RECOMENDACIÓN sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la renovación del Acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y Ucrania

19.11.2014 - (11047/2014 – C8-0114/2014 – 2014/0154(NLE)) - ***

Comisión de Industria, Investigación y Energía
Ponente: Jerzy Buzek
(Procedimiento simplificado – artículo 50, apartado 1, del Reglamento)

Procedimiento : 2014/0154(NLE)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A8-0039/2014
Textos presentados :
A8-0039/2014
Debates :
Textos aprobados :

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la renovación del Acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y Ucrania

(11047/2014 – C8-0114/2014 – 2014/0154(NLE))

(Aprobación)

El Parlamento Europeo,

–       Vista la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la renovación del Acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y Ucrania (11047/2014),

–       Visto el Acuerdo de Cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y Ucrania[1],

–       Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 186 y con el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), inciso v), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C8-0114/2014),

–       Vistos el artículo 99, apartado 1, párrafos primero y tercero, el artículo 99, apartado 2, el artículo 108, apartado 7, así como el artículo 50, apartado 1, de su Reglamento,

–       Vista la recomendación de la Comisión de Industria, Investigación y Energía (A7-0039/2014),

1.      Concede su aprobación a la renovación del Acuerdo;

2.      Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y de Ucrania.

  • [1]               DO L 36 de 12.2.2003, p. 32.

BREVE JUSTIFICACIÓN

El contenido material del Acuerdo renovado será idéntico al del Acuerdo actual, que expira el 7 de noviembre de 2014.

La presente iniciativa permitirá a ambas Partes mejorar e intensificar su cooperación en áreas científicas y tecnológicas de interés común y hará posibles un mayor intercambio de conocimientos específicos y la transferencia de conocimientos técnicos en beneficio de las comunidades científicas, el sector industrial y los ciudadanos.

Los servicios de la Comisión supervisarán regularmente todas las actividades realizadas en el marco del Acuerdo, lo que incluirá una revisión por la UE. La revisión constará de los siguientes elementos:

a) indicadores de rendimiento: número de propuestas presentadas por Ucrania para el programa específico en comparación con el número de propuestas seleccionadas para su financiación en virtud del programa;

b) recopilación de datos: basada en información sobre el programa específico del Programa Marco y en información facilitada por Ucrania al Comité Mixto Comunidad-Ucrania previsto en el artículo 6 del Acuerdo.

El Acuerdo se basa en los principios de beneficio mutuo, de acceso recíproco a programas y actividades de la otra Parte vinculados con el objeto del Acuerdo, de no discriminación, de protección eficaz de la propiedad intelectual, de distribución equitativa de los DPI y de explotación eficaz de los resultados. La renovación del Acuerdo supondrá un aumento del conocimiento científico, lo que se traduce en oportunidades de acceso al mercado.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Procedimiento simplificado - fecha de la decisión

24.9.2014

Fecha de aprobación

17.11.2014