INFORME sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea para el ejercicio 2014

7.4.2016 - (2015/2178(DEC))

Comisión de Control Presupuestario
Ponente: Derek Vaughan

Procedimiento : 2015/2178(DEC)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A8-0098/2016
Textos presentados :
A8-0098/2016
Textos aprobados :

1. PROPUESTA DE DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea para el ejercicio 2014

(2015/2178(DEC))

El Parlamento Europeo,

–  Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea relativas al ejercicio 2014,

–  Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea relativas al ejercicio 2014, acompañado de las respuestas de la Agencia[1],

–  Vista la declaración[2] sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes, presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2014 de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Vista la Recomendación del Consejo, de 12 de febrero de 2016, sobre la aprobación de la gestión de la Agencia relativa a la ejecución del presupuesto correspondiente al ejercicio 2014 (05584/2016 – C8-0076/2016),

–  Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.º 1605/2002 del Consejo[3], y en particular su artículo 208,

–  Visto el Reglamento (UE) n.º 526/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo a la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea (ENISA) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 460/2004[4], y en particular su artículo 21,

–  Visto el Reglamento (CE, Euratom) n.º 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) n.º 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas[5],

–  Visto el Reglamento Delegado (UE) n.º 1271/2013 de la Comisión, de 30 de septiembre de 2013, relativo al Reglamento Financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 208 del Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo[6], y en particular su artículo 108,

–  Vistos el artículo 94 y el anexo V de su Reglamento,

–  Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A8-0098/2016),

1.  Aprueba la gestión del director ejecutivo de la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea en la ejecución del presupuesto de la Agencia para el ejercicio 2014;

2.  Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;

3.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de ella al director ejecutivo de la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

2. PROPUESTA DE DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre el cierre de las cuentas de la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea relativas al ejercicio 2014

(2015/2178(DEC))

El Parlamento Europeo,

–  Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea relativas al ejercicio 2014,

–  Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea relativas al ejercicio 2014, acompañado de las respuestas de la Agencia[7],

–  Vista la declaración[8] sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes, presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2014 de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Vista la Recomendación del Consejo, de 12 de febrero de 2016, sobre la aprobación de la gestión de la Agencia relativa a la ejecución del presupuesto correspondiente al ejercicio 2014 (05584/2016 – C8-0076/2016),

–  Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.º 1605/2002 del Consejo[9], y en particular su artículo 208,

–  Visto el Reglamento (UE) n.º 526/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo a la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea (ENISA) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 460/2004[10], y en particular su artículo 21,

–  Visto el Reglamento (CE, Euratom) n.º 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) n.º 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas[11],

–  Visto el Reglamento Delegado (UE) n.º 1271/2013 de la Comisión, de 30 de septiembre de 2013, relativo al Reglamento Financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 208 del Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo[12], y en particular su artículo 108,

–  Vistos el artículo 94 y el anexo V de su Reglamento,

–  Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A8-0098/2016),

1.  Toma nota de que las cuentas anuales definitivas de la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea se presentan como figuran en el anexo al Informe del Tribunal de Cuentas;

2.  Aprueba el cierre de las cuentas de la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea relativas al ejercicio 2014;

3.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión al director ejecutivo de la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

3. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea para el ejercicio 2014

(2015/2178(DEC))

El Parlamento Europeo,

–  Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea para el ejercicio 2014,

–  Vistos el artículo 94 y el anexo V de su Reglamento,

–  Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A8-0098/2016),

A.  Considerando que, de conformidad con sus estados financieros, el presupuesto definitivo de la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea (en lo sucesivo, «la Agencia») para el ejercicio 2014 ascendió a 9 708 297 EUR, lo que representa un aumento del 0,39 % en comparación con 2013;

B.  Considerando que la contribución de la Unión al presupuesto de la Agencia para el ejercicio 2014 ascendió a 8 820 666 EUR, lo que representa un aumento del 0,05 % en comparación con 2013;

C.  Considerando que el Tribunal de Cuentas (en lo sucesivo, «el Tribunal»), en su Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea relativas al ejercicio 2014 (en lo sucesivo, «el Informe del Tribunal»), declara haber obtenido garantías razonables sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Agencia y la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes;

Presupuesto y gestión financiera

1.  Observa que los esfuerzos de seguimiento presupuestario realizados a lo largo del ejercicio 2014 permitieron alcanzar un alto porcentaje de ejecución presupuestaria del 100 % y que el porcentaje de ejecución de los créditos de pago fue del 85,61 %;

Compromisos y prórrogas

2.  Observa que el importe total de los créditos de compromiso prorrogados a 2015 ascendió a 1 332 421 EUR (el 15 % del total de los créditos); toma nota de que las prórrogas se elevaron a 621 981 EUR (49 %) en el título II (gastos administrativos), lo que supone un descenso del 10 % en comparación con el ejercicio anterior; observa que estas prórrogas corresponden a inversiones en infraestructuras informáticas encargadas según lo previsto a finales de año para las dos oficinas de la Agencia;

3.  Toma nota de que se prorrogó un importe de 717 927 EUR del ejercicio financiero 2013; observa que se cancelaron 49 460 EUR (6,89 %) de las prórrogas de 2013;

Transferencias

4.  Observa con satisfacción que del informe anual de actividades de la Agencia y de las conclusiones del Tribunal de Cuentas se desprende que el nivel y la naturaleza de las trasferencias realizadas en 2013 se mantuvieron dentro de los límites establecidos por las normas financieras;

Procedimientos de contratación pública y de selección de personal

5.  Toma nota de que, según el informe anual de actividades de la Agencia, a finales de 2014 el personal estatutario ascendía a 62 agentes; observa, asimismo, que durante 2014 tres agentes abandonaron la Agencia, se publicaron diez anuncios de puestos vacantes y se contrató a siete agentes;

6.  Toma nota de que la Agencia tiene problemas para atraer y conservar a personal suficientemente cualificado para llevar a cabo sus actividades debido, en particular, a que su sede se encuentra en Creta, donde la falta de escuelas internacionales es un problema; observa que la Agencia celebró un acuerdo de nivel de servicio con las escuelas privadas en las que están escolarizados los hijos del personal de la oficina de Atenas, ya que dicha ciudad no cuenta con una escuela europea; toma nota, asimismo de que la Comisión y la Agencia celebraron un nuevo convenio de mandato y de servicio en el que se detalla la financiación de las escuelas europeas en las que están escolarizadas los hijos del personal de la Agencia;

7.  Constata que, según el informe anual de actividades de la Agencia, esta realizó en 2014, por primera vez, un análisis de los puestos de trabajo utilizando la metodología común adoptada para las agencias; toma nota, asimismo, de que, según dicho análisis, el 68 % de los agentes de la Agencia realizaban funciones operativas; el 22 %, funciones de apoyo de carácter administrativo y de coordinación; y el 10 % estaba empleado en relación con funciones neutras;

Auditoría interna

8.  Observa que a principios de 2014 la Agencia tenía pendientes 25 recomendaciones de informes anteriores del Servicio de Auditoría Interna de la Comisión (SAI); toma nota de que en el transcurso de 2014 se abordaron 24 recomendaciones, tal y como confirmó el SAI en su visita a la Agencia en noviembre de 2014; señala que la recomendación pendiente se abordó en 2015 tras la entrada en funcionamiento del instrumento relacionado con el flujo de trabajo electrónico;

Otros comentarios

9.  Observa que la Agencia adoptó políticas internas para mejorar la relación coste/eficacia y el impacto medioambiental de sus instalaciones; toma nota de que un paso importante para cumplir estas exigencias fue la adopción de una plataforma «sin soporte papel» para gestionar el flujo de trabajo y los documentos internos; acoge con satisfacción que la Agencia haya eliminado prácticamente la totalidad de los flujos de trabajo en papel, incluidas las transacciones financieras y los expedientes y los documentos relacionados con los recursos humanos, y los haya sustituido por documentos y flujos de trabajo electrónicos de cara a un entorno de trabajo sin papel; señala que esta herramienta se introdujo con éxito en enero de 2015;

10.  Afirma que los informes anuales de la Agencia podrían desempeñar un papel importante en el cumplimiento de las obligaciones de transparencia, rendición de cuentas e integridad; pide a la Agencia que incluya un capítulo estándar sobre esos aspectos en su informe anual;

11.  Observa que, a raíz de la aprobación de la gestión de la Agencia en relación con el ejercicio 2013, y que, con arreglo al contrato de arrendamiento entre las autoridades griegas, la Agencia y el propietario, las autoridades griegas pagan el alquiler de las oficinas de Atenas; expresa su preocupación por que el pago de este alquiler se realice siempre tarde, como ha seguido siendo el caso en 2014 y 2015, lo que representa riesgos importantes para la reputación, la continuidad de las actividades y la estabilidad financiera de la Agencia; expresa su preocupación por que en 2015 el pago del alquiler correspondiente al primer semestre del año se realizase el 27 de agosto de 2015, después de que la Agencia hubiese recibido un aviso de que el propietario de la oficina de Atenas tenía intención de entablar un litigio; insta a la Comisión, a la Agencia y a las autoridades griegas a que encuentren una solución a este tema para reducir de manera significativa los riesgos a los que está expuesta la Agencia;

°

°  °

12.  Remite, para otras observaciones transversales anejas a la Decisión sobre la aprobación de la gestión, a su Resolución de [xx xxxx de 2016][13] [sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las agencias].).

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINALEN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

Fecha de aprobación

4.4.2016

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

15

4

0

Miembros presentes en la votación final

Louis Aliot, Inés Ayala Sender, Dennis de Jong, Martina Dlabajová, Ingeborg Gräßle, Verónica Lope Fontagné, Monica Macovei, Dan Nica, Gilles Pargneaux, Georgi Pirinski, Petri Sarvamaa, Claudia Schmidt, Bart Staes, Marco Valli, Derek Vaughan, Anders Primdahl Vistisen, Tomáš Zdechovský

Suplentes presentes en la votación final

Marian-Jean Marinescu

Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final

Bodil Valero

  • [1]  DO C 409 de 9.12.2015, p. 223.
  • [2]  DO C 409 de 9.12.2015, p. 223.
  • [3]  DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.
  • [4]  DO L 165 de 18.6.2013, p. 41.
  • [5]  DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
  • [6]  DO L 328 de 7.12.2013, p. 42.
  • [7]  DO C 409 de 9.12.2015, p. 223.
  • [8]  DO C 409 de 9.12.2015, p. 223.
  • [9]  DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.
  • [10]  DO L 165 de 18.6.2013, p. 41.
  • [11]  DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
  • [12]  DO L 328 de 7.12.2013, p. 42.
  • [13]  Textos Aprobados de esa fecha, P8_TA-PROV(2016)0000.