INFORME sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea

29.9.2016 - (COM(2016)0462 – C8-0283/2016 – 2016/2165(BUD))

Comisión de Presupuestos
Ponente: Georgios Kyrtsos

Procedimiento : 2016/2165(BUD)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A8-0270/2016
Textos presentados :
A8-0270/2016
Debates :
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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea

(COM(2016)0462 – C8-0283/2016 – 2016/2165(BUD))

El Parlamento Europeo,

–  Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2016)0462 – C8-0283/2016),

  Visto el Reglamento (CE) n.º 2012/2002 del Consejo, de 11 de noviembre de 2002, por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea[1],

  Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020[2], y en particular su artículo 10,

  Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera[3], y en particular su apartado 11,

  Vista la carta de la Comisión de Desarrollo Regional,

  Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A8-0270/2016),

1.  Aprueba la Decisión adjunta a la presente Resolución;

2.  Encarga a su Presidente que firme esta Decisión, conjuntamente con el Presidente del Consejo, y disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;

3.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución, incluido su anexo, al Consejo y a la Comisión.

  • [1]  DO L 311 de 14.11.2002, p. 3.
  • [2]  DO L 347 de 20.12.2013, p. 884.
  • [3]  DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.

ANEXO: DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

relativa a la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea para prestar asistencia a Grecia

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.º 2012/2002 del Consejo, de 11 de noviembre de 2002, por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea[1], y en particular su artículo 4, apartado 3,

Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera[2], y en particular su apartado 11,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)  El propósito del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea («el Fondo») es que la Unión pueda responder de manera rápida, eficiente y flexible a las situaciones de emergencia con el fin de solidarizarse con la población de las regiones afectadas por catástrofes.

(2)  El importe máximo del Fondo no excederá de 500 000 000 EUR (a precios de 2011), según lo establecido en el artículo 10 del Reglamento (UE, Euratom) n.º 1311/2013 del Consejo[3].

(3)  El 5 de febrero de 2016, Grecia presentó una solicitud para movilizar el Fondo tras un seísmo que afectó a las Islas Jónicas en noviembre de 2015.

(4)  La solicitud de Grecia cumple las condiciones para aportar una contribución financiera del Fondo con arreglo a lo establecido en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.º 2012/2002.

(5)  El Fondo debe, por consiguiente, movilizase para facilitar una contribución financiera a Grecia.

(6)  Mediante la Decisión (UE) 2016/252 del Parlamento Europeo y del Consejo[4], se movilizó el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea por un importe de 50 000 000 EUR en créditos de compromiso y de pago para el pago de anticipos para el ejercicio 2016. Estos créditos solo se han utilizado de forma muy limitada. Por consiguiente, existe margen para financiar el importe total de esta movilización mediante la reasignación de créditos disponibles para el pago de anticipos en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2016.

(7)  Con el fin de reducir al mínimo el tiempo necesario para movilizar el Fondo, la presente Decisión debe aplicarse a partir de la fecha de su adopción.

HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el marco del presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2016, se movilizará el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea por un importe de 1 651 834 EUR para Grecia en créditos de compromiso y de pago.

El importe total de la movilización a que se refiere el párrafo primero se financiará mediante créditos movilizados para el pago de anticipos en el presupuesto de la Unión para el ejercicio 2016, y la cantidad disponible en concepto de anticipos se reducirá en consecuencia.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será aplicable a partir del [fecha de su adopción].*

[5]Por el Parlamento Europeo  Por el Consejo

El Presidente  El Presidente

  • [1]  DO L 311 de 14.11.2002, p. 3.
  • [2]  DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.
  • [3]  Reglamento (UE, Euratom) n.º 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 884).
  • [4]  Decisión (UE) 2016/252 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, sobre la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea para el pago de anticipos (DO L 47 de 24.2.2016, p. 5).
  • [5] * Fecha que deberá insertar el Parlamento antes de la publicación en el DO.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Comisión propone que se movilice el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea para proporcionar asistencia en relación con una catástrofe ocurrida en Grecia el 17 de noviembre de 2015 (los seísmos que afectaron a la región de las Islas Jónicas, en particular las islas de Léucade y las zonas septentrionales de Ítaca y Cefalonia).

Los seísmos alcanzaron una magnitud de 6,1 grados en la escala de Richter. Dos personas perdieron la vida, ocho resultaron heridas, y 120 viviendas sufrieron daños, 20 de las cuales se consideraron no aptas para vivir en ellas. También se registraron graves daños en las redes de infraestructura y diversos edificios y lugares de interés cultural. En Léucade quedaron destruidas algunas de las playas más turísticas.

Las autoridades griegas cifraron inicialmente los daños directos totales causados por la catástrofe en 65 919 000 euros. El 9 de marzo de 2016 se revisó al alza este importe y se fijó en 66 073 345 euros. Dado que este importe representa el 2,1 % del PIB regional de la región de nivel NUTS 2 afectada, Islas Jónicas (sobre la base de las cifras de Eurostat de 2014), y supera el umbral del 1,5 % del PIB regional, la catástrofe puede considerarse una «catástrofe regional» en el sentido del artículo 2, apartado 3, del Reglamento FSUE.

Las autoridades griegas cifraron el coste de las operaciones urgentes de primera necesidad subvencionables en virtud del artículo 3 del Reglamento en 52,374 millones de euros, más de 38 millones de los cuales corresponden al sector del transporte y más de 7 millones de los cuales corresponden a la protección del patrimonio cultural.

La región afectada pertenece a la categoría de «región menos desarrollada» contemplada en los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (2014-2020). Las autoridades griegas no han manifestado a la Comisión su intención de reasignar los fondos del programa de los Fondos EIE a medidas de recuperación.

A petición de Grecia, el 18 de marzo de 2016 la Comisión abonó un anticipo de 164 798 euros, es decir, el 10 % de la contribución financiera anticipada, de conformidad con el artículo 4 bis, apartado 2, del Reglamento FSUE.

Tal como viene haciendo habitualmente, la Comisión propone aplicar un tipo del 2,5 % del total de los daños directos para todos los daños por debajo del umbral. Por consiguiente, el importe total de la ayuda propuesta asciende a 1 651 834 euros.

Una vez deducidos los anticipos del 10 % ya abonados, el saldo restante que queda por abonar es de 1 487 036 euros.

Cuando se adoptó el presupuesto 2016 se consignó un importe de 50 millones de euros en créditos de compromiso y de pago para financiar el pago de anticipos. De conformidad con el punto 11 del Acuerdo Interinstitucional, que contempla la posibilidad de reasignar créditos, la Comisión propone movilizar el Fondo de Solidaridad basándose en esta cantidad que ya ha sido movilizada, destinada específicamente para el pago de los anticipos, para pagar el saldo restante de 1 487 036 euros.

La movilización propuesta no requiere la modificación del presupuesto 2016 ni un presupuesto rectificativo.

Esta operación dejará un total de 48 348 166 euros disponibles para pagar, si fuera necesario, posibles anticipos adicionales en 2016, una cantidad que la Comisión considera suficiente para cubrir cualquier posible solicitud nueva que se pudiera recibir durante los meses restantes de 2016.

Esta es la primera decisión en materia de movilización en 2016, y el importe total de la ayuda propuesta cumple las disposiciones acerca del límite máximo del Fondo de Solidaridad de la UE, tal y como se establece en el Reglamento MFP, de 552 millones de euros (es decir, 500 millones de euros a precios de 2011).

El ponente recomienda que se apruebe rápidamente la propuesta de Decisión de la Comisión adjunta al presente informe como muestra de solidaridad con las regiones griegas afectadas.

ANEXO – CARTA DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO REGIONAL

Jean ARTHUIS

Presidente

Comisión de Presupuestos

Parlamento Europeo

Estimado Sr. Arthuis:

Asunto:  Movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea en favor de Grecia

La Comisión Europea le ha transmitido al Parlamento Europeo su propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (COM(2016)0462), sobre la base de las solicitudes de movilización del Fondo presentadas por Grecia en relación con el seísmo que afectó a las Islas Jónicas en noviembre de 2015.

La Comisión propone la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea, estimando los daños causados por la catástrofe de la siguiente manera:

 

 

 

 

 

Catástrofe

Daños directos (millones EUR)

2,5 % de los daños directos hasta el umbral (EUR)

6 % de los daños directos por encima del umbral

Importe total de la ayuda propuesta (EUR)

GRECIA

66 073

1 651 834

-

1 651 834

TOTAL

1 651 834

A la luz del examen de esta solicitud y teniendo en cuenta el máximo de subvención que puede conceder el Fondo, la Comisión propone que se movilice el Fondo utilizando 1 651 834 EUR de los 50 000 000 EUR específicamente destinados para anticipos con cargo al presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2016.

Los coordinadores de la comisión han evaluado esta propuesta y me han pedido que le escriba para informarle de que la mayoría de los miembros de esta comisión no plantea objeciones a esta movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea para asignar el importe mencionado según la propuesta de la Comisión.

Le saluda muy atentamente,

Iskra MIHAYLOVA

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINALEN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

Fecha de aprobación

28.9.2016

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

32

1

1

Miembros presentes en la votación final

Nedzhmi Ali, Jonathan Arnott, Jean Arthuis, Richard Ashworth, Reimer Böge, Lefteris Christoforou, Jean-Paul Denanot, Gérard Deprez, José Manuel Fernandes, Eider Gardiazabal Rubial, Jens Geier, Esteban González Pons, Ingeborg Gräßle, Monika Hohlmeier, Bernd Kölmel, Zbigniew Kuźmiuk, Vladimír Maňka, Ernest Maragall, Siegfried Mureşan, Liadh Ní Riada, Urmas Paet, Pina Picierno, Paul Rübig, Petri Sarvamaa, Patricija Šulin, Eleftherios Synadinos, Paul Tang, Indrek Tarand, Isabelle Thomas, Inese Vaidere, Monika Vana, Auke Zijlstra

Suplentes presentes en la votación final

Andrey Novakov, Marco Valli