INFORME sobre las actividades de la Comisión de Peticiones en 2013
19.2.2014 - (2014/2008(INI))
Comisión de Peticiones
Ponente: Jarosław Leszek Wałęsa
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
sobre las actividades de la Comisión de Peticiones en 2013
El Parlamento Europeo,
– Vista la importancia del derecho de petición y de informar inmediatamente a los órganos parlamentarios de las preocupaciones y opiniones específicas de los ciudadanos o residentes europeos, tal y como se prevé en los artículos 24 y 227 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto lo dispuesto en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en particular en su artículo 44 sobre el derecho de petición al Parlamento Europeo,
– Vistas las disposiciones del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea relativas al procedimiento de infracción, en particular sus artículos 258 y 260,
– Vistos el artículo 48 y el artículo 202, apartado 8, de su Reglamento,
– Visto el informe de la Comisión de Peticiones (A7-0131/2014),
A. Considerando que las peticiones recibidas en 2013, Año Europeo de los Ciudadanos, ascendieron a 2 885, lo que representa un aumento de casi un 45 % en relación con 2012; que, en la actual legislatura, se han registrado hasta el día de hoy casi 10 000 peticiones;
B. Considerando que, aunque esta cifra sigue siendo modesta si se compara con la población de la Unión Europea, denota, no obstante, un mayor conocimiento del derecho de petición y de las expectativas legítimas en cuanto a la utilidad del procedimiento de petición como medio de llamar la atención de las instituciones europeas y los Estados miembros sobre las preocupaciones de los ciudadanos individuales, las comunidades locales, las ONG, las asociaciones de voluntariado y las empresas privadas;
C. Considerando que los ciudadanos europeos están directamente representados por la única institución de la UE elegida por ellos mismos, el Parlamento Europeo; que el derecho de petición les ofrece la posibilidad de dirigirse directamente a sus representantes;
D. Considerando que el derecho de petición refuerza la capacidad de respuesta del Parlamento Europeo frente a los ciudadanos y residentes de la Unión, al tiempo que les proporciona un mecanismo abierto, democrático y transparente para la obtención, cuando ello sea legítimo y esté justificado, de una solución extrajudicial a sus reclamaciones, en especial cuando se trata de problemas relacionados con la aplicación de la legislación europea; que las peticiones constituyen una valiosa fuente de información para los legisladores y los órganos ejecutivos, tanto a escala nacional como de la UE;
E. Considerando que deben prevenirse nuevas pérdidas irreparables de biodiversidad, especialmente en las zonas designadas en el marco de Natura 2000; que los Estados miembros se han comprometido a garantizar la protección de las zonas especiales de conservación con arreglo a la Directiva 92/43/CEE (Directiva «Hábitats») y la Directiva 79/409/CEE (Directiva «Aves»); que, aunque la Comisión solo puede supervisar plenamente el cumplimiento de la legislación europea una vez que las autoridades nacionales han adoptado una decisión definitiva, es importante comprobar lo antes posible, en particular respecto de las cuestiones medioambientales, que las autoridades locales, regionales y nacionales aplican correctamente todos los requisitos de procedimiento pertinentes previstos en el Derecho de la UE, incluida la aplicación del principio de cautela;
F. Considerando que es necesario aumentar la participación de los ciudadanos en el proceso de toma de decisiones de la Unión Europea con vistas a reforzar su legitimidad y responsabilidad; que el procedimiento de petición constituye asimismo un medio para tomar realmente el pulso de la situación por lo que respecta a las tensiones que existen en las sociedades europeas, en particular en períodos de crisis económica y de malestar social, como los resultantes del impacto sobre los ciudadanos europeos del derrumbamiento de los mercados financieros y los sistemas bancarios mundiales; que en septiembre de 2013 la Comisión de Peticiones organizó una audiencia pública sobre este tema con la participación de algunos peticionarios; que han llamado la atención de la Comisión de Peticiones numerosas peticiones sobre prácticas financieras fraudulentas y abusos en relación con los derechos de los consumidores en el sector bancario, especialmente las dramáticas consecuencias de los desahucios de familias completas debidos a cláusulas hipotecarias abusivas;
G. Considerando que las peticiones de esta índole dirigidas a la Comisión de Peticiones han facilitado a menudo informaciones útiles a otras comisiones del Parlamento Europeo responsables de la elaboración de legislación destinada a establecer una base socioeconómica y medioambientalmente más segura, sólida, justa y próspera para el futuro de todos los ciudadanos y residentes europeos;
H. Considerando que cada petición se evalúa y tramita atendiendo al fondo de la cuestión, incluso cuando su autor es un único ciudadano o residente de la UE, y que cada peticionario tiene derecho a recibir una respuesta en su propia lengua, o en la lengua que haya utilizado para presentar la petición;
I. Considerando que la tramitación de una petición y el plazo de respuesta a la misma variarán en función de su naturaleza y complejidad, pero que debe hacerse todo lo posible por dar una respuesta adecuada a las preocupaciones de los peticionarios en un plazo de tiempo razonable y de una forma apropiada, tanto en términos de procedimiento como de contenido;
J. Considerando que los peticionarios cuyas peticiones se examinan posteriormente en las reuniones periódicas de la Comisión de Peticiones pueden participar plenamente en ellas, tienen derecho a presentar su petición acompañada de información más pormenorizada y contribuir así activamente al trabajo de la comisión, facilitando información complementaria y de primera mano a los miembros de la Comisión de Peticiones y a la Comisión Europea, así como a los representantes de los Estados miembros que pudieran estar presentes; que, en 2013, 185 peticionarios asistieron a las deliberaciones de la Comisión de Peticiones y participaron activamente en las mismas;
K. Considerando que las actividades de la Comisión de Peticiones se basan en su totalidad en las aportaciones y contribuciones de los peticionarios, junto con los resultados de sus propias investigaciones sobre cada caso, complementadas, cuando ello es necesario, con la asistencia especializada adicional proporcionada por la Comisión Europea, los Estados miembros u otros órganos; que sus órdenes del día y las prioridades que establece se organizan tomando como base las decisiones adoptadas democráticamente por sus miembros;
L. Considerando que los criterios fijados para la admisión a trámite de las peticiones, con arreglo a lo dispuesto en el Tratado y en el Reglamento del Parlamento, establecen que la petición debe referirse a una cuestión que entre en el ámbito de actividades de la Unión y que afecte directamente al peticionario, razón por la cual una parte de las peticiones recibidas no se admiten a trámite al no corresponder a esos criterios;
M. Considerando que el derecho de petición constituye una herramienta clave para la participación y el control democrático por parte de los ciudadanos y que debe garantizarse que se aplica de forma adecuada a lo largo de todo el proceso; que este derecho debe seguir garantizándose plenamente, independientemente de los intereses gubernamentales; que este principio debe respetarse de manera ejemplar a escala de la UE en la tramitación de las peticiones dentro del Parlamento y por parte de la Comisión;
N. Considerando que los criterios mencionados se han probado ante los tribunales y que las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, por ejemplo en el asunto T-308/07, han corroborado los criterios relacionados con el derecho de petición y el hecho de que las declaraciones relativas a las peticiones no admitidas a trámite deben estar bien fundamentadas y exigen una justificación de la Comisión de Peticiones en su posterior correspondencia con el peticionario; considerando asimismo los asuntos T-280/09 y T-160/10, relativos a peticiones que pueden considerarse demasiado imprecisas en cuanto a su contenido;
O. Considerando que, aparte de las peticiones recibidas sobre las consecuencias de la crisis en los ciudadanos y residentes europeos, otros de los principales temas que preocupan a los peticionarios son la legislación en materia de medio ambiente (en especial las cuestiones relacionadas con la gestión de los residuos y del agua), los derechos fundamentales (en especial en lo que se refiere a los derechos del niño, los derechos de las personas con discapacidad y las cuestiones relacionadas con la salud), el derecho a poseer bienes personales e inmuebles, las cuestiones relacionadas con la libre circulación de las personas, las diferentes formas de discriminación (especialmente por motivos étnicos, culturales o lingüísticos), los visados, la inmigración y el empleo, así como peticiones sobre la aplicación de la justicia, supuestos casos de corrupción, retrasos en los procedimientos judiciales y muchos otros ámbitos de actividad;
P. Considerando que, dado que muchos peticionarios, en especial entre las capas más jóvenes de la población, utilizan frecuentemente las redes sociales como canal de comunicación, la Comisión de Peticiones ha desarrollado su propia red bajo los auspicios del Parlamento Europeo, red que es seguida periódicamente por un número cada vez mayor de personas en los medios sociales de comunicación generales, que son especialmente activas y resultan útiles en torno a las fechas de las reuniones de la Comisión de Peticiones; y que el boletín de esta comisión, el PETI Journal, cuenta también con un número significativo de suscriptores habituales (actualmente, 1 500);
Q. Considerando, en este mismo contexto, que la Comisión de Peticiones ha venido colaborando con los servicios correspondientes del Parlamento Europeo para desarrollar un nuevo portal multilingüe de Internet que sustituya a la anterior —y más limitada— herramienta electrónica del sitio web Europarl para la presentación de peticiones; que con este nuevo portal se pretende aumentar la eficacia administrativa y acrecentar al mismo tiempo la transparencia y la interactividad del procedimiento de petición en beneficio de los peticionarios y los diputados al Parlamento Europeo, así como del público en general; y que su puesta en marcha durante esta legislatura supone, con toda certeza, una contribución significativa en aras de la ciudadanía europea, en consonancia con los objetivos institucionales de 2013 como Año Europeo de los Ciudadanos;
R. Considerando, a este respecto, la posición que mantuvo en el Informe anual sobre las actividades de la Comisión de Peticiones en 2012, al mostrarse resuelto a organizar el procedimiento de petición de forma más eficiente, transparente, ecuánime y acorde a los derechos de participación de los miembros de la Comisión de Peticiones, a fin de que la tramitación de las peticiones no pueda ser censurada judicialmente, ni siquiera por motivos de procedimiento;
S. Considerando que la Comisión de Peticiones mantiene un interés activo en relación con el modo en que se aplica el Reglamento sobre la iniciativa ciudadana europea (ICE) y es consciente de las numerosas lagunas y de la naturaleza, bastante compleja, del marco jurídico en vigor, que no traduce plenamente el espíritu de la disposición pertinente del Tratado, pese a los esfuerzos de la Comisión de Asuntos Constitucionales y de la Comisión de Peticiones en su elaboración; que, de conformidad con la cláusula de revisión, el Parlamento va a participar en los debates sobre la revisión de dicho Reglamento al cabo de los tres años de su aplicación;
T. Considerando que se van a aplicar próximamente las disposiciones del Reglamento ICE relativas a la organización, en los edificios del Parlamento Europeo, de audiencias públicas sobre las iniciativas que prosperen, en las que participarán la comisión responsable con competencias legislativas para la cuestión objeto de la iniciativa y la Comisión de Peticiones, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Parlamento y en las normas de desarrollo aprobadas por la Mesa;
U. Considerando la importancia de las visitas de información relacionadas con las peticiones objeto de examen, que la Comisión de Peticiones organiza periódicamente sobre cuestiones a las que se ha dado una prioridad específica, así como la necesidad de que los informes sobre estas visitas tengan el máximo nivel de calidad y credibilidad y se realicen en un marco de cooperación leal, de cara a la obtención de un consenso deseable entre los participantes; recordando las visitas realizadas en 2013 a España (en dos ocasiones), Polonia, Dinamarca y Grecia; considerando que una mayor flexibilidad en los aspectos prácticos de estas misiones, en particular por lo que respecta a las semanas en las que pueden realizarse, contribuiría a un éxito aún mayor de estas visitas, sobre todo por lo que respecta a la disponibilidad de los diputados y la reducción del riesgo de cancelación;
V. Considerando las responsabilidades de la Comisión de Peticiones en relación con la oficina del Defensor del Pueblo Europeo, responsable de investigar las reclamaciones de los ciudadanos de la UE sobre casos de posible mala administración en las instituciones y órganos de la UE, y sobre el que la comisión también elabora un informe anual basado en el propio Informe Anual del Defensor del Pueblo Europeo; que en 2013 la comisión participó de forma activa en la organización de la elección de un nuevo Defensor del Pueblo Europeo tras la jubilación del entonces titular del cargo, Nikiforos Diamandouros;
W. Considerando que, pese a que los diputados de este Parlamento eligieron a la nueva Defensora del Pueblo Europeo, Emily O'Reilly, para ejercer el cargo a partir del 1 de octubre de 2013, se debe organizar una nueva elección a comienzos de la próxima legislatura, tal como está previsto en el artículo 204 del Reglamento del Parlamento; que convendría garantizar la publicación oportuna de normas claras y transparentes para este proceso, con el fin de aclarar mejor las responsabilidades de la Comisión de Peticiones en este proceso y de garantizar la adecuada transparencia de la elección, en particular a través de una herramienta web específica mejorada;
X. Considerando que la Comisión de Peticiones es miembro de la Red Europea de Defensores del Pueblo, que incluye algunas comisiones de peticiones de los Parlamentos nacionales en caso de que existan; que es importante hacer mayor hincapié en la cooperación entre las propias comisiones de peticiones y, cuando resulte factible, reforzarla más; y que el Parlamento Europeo podría desempeñar un papel fundamental en esta evolución, en interés de los ciudadanos europeos;
Y. Considerando que el objetivo de la Comisión de Peticiones es servir de instrumento útil y transparente al servicio de los ciudadanos y residentes europeos, que ejerza un control y un escrutinio democráticos sobre numerosos aspectos de la actividad de la Unión Europea, en particular en lo que se refiere a la aplicación de la legislación de la UE por parte de las autoridades nacionales; que la comisión, gracias a las peticiones recibidas, puede contribuir en mayor medida, por una parte, a una aplicación más coherente y coordinada de la legislación de la UE y, por otra, a la mejora de la futura legislación de la UE llamando la atención sobre las enseñanzas que deben extraerse del contenido de las peticiones recibidas;
Z. Considerando que el presente informe es el último informe anual de la Comisión de Peticiones de la séptima legislatura del Parlamento Europeo, razón por la cual, aparte de describir las actividades de la comisión en 2013, ofrece una visión de conjunto de toda la legislatura y analiza en qué medida ha conseguido esta comisión responder a las expectativas de los ciudadanos, tras la entrada en vigor del Tratado de Lisboa;
1. Reconoce el papel significativo y fundamental que desempeña la Comisión de Peticiones en la defensa y la promoción de los derechos de los ciudadanos y residentes de la UE, ya que, a través del proceso de petición, permite reconocer mejor las preocupaciones de los peticionarios y buscar soluciones a sus reclamaciones legítimas cuando ello es posible y en un periodo de tiempo razonable;
2. Está resuelto a organizar el procedimiento de petición de forma más eficiente, transparente y ecuánime, preservando al mismo tiempo los derechos de participación de los miembros de la Comisión de Peticiones, de modo que la tramitación de las peticiones no pueda ser censurada judicialmente, ni siquiera por motivos de procedimiento;
3. Destaca que la Comisión de Peticiones, junto con otros organismos e instituciones como las comisiones de investigación y el Defensor del Pueblo Europeo, tiene un papel independiente y claramente definido como punto de contacto para todos y cada uno de los ciudadanos; hace hincapié en que, junto con la iniciativa ciudadana europea, estos órganos constituyen herramientas fundamentales para lograr una UE democrática y para la creación de un demos europeo y que debe garantizarse un acceso adecuado a los mismos, así como un funcionamiento fiable;
4. Destaca que, durante la actual legislatura parlamentaria, la Comisión de Peticiones ha afrontado el reto de responder a las expectativas de los ciudadanos de la Unión Europea; subraya la importancia de que los ciudadanos participen directamente en la actividad del Parlamento y puedan ver que sus preocupaciones, propuestas o quejas son examinadas una a una por los miembros de la comisión; resalta la cantidad de trabajo realizado para resolver las posibles infracciones de derechos de los ciudadanos, así como en cooperación con las autoridades nacionales, regionales y locales sobre cuestiones relativas a la aplicación de la legislación europea, desempeñando, al mismo tiempo, un papel fundamental en el restablecimiento de la relación con los ciudadanos europeos y en el refuerzo de la legitimidad y la responsabilidad democráticas del proceso de toma de decisiones de la UE;
5. Recuerda el papel significativo de la Comisión a la hora de prestar ayuda en la tramitación de los casos planteados en las peticiones; considera que la investigación de las peticiones por parte de la Comisión debe profundizar más y estudiar el fondo de los casos a la luz de la legislación de la UE; hace hincapié en la importancia de la transparencia de estos procesos y de un acceso público adecuado a los documentos pertinentes y a la información relacionada con cada caso;
6. Destaca la importancia de un control proactivo y de una acción preventiva oportuna por parte de la Comisión cuando se dispone de pruebas fundamentadas de que determinados proyectos planificados y publicados pueden infringir la legislación de la UE;
7. Observa la variedad de ámbitos temáticos clave que abarcan las peticiones de los ciudadanos, por ejemplo, los derechos fundamentales, el mercado interior, la legislación medioambiental, las cuestiones de salud pública, el bienestar infantil, el transporte y el urbanismo, la Ley española de Costas, el nuevo Reglamento sobre la buena administración, las personas con discapacidad, la discriminación por edad, el acceso del público a los documentos, las Escuelas Europeas, la unión presupuestaria, la industria del acero, los derechos de los animales y muchos otros;
8. Considera que las peticiones relativas a los ámbitos temáticos mencionados demuestran que aún se siguen dando situaciones generalizadas de transposición insatisfactoria de la legislación de la UE o de aplicación inadecuada de legislación;
9. Considera importante mejorar la cooperación con los Parlamentos y los Gobiernos de los Estados miembros, basándose en la reciprocidad, y, cuando sea necesario, alentar a las autoridades de los Estados miembros a transponer y aplicar la legislación de la UE con total transparencia; hace hincapié en la importancia de la colaboración entre la Comisión y los Estados miembros, y lamenta la negligencia de ciertos Estados miembros a la hora de transponer y hacer cumplir plenamente la legislación europea, en particular en materia medioambiental;
10. Recuerda que la Comisión de Peticiones admite a trámite peticiones relativas a los principios y el contenido del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, como parte inherente de su actividad, y lleva a cabo sus investigaciones atendiendo al fondo de cada caso; recuerda que, debido a la existencia del artículo 51 de la Carta, la Comisión Europea se ha sentido con frecuencia incapaz de actuar cuando la Comisión de Peticiones le ha instado a hacerlo; hace hincapié en que las expectativas de los ciudadanos son mucho mayores de lo que permiten estrictamente las disposiciones jurídicas de la Carta;
11. Felicita a la Comisión de Peticiones por el trabajo realizado en relación con peticiones recibidas sobre cuestiones relacionadas con la discapacidad, las cuales han aumentado de forma significativa en 2013; toma nota de los esfuerzos desplegados para garantizar el éxito de la puesta en marcha del Marco de la UE de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), en cuyo ámbito la Comisión de Peticiones se asoció a la Comisión Europea, la Agencia Europea de Derechos Fundamentales y el Foro Europeo de la Discapacidad, y toma nota de la intención de la comisión de seguir apoyando esta actividad; lamenta que posteriormente se haya puesto fin a la participación de la Comisión de Peticiones en el marco de la CDPD y que la comisión haya sido sustituida por comisiones legislativas también competentes en este ámbito; considera que esta última decisión ha estado basada en una interpretación incorrecta de las funciones atribuidas en el marco de la CDPD;
12. Toma nota de la atención prestada a algunas de las principales peticiones sobre la propuesta de construcción de un nuevo aeropuerto en Notre-Dame-des-Landes, cerca de Nantes; reconoce que se recibieron importantes contribuciones de peticionarios que se oponían al proyecto por razones medioambientales, y que también se recibió una petición exhaustiva presentada por personas que estaban a favor del proyecto, lo que dio lugar a un intenso debate en el seno de la comisión en el que participaron autoridades francesas y el Director General de Medio Ambiente de la Comisión, junto con los principales peticionarios; considera que estos importantes debates no solo mejoran la sensibilización de la opinión pública y permiten que los ciudadanos participen de manera activa y legítima, sino que también permiten aclarar varias cuestiones controvertidas asociadas al proyecto, que supuestamente entran en conflicto con el Derecho de la UE, y encontrar soluciones para garantizar el pleno respeto de la legislación europea aplicable en tales circunstancias;
13. Reconoce que en 2013 un gran número de peticionarios expresaron su alarma por las evidentes injusticias que se habían producido en Dinamarca en relación con los procedimientos administrativos y judiciales en materia de separación o divorcio y la posterior custodia de los hijos de corta edad; toma nota, en este contexto, de que en el caso de las parejas de dos nacionalidades distintas existen ejemplos claros de discriminación por razones de nacionalidad en favor del cónyuge de la nacionalidad del Estado miembro en el que se está tramitando el procedimiento y en contra del no nacional de dicho Estado, algo que tiene efectos graves y a menudo sumamente negativos y dramáticos en los derechos del niño; señala, a este respecto, violaciones graves de los derechos fundamentales tanto del peticionario como del niño; toma nota de que la Comisión de Peticiones efectuó una visita de información a Dinamarca, donde la situación parece ser particularmente grave, para investigar directamente estas denuncias; señala que también se notificaron algunos casos de otros países, principalmente Alemania (en particular, casos relativos a las actividades del Jugendamt), Francia y el Reino Unido;
14. Recuerda las investigaciones realizadas sobre la base de peticiones relativas a las consecuencias de la aplicación fallida de la Directiva marco sobre el agua a lo largo de la legislatura, así como la aprobación del informe correspondiente; recuerda asimismo las recomendaciones relativas a la inexistencia de un procedimiento de toma de decisiones adecuado en relación con los vertederos y a las consecuencias de ello en las poblaciones locales; hace hincapié en que la situación está lejos de resolverse habida cuenta de las peticiones que se han examinado posteriormente, especialmente en relación con la persistencia de fuegos tóxicos causados por residuos industriales altamente contaminantes en determinadas zonas de Campania y con la falta de transparencia sobre los planes y la gestión institucional en el Lacio a lo largo de los últimos meses, tras el cierre previsto del vertedero de Malagrotta, que actualmente está siendo objeto de investigaciones judiciales de alto nivel; recuerda la exhaustiva visita de información realizada a Grecia en otoño de 2013 sobre este asunto, que sacó a la luz deficiencias en la aplicación de las Directivas pertinentes en materia de residuos y la falta de progreso en materia de gestión de residuos por lo que respecta a los planes y sistemas que conforman los primeros niveles de la jerarquía de residuos, así como sus repercusiones sobre la salud de la población de ciertas zonas de Grecia; señala que recientemente se han presentado varias peticiones más sobre deficiencias en la gestión de residuos relacionadas con otros Estados miembros, especialmente en la región española de Valencia y en el Reino Unido;
15. Toma nota del informe sobre la visita de información a Polonia, en la que se investigó una propuesta de mina a cielo abierto en Baja Silesia; acoge con satisfacción los intensos debates mantenidos en dicha ocasión con los peticionarios y las autoridades nacionales sobre la posible exploración y explotación de reservas de gas de esquisto, tema sobre el que la comisión organizó ya un seminario en 2012;
16. Destaca el trabajo, muy valioso, llevado a cabo por la comisión en relación con las peticiones recibidas sobre la Ley española de Costas, tanto en lo que se refiere a los resultados y las conclusiones de la visita de información como a la cooperación con los peticionarios y las autoridades nacionales competentes; recuerda que la comisión creó un grupo de trabajo ad hoc para examinar este complejo tema en detalle y garantizar los contactos con el gran número de peticionarios interesados; reconoce que, aunque en la nueva legislación aprobada por el Parlamento español se han conseguido algunos avances para los peticionarios, quedan todavía cuestiones sin resolver en los ámbitos de los derechos de propiedad y de la protección del medio ambiente, algunas de las cuales han sido ahora remitidas al Tribunal Constitucional español; pide a la Comisión que siga supervisando activamente este asunto;
17. Se felicita de que la visita de información a Galicia, que tuvo lugar en febrero de 2013, permitiera mantener amplios debates con los peticionarios y las autoridades regionales sobre cuestiones relacionadas con la falta de unas instalaciones adecuadas de tratamiento de aguas residuales en la región, lo que ha afectado a la salud de la población local y a la actividad económica de algunas zonas, que están contaminadas por lodos y residuos que contienen sustancias que suponen un peligro para la salud pública y el medio ambiente, así como, potencialmente, para la actual producción de marisco en ciertas zonas; espera que las autoridades se comprometan de forma definitiva a actuar con mayor diligencia para resolver estas cuestiones y que en todas las rías afectadas se ponga efectivamente en marcha un plan integrado de tratamiento de aguas residuales acompañado de las instalaciones necesarias para tal fin; lamenta la lentitud e irregularidades del proceso de redacción de las conclusiones de la visita; lamenta profundamente que el informe minoritario de dos miembros de la delegación no se haya incluido como anexo al informe propiamente dicho;
18. Hace hincapié en el papel de la comisión en relación con la obligación de información; llama la atención sobre varias resoluciones aprobadas en 2013 en forma de informes, como acerca del Informe Especial del Defensor del Pueblo Europeo relativo a la gestión, por parte de la Comisión, del asunto relativo a las deficiencias en la evaluación de impacto medioambiental en el proyecto de ampliación del aeropuerto de Viena, o el Informe anual relativo a las actividades del Defensor del Pueblo en general; destaca la importante contribución de la comisión, gracias a los conocimientos que ha adquirido a lo largo de los años al examinar numerosos casos concretos, en forma de opiniones dirigidas a las comisiones competentes para el fondo, en particular respecto de la revisión de la Directiva EIA, así como la opinión sobre la ubicación de las sedes de las instituciones de la Unión Europea; considera que, gracias a dichos documentos, la Comisión de Peticiones puede llevar al Pleno asuntos de importancia para los ciudadanos europeos;
19. Recuerda que, con arreglo al artículo 202, apartado 2, del Reglamento del Parlamento, la Comisión de Peticiones puede presentar al Pleno, además de informes de propia iniciativa no legislativos relativos a varias peticiones, breves propuestas de resolución sobre cuestiones urgentes para su votación en el Pleno;
20. Considera que la organización de audiencias públicas constituye un instrumento muy importante para examinar los problemas planteados por los peticionarios; llama la atención sobre la audiencia pública relativa al impacto de la crisis sobre los ciudadanos europeos y el refuerzo de la participación democrática en la gobernanza de la Unión, así como sobre la audiencia pública relativa al aprovechamiento al máximo de la ciudadanía europea, en las que se analizaron, sobre la base de las peticiones recibidas, las preocupaciones planteadas en relación con ambos temas por los ciudadanos de la UE; considera que la información facilitada a través de las peticiones da cuenta del impacto personal de las medidas de austeridad sobre los derechos de los peticionarios, así como de una participación y un compromiso mayores de la sociedad civil; reconoce que, para abordar los desafíos financieros del futuro, Europa necesita una gobernanza económica creíble, visible y responsable; destaca la importancia de luchar contra los obstáculos persistentes que impiden a los ciudadanos de la UE disfrutar de los derechos que les confiere el Derecho de la UE, así como de promover la participación política de estos en la vida de la UE;
21. Considera fundamental para su trabajo sobre asuntos específicos utilizar otras formas de actividad, como las preguntas parlamentarias con solicitud de respuesta oral durante las sesiones plenarias; recuerda que se trata de una forma directa de control parlamentario de otras instituciones y órganos de la UE; señala que, en 2013, ha recurrido a este derecho en nueve ocasiones para presentar preguntas relativas, por ejemplo, a la discapacidad, el bienestar animal, la gestión de residuos y la iniciativa ciudadana europea; lamenta profundamente que algunas de las iniciativas propuestas por la comisión lleven varios meses a la espera de ser debatidas en el Pleno, lo que impide que preocupaciones recurrentes de los ciudadanos de la UE sean oídas y reciban una respuesta directa de la Comisión;
22. Señala el flujo constante de correspondencia de ciudadanos que se dirigen al Parlamento en busca de soluciones en relación con cuestiones que no son competencia de la UE de conformidad con el artículo 227 del Tratado y del artículo 51 de la Carta de los Derechos Fundamentales; insta a encontrar mejores soluciones para gestionar estas peticiones, teniendo en cuenta las obligaciones del Parlamento en materia de correspondencia con los ciudadanos;
23. Toma nota de que los asuntos de medio ambiente siguen constituyendo una prioridad para los peticionarios, lo que deja patente que los Estados miembros continúan sin estar a la altura en este ámbito; observa que muchas de las peticiones se refieren a cuestiones de salud pública, como, por ejemplo, la gestión de los residuos, la seguridad del agua, la energía nuclear y la protección de los animales; señala que muchas de las peticiones se refieren a proyectos nuevos y futuros que aumentan el riesgo de repercusiones en los ámbitos mencionados; recuerda que, si bien los Estados miembros se esfuerzan por resolver estas situaciones, queda claro que aún hay obstáculos que impiden encontrar una solución duradera; señala el caso de la acería ILVA de Taranto, que resulta altamente preocupante debido al grave deterioro de las condiciones medioambientales y de la salud de la población local; insta a la Comisión a que use los mecanismos que tiene a su disposición para garantizar, en la medida de lo posible, el cumplimiento inmediato de la legislación medioambiental europea por parte de las autoridades italianas;
24. Pide a la Comisión de Peticiones que siga analizando los efectos de la jurisprudencia ERT sobre la interpretación del artículo 51 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y sus consecuencias en relación con las peticiones, y que investigue cuáles son los obstáculos que realmente dificultan el camino de los ciudadanos de la UE que presentan una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea con el fin de obtener una interpretación fiable conforme a la legislación europea de temas centrales tratados en casos examinados por los tribunales nacionales;
25. Acoge con satisfacción la puesta en marcha, el 1 de abril de 2012, de la iniciativa ciudadana europea (ICE), así como el registro de la primera ICE, relativa a las políticas en favor de la juventud europea —Fraternidad 2020—, y que la reciente ICE sobre el derecho al agua haya prosperado; considera que la ICE constituye el primer instrumento de democracia participativa transnacional y permitirá a los ciudadanos tomar parte activa en la configuración de las políticas y la legislación europeas; reitera su compromiso de participar en la organización de audiencias públicas sobre las iniciativas ciudadanas europeas que prosperen, con la implicación activa de todas las comisiones parlamentarias interesadas; subraya la necesidad de revisar periódicamente el estado de las iniciativas ciudadanas europeas, con objeto de mejorar el procedimiento limitando al mismo tiempo la burocracia y otros obstáculos; es consciente de que el resultado de las primeras audiencias parlamentarias sobre la primera ICE que ha prosperado, que se desarrollarán en 2014, es esencial para establecer normas de procedimiento elevadas y satisfacer las expectativas de los ciudadanos sobre el ejercicio de este derecho en el futuro, y se compromete a otorgar prioridad institucional a la garantía de efectividad en el proceso participativo;
26. Acoge con satisfacción la decisión de la Comisión de declarar 2013 el Año Europeo de los Ciudadanos y de ofrecer a los ciudadanos de la UE información y orientaciones de gran valor acerca de sus derechos y de los instrumentos democráticos de que disponen para hacer valer esos derechos; considera que el Año Europeo de los Ciudadanos debe aprovecharse para difundir ampliamente información sobre la nueva iniciativa ciudadana europea, proporcionando directrices claras y comprensibles para reducir el alto porcentaje de inadmisibilidad comparable al que aún se puede observar en el ámbito de las peticiones; está convencido de que el portal de Internet para la presentación de peticiones supone una contribución concreta y valiosa del Parlamento Europeo a la ciudadanía europea;
27. Pide a la Comisión que, como guardiana de los Tratados, encuentre una solución que ponga término a la aplicación inadecuada del Derecho de la UE en la actualidad, evidenciada por el elevado número de peticiones presentadas al Parlamento, de modo que los ciudadanos puedan disfrutar plenamente de sus derechos;
28. Pide a la Comisión que proponga legislación para resolver los problemas relativos al reconocimiento mutuo, por parte de los Estados miembros, de los certificados de estado civil y de sus efectos, respetando al mismo tiempo las políticas sociales de los Estados miembros;
29. Lamenta que los ciudadanos europeos sigan teniendo a menudo problemas cuando ejercen su derecho a la libre circulación, debido a la aplicación incorrecta de la legislación relativa al mercado interior por parte de las autoridades públicas;
30. Lamenta que últimamente los informes sobre las visitas de información y otros documentos no se hayan traducido a las lenguas oficiales de la UE, especialmente a los idiomas nacionales de los peticionarios;
31. Reconoce el importante papel de la red SOLVIT, que detecta y resuelve periódicamente problemas vinculados a la aplicación de la legislación relativa al mercado interior; insta a que se refuerce este instrumento; recuerda que 2013 fue el Año Europeo de los Ciudadanos, y felicita a las instituciones y órganos de la Unión Europea y de los Estados miembros que anunciaron más intensamente sus servicios a los ciudadanos y residentes europeos durante ese año, a la luz de los principios de los Tratados y de los hechos revelados en el presente informe;
Nuevos horizontes y relaciones con otras instituciones
32. Señala la importancia de hacer más transcendente el trabajo de la Comisión de Peticiones en el Parlamento reforzando su imagen como comisión de control; pide a la nueva Comisión de Peticiones que designe ponentes internos anuales para las principales políticas que preocupan a los peticionarios europeos y que refuerce la cooperación con otras comisiones parlamentarias invitando sistemáticamente a sus miembros a las deliberaciones de la Comisión de Peticiones en relación con sus ámbitos respectivos de competencia legislativa; pide a las demás comisiones parlamentarias que asocien en mayor medida a la Comisión de Peticiones como comisión encargada de emitir opiniones en relación con los informes de aplicación y otros instrumentos destinados a supervisar la transposición y aplicación correctas de la legislación europea en los Estados miembros, así como su posible revisión; destaca la importancia, teniendo también en cuenta el creciente número de peticiones recibidas y de las acciones relacionadas con ellas, de que esta comisión goce de un estatuto de comisión desneutralizada en el conjunto de las comisiones parlamentarias; pide al Pleno del Parlamento Europeo que dedique más tiempo a los debates sobre peticiones de los ciudadanos europeos y al trabajo de la Comisión de Peticiones;
33. Destaca la necesidad de reforzar la colaboración de la Comisión de Peticiones con otras instituciones y órganos de la UE, así como con las autoridades nacionales de los Estados miembros; considera importante mejorar el diálogo estructurado y la cooperación sistemática con los Estados miembros, especialmente con las comisiones de peticiones de los Parlamentos nacionales, por ejemplo mediante la celebración de reuniones periódicas con los presidentes de todas las comisiones de peticiones nacionales; considera que la creación de tal asociación permitirá un mejor intercambio de experiencias y prácticas y una remisión de peticiones al nivel y organismo competente más sistemática y eficiente y, en última instancia, acercará al Parlamento Europeo a las preocupaciones de los ciudadanos europeos; se congratula de la constitución, en Irlanda, de la Comisión Conjunta de Investigación, Control y Peticiones del Parlamento irlandés (Oireachtas), así como de los fructíferos vínculos que ha establecido con el Parlamento Europeo durante este año con vistas a prestar un servicio aún mejor a los ciudadanos; toma nota de que los Parlamentos de otros Estados miembros están examinando actualmente la posibilidad de crear comisiones de peticiones u órganos análogos, y de que algunos de ellos disponen de otros procedimientos para tramitar peticiones;
34. Pide a la Comisión que reconozca como es debido el papel que desempeñan las peticiones en el control de la aplicación efectiva del Derecho de la UE, dado que estas suelen ser los primeros indicadores de que los Estados miembros se han quedado a la zaga en la aplicación de medidas legislativas; pide al Parlamento Europeo que recomiende, en el marco de su Acuerdo interinstitucional con la Comisión, que se reduzca el tiempo necesario para responder a las solicitudes de la Comisión de Peticiones y que se la mantenga informada de la evolución de los procedimientos de infracción vinculados directamente a peticiones; cree que, en términos generales, las instituciones europeas deben proporcionar más información y ser más transparentes en lo que respecta a los ciudadanos de la UE a fin de luchar contra la creciente percepción de déficits democráticos;
35. Hace hincapié en que, para el trabajo de la Comisión de Peticiones, resulta esencial una cooperación estrecha con los Estados miembros; alienta a estos a que asuman un papel proactivo en la respuesta a las peticiones relacionadas con la aplicación y el cumplimiento de la legislación europea, y considera extremadamente importantes la presencia y la cooperación activa de sus representantes en las reuniones de la Comisión de Peticiones; está decidido a mantener una cooperación y una comunicación estrechas entre las instituciones de la UE y los ciudadanos;
36. Destaca la importancia de reforzar la colaboración con el Defensor del Pueblo Europeo mediante la celebración de un nuevo acuerdo interinstitucional, así como de que el Parlamento Europeo participe en la red de defensores del pueblo nacionales; se felicita por las excelentes relaciones mantenidas en el marco interinstitucional entre el Defensor del Pueblo Europeo y la Comisión de Peticiones; aprecia en particular las contribuciones periódicas del Defensor del Pueblo Europeo al trabajo de esta comisión durante la legislatura; recuerda que todavía no todos los ciudadanos de la UE tienen un defensor del pueblo nacional, lo que significa que no todos los ciudadanos de la UE gozan del mismo acceso a vías de recurso; opina que la existencia de un defensor del pueblo nacional en cada Estado miembro, en el marco de la Red Europea de Defensores del Pueblo, supondría un apoyo importante para el Defensor del Pueblo Europeo;
Métodos de trabajo
37. Pide a los diputados al Parlamento Europeo que pertenecen a la Comisión de Peticiones que adopten normas internas definitivas para garantizar la máxima eficacia y transparencia de los trabajos de la comisión y que presenten propuestas para revisar en consecuencia el Reglamento del Parlamento Europeo, con el fin de consolidar sus continuos intentos, a lo largo de la séptima legislatura, de mejorar los métodos de trabajo; pide a la Comisión de Peticiones que establezca plazos claros en relación con el procedimiento de petición, con el fin de acelerar la tramitación de las peticiones en el Parlamento Europeo y conseguir que todo el proceso sea más transparente y democrático; destaca que en este sentido podría definirse un calendario de tramitación de la petición desde el registro hasta la conclusión del proceso en el Parlamento Europeo, de manera similar a los plazos existentes para el trabajo en curso sobre los expedientes legislativos y no legislativos; considera que, para evitar que las peticiones más antiguas permanezcan abiertas durante años sin un motivo de peso, estos plazos deben establecer un mecanismo de alerta que notifique de inmediato a los diputados las peticiones que se han mantenido inactivas o para las que no se han producido comunicaciones durante un período de tiempo considerable; recuerda que las visitas de información son uno de los principales instrumentos de investigación de la Comisión de Peticiones, por lo que es necesario revisar urgentemente las normas en la materia, con el fin de que los diputados recién elegidos puedan efectuar visitas eficaces e informar con rapidez a los peticionarios y a la comisión de sus conclusiones y recomendaciones;
38. Acoge con satisfacción la presencia de autoridades públicas del Estado miembro interesado, así como de otras partes interesadas, en las reuniones de la Comisión de Peticiones; destaca que la Comisión de Peticiones es la única comisión que ofrece sistemáticamente una plataforma para que los ciudadanos expongan sus inquietudes directamente a los diputados al Parlamento Europeo, y que permite mantener un diálogo multilateral entre las instituciones de la UE, las autoridades nacionales y los peticionarios; sugiere que, para facilitar la organización de las reuniones y reducir los costes de los viajes en el futuro, la Comisión de Peticiones y la administración del Parlamento estudien la posibilidad de que los peticionarios o las autoridades públicas participen en las reuniones a través de videoconferencias o de medios similares;
39. Observa el creciente número de peticiones en el curso de la legislatura y reitera su gran preocupación por el hecho de que los retrasos y los plazos de respuesta sigan siendo demasiado largos durante las fases de registro y de admisibilidad del proceso; pide que se dote a la secretaría de la Comisión de Peticiones de expertos jurídicos y apoyo administrativo adicionales, para que puedan formularse recomendaciones que permitan establecer si la petición entra dentro del ámbito de competencia del Derecho de la UE; considera que, a fin de acelerar las decisiones iniciales sobre la admisibilidad, estas recomendaciones y los resúmenes de peticiones deben ponerse a disposición de los diputados solamente en inglés en un primer momento, y más adelante, únicamente cuando se publiquen, se traducirán a todos los demás idiomas oficiales; confía en que la puesta en marcha del nuevo portal de Internet para la presentación de peticiones contribuya a reducir el número de documentos presentados que resultan dudosos registrados en ocasiones como peticiones;
40. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución y el informe de la Comisión de Peticiones al Consejo, a la Comisión, al Defensor del Pueblo Europeo y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, así como a sus comisiones de peticiones y a sus defensores del pueblo nacionales u otros órganos competentes análogos.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La séptima legislatura ha estado marcada por la entrada en vigor, en diciembre de 2009, del Tratado de Lisboa, que prácticamente duplicó las competencias legislativas del Parlamento Europeo y reforzó su poder relativo respecto a las demás instituciones de la UE. La Comisión de Peticiones se ha visto afectada principalmente por la incorporación al Tratado de la Carta de los Derechos Fundamentales y por la adopción definitiva del nuevo mecanismo de participación del pueblo de Europa: la iniciativa ciudadana europea (ICE).
Por lo que respecta a esta última, la Comisión de Peticiones participó intensamente en el procedimiento legislativo que condujo a la aprobación, en diciembre de 2010, del Reglamento sobre la ICE, en asociación con la Comisión de Asuntos Constitucionales en virtud del artículo 50 del Reglamento del Parlamento. Además, dentro del Parlamento, se ha dispuesto que la Comisión de Peticiones sea asociada automáticamente a la comisión legislativa competente en el marco de la celebración, por parte del Parlamento, de una audiencia de los organizadores de una ICE que haya prosperado, de conformidad con el artículo 10, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) n° 211/2011, lo que se ha considerado como todo un logro de nuestra comisión, en reconocimiento de su larga y profunda experiencia en las relaciones con los ciudadanos.
Tal como se indica en el presente informe, la aplicación de la Carta de los Derechos Fundamentales ha resultado confusa y, en cierta medida, decepcionante para muchos ciudadanos. El artículo 51 de la Carta dispone que esta se aplique al ámbito de competencia de la UE y la Comisión Europea ha interpretado de forma estricta dicho artículo, interpretación que debe abordarse.
La confianza depositada por los ciudadanos se ha ido debilitando a lo largo de la legislatura como resultado del impacto de la crisis financiera y económica, que ha minado notablemente la confianza en el euro y en el sistema bancario en general en todo el mundo. Como no podía ser de otro modo, esta devastadora situación, que ha afectado a las vidas de una gran mayoría de ciudadanos europeos, también ha dado lugar a un gran número de peticiones.
Desde 2009 y hasta la fecha, la comisión ha recibido unas 10 000 peticiones registradas; aproximadamente un 60 % de estas se han admitido a trámite ya que se enmarcan en el ámbito de actividad de la Unión Europea. En 2013 el número de peticiones registradas se acercó a las 3 000; han crecido más del 45 % desde 2012 y se han duplicado desde 2011. En concreto, en 2013 la Comisión de Peticiones recibió un total de 2 885 peticiones. La Comisión de Peticiones logró procesar aproximadamente 989 peticiones, de las cuales 654 fueron admitidas a trámite, 335 fueron declaradas improcedentes y 538 se han cerrado. En total, 199 peticiones se han admitido a trámite, examinado y cerrado.
El alto número de peticiones improcedentes resulta muy preocupante para el ponente, que considera que debe volverse a introducir un primer filtro, en el momento de su registro por parte de la DG de Presidencia, tal como se hacía en 2012. Cabe asimismo señalar que se espera que el portal web de la Comisión de Peticiones también sirva para filtrar las peticiones improcedentes.
En 2013 se acumuló un importante retraso en relación con un gran número de peticiones, de las que, en el momento de aprobación del presente informe, solo un 30 % habían sido examinadas. Estos retrasos deben lamentarse y ser objeto de un profundo análisis, en especial para encontrar soluciones y evitar situaciones similares en el futuro. Son varias las razones que explican esta acumulación de peticiones. El número de peticiones recibidas ha aumentado considerablemente, duplicándose prácticamente desde 2012. En 2013 la Comisión de Peticiones se encargó de la organización de la elección del nuevo Defensor del Pueblo Europeo y realizó un número relativamente mayor de visitas de información y de opiniones que en el pasado. La combinación de estos factores, además de las deficiencias detectadas en el modo tradicional de tramitación de las peticiones, ha llevado a la conclusión de que es necesario revisar todo el proceso de tramitación de las peticiones. Los coordinadores adoptaron, por su parte, métodos de trabajo y plazos aplicables a la secretaría de la comisión para evitar que se den de nuevo retrasos inaceptables como los registrados en 2013. No obstante, todos los miembros de la Comisión de Peticiones se han esforzado en esta legislatura para satisfacer a todos los peticionarios y examinar todas y cada una de las peticiones en profundidad.
En opinión del ponente, una amplia mayoría de los 35 miembros de la comisión consideran urgentemente necesario consolidar la capacidad administrativa y aplicar plazos claros para el procedimiento de petición en el Parlamento Europeo. En vista de los lamentables retrasos registrados en la tramitación de las peticiones en 2013 y del constante trabajo durante toda la legislatura de los coordinadores de los grupos políticos y de la presidenta de la comisión para encontrar soluciones a este problema, el ponente decidió dedicar dos capítulos del informe a los métodos de trabajo de la secretaría de la comisión y a los nuevos horizontes y las relaciones interinstitucionales de la comisión en la próxima legislatura.
El aumento del número de peticiones recibidas en 2013 es un hecho. Puede haber sido fruto del refuerzo de las competencias legislativas del Parlamento Europeo en la séptima legislatura. También puede deberse al sentimiento de fracaso y falta de confianza en las autoridades públicas, exacerbado por las diferentes crisis financieras y económicas que han sufrido los europeos desde 2008. En efecto, en vista del contenido de muchas de las peticiones admitidas a trámite y de una considerable proporción de las declaradas improcedentes, no cabe duda de que muchos ciudadanos piensan que sus parlamentos e instituciones nacionales no les escuchan.
Por último, cabe señalar la creciente visibilidad del propio Parlamento Europeo y, dentro de este, de la Comisión de Peticiones. Tanto el Parlamento como esta comisión han reforzado sus prácticas de comunicación de forma cohesionada y decidida, y la visibilidad de la Comisión de Peticiones en los medios sociales se ha acompañado de una presencia interactiva en constante expansión.
Por todas estas razones, el ponente está convencido de que, en el futuro, cada vez más europeos dirigirán peticiones al Parlamento Europeo. Por ello, para poder satisfacer sus expectativas, pide al Parlamento que tome medidas urgentes que garanticen un proceso de petición eficaz y transparente. El portal web de la Comisión de Peticiones, que se encuentra en fase piloto, podría convertirse en una plataforma en línea de gran utilidad para informar mejor a los ciudadanos acerca de su derecho de petición. En este sentido, podría suponer un incremento aún mayor del número de peticiones, por lo que su lanzamiento oficial debe acompañarse de un aumento proporcional de la capacidad administrativa. El portal web mejorará sin duda la calidad de las peticiones registradas gracias a un breve cuestionario que ha de responder el peticionario. En otras palabras, cabe esperar que los documentos registrados sean realmente peticiones conformes con las disposiciones del Tratado y no meros comentarios simplificados o solicitudes de información que no se corresponden con el espíritu de una petición. Ayudará asimismo a los ciudadanos a encontrar fuentes alternativas de asistencia en caso de la que la comisión no pueda responder a sus preocupaciones por ser incompetente jurídicamente.
En 2013, más de 200 peticionarios asistieron a las once reuniones celebradas por la Comisión de Peticiones, así como numerosos representantes de las autoridades de los Estados miembros, quienes aclararon ciertos puntos en relación con las peticiones. Muchos cientos más pudieron ser testigos de las reuniones gracias a su retransmisión en directo vía Internet. El ponente recomienda firmemente el uso de nuevas herramientas de información y vídeo para las futuras reuniones de la Comisión de Peticiones, gracias a las que se conseguirá obtener un mayor ahorro en la organización de las audiencias.
Derechos fundamentales
La Comisión de Peticiones lleva recibiendo peticiones en este ámbito muchos años, principalmente en relación con Alemania y el Jugendamt, y, recientemente, sobre casos acaecidos en Dinamarca y cuestiones relativas a los derechos del niño, en particular en el caso de los hijos de padres divorciados o separados. La comisión ha dejado claro que no puede resolver tales peticiones de forma individual, salvo mediante su remisión a las autoridades de los Estados miembros afectados, por una serie de motivos, como que la comisión no puede revocar, por razones de competencia y separación de poderes, resoluciones adoptadas por los tribunales locales. La mayoría de las peticiones procedentes de Dinamarca en 2013 se referían a privilegios específicos que aparentemente habrían concedido los servicios sociales, los tribunales y la policía a cónyuges daneses frente a sus antiguas parejas no danesas, que, en algunos casos, fueron encarceladas o recluidas en centros de internamiento, acusadas de sustracción de menores o víctimas de otras denuncias de abusos. Durante la visita de información realizada por la comisión a Copenhague, los diputados no pudieron acceder a ninguna clase de estadísticas globales como consecuencia de la escasa cooperación de las autoridades danesas y de un claro rechazo de los ministros del Gobierno danés a reunirse con los diputados. Los diputados concluyeron que el Gobierno danés se niega de forma sistemática a hacer frente al problema; además, el hecho de que Dinamarca no aplique una serie de disposiciones del Tratado, una de las cuales atañe a la justicia y los asuntos de interior, refuerza la sospecha de que se trata de una situación muy grave.
La comisión también ha reiterado su llamamiento para que la Comisión Europea y los Estados miembros establezcan normas comunes en el sector sanitario en favor de las mujeres embarazadas y los recién nacidos, y presenten iniciativas de tratamientos preventivos y eficaces para las mujeres embarazadas, también durante el parto, con objeto de proteger sus vidas.
Cabe señalar también las preocupaciones de los peticionarios, de naturaleza muy diferente pero enmarcadas todas ellas en la categoría de derechos fundamentales, en relación con el derecho a una propiedad inmobiliaria adquirida legítimamente. Ya en la anterior legislatura la comisión había investigado el impacto del oneroso proceso de urbanización en España sobre los derechos de propiedad de los ciudadanos, así como el impacto medioambiental asociado. En esta legislatura, la comisión centró su atención en la evaluación de un gran número de peticiones relativas a la Ley española de Costas. Tras la creación de un grupo de trabajo especial sobre la Ley de Costas, compuesto por miembros de la comisión, se realizó una visita de información a Madrid a principios de 2013. Los diputados dieron cuenta de las conclusiones extraídas de las reuniones mantenidas con altos funcionarios españoles, así como con muchos peticionarios y ONG que contribuyeron al trabajo de la comisión.
Medio ambiente
Las cuestiones medioambientales acapararon más tiempo de debate en la comisión que cualquier otro ámbito de actividad. Las principales preocupaciones de orden legislativo se refieren a la gestión de los residuos y al impacto medioambiental de los grandes proyectos de infraestructuras.
Los peticionarios expresaron su preocupación por problemas muy graves relacionados con la gestión de los residuos en Italia, en particular en el Lacio y en Campania (objeto de una visita de información en 2012), así como en Grecia, país en el que se realizó una visita de información en mayo de 2013. También se debatió acerca de importantes peticiones relativas al vertedero de Houghton-le Spring en el Reino Unido, y sobre diversos lugares en Francia y España. Tras las visitas de información, los diputados aprobaron sus informes y votaron las recomendaciones. Se detectaron importantes retrasos en la transposición y aplicación de la legislación europea fundamental en materia de medio ambiente y salud pública, como la Directiva marco sobre el agua. Por lo que respecta a la Comisión Europea, los diputados querrían que la información facilitada se use para garantizar mejor la correcta aplicación de la legislación de la UE en este ámbito.
La comisión dedicó un tiempo considerable en 2013 a la evaluación de tres peticiones presentadas por peticionarios franceses sobre el proyecto de nuevo aeropuerto en Notre-Dame-des-Landes, cerca de Nantes. Dos de las peticiones fueron presentadas por asociaciones medioambientales locales y se acompañaron de importantes pruebas técnicas que confrontaban el proyecto de nuevo aeropuerto, que cuenta con el apoyo del Gobierno francés, con las obligaciones jurídicas derivadas de la legislación medioambiental de la UE. La tercera petición fue presentada por un gran número de ciudadanos locales, que apoyaban plenamente el proyecto y presentaban documentación extremadamente detallada en favor de dicho apoyo. No se autorizó a la Comisión de Peticiones a realizar una visita de información, por lo que la comisión organizó un debate entre los peticionarios y altos funcionarios del Ministerio francés de Transportes y el Director General de Medio Ambiente de la Comisión. Quedó claro que existían una serie de deficiencias en los planes de construcción del aeropuerto que debían solucionarse para garantizar su conformidad con la legislación de la UE. En efecto, la Comisión indicó que seguía abierto un procedimiento de infracción contra Francia por la no aplicación de la legislación medioambiental en materia de evaluaciones de impacto.
La comisión también se pronunció sobre el Informe Especial del Defensor del Pueblo Europeo relativo a las reclamaciones sobre la falta de evaluación de impacto ambiental en el proceso de ampliación del aeropuerto de Viena.
Gran parte del trabajo de la comisión relacionado con el examen de peticiones en materia medioambiental se retomó con éxito en la opinión que dirigió a la Comisión de Medio Ambiente sobre la revisión de la Directiva relativa a la evaluación de impacto ambiental; un número importante de las enmiendas propuestas por la Comisión de Peticiones, basándose en su experiencia y en ejemplos específicos, fueron finalmente aprobadas por la comisión competente para el fondo e incluidas en las negociaciones con el Consejo. Entre ellas había propuestas sobre las evaluaciones de impacto transfronterizo derivadas de la investigación realizada por la comisión acerca de un proyecto de parque eólico en la frontera entre Alemania y la República Checa.
También fue necesario un amplio análisis en relación con las peticiones recibidas de Galicia y la medida en que ciertas rías se estaban viendo afectadas por el uso de instalaciones inadecuadas de tratamiento del agua, con el consiguiente vertido de efluentes urbanos no tratados en aguas protegidas, lo que podía afectar al sector de los crustáceos en algunas áreas. Una visita de información investigó la situación a principios de 2013; se entabló un intenso diálogo con diferentes grupos de peticionarios, así como con el Gobierno gallego y los alcaldes locales. Como consecuencia de importantes diferencias entre los miembros de la delegación, las recomendaciones no se aprobaron hasta diciembre, con una opinión minoritaria divergente.
La comisión también organizó una visita de información a Polonia para abordar las preocupaciones de los peticionarios, así como de las comunidades locales de Baja Silesia, en relación con los planes de construcción de una mina a cielo abierto de lignito en la zona. Los diputados aprovecharon la ocasión para dialogar con los peticionarios y las autoridades acerca de las políticas del Gobierno en relación con las reservas de gas de esquisto, cuestión que sigue suscitando una importante polémica dentro del Parlamento.
Se debatió acerca de muchas otras peticiones sobre cuestiones medioambientales; cabe destacar la petición de acción inmediata por parte de la UE para prevenir el drástico descenso de la población de abejas como resultado del uso de plaguicidas neonicotinoides. A raíz de las deliberaciones de la Comisión de Peticiones, la Comisión Europea decidió proponer la prohibición de dichas sustancias. Los diputados también examinaron el impacto de los OMG en la agricultura, así como en la salud humana y la biodiversidad.
Ciudadanía, derecho de voto y libre circulación
Una gran parte del trabajo y esfuerzo de la Comisión de Peticiones en relación con los derechos de los ciudadanos figura en el excelente informe del diputado Nikos Salavrakos. No obstante, destacan algunas cuestiones que deben subrayarse también en el presente informe.
A medida que se acercan las elecciones europeas, tomamos de nuevo conciencia de la importancia de simplificar al máximo los procedimientos de registro de los ciudadanos de la UE de manera que el mayor número de personas posible esté inscrito en el censo electoral. Una audiencia pública sobre la ciudadanía, organizada junto con la Comisión Europea en febrero de 2013, se centró en las cuestiones de mayor relieve, como que a los ciudadanos que se encuentran en el extranjero se les deniegue el derecho de voto tanto en las elecciones nacionales de su país de origen como en las de su nuevo país de residencia.
Un número importante de peticiones provienen de personas que, tras beneficiarse de la libertad de circulación y residencia, regresan a su país de origen y descubren que las autoridades nacionales no han tenido debidamente en cuenta sus cotizaciones a los regímenes de pensión o la seguridad social al calcular sus derechos. En muchos casos, se pone de manifiesto que resultan efectivamente perjudicadas por haber pasado parte de su vida laboral en otro país de la UE, lo que no solo tiene un efecto negativo sobre ellas de forma individual, sino que también actúa como elemento disuasorio para otros ciudadanos que puedan estar planteándose ir a vivir y trabajar en el extranjero. La comisión ha considerado que debe hacerse más para coordinar y alinear las legislaciones nacionales en este ámbito.
Respuesta a la crisis
Se remitió un gran número de peticiones relativas al impacto de la crisis económica en la vida de los ciudadanos a la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios, que tuvo en cuenta, en su actividad legislativa, las principales preocupaciones expresadas en las mismas. La audiencia pública, organizada por la Comisión de Peticiones en septiembre de 2013, sobre el impacto de la crisis económica tuvo como elementos centrales algunas de estas peticiones. Frecuentes fueron también las críticas contra la negativa de muchos bancos a facilitar financiación a pequeñas empresas, mientras seguían, no obstante, pagando primas injustificadas y altos salarios a sus directivos o, incluso en algunos casos, antiguos directivos.
Derechos de las personas con discapacidad
A lo largo de 2013 la Comisión de Peticiones siguió prestando atención y dando, de hecho, prioridad a las peticiones relativas a personas con discapacidad. Con arreglo a una Decisión del Consejo, la comisión tomó parte, junto con la Comisión, la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y el Foro Europeo de las Personas con Discapacidad, en el Marco de la UE, un órgano de control creado en virtud del artículo 11 de la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad. Participó activamente en cuatro reuniones a lo largo del año. Sin embargo, la Conferencia de Presidentes decidió finalmente conferir este cometido a la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales, en colaboración con otras comisiones, entre ellas la Comisión de Peticiones.
En este contexto, se celebraron una serie de audiencias con peticionarios que representaban los derechos de las personas ciegas, que reivindicaban el derecho de acceso a material de lectura en el sentido del Convenio OMPI de las Naciones Unidas, objeto de negociaciones en 2013 y que pudo finalmente celebrarse y firmarse gracias a la presión del Parlamento Europeo sobre la Comisión y los Estados miembros.
La comisión mantuvo asimismo debates sobre la eterna cuestión de la sede de las instituciones europeas (objeto de una petición firmada por cerca de un millón y medio de personas), en particular del Parlamento Europeo; aprobó por mayoría una opinión para la Comisión de Asuntos Constitucionales en favor del establecimiento de una sede única en Bruselas, reconociendo, no obstante, que era necesaria la unanimidad de todos los Estados miembros para proceder a cualquier cambio al respecto.
Relaciones interinstitucionales
La Comisión de Peticiones ya goza de buenas relaciones con muchos Parlamentos nacionales y, en muchos casos, los contactos son bastante frecuentes, tal como sucede también con el Defensor del Pueblo Europeo y los demás miembros de la Red Europea de Defensores del Pueblo, creada a iniciativa de Nikiforos Diamandouros. Este año la comisión participó activamente en la organización de la elección de su sucesora en el cargo, Emily O’Reilly, que fue elegida para el tiempo que resta del mandato actual.
El ponente pide que se establezca un diálogo anual entre los miembros de la Comisión de Peticiones y los diputados que integran las comisiones de peticiones de los Parlamentos nacionales. Esta iniciativa puede conducir a un sólido marco de colaboración en el que los legisladores europeos y nacionales puedan intercambiar experiencias y buenas prácticas en relación con la tramitación de peticiones.
El ponente está firmemente convencido de que todo peticionario recibe un trato respetuoso y que sus peticiones se examinan con la integridad que merecen. Insta a que se dé a conocer en mayor medida el derecho fundamental de todos los ciudadanos y residentes de la UE de presentar una petición al Parlamento Europeo y que, al hacerlo, sepan que sus preocupaciones serán oídas.
RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN
Fecha de aprobación |
11.2.2014 |
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Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
18 3 0 |
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Miembros presentes en la votación final |
Margrete Auken, Heinz K. Becker, Victor Boştinaru, Philippe Boulland, Nikolaos Chountis, Lidia Joanna Geringer de Oedenberg, Ágnes Hankiss, Iñaki Irazabalbeitia Fernández, Carlos José Iturgaiz Angulo, Peter Jahr, Erminia Mazzoni, Chrysoula Paliadeli, Nikolaos Salavrakos, Jarosław Leszek Wałęsa, Angelika Werthmann, Rainer Wieland, Zbigniew Zaleski |
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Suplente(s) presente(s) en la votación final |
Marino Baldini, Sandrine Bélier, Vicente Miguel Garcés Ramón, Axel Voss |
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