INFORME sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades para el ejercicio 2012

21.3.2014 - (C7‑0299/2013 – 2013/2221(DEC))

Comisión de Control Presupuestario
Ponente: Petri Sarvamaa

Procedimiento : 2013/2221(DEC)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A7-0224/2014
Textos presentados :
A7-0224/2014
Textos aprobados :

1. PROPUESTA DE DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades para el ejercicio 2012

(C7‑0299/2013 – 2013/2221(DEC))

El Parlamento Europeo,

–       Vistas las cuentas anuales definitivas del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades relativas al ejercicio 2012,

–       Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades correspondientes al ejercicio 2012, acompañado de las respuestas del Centro[1],

–       Vista la Recomendación del Consejo de 18 de febrero de 2014 (05849/2014 – C7-0054/2014),

–       Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–       Visto el Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas[2], y, en particular, su artículo 185,

–       Visto el Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002[3] del Consejo, y, en particular, su artículo 208,

–       Visto el Reglamento (CE) nº 851/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, por el que se crea un Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades[4], y, en particular, su artículo 23,

–       Visto el Reglamento (CE, Euratom) nº 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas[5],

–       Visto el Reglamento Delegado (UE) nº 1271/2013 de la Comisión, de 30 de septiembre de 2013, relativo al Reglamento Financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 208 del Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo[6], y, en particular, su artículo 108,

–       Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

–       Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A7-0224/2014),

1.      Aprueba la gestión del Director del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades en la ejecución del presupuesto del Centro para el ejercicio 2012;

2.      Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;

3.      Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de la misma al Director del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

2. PROPUESTA DE DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre el cierre de las cuentas del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades para el ejercicio 2012

(C7‑0299/2013 – 2013/2221(DEC))

El Parlamento Europeo,

–       Vistas las cuentas anuales definitivas del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades relativas al ejercicio 2012,

–       Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades correspondientes al ejercicio 2012, acompañado de las respuestas del Centro[7],

–       Vista la Recomendación del Consejo de 18 de febrero de 2014 (05849/2014 – C7-0054/2014),

–       Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–       Visto el Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas[8], y, en particular, su artículo 185,

–       Visto el Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002[9] del Consejo, y, en particular, su artículo 208,

–       Visto el Reglamento (CE) nº 851/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, por el que se crea un Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades[10], y, en particular, su artículo 23,

–       Visto el Reglamento (CE, Euratom) nº 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas[11],

–       Visto el Reglamento Delegado (UE) nº 1271/2013 de la Comisión, de 30 de septiembre de 2013, relativo al Reglamento Financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 208 del Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo[12], y, en particular, su artículo 108,

–       Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

–       Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A7-0224/2014),

1.      Aprueba el cierre de las cuentas del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades para el ejercicio 2012;

2.      Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión al Director del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

3. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la gestión en la ejecución del presupuesto del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades para el ejercicio 2012

(C7‑0299/2013 – 2013/2221(DEC))

El Parlamento Europeo,

–       Vistas las cuentas anuales definitivas del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades relativas al ejercicio 2012,

–       Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades correspondientes al ejercicio 2012, acompañado de las respuestas del Centro[13],

–       Vista la Recomendación del Consejo de 18 de febrero de 2014 (05849/2014 – C7-0054/2014),

–       Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–       Visto el Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas[14], y, en particular, su artículo 185,

–       Visto el Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002[15] del Consejo, y, en particular, su artículo 208,

–       Visto el Reglamento (CE) nº 851/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, por el que se crea un Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades[16], y, en particular, su artículo 23,

–       Visto el Reglamento (CE, Euratom) nº 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas[17],

–       Visto el Reglamento Delegado (UE) nº 1271/2013 de la Comisión, de 30 de septiembre de 2013, relativo al Reglamento Financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 208 del Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo[18], y, en particular, su artículo 108,

–       Vistas sus anteriores decisiones y resoluciones sobre la aprobación de la gestión,

–       Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

–       Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A7-0224/2014),

A.     Considerando que, de conformidad con los estados financieros, el presupuesto definitivo del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (en lo sucesivo, «el Centro») para el ejercicio 2012 ascendió a 58 200 000 EUR, lo que representa un aumento del 2,72 % en comparación con 2011;

B.     Considerando que la contribución total de la Unión al presupuesto del Centro para 2012 ascendió a 56 727 000 EUR, lo que representa un aumento del 2,40 % en comparación con 2011;

C.     Considerando que el Tribunal de Cuentas ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las cuentas anuales del Centro correspondientes al ejercicio 2012 son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares;

Seguimiento de la aprobación de la gestión 2011

1.      Recuerda que, en el ejercicio 2011, el Tribunal de Cuentas emitió una opinión con reservas sobre la legalidad y la regularidad de las cuentas porque el Centro no había respetado el importe máximo de un contrato marco de 2009, según el cual el Centro podía concluir contratos específicos con proveedores seleccionados hasta un importe máximo de 9 000 000 EUR; toma nota de que, al final de 2011, los pagos efectuados ascendían sin embargo a 12 200 000 EUR;

2.      Reconoce, a tenor de lo indicado por el Centro, que las medidas correctoras han sido aplicadas;

3.      Observa en el informe del Tribunal de Cuentas que pagos de 2012 por un importe de 5 200 000 EUR se derivan de fallos de ejercicios anteriores, cuando no se respetó el límite del contrato marco; señala, no obstante, que, en vista de las medidas correctoras adoptadas por el Centro en 2012, el Tribunal de Cuentas no ha formulado reservas en su opinión sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones este año;

Gestión presupuestaria y financiera

4.      Toma nota de que los esfuerzos de control del presupuesto durante el ejercicio 2012 dieron lugar a una tasa de ejecución del presupuesto del 93,91 %; toma nota asimismo de que la tasa de ejecución de los créditos de pago fue del 76,26 % y de que los porcentajes de ejecución presupuestaria fueron satisfactorios en el título I (gastos de personal) y el título II (gastos administrativos), situándose en el 97 % y el 80 %, respectivamente, de los créditos comprometidos;

5.      Reconoce, a tenor de lo indicado por el Tribunal de Cuentas, que en 2012 el Centro concedió subvenciones a instituciones de investigación y a particulares, y que el gasto total correspondiente a estas subvenciones ascendió a 752 000 EUR, lo que representa el 1,4 % de los gastos operativos de 2012; muestra su preocupación por el hecho de que el Centro no suele recabar de los beneficiarios ningún documento que justifique la subvencionabilidad y exactitud de los gastos declarados; toma nota de que, si bien el Centro adoptó una estrategia de verificación ex post cuya aplicación estaba prevista para 2012, todavía no se han realizado verificaciones ex post de los gastos de 2012 en subvenciones; reconoce que el Centro obtuvo en nombre del Tribunal de Cuentas documentación justificativa de las operaciones fiscalizadas que ofrecía garantías razonables en cuanto a su legalidad y regularidad;

6.      Recuerda que el Centro recibe fondos a través del presupuesto de la Comisión; pide, no obstante, al Centro que aclare en sus comunicaciones internas y externas que se financia con fondos procedentes del presupuesto de la Unión (subvención de la Unión) y no mediante una subvención de la Comisión;

Compromisos y prórrogas

7.      Toma nota de que la auditoría anual del Tribunal de Cuentas pone de manifiesto que el nivel de prórrogas relativo al título III es elevado, con 8 300 000 EUR; reconoce que estas prórrogas no se deben a retrasos en la aplicación del programa de trabajo anual del Centro, sino que reflejan la naturaleza plurianual de las actividades; toma nota de que el Centro ha aprobado un módulo de planificación presupuestaria ligado directamente a su programa de trabajo anual, y de que los pagos se planificaron y efectuaron con arreglo a necesidades operativas;

Transferencias

8.      Toma nota con satisfacción de que, de conformidad con el informe anual de actividades y con las constataciones del Tribunal de Cuentas, en 2012 el nivel y el carácter de las transferencias respetaban los límites de las normas financieras; felicita al Centro por su acertada programación financiera;

Procedimientos de adjudicación de contratos y de selección de personal

9.      Toma nota de que, por lo que se refiere a 2012, ni las muestras de operaciones ni otras constataciones de auditoría han dado lugar a la formulación de observaciones en el Informe anual de auditoría del Tribunal de Cuentas con respecto a los procedimientos de adjudicación de contratos del Centro;

10.    Toma nota de que, en su Informe anual de auditoría correspondiente a 2012, el Tribunal de Cuentas no formula observaciones con respecto a los procedimientos de selección de personal del Centro;

11.    Toma nota de que a finales de 2012 se habían cubierto 187 de los 200 puestos y trabajaban para el Centro 91 agentes contractuales y expertos nacionales en comisión de servicio; reconoce la mejora del índice de ocupación en comparación con 2011;

Prevención y gestión de conflictos de intereses y transparencia

12.    Reconoce que la Junta directiva del Centro adoptará en 2014 una versión revisada de la política global del Centro en materia de independencia;

13.    Observa que los currículos de los miembros de la Junta directiva y del Foro consultivo no están disponibles al público; pide al Centro que solucione urgentemente esta situación;

Auditoría interna

14.    Reconoce, a tenor de lo indicado por el Centro, que en 2012 el Servicio de Auditoría Interna (SAI) de la Comisión llevó a cabo una auditoría sobre la gestión de los recursos humanos con objeto de evaluar y proporcionar una garantía independiente sobre la idoneidad del diseño y la eficacia de la aplicación del sistema de control interno en relación con la gestión de los recursos humanos; toma nota de que en la auditoría se formuló una recomendación muy importante por lo que se refiere a indicadores de resultados para medir la consecución de los objetivos individuales (ya aplicados), así como seis recomendaciones que recibieron el calificativo de «importante», de las cuales ya se han aplicado cinco; toma nota, asimismo, de que está pendiente de aplicación una recomendación formulada en una auditoría de gestión financiera anterior;

Resultados

15.    Solicita que el Centro comunique los resultados y las repercusiones de su labor para los ciudadanos europeos de forma accesible, principalmente a través de su sitio web;

o

o         o

16.    Remite, en relación con las otras observaciones que acompañan su decisión de aprobación de la gestión, que son de carácter horizontal, a su Resolución de … de … de 2014[19] sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las Agencias.

23.1.2014

OPINIÓN de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria

para la Comisión de Control Presupuestario

sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades para el ejercicio 2012

(2013/2221(DEC))

Ponente de opinión: Jutta Haug

SUGERENCIAS

La Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria pide a la Comisión de Control Presupuestario, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de resolución que apruebe:

1.      Observa que, en 2012, se puso a disposición del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades la cantidad de 58,2 millones EUR a través del presupuesto general de la UE; desea resaltar que este importe representa el 0,042 % del presupuesto total de la UE; toma nota de que a finales de 2012 se habían cubierto 187 de los 200 puestos y trabajaban para el Centro 91 agentes contractuales y expertos nacionales en comisión de servicio; reconoce la mejora del índice de ocupación en comparación con 2011;

2.      Expresa su satisfacción por que el Tribunal de Cuentas haya anunciado que las operaciones subyacentes del Centro europeo para la prevención y el control de las enfermedades correspondientes al ejercicio 2012 son, en todos sus aspectos significativos, legales y regulares;

3.      Toma nota de los comentarios del Tribunal de Cuentas que se centran en la legalidad y la regularidad de las operaciones, en los controles internos y en la gestión presupuestaria; está al corriente, asimismo, de la respuesta del Centro; se muestra satisfecha porque el Centro mismo se pusiera en contacto con el Tribunal en octubre de 2011 para informar de que excedería el límite máximo de pagos estipulado en el contrato marco y solicitar consejo y asesoramiento sobre este asunto a fin de obrar con plena transparencia; considera adecuadas las medidas inmediatas adoptadas por el Centro en términos tanto de continuidad de su actividad como de medidas correctivas; toma nota de que no se perdieron fondos ni se perjudicó a las partes; observa que el Centro ha revisado su política de verificación de subvenciones a fin de garantizar la admisibilidad y la exactitud de los costes que se reclaman; es consciente de que el Centro lleva a cabo actividades de carácter plurianual, lo que ha dado lugar a prórrogas por un valor de 8,3 millones EUR; pide, no obstante, al Centro, que respete el principio de anualidad del presupuesto;

4.      Acoge con satisfacción los esfuerzos desplegados por el Centro para llevar a término todas las medidas correctivas adoptadas a raíz de los comentarios anteriores del Tribunal;

5.      Es consciente de que el Centro recibe fondos a través del presupuesto de la Comisión; pide, no obstante, al Centro que aclare en sus comunicaciones internas y externas que se financia con fondos procedentes del presupuesto de la UE (subvención de la UE) y no mediante una subvención de la Comisión;

6.      Recomienda que se evalué si la decisión de aprobación de la gestión debe basarse en las directrices de la OCDE, a fin de garantizar unas normas de contabilidad, auditoría y difusión de información financiera de elevada calidad y reconocidas a escala internacional; pide a las instituciones europeas que incorporen y se comprometan a introducir las directrices de la OCDE en un marco normativo común para todas las instituciones y órganos europeos, si la evaluación así lo recomienda;

7.        Recomienda, sobre la base de los datos disponibles, que se conceda al Director Ejecutivo del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto del Centro para el ejercicio 2012.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación

22.1.2014

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

50

10

1

Miembros presentes en la votación final

Elena Oana Antonescu, Sophie Auconie, Pilar Ayuso, Paolo Bartolozzi, Sandrine Bélier, Lajos Bokros, Franco Bonanini, Biljana Borzan, Yves Cochet, Spyros Danellis, Anne Delvaux, Bas Eickhout, Edite Estrela, Jill Evans, Karl-Heinz Florenz, Elisabetta Gardini, Gerben-Jan Gerbrandy, Matthias Groote, Françoise Grossetête, Satu Hassi, Jolanta Emilia Hibner, Karin Kadenbach, Martin Kastler, Christa Klaß, Claus Larsen-Jensen, Jo Leinen, Peter Liese, Kartika Tamara Liotard, Zofija Mazej Kukovič, Linda McAvan, Radvilė Morkūnaitė-Mikulėnienė, Miroslav Ouzký, Vladko Todorov Panayotov, Gilles Pargneaux, Antonyia Parvanova, Andrés Perelló Rodríguez, Pavel Poc, Anna Rosbach, Oreste Rossi, Dagmar Roth-Behrendt, Kārlis Šadurskis, Daciana Octavia Sârbu, Carl Schlyter, Horst Schnellhardt, Richard Seeber, Dubravka Šuica, Salvatore Tatarella, Thomas Ulmer, Glenis Willmott, Sabine Wils, Marina Yannakoudakis

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Gaston Franco, Jutta Haug, Filip Kaczmarek, Marusya Lyubcheva, Miroslav Mikolášik, Vittorio Prodi, Giancarlo Scottà, Alda Sousa, Vladimir Urutchev, Andrea Zanoni

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación

17.3.2014

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

16

2

1

Miembros presentes en la votación final

Marta Andreasen, Jean-Pierre Audy, Zuzana Brzobohatá, Martin Ehrenhauser, Jens Geier, Gerben-Jan Gerbrandy, Ingeborg Gräßle, Rina Ronja Kari, Monica Luisa Macovei, Jan Mulder, Eva Ortiz Vilella, Paul Rübig, Petri Sarvamaa, Bart Staes, Georgios Stavrakakis, Derek Vaughan

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Amelia Andersdotter, Markus Pieper

Suplente(s) (art. 187, apdo. 2) presente(s) en la votación final

Thomas Ulmer

  • [1]       DO C 365 de 13.12.2013, p. 89.
  • [2]       DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
  • [3]       DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.
  • [4]       DO L 142 de 30.4.2004, p. 1.
  • [5]       DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
  • [6]       DO L 328 de 7.12.2013, p. 42.
  • [7]       DO C 365 de 13.12.2013, p. 89.
  • [8]       DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
  • [9]       DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.
  • [10]     DO L 142 de 30.4.2004, p. 1.
  • [11]     DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
  • [12]     DO L 328 de 7.12.2013, p. 42.
  • [13]     DO C 365 de 13.12.2013, p. 89.
  • [14]     DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
  • [15]     DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.
  • [16]     DO L 142 de 30.4.2004, p. 1.
  • [17]     DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
  • [18]     DO L 328 de 7.12.2013, p. 42.
  • [19]     Textos Aprobados, P7_TA-PROV(2014)...