INFORME sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea, de conformidad con el apartado 11 del Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (catástrofes en Bulgaria y Grecia en 2015)

17.9.2015 - (COM(2015)0370 – C8-0198/2015 – 2015/2151(BUD))

Comisión de Presupuestos
Ponente: Andrey Novakov

Procedimiento : 2015/2151(BUD)
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Ciclo relativo al documento :  
A8-0253/2015
Textos presentados :
A8-0253/2015
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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea, de conformidad con el apartado 11 del Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (catástrofes en Bulgaria y Grecia en 2015)

(COM(2015)0370 – C8-0198/2015 – 2015/2151(BUD))

El Parlamento Europeo,

–       Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2015)0370 – C8-0198/2015),

–       Visto el Reglamento (CE) nº 2012/2002 del Consejo, de 11 de noviembre de 2002, por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea[1],

–       Visto el Reglamento (UE, Euratom) nº 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020[2], y en particular su artículo 10,

–       Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera[3], y en particular su apartado 11,

–       Vista la carta de la Comisión de Desarrollo Regional,

–       Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A8-0253/2015),

1.      Aprueba la Decisión adjunta a la presente Resolución;

2.      Encarga a su Presidente que firme esta Decisión, conjuntamente con el Presidente del Consejo, y disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;

3.      Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución, incluido su anexo, al Consejo y a la Comisión.

ANEXO: DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

relativa a la movilización del Fondo de Solidaridad de la UE

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) nº 2012/2002 del Consejo, de 11 de noviembre de 2002, por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea[4], y en particular su artículo 4, apartado 3,

Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera[5], y en particular su apartado 11,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)         El propósito del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (el «Fondo») es que la Unión pueda responder de manera rápida, eficiente y flexible a las situaciones de emergencia y solidarizarse con la población de las regiones afectadas por catástrofes.

(2)         El importe máximo del Fondo no excederá de 500 millones EUR (a precios de 2011), según lo establecido en el artículo 10 del Reglamento (UE, Euratom) nº 1311/2013 del Consejo[6].

(3)         Bulgaria ha presentado una solicitud de movilización del Fondo en relación con catástrofes ocasionadas por unas condiciones invernales extremas.

(4)         Grecia ha presentado dos solicitudes de movilización del Fondo en relación con catástrofes ocasionadas por inundaciones.

(5)         La Comisión ha considerado que las solicitudes cumplen las condiciones para la concesión de ayuda con cargo al Fondo establecidas en el Reglamento (CE) nº 2012/2002.

(6)         En consecuencia, debe movilizarse el Fondo con objeto de proporcionar una contribución financiera para la totalidad del importe de 16 274 765 EUR con respecto a las solicitudes presentadas por Bulgaria y Grecia.

(7)         Hay margen para la reasignación de créditos de conformidad con lo dispuesto en la segunda frase del apartado 11 del Acuerdo Interinstitucional de 2 de diciembre de 2013. Los créditos para los anticipos para el ejercicio 2015 se han utilizado de forma muy limitada en el caso de las tres solicitudes que constituyen el objeto de la presente Decisión y para las cuales el saldo restante que queda por abonar es de 14 647 288 EUR. Por consiguiente, el importe total para la movilización se financiará mediante la reasignación de los créditos para anticipos disponibles en el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2015 y no se necesitan créditos adicionales.

(8)         Con el fin de reducir al mínimo el tiempo necesario para movilizar el Fondo, la presente Decisión debe aplicarse a partir de la fecha de su adopción.

HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el marco del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2015, se movilizará el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea por un importe de 16 274 765 EUR en créditos de compromiso y de pago .

El importe total de esta movilización se financiará mediante la utilización de los créditos movilizados por la Decisión (UE) 2015/422 del Parlamento Europeo y del Consejo[7] para el pago de anticipos en el marco del presupuesto de la Unión para el ejercicio 2015 disponibles en la línea presupuestaria 13 06 01. Los créditos que figuran en esa línea presupuestaria en concepto de anticipos se reducirán en consecuencia.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la

Unión Europea. Será aplicable a partir del... [fecha de su aprobación] [fecha a insertar por el Parlamento antes de la publicación en el DO].

Hecho en Bruselas, el

Por el Parlamento Europeo                         Por el Consejo

El Presidente                                                El Presidente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Comisión propone movilizar el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (FSUE), sobre la base del apartado 11 del Acuerdo interinstitucional de 2 de diciembre de 2013, para conceder ayuda financiera en relación con una catástrofe natural en Bulgaria (provocada por las duras condiciones climatológicas invernales y clasificada como «catástrofe natural grave» de acuerdo con el FSUE) y con dos catástrofes naturales en Grecia (inundaciones en Evros y en Grecia Central, ambas clasificadas como «catástrofes regionales» de acuerdo con el FSUE) que sucedieron a principios de 2015.

La Comisión ha llevado a cabo un riguroso examen de las tres solicitudes de conformidad con el Reglamento (CE) nº 2012/2002 del Consejo, por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea, modificado por el Reglamento (UE) nº 661/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, y, en particular, sus artículos 2, 3 y 4.

Bulgaria - Duras condiciones climatológicas invernales

Una gran parte de Bulgaria se vio afectada por lluvias torrenciales, nieve, inundaciones y desprendimientos a finales de enero y durante principios de febrero de 2015, que perjudicaron en mayor medida a la región sureste. Estos acontecimientos afectaron considerablemente a infraestructuras públicas, como diques, redes de comunicación y carreteras, así como a empresas, domicilios particulares y bienes (solo en la ciudad de Burgas se inundaron más de 300 edificios) y provocaron daños en el sector agrícola y los bosques.

Las autoridades búlgaras han calculado el daño directo total causado por la catástrofe en 243,305 millones de euros. Puesto que este importe representa el 0,622 % de la RNB de Bulgaria o el 103,6 % del umbral de 234,871 millones de euros para «catástrofes graves» aplicable a Bulgaria en 2015 (esto es, el 0,6 % de su RNB calculado en función de los datos de 2013 para movilizar el FSUE), esta catástrofe entra en la calificación de «catástrofe natural grave» de conformidad con el artículo 2, apartado 2, del Reglamento.

La solicitud de Bulgaria se recibió el 24 de abril de 2015, dentro del plazo de doce semanas a partir del 30 de enero de 2015, fecha en que se registraron los primeros daños.

La ayuda financiera solamente puede utilizarse para llevar a cabo operaciones urgentes de primera necesidad y de recuperación, según lo previsto en el artículo 3 del Reglamento. El coste de las operaciones urgentes de primera necesidad subvencionables ha sido estimado por las autoridades búlgaras en 239,225 millones de euros. Esta cantidad desproporcionadamente elevada (más del 98 % de los daños totales comunicados) se explica por el alto porcentaje de daños públicos, junto con la incapacidad de las autoridades locales de evaluar los daños privados adecuadamente dentro de las doce semanas de plazo para enviar la solicitud. Por lo tanto, la gran mayoría de los daños privados no están incluidos en la solicitud. La mayor parte de los costes comprende operaciones urgentes de recuperación (más de 97 millones de euros incluyen infraestructuras de prevención y seguridad). Se solicitan más de 46 millones para recuperar las infraestructuras de transporte.

Las regiones afectadas pertenecen a la categoría de «regiones menos desarrolladas» de acuerdo con los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (2014-2020). Las autoridades búlgaras no han señalado a la Comisión tener intención de redistribuir financiación proveniente del programa de los Fondos EIE para Bulgaria con el objetivo de financiar medidas de recuperación.

A petición de Bulgaria, la Comisión abonó un anticipo de 637 782 euros, es decir, el 10 % de la contribución financiera anticipada, de conformidad con el artículo 4 bis, apartado 2, del Reglamento. Esta cantidad ya ha sido utilizada por el Gobierno búlgaro en operaciones urgentes de recuperación de las infraestructuras de transporte, de evacuación del agua, de prevención y de seguridad.

Grecia - Inundaciones en Evros y en las regiones central y occidental

Las inundaciones generalizadas en Macedonia Oriental -Tracia a principios de febrero de 2015 provocaron daños en infraestructuras básicas, edificios públicos, domicilios particulares, empresas y a la agricultura griega, destruyendo infraestructuras agrícolas, almacenes y cosechas. El suministro de agua y las infraestructuras de alcantarillado se vieron afectados en diecisiete emplazamientos. Paralelamente, grandes zonas de Grecia central y occidental se vieron afectadas por otra serie de inundaciones que causaron aún más daños y provocaron fallos en el suministro eléctrico, el aislamiento de numerosos asentamientos en zonas de montaña y la destrucción de algunos bienes del patrimonio cultural griego.

Puesto que el origen meteorológico de ambos acontecimientos es el mismo, ambas solicitudes se unieron y se trataron como una única catástrofe regional, de acuerdo con el artículo 2, apartado 3, del Reglamento. En total, cinco regiones de nivel NUTS 2 se vieron afectadas por la catástrofe: la región de Macedonia Oriental - Tracia (inundaciones de Evros) y las regiones de Epiro, Grecia Occidental, Grecia Central y Tesalia (inundaciones de Grecia central y occidental).

Ambas solicitudes se presentaron el 23 de abril de 2015, dentro del plazo requerido de doce semanas tras registrarse los primeros daños (el 1 de febrero en las regiones central y occidental y el 4 de febrero de 2015 en Evros).

Los daños directos acumulados causados por los acontecimientos se estiman en 395,878 millones de euros (132,454 millones en Evros y 263,424 millones en Grecia central y occidental). En función de estos datos, este acontecimiento no alcanza el umbral aplicable en Grecia en 2015 para considerarse «catástrofe grave» (que es de 1 091,315 millones de euros o del 0,6 % de su RNB de 2013). No obstante, los daños directos totales representan el 4,78 % de la media ponderada de la RNB de las cinco regiones de nivel NUTS 2 afectadas, por lo que sobrepasa ampliamente el umbral de 1,5 % de media de la RNB regional y, por lo tanto, entra en la calificación de catástrofe natural regional.

El coste de las operaciones urgentes de primera necesidad subvencionables ha sido estimado por las autoridades griegas en 308,445 millones de euros, correspondiente en su mayoría al sector del transporte. Las regiones afectadas son «regiones menos desarrolladas» de acuerdo con los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (2014-2020). Las autoridades griegas no han señalado a la Comisión tener intención de redistribuir financiación proveniente del programa de los Fondos EIE para financiar medidas de recuperación.

A petición de Grecia, se abonó un anticipo del 10 % de la contribución financiera anticipada del FSUE, esto es, un importe de 331 135 euros para Evros y de 658 560 euros para Grecia central y occidental.

Conforme se ha hecho hasta ahora, la Comisión propone aplicar en ambos casos un 2,5 % del total de los daños directos para todos los daños por debajo del umbral y un 6 % para los daños por encima del umbral (solo en el caso de Bulgaria).

La Comisión propone ayudas por los importes siguientes:

Catástrofe

Daños directos

(millones de €)

Umbral para catástrofes regionales aplicado (millones de €)

Umbral para catástrofes graves

(millones de €)

Coste total de las operaciones subvencionables

(millones de €)

2,5 % de los daños directos por debajo del umbral (€)

6 % de los daños directos por encima del umbral (€)

Importe total de la ayuda propuesta (€)

BULGARIA

243,305

-

234,871

239,225

5 871 775

506 040

6 377 815

GRECIA

395,878

124,354

1 091,315

308,445

9 896 950

-

9 896 950

TOTAL

 

 

 

 

 

 

16 274 765

Tras deducir los anticipos ya abonados equivalentes al 10 % (637 782 euros para Bulgaria y 989 695 euros para Grecia), la cantidad que queda por abonar es de 14 647 288 euros (de los cuales, 5 740 033 euros para Bulgaria y 8 907 255 euros para Grecia).

Cuando se adoptó el presupuesto 2015, se consignó la cantidad de 50 millones de euros en créditos de compromiso y de pago para financiar el pago de anticipos. De conformidad con el apartado 11 del Acuerdo interinstitucional, que contempla la posibilidad de reasignar créditos, la Comisión propone movilizar el Fondo de Solidaridad basándose en esta cantidad que ya ha sido movilizada, destinada específicamente para el pago de los anticipos, para pagar el saldo restante de 14 647 288 euros.

De esta forma, la movilización propuesta no requerirá enmiendas al presupuesto 2015. Por lo tanto, la Comisión no tiene intención de presentar un proyecto de presupuesto rectificativo.

Esta operación dejará un total de 33 725 235 euros disponibles para pagar, si fuera necesario, los posibles anticipos adicionales en 2015, una cantidad que la Comisión considera suficiente para cubrir cualquier posible solicitud nueva que se pudiera recibir durante los meses restantes de 2015.

Esta es la segunda decisión en materia de movilización en 2015 y el importe total de la ayuda propuesta cumple las disposiciones acerca del límite máximo del Fondo de Solidaridad de la UE, tal y como se establece en el Reglamento MFP, de 541,2 millones de euros (es decir, 500 millones de euros a precios de 2011).

De conformidad con el apartado 11 del Acuerdo interinstitucional de 2 de diciembre de 2013, en caso de desacuerdo entre el Parlamento y el Consejo sobre estas propuestas, la Comisión iniciará un procedimiento de negociación tripartita con el fin de obtener el acuerdo de las dos ramas de la Autoridad Presupuestaria sobre la necesidad de recurrir al Fondo y sobre el importe requerido.

Según un acuerdo interno con la Comisión de Desarrollo Regional (REGI), esta comisión debe estar asociada al proceso a fin de apoyar de manera constructiva la aplicación del Fondo de Solidaridad de la UE. Tras la evaluación de las solicitudes, la Comisión REGI del Parlamento Europeo expresó su punto de vista sobre la movilización del Fondo, que se recoge en la carta de opinión adjunta al presente informe.

El ponente recomienda la aprobación de la propuesta de Decisión de la Comisión adjunta al presente informe por los siguientes motivos:

•   ambos casos cumplen los criterios del Fondo de Solidaridad europeo;

•   la naturaleza de las catástrofes, su enorme alcance y su profundo impacto en las comunidades y economías locales;

•   los daños han afectado profundamente a las regiones, no solo a la infraestructura pública (suministro de agua, alcantarillado e infraestructura eléctrica) sino también a propiedades privadas, empresas, terrenos agrícolas y bosques;

ANEXO – CARTA DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO REGIONAL

Jean ARTHUIS

Presidente

Comisión de Presupuestos

Parlamento Europeo

Señor presidente:

Asunto:            Movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea en favor de Bulgaria y Grecia

La Comisión Europea ha presentado al Parlamento Europeo su propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la movilización del Fondo de Solidaridad de la UE (COM(2015)0370), sobre la base de las solicitudes de movilización del Fondo presentadas por Bulgaria y Grecia en relación con tres catástrofes ocurridas en sus territorios durante 2015.

La Comisión propone la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea y estima los daños causados por cada catástrofe y por país de la siguiente manera:

Catástrofe

Daños directos

(millones de €)

Umbral para catástrofes regionales aplicado (millones de €)

Umbral para catástrofes graves

(millones de €)

Coste total de las operaciones subvencionables

(millones de €)

2,5 % de los daños directos por debajo del umbral (€)

6 % de los daños directos por encima del umbral (€)

Importe total de la ayuda propuesta (€)

 

 

BULGARIA

243,305

-

234,871

239,225

5 871 775

506 040

6 377 815

GRECIA

395,878

124,354

1 091,315

308,445

9 896 950

-

9 896 950

TOTAL

 

 

 

 

 

 

16 274 765

A la luz del examen de las solicitudes y teniendo en cuenta el máximo de subvención que puede conceder el Fondo, la Comisión propone que se movilice el Fondo para estos dos casos utilizando 16 274 765 EUR de los 50 000 000 EUR específicamente destinados para anticipos con cargo al presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2015.

Los coordinadores de la comisión han evaluado esta propuesta y me han pedido que le escriba para informarle de que la mayoría de esta comisión no plantea objeciones a esta movilización del Fondo de Solidaridad de la UE para asignar el importe mencionado según la propuesta de la Comisión.

Le saluda atentamente,

Iskra MIHAYLOVA

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación

14.9.2015

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

24

1

0

Miembros presentes en la votación final

Nedzhmi Ali, Reimer Böge, Lefteris Christoforou, Jean-Paul Denanot, Gérard Deprez, José Manuel Fernandes, Eider Gardiazabal Rubial, Jens Geier, Ingeborg Gräßle, Monika Hohlmeier, Carlos Iturgaiz, Bernd Kölmel, Zbigniew Kuźmiuk, Ernest Maragall, Clare Moody, Siegfried Mureşan, Liadh Ní Riada, Jan Olbrycht, Younous Omarjee, Urmas Paet, Indrek Tarand, Daniele Viotti, Marco Zanni

Suplentes presentes en la votación final

Andrey Novakov

Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final

Raymond Finch

  • [1]  DO L 311 de 14.11.2002, p. 3.
  • [2]  DO L 347 de 20.12.2013, p. 884.
  • [3]  DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.
  • [4]  Reglamento (CE) nº 2012/2002 del Consejo, de 11 de noviembre de 2002, por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (DO L 311 de 14.11.2002, p. 3).
  • [5]  DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.
  • [6]  Reglamento (UE, Euratom) nº 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para
    el período 2014-2020 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 884).
  • [7]  Decisión (UE) 2015/422 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2014, sobre la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (DO L 68 de 13.3.2015, p. 47).