RECOMENDACIÓN PARA LA SEGUNDA LECTURA respecto de la Posición del Consejo en primera lectura con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al establecimiento de normas y procedimientos con respecto a la introducción de restricciones operativas relacionadas con el ruido en los aeropuertos de la Unión dentro de un enfoque equilibrado y que deroga la Directiva 2002/30/CE

10.4.2014 - (05560/2/2014 – C7‑0133/2014 – 2011/0398(COD)) - ***II

Comisión de Transportes y Turismo
Ponente: Jörg Leichtfried

Procedimiento : 2011/0398(COD)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A7-0274/2014
Textos presentados :
A7-0274/2014
Textos aprobados :

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO

respecto de la Posición del Consejo en primera lectura con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al establecimiento de normas y procedimientos con respecto a la introducción de restricciones operativas relacionadas con el ruido en los aeropuertos de la Unión dentro de un enfoque equilibrado y que deroga la Directiva 2002/30/CE

(05560/2/2014 – C7‑0133/2014 – 2011/0398(COD))

(Procedimiento legislativo ordinario: segunda lectura)

El Parlamento Europeo,

–       Vista la Posición del Consejo en primera lectura (05560/2/2014 – C7‑0133/2014),

–       Vistos los dictámenes motivados presentados por el Senado francés, el Bundesrat alemán y el Congreso de los Diputados neerlandés, de conformidad con lo dispuesto en el Protocolo n° 2 sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad, en los que se afirma que el proyecto de acto legislativo no respeta el principio de subsidiariedad,

–       Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 28 de marzo de 2012[1],

–       Visto el dictamen del Comité de las Regiones, de 19 de julio de 2012[2],

–       Vista su Posición en primera lectura[3] sobre la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2011)0828),

–       Visto el artículo 294, apartado 7, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–       Visto el artículo 72 de su Reglamento,

–       Vista la recomendación para la segunda lectura de la Comisión de Transportes y Turismo (A7-0274/2014),

1.      Aprueba la Posición del Consejo en primera lectura;

2.      Toma nota de la declaración de la Comisión adjunta a la presente Resolución;

3.      Constata que el acto ha sido adoptado con arreglo a la Posición del Consejo;

4.      Encarga a su Presidente que firme el acto, conjuntamente con el Presidente del Consejo, de conformidad con el artículo 297, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea;

5.      Encarga a su Secretario General que firme el acto, tras haber comprobado que se han cumplido en debida forma todos los procedimientos, y que proceda, de acuerdo con el Secretario General del Consejo, a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;

6.      Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.

  • [1]  DO C 181 de 21.6.2012, p. 173.
  • [2]  DO C 277 de 13.9.2012, p. 110.
  • [3]  Textos Aprobados de 12.12.2012, P7_TA(0496)2012.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

Declaración de la Comisión sobre la revisión de la Directiva 2002/49/CE

La Comisión está debatiendo con los Estados miembros el anexo II de la Directiva 2002/49/CE (métodos para el cálculo de los ruidos), con miras a adoptarla en el curso de los próximos meses.

Sobre la base de los trabajos que la OMS está realizando actualmente con relación a la metodología utilizada para evaluar las repercusiones en la salud del impacto del ruido, la Comisión tiene la intención de revisar el anexo III de la Directiva 2005/49/CE (estimación del impacto sobre la salud, curvas de dosis-respuesta).

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Reglamento en examen armoniza, precisa y refuerza aún más las normas comunes relativas a la toma de decisiones en lo que se refiere a las restricciones operativas relacionadas con el ruido en los aeropuertos de la UE, por ejemplo las restricciones sobre vuelos nocturnos. Estas normas, que se basan en los principios acordados por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y se conocen como «enfoque equilibrado», cubren, en particular, la evaluación y la gestión del ruido ocasionado por las aeronaves, y su objetivo es identificar la manera más rentable de acabar con este tipo de ruido en los aeropuertos individuales. El Reglamento solo se aplica a los aeropuertos más grandes, con más de 50 000 movimientos de aviones de reacción al año, sin fijar límites específicos de ruido, que siguen siendo competencia de las autoridades nacionales o locales.

A iniciativa del PE, las autoridades locales conservarían sus competencias para decidir sobre las medidas relacionadas con el ruido en los aeropuertos, como por ejemplo la prohibición de vuelos nocturnos. La Comisión se ha visto además obligada a abordar los aspectos del ruido ocasionado por la aviación civil relacionados con la salud y a revisar la Directiva 2002/49/CE sobre el ruido ambiental. Los objetivos del Parlamento se han alcanzado en gran medida en las negociaciones con el Consejo y la Comisión.

Tras la aprobación de la Posición en primera lectura del Parlamento el 12 de diciembre de 2012, se celebraron negociaciones informales para alcanzar un acuerdo rápido en segunda lectura el 27 de enero de 2014. El texto resultante de las negociaciones fue aprobado por la Comisión de Transportes y Turismo el 11 de febrero de 2014. Tras proceder a la verificación jurídico-lingüística, el Consejo adoptó su Posición en primera lectura, confirmando el acuerdo de 24 de marzo de 2014.

La Comisión de Transportes y Turismo recomienda que se apoye sin enmiendas la posición del Consejo en primera lectura y la declaración de la Comisión sobre la revisión de la Directiva 2002/49/CE. La declaración se publicará junto con el acto legislativo definitivo.

PROCEDIMIENTO

Título

Introducción de restricciones operativas relacionadas con el ruido en los aeropuertos de la Unión dentro de un enfoque equilibrado

Referencias

05560/2/2014 – C7-0133/2014 – 2011/0398(COD)

Fecha 1ª lectura PE – Número P

12.12.2012                     T7-0496/2012

Propuesta de la Comisión

COM(2011)0828 - C7-0456/2011

Fecha del anuncio en el Pleno de la recepción de la Posición del Consejo en primera lectura

2.4.2014

Comisión competente para el fondo

       Fecha del anuncio en el Pleno

TRAN

2.4.2014

 

 

 

Ponente(s)

       Fecha de designación

Jörg Leichtfried

10.1.2012

 

 

 

Fecha de aprobación

10.4.2014

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

20

4

0

Miembros presentes en la votación final

Georges Bach, Izaskun Bilbao Barandica, Michael Cramer, Philippe De Backer, Christine De Veyrac, Saïd El Khadraoui, Ismail Ertug, Knut Fleckenstein, Mathieu Grosch, Dieter-Lebrecht Koch, Eva Lichtenberger, Gesine Meissner, Hubert Pirker, Dominique Riquet, Brian Simpson, Silvia-Adriana Ţicău, Giommaria Uggias, Artur Zasada

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Spyros Danellis, Isabelle Durant, Michael Gahler, Zita Gurmai, Alfreds Rubiks, Sabine Wils

Fecha de presentación

10.4.2014