RECOMENDACIÓN PARA LA SEGUNDA LECTURA respecto de la Posición del Consejo en primera lectura con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a determinados procedimientos de aplicación del Acuerdo de Estabilización y Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Serbia, por otra

17.2.2014 - (17930/1/2013 – C7‑0028/2014 – 2011/0465(COD)) - ***II

Comisión de Comercio Internacional
Ponente: Iuliu Winkler


Procedimiento : 2011/0465(COD)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A7-0116/2014
Textos presentados :
A7-0116/2014
Debates :
Textos aprobados :

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO

respecto de la Posición del Consejo en primera lectura con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a determinados procedimientos de aplicación del Acuerdo de Estabilización y Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Serbia, por otra

(17930/1/2013 – C7‑0028/2014 – 2011/0465(COD))

(Procedimiento legislativo ordinario: segunda lectura)

El Parlamento Europeo,

–       Vista la Posición del Consejo en primera lectura (17930/1/2013 – C7‑0028/2014),

–       Vista su Posición en primera lectura[1] sobre la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2011)0938),

–       Vistos el artículo 294, apartado 7, del Tratado FUE,

–       Visto el artículo 72 de su Reglamento,

–       Vista la recomendación para la segunda lectura de la Comisión de Comercio Internacional (A7-0116/2014),

1.      Aprueba la Posición del Consejo;

2.      Constata que el acto ha sido adoptado con arreglo a la Posición del Consejo;

3.      Encarga a su Presidente que firme el acto, conjuntamente con el Presidente del Consejo, de conformidad con el artículo 297, apartado 1, del Tratado FUE;

4.      Encarga a su Secretario General que firme el acto, tras haberse comprobado que se han cumplido en debida forma todos los procedimientos, y que proceda, de acuerdo con el Secretario General del Consejo, a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;

5.      Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El 29 de abril de 2008, se firmó en Luxemburgo un Acuerdo de Estabilización y Asociación (AEA) entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Serbia, por otra, que entró en vigor el 1 de septiembre de 2013.

Con vistas a una aplicación eficaz de la Acuerdo de Estabilización y Asociación, la Comisión propuso un Reglamento relativo a determinados procedimientos de aplicación del Acuerdo de Estabilización y Asociación.

Esto ya se ha hecho en anteriores acuerdos de estabilización y asociación y acuerdos interinos celebrados con otros países de los Balcanes Occidentales, en concreto a través de los siguientes instrumentos:

 Reglamento (CE) n° 2248/2001 del Consejo (Acuerdo de Estabilización y Asociación y Acuerdo interino CE/Croacia),

 Reglamento (CE) n° 153/2002 del Consejo (Acuerdo de Estabilización y Asociación y Acuerdo interino CE/Antigua República Yugoslava de Macedonia),

 Reglamento (CE) n° 1616/2006 del Consejo (Acuerdo de Estabilización y Asociación y Acuerdo interino CE/Albania),

 Reglamento (CE) n° 140/2008 del Consejo (Acuerdo de Estabilización y Asociación y Acuerdo interino CE/Montenegro),

 Reglamento (CE) n° 594/2008 del Consejo (Acuerdo de Estabilización y Asociación y Acuerdo interino CE/Bosnia y Herzegovina).

Estos Reglamentos eran parte del paquete «Trade Omnibus I», o «Reglamento comercial general I», (2011/0039(COD)) por el que se adaptan los reglamentos en materia comercial al régimen de actos delegados y actos de ejecución introducido a raíz del Tratado de Lisboa. En la primera lectura, el ponente propuso unas enmiendas que reflejaban los cambios propuestos por los cinco reglamentos mencionados anteriormente en «Trade Omnibus I». La negociaciones sobre dicho paquete finalizaron con éxito en julio de 2013.

El 25 de octubre de 2012, el Parlamento aprobó por votación en el Pleno la Posición en primera lectura. Debido a su relación con «Trade Omnibus I», las negociaciones informales no comenzaron hasta el otoño de 2013, bajo la Presidencia lituana. El equipo negociador del Parlamento y del Consejo alcanzó un acuerdo sobre este asunto el 26 de noviembre de 2013. Dicho acuerdo tenía en cuenta el compromiso sobre el «Trade Omnibus I» así como la entrada en vigor del Acuerdo de Estabilización y Asociación CE/Serbia el 1 de septiembre de 2013.

El 17 de diciembre de 2013 se presentó para votación ante la Comisión de Comercio Internacional el resultado de dichas negociaciones, que fue aprobado por abrumadora mayoría. Sobre la base de la aprobación de la comisión, el presidente de la misma, en la carta que dirigió el 18 de diciembre de 2013 al presidente del COREPER II, se comprometió a recomendar al Pleno que aprobase sin enmiendas la Posición del Consejo en primera lectura. Tras proceder a la verificación jurídico-lingüística, el Consejo adoptó su Posición en primera lectura, confirmando el acuerdo de 28 de enero de 2014.

Habida cuenta de lo anteriormente expuesto, el ponente propone que se apruebe sin enmiendas la Posición del Consejo.

PROCEDIMIENTO

Título

Procedimientos de aplicación del Acuerdo de Estabilización y Asociación CE/Serbia, y del Acuerdo interino CE/Serbia

Referencias

17930/1/2013 – C7-0028/2014 – 2011/0465(COD)

Fecha 1ª lectura PE – Número P

25.10.2012                     T7-0389/2012

Propuesta de la Comisión

COM(2011)0938 - C7-0010/2012

Fecha del anuncio en el Pleno de la recepción de la Posición del Consejo en primera lectura

6.2.2014

Comisión competente para el fondo

       Fecha del anuncio en el Pleno

INTA

6.2.2014

 

 

 

Ponente(s)

       Fecha de designación

Iuliu Winkler

12.2.2014

 

 

 

Fecha de aprobación

13.2.2014

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

25

1

0

Miembros presentes en la votación final

William (The Earl of) Dartmouth, Maria Badia i Cutchet, Nora Berra, David Campbell Bannerman, Daniel Caspary, Andrea Cozzolino, George Sabin Cutaş, Marielle de Sarnez, Metin Kazak, Bernd Lange, David Martin, Vital Moreira, Paul Murphy, Cristiana Muscardini, Niccolò Rinaldi, Helmut Scholz, Robert Sturdy, Henri Weber, Jan Zahradil

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Peter Skinner, Jarosław Leszek Wałęsa

Suplente(s) (art. 187, apdo. 2) presente(s) en la votación final

Birgit Schnieber-Jastram, Czesław Adam Siekierski, Renate Sommer, Rainer Wieland, Joachim Zeller, Tadeusz Zwiefka

Fecha de presentación

17.2.2014