadanos;

d) la legislación de la UE en materia de medio ambiente y su aplicación inspiren más confianza a los ciudadanos y que estos participen de manera más activa en las medidas adoptadas para afrontar los problemas medioambientales.

Enmienda  121

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 63 – párrafo 2 – letra b

Texto de la Comisión

Enmienda

b) celebrar acuerdos de asociación para la aplicación de la legislación entre la Comisión y los Estados miembros;

b) celebrar acuerdos de asociación voluntarios y transparentes para la aplicación de la legislación entre la Comisión y los Estados miembros, implicando a las autoridades locales y regionales, a fin de ayudar a los Estados miembros a evitar o solucionar los problemas surgidos;

Enmienda  122

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 63 – párrafo 2 – letra c

Texto de la Comisión

Enmienda

c) ampliar a todo el corpus de la legislación medioambiental de la UE los criterios que obligan a los Estados miembros a realizar inspecciones y vigilancias eficaces, y desarrollar una capacidad complementaria a nivel de la UE para actuar ante situaciones en las que haya motivos de preocupación justificados, con el respaldo de redes de profesionales;

c) animar a los Estados miembros a racionalizar sus capacidades existentes en materia de inspecciones y reforzar la Red IMPEL; ampliar a todo el corpus de la legislación medioambiental de la UE los criterios que obligan a los Estados miembros a realizar inspecciones y vigilancias eficaces, y desarrollar una capacidad complementaria a nivel de la UE para actuar ante situaciones en las que haya motivos de preocupación justificados;

Enmienda  123

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 63 – párrafo 2 – letra e

Texto de la Comisión

Enmienda

e) garantizar que las disposiciones nacionales sobre acceso a la justicia reflejen la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y promover los procedimientos no judiciales de resolución de conflictos como medio para encontrar soluciones amistosas en conflictos sobre cuestiones de medio ambiente.

e) garantizar que las disposiciones nacionales sobre acceso a la justicia reflejen la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y promover los procedimientos no judiciales de resolución de conflictos como medio para encontrar soluciones efectivas en conflictos sobre cuestiones de medio ambiente.

Enmienda  124

Propuesta de Decisión

Anexo – Objetivo prioritario nº 5

Texto de la Comisión

Enmienda

Objetivo prioritario nº 5: mejorar la base de información de la política de medio ambiente

Objetivo prioritario nº 5: mejorar la base de conocimientos e información de la política de medio ambiente

Enmienda  125

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 64

Texto de la Comisión

Enmienda

64. La política de medio ambiente de la UE se basa en los resultados de la vigilancia del medio ambiente, en evaluaciones, datos e indicadores asociados a la aplicación de la legislación de la UE, así como en trabajos de investigación científica formales y en iniciativas científicas ciudadanas. Se han realizado grandes avances en la consolidación de esa base factual, la sensibilización y el refuerzo de la confianza de responsables políticos y ciudadanos en planteamientos basados en pruebas que facilitan la comprensión de problemas complejos de índole ambiental y social.

64. La política de medio ambiente de la UE se basa en los resultados de la vigilancia del medio ambiente, en evaluaciones, datos e indicadores asociados a la aplicación de la legislación de la UE, así como en trabajos de investigación científica formales y en iniciativas científicas ciudadanas. Se han realizado grandes avances en la consolidación de esa base factual y de conocimientos, la sensibilización y el refuerzo de la confianza de responsables políticos y ciudadanos en planteamientos basados en pruebas que facilitan la comprensión de problemas complejos de índole ambiental y social.

Enmienda  126

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 65

Texto de la Comisión

Enmienda

65. Debe actuarse a nivel internacional y de la UE para seguir reforzando y consolidando la interfaz ciencia-política en cuestiones de medio ambiente, por ejemplo mediante la designación de consejeros científicos principales, como ya se ha hecho en la Comisión y algunos Estados miembros.

65. Debe actuarse a nivel internacional y de la UE para seguir reforzando y consolidando la interfaz ciencia-política en cuestiones de medio ambiente, por ejemplo optimizando los trabajos en curso efectuados por los organismos nacionales de medio ambiente, la Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA) y su red de información y observación del medio ambiente (Eionet), así como mediante la designación de consejeros científicos principales, como ya se ha hecho en la Comisión y algunos Estados miembros. Asimismo es importante que, cuando sea miembro de pleno derecho, la Unión participe activamente en la Plataforma intergubernamental científico-normativa sobre diversidad biológica y servicios de los ecosistemas (IPBES), a fin de establecer el vínculo entre los niveles local, regional e internacional en materia de gobernanza de la biodiversidad.

Enmienda  127

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 66

Texto de la Comisión

Enmienda

66. No obstante, el ritmo al que está evolucionando la situación y las incertidumbres que rodean a las probables tendencias futuras requieren medidas adicionales para mantener y fortalecer esa base factual de manera que la política de la UE siga elaborándose apoyada en unos conocimientos profundos sobre el estado del medio ambiente, las respuestas posibles y sus consecuencias.

66. No obstante, el ritmo al que está evolucionando la situación y las incertidumbres que rodean a las probables tendencias futuras requieren medidas adicionales para mantener y fortalecer esa base factual y de conocimientos de manera que la política de la UE siga elaborándose apoyada en unos conocimientos profundos sobre el estado del medio ambiente, las respuestas posibles y sus consecuencias.

Enmienda  128

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 68

Texto de la Comisión

Enmienda

68. La generalización del principio del Sistema Compartido de Información Medioambiental, según el cual la información debe recogerse una única vez y compartirse con otros, y los planteamientos y normas comunes sobre adquisición y cotejo de información espacial en el marco de los sistemas INSPIRE y GMES contribuirán a evitar la duplicación de esfuerzos y a eliminar cargas administrativas innecesarias sobre las autoridades públicas, a lo que contribuirán también las medidas dirigidas a simplificar las obligaciones de presentación de informes con arreglo a diferentes actos legislativos. Los Estados miembros deben facilitar el acceso de los ciudadanos a la información reunida para evaluar los impactos ambientales de planes, programas y proyectos (por ejemplo, mediante evaluaciones de impacto ambiental o evaluaciones ambientales estratégicas).

68. La generalización del principio del Sistema Compartido de Información Medioambiental, según el cual la información debe recogerse una única vez y compartirse con otros, y los planteamientos y normas comunes sobre adquisición y cotejo de información espacial en el marco de los sistemas INSPIRE y Copernicus (antes conocido como GMES), así como otros sistemas europeos de información medioambiental (como BISE y WISE), contribuirán a evitar la duplicación de esfuerzos y a eliminar cargas administrativas innecesarias sobre las autoridades públicas, a lo que contribuirán también las medidas dirigidas a simplificar las obligaciones de presentación de informes con arreglo a diferentes actos legislativos. Los Estados miembros deben facilitar el acceso de los ciudadanos a la información reunida para evaluar los impactos ambientales de planes, programas y proyectos (por ejemplo, mediante evaluaciones de impacto ambiental o evaluaciones ambientales estratégicas).

Enmienda  129

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 69 – parte introductoria

Texto de la Comisión

Enmienda

69. Sigue habiendo considerables lagunas en los conocimientos, que en algunos casos afectan a los objetivos prioritarios del presente Programa. Resulta, por tanto, fundamental invertir en nuevos trabajos de investigación que permitan colmar esas lagunas, de manera que las empresas y las autoridades públicas dispongan de una base sólida para adoptar decisiones que reflejen los auténticos costes y beneficios para la sociedad, la economía y el medio ambiente. Cabe destacar, en particular, cuatro lagunas:

69. Sigue habiendo considerables lagunas en los conocimientos, que en algunos casos afectan a los objetivos prioritarios del presente Programa. Resulta, por tanto, fundamental invertir en nuevos trabajos de investigación que permitan colmar esas lagunas, de manera que las empresas y las autoridades públicas dispongan de unos conocimientos sólidos sobre los últimos avances científicos que reflejen los auténticos costes y beneficios para la sociedad, la economía y el medio ambiente. Cabe destacar, en particular, cuatro lagunas:

Enmienda  130

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 69 – guión 2

Texto de la Comisión

Enmienda

La transición hacia una economía verde e integradora exige que se considere adecuadamente la interacción entre factores socioeconómicos y medioambientales. Si conseguimos conocer las pautas de producción y consumo sostenibles, saber cómo tener en cuenta con más exactitud los costes de actuar y de no actuar, la manera en que los cambios de comportamiento individual y social contribuyen a la consecución de resultados medioambientales y cómo el medio ambiente de Europa se ve afectado por megatendencias mundiales, podremos orientar mejor las iniciativas políticas hacia la mejora de la eficiencia en el uso de los recursos y la reducción de las presiones ambientales.

La transición hacia una economía verde e integradora exige que se considere adecuadamente la interacción entre factores socioeconómicos y medioambientales. Si conseguimos conocer las pautas de producción y consumo sostenibles, saber cómo tener en cuenta con más exactitud los costes y beneficios de actuar y de no actuar, la manera en que los cambios de comportamiento individual y social contribuyen a la consecución de resultados medioambientales y cómo el medio ambiente de Europa se ve afectado por megatendencias mundiales, podremos orientar mejor las iniciativas políticas hacia la mejora de la eficiencia en el uso de los recursos y la reducción de las presiones ambientales.

Justificación

Deben tenerse en cuenta tanto los costes como los beneficios de actuar y de no actuar a la hora de mejorar nuestra interpretación del consumo sostenible y las pautas de consumo.

Enmienda  131

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 69 – guión 3

Texto de la Comisión

Enmienda

Sigue habiendo incertidumbres en cuanto a las implicaciones que para la salud humana y el medio ambiente tienen los alteradores endocrinos, las mezclas, las sustancias químicas presentes en productos y los nanomateriales. Si se colman esas lagunas, es posible acelerar el proceso decisorio y orientar la legislación sobre productos químicos hacia ámbitos que suscitan inquietud, estimulando, al mismo tiempo, un uso más sostenible de esos productos. Si se conocieran mejor los factores ambientales que afectan a la salud humana podrían adoptarse acciones políticas preventivas.

Aunque sigue habiendo incertidumbres en cuanto a todas las implicaciones que para la salud humana y el medio ambiente tienen los alteradores endocrinos, las mezclas, las sustancias químicas presentes en productos y los nanomateriales, los últimos estudios indican que los alteradores endocrinos producen efectos adversos sobre la salud, especialmente en el crecimiento de los niños. Además, existe inquietud en cuando a las posibles repercusiones de los efectos combinados de las sustancias químicas presentes en productos, nanomateriales y materiales avanzados similares. Mediante la aplicación de los conocimientos actuales, junto con un esfuerzo continuo para eliminar las lagunas de conocimientos, a través del uso de biovigilancia y supervisión medioambiental, entre otros, y mediante el intercambio de experiencia y dispositivos armonizados en materia de conocimientos, es posible acelerar el proceso decisorio y orientar la legislación sobre productos químicos hacia ámbitos que suscitan inquietud, así como contribuir a estimular un enfoque más sostenible en cuanto al uso de esos productos. Si se conocieran mejor los factores ambientales y los niveles de exposición que afectan a la salud humana y al medio ambiente, podrían adoptarse acciones políticas preventivas. Esto debe llevarse a cabo en la medida de lo posible mediante el uso de métodos de ensayo alternativos a fin de reducir el número de animales utilizados.

Enmienda  132

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 70

Texto de la Comisión

Enmienda

70. Están surgiendo nuevas cuestiones impulsadas por una evolución tecnológica más rápida que la política, en particular los nanomateriales, las fuentes de energía no convencionales, la captura y el almacenamiento de carbono y las ondas electromagnéticas, que plantean problemas de gestión del riesgo y pueden crear conflictos de intereses, necesidades y expectativas. Eso, a su vez, puede generar una inquietud creciente entre los ciudadanos y una hostilidad potencial ante nuevas tecnologías. Es preciso, por tanto, suscitar un debate social más amplio y explícito sobre los riesgos ambientales y los posibles compromisos que estamos dispuestos a aceptar a la luz de una información a veces incompleta e incierta sobre los riesgos emergentes y sobre la manera de gestionarlos. La aplicación de un planteamiento sistemático a la gestión del riesgo medioambiental reforzará la capacidad de identificar a tiempo los avances tecnológicos y de actuar en consecuencia, dando, al mismo tiempo, garantías a los ciudadanos.

70. Están surgiendo nuevas cuestiones impulsadas por una evolución tecnológica más rápida que la política, en particular los nanomateriales y otros materiales avanzados similares, las fuentes de energía no convencionales, la captura y el almacenamiento de carbono y las ondas electromagnéticas, que plantean problemas de gestión del riesgo y pueden crear conflictos de intereses, necesidades y expectativas. Eso, a su vez, puede generar una inquietud creciente entre los ciudadanos y una hostilidad potencial ante nuevas tecnologías. Es preciso, por tanto, suscitar un debate social más amplio y explícito sobre los riesgos ambientales y los posibles compromisos que estamos dispuestos a aceptar a la luz de una información a veces incompleta e incierta sobre los riesgos emergentes y sobre la manera de gestionarlos. La aplicación de un planteamiento sistemático a la gestión del riesgo medioambiental reforzará la capacidad de identificar a tiempo los avances tecnológicos y de actuar en consecuencia, dando, al mismo tiempo, garantías a los ciudadanos.

Justificación

Es probable que en el futuro se introduzcan las sustancias y materiales desconocidos, ya que es importante garantizar que dichos materiales y sustancias pueden gestionarse de forma similar a otros, como por ejemplo los nanomateriales.

Enmienda       133

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 71 – parte introductoria

Texto de la Comisión

Enmienda

71. Para mejorar la base de información de la política de medio ambiente, el Programa garantizará que, para 2020:

71. Para mejorar la base de conocimientos e información de la política de medio ambiente, el Programa garantizará que, para 2020:

Enmienda  134

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 71 – párrafo 1 – letra a

Texto de la Comisión

Enmienda

a) los responsables políticos y las empresas dispongan de una base más adecuada para desarrollar y aplicar las políticas de medio ambiente y clima, en particular para calcular costes y beneficios;

a) los responsables políticos y las empresas dispongan de una base más adecuada para desarrollar y aplicar las políticas de medio ambiente y clima, en particular para calcular los costes y beneficios que aporta el actuar o no;

Enmienda  135

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 71 – párrafo 1 – letra c bis (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

c bis) se incremente la proporción de fondos asignados a la investigación de la Unión destinados a evaluar los peligros que plantean los nuevos productos, procesos y tecnologías.

Enmienda  136

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 71 – párrafo 2 – letra a

Texto de la Comisión

Enmienda

a) coordinar y centrar los esfuerzos de investigación a nivel de la UE y los Estados miembros para colmar las principales lagunas en los conocimientos medioambientales, en particular respecto a los riesgos de puntos de inflexión ambientales;

a) evitar recortes presupuestarios en materia de investigación a la vez que aumentar, coordinar y centrar los esfuerzos de investigación a nivel de la UE y los Estados miembros para colmar las principales lagunas en los conocimientos medioambientales, en particular respecto a los riesgos de puntos de inflexión ambientales, como se destaca en el concepto de los límites del planeta;

Enmienda  137

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 71 – párrafo 2 – letra b

Texto de la Comisión

Enmienda

b) aplicar un planteamiento sistemático a la gestión del riesgo;

b) aplicar un planteamiento sistemático e integrado a la gestión del riesgo, basado en el principio de precaución y acción preventiva, el principio de que «quien contamina paga», el principio de corrección de la contaminación en su origen y el principio de proporcionalidad.

Enmienda  138

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 71 – párrafo 2 – letra c

Texto de la Comisión

Enmienda

c) simplificar, racionalizar y modernizar la recogida, la gestión y la puesta en común de datos e información sobre cambio climático y medio ambiente.

c) simplificar, racionalizar y modernizar la recogida, la gestión y la puesta en común de datos e información sobre cambio climático y medio ambiente, incluidos el desarrollo y la aplicación de un Sistema Compartido de Información Medioambiental Europeo.

Enmienda  139

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 71 – párrafo 2 – letra c bis (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

c bis) realizar una evaluación exhaustiva de la disponibilidad del suministro sostenible de biomasa, así como de los distintos usos y necesidades.

Enmienda  140

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 71 – párrafo 2 – letra c ter (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

c ter) establecer una base exhaustiva de conocimientos sobre la toxicidad y la exposición a productos químicos con objeto de respaldar la estrategia para un entorno no tóxico.

(Vinculada a la enmienda realizada por los mismos autores al apartado 52, párrafo 2, letra d).)

Justificación

La necesidad de establecer una base exhaustiva de conocimientos sobre la toxicidad y la exposición a productos químicos con objeto de respaldar la estrategia para un entorno no tóxico debe añadirse a los requisitos para mejorar la base de información de la política de medio ambiente.

Enmienda  141

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 74

Texto de la Comisión

Enmienda

74. La Unión y los Estados miembros tendrán que establecer las condiciones adecuadas para abordar adecuadamente las externalidades ambientales y para que el sector privado reciba del mercado las señales convenientes, teniendo debidamente en cuenta cualquier impacto social negativo. Para ello habrá que aplicar el principio de que quien contamina paga de una forma más sistemática, suprimiendo gradualmente las subvenciones perjudiciales para el medio ambiente y desplazando la presión fiscal del trabajo a la contaminación. Los recursos naturales son cada vez más escasos y, por eso, pueden aumentar la renta económica y los beneficios de quienes los posean o los utilicen de forma exclusiva. Para que esos recursos se utilicen de una manera más eficiente y para evitar distorsiones del mercado y generar, al mismo tiempo, ingresos públicos es necesaria una intervención pública que garantice que esas rentas no sean excesivas y que se tengan en cuenta las externalidades. En el marco del Semestre Europeo se atenderá a las prioridades medioambientales y climáticas cuando sean pertinentes a efectos de las perspectivas de crecimiento sostenible de los Estados miembros a los que se dirigen las recomendaciones. Asimismo, deben aplicarse de una forma más extensiva a nivel de la UE y nacional otros instrumentos de mercado, tales como los pagos por servicios ecosistémicos, para incentivar la participación del sector privado y la gestión sostenible del capital natural.

74. La Unión y los Estados miembros tendrán que establecer las condiciones adecuadas para abordar adecuadamente las externalidades ambientales y para que el sector privado reciba del mercado las señales convenientes, teniendo debidamente en cuenta cualquier impacto social negativo. Para ello habrá que aplicar el principio de que quien contamina paga de una forma más sistemática, suprimiendo gradualmente las subvenciones perjudiciales para el medio ambiente y desplazando la presión fiscal del trabajo a la contaminación y el consumo de los recursos. Los recursos naturales son cada vez más escasos y, por eso, pueden aumentar la renta económica y los beneficios de quienes los posean o los utilicen de forma exclusiva. Para que esos recursos se utilicen de una manera más eficiente y para evitar distorsiones del mercado y generar, al mismo tiempo, ingresos públicos es necesaria una intervención pública que garantice que esas rentas no sean excesivas y que se tengan en cuenta las externalidades. En el marco del Semestre Europeo se atenderá a las prioridades medioambientales y climáticas mediante la introducción de indicadores básicos cuando esas prioridades sean pertinentes a efectos de las perspectivas de crecimiento sostenible de los Estados miembros a los que se dirigen las recomendaciones. Asimismo, deben aplicarse de una forma más extensiva a nivel de la UE y nacional otros instrumentos de mercado, tales como los pagos por servicios ecosistémicos, para incentivar la participación del sector privado y la gestión sostenible del capital natural.

Enmienda  142

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 77 bis (nuevo)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

77 bis. Para 2020 los Fondos Estructurales y de Cohesión de la Unión deben restringirse a proyectos que no perjudiquen el medio ambiente.

Justificación

De conformidad con el objetivo de conservar, proteger y mejorar el medio ambiente de la Unión, los fondos de la UE no deben apoyar económicamente proyectos que contravengan dicho objetivo. Si la evaluación de un proyecto financiado por la UE indica la degradación del medio ambiente, estos fondos deben ser reembolsados a la Unión.

Enmienda  143

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 78

Texto de la Comisión

Enmienda

78. Otra fuente de financiación la constituye la ampliación de capital del Banco Europeo de Inversiones (BEI) en el marco del Pacto para el Crecimiento y el Empleo de 2012.

78. Otra fuente de financiación la constituye la ampliación de capital del Banco Europeo de Inversiones (BEI) en el marco del Pacto para el Crecimiento y el Empleo de 2012, que debe ser empleada con arreglo a los objetivos de la Unión en materia de clima y medio ambiente.

Enmienda  144

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 79

Texto de la Comisión

Enmienda

79. La experiencia adquirida durante el período de programación 2007-2013 pone de manifiesto que, aunque se dispone de fondos considerables para la protección del medio ambiente, su utilización a nivel nacional y regional fue desigual en los primeros años, poniendo potencialmente en peligro la realización de objetivos y metas acordados. Para que eso no vuelva a suceder, los Estados miembros deben integrar los objetivos medioambientales y climáticos en sus estrategias y programas de financiación en relación con la cohesión económica, territorial y social, el desarrollo rural y la política marítima, dando prioridad a la utilización temprana de los fondos a favor de la protección del medio ambiente y la lucha contra el cambio climático, y reforzar la capacidad de los órganos ejecutivos para obtener inversiones rentables y sostenibles, con objeto de asegurar la ayuda financiera necesaria para invertir en esos ámbitos.

79. La experiencia adquirida durante el período de programación 2007-2013 pone de manifiesto que, aunque se dispone de fondos considerables para la protección del medio ambiente, su utilización a nivel nacional y regional fue desigual en los primeros años, poniendo potencialmente en peligro la realización de objetivos y metas acordados. Para que eso no vuelva a suceder, los Estados miembros deben integrar los objetivos medioambientales y climáticos en sus estrategias y programas de financiación en relación con la cohesión económica, territorial y social, el desarrollo rural y la política marítima, dando prioridad a la utilización temprana de los fondos a favor de la protección del medio ambiente y la lucha contra el cambio climático, y reforzar la capacidad de los órganos ejecutivos para obtener inversiones rentables y sostenibles, con objeto de asegurar la ayuda financiera necesaria para invertir en esos ámbitos. Se recomienda, por ejemplo, recurrir sistemáticamente a los marcos de acción prioritaria previstos por la Directiva sobre hábitats, para coordinar las necesidades de financiación de la red Natura 2000.

 

Enmienda  145

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 79 bis (nuevo)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

79 bis. En general, se deben proponer medidas para garantizar el uso eficiente de los fondos de la UE en el marco de las acciones estructurales, en particular en los ámbitos del agua, el transporte, la eficiencia energética y los residuos. En el caso de las infraestructuras de residuos urbanos, por ejemplo, la concesión de subvenciones de la Unión no está condicionada a la aplicación de medidas de acompañamiento ni a la consecución de los objetivos políticos de la Unión en materia de residuos, lo que limita la eficacia de la financiación de la UE1.

 

_______________

 

1 Véanse al respecto las recomendaciones del Tribunal de Cuentas Europeo en su Informe Especial nº 20/2012 titulado «¿Contribuye eficazmente la financiación mediante medidas estructurales de proyectos de infraestructuras de gestión de residuos municipales al logro por los Estados miembros de los objetivos de la política de residuos de la UE?» (DO C 28 de 30.1.2013, p. 2).

Justificación

Demasiados fondos europeos destinados a medidas medioambientales son infrautilizados o utilizados de forma no óptima.

Enmienda  146

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 82 – párrafo 2 – letra a

Texto de la Comisión

Enmienda

a) suprimir progresivamente las subvenciones perjudiciales para el medio ambiente, intensificar la aplicación de instrumentos de mercado, en particular impuestos, tarifas y tasas, y ampliar los mercados de bienes y servicios ambientales, teniendo debidamente en cuenta cualquier impacto social negativo;

a) que la Comisión y los Estados miembros adopten, sin demora y para 2014 a más tardar, planes concretos basados en la definición de la letra a bis) del presente párrafo. A tal fin, es necesario, en particular: suprimir progresivamente todas las subvenciones perjudiciales para 2020 y notificar los avances a este respecto mediante los Programas Nacionales de Reforma; intensificar la aplicación de instrumentos de mercado, en particular impuestos relativos al desplazamiento de la carga fiscal del trabajo al medio ambiente, tarifas y tasas, y ampliar los mercados de bienes y servicios ambientales, teniendo debidamente en cuenta cualquier impacto social negativo.

Enmienda  147

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 82 – párrafo 2 – letra a bis (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

a bis) suprimir antes de 2020 los Fondos Estructurales y de Cohesión asignados a proyectos que perjudican el medio ambiente;

Justificación

De conformidad con el objetivo de conservar, proteger y mejorar el medio ambiente de la Unión, los fondos de la UE no deben apoyar económicamente proyectos que contravengan dicho objetivo. Si la evaluación de un proyecto financiado por la UE indica la degradación del medio ambiente, estos fondos deben ser reembolsados a la Unión.

Enmienda  148

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 82 – párrafo 2 – letra a ter (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

a ter) es necesario que la Comisión defina las subvenciones perjudiciales para el medio ambiente como «resultado de una acción gubernamental que confiere una ventaja a los consumidores o productores a fin de complementar sus ingresos o reducir sus costes, aunque al hacerlo, resulte discriminatoria con respecto a las prácticas ambientales respetuosas»1.

 

__________________

 

1 Adaptado de la OCDE (1998 y 2005) en IEEP et al. 2007, véase http://ec.europa.eu/environment/enveco/taxation/index.htm.

Enmienda  149

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 82 – párrafo 2 – letra b bis (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

b bis) apoyar con mayores ayudas nacionales y de la UE los esfuerzos en pro de la eficiencia energética también en el ámbito doméstico (aislamiento térmico, adquisición de aparatos de bajo consumo, instalación de estaciones microproductoras de energías renovables, etc.);

Enmienda  150

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 82 – párrafo 2 – letra g bis (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

g bis) desarrollar contrapartidas para los servicios ambientales prestados, en los casos en que generen limitaciones o costes adicionales de inversión y de gestión; favorecer, en particular, la concepción y la creación de sistemas de pago por servicios ambientales, para conciliar los desafíos del desarrollo económico y de la conservación;

Justificación

Les PSE sont des outils économiques incitatifs dont les expériences pilotes se multiplient. Les propriétaires ou gestionnaires sont payés par les usagers ou les bénéficaires pour la fourniture du service ou pour l'application d'une méthode de gestion spécifique assurant la réalisation du service environnemental désiré. Ils peuvent notamment financer le maintien et le rétablissement des services écosystémiques fournis par les forêts multifonctionnelles, qui entraînent pour les propriétaires privés et les communes des contraintes ainsi que des surcoûts d'investissement et de gestion.

Enmienda  151

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 86 – párrafo 2 – letra b bis (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

b bis) aplicar plenamente la Directiva de Evaluación Ambiental Estratégica1 y la Directiva de Impacto Ambiental2.

 

__________________

 

1 Directiva 2001/42/CE.

 

2 Directiva 85/337/CE.

Enmienda  152

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 88

Texto de la Comisión

Enmienda

88. La mayoría de las ciudades se enfrentan a toda una serie de problemas ecológicos comunes, en particular una calidad del aire deficiente, niveles de ruido elevados, emisiones de GEI, escasez de agua, inundaciones y tormentas, lugares contaminados, zonas industriales abandonadas y residuos. Por otra parte, las ciudades de la UE marcan la pauta en sostenibilidad urbana y son, con frecuencia, pioneras en la aplicación de soluciones innovadoras a problemas ambientales. Son cada vez más las ciudades europeas que sitúan la sostenibilidad ambiental en el centro de sus estrategias de desarrollo urbano.

88. La mayoría de las ciudades se enfrentan a toda una serie de problemas ecológicos comunes, en particular una calidad del aire deficiente, niveles de ruido elevados, emisiones de GEI, evolución de la biodiversidad urbana y periurbana, escasez de agua, inundaciones y tormentas, lugares contaminados, zonas industriales abandonadas y residuos, así como al problema de gestión de la energía. Por otra parte, las ciudades de la UE marcan la pauta en sostenibilidad urbana y son, con frecuencia, pioneras en la aplicación de soluciones innovadoras a problemas ambientales. Son cada vez más las ciudades europeas que sitúan la sostenibilidad ambiental en el centro de sus estrategias de desarrollo urbano.

Justificación

En relación con la fauna en el medio urbano, ciertas especies desaparecen mientras que otras pueden convertirse en invasivas. Por consiguiente, es importante adoptar una verdadera gestión de la biodiversidad urbana.

Enmienda  153

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 88 bis (nuevo)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

88 bis. La urbanización creciente en la Unión origina en los habitantes de las ciudades una concienciación medioambiental y la necesidad de restablecer los vínculos con la naturaleza de proximidad en el medio urbano. La ciudad se convierte así en un reto de conservación de la biodiversidad. La reintroducción de la dimensión natural en el medio ambiente urbano, en particular a través de nuevas configuraciones espaciales paisajísticas, la vegetalización de algunas paredes y tejados y el desarrollo de infraestructuras urbanas verdes y azules son iniciativas que van en este sentido. Se deben evaluar y mejorar los comportamientos de ciudades europeas en materia de biodiversidad, sobre la base de un índice de biodiversidad específico para el medio urbano, como el índice de Singapur presentado en la Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre Biodiversidad celebrada en Nagoya en 2010.

Justificación

La falta de conocimientos científicos sobre la biodiversidad en el medio urbano frena la concepción de proyectos destinados a su protección.

Enmienda  154

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 88 ter (nuevo)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

88 ter. A largo plazo, la Unión necesita elaborar una estrategia exhaustiva sobre cómo una economía verde e integradora puede contribuir a obtener mejores entornos urbanos prestando especial atención a la integración del urbanismo con objetivos relacionados con el uso eficiente de los recursos, una economía hipocarbónica, la adaptación al cambio climático, el uso sostenible del suelo urbano, la gestión de residuos, la resiliencia de los ecosistemas, la gestión del agua, la salud humana, la participación pública en la toma de decisiones, así como la educación y la sensibilización en materia de medio ambiente.

Enmienda  155

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 91 – párrafo 1 – letra a

Texto de la Comisión

Enmienda

a) la mayoría de las ciudades de la UE estén aplicando políticas de ordenación y diseño sostenibles del espacio urbano.

a) la mayoría de las ciudades de la UE estén aplicando políticas de movilidad, ordenación y diseño sostenibles del espacio urbano con arreglo a una estrategia exhaustiva a largo plazo sobre las ciudades sostenibles.

Enmienda  156

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 91 – párrafo 2 – letra a

Texto de la Comisión

Enmienda

a) determinar y acordar un conjunto de criterios para evaluar el comportamiento ambiental de las ciudades, teniendo en cuenta los impactos económicos y sociales;

a) determinar y acordar un conjunto de criterios y de indicadores comunes para evaluar el comportamiento ambiental de las ciudades, teniendo en cuenta los impactos económicos y sociales y las especificidades históricas y geográficas de los modelos urbanos;

Enmienda  157

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 91 – párrafo 2 – letra a bis (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

a bis) mejorar la gestión de la biodiversidad en el medio urbano y sensibilizar a los ciudadanos sobre la importancia de la fauna y la flora en las ciudades;

Enmienda  158

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 91 – párrafo 2 – letra a ter (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

a ter) mejorar los ahorros de energía mediante los edificios inteligentes y el uso de las TIC; promover la renovación y la construcción sostenibles; desarrollar y conectar en red a escala europea los conocimientos científicos y técnicos en el sector de la construcción, basándose en un enfoque integrado de la construcción en términos de comportamiento ambiental y energético, seguridad, salud, adecuación a las necesidades de los usuarios, innovación y competitividad económica;

Enmienda  159

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 91 – párrafo 2 – letra b bis (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

b bis) apoyar la movilidad saludable y sostenible en las ciudades reduciendo la contaminación atmosférica y acústica; desarrollar y modernizar las redes de transporte colectivo urbano; integrar la movilidad eléctrica en los sistemas de transporte locales y elaborar planes para el uso de los vehículos eléctricos en las ciudades de la Unión; desarrollar infraestructuras seguras para los peatones y los ciclistas con el objetivo de duplicar el número de usuarios de estos modos de transporte activo, como son montar en bicicleta y caminar.

Justificación

El Parlamento ha pedido redoblar los esfuerzos para duplicar el uso de medios de transporte activos, como la bicicleta, en su Resolución «Hoja de ruta hacia un espacio único europeo de transporte: por una política de transportes competitiva y sostenible» (2011/2096(INI)) de diciembre de 2011.

Enmienda  160

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 91 – párrafo 2 – letra b ter (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

b ter) avanzar en la elaboración de una estrategia exhaustiva sobre el modo en que una economía verde e integradora puede contribuir a obtener mejores entornos urbanos.

Enmienda  161

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 91 – párrafo 2 – letra b quater (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

b quater) compartir las mejores prácticas entre las ciudades dentro de la Unión y a escala internacional en materia de avances innovadores y de áreas urbanas habitadas sostenibles.

Enmienda  162

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 92

Texto de la Comisión

Enmienda

92. La sostenibilidad ambiental es fundamental para reducir la pobreza y asegurar la calidad de vida y el crecimiento económico. En la Cumbre «Río+20», los dirigentes mundiales renovaron su compromiso a favor de un desarrollo sostenible y reconocieron que una economía verde e integradora es un instrumento importante para lograr un desarrollo sostenible, y que un medio ambiente saludable es fundamental para garantizar la seguridad alimentaria y reducir la pobreza. En un mundo cada vez más urbanizado y con una población en aumento, los retos a que nos enfrentamos son, entre otros, la necesidad de actuar en ámbitos tales como los recursos hídricos, los océanos, una utilización sostenible de la tierra y los ecosistemas, la eficiencia en el uso de los recursos (en particular los residuos), una energía sostenible y el cambio climático, incluso por medio de la supresión de las subvenciones a los combustibles fósiles. Esos desafíos tendrán que afrontarse por medio de planteamientos específicos a nivel local, nacional o de la Unión, así como de un compromiso en los esfuerzos internacionales por encontrar soluciones que garanticen un desarrollo sostenible en todo el mundo.

92. Garantizar la sostenibilidad es uno de los desafíos más apremiantes a que se enfrenta el mundo en la actualidad, y es la clave para poner fin a la pobreza y garantizar la prosperidad y el bienestar de todos. En la Cumbre «Río+20», los dirigentes mundiales renovaron su compromiso a favor de un desarrollo sostenible, así como a favor de velar por la promoción de un futuro para el planeta, tanto para las generaciones presentes como futuras, que sea sostenible desde el punto de vista económico, social y medioambiental. Asimismo, reconocieron que una economía verde e integradora es un instrumento importante para lograr un desarrollo sostenible, y que un medio ambiente saludable es fundamental para garantizar la seguridad alimentaria y reducir la pobreza. En un mundo cada vez más urbanizado y con una población en aumento, los retos a que nos enfrentamos son, entre otros, la necesidad de actuar a escala internacional en una serie de ámbitos tales como los recursos hídricos, los océanos, una utilización sostenible de la tierra y los ecosistemas, la eficiencia en el uso de los recursos (en particular los residuos), una energía sostenible y el cambio climático, incluso por medio de la supresión de las subvenciones perjudiciales para el medio ambiente, incluidas las subvenciones a los combustibles fósiles. Además de llevar estos compromisos a la práctica a nivel local, nacional y de la Unión, esta última participará activamente en los esfuerzos internacionales por encontrar soluciones que garanticen un desarrollo sostenible en todo el mundo.

Enmienda  163

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 93

Texto de la Comisión

Enmienda

93. Las conclusiones de la Cumbre «Río+20» tendrán que reflejarse en las prioridades de la política interior y exterior de la Unión y sus Estados miembros. La Unión debe apoyar también la creación de un foro político de alto nivel que sustituya de forma gradual a la Comisión de Desarrollo Sostenible y controle la aplicación de las conclusiones de la Cumbre «Río+20».

93. Las conclusiones de la Cumbre «Río+20» tienen que reflejarse en las prioridades de la política interior y exterior de la Unión y sus Estados miembros. La Unión debe apoyar también la labor del foro político de alto nivel que sustituirá a la Comisión de Desarrollo Sostenible y controle la aplicación de las conclusiones de la Cumbre «Río+20».

Enmienda  164

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 94

Texto de la Comisión

Enmienda

94. Muchos de los objetivos prioritarios establecidos en el presente Programa solo podrán realizarse plenamente dentro de un planteamiento global y en cooperación con países socios. Por esa razón, la Unión y sus Estados miembros deben participar en los procesos pertinentes a nivel internacional, regional y bilateral de una manera decidida, centrada, unida y coherente. Deben seguir promoviendo un marco normativo efectivo para la política de medio ambiente a nivel mundial, completado por un planteamiento estratégico más eficaz en el que los acuerdos bilaterales y regionales de diálogo político y cooperación estén adaptados a los socios estratégicos de la Unión, los países candidatos y los países vecinos, así como a los países en desarrollo, con el apoyo de los fondos adecuados.

94. Muchos de los objetivos prioritarios establecidos en el presente Programa solo podrán realizarse plenamente dentro de un planteamiento global y en cooperación con países socios y con los países y territorios asociados a la Unión. Por esa razón, la Unión y sus Estados miembros deben participar en los procesos pertinentes a nivel internacional, regional y bilateral, como los acuerdos de comercio bilaterales, de una manera decidida, centrada, unida y coherente. Deben seguir promoviendo un marco normativo efectivo para la política de medio ambiente a nivel mundial, completado por un planteamiento estratégico más eficaz en el que los acuerdos bilaterales y regionales de diálogo político y cooperación estén adaptados a los socios estratégicos de la Unión, los países candidatos y los países vecinos, así como a los países en desarrollo, con el apoyo de los fondos adecuados. Se debe reforzar la política de comunicación de la Unión relativa a sus acciones en el sector medioambiental a escala mundial.

Justificación

La lutte contre les problèmes qui se posent au niveau régional et mondial dans le domaine de l'environnement doit s'appuyer sur l'ensemble du territoire de l'Union, et en particulier sur les régions ultrapériphériques, mais également sur les Pays et Territoires d'Outre-mer associés à l'Union, dans la mesure où ces territoires détiennent plus 70% de la biodiversité européenne. Ces territoires peuvent servir d'exemple et de relais dans leur région pour la mise en œuvre des objectifs prioritaires énoncés dans le présent programme. La participation des PTOM au présent programme se fait dans les conditions établies dans la Décision d'association outre-mer.

Enmienda  165

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 95

Texto de la Comisión

Enmienda

95. El período que abarca el presente Programa corresponde a fases clave de la política internacional en materia de clima, biodiversidad y productos químicos. Para no superar el techo de los 2 ºC, en 2050 las emisiones de GEI deben haberse reducido en todo el mundo en al menos un 50 % respecto a los niveles de 1990. No obstante, las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) se han comprometido solo a realizar las mitad de las reducciones necesarias de aquí a 2020. Si no se actúa con más resolución a nivel mundial, hay pocas probabilidades de atajar el cambio climático. Aun en la hipótesis más optimista, los países sufrirán cada vez más los efectos inevitables del cambio climático, debido a las emisiones históricas de GEI, y tendrán que desarrollar estrategias de adaptación. La Plataforma de Acción Mejorada de Durban aún tiene que adoptar, antes de 2015, un acuerdo sólido y global aplicable a todas las Partes a partir de 2020. La UE va a seguir participando de una forma proactiva en ese proceso, en particular en los debates sobre cómo reducir las diferencias entre los compromisos actuales de reducción de emisiones de los países desarrollados y de los países en desarrollo, y sobre las medidas necesarias para mantenerse en una trayectoria de reducción de emisiones que sea compatible con el objetivo de no superar los 2 ºC. Las medidas de seguimiento de la Cumbre «Río+20» deben contribuir a reducir las emisiones de GEI y, por ende, a combatir el cambio climático. Paralelamente, la UE debe seguir buscando y reforzando las asociaciones en materia de cambio climático con socios estratégicos y adoptar nuevas medidas para integrar las consideraciones climáticas y medioambientales en su política de desarrollo.

95. El período que abarca el presente Programa corresponde a fases clave de la política internacional en materia de clima, biodiversidad y productos químicos. Para no superar el techo de los 2 ºC, en 2050 las emisiones de GEI deben haberse reducido en todo el mundo en al menos un 50 % respecto a los niveles de 1990. No obstante, las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) se han comprometido solo a realizar las mitad de las reducciones necesarias de aquí a 2020. Si no se actúa con más resolución a nivel mundial, hay pocas probabilidades de atajar el cambio climático. Aun en la hipótesis más optimista, los países sufrirán cada vez más los efectos inevitables del cambio climático, debido a las emisiones históricas de GEI, y tendrán que desarrollar estrategias de adaptación. La Plataforma de Acción Mejorada de Durban aún tiene que adoptar, antes de 2015, un acuerdo sólido y global aplicable a todas las Partes a partir de 2020. La UE va a seguir participando de una forma proactiva en ese proceso, en particular en los debates sobre cómo reducir las diferencias entre los compromisos actuales de reducción de emisiones de los países desarrollados y de los países en desarrollo, y sobre las medidas necesarias para mantenerse en una trayectoria de reducción de emisiones que sea compatible con el objetivo de no superar los 2 ºC, teniendo al mismo tiempo presente los datos científicos según los cuales es necesario mantener el objetivo de no superar los 1,5 °C para reducir las graves consecuencias en los países más vulnerables. Las medidas de seguimiento de la Cumbre «Río+20» deben contribuir a reducir las emisiones de GEI y, por ende, a combatir el cambio climático. Paralelamente, la UE debe seguir buscando y reforzando las asociaciones en materia de cambio climático con socios estratégicos cumpliendo los compromisos adquiridos en cuanto a capacitación, financiación de la lucha contra el cambio climático y asistencia tecnológica, y debe adoptar nuevas medidas para integrar las consideraciones climáticas y medioambientales en su política exterior, incluidas sus políticas comercial y de desarrollo, en un espíritu de reciprocidad y de beneficios mutuos. La Unión también debe definir sus fuentes y la parte de responsabilidad que le corresponde a la hora de contribuir al Fondo Verde para el Clima en su compromiso con la CMNUCC.

Enmienda  166

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 96

Texto de la Comisión

Enmienda

96. Antes de 2020 tienen que cumplirse las metas mundiales para la biodiversidad previstas en el marco del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) para poder detener y, finalmente, invertir la pérdida de biodiversidad a nivel mundial. La UE contribuirá a ese esfuerzo en la medida que le corresponda, en particular cumpliendo la meta de duplicar, de aquí a 2015, los fondos a favor de la biodiversidad que se destinan a países en desarrollo, y de mantener ese nivel hasta 2020. Ya se ha acordado a nivel mundial una meta para 2020 relativa a la gestión de los riesgos que plantean los productos químicos. La UE seguirá desempeñando un papel activo y constructivo para que esos procesos alcancen sus objetivos.

96. Antes de 2020 tienen que cumplirse las metas mundiales para la biodiversidad previstas en el marco del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) para poder detener y, finalmente, invertir la pérdida de biodiversidad a nivel mundial. La UE contribuirá a ese esfuerzo en la medida que le corresponda, en particular cumpliendo la meta de duplicar, de aquí a 2015, los fondos a favor de la biodiversidad que se destinan a países en desarrollo, y de mantener ese nivel hasta 2020. La Unión seguirá apoyando la aplicación de la Convención de la Naciones Unidas de Lucha Contra la Desertificación (CNULD), especialmente a través de actuaciones dirigidas a lograr un mundo con una degradación neutra del suelo, tal como se acordó en «Río+20». Asimismo, intensificará sus esfuerzos para alcanzar la meta para 2020 a escala mundial relativa a la gestión sin riesgos de sustancias químicas a lo largo de su ciclo de vida y de residuos peligrosos, tal como se reforzó en «Río+20», y para apoyar los convenios relacionados con la asistencia. La UE seguirá desempeñando un papel activo y constructivo para que esos procesos alcancen sus objetivos.

Enmienda  167

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 96 bis (nuevo)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

96 bis. La Unión debe participar de manera proactiva en las negociaciones internacionales sobre las cuestiones nuevas y emergentes, concretamente los nuevos convenios, acuerdos y evaluaciones, como la negociación de un acuerdo de aplicación con arreglo a la CNUDM sobre las zonas no sujetas a la jurisdicción nacional y el «World Ocean Assessment».

Enmienda  168

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 97 bis (nuevo)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

97 bis. La Unión debe intensificar aún más su contribución a las iniciativas que facilitan la transición hacia una economía verde e integradora a escala internacional, como la promoción de las condiciones favorables adecuadas, el desarrollo de instrumentos basados en el mercado e indicadores que vayan más allá del PIB, que sean coherentes con sus políticas internas.

Enmienda  169

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 98

Texto de la Comisión

Enmienda

98. La UE debe, además, hacer uso de su posición como uno de los mayores mercados del mundo para promover la adopción de políticas y planteamientos que alivien la presión sobre la base mundial de recursos naturales. Eso puede conseguirse modificando los modelos de producción y consumo y velando por que las políticas de comercio y mercado interior apoyen la consecución de objetivos ambientales y climáticos y ofrezcan incentivos para que otros países mejoren sus normas y marcos reglamentarios en materia de medio ambiente y los ejecuten. La UE seguirá promoviendo el desarrollo sostenible por medio de la negociación y aplicación de las disposiciones correspondientes en sus acuerdos comerciales internacionales, y debe considerar otras opciones políticas para reducir los impactos ambientales que el consumo de la UE produce en otros países. Como ejemplo de una opción política de esas características cabe citar las asociaciones bilaterales FLEGT (Aplicación de Leyes, Gobernanza y Comercio Forestales), que establecen un marco para garantizar que solo se comercialice en la UE madera recogida legalmente en países socios.

98. La UE debe, además, hacer uso de su posición como uno de los mayores mercados del mundo para promover la adopción de políticas y planteamientos que alivien la presión sobre la base mundial de recursos naturales. Eso puede conseguirse modificando los modelos de producción y consumo y velando por que las políticas de comercio y mercado interior apoyen la consecución de objetivos ambientales y climáticos y ofrezcan incentivos para que otros países mejoren sus normas y marcos reglamentarios en materia de medio ambiente y los ejecuten, así como para que luchen contra el dumping medioambiental. Para garantizar la integridad medioambiental de los mecanismos europeos, garantizar una competencia leal y evitar las fugas de carbono y las deslocalizaciones de empresas europeas, se debe proseguir la reflexión sobre el establecimiento de un mecanismo de inclusión de carbono, dentro del respeto de las normas de la OMC. La UE seguirá promoviendo el desarrollo sostenible por medio de la negociación y aplicación de las disposiciones correspondientes en sus acuerdos comerciales internacionales, y debe considerar otras opciones políticas para reducir los impactos ambientales que el consumo de la UE y la explotación de los recursos producen en otros países. Como ejemplo de una opción política de esas características cabe citar las asociaciones bilaterales FLEGT (Aplicación de Leyes, Gobernanza y Comercio Forestales), que establecen un marco para garantizar que solo se comercialice en la UE madera recogida legalmente en países socios. También han de estudiarse otras opciones políticas para reducir las repercusiones del consumo de la Unión en el medio ambiente mundial. En general, la Unión procurará mejorar los aspectos relacionados con el deber de diligencia sobre el conjunto de las cadenas de suministro.

Justificación

Cada vez son más frecuentes las distorsiones de la competencia y los riesgos de dumping medioambiental, en detrimento de las empresas y los trabajadores localizados en la Unión Europea, que están sometidos al respeto de normas más estrictas. Por su parte, el mecanismo de inclusión de carbono permitiría luchar contra los riesgos de transferencias de emisiones de CO2 hacia terceros países.

Enmienda  170

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 100 – párrafo 1 – letra a

Texto de la Comisión

Enmienda

a) se hayan integrado plenamente las conclusiones de la Cumbre «Río+20» en las políticas exteriores de la UE, y la Unión esté contribuyendo efectivamente a los esfuerzos mundiales por aplicar compromisos acordados, incluidos los contraídos en el marco de los Convenios de Río;

a) se hayan integrado plenamente las conclusiones de la Cumbre «Río+20» en las políticas interiores y exteriores de la UE, y la Unión esté contribuyendo efectivamente a los esfuerzos mundiales por aplicar compromisos acordados, incluidos los contraídos en el marco de los Convenios de Río;

Enmienda  171

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 100 – párrafo 1 – letra c bis (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

c bis) la Unión está intensificando aún más sus iniciativas para facilitar la transición global hacia una economía verde e integradora en el contexto del desarrollo sostenible y la erradicación de la pobreza, y desempeña un papel esencial a la hora de dirigir las ambiciones internacionales hacia este objetivo.

Enmienda  172

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 100 – párrafo 2 – letra a

Texto de la Comisión

Enmienda

a) Trabajar en pos de la adopción de Metas de Desarrollo Sostenible que: a) se refieran a ámbitos prioritarios de los objetivos relativos a una economía verde e integradora y al desarrollo sostenible en general, en particular la energía, el agua, la seguridad alimentaria, los océanos y una producción y un consumo sostenibles, así como a cuestiones transversales como la equidad, la inclusión social, empleos dignos, el principio de legalidad y la buena gobernanza; b) sean de aplicación universal y cubran los tres ámbitos del desarrollo sostenible; c) se sometan a evaluación y vayan acompañados de metas e indicadores; y d) sean coherentes con el marco de desarrollo posterior a 2015 y estén integrados en él, y sirvan de apoyo para medidas en el campo del clima.

a) Trabajar en pos de la adopción de Metas de Desarrollo Sostenible que: a) se refieran a ámbitos prioritarios de los objetivos relativos a una economía verde e integradora y al desarrollo sostenible en general, en particular la energía, el agua, la seguridad alimentaria, los océanos y una producción y un consumo sostenibles, incluido el bienestar de los animales, así como a cuestiones transversales como la equidad, la inclusión social, empleos dignos, el principio de legalidad y la buena gobernanza; b) sean de aplicación universal y cubran los tres ámbitos del desarrollo sostenible; c) se sometan a evaluación y vayan acompañados de metas e indicadores; y d) sean coherentes con el marco de desarrollo posterior a 2015 y estén integrados en él, y sean coherentes con otros compromisos internacionales, como los relacionados con el cambio climático y la biodiversidad.

Enmienda  173

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 100 – párrafo 2 – letra b

Texto de la Comisión

Enmienda

b) Trabajar para conseguir una estructura más efectiva de las Naciones Unidas en relación con el desarrollo sostenible por medio de la consolidación del PNUMA en sintonía con las conclusiones de la Cumbre «Río+20», prosiguiendo, al mismo tiempo, los esfuerzos para que el PNUMA ascienda a la categoría de Agencia de las Naciones Unidas y apoyando los trabajos en curso para intensificar las sinergias entre los acuerdos multilaterales sobre medio ambiente.

b) Trabajar para conseguir una estructura más efectiva de las Naciones Unidas en relación con el desarrollo sostenible, especialmente su dimensión medioambiental: a) consolidando en mayor medida el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) en sintonía con las conclusiones de la Cumbre «Río+20», y tomando como base la decisión del Consejo de Gobierno de la PNUMA de crear una Asamblea de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente, prosiguiendo, al mismo tiempo, los esfuerzos para que el PNUMA ascienda a la categoría de una Agencia especializada; b) apoyando los trabajos para intensificar las sinergias entre los acuerdos multilaterales sobre medio ambiente, especialmente en relación con las sustancias químicas, los residuos y los grupos de biodiversidad; y c) contribuyendo a garantizar una voz fuerte y con peso sobre el medio ambiente en la labor que realiza el foro político de alto nivel sobre desarrollo sostenible.

 

Enmienda  174

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 100 – párrafo 2 – letra d

Texto de la Comisión

Enmienda

d) Establecer relaciones con países socios de una forma más estratégica. A tal fin, conviene centrar la cooperación: con socios estratégicos, en la promoción de mejores prácticas en la política y legislación internas de medio ambiente y la convergencia en negociaciones multilaterales sobre medio ambiente; con países integrados en la Política Europea de Vecindad, en la aproximación gradual con los principales actos legislativos de la UE en materia de clima y medio ambiente y en el fortalecimiento de la cooperación para resolver problemas ambientales y climáticos a nivel regional; con países en desarrollo, en el apoyo de sus esfuerzos por proteger el medio ambiente, combatir el cambio climático y reducir las catástrofes naturales, y por cumplir compromisos ambientales internacionales como contribución a la reducción de la pobreza y al desarrollo sostenible.

d) Establecer relaciones con países socios de una forma más estratégica, lo que incluye establecer una comunicación oportuna sobre la posición y los objetivos de la Unión antes de las conferencias internacionales. A tal fin, conviene centrar la cooperación: i) con socios estratégicos, en la promoción de mejores prácticas en la política y legislación internas de medio ambiente y la convergencia en negociaciones multilaterales sobre medio ambiente; ii) con países integrados en la Política Europea de Vecindad, en la aproximación gradual con los principales actos legislativos de la UE en materia de clima y medio ambiente y en el fortalecimiento de la cooperación, del intercambio de información y de capacidades para resolver problemas ambientales y climáticos a nivel regional; iii) con países en desarrollo, en el apoyo de sus esfuerzos por proteger el medio ambiente, combatir el cambio climático y reducir las catástrofes naturales, y por cumplir compromisos ambientales internacionales como contribución a la reducción de la pobreza y al desarrollo sostenible. iv) en la aplicación del marco decenal de programación relativo a los modos de consumo y producción sostenibles, adoptado en la Conferencia «Río+20».

Enmienda  175

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 100 – párrafo 2 – letra e

Texto de la Comisión

Enmienda

e) Participar en procesos multilaterales sobre cuestiones ambientales, en particular la CMNUCC, el CDB y los convenios sobre productos químicos, así como en otros foros pertinentes, como la Organización de Aviación Civil Internacional y la Organización Marítima Internacional, de una forma más coherente, proactiva y efectiva, con vistas a garantizar el cumplimiento a nivel mundial y de la UE de los compromisos para 2020 y acordar la actuación internacional para después de ese año.

e) Participar en procesos multilaterales sobre cuestiones ambientales, en particular la CMNUCC, el CDB, la CITES, el ICRW, los diferentes tratados intergubernamentales relativos a la conservación de la fauna salvaje y de sus hábitats a escala mundial y los convenios sobre productos químicos, así como en otros foros pertinentes, como la Organización de Aviación Civil Internacional y la Organización Marítima Internacional, de una forma más coherente, proactiva y efectiva, con vistas a garantizar el cumplimiento a nivel mundial y de la UE de los compromisos para 2020 y acordar la actuación internacional para después de ese año, e impulsar la labor de aplicación de los principales acuerdos multilaterales mucho antes de 2020.

Enmienda  176

Propuesta de Decisión

Anexo 15 – punto 100 – párrafo 2 – letra g

Texto de la Comisión

Enmienda

g) Evaluar el impacto ambiental en el mundo del consumo que hace la UE de alimentos y productos no alimentarios y las posibles respuestas que pueden darse a esos impactos.

g) Evaluar el impacto ambiental en el mundo del consumo que hace la UE de alimentos y productos no alimentarios y las posibles respuestas que pueden darse a esos impactos y adoptar las medidas necesarias como respuesta a los resultados de dichas evaluaciones.

Enmienda  177

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 100 – párrafo 2 – letra g bis (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

g bis) Garantizar la participación activa de los ciudadanos y las organizaciones de la sociedad civil que trabajan en favor del desarrollo sostenible a escala mundial, de conformidad con la Declaración de «Río+20»1 y mejorar la gobernanza medioambiental favoreciendo el desarrollo de iniciativas regionales y nacionales;

 

_______________

 

1  De conformidad con el apartado 88, letra h), de la Declaración de «Río+20».

Enmienda  178

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 100 – párrafo 2 – letra g ter (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

g ter) Apoyando la implantación y el desarrollo de los regímenes de comercio de derechos de emisión en todo el mundo y permitiendo su vinculación interregional.

Justificación

Desarrollar y vincular los regímenes de comercio de derechos de emisión regionales contribuirá a mitigar el cambio climático y a impulsar la innovación ecológica y, al mismo tiempo, estabilizar el precio del carbono, garantizar la igualdad de condiciones y respaldar la cooperación global en materia de cambio climático.

Enmienda  179

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 101

Texto de la Comisión

Enmienda

101. La Comisión velará por que se efectúe un seguimiento de la aplicación del Programa en el contexto del proceso de seguimiento periódico de la Estrategia Europa 2020. Antes de 2020 se realizará una evaluación del Programa, en particular sobre la base del informe del estado del medio ambiente de la AEMA.

101. Se debe establecer un método global de supervisión dirigido a controlar los avances en el cumplimiento de los nueve objetivos prioritarios, incluidas las metas y la supervisión continua mediante la aplicación del programa. Asimismo, la Comisión velará por que se efectúe un seguimiento de la aplicación del Programa en el contexto del proceso de seguimiento periódico de la Estrategia Europa 2020. Antes de 2020 se realizará una evaluación del Programa, en particular sobre la base del informe del estado del medio ambiente de la AEMA. La Comisión informará cada dos años al Parlamento Europeo sobre los avances del Programa de Acción Medioambiental.

Enmienda  180

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 102

Texto de la Comisión

Enmienda

102. Entre los indicadores que se utilizarán para seguir los avances hacia la consecución de los objetivos prioritarios se encuentran los que aplica la AEMA en el seguimiento del estado del medio ambiente y del cumplimiento de las metas y la legislación sobre clima y medio ambiente, en particular en relación con el clima y la energía, la biodiversidad y la eficiencia en el uso de los recursos. En coordinación con las partes interesadas se desarrollarán indicadores suplementarios para medir el progreso en general hacia una economía y una sociedad eficientes en el uso de los recursos en Europa y su contribución a la prosperidad y el bienestar, en el contexto de la Hoja de ruta hacia una Europa eficiente en el uso de los recursos.

102. Entre los indicadores que se utilizarán para seguir los avances hacia la consecución de los objetivos prioritarios se encuentran los que aplica la AEMA en el seguimiento del estado del medio ambiente y del cumplimiento de las metas y la legislación sobre clima y medio ambiente, en particular en relación con el clima y la energía, la biodiversidad y la eficiencia en el uso de los recursos. Por lo que respecta a la producción y al tratamiento de los residuos, se deben conseguir progresos en materia de conocimiento y armonización de datos, en el marco de la reglamentación estadística europea existente. En coordinación con las partes interesadas se desarrollarán indicadores suplementarios para medir el progreso en general hacia una economía y una sociedad eficientes en el uso de los recursos en Europa y su contribución a la prosperidad y el bienestar, en el contexto de la Hoja de ruta hacia una Europa eficiente en el uso de los recursos y en el marco común de aplicación de la estrategia sobre la biodiversidad 2020.

  • [1]  Pendiente de publicación en el Diario Oficial.
  • [2]  (Pendiente de aprobación por el Comité de las Regiones en su sesión plenaria de 30 de mayo de 2013).

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El anterior Programa de Acción en materia de Medio Ambiente expiró a finales de julio de 2012. Por tanto, urge llegar a un acuerdo sobre el nuevo marco hasta 2020 y proponer una visión ambiciosa y realista para el 2050, que se inscribe en la dinámica de la Conferencia Río+20.

El título del programa «Vivir bien, dentro de los límites de nuestro planeta» hace referencia a una reflexión filosófica sobre la relación del hombre con la naturaleza y sobre la necesidad de conciliar, en torno a la noción de desarrollo sostenible, la actividad económica con la protección del medio ambiente. Se trataría, por consiguiente, de sustituir la voluntad de vivir sin ver por una ética de responsabilidad que resumiría el proverbio según el cual «no heredamos la tierra de nuestros antepasados, la tomamos prestada de nuestros hijos».

Todo estaba ya en la Carta Mundial de la Naturaleza de 1982, pero está claro que 30 años después los desafíos siguen siendo importantes en cuanto a la presión ejercida sobre los recursos naturales, la degradación de los ecosistemas, el consumo de energía, la contaminación, los residuos, los riesgos para la salud o incluso el cambio climático. Sin embargo, también surge el reto de mantener o mejorar las condiciones de vida de las personas en Europa y en el mundo. Así pues, ¿cómo ser al mismo tiempo guardianes del planeta y creadores de riqueza?

En estos tiempos de crisis económica y austeridad, centrarse en la política ambiental podría suponer un reto, ya que parecería una prioridad secundaria o, incluso, una limitación y un obstáculo para el crecimiento económico y el empleo. Sin embargo, parecería más lógico sustituir esta visión de corto plazo incompleta por una combinación eficaz entre el mensaje medioambiental y las preocupaciones económicas e industriales, reuniendo a todas las partes interesadas en un enfoque innovador que suponga progresos.

La acción en favor del medio ambiente entraña importantes costes —como la inacción en este ámbito—, pero también beneficios que ni las finanzas públicas ni los inversores privados pueden ignorar en el período actual. Por ello, las preocupaciones ambientales no deben ser una variable de ajuste, sino que se deben integrar, lo antes posible, en las distintas políticas sectoriales.

Al proponer un esquema general, el séptimo Programa de Acción en materia de Medio Ambiente puede servir a la vez de gran manifiesto ambiental de la Unión Europea ante sus ciudadanos y ante el resto del mundo, pero también de acto fundador de un New deal ecológico europeo hasta 2020, garante de un crecimiento más «verde» y creador de empleo.

La idea de crecimiento «verde», promovida por la Declaración de la OCDE de 2009, no pertenece a una corriente política en particular y puede ser objeto de un amplio consenso. Se basa en una economía que utiliza menos, o mejor, la energía y las materias primas, que produce y consume inteligentemente evitando el derroche, que controla las emisiones y los residuos, reduciendo al mismo tiempo la presión sobre el medio ambiente. No es sinónimo de regresión, sino que, por el contrario, apuesta por el uso eficaz de los recursos, la innovación y la competitividad de las empresas.

Para alcanzar este crecimiento «verde», el séptimo Programa de Acción en materia de Medio Ambiente requiere numerosos esfuerzos que se deben comprender adecuadamente. Sin embargo, la evolución permanente y la creciente complejidad de la legislación ambiental europea, el entramado, o incluso el solapamiento, de las normas, crea inestabilidad jurídica, dificultades de comprensión y preocupación para las empresas, las administraciones de todos los niveles y los particulares. Esto provoca asimismo importantes diferencias en la ejecución, tanto de un Estado miembro a otro, como dentro de un mismo Estado miembro, trabas burocráticas y conflictos de interpretación y de jurisprudencia. A esto se añade, a veces, la falta de voluntad política, una vez asumidos los compromisos a nivel europeo e internacional.

En 2011 el medio ambiente fue el ámbito en el que se constataron más infracciones del Derecho de la UE (299), que representan el 17 % del total de las infracciones, y se abrieron 114 nuevos procedimientos de infracción. Estas infracciones tienen un coste elevado en términos financieros y humanos.

Por consiguiente, para que la legislación ambiental sea mejor aceptada y aplicada, debe basarse en una sólida base de conocimientos científicos, avanzar hacia una mayor coherencia y simplificación, pero también respetar los principios de la regulación inteligente, basándose en la evaluación de impacto, en la evaluación de las políticas existentes («controles de calidad») y en el examen de los efectos sobre la competitividad.

Además, el control de la aplicación de esta legislación debería reforzarse con determinación en toda la UE, consolidando los sistemas nacionales de inspección medioambiental, implicando en mayor medida a las autoridades locales y regionales y previendo apoyo comunitario en caso de necesidad. Del mismo modo, el uso y la eficacia de la financiación europea en el ámbito del medio ambiente deben ser mejorados para garantizar resultados tangibles sobre el terreno.

Por otra parte, la Comunicación sobre la política de la UE en materia de medio ambiente merece una mayor atención. Es necesaria más pedagogía para garantizar la claridad y la previsibilidad indispensables a las administraciones de todos los niveles, a los empresarios y los inversores, así como a los ciudadanos sobre las opciones medioambientales de la UE. De todo ello solo puede resultar una mejor aplicación de la legislación europea. Esto fortalecerá además el sentimiento de apropiación, de modo que los europeos se sientan orgullosos de proteger el capital natural y mejorar la situación del medio ambiente en su continente y en el mundo.

Además, el séptimo Programa de Acción en materia de Medio Ambiente debe también enviar un mensaje político sólido de la UE al resto del mundo y contribuir a la creación de una gobernanza internacional medioambiental, que vaya más allá de la solidaridad financiera. La UE debe, en efecto, conseguir que los países terceros se comprometan tanto como ella en materia de medio ambiente y de clima.

La UE no puede permanecer aislada en los esfuerzos que despliega a nivel internacional y debe poder contar con socios fuertes. Su diplomacia medioambiental debe, por lo tanto, evitar el error de la ingenuidad en materia de comercio, respetando los principios de la OMC. Por consiguiente, corresponde a la UE definir mejor las condiciones de acceso a su mercado y no abrirlo a menos que los países terceros preserven el medio ambiente y reduzcan sus emisiones de gases de efecto invernadero, y siempre que las empresas europeas no estén en desventaja por la competencia desleal. La UE debe, por lo tanto, redoblar los esfuerzos para luchar contra el dumping medioambiental y las fugas de carbono. Contentarse con compromisos unilaterales no se percibiría como justo por los empresarios europeos y desalentaría sus actividades en el territorio de la Unión.

Por último, la preocupación por el medio ambiente es una cuestión de responsabilidad para la UE y para los terceros países, pero también y sobre todo para el individuo. El séptimo Programa de Acción en materia de Medio Ambiente debe volver a situar al ciudadano europeo en el centro del problema. Educarle, informarle, formarle, reforzar su participación en las actividades cotidianas, promover sus acciones ciudadanas, pero también su acceso a la justicia en materia de medio ambiente: estos son los objetivos que debe perseguir el nuevo programa europeo. Entonces, ¿qué mejor oportunidad que 2013, Año Europeo de la Ciudadanía, para desarrollar el civismo medioambiental en la Unión?

OPINIÓN de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural (26.3.2013)

para la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria

sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Programa General de Medio Ambiente de la Unión hasta 2020 «Vivir bien, respetando los límites de nuestro planeta»
(COM(2012)0710 – C7‑0392/2012 – 2012/0337(COD))

Ponente de opinión: Daciana Octavia Sârbu

BREVE JUSTIFICACIÓN

«Vivir bien, respetando los límites de nuestro planeta»

El objetivo de la Comisión Europea con la presente propuesta legislativa es el establecimiento, para el periodo de 2013 a 2020, del Séptimo Programa de Medio Ambiente (PMA), un programa instituido por primera vez en 1973. Dado que el Sexto PMA expiraba en julio de 2012, el Parlamento Europeo instó a la Comisión en su Resolución de 20 de abril de 2012[1] a que presentase lo antes posible un programa destinado a darle seguimiento a fin de hacer posible una transición hacia un futuro sostenible, garantizar la continuidad y evitar lagunas. En su Resolución, el Parlamento pedía a la Comisión que basara su futura propuesta en las tres prioridades siguientes: aplicación y refuerzo de la legislación en materia de medio ambiente, integración de los objetivos ambientales en todas las políticas sectoriales y dimensión internacional de la protección ambiental.

En noviembre de 2012 la Comisión presentó su propuesta de Decisión relativa al Programa General de Medio Ambiente de la Unión hasta 2020 titulado «Vivir bien, respetando los límites de nuestro planeta». Al igual que los programas anteriores, el Séptimo PMA propuesto tiene por objeto crear un marco general para las diferentes medidas, hojas de ruta y legislación en materia de medio ambiente publicadas recientemente por la Comisión. La intención es incluir y examinar conjuntamente todos los objetivos relacionados con el medio ambiente de las diferentes políticas para 2020. Además, la propuesta de PMA objeto de examen presenta una perspectiva a largo plazo al ofrecer una visión para 2050. El nuevo PMA tiene por objeto intensificar la contribución de la política ambiental a la transición hacia una economía eficiente en el uso de los recursos e hipocarbónica, en la que se proteja y refuerce el capital natural y se proteja la salud y el bienestar de los ciudadanos.

La Comisión Europea describe en el anexo de la propuesta un conjunto de nueve objetivos prioritarios que la UE y los Estados miembros deben alcanzar:

1.  proteger, conservar y mejorar el capital natural de la Unión;

2.  convertir a la Unión en una economía hipocarbónica, eficiente en el uso de los recursos, ecológica y competitiva;

3.  proteger a los ciudadanos de la Unión frente a las presiones y riesgos medioambientales para la salud y el bienestar;

4.  maximizar los beneficios de la legislación de medio ambiente de la Unión;

5.  mejorar la base de información de la política de medio ambiente;

6.  asegurar inversiones para la política en materia de clima y medio ambiente y fijar correctamente los precios;

7.  intensificar la integración medioambiental y la coherencia entre políticas;

8.  aumentar la sostenibilidad de las ciudades de la Unión;

9.  reforzar la eficacia de la Unión a la hora de afrontar los desafíos ambientales a nivel regional y mundial.

Retos ambientales para el sector agrícola

El sector agrícola se enfrenta a presiones importantes en el contexto del aumento de la demanda mundial de alimentos, los recursos limitados, la necesidad de medidas de protección ambiental y los retos para la producción de alimentos que plantea el cambio climático.

La agricultura contribuye significativamente a las emisiones de gases de efecto invernadero, pero, junto con los bosques, ofrece también un potencial importante para mitigar el cambio climático mediante la absorción y el almacenamiento de carbono. La investigación y la innovación pueden desempeñar también un papel clave en la mitigación del cambio climático y la adaptación al mismo, por ejemplo, reduciendo las emisiones de la agricultura y mejorando la resiliencia de los cultivos a los efectos del cambio climático.

La eficiencia en el uso de los recursos para la producción de alimentos será clave para hacer frente a los retos actuales y futuros a la vista de la limitación de los recursos naturales. Según la FAO, la población mundial aumentará en un tercio de aquí a 2050. Al sumarse a la modificación de los modelos de consumo, dicho aumento incrementará la demanda de alimentos en un 70 %. Por lo tanto, es fundamental que la agricultura europea alcance los mejores niveles posibles de sostenibilidad y de uso eficiente de los recursos.

También es importante recordar que los residuos alimenticios a nivel mundial han aumentado en un 50 % desde 1974 y que es necesario actuar urgentemente para solucionar el problema del desperdicio de alimentos en la cadena de alimentación.

Las propuestas legislativas sobre la reforma de la PAC tratan de vincular los pagos directos al suministro de bienes públicos y de asignar financiación del FEADER a medidas agroambientales. El efecto que se busca con ello es impulsar las prácticas que son beneficiosas para el medio ambiente, como la diversificación de cultivos, la protección de los pastos permanentes y la creación y el mantenimiento de bosques y zonas de labranza de valor ecológico.

La Unión debe elaborar una respuesta integral al cambio climático a fin de mantener la resistencia y la competitividad de la agricultura europea, de forma que pueda seguir desempeñando su papel de proveedor de alimentos de alta calidad y de servicios ambientales, y contribuir al desarrollo sostenible de las zonas rurales de la UE.

ENMIENDAS

La Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural pide a la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria, competente para el fondo, que incorpore en su informe las siguientes enmiendas:

Enmienda  1

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 2

Texto de la Comisión

Enmienda

2. En los últimos decenios se han reducido considerablemente las emisiones de contaminantes al aire, el agua y el suelo, y también han disminuido en los últimos años las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI). La normativa sobre productos químicos de la UE se ha modernizado, y se ha restringido la presencia de muchas sustancias tóxicas o peligrosas como el plomo, el cadmio y el mercurio, en productos que se utilizan en la mayoría de los hogares. Los ciudadanos de la UE disfrutan de un agua cuya calidad se cuenta entre las mejores del mundo, y más del 18 % del territorio y del 4 % de los mares de la UE han sido declarados zonas protegidas.

2. En los últimos decenios se han reducido las emisiones de contaminantes al aire, el agua y el suelo, y también han disminuido en los últimos años las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI). La normativa sobre productos químicos de la UE se ha modernizado, y se ha restringido la presencia de muchas sustancias tóxicas o peligrosas como el plomo, el cadmio y el mercurio, en productos que se utilizan en la mayoría de los hogares. Los ciudadanos de la UE disfrutan de un agua cuya calidad se cuenta entre las mejores del mundo, y más del 18 % del territorio y del 4 % de los mares de la UE han sido declarados zonas protegidas.

Enmienda  2

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 5

Texto de la Comisión

Enmienda

5. No obstante, muchas tendencias medioambientales siguen siendo preocupantes en la UE debido, entre otras razones, a la aplicación insuficiente de la legislación de medio ambiente de la Unión. Solo el 17 % de las especies y hábitats evaluados en el marco de la Directiva de Hábitats se encuentran en buen estado, y la degradación y la pérdida del capital natural están poniendo en peligro los esfuerzos hacia la consecución de los objetivos de la UE en materia de biodiversidad y cambio climático. Los costes asociados son elevados, y en nuestro sistema económico y social aún no se valoran adecuadamente. El 30 % del territorio de la UE está sumamente fragmentado, lo cual afecta a la conectividad y a la salud de los ecosistemas, así como a su capacidad para prestar servicios y servir de hábitat viable a las especies. Aunque en la UE se ha conseguido disociar en cierta medida el crecimiento respecto de las emisiones de GEI, del uso de los recursos y de los impactos ambientales, la explotación de los recursos sigue siendo muy insostenible e ineficiente, y los residuos no se gestionan de una manera adecuada. Debido a ello, las empresas de la UE están renunciando a las considerables oportunidades que ofrece un uso eficiente de los recursos en cuanto a competitividad, reducción de costes, mejora de la productividad y seguridad de abastecimiento. La calidad del agua y la contaminación atmosférica siguen siendo problemáticas en muchas partes de Europa, y los ciudadanos de la UE siguen estando expuestos a sustancias peligrosas que pueden comprometer su salud y su bienestar. Un uso insostenible de la tierra está agotando terrenos fértiles, lo cual repercute negativamente en la seguridad alimentaria y en la consecución de objetivos en materia de biodiversidad. El suelo sigue degradándose de una manera ampliamente incontrolada.

5. No obstante, muchas tendencias medioambientales siguen siendo preocupantes en la UE debido, entre otras razones, a la aplicación insuficiente de la legislación de medio ambiente de la Unión. Solo el 17 % de las especies y hábitats evaluados en el marco de la Directiva de Hábitats se encuentran en buen estado. El 30 % del territorio de la UE está sumamente fragmentado, lo cual afecta a la conectividad y a la salud de los ecosistemas, así como a su capacidad para prestar servicios y servir de hábitat viable a las especies. Aunque en la UE se ha conseguido disociar en cierta medida el crecimiento respecto de las emisiones de GEI, del uso de los recursos y de los impactos ambientales, la explotación de los recursos sigue siendo muy insostenible e ineficiente, y los residuos no se gestionan de una manera adecuada. Debido a ello, las empresas de la UE están renunciando a las considerables oportunidades que ofrece un uso eficiente de los recursos en cuanto a competitividad, reducción de costes, mejora de la productividad y seguridad de abastecimiento. La calidad del agua y la contaminación atmosférica siguen siendo problemáticas en muchas partes de Europa, y los ciudadanos de la UE siguen estando expuestos a sustancias peligrosas que pueden comprometer su salud y su bienestar. Un uso insostenible de la tierra está agotando terrenos fértiles, lo cual repercute negativamente en la seguridad alimentaria y en la consecución de objetivos en materia de biodiversidad. El suelo sigue degradándose de una manera ampliamente incontrolada.

Enmienda  3

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 9

Texto de la Comisión

Enmienda

9. Para vivir bien en el futuro deben tomarse ahora medidas urgentes y concertadas para reforzar la resiliencia ecológica y maximizar los beneficios que la política de medio ambiente puede aportar a la economía y la sociedad, respetando al mismo tiempo los límites ecológicos del planeta. El presente Programa refleja el compromiso de la Unión por transformarse en una economía verde e integradora que garantice el crecimiento y el desarrollo, proteja la salud y el bienestar, cree empleos dignos, reduzca las desigualdades, invierta en capital natural y lo preserve.

9. Para vivir bien en el futuro deben tomarse ahora medidas urgentes y concertadas para reforzar la resiliencia ecológica y maximizar los beneficios que la política de medio ambiente puede aportar a la economía y la sociedad, respetando al mismo tiempo los límites ecológicos del planeta. El presente Programa refleja el compromiso de la Unión, como bloque cuyas acciones tienen un impacto global, de actuar a nivel internacional para promover la transición a una economía verde e integradora que garantice el crecimiento y el desarrollo, proteja la salud y el bienestar y la calidad de los alimentos (sanitaria, nutricional, organoléptica), cree empleos dignos, reduzca las desigualdades, invierta en capital natural y lo preserve.

Enmienda  4

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 11

Texto de la Comisión

Enmienda

11. Para que pueda producirse esta transformación, es preciso integrar plenamente las consideraciones medioambientales en otras políticas, en particular las de energía, transporte, agricultura, pesca, economía e industria, investigación e innovación y empleo, así como la política social, de manera que se cree un planteamiento coherente y concertado. Las medidas que se adopten a nivel de la UE deben completarse con una acción y una cooperación reforzadas y globales con países vecinos para resolver problemas comunes.

11. Para que pueda producirse esta transformación, es preciso integrar plenamente las consideraciones medioambientales en otras políticas, en particular las de energía, transporte, agricultura, pesca, comercio internacional, economía e industria, investigación e innovación y empleo, así como la política social y la política fiscal (ingresos asociados con el medio ambiente), de manera que se cree un planteamiento coherente y concertado. Las medidas que se adopten a nivel de la UE deben completarse con una acción y una cooperación reforzadas y globales con países vecinos para resolver problemas comunes.

Enmienda  5

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 16

Texto de la Comisión

Enmienda

16. El bienestar y la prosperidad económica de la UE se sustentan en su capital natural, del que forman parte los ecosistemas, que proporcionan bienes y servicios esenciales, como unos suelos fértiles y unos bosques multifuncionales, unas tierras y unos mares productivos, agua dulce y aire limpio, así como la polinización, el control de las inundaciones, la regulación climática y la protección contra catástrofes naturales. Una parte sustancial de la legislación de la UE, como la Directiva Marco del Agua (DMA), la Directiva Marco sobre la Estrategia Marina (DMEM), la Directiva sobre la Calidad del Aire y las directivas asociadas, así como las Directivas de Aves y Hábitats, está dirigida a la protección, conservación y mejora del capital natural. La legislación relativa al cambio climático, los productos químicos, las emisiones industriales y los residuos contribuye también a aliviar las presiones sobre la biodiversidad, incluidos los ecosistemas, las especies y los hábitats.

16. El bienestar y la prosperidad económica de la UE se sustentan en su capital natural, del que forman parte los ecosistemas naturales o explotados con fines agrícolas, que proporcionan bienes y servicios esenciales, como unos suelos fértiles y unos bosques multifuncionales, unas tierras multifuncionales productivas en todas las regiones y unos mares, agua dulce y aire limpio, así como la polinización, el control de las inundaciones, la regulación climática y la protección contra catástrofes naturales. Una parte sustancial de la legislación de la UE, como la Directiva Marco del Agua (DMA), la Directiva Marco sobre la Estrategia Marina (DMEM), la Directiva sobre la Calidad del Aire y las directivas asociadas, así como las Directivas de Aves y Hábitats, está dirigida a la protección, conservación y mejora del capital natural. La legislación relativa al cambio climático, los productos químicos, las emisiones industriales y los residuos contribuye también a aliviar las presiones sobre la biodiversidad, incluidos los ecosistemas, las especies y los hábitats.

Enmienda  6

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 18

Texto de la Comisión

Enmienda

18. A pesar de los considerables esfuerzos realizados hasta la fecha, el requisito que impone la DMA de conseguir un «buen estado ecológico» de aquí a 2015 solo es probable que se cumpla en el 53 % de las masas de agua superficiales de la UE. Además, se corre el riesgo de no alcanzar el objetivo de conseguir de aquí a 2020 un «buen estado medioambiental» previsto en la Directiva Marco sobre la Estrategia Marina, entre otras razones por la sobrepesca constante y por los desechos presentes en los mares europeos. Y, aunque las políticas de la UE en materia de emisiones atmosféricas e industriales han contribuido a reducir muchas formas de contaminación, los ecosistemas siguen viéndose afectados por una deposición excesiva de nitrógeno y por la contaminación por ozono asociadas a las emisiones del transporte, la agricultura intensiva y la producción de electricidad.

18. A pesar de los considerables esfuerzos realizados hasta la fecha, el requisito que impone la DMA de conseguir un «buen estado ecológico» de aquí a 2015 solo es probable que se cumpla en el 53 % de las masas de agua superficiales de la UE. Además, se corre el riesgo de no alcanzar el objetivo de conseguir de aquí a 2020 un «buen estado medioambiental» previsto en la Directiva Marco sobre la Estrategia Marina, entre otras razones por la sobrepesca constante y por los desechos presentes en los mares europeos. Y, aunque las políticas de la UE en materia de emisiones atmosféricas e industriales han contribuido a reducir muchas formas de contaminación, los ecosistemas siguen viéndose afectados por una deposición excesiva de nitrógeno y por la contaminación por ozono asociadas a las emisiones del transporte, las prácticas agrícolas insostenibles y la producción de electricidad.

Enmienda  7

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 19

Texto de la Comisión

Enmienda

19. Por consiguiente, para proteger, conservar y mejorar el capital natural de la UE es preciso, además, atajar los problemas en su origen mediante, entre otras cosas, una mayor integración de los objetivos relativos a ese capital natural en otras políticas, y velar por que estas sean coherentes y produzcan beneficios recíprocos. Los elementos de ecologización previstos en las propuestas de la Comisión de reforma, en particular, de las políticas de agricultura, pesca y cohesión, junto con las propuestas en el mismo sentido con respecto al presupuesto de la UE en el marco financiero plurianual 2014-2020, están dirigidos a apoyar esos objetivos. Por ejemplo, los sistemas acuáticos de zonas rurales sentirán los efectos positivos de la vinculación de los pagos agrícolas al cumplimiento de los requisitos pertinentes de la DMA, conforme establecen las propuestas de la Comisión de reforma de la PAC. La ecologización de la PAC impulsará, además, las prácticas agrícolas de diversificación de cultivos, que son beneficiosas para el medio ambiente, la protección de los pastos permanentes y la creación y el mantenimiento de bosques y zonas de labranza de valor ecológico.

19. Por consiguiente, para proteger, conservar y mejorar el capital natural de la UE es preciso, además, atajar los problemas en su origen mediante, entre otras cosas, una mayor integración de los objetivos relativos a ese capital natural en otras políticas, y velar por que estas sean coherentes y produzcan beneficios recíprocos. Los elementos de ecologización previstos en las propuestas de reforma, en particular, de las políticas de la UE en materia de agricultura, pesca y cohesión, están apoyados por las propuestas en el mismo sentido con respecto al presupuesto de la UE en el marco financiero plurianual 2014-2020, que, por consiguiente, deberá prever un presupuesto adecuado para financiarlos. Los sistemas acuáticos de zonas rurales sentirán los efectos positivos de la transposición final de la DMA, cuando esta Directiva se aplique de manera equivalente en todos los Estados miembros, conforme establecen las propuestas de la Comisión de reforma de la PAC. La continuación de la ecologización de la PAC impulsará, además, las prácticas agrícolas de diversificación de cultivos, que son beneficiosas para el medio ambiente en el marco de los pagos directos y de los programas de desarrollo rural. Una agricultura sostenible se caracteriza esencialmente por una gestión responsable frente a las generaciones futuras que sea al mismo tiempo respetuosa de los recursos y productiva.

Enmienda  8

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 19 bis (nuevo)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

19 bis. Desde hace decenios, la gestión de las tierras en el seno de la Unión Europea contribuye a la preservación de los biotopos y a la diversidad de los cultivos. La agricultura y la explotación forestal en Europa han conocido una mejora considerable en todos los sectores medioambientales y en materia de aportes de nutrientes en el marco de las prácticas agrícolas durante los últimos decenios, en parte también gracias a una organización más eficaz de la producción.

Enmienda  9

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 22

Texto de la Comisión

Enmienda

22. La degradación, fragmentación y uso insostenible de la tierra en la UE están haciendo peligrar una serie de servicios ecosistémicos fundamentales, suponen una amenaza para la biodiversidad y aumentan la vulnerabilidad de Europa al cambio climático y a las catástrofes naturales. Son asimismo responsables de la degradación del suelo. Más del 25 % del territorio de la UE está afectado por la erosión del suelo provocada por el agua, lo cual compromete las funciones edáficas y reduce la calidad de las aguas dulces. Otros problemas persistentes son la contaminación y el sellado del suelo. Se cree que más de medio millón de lugares de la UE están contaminados, y mientras no se identifiquen y evalúen, seguirán planteando graves riesgos potenciales para el medio ambiente y la salud. Cada año se ocupan más de 1 000 km2 de suelo para la construcción de viviendas o para fines industriales, recreativos o de transporte. Invertir esos cambios de largo plazo resulta difícil o costoso, y casi siempre implican compromisos entre distintas necesidades de índole social, económica y ambiental. En materia de ordenación del territorio, los Estados miembros deben adoptar decisiones más sostenibles.

22. La degradación, fragmentación y uso insostenible de la tierra en la UE están haciendo peligrar una serie de servicios ecosistémicos fundamentales, suponen una amenaza para la biodiversidad y aumentan la vulnerabilidad de Europa al cambio climático y a las catástrofes naturales. Son asimismo responsables de la degradación del suelo. Más del 25 % del territorio de la UE está afectado por la erosión del suelo provocada por el agua, lo cual compromete las funciones edáficas y reduce la calidad de las aguas dulces. Otros problemas persistentes son la contaminación y el sellado del suelo. Se cree que más de medio millón de lugares de la UE están contaminados, y mientras no se identifiquen y evalúen, seguirán planteando graves riesgos potenciales para el medio ambiente y la salud. Cada año se ocupan más de 1 000 km2 de suelo para la construcción de viviendas o para fines industriales, recreativos o de transporte. Invertir esos cambios de largo plazo resulta difícil o costoso, y casi siempre implican compromisos entre distintas necesidades de índole social, económica y ambiental. En materia de ordenación del territorio, los Estados miembros deben adoptar decisiones más sostenibles. Para resolver el creciente problema de la impermeabilización de los suelos, habría que animar a los Estados miembros a tomar medidas para reducir la superficie de las tierras utilizadas y para preservar las tierras agrícolas destinadas a la producción de alimentos, de forraje y de materias primas renovables.

Enmienda  10

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 22 bis (nuevo)

Texto de la Comisión

Enmienda

22 bis. La agricultura y la silvicultura ocupan en su conjunto el 78 % del suelo de la Unión. Así pues, la agricultura y la silvicultura continúan desempeñando un papel fundamental en la preservación de los recursos naturales y los paisajes culturales como condición indispensable para otras actividades humanas en las zonas rurales. La forestación desempeña un papel clave en la fijación del suelo y en la adaptación al cambio climática y su mitigación, en tanto que la agricultura sostenible puede contribuir a una mejor conservación del suelo. Al mismo tiempo, debe hacerse hincapié en las prácticas agrícolas integradas e innovadoras como las tecnologías de precisión y los enfoques ecológicos, y debe prestarse especial atención a la mejora de la fertilidad del suelo con fertilizantes no químicos y al aumento sostenible del rendimiento.

Enmienda  11

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 23

Texto de la Comisión

Enmienda

23. Para reducir las presiones humanas más fuertes sobre la tierra, el suelo y otros ecosistemas en Europa, se adoptarán medidas para que las decisiones de ordenación territorial que se adopten a todos los niveles pertinentes tengan debidamente en cuenta el impacto ambiental, además del social y económico. En las resoluciones de la Cumbre «Río+20» se insta a «lograr un mundo con una degradación neutra del suelo». La UE y sus Estados miembros deben reflexionar sobre la mejor manera de cumplir ese compromiso en el marco de sus competencias respectivas y sobre cómo resolver los problemas de calidad del suelo dentro de un marco jurídicamente vinculante. También se establecerán metas en relación con el suelo y el uso sostenible de la tierra.

23. Para reducir las presiones humanas más fuertes sobre la tierra, el suelo y otros ecosistemas en Europa, se adoptarán medidas a nivel nacional para que las decisiones de ordenación territorial que se adopten a todos los niveles pertinentes tengan debidamente en cuenta el impacto ambiental, además del social y económico. En las resoluciones de la Cumbre «Río+20» se insta a «lograr un mundo con una degradación neutra del suelo». Lo mejor sería que ese compromiso fuese asumido a nivel de los Estados miembros.

 

Habida cuenta del principio de subsidiariedad, los problemas relativos a la calidad del suelo se resuelven de la manera más eficaz a nivel de los Estados miembros en unos marcos jurídicos vinculantes. También se establecerán objetivos en relación con el suelo y el uso sostenible de la tierra.

Enmienda  12

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 24

Texto de la Comisión

Enmienda

24. A pesar de que los aportes de fósforo y nitrógeno al medio ambiente de la UE han disminuido considerablemente en los últimos veinte años, la excesiva emisión de nutrientes sigue afectando a la calidad del aire y del agua y teniendo un impacto negativo en los ecosistemas, lo que provoca graves problemas para la salud humana. Es preciso, en particular, controlar urgentemente las emisiones de amoníaco provocadas por una gestión ineficiente de los fertilizantes y un tratamiento inadecuado de las aguas residuales, para que puedan seguir reduciéndose significativamente los aportes de nutrientes. Hay que redoblar esfuerzos para gestionar el ciclo de los nutrientes de una manera más rentable económicamente y con un uso más eficiente de los recursos, y también es preciso aumentar la eficiencia en el uso de los fertilizantes. Para resolver esos problemas hay que mejorar la aplicación de la legislación de medio ambiente de la UE, imponer normas más estrictas cuando resulte necesario y abordar el ciclo de los nutrientes como parte de un planteamiento más holístico que interrelacione e integre las políticas vigentes de la UE que puedan contribuir a solucionar los problemas de la eutrofización y de la liberación excesiva de nutrientes.

24. A pesar de que los aportes de fósforo y nitrógeno al medio ambiente de la UE han disminuido considerablemente en los últimos veinte años, la emisión de importantes cantidades de nutrientes sigue afectando a la calidad del aire y del agua y teniendo un impacto negativo en los ecosistemas, lo que provoca graves problemas para la salud humana. Es preciso, en particular, controlar urgentemente las emisiones de amoníaco provocadas por procesos naturales (gestión de los fertilizantes y tratamiento de las aguas residuales) para que puedan seguir reduciéndose significativamente los aportes de nutrientes. Hay que redoblar esfuerzos para gestionar el ciclo de los nutrientes de una manera más rentable económicamente y con un uso más eficiente de los recursos, y también es preciso aumentar la eficiencia en el uso de los fertilizantes, creando al mismo tiempo un ciclo de nutrientes sostenibles entre zonas rurales y urbanas. Para resolver esos problemas hay que invertir en investigación, mejorar la aplicación de la legislación de medio ambiente de la UE, adaptar las normas cuando resulte necesario y abordar el ciclo de los nutrientes como parte de un planteamiento más holístico que interrelacione e integre las políticas vigentes de la UE, como por ejemplo Horizonte 2020, que puedan contribuir a solucionar los problemas de la eutrofización y de la liberación excesiva de nutrientes.

Enmienda  13

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 26 – párrafo 1 – letra e

Texto de la Comisión

Enmienda

e) la tierra se gestione de una forma sostenible en la UE, el suelo se proteja adecuadamente y sigan saneándose los lugares contaminados;

e) la tierra se gestione de una forma sostenible en la UE, el suelo se proteja adecuadamente en los Estados miembros y éstos sigan saneando los lugares contaminados;

Enmienda  14

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 26 – párrafo 1 – letra g

Texto de la Comisión

Enmienda

g) se protejan los bosques y los servicios que prestan y se refuerce su resiliencia frente al cambio climático y los incendios.

g) se protejan y se gestionen de forma sostenible los bosques y la multitud de servicios que prestan y se refuerce su resiliencia frente al cambio climático y los incendios, ya que los bosques son una fuente renovable importante de materias primas.

Enmienda  15

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 26 – párrafo 1 – letra g bis (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

g bis) la polinización se mantenga a un nivel alto y se adopten las medidas para preservar y mejorar la salud de las abejas y, en su caso, para limitar, gracias a la adopción de medidas suplementarias de reducción de los riesgos, el recurso a los plaguicidas que, según una evaluación científica de los riesgos, surten efectos nocivos en las colonias de abejas.

Enmienda  16

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 26 – párrafo 2 – letra a bis (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

a bis) se adopten medidas complementarias para proteger, promover y apoyar los sectores agrícolas que hayan demostrado que contribuyen a la biodiversidad, en particular el sector apícola;

Enmienda  17

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 26 – párrafo 2 – letra e

Texto de la Comisión

Enmienda

e) redoblar esfuerzos para reducir la erosión e incrementar la materia orgánica del suelo, sanear lugares contaminados y reforzar la integración de las consideraciones sobre el uso de la tierra en un proceso decisorio coordinado entre todas las esferas gubernamentales pertinentes, con el apoyo de la adopción de metas relativas al suelo y la tierra como recurso y de objetivos de ordenación territorial;

e) redoblar esfuerzos a escala nacional para reducir la erosión e incrementar la materia orgánica del suelo, concretamente gracias al mantenimiento y al refuerzo de las medidas agromedioambientales del pilar «desarrollo rural» de la PAC, que ya han demostrado su eficacia, sanear lugares contaminados y reforzar la integración de las consideraciones sobre el uso de la tierra en un proceso decisorio coordinado entre todas las esferas gubernamentales pertinentes, con el apoyo de la adopción de metas relativas al suelo y la tierra como recurso y de objetivos de ordenación territorial; intensificar los esfuerzos realizados a nivel nacional para reducir la superficie de las tierras utilizadas y para preservar las tierras agrícolas destinadas a la producción de alimentos, de forraje y de materias primas renovables.

Enmienda  18

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 26 – párrafo 2 – letra g

Texto de la Comisión

Enmienda

g) desarrollar y aplicar una nueva Estrategia Forestal de la UE que responda a las numerosas demandas que se ejercen sobre los bosques, aborde los beneficios que estos aportan y contribuya a un planteamiento más estratégico respecto a la protección y mejora de los bosques.

suprimida

Enmienda  19

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 28

Texto de la Comisión

Enmienda

28. En toda la economía, es preciso innovar para aumentar la eficiencia en el uso de los recursos, para reforzar la competitividad en un contexto marcado por el aumento de los precios de los recursos, la escasez y las limitaciones de abastecimiento. Las empresas son las principales impulsoras de la innovación, incluida la ecoinnovación. Los mercados por sí solos, sin embargo, no bastan. Resulta fundamental una actuación gubernamental a nivel de la Unión y de los Estados miembros que establezca las condiciones adecuadas para la ecoinnovación y favorezca el desarrollo de empresas sostenibles o de soluciones tecnológicas a problemas ambientales.

28. En toda la economía, es preciso investigar e innovar para aumentar la eficiencia en el uso de los recursos, para reforzar la competitividad en un contexto marcado por el aumento de los precios de los recursos, la escasez y las limitaciones de abastecimiento. Es necesario innovar en el consumo de energía de la maquinaria agrícola a fin de aumentar la eficiencia energética y reducir las emisiones de CO2, así como incentivar la modernización de las explotaciones para que adopten métodos y tecnología innovadores. Las empresas son las principales impulsoras de la innovación, incluida la ecoinnovación. Los mercados por sí solos, sin embargo, no bastan. Resulta fundamental una actuación gubernamental a nivel de la Unión y de los Estados miembros que establezca las condiciones adecuadas para la ecoinnovación y favorezca el desarrollo de empresas sostenibles o de soluciones tecnológicas a problemas ambientales.

Enmienda  20

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 30

Texto de la Comisión

Enmienda

30. La plena aplicación del paquete de medidas de la UE sobre clima y energía es fundamental para superar las etapas identificadas para 2020 y crear una economía hipocarbónica competitiva de aquí a 2050. Aunque la UE está bien encaminada en la reducción para 2020 de sus emisiones de GEI en un 20 % en comparación con los niveles de 1990, la meta del 20 % en cuanto a eficiencia energética solo podrá cumplirse con aumentos de eficiencia mucho más rápidos. Este aspecto es importante también si se tienen en cuenta el aumento persistente de la demanda de energía y el debate actual sobre los conflictos entre el uso de la tierra para producir alimentos o para producir bioenergía. Se espera que la nueva Directiva de Eficiencia Energética aporte una contribución importante en este sentido.

30. La plena aplicación del paquete de medidas de la UE sobre clima y energía es fundamental para superar las etapas identificadas para 2020 y crear una economía hipocarbónica competitiva de aquí a 2050. Aunque la UE está bien encaminada en la reducción para 2020 de sus emisiones de GEI en un 20 % en comparación con los niveles de 1990, la meta del 20 % en cuanto a eficiencia energética solo podrá cumplirse con aumentos de eficiencia mucho más rápidos. Este aspecto es importante también si se tiene en cuenta el aumento persistente de la demanda de energía. Se espera que la nueva Directiva de Eficiencia Energética aporte una contribución importante en este sentido.

Enmienda  21

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 32

Texto de la Comisión

Enmienda

32. La adopción por la industria de las mejores técnicas disponibles en el marco de la Directiva sobre las Emisiones Industriales permitirá mejorar las pautas de uso de los recursos y reducir las emisiones de más de 50 000 grandes instalaciones industriales de la UE, y, de ese modo, contribuirá significativamente a impulsar el desarrollo de técnicas innovadoras, a ecologizar la economía y a reducir costes para la industria a largo plazo.

32. La adopción por la industria de las mejores técnicas disponibles en el marco de la Directiva sobre las Emisiones Industriales permitirá mejorar las pautas de uso de los recursos y reducir las emisiones de más de 50 000 grandes instalaciones industriales de la UE, y, de ese modo, contribuirá significativamente a impulsar el desarrollo de técnicas innovadoras, a ecologizar la economía y a reducir costes para la industria a largo plazo. Al mismo tiempo, los progresos en las investigaciones y la creación de cadenas de suministro cortas y de mercados locales para los productos agrícolas puede reducir significativamente las emisiones de CO2 producidas por el transporte de alimentos. Las cadenas de suministro cortas garantizan alimentos más frescos y más sanos.

Enmienda  22

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 35

Texto de la Comisión

Enmienda

35. Con vistas a establecer un marco de actuación para mejorar aspectos relacionados con la eficiencia en el uso de los recursos más allá de las emisiones de GEI y la energía, se fijarán metas para reducir el impacto ambiental global del consumo, en particular en los sectores de la alimentación, la vivienda y la movilidad. Juntos, esos sectores son responsables de casi el 80 % de los impactos ambientales del consumo. En las conclusiones de la Cumbre «Río+20» se reconoce la necesidad de reducir considerablemente las pérdidas posteriores a la cosecha y otras pérdidas y desperdicios de alimentos en toda la cadena de suministro de alimentos.

35. Con vistas a establecer un marco de actuación para mejorar aspectos relacionados con la eficiencia en el uso de los recursos más allá de las emisiones de GEI y la energía, se fijarán metas para reducir el impacto ambiental global del consumo, en particular en los sectores de la alimentación, mediante una reducción del despilfarro, la vivienda y la movilidad. Juntos, esos sectores son responsables de casi el 80 % de los impactos ambientales del consumo. En las conclusiones de la Cumbre «Río+20» se reconoce la necesidad de reducir considerablemente las pérdidas posteriores a la cosecha y otras pérdidas y desperdicios de alimentos en toda la cadena de suministro de alimentos. Tal medida exige una mejor valoración de los alimentos, de las ventas locales, una mejora de la logística, del transporte, del almacenamiento y del envasado. Ello incumbe a todos los agentes de la cadena alimentaria, concretamente a los comerciantes y a los consumidores. Por otra parte, éstos han de ser concienciados e informados de modo más específico.

Enmienda  23

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 39

Texto de la Comisión

Enmienda

39. Debe abordarse también con carácter prioritario la eficiencia en el uso del agua para contribuir a su buen estado. Aun cuando la sequía y la escasez de agua afectan cada vez a más zonas de Europa, se estima que sigue derrochándose entre un 20 % y un 40 % del agua disponible en Europa, por ejemplo por fugas en el sistema de distribución. Según las modelizaciones disponibles, todavía hay un amplio margen para mejorar la eficiencia hídrica de la UE. Además, se prevé que el aumento de la demanda y los impactos del cambio climático agraven considerablemente las presiones sobre los recursos hídricos de la UE. En este contexto, la Unión y los Estados miembros deben actuar para que, de aquí a 2020, la extracción de agua respete los límites de los recursos hídricos renovables, en particular mejorando la eficiencia hídrica mediante el recurso a mecanismos de mercado tales como una tarificación del agua que refleje su auténtico valor. Para poder avanzar en esa dirección debe acelerarse la demostración y generalización de técnicas, sistemas y modelos empresariales innovadores sobre la base del Plan Estratégico de Ejecución de la Cooperación de Innovación Europea sobre el Agua.

39. Debe abordarse también con carácter prioritario la eficiencia en el uso del agua para contribuir a su buen estado. Aun cuando la sequía y la escasez de agua afectan cada vez a más zonas de Europa, se estima que sigue derrochándose entre un 20 % y un 40 % del agua disponible en Europa, por ejemplo por fugas en el sistema de distribución. Según las modelizaciones disponibles, todavía hay un amplio margen para mejorar la eficiencia hídrica de la UE. Además, se prevé que el aumento de la demanda y los impactos del cambio climático agraven considerablemente las presiones sobre los recursos hídricos de la UE. En este contexto, la Unión y los Estados miembros deben actuar para que, de aquí a 2020, la extracción de agua respete los límites de los recursos hídricos renovables, en particular mejorando la eficiencia hídrica mediante el recurso a mecanismos de mercado tales como una tarificación del agua que refleje su auténtico valor. Para poder avanzar en esa dirección debe acelerarse la demostración y generalización de técnicas, sistemas y modelos empresariales innovadores sobre la base del Plan Estratégico de Ejecución de la Cooperación de Innovación Europea sobre el Agua y en la Cooperación de Innovación Europea para una agricultura competitiva y sostenible prevista en el segundo pilar de la reforma de la PAC.

Enmienda  24

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 41 – párrafo 2 – letra c

Texto de la Comisión

Enmienda

c) impulsar la investigación y los trabajos de innovación públicos y privados que sean necesarios para generalizar tecnologías, sistemas y modelos empresariales innovadores que aceleren la transición hacia una economía hipocarbónica y eficiente en el uso de los recursos y reduzcan los costes de ese proceso;

c) impulsar la investigación y los trabajos de innovación públicos y privados que sean necesarios para generalizar tecnologías, sistemas y modelos empresariales innovadores que aceleren la transición hacia una economía hipocarbónica y eficiente en el uso de los recursos, reduzcan los costes de ese proceso y contribuyan a la reducción en un 50 % del desperdicio de alimentos en la cadena alimentaria de aquí a 2025;

Enmienda  25

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 50

Texto de la Comisión

Enmienda

50. El cambio climático agravará aún más los problemas medioambientales al provocar sequías y olas de calor más largas, inundaciones, tormentas e incendios forestales, así como formas nuevas, o más virulentas, de enfermedades humanas, animales o vegetales. Es preciso adoptar medidas específicas que hagan posible que la UE esté adecuadamente preparada para hacer frente a las presiones y cambios resultantes del cambio climático y fortalezca su resiliencia medioambiental, económica y social. Muchos sectores están sometidos a los impactos del cambio climático, y van a estarlo cada vez más, y, por esa razón, las políticas de la UE tienen que integrar más profundamente las consideraciones en materia de adaptación y gestión del riesgo de catástrofes.

50. El cambio climático agravará aún más los problemas medioambientales al provocar sequías y olas de calor más largas, inundaciones, tormentas e incendios forestales, así como formas nuevas, o más virulentas, de enfermedades humanas, animales o vegetales. Es preciso adoptar medidas específicas que hagan posible que la UE esté adecuadamente preparada para hacer frente a las presiones y cambios resultantes del cambio climático y fortalezca su resiliencia medioambiental, económica y social. Muchos sectores están sometidos a los impactos del cambio climático, y van a estarlo cada vez más, y, por esa razón, las políticas de la UE tienen que integrar más profundamente las consideraciones en materia de adaptación y gestión del riesgo de catástrofes. Al mismo tiempo, es importante ofrecer a los operadores de los sectores más afectados, como los agricultores, más información pormenorizada sobre los riesgos climáticos derivados de las malas prácticas, así como soluciones de adaptación viables.

Enmienda  26

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 62

Texto de la Comisión

Enmienda

62. Además de ayudar a los Estados miembros a mejorar el cumplimiento de la legislación, la Comisión seguirá velando por que la legislación sea adecuada para los fines que persigue y refleje la evolución científica más reciente. Por regla general, las obligaciones legales que sean suficientemente claras y precisas se consagrarán en reglamentos, que tienen efectos directos y mensurables y dan lugar a menos incoherencias en la ejecución. La Comisión utilizará cada vez con más frecuencia indicadores y otros medios de seguimiento público de los avances de los Estados miembros en la aplicación de actos legislativos concretos.

62. Además de ayudar a los Estados miembros a mejorar el cumplimiento de la legislación, la Comisión seguirá velando por que la legislación sea proporcionada y adecuada para los fines que persigue y refleje la evolución científica más reciente. Por regla general, las obligaciones legales que sean suficientemente claras y precisas se consagrarán en reglamentos, que tienen efectos directos y mensurables y dan lugar a menos incoherencias en la ejecución. La Comisión utilizará cada vez con más frecuencia la comunicación, indicadores y otros medios de seguimiento público de los avances de los Estados miembros en la aplicación de actos legislativos concretos y de información permanente al público sobre las tendencias positivas en materia de protección del medio ambiente.

Enmienda  27

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 63 – párrafo 2 – letra e bis (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

e bis) se elaboren estrategias de cooperación en materia de protección de la naturaleza y del medio ambiente entre los diferentes agentes y se fomenten unos intercambios más globales sobre las prácticas que hayan demostrado su eficacia.

Enmienda  28

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 63 – párrafo 2 – letra e ter (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

e ter) se valore regularmente la normativa en vigor para asegurarse de que la reglamentación en materia de medio ambiente sea proporcionada, aplicable y persiga un objetivo específico.

Enmienda  29

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 71 – párrafo 2 – letra c bis (nueva)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

c bis) comunicar y divulgar la evolución y las tendencias positivas en materia de protección del medio ambiente.

Enmienda  30

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 75

Texto de la Comisión

Enmienda

75. Es preciso, además, animar al sector privado, en particular a las PYME, para que aprovechen las oportunidades que brinda el nuevo marco financiero de la UE para intensificar su participación en los esfuerzos dirigidos a realizar objetivos medioambientales y climáticos, especialmente en relación con actividades de ecoinnovación y con la adopción de nuevas tecnologías. Las iniciativas entre el sector público y el privado en materia de ecoinnovación se promoverán en el marco de las Cooperaciones de Innovación Europeas, como la Cooperación de Innovación Europea sobre el Agua. Gracias al nuevo marco para instrumentos financieros innovadores, se facilitará el acceso del sector privado a inversiones en medio ambiente (en particular, biodiversidad y cambio climático). Debe instarse a las empresas europeas a que faciliten en sus informes financieros información medioambiental en mayor medida de lo exigido en la actual legislación de la UE.

75. Es preciso, además, animar al sector privado, en particular a las PYME, para que aprovechen las oportunidades que brinda el nuevo marco financiero de la UE para intensificar su participación en los esfuerzos dirigidos a realizar objetivos medioambientales y climáticos, especialmente en relación con actividades de ecoinnovación y con la adopción de nuevas tecnologías. Las iniciativas entre el sector público y el privado en materia de ecoinnovación se promoverán en el marco de las Cooperaciones de Innovación Europeas, como la Cooperación de Innovación Europea sobre el Agua y la nueva Cooperación de Innovación Europea para una agricultura competitiva y sostenible prevista en la reforma de la PAC. Gracias al nuevo marco para instrumentos financieros innovadores, se facilitará el acceso del sector privado a inversiones en medio ambiente (en particular, biodiversidad, cambio climático y protección del suelo). Debe instarse a las empresas europeas a que faciliten en sus informes financieros información medioambiental en mayor medida de lo exigido en la actual legislación de la UE.

Enmienda  31

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 82 – párrafo 2 – letra a

Texto de la Comisión

Enmienda

a) suprimir progresivamente las subvenciones perjudiciales para el medio ambiente, intensificar la aplicación de instrumentos de mercado, en particular impuestos, tarifas y tasas, y ampliar los mercados de bienes y servicios ambientales, teniendo debidamente en cuenta cualquier impacto social negativo;

a) vincular más las subvenciones agrícolas al suministro de bienes públicos, intensificar la aplicación de instrumentos de mercado, en particular impuestos, tarifas y tasas, y ampliar los mercados de bienes y servicios ambientales, teniendo debidamente en cuenta cualquier impacto social negativo;

Enmienda  32

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 82 – párrafo 2 – letra e

Texto de la Comisión

Enmienda

e) desarrollar y aplicar, antes de 2014, un sistema de notificación y seguimiento de los gastos relacionados con el medio ambiente en el presupuesto de la UE, especialmente en relación con el cambio climático y la biodiversidad;

e) desarrollar y aplicar, antes de 2014, un sistema de evaluación, notificación y seguimiento de los gastos relacionados con el medio ambiente en el presupuesto de la UE, especialmente en relación con el cambio climático y la biodiversidad;

Enmienda  33

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 83

Texto de la Comisión

Enmienda

83. Aunque la integración de las consideraciones de la protección del medio ambiente en otras políticas y actividades de la UE es un requisito impuesto por el Tratado desde 1997, el estado general del medio ambiente en la UE indica que, hasta la fecha, los avances, aunque encomiables en algunos ámbitos, no han sido suficientes para invertir todas las tendencias negativas. La consecución de muchos de los objetivos prioritarios del presente Programa requerirá una integración mucho más efectiva de las consideraciones medioambientales y climáticas en otras políticas, así como planteamientos políticos conjuntos y más coherentes que aporten beneficios múltiples. De ese modo, algunos compromisos difíciles podrán gestionarse antes de la fase de aplicación, y los impactos inevitables podrán mitigarse de una manera más efectiva. Las Directivas de Evaluación Ambiental Estratégica y de Evaluación de Impacto Ambiental, cuando se aplican correctamente, son unos instrumentos eficaces para garantizar la integración de los requisitos de protección del medio ambiente en planes, programas y proyectos. Las autoridades locales y regionales, que en general son responsables de las decisiones sobre el uso de la tierra y los espacios marinos, tienen que desempeñar un papel especialmente importante en la evaluación de los impactos ambientales y en la protección, conservación y mejora del capital natural, entre otras cosas para reforzar la resiliencia ante los efectos del cambio climático y las catástrofes naturales.

83. Aunque la integración de las consideraciones de la protección del medio ambiente en otras políticas y actividades de la UE es un requisito impuesto por el Tratado desde 1997, el estado general del medio ambiente en la UE indica que, hasta la fecha, los avances, aunque encomiables en algunos ámbitos, no han sido suficientes para invertir todas las tendencias negativas. La consecución de muchos de los objetivos prioritarios del presente Programa requerirá una integración mucho más efectiva de las consideraciones medioambientales y climáticas en otras políticas, así como planteamientos políticos y sistémicos conjuntos y más coherentes que aporten beneficios múltiples. De ese modo, algunos compromisos difíciles podrán gestionarse antes de la fase de aplicación, y los impactos inevitables podrán mitigarse de una manera más efectiva. Las Directivas de Evaluación Ambiental Estratégica y de Evaluación de Impacto Ambiental, cuando se aplican correctamente, son unos instrumentos eficaces para garantizar la integración de los requisitos de protección del medio ambiente en planes, programas y proyectos. Las autoridades locales y regionales, que en general son responsables de las decisiones sobre el uso de la tierra y los espacios marinos, tienen que desempeñar un papel especialmente importante en la evaluación de los impactos ambientales y en la protección, conservación y mejora del capital natural, entre otras cosas para reforzar la resiliencia ante los efectos del cambio climático y las catástrofes naturales.

Enmienda  34

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 85

Texto de la Comisión

Enmienda

85. El presente Programa prevé una serie de objetivos prioritarios con la intención de reforzar la integración. En sus propuestas de reforma de la PAC, la PPC, las redes transeuropeas (RTE) y la política de cohesión, la Comisión ha incluido nuevas medidas a favor de la sostenibilidad y la integración medioambiental. El éxito del presente Programa depende de que se refuerce la contribución de esas políticas a la realización de metas y objetivos relacionados con el medio ambiente. Por otro lado, las medidas dirigidas principalmente a conseguir mejoras medioambientales deben aspirar a lograr, siempre que sea posible, beneficios también para otras políticas. Por ejemplo, las actividades de restauración de ecosistemas pueden tener por objeto conseguir beneficios para hábitats y especies y secuestrar dióxido de carbono, y, al mismo tiempo, mejorar la capacidad de los ecosistemas para prestar servicios vitales a muchos sectores económicos, por ejemplo la polinización o la depuración de agua para la agricultura, y crear empleos verdes.

85. El presente Programa prevé una serie de objetivos prioritarios con la intención de seguir reforzando la integración. En sus propuestas de reforma de la PAC, la PPC, las redes transeuropeas (RTE) y la política de cohesión, la Comisión ha incluido nuevas medidas a favor de la sostenibilidad y la integración medioambiental. El éxito del presente Programa depende de que se refuerce aun más la contribución de esas políticas a la realización de metas y objetivos relacionados con el medio ambiente. Por otro lado, las medidas dirigidas principalmente a conseguir mejoras medioambientales deben aspirar a lograr, siempre que sea posible, beneficios también para otras políticas. Por ejemplo, las actividades de restauración de ecosistemas pueden tener por objeto conseguir beneficios para hábitats y especies y secuestrar dióxido de carbono, y, al mismo tiempo, mejorar la capacidad de los ecosistemas para prestar servicios vitales a muchos sectores económicos, por ejemplo la polinización o la depuración de agua para la agricultura, y crear empleos verdes.

Enmienda  35

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 86 – párrafo 2 – letra a

Texto de la Comisión

Enmienda

a) integrar las condicionalidades e incentivos relacionados con el clima y el medio ambiente en una serie de iniciativas políticas, incluidas las reformas y revisiones de la política existente, así como en nuevas iniciativas, tanto a nivel de la Unión como de los Estados miembros;

a) continuar integrando las condicionalidades e incentivos relacionados con el clima y el medio ambiente en una serie de iniciativas políticas, incluidas las reformas y revisiones de la política existente, así como en nuevas iniciativas, tanto a nivel de la Unión como de los Estados miembros;

Enmienda  36

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 87

Texto de la Comisión

Enmienda

87. La UE es una región densamente poblada, y es probable que, para 2020, el 80 % de sus habitantes vivan en zonas urbanas y periurbanas. El estado del medio urbano tendrá una influencia directa sobre la calidad de vida. Los impactos ambientales de las ciudades se dejan sentir mucho más allá de sus límites físicos, ya que dependen fuertemente de las zonas rurales y periurbanas para satisfacer su demanda de alimentos, energía, espacio y recursos, así como para depositar los residuos que generan.

87. La UE es una región densamente poblada, y es probable que, para 2020, el 80 % de sus habitantes vivan en zonas urbanas y periurbanas. El estado del medio urbano tendrá una influencia directa sobre la calidad de vida. Los impactos ambientales de las ciudades se dejan sentir mucho más allá de sus límites físicos, ya que dependen fuertemente de las zonas rurales y periurbanas para satisfacer su demanda de alimentos, energía, espacio y recursos, así como para depositar los residuos que generan. Por ello se ha de prestar especial atención al fomento de las zonas rurales y a la creación de empleos en el sector agrícola.

Enmienda  37

Propuesta de Decisión

Anexo – punto 89 bis (nuevo)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

89 bis. La política en materia de seguridad alimentaria de la Unión debe basarse en la agricultura sostenible y en el comercio justo. El cambio climático ejerce una presión sobre los recursos naturales, sobre todo debido a la necesidad de producir suficientes alimentos para una población mundial en pleno crecimiento y cuyos modelos de consumo evolucionan. Las importaciones de proteínas procedentes de terceros países cuyo nivel de protección del medio ambiente es insuficiente podrían reducirse gracias al fomento de los cultivos de proteaginosas en el seno de la Unión. Además, la Unión Europea ha de exigir medidas bilaterales y multilaterales de protección del medio ambiente adecuadas y reglamentarias en las regiones de riesgo en cuestión.

PROCEDIMIENTO

Título

Programa General de Medio Ambiente de la Unión hasta 2020 «Vivir bien, respetando los límites de nuestro planeta»

Referencias

COM(2012)0710 – C7-0392/2012 – 2012/0337(COD)

Comisión competente para el fondo

       Fecha del anuncio en el Pleno

ENVI

10.12.2012

 

 

 

Opinión emitida por

       Fecha del anuncio en el Pleno

AGRI

10.12.2012

Ponente de opinión

       Fecha de designación

Daciana Octavia Sârbu

6.2.2013

Examen en comisión

4.3.2013

 

 

 

Fecha de aprobación

25.3.2013

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

32

0

4

Miembros presentes en la votación final

Eric Andrieu, José Bové, Luis Manuel Capoulas Santos, Michel Dantin, Paolo De Castro, Albert Deß, Herbert Dorfmann, Hynek Fajmon, Mariya Gabriel, Iratxe García Pérez, Julie Girling, Martin Häusling, Peter Jahr, Elisabeth Jeggle, Jarosław Kalinowski, Elisabeth Köstinger, George Lyon, Rareş-Lucian Niculescu, Wojciech Michał Olejniczak, Marit Paulsen, Britta Reimers, Ulrike Rodust, Alfreds Rubiks, Giancarlo Scottà, Czesław Adam Siekierski, Sergio Paolo Francesco Silvestris, Csaba Sándor Tabajdi, Marc Tarabella, Janusz Wojciechowski

Suplente(s) presente(s) en la votación final

María Auxiliadora Correa Zamora, Spyros Danellis, Jean-Paul Gauzès, Christa Klaß, Astrid Lulling, Jacek Włosowicz, Milan Zver

  • [1]  P7_TA-PROV(2012)0147: Resolución del Parlamento Europeo, de 20 de abril de 2012, sobre la revisión del Sexto Programa de Acción en Materia de Medio Ambiente y establecimiento de prioridades para el Séptimo Programa de Acción en Materia de Medio Ambiente - Un medio ambiente mejor para una vida mejor (2011/2194(INI)).

PROCEDIMIENTO

Título

Programa General de Medio Ambiente de la Unión hasta 2020 «Vivir bien, respetando los límites de nuestro planeta»

Referencias

COM(2012)0710 – C7-0392/2012 – 2012/0337(COD)

Fecha de la presentación al PE

29.11.2012

 

 

 

Comisión competente para el fondo

       Fecha del anuncio en el Pleno

ENVI

10.12.2012

 

 

 

Comisión(es) competente(s) para emitir opinión

       Fecha del anuncio en el Pleno

EMPL

10.12.2012

ITRE

10.12.2012

REGI

10.12.2012

AGRI

10.12.2012

 

PECH

10.12.2012

 

 

 

Opinión(es) no emitida(s)

       Fecha de la decisión

EMPL

12.12.2012

ITRE

17.12.2012

REGI

18.12.2012

PECH

17.12.2012

Ponente(s)

       Fecha de designación

Gaston Franco

17.12.2012

 

 

 

Examen en comisión

20.3.2013

 

 

 

Fecha de aprobación

24.4.2013

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

46

5

4

Miembros presentes en la votación final

Martina Anderson, Sophie Auconie, Pilar Ayuso, Paolo Bartolozzi, Sandrine Bélier, Sergio Berlato, Lajos Bokros, Milan Cabrnoch, Martin Callanan, Nessa Childers, Yves Cochet, Chris Davies, Bas Eickhout, Edite Estrela, Jill Evans, Karl-Heinz Florenz, Elisabetta Gardini, Gerben-Jan Gerbrandy, Matthias Groote, Satu Hassi, Jolanta Emilia Hibner, Dan Jørgensen, Karin Kadenbach, Christa Klaß, Eija-Riitta Korhola, Holger Krahmer, Jo Leinen, Peter Liese, Zofija Mazej Kukovič, Linda McAvan, Radvilė Morkūnaitė-Mikulėnienė, Miroslav Ouzký, Andrés Perelló Rodríguez, Mario Pirillo, Frédérique Ries, Oreste Rossi, Kārlis Šadurskis, Carl Schlyter, Horst Schnellhardt, Richard Seeber, Theodoros Skylakakis, Claudiu Ciprian Tănăsescu, Salvatore Tatarella, Thomas Ulmer, Åsa Westlund, Glenis Willmott

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Minodora Cliveti, Gaston Franco, Christel Schaldemose, Sophocles Sophocleous, Alda Sousa, Csaba Sándor Tabajdi, Kathleen Van Brempt, Anna Záborská, Andrea Zanoni

Fecha de presentación

6.5.2013