INFORME sobre el Informe anual sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo y la política de la UE al respecto (2015)

28.11.2016 - (2016/2219(INI))

Comisión de Asuntos Exteriores
Ponente: Josef Weidenholzer


Procedimiento : 2016/2219(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A8-0355/2016
Textos presentados :
A8-0355/2016
Textos aprobados :

PROPUESTA DE RESOLUCION DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre el Informe anual sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo y la política de la UE al respecto (2015)

(2016/2219(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Vista la Carta de las Naciones Unidas, en vigor desde el 24 de octubre de 1945,

–  Vista la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros tratados e instrumentos de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos, en particular el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, aprobados en Nueva York el 16 de diciembre de 1966,

–  Vistas las convenciones internacionales básicas sobre derechos humanos, incluida la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, de la que forma parte la Unión,

–  Vista la Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, de 18 de diciembre de 1979[1],

–  Vistas la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y la Resolución del Parlamento, de 27 de noviembre de 2014, sobre el vigesimoquinto aniversario de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño[2],

–  Vista la Convención internacional, de 18 de diciembre de 1990, sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares[3],

–  Vista la Declaración de las Naciones Unidas sobre el derecho al desarrollo[4],

–  Vistos la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas y el documento final, de 25 de septiembre de 2014, de la reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea General conocida como la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas[5],

–  Vistos la Declaración y el Programa de Acción de Viena, adoptados el 25 de junio de 1993[6],

–  Vistos la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing (1995)[7], el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (CIPD) (1994)[8] y los resultados de las respectivas conferencias de revisión,

–  Vistos los Principios de París de las Naciones Unidas sobre instituciones nacionales de derechos humanos (INDH)[9],

–  Vista la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

–  Visto el artículo 25 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea sobre los derechos de las personas mayores,

–  Visto el Convenio Europeo de Derechos Humanos,

–  Vistos los artículos 2, 3, 8, 21 y 23 del Tratado de la Unión Europea (TUE),

–  Visto el artículo 207 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),

–  Visto el documento publicado por la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR) el 28 de junio de 2016 titulado «Una visión común, una actuación conjunta: una Europa más fuerte» - Estrategia Global sobre Política Exterior y de Seguridad de la Unión Europea[10].

–  Vistos el Marco estratégico y el Plan de Acción de la UE para los derechos humanos y la democracia, adoptados por el Consejo de Asuntos Exteriores el 25 de junio de 2012[11],

–  Vistos las Conclusiones del Consejo de Asuntos Exteriores, de 8 de diciembre de 2009, sobre el fomento de la observancia del Derecho internacional humanitario[12] y las Directrices actualizadas de la UE para fomentar la observancia del Derecho internacional humanitario[13],

–  Visto el Plan de Acción para los derechos humanos y la democracia 2015-2019, adoptado por el Consejo el 20 de julio de 2015[14],

–  Vistas las Directrices de la Unión Europea en materia de derechos humanos,

–  Vistas las Directrices de la UE sobre promoción y protección de la libertad de religión o creencias[15],

–  Vistas las Directrices para promover y proteger el disfrute de todos los derechos humanos por las personas lesbianas, gais, bisexuales, transexuales e intersexuales (LGBTI)[16], adoptadas por el Consejo el 24 de junio de 2013,

–  Vistas las orientaciones del PE en materia de promoción de los derechos humanos y la democracia en sus visitas fuera de la Unión Europea destinadas a las delegaciones interparlamentarias[17],

–  Visto el Informe anual de la UE sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo de 2015, adoptado por el Consejo el 20 de junio de 2016[18],

–  Visto el Plan de Acción de la UE sobre igualdad de género y empoderamiento de la mujer: transformar la vida de mujeres y niñas mediante las relaciones exteriores de la UE 2016-2020 (GAPII), adoptado por el Consejo el 26 de octubre de 2015[19],

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 16 de junio de 2016, sobre la igualdad de las personas LGBTI[20] y la lista de acciones de la Comisión para avanzar en materia de igualdad de las personas LGBTI (2016-2019)[21],

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 26 de mayo de 2015, sobre igualdad de género en el desarrollo[22],

–  Vistas la Agenda Europea de Migración, de 13 de mayo de 2015[23], y las Conclusiones del Consejo sobre migración, de 20 de julio[24], 14 de septiembre[25] y 22 de septiembre de 2015[26],

–  Vista la Decisión 2015/260 del Consejo, de 17 de febrero de 2015, por la que se prorroga el mandato del Representante Especial de la Unión Europea para los Derechos Humanos[27],

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 5 de diciembre de 2014, sobre la promoción y protección de los derechos del niño[28],

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 14 de mayo de 2012, sobre el «Incremento del impacto de la política de desarrollo de la UE: Programa para el Cambio»[29],

–  Vistos los indicadores revisados del Planteamiento global para la aplicación por la Unión Europea de las Resoluciones 1325 y 1820 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la mujer, la paz y la seguridad[30], adoptado por el Consejo el 20 de septiembre de 2016,

–  Visto el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, celebrado en Estambul el 11 de mayo de 2011[31],

–  Vista la Decisión del Consejo, de 21 de marzo de 2011, relativa a la Corte Penal Internacional y por la que se deroga la Posición Común 2003/444/PESC[32],

–  Vista la Comunicación conjunta de la Comisión y de la VP/AR sobre la revisión de la Política Europea de Vecindad (PEV)[33],

–  Visto el Plan de Acción de La Valeta de los días 11 y 12 de noviembre de 2015[34],

–  Vista la Resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, de 13 de octubre de 2015, sobre la aplicación por lo que se refiere a la mujer, la paz y la seguridad[35],

–  Vista la Resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, de 19 de junio de 2008, sobre la violencia sexual como crimen de guerra[36],

–  Vista la Resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, de 31 de octubre de 2000, sobre la Mujer, la Paz y la Seguridad[37],

–  Vista la Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 18 de diciembre de 2014, sobre la protección de los migrantes[38],

–  Vistas sus Resoluciones sobre casos urgentes de violación de los derechos humanos, de la democracia y del Estado de Derecho,

–  Vista su Resolución de 13 de septiembre de 2016 sobre el Fondo Fiduciario de la UE para África: repercusiones sobre el desarrollo y la ayuda humanitaria[39],

–  Vista su Resolución, de 5 de julio de 2016, sobre la lucha contra la trata de seres humanos en las relaciones exteriores de la UE[40],

–  Vista su Resolución, de 28 de abril de 2016, sobre los ataques a hospitales y escuelas, una violación del Derecho internacional humanitario[41],

–  Vista su Resolución, de 12 de abril de 2016, sobre la situación en el mar Mediterráneo y la necesidad de un enfoque integral de la Unión sobre la migración[42],

–  Vista su Resolución, de 4 de febrero de 2016, sobre la masacre sistemática de minorías religiosas por el denominado «EIIL/Dáesh»[43],

–  Vista su Resolución, de 17 de diciembre de 2015, sobre el Informe anual sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo (2014) y la política de la Unión Europea al respecto[44],

–  Vista su Resolución, de 10 de septiembre de 2015, sobre la migración y los refugiados en Europa[45],

–  Vista su Resolución, de 8 de octubre de 2015, sobre la actualización del Plan de Acción de la UE sobre igualdad de género y capacitación de las mujeres en la cooperación al desarrollo[46],

–  Vista su Resolución, de 8 de octubre de 2015, sobre la pena de muerte[47],

–  Vista su Resolución, de 8 de septiembre de 2015, sobre «Derechos humanos y tecnología: el impacto de los sistemas de intrusión y vigilancia en los derechos humanos en terceros países»[48],

–  Vista su Resolución, de 12 de marzo de 2015, sobre el informe anual de la Alta Representante de la Unión Europea para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad al Parlamento Europeo[49],

–  Vista su Resolución, de 12 de marzo de 2015, sobre las prioridades de la UE para el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en 2015[50],

–  Vista su Resolución, de 18 de septiembre de 2014, sobre la situación en Irak y Siria y la ofensiva del EIIL, incluida la persecución de minorías[51],

–  Vista su Resolución, de 27 de febrero de 2014, sobre el uso de drones armados[52],

–  Vistos su Resolución, de 10 de octubre de 2013, sobre discriminación por razón de casta[53] y el informe de 28 de enero de 2016 sobre minorías y discriminación por razón de casta presentado por la relatora especial de las Naciones Unidas sobre cuestiones de las minorías[54],

–  Vista su Resolución, de 13 de junio de 2013, sobre la libertad de prensa y de los medios de comunicación en el mundo[55],

–  Vista su Resolución, de 11 de diciembre de 2012, sobre una Estrategia de libertad digital en la política exterior de la UE[56],

–  Vista su Resolución, de 17 de noviembre de 2011, sobre el apoyo de la UE a la Corte Penal Internacional: hacer frente a los retos y superar las dificultades[57],

–  Vista su Resolución, de 7 de julio de 2011, sobre las políticas exteriores de la UE en favor de la democratización[58],

–  Vista su Resolución, de 17 de junio de 2010, sobre las políticas de la UE en favor de los defensores de los derechos humanos[59],

–  Vistos los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos: puesta en práctica del marco de las Naciones Unidas para «proteger, respetar y remediar», refrendados por el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas en su Resolución 17/4 de 6 de julio de 2011[60],

–  Visto el informe anual de 2015 de la Dotación Europea para la Democracia[61],

–  Visto el artículo 52 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores y las opiniones de la Comisión de Desarrollo y de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género (A8-0355/2016),

A.  Considerando que el artículo 21 del TUE compromete a la Unión a una política exterior y de seguridad común (PESC) basada en los principios que han inspirado su creación, y que pretende fomentar en el resto del mundo: la democracia, el Estado de Derecho, la universalidad e indivisibilidad de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, el respeto de la dignidad humana, los principios de igualdad y solidaridad y el respeto de los principios de la Carta de las Naciones Unidas y del Derecho internacional;

B.  Considerando que, en virtud del artículo 207 del TFUE, la política comercial de la UE debe llevarse a cabo en el marco de los principios y objetivos de la acción exterior de la Unión;

C.  Considerando que el artículo 3 del TUE afirma que, «en sus relaciones con el resto del mundo, la Unión afirmará y promoverá sus valores e intereses y contribuirá a la protección de sus ciudadanos. Contribuirá a la paz, la seguridad, el desarrollo sostenible del planeta, la solidaridad y el respeto mutuo entre los pueblos, el comercio libre y justo, la erradicación de la pobreza y la protección de los derechos humanos, especialmente los derechos del niño, así como al estricto respeto y al desarrollo del Derecho internacional, en particular el respeto de los principios de la Carta de las Naciones Unidas»;

D.  Considerando que el respeto y la promoción y salvaguardia de la indivisibilidad y universalidad de los derechos humanos se encuentran entre los objetivos fundamentales de la política exterior y de seguridad de la Unión, como se establece en la «cláusula de los derechos humanos» de todos los acuerdos de la Unión con terceros países;

E.  Considerando que el respeto de los derechos humanos, la paz y la seguridad y el desarrollo, están estrechamente interconectados y se refuerzan entre sí;

F.  Considerando que las políticas de apoyo a los derechos humanos y la democracia deben integrarse en todas las demás políticas de la Unión con una dimensión exterior, incluidos el desarrollo, la migración, la seguridad, la lucha contra el terrorismo, la política de vecindad, la ampliación y el comercio, en particular mediante la imposición de condiciones en materia de derechos humanos;

G.  Considerando que la coherencia interna y externa en el ámbito de los derechos humanos es esencial para la credibilidad de la política de derechos humanos de la Unión en el extranjero, y que una mayor coherencia entre las políticas internas y externas de la Unión, así como entre las políticas externas de la Unión, constituye también un requisito indispensable para el éxito y la eficacia de la política de la Unión en materia de derechos humanos y democratización; que una mayor coherencia debe permitir a la Unión responder con mayor rapidez y eficiencia a las violaciones de los derechos humanos ya en fases tempranas; y que el reto de la coherencia destaca particularmente en relación con la actual política de migración;

H.  Considerando que los valores de la libertad, el respeto de los derechos humanos y el principio de la organización de elecciones periódicas y genuinas son elementos fundamentales de la democracia; que los regímenes democráticos se caracterizan no solo por la organización de elecciones libres y justas, sino también por una gobernanza transparente y con rendición de cuentas, el respeto del Estado de Derecho, la libertad de expresión, el respeto de los derechos humanos, la existencia de un sistema judicial independiente y el respeto del Derecho internacional y de los acuerdos internacionales en materia de derechos humanos;

I.  Considerando que el respeto de los derechos humanos corre peligro en todo el mundo, y que la universalidad de los derechos humanos se está viendo gravemente amenazada por una serie de regímenes autoritarios; que en todo el mundo se están registrando numerosos intentos de limitar el espacio de la sociedad civil, también en el marco de foros multilaterales; y que el no respeto de los derechos humanos repercute negativamente en la persona, sus familiares y la sociedad;

J.  Considerando que la Unión fue un actor fundamental en la adopción de la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible, que pretende materializar los derechos humanos de todos;

K.  Considerando que el nuevo Plan de Acción para los derechos humanos y la democracia 2015-2019 fue adoptado por el Consejo el 20 de julio de 2015 para permitir que la Unión pueda responder a estos desafíos sobre la base de una utilización más definida, sistemática y coordinada de sus instrumentos en materia de derechos humanos; que este Plan de Acción debe aplicarse de acuerdo con el Plan de Acción sobre la Igualdad de Género 2016-2020;

L.  Considerando que la VP/AR ha afirmado que los derechos humanos serán una de sus principales prioridades, y que tiene intención de utilizarlos como referencia en todas sus relaciones con países terceros; y que ha reiterado también el compromiso de la Unión con la promoción de los derechos humanos en todos los ámbitos de las relaciones exteriores «sin excepción»;

M.  Considerando que el compromiso de la Unión con un multilateralismo efectivo, centrado en las Naciones Unidas, forma parte integrante de la política exterior de la Unión, que se basa en la creencia de que un sistema multilateral basado en normas y valores universales es más adecuado para abordar las crisis, los desafíos y las amenazas a escala mundial; que la colaboración con terceros países en todos los foros bilaterales y multilaterales constituye una de las herramientas más eficaces para abordar las cuestiones relativas a los derechos humanos en los terceros países;

N.  Considerando que las sesiones ordinarias del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (CDH), la designación de relatores especiales, el mecanismo de examen periódico universal y los procedimientos especiales que abordan situaciones nacionales específicas o cuestiones temáticas contribuyen todos ellos a los esfuerzos internacionales en favor de la promoción y el respeto de los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho;

O.  Considerando que la Unión estima que una estrecha cooperación con la sociedad civil y los defensores de los derechos humanos de terceros países es una de las principales prioridades a la hora de hacer avanzar los derechos humanos y abordar las violaciones de los mismos;

P.  Considerando que, en su Resolución, de 22 de octubre de 2013, sobre las entidades locales y la sociedad civil: el compromiso de Europa en aras del desarrollo sostenible[62], el Parlamento expresa su gran inquietud en cuanto a las estrictas medidas impuestas a las organizaciones de la sociedad civil, destaca la importancia de definir un sistema de control que permita la evaluación del progreso en términos de políticas y disposiciones legales y pide que se promueva un entorno propicio a las organizaciones de la sociedad civil; que muchos países han aprobado recientemente una legislación estricta sobre ONG que declara indeseables a organizaciones extranjeras cuando se consideran una amenaza para su orden constitucional, su defensa o su seguridad, y que solo en 2015 fueron asesinados en el mundo 185 activistas de derechos humanos relacionados con el medio ambiente, el 66 % de los cuales en países latinoamericanos;

Q.  Considerando que cada vez más países, en particular en Asia, Oriente Medio y África, utilizan prohibiciones de viaje para evitar que defensores de los derechos humanos asistan a eventos internacionales;

R.  Considerando que los artículos 18 y 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos reconocen que todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia, de religión, de opinión y de expresión; que este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión; que el número de casos de persecución relacionados exclusivamente con personas que ejercen pacíficamente su derecho a la libertad de opinión, de culto y de expresión ha aumentado drásticamente;

S.  Considerando que el artículo 20 de la Declaración Universal de Derechos Humanos reconoce que toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas; que la Resolución del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas 21/16 recuerda a los Estados su obligación de respetar y proteger plenamente los derechos de las personas a la libertad de reunión y de asociación pacíficas, tanto en línea como fuera de línea, y que la libertad de pensamiento, conciencia, religión y creencias debe respaldarse a través de diálogos interreligiosos e interculturales;

T.  Considerando que las normas básicas del Derecho internacional humanitario y los derechos humanos se recogen en los Convenios de Ginebra y sus protocolos adicionales, y que son la base de todas las acciones humanitarias; que la protección de los civiles y de las personas desplazadas en las zonas en conflicto debe garantizarse con plena neutralidad e imparcialidad, y que debe prevalecer la independencia de la ayuda;

U.  Considerando que la ocupación ilegal de un territorio es una violación continua del Derecho internacional que desencadena la responsabilidad del poder ocupante ante la población civil de ese territorio en virtud del Derecho internacional humanitario;

V.  Considerando que las pruebas de crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad son difíciles de preservar, en particular en un momento de flujos sin precedentes de refugiados que huyen de la violencia; que la preservación de pruebas es fundamental para que los autores de estos crímenes tengan que comparecer ante la justicia;

W.  Considerando que los intentos de cerrar la cárcel de la Bahía de Guantánamo de los Estados Unidos han fracasado y que solo 20 detenidos fueron liberados o reubicados en 2015;

X.  Considerando que cada vez más personas en todo el mundo huyen de la guerra, los conflictos armados u otras situaciones degradantes, y que estos flujos de refugiados y diversas formas de migración suponen un gran reto tanto para la Unión como a escala mundial, requiriendo soluciones inmediatas, efectivas y sostenibles que se ajusten a nuestros valores europeos comunes; que la ayuda humanitaria suministrada por la Comisión, la principal donante del mundo, ayuda a refugiados y desplazados en más de 30 países;

Y.  Considerando que la lucha contra el tráfico ilícito, la trata y la explotación laboral de los migrantes requiere respuestas a corto, medio y largo plazo, incluidas medidas destinadas a desarticular las redes delictivas y a llevar ante la justicia a los delincuentes, la recopilación y el análisis de datos, medidas de protección de las víctimas y de devolución de inmigrantes en situación irregular, así como la cooperación con terceros países, junto con estrategias a más largo plazo, a fin de luchar contra la demanda de personas objeto de tráfico ilícito y de trata así como contra las causas profundas de la migración que obligan a las personas a ponerse en manos de traficantes de personas;

Z.  Considerando que la justicia es esencial para hacer avanzar el respeto de los derechos humanos, y que la Unión y sus Estados miembros han sido partidarios incondicionales de la Corte Penal Internacional (CPI) desde su creación, promoviendo, además, la universalidad del Estatuto de Roma y defendiendo su integridad con el propósito de reforzar la independencia de la Corte;

AA.  Considerando que hasta la fecha se han realizado progresos sustanciales por lo que respecta a la abolición de la pena de muerte, y que muchos países han suspendido la pena capital, mientras que otros han adoptado medidas legislativas encaminadas a este fin; que en 2015 se observó un aumento drástico del número global de ejecuciones, el 90 % de las cuales tuvo lugar en solo tres países: Irán, Pakistán y Arabia Saudí; que Bielorrusia es el único país de Europa que no ha abolido la pena capital;

AB.  Considerando que la igualdad de género ocupa un lugar central entre los valores europeos y está consagrada en el marco político y jurídico de la Unión, además de ser un elemento esencial de la Agenda 2030; que la violencia y la discriminación contra mujeres y niñas ha aumentado drásticamente en los últimos años, en particular en zonas de guerra y con regímenes autoritarios;

AC.  Considerando que, según UNICEF, 250 millones de niños viven en países afectados por conflictos, casi 50 millones de niños han sido desplazados de manera forzosa por la violencia, la guerra y sus atrocidades, el terrorismo y la insurgencia o han tenido que migrar cruzando fronteras y muchos siguen sufriendo todas las formas de discriminación, violencia, explotación, abuso, trabajo forzoso, pobreza y desnutrición;

AD.  Considerando que, según UNICEF, uno de cada 200 niños del mundo es un refugiado, casi un tercio de los niños que viven fuera de su país de nacimiento son refugiados y el número de niños refugiados se duplicó entre 2005 y 2015;

AE.  Considerando que el artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos reconoce el «derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar» y que «la maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales», lo que incluye la asistencia sanitaria; que debe garantizarse a todos los niños el acceso a la educación, la nutrición y la atención sanitaria; que en la Resolución 26/28 (artículo 36) del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas se pide que la próxima reunión del Foro Social del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas se centre en el acceso a los medicamentos en el contexto del derecho de toda persona a gozar del máximo grado de salud física y mental que se pueda lograr; que la Constitución de la OMS establece que el goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin distinción de raza, religión, ideología política o condición económica o social;

AF.  Considerando que, de acuerdo con la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, las autoridades deben respetar los derechos del niño que haya sido separado de uno de sus progenitores o de ambos;

AG.  Considerando que la violencia y la persecución ilegal contra las minorías, incluidas las personas LGBTI, sigue siendo un hecho en muchos lugares del mundo, y que la discriminación en los ámbitos de la atención sanitaria, la educación, el empleo y otros sectores está muy extendida;

AH.  Considerando que se siguen denunciando en todo el mundo violaciones de los derechos civiles y políticos, económicos, laborales, sociales y culturales, así como daños medioambientales, consecuencia de malas prácticas de algunos actores del sector privado; que existe una relación sólida entre corrupción, evasión fiscal, movimientos de capitales ilícitos y violaciones de los derechos humanos;

AI.  Considerando que los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos se aplican a todos los Estados y a todas las empresas, tanto transnacionales como de otro tipo, independientemente de su tamaño, sector, ubicación, propiedad o estructura, y que unos mecanismos de control y sanción efectivos siguen siendo un reto en la aplicación a escala mundial de dichos Principios Rectores; que las características específicas de las pequeñas y medianas empresas (pymes) deben tenerse debidamente en cuenta e integrarse en un enfoque flexible en materia de responsabilidad social de las empresas adaptado a su potencial;

AJ.  Considerando que en octubre de 2015 la Comisión publicó su nueva estrategia comercial «Comercio para todos», en la que establece su objetivo de utilizar el comercio como medio para reforzar los derechos humanos en terceros países;

AK.  Considerando que en 2015 la Unión empezó a elaborar legislación para hacer frente al comercio de minerales que alimenta el conflicto;

AL.  Considerando que acontecimientos deportivos nacionales e internacionales como los Juegos Olímpicos y la Copa Mundial de fútbol no deberían ser utilizados para fines políticos, sino organizarse en el marco de un respeto pleno de todos los derechos humanos, tal y como se establece en la Carta Olímpica, y que deberían aspirar a un desarrollo armonioso de la humanidad con el fin de promover una sociedad pacífica preocupada por preservar los derechos humanos y la dignidad humana en la que no se registre ningún tipo de discriminación, como la discriminación por motivos de nacionalidad, raza, religión, política, género, identidad de género, orientación sexual o características sexuales;

AM.  Considerando que los cambios en el medio ambiente están socavando los derechos humanos más elementales, como el acceso al agua, a los recursos naturales y a los alimentos;

Importancia primordial de los derechos humanos en las políticas exteriores de la Unión

1.  Manifiesta su grave preocupación por el hecho de que el fomento y la protección de los derechos humanos y de los valores democráticos corren peligro en todo el mundo y de que la universalidad de los derechos humanos se está viendo gravemente amenazada en muchas partes del mundo, también por regímenes autoritarios, así como por grupos terroristas como el Dáesh;

2.  Expresa su profunda preocupación por las numerosas y cada vez más frecuentes tentativas de reducir el espacio de la sociedad civil y de los defensores de los derechos humanos, por las limitaciones crecientes de la libertad de reunión y la libertad de expresión y por el creciente número de leyes represivas que afectan a la sociedad civil adoptadas en todo el mundo, en países como Rusia, Turquía y China, también bajo el pretexto de la lucha contra el terrorismo (mediante la introducción de leyes de lucha contra el terrorismo, situaciones de emergencia y medidas de seguridad), habida cuenta de que se produce a menudo un impacto negativo sobre los derechos humanos y suele abusarse de estas leyes con fines represivos; recuerda que este tipo de legislación no debe servir de ninguna forma para reducir el espacio en el que los grupos de la sociedad civil pueden operar; solicita una condena clara de estos abusos y violaciones;

3.  Destaca firmemente que la Unión está comprometida con la PESC y todas las demás políticas con una dimensión exterior sobre la base del fomento de la democracia, el Estado de Derecho, la universalidad y la indivisibilidad de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, el respeto de la dignidad humana, los principios de igualdad y solidaridad y el respeto de los principios de la Carta de las Naciones Unidas y del Derecho internacional humanitario y en materia de derechos humanos; reitera que estos principios también son intrínsecos a la acción exterior más allá de la PESC, incluidas las políticas humanitarias y de desarrollo;

4.  Pide a todas las instituciones de la Unión y a los Estados miembros que respeten sus compromisos de promover la democracia y el Estado de Derecho, proteger y poner en práctica los derechos humanos y las libertades fundamentales, incluido el derecho al desarrollo por todos los medios pacíficos, y que sitúen los derechos humanos en el centro de las relaciones de la Unión con todos los terceros países, incluidos sus socios estratégicos, y a todos los niveles;

5.  Pide una vez más a los Estados miembros que den ejemplo, hablando con una sola voz en favor de la indivisibilidad, la interdependencia, la interrelación y la universalidad de los derechos humanos y, en particular, ratificando todos los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos establecidos por las Naciones Unidas;

6.  Subraya que, para que la Unión sea un actor creíble en el ámbito de las relaciones exteriores, debe garantizar una mayor coherencia entre sus políticas internas y externas en lo relacionado con el respeto de los derechos humanos y los valores democráticos (siendo las estrategias de derechos humanos sobre la promoción y la protección de los derechos de las personas LGBTI fundamentales a estos efectos), así como que debe aspirar a una aplicación sistemáticamente coherente y consecuente de la política de derechos humanos de la Unión;

7.  Atrae la atención sobre su compromiso a largo plazo de promover los derechos humanos y fomentar los valores democráticos, como se refleja, entre otros aspectos, en la concesión anual del Premio Sájarov a la Libertad de Conciencia, en el trabajo en el marco de la Subcomisión de Derechos Humanos, el apoyo a la democracia y la coordinación electoral y la Dotación Europea para la Democracia, en los debates mensuales en el Pleno y las resoluciones sobre casos de violaciones de los derechos humanos, de la democracia y del Estado de Derecho y en las múltiples delegaciones parlamentarias;

8.  Expresa su profunda preocupación por los muchos defensores de los derechos humanos que sufren ataques hoy en día; pide a la Unión, y a la VP/AR en particular, que adopten una política conforme a la cual denuncien sistemática e inequívocamente los asesinatos de defensores de los derechos humanos, todo intento de hacer que sufran cualquier forma de violencia, persecución, amenaza, acoso, desaparición, encarcelamiento o detención arbitraria, condenen a aquellos que cometen o toleran tales atrocidades y refuercen la diplomacia pública brindando a los defensores de los derechos humanos un apoyo abierto y claro, también en lo que se refiere a sus testimonios en foros multilaterales; pide a la Unión que dé orientaciones acerca de esta política, en aras de la coherencia de las prioridades actuales de la Unión establecidas en las diversas directrices de la Unión en vigor; alienta a las delegaciones de la Unión y a las representaciones diplomáticas de los Estados miembros a que continúen apoyando activamente a los defensores de los derechos humanos, sobre todo haciendo seguimientos sistemáticos de los juicios, visitando a los defensores de los derechos humanos encarcelados y emitiendo comunicados sobre casos individuales cuando proceda; pide la creación de un sistema que permita supervisar eficazmente el espacio de la sociedad civil con claros puntos de referencia e indicadores; reitera la importancia del Instrumento Europeo para la Democracia y los Derechos Humanos (IEDDH) para prestar apoyo financiero y material directo urgente a defensores de los derechos humanos en situación de riesgo, así como del fondo de emergencia que permite a las delegaciones de la Unión otorgar subvenciones directas ad hoc a defensores de los derechos humanos cuya vida se encuentra en situación de amenaza inminente;

9.  Insta a la Unión y a sus Estados miembros a fomentar el establecimiento de instituciones nacionales de derechos humanos (INDH) conforme a los Principios de París de las Naciones Unidas con mandato, recursos y competencias suficientes para satisfacer la salvaguardia y el respeto de los derechos humanos;

10.  Recuerda la necesidad de desarrollar las relaciones interparlamentarias entre la Unión y sus socios en el marco de un diálogo franco y basado en la comprensión y la confianza mutuas, con vistas a promover eficazmente los derechos humanos;

Marco estratégico y Plan de Acción de la UE para los derechos humanos y la democracia

11.  Acoge con satisfacción la aprobación del segundo Plan de Acción de la UE para los derechos humanos y la democracia (2015-2019), e insta a la Unión y a sus Estados miembros a aplicar de forma plena, coherente, transparente y oportuna las acciones en él recogidas y a reforzar el respaldo democrático; destaca la necesidad de consenso y coordinación entre la Unión y sus Estados miembros con el fin de garantizar una ejecución coherente del Plan de Acción y anima a los Estados miembros a que se responsabilicen más en la ejecución y la revisión del Plan de Acción; destaca que los Estados miembros deben suministrar información sobre la aplicación del Plan de Acción;

12.  Subraya que, con el fin de alcanzar los objetivos ambiciosos establecidos en el segundo Plan de Acción, la Unión debe destinar suficientes recursos y conocimientos especializados, tanto en términos de recursos humanos específicos en las delegaciones como en la Comisión y el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE), así como en términos de financiación disponible para los proyectos;

13.  Considera que una sociedad civil libre es uno de los pilares de la protección y el respaldo de los derechos humanos y de los valores democráticos, y expresa su preocupación, por tanto, por el hecho de que el espacio público para la sociedad civil se esté reduciendo y de que los defensores de los derechos humanos y los periodistas sean cada vez con más frecuencia objeto de ataques en todo el mundo; acoge con satisfacción la inclusión en el Plan de Acción de un objetivo para afrontar las amenazas al espacio de la sociedad civil, e insta a la Unión a que ejecute las acciones previstas; anima a todas las partes implicadas en la acción exterior de la Unión a que definan y aborden las lagunas existentes en materia de protección de los derechos humanos y las libertades democráticas, así como a que intensifiquen la cooperación con la sociedad civil, con los parlamentos, con los partidos políticos, con las autoridades locales y con las organizaciones internacionales y regionales sobre el terreno; atrae la atención sobre el hecho de que el Plan de Acción no incluye un objetivo específico sobre el fomento de normas democráticas en países socios; pide a la Comisión que desarrolle directrices de la Unión para respaldar la democracia;

El Informe anual de la Unión

14.  Acoge con satisfacción los intentos de mejorar la parte temática del Informe anual sobre los derechos humanos y la democracia y de hacerla más concisa y sistemática, así como de aumentar su disponibilidad para el público general; reitera su convicción de que el Informe anual debe reforzarse mediante un enfoque más objetivo que permita poner de relieve en dicho Informe, además de los logros y las buenas prácticas, los retos y los condicionantes muy específicos que afrontan los terceros países, así como recomendar medidas correctivas e informar de las medidas adoptadas por el SEAE para superar tales retos; reitera su posición de que los informes por país que forman parte del Informe anual deben ser lo menos descriptivos posible, y reflejar la aplicación de las estrategias por país en materia de derechos humanos y democracia y dar una visión general del impacto de las acciones de la Unión sobre el terreno;

15.  Pide una vez más que se informe sistemática y exhaustivamente sobre las medidas adoptadas, los resultados conseguidos y las conclusiones políticas extraídas de las acciones en respuesta a las resoluciones adoptadas por el Parlamento sobre casos de violaciones de los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho; insiste en la necesidad de garantizar unas respuestas rápidas y adecuadas a las violaciones de los derechos humanos, también en sus fases iniciales; acoge favorablemente, en este sentido, el seguimiento realizado por el SEAE en el marco de la Subcomisión de Derechos Humanos sobre las resoluciones relativas a debates en torno a casos de violaciones de los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho; recuerda su solicitud de una exhaustiva respuesta por escrito de la Comisión y el SEAE a la Resolución del Parlamento sobre el Informe anual sobre los derechos humanos y la democracia, al desempeñar un importante papel en el seguimiento sistemático y cercano de todos los puntos planteados por el Parlamento y el control parlamentario; reitera su petición a la VP/AR para que participe en un debate con los diputados al Parlamento Europeo en dos sesiones plenarias al año: una con ocasión de la presentación del Informe anual de la Unión, y la otra, en respuesta al Informe del Parlamento;

El Representante Especial de la UE para los Derechos Humanos

16.  Recuerda la importancia de un mandato más sólido y más flexible del Representante Especial de la Unión para los Derechos Humanos a la hora de mejorar la eficacia, coherencia y visibilidad de la Unión en la promoción de los derechos humanos y los principios democráticos en todo el mundo; pide una vez más que este mandato llegue a ser de carácter permanente; considera, además, que el Representante Especial debe tener derecho a expresar públicamente sus opiniones, y tener competencias de iniciativa, una mayor visibilidad pública y recursos y conocimientos especializados adecuados;

17.  Subraya la importancia del respaldo sistemático y la consulta real y en profundidad a la sociedad civil al preparar las visitas del Representante Especial a países socios; acoge con satisfacción, a este respecto, el fuerte compromiso del Representante Especial con los defensores de los derechos humanos y la sociedad civil, incluidos los representantes locales, la juventud y la infancia, así como con las organizaciones internacionales pertinentes, antes, durante y después de sus visitas a países terceros, y subraya la importancia de un compromiso continuado y cada vez más reforzado en este sentido, al igual que la necesitad de unos mecanismos de seguimiento claros y transparentes; respalda plenamente el trabajo del Representante Especial centrado en la promoción y protección de un espacio abierto para la sociedad civil y los defensores de los derechos humanos, como prioridad fundamental durante su mandato; pide al Representante Especial que informe regularmente al Parlamento después de sus visitas; lamenta que solo pueda accederse parcialmente al trabajo y la repercusión del Representante Especial a través de una revisión del Informe anual sobre los derechos humanos, de sus cuentas en redes sociales y de los discursos disponibles; lamenta asimismo que no exista información oficial sobre sus actividades y planes, ni informes de progreso ni revisiones;

18.  Anima al Representante Especial a que siga defendiendo sistemáticamente las prioridades de derechos humanos de la Unión, y a impulsar el compromiso de la Unión con todas las organizaciones y los mecanismos de derechos humanos relevantes a escala regional e internacional; pide al Consejo que adopte como principio general la práctica de incluir la cooperación con el Representante Especial de la Unión de manera sistemática en el mandato de los futuros representantes especiales geográficos;

Las estrategias por país en materia de derechos humanos y democracia y la función de las delegaciones de la Unión

19.  Acoge con satisfacción que se haya incluido la democracia en las estrategias por país en materia de derechos humanos como un elemento necesario de cualquier análisis integral del estado de los derechos humanos y la democracia en países socios;

20.  Reafirma la importancia de tener en cuenta las estrategias por país en materia de derechos humanos y democracia en todos los niveles del proceso de elaboración de políticas respecto de los terceros países, también durante la preparación de los diálogos políticos de alto nivel, los diálogos sobre derechos humanos, los documentos de estrategia nacional y los programas de acción anuales;

21.  Reitera que las estrategias por país en materia de derechos humanos y democracia deben corresponderse con las acciones de la Unión que vayan a ejecutarse en cada país en función de situaciones específicas y deben incluir indicadores de progreso mensurables y prever su posible ajuste, si es preciso; señala la necesidad de evaluar de continuo las estrategias por país en materia de derechos humanos y democracia; pide que, durante el proceso de elaboración y aplicación de las estrategias por país en materia de derechos humanos y democracia, sigan mejorándose la cooperación, la comunicación y el intercambio de información entre las delegaciones de la Unión, las embajadas de los Estados miembros y las instituciones de la Unión; reitera su petición de que los diputados al Parlamento Europeo tengan acceso a las estrategias por país en materia de derechos humanos y democracia y reciban información sobre cómo aplica la Unión dichas estrategias, y que estas deban presentarse en un formato que permita a los diputados cumplir su deber de control correctamente;

22.  Subraya la necesidad de aplicar una política de la Unión coherente y visible sobre la sociedad civil y destaca la necesidad de una comprensión más articulada del uso de la diplomacia pública; anima a que se publiquen estas estrategias y las hojas de ruta y a establecer una retroalimentación efectiva, un seguimiento de los casos y un intercambio de información;

23.  Acoge con satisfacción la designación de centros de coordinación para los derechos humanos y/o el género en todas las delegaciones de la Unión y recuerda su recomendación a la VP/AR y al SEAE de desarrollar directrices operativas claras con respecto a la función de los centros de coordinación para los derechos humanos; insiste en que la actividad de los centros de coordinación para los derechos humanos debe también estar apoyada por el personal diplomático de los Estados miembros; solicita que el trabajo de los centros de coordinación para los derechos humanos sea independiente y no sufra injerencias políticas ni acoso por parte de las autoridades nacionales de terceros países, en particular en sus contactos con activistas pro derechos humanos y la sociedad civil; resalta la importancia de la formación de todo el personal de las delegaciones de la Unión en lo relativo al contenido de las directrices de la Unión sobre derechos humanos;

24.  Acoge con satisfacción el aumento del presupuesto y la racionalización de los procedimientos del IEDDH para el período 2014-2020, y pide que se mantenga la dotación prevista para la revisión intermedia del IEDDH durante el resto del período del marco financiero plurianual actual; reitera la necesidad de coherencia y complementariedad entre los distintos instrumentos de financiación de la Unión, y la necesidad de garantizar que dicho refuerzo sea aplicable a todos los instrumentos al servicio de los derechos humanos;

25.  Pide que los programas de acción anuales del IEDDH se adopten anualmente en vez de presentarse, como recientemente, un programa bienal (2016-2017), con el fin de garantizar la máxima flexibilidad en respuesta a la evolución de las diferentes situaciones y una complementariedad óptima con los demás instrumentos de financiación exterior de la Unión;

Los diálogos y las consultas sobre derechos humanos

26.  Reitera su apoyo a los diálogos dedicados a los derechos humanos y reconoce que pueden ser un instrumento eficaz y efectivo para los compromisos y la cooperación bilaterales, siempre que permitan a los interlocutores intervenir sobre cuestiones sustanciales, envíen mensajes políticos significativos y se orienten en función de los resultados, con un seguimiento coherente, más allá del mero intercambio de información sobre mejores prácticas y retos; invita a la Unión a incluir de manera sistemática conversaciones sobre la situación de los derechos de las mujeres y los niños en todos los diálogos sobre derechos humanos;

27.  Reconoce la importancia de participar en diálogos específicos sobre derechos humanos también con los países que tienen graves problemas en materia de derechos humanos; subraya, no obstante, la necesidad de que la Unión extraiga conclusiones políticas claras cuando los diálogos sobre derechos humanos no desemboquen en resultados positivos; advierte de que no se deben marginar las conversaciones sobre derechos humanos en los diálogos políticos de alto nivel;

28.  Insiste en que las conversaciones sobre derechos humanos nunca deben subordinarse a otros intereses en los debates políticos de alto nivel; reitera su llamamiento al SEAE para que desarrolle un mecanismo para revisar los diálogos sobre derechos humanos con la intención de mejorarlos; opina que, si esos diálogos fallan repetidamente, habrá que recurrir a herramientas alternativas para apoyar la promoción de los derechos humanos en el país en cuestión;

29.  Insta al SEAE a que siga manteniendo sistemáticamente diálogos preparatorios con la sociedad civil, también a nivel local, con el objetivo de incluirlos directamente en los diálogos sobre derechos humanos; destaca la importancia de que la VP/AR y el SEAE planteen de forma sistemática los casos individuales relativos a defensores de los derechos humanos durante los diálogos sobre derechos humanos; pide al SEAE que lleve un seguimiento sistemático de los compromisos asumidos en los diálogos sobre derechos humanos y que sistematice las reuniones informativas con las organizaciones de la sociedad civil;

Las directrices de la Unión sobre derechos humanos

30.  Acoge con satisfacción las directrices de la Unión sobre derechos humanos como un valioso instrumento de la política exterior de la Unión en materia de derechos humanos que proporciona una orientación práctica a las delegaciones de la Unión y a las representaciones diplomáticas de los Estados miembros; reitera su llamamiento en favor de la adopción sin más demora de nuevas directrices de la Unión para la promoción y protección de los derechos del niño;

31.  Subraya enérgicamente la importancia de la evaluación continua de la aplicación de las directrices utilizando unos parámetros de referencia claros; insta a la Comisión a que lleve a cabo y publique una evaluación exhaustiva de la aplicación de las directrices a cargo de las delegaciones de la Unión y de las representaciones diplomáticas de los Estados miembros en todos los terceros países con el fin de detectar y resolver posibles diferencias y desfases de aplicación; considera que, para garantizar la aplicación adecuada de las directrices, es necesario dispensar una formación sistemática y efectiva al personal del SEAE y la delegación de la Unión que corresponda;

Lucha contra todas las formas de discriminación

32.  Condena taxativamente todas las formas de discriminación, incluida la discriminación por motivos de raza, color, sexo, orientación sexual, identidad de género, lengua, cultura, religión o creencias, origen social, casta, nacimiento, edad, discapacidad o cualquier otra condición; pide una vez más una política y una diplomacia de la Unión reforzadas que tengan como objetivo acabar con todas las formas de discriminación, y que se aproveche cualquier oportunidad para expresar su grave preocupación sobre estas formas de discriminación; insta asimismo a la Unión a que siga fomentando la ratificación y la plena aplicación de todas las convenciones pertinentes de las Naciones Unidas, como por ejemplo la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad; acoge con satisfacción el trabajo del SEAE sobre un manual contra la discriminación;

Las misiones y operaciones de la Política Común de Seguridad y Defensa (PCSD)

33.  Recuerda el compromiso de la Unión de integrar los derechos humanos y los aspectos de género en las misiones de la política común de seguridad y defensa, en consonancia con las históricas Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 1325 y 1820 sobre la mujer, la paz y la seguridad, y la Resolución 2242 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, adoptada recientemente y según la cual las mujeres son un componente central en todos los esfuerzos para abordar los desafíos mundiales; reitera, en este contexto, su llamamiento a la Unión y a sus Estados miembros para que, en el proceso de construcción de una reconciliación duradera, apoyen la participación sistemática de las mujeres como un componente vital del proceso de paz; pide a la Unión, en este sentido, que apoye en el ámbito internacional el reconocimiento del valor añadido de la participación de las mujeres en la prevención y la resolución de conflictos, así como en las operaciones de mantenimiento de la paz, la asistencia humanitaria y la reconstrucción posterior a los conflictos;

34.  Subraya que la PCSD es un instrumento que no solo garantiza la seguridad europea, sino que también forma parte de los instrumentos de política exterior de la Unión, por lo que debe usarse para seguir fortaleciendo los derechos humanos y la democracia en terceros países;

35.  Pide una mayor integración militar europea para mejorar la preparación y la flexibilidad de las fuerzas armadas europeas, para permitirles responder a las amenazas y los casos de violaciones graves de los derechos humanos, genocidio o limpieza étnica; subraya, a este respecto, que el concepto de «responsabilidad de proteger» se debe consolidar en el Derecho internacional y que la Unión, como comunidad de valores, debe liderar iniciativas y acciones significativas para proteger a los civiles, incluso cuando están bajo la amenaza de su propio Estado;

36.  Destaca que el tráfico ilícito de migrantes está vinculado a la trata de seres humanos y constituye una grave violación de los derechos humanos; recuerda que el lanzamiento de misiones de la PCSD como la operación militar de la Unión Europea en el Mediterráneo central meridional (EUNAVFOR MED) representa un medio efectivo de lucha contra el tráfico ilícito de migrantes; pide a la Unión que prosiga e intensifique ese tipo de operaciones;

37.  Pide al Consejo de Asuntos Exteriores y a la VP/AR que soliciten a los jefes de misión de la Unión y a los representantes de la Unión que corresponda (los jefes de las operaciones civiles de la Unión, los comandantes de las operaciones militares de la Unión y los representantes especiales de la Unión) que informen sobre los casos de violación grave del Derecho internacional humanitario, y que promuevan el Código de Conducta relativo a las actuaciones del Consejo de Seguridad contra el genocidio, los crímenes contra la humanidad o los crímenes de guerra, por el que los Estados miembros de las Naciones Unidas se comprometen a apoyar las actuaciones del Consejo de Seguridad destinadas a prevenir o poner fin a esos crímenes; pide la integración de políticas de protección de la infancia en todas las operaciones civiles y militares de la Unión en contacto con niños;

38.  Solicita que la Unión intensifique su cooperación con las Naciones Unidas en el contexto de la elaboración de una visión estratégica común sobre seguridad tomando como base, por una parte, la nueva estrategia global de la Unión sobre política exterior y de seguridad y, por otra, la revisión por las Naciones Unidas de sus operaciones de paz y su arquitectura de consolidación de la paz; insiste en que se coopere con las Naciones Unidas en el fortalecimiento del papel y la capacidad de las organizaciones regionales y subregionales en el mantenimiento de la paz, la prevención de conflictos, la gestión de crisis civiles y militares y la resolución de conflictos, y que sigan desarrollándose los procedimientos para la utilización de la PCSD en apoyo de operaciones de las Naciones Unidas, por ejemplo mediante el despliegue de grupos de combate de la Unión o a través de iniciativas en materia de creación de capacidades y de reforma del sector de la seguridad, al tiempo que se integran los derechos humanos y las cuestiones de género en el trabajo de la misión y operación de que se trate;

El compromiso multilateral en favor de los derechos humanos

39.  Reitera enérgicamente que los derechos humanos, consagrados en los convenios de las Naciones Unidas, son universales, indivisibles e interdependientes y están interrelacionados, tal y como se acordó en la Declaración y Programa de Acción de Viena de 1993, y que se ha de garantizar que se respeten; recuerda el compromiso de la Unión de promover y desarrollar el Derecho internacional en el marco de las Naciones Unidas; subraya que es importante que los Estados miembros ratifiquen todos los instrumentos internacionales de derechos humanos establecidos por las Naciones Unidas, incluidos los que consagra el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y concretamente su Protocolo Facultativo por el que se establecen mecanismos de reclamación y de investigación, de conformidad con el artículo 21 del TUE;

40.  Subraya la necesidad de que los líderes de la Unión fomenten reformas en las Naciones Unidas a fin de intensificar la repercusión y la fortaleza del sistema multilateral basado en normas y de garantizar una protección más eficaz de los derechos humanos y el fomento del Derecho internacional; reitera asimismo que es importante garantizar la participación activa y coherente de la Unión en los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas, particularmente la Tercera Comisión, la Asamblea General y el Consejo de Derechos Humanos (CDH), a fin de mejorar su credibilidad; apoya los esfuerzos realizados por el SEAE, las delegaciones de la Unión en Nueva York y Ginebra, y los Estados miembros para mejorar la coherencia de la Unión respecto de las cuestiones relativas a los derechos humanos en las Naciones Unidas; anima a la Unión a que intensifique la práctica de las iniciativas transregionales, ponga en marcha resoluciones y las copatrocine y realice un seguimiento cercano del procedimiento de examen periódico universal de las Naciones Unidas; critica que los puestos en el CDH estén ocupados frecuentemente por países con un historial comprobado de violaciones graves de los derechos humanos y pide a los Estados miembros de la UE que hagan público el sentido de su voto en el CDH; pide a la Unión y a sus Estados miembros, a este respecto, que reflejen que los derechos son igual de importantes a la hora de votar y que definan su voto en las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas basándose en el contenido de los textos en lugar de en sus autores; subraya la importancia y la necesidad de una representación permanente de la Unión en todos los foros multilaterales y una mayor visibilidad para las acciones de la Unión;

41.  Pide a la Unión que preste especial atención a los territorios en disputa en su vecindad oriental, en los que alrededor de cinco millones de personas viven sin protección real de los derechos humanos y sin acceso a la justicia; pide a la Unión que dé prioridad a este asunto en la agenda bilateral para buscar soluciones con los Estados pertinentes y que utilice todos los instrumentos a su alcance para respaldar soluciones concretas a fin de conseguir soluciones concretas para fomentar los derechos humanos y respaldar el trabajo de los defensores de los derechos humanos en esos lugares;

Fomentar un espacio libre para la sociedad civil y apoyar a los defensores de los derechos humanos

42.  Condena firmemente cualquier ataque, intimidación, detención, asesinato, acoso o represión a los fiscales, jueces, abogados, académicos y periodistas o cualquier otro profesional cuya independencia y libertad profesional sean fundamentales para construir una sociedad democrática;

43.  Lamenta el aumento del número de ataques contra defensores de los derechos humanos y del medio ambiente en todo el mundo; condena firmemente la impunidad de sus asesinatos y pide al SEAE que defienda que los responsables sean llevados ante la justicia;

44.  Condena firmemente que muchos países en todo el mundo hayan aprobado recientemente leyes estrictas para las ONG que debilitan a la sociedad civil y conducen a su aplicación arbitraria con castigos que incluyen el encarcelamiento, la congelación de activos y la prohibición de acceso al personal de las ONG, especialmente para aquellas que reciben financiación pública de otros países;

45.  Condena firmemente la prohibición de viajar que establecen las autoridades como un instrumento para intimidar y silenciar las voces independientes de los activistas y defensores de los derechos humanos, así como de abogados y periodistas, y hace hincapié en que estas medidas son adoptadas frecuentemente de forma arbitraria y sin ningún fundamento judicial;

46.  Destaca el papel de las delegaciones de la Unión al reafirmar y fomentar la importante función que desempeña la sociedad civil en una democracia, así como en la creación de un entorno propicio para la sociedad civil, que requiere un máximo de transparencia e inclusión en su cooperación con las organizaciones de la sociedad civil y los defensores de los derechos humanos; lamenta, por consiguiente, que, diez años después de la adopción de las Directrices de la Unión sobre los defensores de los derechos humanos, la información de contacto de los centros de coordinación para los derechos humanos y de los funcionarios de enlace para los defensores de los derechos humanos sigue sin figurar en las páginas web de todas las delegaciones de la Unión;

47.  Pide a la VP/AR y a los ministros de Asuntos Exteriores de la Unión la inclusión periódica en el orden del día del Consejo de Asuntos Exteriores de un debate sobre los esfuerzos de la Unión para lograr la liberación de defensores de los derechos humanos, periodistas, activistas políticos y otras personas, y la organización de un Consejo de Asuntos Exteriores público anual con un orden del día que incluya la reducción del espacio para la sociedad civil y el encarcelamiento de defensores de los derechos humanos, y que aborden estos casos con los homólogos pertinentes en todas las ocasiones, incluidos aquellos planteados en Resoluciones del Parlamento en relación con los debates sobre casos de violaciones de los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho;

48.  Pide a la comunidad internacional que lleve ante la justicia a los líderes políticos que abusen de las fuerzas militares y policiales de forma estructural para silenciar protestas contra su liderazgo (y la prolongación del mismo);

Los migrantes, los refugiados, los solicitantes de asilo y los desplazados internos

49.  Manifiesta su solidaridad con los refugiados y migrantes que sufren innumerables violaciones graves de los derechos humanos, como víctimas de conflictos, deficiencias en materia de gobernanza y redes de trata; condena el elevadísimo número de muertes registradas en el mar Mediterráneo; está sumamente preocupado a la vista del creciente número de violaciones de los derechos humanos de que son víctimas los refugiados, los migrantes irregulares y los solicitantes de asilo en su camino hacia la Unión; destaca el hecho de que las mujeres y niños que son refugiados, solicitantes de asilo y migrantes indocumentados son especialmente vulnerables en las rutas migratorias y dentro de la propia Unión; pide con urgencia medidas para mejorar la coherencia de las políticas de migración, y subraya la necesidad de un enfoque global para encontrar soluciones coherentes, sostenibles y a largo plazo basadas en las normas y principios internacionales en materia de derechos humanos, atajando al mismo tiempo las causas profundas de la crisis de refugiados; subraya la necesidad de solidaridad para proteger a migrantes y refugiados, conforme a las políticas de la Unión basadas en los derechos humanos; destaca, a este respecto, la importancia de diferenciar entre refugiados y migrantes;

50.  Subraya que los conflictos, las guerras, las deficiencias en materia de gobernanza y la falta de respeto de los derechos humanos y la democracia son causas fundamentales de la migración y el desplazamiento; destaca que los países de acogida deben dar pleno acceso a una educación y unos servicios de atención sanitaria públicos gratuitos y de calidad, también por lo que respecta a la salud y los derechos sexuales y reproductivos, y acceso al mercado laboral y a un alojamiento que cubra las necesidades de los refugiados; insiste en que la voluntad de integrarse de migrantes y refugiados es, junto con unas políticas adecuadas de protección social, clave para la integración; pide a la Unión que incremente sus esfuerzos para apoyar al Líbano y Jordania, que acogen a un número sin precedentes de refugiados, quienes suelen enfrentarse a múltiples amenazas;

51.  Destaca la necesidad de reforzar la cooperación con los países de origen y de tránsito tanto para facilitar la gestión ordenada de los flujos migratorios como para afrontar las causas profundas de la emigración; subraya que es esencial combatir a los grupos que se dedican al tráfico ilícito de migrantes; recuerda la importancia de que la Unión anime a dichos países a adherirse al Protocolo de Palermo contra el tráfico ilícito de migrantes; recuerda los compromisos alcanzados en la Cumbre de La Valeta;

52.  Destaca la urgente necesidad de desarrollar e introducir un sistema europeo común de asilo que sea global y coherente, esté debidamente coordinado y permita repartir la responsabilidad entre los Estados miembros;

53.  Solicita a la Unión y a los Estados miembros una transparencia total en lo relativo a los fondos asignados a terceros países para la cooperación en materia de migración y que comuniquen qué garantías se establecen para asegurar que dicha cooperación no beneficie de manera directa o indirecta a sistemas de seguridad, policía y justicia involucrados en violaciones de derechos humanos;

54.  Toma nota de la reciente propuesta de la Comisión relativa a una lista de la Unión de países de origen seguros, por la que se modifica la Directiva sobre procedimientos de asilo;

55.  Reconoce que, en vista de que en 2014 el 36 % de los ciudadanos de terceros países a los que se ordenó que abandonasen la Unión retornó efectivamente, es necesario mejorar la eficacia del sistema de retorno de la Unión;

56.  Considera que, con el fin de aumentar la eficiencia de los procedimientos de readmisión, y con miras a garantizar la coherencia de los retornos a nivel europeo, será necesario adoptar nuevos acuerdos de la Unión en materia de readmisión, que deben preponderar sobre los acuerdos bilaterales entre Estados miembros y terceros países;

57.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que garanticen que la aplicación de la Directiva sobre el retorno va de la mano del respeto de los procedimientos, las normas y los derechos humanos fundamentales que permiten a la Unión asegurar un trato humano y digno para los retornados, en consonancia con el principio de no devolución; insta a la Unión y a los Estados miembros a que presten especial atención a los casos de solicitud de asilo relacionados con una posible persecución política, a fin de evitar cualquier retorno que pueda dar lugar a una violación de los derechos humanos en el país de origen o en un tercer país;

58.  Reitera su llamamiento a la Unión para que garantice que todos los acuerdos en materia de migración, cooperación y readmisión con países terceros respeten los derechos humanos internacionales, el Derecho relativo a los refugiados y el Derecho marítimo internacional, así como los valores y principios de la Unión; pide a los Estados miembros que, de conformidad con el Derecho internacional, respeten el principio internacional de no devolución; solicita que los mecanismos de seguimiento se integren de tal manera que pueda evaluarse la repercusión sobre los derechos humanos de la cooperación en materia de migración con países terceros, así como las medidas de control de fronteras; insiste en que los derechos humanos deben integrarse y ser objeto de seguimiento en todas las actividades llevadas a cabo por Frontex; pide a la Unión que participe activamente en el debate sobre el concepto de «refugiado climático», incluida su posible definición jurídica en el Derecho internacional;

59.  Pide, asimismo, una cláusula que indique que estos acuerdos podría suspenderse hasta que las partes aporten efectivamente las garantías necesarias en relación con el examen individual de las solicitudes de asilo y, de manera más general, en lo relativo al respeto de los derechos humanos de los migrantes, solicitantes de asilo y refugiados;

60.  Recuerda la necesidad de respetar el principio de no devolución en aguas europeas e internacionales, tal como sostiene el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y se dispone en la legislación vigente de la Unión; recuerda asimismo el compromiso en favor del desarrollo de cauces legales adecuados y seguros para la migración a la vez que se protegen mejor las fronteras exteriores de la Unión; pide a la Unión y a los terceros países más desarrollados que firmen acuerdos de asociación con otros países para favorecer la reagrupación familiar y la movilidad de personas en todos los niveles de competencias, incluidos los menos cualificados;

61.  Pide a los Estados miembros que respeten y apliquen plenamente el paquete de la Unión sobre la política común en materia de asilo ya adoptado y la legislación común sobre migración, en particular para proteger a los solicitantes de asilo vulnerables, como los niños, las mujeres, las personas mayores y las personas LGBTI, de la violencia y la discriminación durante el proceso de asilo, y que se imparta formación adecuada a los Estados miembros para permitir procedimientos adecuados y sensatos; pide asimismo a los Estados miembros que participen en los programas de reasentamiento dando acceso a la reagrupación familiar y concediendo visados humanitarios; hace hincapié en la importancia de eliminar los obstáculos administrativos y políticos para poder cumplir con prontitud los compromisos en materia de reubicación; entiende que debe efectuarse el retorno seguro de las personas respecto de las que, tras la evaluación individual de su solicitud de asilo, se considere que no procede conceder protección en la Unión;

62.  Expresa su honda preocupación por el creciente número de niños refugiados y por la situación de los niños no acompañados, desaparecidos o separados de sus familias; insta a los Estados miembros a que den prioridad absoluta a la reunión rápida de los menores no acompañados con familiares; hace hincapié en la importancia de otorgar a los niños acceso a los servicios de atención sanitaria y a la educación como parte de los programas de la Unión para abordar las causas profundas de la migración; pide a los Estados que pongan fin a la detención de niños, así como que tengan en cuenta el interés superior del menor en todos los procedimientos y que garanticen la protección de los niños de conformidad con el Derecho internacional; destaca la importancia de asignar recursos adecuados para proteger a los niños migrantes y refugiados de la violencia, la explotación y los abusos; pide a la Comisión que vele por la no desaparición de menores no acompañados y diseñe una estrategia para evitar que en el futuro desaparezcan menores migrantes no acompañados en territorio de la Unión y localizar a los niños desparecidos;

63.  Reconoce que los solicitantes de asilo LGBTI suelen estar expuestos a peligros adicionales durante su recorrido y a su llegada al país en el que solicitan asilo, que pueden materializarse en acoso, exclusión, violencia sexual u otros tipos de violencia; recuerda que una serie de países terceros considerados «seguros» para los solicitantes de asilo discriminan a las personas LGBTI o que incluso consideran la homosexualidad un delito; enfatiza que los grupos vulnerables requieren una protección adicional y solicita a los Estados que garanticen que los refugiados LGBTI estén protegidos conforme estipula el Derecho internacional humanitario;

64.  Hace hincapié en la importancia de invertir en medidas preventivas, a saber, a través del desarrollo de estrategias de integración e inclusión social; destaca la necesidad de implantar programas específicos de reintegración y contra la radicalización dirigidos a retornados;

65.  Llama la atención sobre la situación problemática relativa a los refugiados en los países vecinos de Siria y considera que es importante que la Unión haga todo lo posible para ayudar a garantizar que los refugiados en estos países gozan de condiciones de vida dignas y, en particular, que tienen acceso a la sanidad, la educación y a posibilidades de empleo;

66.  Pone de relieve la dramática situación de los desplazados internos, especialmente del gran número de desplazados internos existente en Irak y Siria, y del creciente número de desplazados internos en Ucrania, que ascendió en total a 1,4 millones en 2015; subraya que en los programas para los refugiados de una región se tiene que reconocer y tomar en consideración también la suerte que pueden correr los desplazados internos; pide a la Comisión, a los Estados miembros y a la comunidad internacional que adopten medidas para mejorar su situación sobre el terreno y garantizar que las personas desplazadas tengan acceso al alojamiento, los alimentos, la atención sanitaria y la educación;

67.  Recuerda que, según el Observatorio sobre el Desplazamiento Interno, solo en 2015 hubo 19,3 millones de desplazados a raíz de catástrofes medioambientales; recuerda que dichos desplazamientos afectan sobre todo a las regiones del Sur; destaca que el 85 % de estos desplazamientos se produce en países en desarrollo, principalmente a escala interna o intrarregional;

Trata de seres humanos

68.  Pide a la Unión que otorgue prioridad en sus políticas exteriores a la lucha contra la trata de seres humanos y aborde tanto el aspecto de la demanda como el de la oferta en este fenómeno, que preste especial atención a la protección de las víctimas y que potencie la comunicación y la cooperación con quienes participan en la lucha contra la trata de seres humanos; reitera la necesidad de que todos los Estados miembros apliquen la Directiva 2011/36/UE y la Estrategia de la UE para la erradicación de la trata de seres humanos;

69.  Recuerda que las redes delictivas se están aprovechando del incremento de las presiones migratorias, de la inexistencia de vías seguras para la migración y de la vulnerabilidad de los migrante y los refugiados, especialmente las mujeres, las jóvenes y los niños, para someterlos al tráfico y trata de seres humanos, la esclavitud y la explotación sexual;

70.  Insta a la Unión y a sus Estados miembros a que presten atención a la identificación de los refugiados y los migrantes en cuanto víctimas de la trata de seres humanos o en cuanto víctimas de violaciones y abusos en el marco del tráfico de personas; solicita, en este contexto, que se forme a los guardias de fronteras para garantizar una correcta identificación, paso fundamental para garantizar los derechos que asisten legalmente a las víctimas;

71.  Celebra que se hayan incrementado los recursos para las operaciones Tritón y Poseidón; toma nota del inicio de la operación EUNAVFOR MED SOPHIA contra los traficantes y los tratantes de personas en el Mediterráneo y apoya el refuerzo de la gestión de las fronteras exteriores de la Unión;

72.  Pide a la Unión y a los Estados miembros que ratifiquen y apliquen la Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migrantes y de sus familiares;

Relación entre desarrollo, democracia y derechos humanos

73.  Manifiesta su profunda preocupación por el incremento de la pobreza extrema y la desigualdad en algunas partes del mundo, que compromete el pleno ejercicio de todos los derechos humanos; considera que el respeto de los derechos humanos y el derecho al desarrollo están intrínsecamente relacionados; hace hincapié en que el respeto de los derechos humanos, también de los derechos sociales y económicos, la igualdad de género, la buena gobernanza, la defensa de la democracia y el Estado de Derecho y la paz y la seguridad son requisitos previos para la erradicación de la pobreza y las desigualdades;

74.  Acoge favorablemente la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible; hace hincapié en que la cooperación para el desarrollo de la Unión con los terceros países debe aspirar a crear un entorno internacional propicio para la materialización de los derechos económicos y sociales, y pide que se aplique la Declaración de 1986 de las Naciones Unidas sobre el derecho al desarrollo; recuerda la importancia fundamental del principio, consagrado en el artículo 208 del TFUE, de coherencia de las políticas en favor del desarrollo (CPD) para lograr el respeto de los derechos humanos; pide a la UE que se asegure de que las directrices necesarias, las evaluaciones de impacto y los mecanismos de control e información hacen de la CPD una realidad en las políticas de la Unión y en las de sus Estados miembros; cree que, para cumplir con la Agenda 2030, garantizar la integración de grupos marginados y vulnerables e incorporar en todas las políticas un enfoque basado en los derechos humanos, es fundamental aplicar el principio de coherencia de las políticas en favor del desarrollo, tal y como queda consagrado en el artículo 208 del TFUE, y marcos de resultados claramente definidos en todos los instrumentos y mecanismos de la Unión relacionados con los derechos humanos; insiste en que se refuerce la coherencia y la coordinación entre todas las políticas exteriores y los instrumentos de la Unión cuando se aplica el enfoque basado en los derechos; insta a los Estados miembros a actuar dentro del ámbito de sus competencias, coherentemente con los compromisos adoptados en materia de desarrollo y con las políticas de la Unión en ese ámbito; pide a la Comisión que evalúe el uso que se hace en las delegaciones del instrumental que permite aplicar un enfoque basado en los derechos y que presente al Parlamento un resumen de esta evaluación;

75.  Recuerda que se ha introducido un enfoque basado en los derechos en la política de desarrollo de la Unión con vistas a incorporar estos principios a las actividades operativas de la Unión en favor del desarrollo, incluidas disposiciones, tanto en las sedes como sobre el terreno, destinadas a sincronizar las actividades en materia de derechos humanos y de cooperación para el desarrollo; pide que el instrumental que permite aplicar este enfoque tenga una mayor difusión entre nuestros socios, incluidas las autoridades locales, la sociedad civil y el sector privado, y que la Comisión siga de cerca su aplicación;

76.  Opina que garantizar los derechos humanos a todas las personas ha de ser un factor transversal en el cumplimiento de todas las metas y objetivos de la Agenda 2030; pide que se establezca, a nivel nacional e internacional, un marco de indicadores de los objetivos de desarrollo sostenible que tenga en cuenta los derechos humanos y se base en ellos para garantizar la mayor transparencia y responsabilidad al respecto, de modo que los recursos asignados al desarrollo lleguen realmente a las personas que los necesitan;

77.  Reitera la necesidad urgente de abordar correctamente el desafío mundial que suponen las enfermedades ligadas a la pobreza y la malnutrición, desatendidas; pide una estrategia política a largo plazo y un plan de acción ambiciosos en materia de salud pública, innovación y acceso a los medicamentos que, entre otros aspectos, comprenda inversión en investigación y desarrollo, para proteger el derecho a un nivel de vida adecuado para la salud y el bienestar de todas las personas sin discriminación por motivo de raza, religión, creencias políticas, condición económica o social, identidad de género u orientación sexual;

78.  Manifiesta su preocupación por cualquier intento de utilizar los fondos asignados para la lucha contra la pobreza y para el desarrollo —que también llevan a la práctica políticas destinadas en última instancia a la tutela de los derechos humanos— a otros fines que no tengan que ver con el desarrollo; hace hincapié en que el objetivo de la ayuda al desarrollo debe ser erradicar la pobreza, y no puede convertirse simplemente en un instrumento para controlar la migración, y recuerda la importancia del objetivo de desarrollo sostenible n.º 16 sobre paz, justicia e instituciones fuertes para conseguir avances en los derechos humanos y una gobernanza democrática eficaz; considera que, para garantizar la transparencia de la ayuda de la Unión y la rendición de cuentas de los países receptores, se debe añadir una cláusula anticorrupción en todos los acuerdos de desarrollo, y que conviene que todas las políticas exteriores de la Unión Europea tengan como objetivos esenciales la consolidación del Estado de Derecho, de la buena gobernanza, de las capacidades institucionales recurriendo al apoyo presupuestario, la participación democrática y la toma de decisiones representativa, la estabilidad, la justicia social y el crecimiento inclusivo y sostenible que permita una redistribución equitativa de la riqueza producida; advierte contra el populismo, el extremismo y las vulneraciones de la constitución que legitiman la violación de los derechos humanos;

79.  Toma nota de una persistente falta de financiación —atribuible al aumento de las necesidades humanitarias— con respecto a la ayuda humanitaria, y de las carencias del Programa Mundial de Alimentos que se traducen en recortes en el suministro de alimentos; pide a los Estados miembros de las Naciones Unidas y a la Unión y sus Estados miembros que, cuanto menos, respeten sus compromisos financieros; observa, en este sentido, que la mayoría de Estados de la Unión no han alcanzado el objetivo de destinar el 0,7 % de su PNB a la ayuda al desarrollo, pero celebra los compromisos adquiridos por la Unión en relación con la ayuda humanitaria y la protección civil, teniendo en cuenta que la Unión Europea y sus Estados miembros son el mayor donante;

80.  Acoge con satisfacción el nuevo Plan Europeo de Inversiones Exteriores (PEIE) y el Fondo Fiduciario para África, que tienen por objeto abordar las causas profundas de la pobreza, las desigualdades y la migración irregular creando puestos de trabajo y crecimiento sostenible, y fomentar el respeto de los derechos humanos y la inversión privada en África y en la vecindad de la Unión; pide que se utilice provisionalmente el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en los países vecinos de la Unión para ayudar a su estabilización;

81.  Expresa su satisfacción por que se haya incluido un capítulo dedicado al desarrollo en el Informe anual de la UE sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo de 2015, y pide que esta práctica se generalice para los informes futuros.

Comercio, empresas y derechos humanos

82.  Exige la aplicación rápida, efectiva y global de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos; insta a todos los Estados miembros de las Naciones Unidas, incluidos los Estados miembros de la Unión, a que desarrollen y apliquen planes de acción nacionales; considera que comercio y derechos humanos no son excluyentes, y que la comunidad empresarial puede desempeñar un importante papel en la promoción de los derechos humanos y la democracia;

83.  Reitera la apremiante necesidad de actuar de manera continuada, eficaz y coherente a todos los niveles, también a nivel nacional, europeo e internacional, para luchar eficazmente contra las violaciones de los derechos humanos y la corrupción de las empresas internacionales en cuanto estas se producen, y de garantizar que las empresas tendrán que rendir cuentas, resolviendo los problemas jurídicos derivados de la dimensión extraterritorial de las empresas y de su actuación, entre otras medidas;

84.  Pide a las Naciones Unidas y a la Unión y sus Estados miembros que traten con las empresas multinacionales y europeas las cuestiones del acaparamiento de tierras y del trato que reciben los defensores de los derechos sobre la tierra, que a menudo son víctimas de represalias, que incluyen amenazas, acoso, detenciones arbitrarias, agresiones y asesinatos;

85.  Acoge con satisfacción los trabajos iniciados para la elaboración de un tratado vinculante de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos; lamenta los comportamientos obstructivos en relación con este proceso, y pide a la Unión y sus Estados miembros que participen constructivamente en estas negociaciones;

86.  Recuerda los papeles, diferentes pero complementarios, de los Estados y las empresas con respecto a la protección de los derechos humanos; insiste en que, cuando se producen violaciones de los derechos humanos, los Estados han de conceder a las víctimas acceso a vías de recurso efectivas; recuerda, en este contexto, que el respeto de los derechos humanos por parte de terceros países, incluidas las garantías de vías de recurso efectivas para todas las víctimas de dichos abusos, es un elemento esencial de las relaciones exteriores de la Unión con estos países; celebra que la Unión haya desempeñado un papel destacado en la negociación e implantación de una serie de iniciativas de responsabilidad mundial que van unidas al fomento y el respeto de las normas internacionales; acoge con agrado las Conclusiones del Consejo sobre las empresas y los derechos humanos adoptadas el 20 de junio de 2016 y el hecho de que inviten a prever en los planes de acción nacionales (PNA) sobre empresas y derechos humanos el acceso a vías de recurso;

87.  Reitera que es preciso prestar atención a las características especiales de las pymes, que operan principalmente a escala local y regional en sectores específicos; considera, por lo tanto, esencial que las políticas de la Unión en materia de RSE, incluidos los planes de acción nacionales sobre la RSE, tengan adecuadamente en cuenta las necesidades específicas de las pymes, estén en consonancia con el principio «pensar primero a pequeña escala» y reconozcan el enfoque informal e intuitivo de las pymes en relación con la RSE; expresa una vez más su oposición a toda medida que pueda aumentar las cargas administrativas o financieras sobre las pymes, así como su apoyo a medidas que les permitan llevar a cabo acciones conjuntas;

88.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que garanticen la coherencia de las políticas sobre empresas y derechos humanos a todos los niveles, particularmente en relación con la política comercial de la Unión; solicita a la Comisión y a los Estados miembros que informen regularmente sobre las medidas adoptadas para garantizar la protección efectiva de los derechos humanos en el contexto de la actividad empresarial;

89.  Reitera su enérgico llamamiento en favor de la introducción sistemática de cláusulas relativas a los derechos humanos en todos los acuerdos internacionales, incluidos los acuerdos comerciales y de inversión, celebrados o por celebrar, entre la Unión y terceros países; considera necesario, además, establecer mecanismos de control ex ante antes de la celebración de cualquier acuerdo marco, subordinando la celebración del mismo a dichos mecanismos como característica fundamental del acuerdo, así como mecanismos de control ex post que permitan aplicar medidas concretas en caso de violación de dichas cláusulas, como sanciones apropiadas según lo estipulado en las cláusulas sobre derechos humanos del acuerdo, llegando hasta la suspensión del mismo;

90.  Aboga por la creación de mecanismos destinados a garantizar el respeto de los derechos humanos por parte tanto de los Estados como de las empresas, y por la creación de mecanismos de denuncia para las personas cuyos derechos hayan sido violados por acuerdos comerciales y de inversión;

91.  Toma nota de la propuesta legislativa de la Comisión de 28 de septiembre de 2016 por la que se modifica el Reglamento (CE) n.º 428/2009 por el que se establece un régimen comunitario de control de las exportaciones, la transferencia, el corretaje y el tránsito de productos de doble uso, con el propósito de reforzar dicho control dado que determinados bienes y tecnologías pueden ser utilizados de forma abusiva para cometer violaciones graves de los derechos humanos;

92.  Celebra el acuerdo alcanzado para actualizar los controles a las exportaciones de la Unión en relación con productos que puedan ser utilizados para aplicar la pena de muerte o para infligir torturas u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, y pide una aplicación completa y eficaz de este importante Reglamento; insta a la Unión y a los Estados miembros a invitar a terceros países a considerar la adopción de una legislación similar, así como a impulsar una iniciativa para promover un marco internacional sobre instrumentos de tortura y pena de muerte; acoge con satisfacción la iniciativa sobre el establecimiento de un sistema de debida diligencia en la cadena de suministro para la obtención responsable de minerales originarios de zonas de conflicto; acoge con agrado la propuesta de la Comisión de actualizar la legislación sobre control de las exportaciones de productos de doble uso; destaca que entender los derechos humanos como un criterio para otorgar licencias de exportación es una prioridad para el Parlamento y pide a los Estados miembros que por fin accedan a avanzar hacia una política de exportación más moderna, flexible y fundamentada en los derechos humanos; solicita a los Estados miembros que lleven a cabo controles sobre la exportación de armas más estrictos y más basados en los derechos humanos, sobre todo cuando se trate de países con una trayectoria demostrada de represión interna violenta y de violaciones de los derechos humanos;

93.  Celebra la adopción por parte de la Comisión de la nueva estrategia comercial «Comercio para todos», cuyo objetivo consiste en incorporar los derechos humanos en la política comercial y usar la posición de la Unión como bloque comercial para impulsar los derechos humanos en terceros países; destaca que serán necesarias la coherencia y complementariedad totales de las iniciativas comerciales y de política exterior, incluida una cooperación estrecha entre las diferentes direcciones generales, el SEAE y las autoridades de los Estados miembros; toma nota de los planes de la Comisión de reforzar la diplomacia económica europea, y subraya que la política comercial debe también contribuir al crecimiento sostenible en terceros países; pide a la Comisión que haga partícipes a todas las partes interesadas del debate sobre el marco normativo y las obligaciones de las empresas en países en los que es probable que aumente la inversión pública y privada; insta a la Comisión a que garantice que los proyectos respaldados por el BEI sean coherentes con las políticas de la Unión y recomienda que se mejoren los controles ex post que evalúan el impacto económico, social y medioambiental de los proyectos que respalda el BEI;

94.  Acoge con satisfacción el nuevo Reglamento relativo al sistema de preferencias generalizadas (SPG), que entró en vigor el 1 de enero de 2014, como un instrumento clave de la política comercial de la Unión para promover los derechos humanos y laborales, la protección del medio ambiente y la buena gobernanza en los países en desarrollo vulnerables; destaca, en particular, que los beneficios comerciales otorgados en virtud del SPG+ están intrínseca y jurídicamente condicionados a la permanente aplicación de los convenios internacionales sobre derechos humanos; se felicita de la publicación del primer informe bianual de la Comisión sobre el estado de aplicación del sistema SPG+ y del diálogo con el Parlamento sobre este informe antes de su publicación; observa que se han denunciado violaciones recurrentes de las normas laborales fundamentales en diversos países con estatus de SPG+, e insta a que se aplique verdaderamente el SGP+; pide a la Comisión que estudie las posibilidades para incluir el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional en la lista de convenios requeridos para obtener la condición SPG+, e invita a los solicitantes del SPG+ que no son Estados parte del Estatuto a ratificarlo;

95.  Acoge con satisfacción el hecho de que catorce países recibieron preferencias comerciales especialmente favorables en el marco del nuevo SPG +, aplicable desde el 1 de enero de 2014, y celebra asimismo el cumplimiento, insistentemente solicitado, de veintisiete convenios internacionales (incluyendo convenios sobre derechos humanos y laborales fundamentales);

96.  Reitera su enérgico llamamiento para que se realicen evaluaciones de impacto exhaustivas previas en materia de derechos humanos en las que se tengan en cuenta, de manera sustancial, los puntos de vista de la sociedad civil para todos los acuerdos comerciales y de inversión;

97.  Celebra la adopción de nuevas directrices sobre el análisis del impacto sobre los derechos humanos en las evaluaciones de impacto de las iniciativas en materia de política comercial[63], pero expresa su profunda preocupación por la calidad de la las consideraciones sobre derechos humanos en la evaluación de impacto sobre la sostenibilidad del Acuerdo de protección de las inversiones entre la Unión Europea y Myanmar/Birmania y por el hecho de que la Comisión no haya llevado a cabo una evaluación de impacto sobre los derechos humanos respecto del Acuerdo de libre comercio entre la Unión Europea y Vietnam; reitera su apoyo a que se lleve a cabo una evaluación exhaustiva como parte de la evaluación ex post de ese acuerdo;

98.  Solicita a la Unión que respete la libertad de religión o creencias en las evaluaciones de impacto sobre los derechos humanos llevadas a cabo antes de que la Unión decida celebrar nuevos acuerdos comerciales y de inversión;

Deporte y derechos humanos

99.  Muestra su preocupación por que se conceda la organización de grandes acontecimientos deportivos a países con una trayectoria poco ejemplar en materia de derechos humanos, como el Mundial de la FIFA a Rusia en 2018 y a Qatar en 2022, o los Juegos Olímpicos a Pekín en 2022, y por todas las violaciones de derechos humanos causadas por grandes acontecimientos deportivos, incluidas las expulsiones forzosas sin consultar o compensar a la población afectada, la explotación de grupos vulnerables —como niños y trabajadores migrantes— que puede alcanzar la condición de esclavitud, y el silenciamiento de las organizaciones de la sociedad civil que denuncian tales violaciones de los derechos humanos; pide al Comité Olímpico Internacional y a la Asociación Internacional de Federaciones de Fútbol (FIFA) que adapten sus prácticas a los valores deportivos adoptando mecanismos de garantía para evitar, vigilar y ofrecer reparación a todas las violaciones de derechos humanos vinculadas a grandes acontecimientos deportivos; pide la elaboración de un marco político de la Unión en materia de deportes y derechos humanos; pide a la Unión y a sus Estados miembros que colaboren con las federaciones deportivas nacionales, las empresas y las organizaciones de la sociedad civil en cuanto a las modalidades de su participación en dichos eventos;

Personas con discapacidad

100.  Celebra los nuevos objetivos 12 y 16, sobre todo el objetivo 16, letra f), de las Conclusiones del Consejo sobre el Plan de Acción para los derechos humanos y la democracia 2015-2019, y pide a la Comisión que garantice que la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad se plantea sistemáticamente en los diálogos sobre derechos humanos con terceros países; observa que se debe tener en cuenta la naturaleza específica de las personas con discapacidad en el contexto de las iniciativas contra la discriminación; insta a que se examine en profundidad la eficacia de los proyectos relacionados con la discapacidad y la adecuada participación de las organizaciones de personas con discapacidad en la planificación y la ejecución de esos proyectos;

101.  Pide a los Estados miembros que garanticen que las personas con una discapacidad gozan de verdadera libertad de movimiento en los espacios públicos y, por lo tanto, de igualdad de oportunidades a la hora de participar en la vida pública;

102.  Insta encarecidamente a que se integren los derechos humanos de las personas con discapacidad en todas las políticas y acciones exteriores de la Unión, sobre todo en las políticas de la Unión en materia de migración y de refugiados, dando una respuesta adecuada a sus necesidades específicas, ya que padecen una discriminación múltiple; recuerda que las mujeres y niños con discapacidad son objeto de una discriminación múltiple y a menudo corren más riesgo de ser víctimas de violencia, abusos, maltrato o explotación; apoya enérgicamente la recomendación de incorporar una perspectiva de género a todas las estrategias de la Unión en materia de discapacidad, incluidas sus políticas y acciones exteriores;

103.  Anima a la VP/AR a seguir apoyando el proceso de ratificación y aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad por parte de aquellos países que aún no la han ratificado o no la aplican todavía; observa que la Unión debe predicar con el ejemplo aplicando de manera eficaz en su territorio la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad; pide a la Unión Europea que asuma un papel de liderazgo en la aplicación de una Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible inclusiva que garantice que nadie quede excluido, tal y como recomienda el Comité de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en las observaciones finales de su análisis de la implantación de la Convención en la Unión;

Derechos de las mujeres y los niños

104.  Acoge favorablemente la adopción del Plan de Acción sobre la Igualdad de Género (2016-2020), que incluye una lista exhaustiva de acciones para mejorar la situación de las mujeres en materia de igualdad de derechos y empoderamiento; hace hincapié en que debe aplicarse junto con el Plan de Acción para los derechos humanos y la democracia para garantizar que los derechos de las mujeres se reconocen como tales; acoge favorablemente la adopción del «Compromiso estratégico para la igualdad de género» (2016-2019), que promueve la igualdad de género y los derechos de la mujer en todo el mundo; insiste en que los derechos de las mujeres no pueden quedar conculcados en nombre de obligaciones concretas que impone una religión o una creencia; pide que la Unión intensifique su apoyo al cumplimiento de las obligaciones y los compromisos en el ámbito de los derechos de la mujer derivados de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Plataforma de Acción de Beijing, la Declaración de El Cairo sobre Población y Desarrollo y los correspondientes análisis de resultados, y los Objetivos de Desarrollo Sostenible; hace hincapié en la importancia de no comprometer el acervo de las Plataformas de Acción de Beijing y El Cairo sobre el acceso a la educación y la sanidad como derecho humano básico, así como la protección de los derechos sexuales y reproductivos, y que se garantice que se presta toda la asistencia médica y psicológica necesaria y segura, así como los servicios relacionados, a las mujeres víctimas de violaciones de guerra, incluido el aborto, como contempla el Derecho internacional humanitario; señala que la planificación familiar, la salud materna, la facilidad de acceso a los anticonceptivos y al aborto en condiciones de seguridad y toda la gama de servicios de salud sexual y reproductiva son elementos importantes para salvar la vida de las mujeres y reducir las tasas de mortalidad infantil y materna; destaca la necesidad de situar estas políticas en el centro de la cooperación al desarrollo con terceros países; subraya que defender los derechos de las mujeres, salvaguardar su dignidad como persona y eliminar la violencia y la discriminación contra ellas es esencial para que puedan ejercitar sus derechos fundamentales; destaca el derecho de cada persona a decidir libremente sobre cuestiones relacionadas con su sexualidad y su salud sexual y reproductiva; reconoce, a este respecto, los derechos inalienables de las mujeres a tomar decisiones de manera independiente, también sobre el acceso a la planificación familiar;

105.  Reafirma su condena de todas las formas de abuso y violencia contra las mujeres y los niños, y la violencia de género, incluidas las prácticas lesivas del matrimonio infantil, precoz y forzado, la mutilación genital femenina, la explotación y la esclavitud, la violencia doméstica y el uso de la violencia sexual como arma de guerra; considera que la violencia contra las mujeres se manifiesta también de forma psicológica y subraya la necesidad de integrar consideraciones de género que, entre otros aspectos, promuevan la participación activa de las mujeres en la ayuda humanitaria e incorporen estrategias de protección contra la violencia sexual y de género, así como medidas de salud básicas que incluyan servicios de salud sexual y reproductiva; destaca que la Comisión y los Estados miembros no solo deben luchar contra todos los actos de violencia contra la mujer, sino también fijarse como prioridad promover el acceso a la educación y la lucha contra los estereotipos de género entre las niñas y los niños, y ello desde su más temprana edad; pide a la Unión y a sus Estados miembros que ratifiquen rápidamente el Convenio de Estambul para garantizar la coherencia entre la acción interior de la Unión y su acción exterior por lo que respecta a la violencia contra las mujeres y las niñas y la violencia de género; acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión, de 4 de marzo de 2016, de adhesión de la Unión al Convenio de Estambul, el primer instrumento jurídicamente vinculante cuyo objetivo es prevenir y combatir la violencia contra las mujeres; considera que esta iniciativa dotará de mayor eficacia y coherencia a las políticas internas y externas de la Unión, destacará su responsabilidad y reforzará su misión de combatir la violencia contra las mujeres y la violencia de género a escala internacional; insta a la Comisión y al Consejo a que redoblen los esfuerzos dirigidos a conseguir que la Unión firme y ratifique el Convenio de Estambul, alentando al mismo tiempo a los catorce Estados miembros que todavía no lo han hecho a que firmen y ratifiquen este instrumento, de forma que se garantice su aplicación adecuada; destaca la necesidad de garantizar que los profesionales de la salud, la policía, los fiscales, los jueces, los diplomáticos y el personal encargado de mantener la paz, tanto en la Unión como en terceros países, reciban la formación adecuada para ayudar y apoyar a las víctimas de violencia, y en particular las mujeres y los niños, en situaciones de conflicto y en las operaciones sobre el terreno;

106.  Expresa su profunda preocupación a la vista de las violaciones de los derechos humanos que afectan a mujeres y niños en los campos de refugiados y centros de acogida, incluidos los casos denunciados de violencia sexual y trato discriminatorio de mujeres y niños; insta al SEAE a que presione en favor de normas más estrictas y buenas prácticas en los terceros países; destaca la necesidad de que las mujeres y los niños víctimas de abusos en el marco de conflictos tengan acceso a atención sanitaria y psicológica, de acuerdo con el Derecho internacional, así como la necesidad de mantener una continuidad en la educación, atención sanitaria y alimentación de los niños en los campos de refugiados, las zonas de conflicto y las zonas afectadas por la pobreza extrema;

107.  Señala que las medidas dirigidas a atajar la violencia de género también deben abordar la ciberviolencia, y en particular el acoso, la tiranización y la intimidación, y encaminarse a crear un entorno digital en línea seguro para las mujeres y las niñas;

108.  Celebra la reciente adopción de la Resolución 2242 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, en la que las mujeres se convierten en un componente central de todas las acciones llevadas a cabo para resolver los retos mundiales y se piden esfuerzos adicionales para integrar las cuestiones relativas a las mujeres, la paz y la seguridad en los diferentes componentes del mantenimiento de la paz, y apoya la puesta en práctica de la mencionada Resolución; subraya la importancia de la participación plena, activa y en pie de igualdad de las mujeres en la prevención y la resolución de conflictos, las negociaciones de paz y el proceso de mantenimiento de la paz; recomienda que se introduzca un sistema de cuotas a fin de promover la participación de las mujeres en todos los niveles de la política;

109.  Lamenta profundamente que la minoría romaní —y en particular las mujeres— sigan siendo objeto de una discriminación generalizada y de odio racial, lo que retroalimenta el círculo vicioso de la desventaja, la exclusión, la segregación y la marginación; pide a la Unión y a los Estados miembros que respeten plenamente los derechos humanos de la población romaní garantizando el derecho a la educación, los servicios sanitarios, el empleo, la vivienda y la protección social;

110.  Lamenta profundamente la falta de igualdad de género en la esfera política y que las mujeres estén infrarrepresentadas en el proceso de toma de decisiones a nivel político, social y económico, lo que socava los derechos fundamentales y la democracia; considera que los Gobiernos deberían fijarse como objetivo la igualdad de género en los procesos de consolidación y mantenimiento de la democracia, así como luchar contra todas las formas de discriminación de género en las sociedades; destaca que el informe de las misiones de observación electoral establece orientaciones precisas para el diálogo político de la Unión con terceros países, con el fin de mejorar la participación de las mujeres en los procesos electorales y en la vida democrática de los países;

111.  Lamenta que algunos países sigan limitando la participación de las mujeres en la elección de los representantes públicos;

112.  Lamenta que las mujeres tengan que seguir afrontando en todo el mundo problemas enormes a la hora de encontrar y conservar trabajos dignos, tal como demuestra el informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) titulado «Las mujeres en el trabajo: tendencias de 2016»;

113.  Lamenta que el techo de cristal con el que se topan las mujeres en las empresas, la brecha salarial entre hombres y mujeres y el hecho de que la sociedad disuada a las mujeres que quieren emprender sigan siendo fenómenos de alcance mundial; pide que se emprendan iniciativas dirigidas a reforzar el proceso de empoderamiento de las mujeres, especialmente en los sectores del empleo autónomo y las pymes;

114.  Recuerda que el acceso a la educación, la formación profesional y los microcréditos son herramientas fundamentales para empoderar a la mujer y para prevenir la violación de sus derechos humanos;

115.  Alienta a la participación activa de las mujeres en las centrales sindicales y en otras organizaciones como un factor importante para la introducción de los aspectos de género en las condiciones laborales;

116.  Alienta a los Estados miembros, a la Comisión y al SEAE a que presten atención a la emancipación económica y política de las mujeres en los países en desarrollo, promoviendo su participación en las empresas y en la aplicación de proyectos de desarrollo regionales y locales;

117.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que apliquen la perspectiva de género en la elaboración de los presupuestos relacionados con todas las medidas de financiación pertinentes por parte de la Unión;

118.  Pide que se invierta en las mujeres y las jóvenes para combatir de forma eficaz la pobreza, especialmente la femenina;

119.  Muestra su honda preocupación ante la previsión de que la creciente amenaza que supone la resistencia a los antimicrobianos se convierta en la principal causa de muerte mundial, que afectará particularmente a las personas vulnerables y débiles en países en desarrollo; pide a la Comisión que desarrolle sin demora una estrategia verdaderamente eficaz de salud pública que incluya los siguientes aspectos:

  –  identificación de las causas de las enfermedades, diagnóstico y formas de propagación de las bacterias resistentes a través del turismo y el comercio,

  –  identificación de medidas adecuadas en caso de emergencias internacionales, nacionales y regionales tras un «brote» de la bacteria incontenible, así como preparación integrada y coordinada de dichas medidas,

  –  desarrollo de las normas más estrictas orientadas hacia el volumen sobre el uso de antibióticos en todas las regiones del mundo combinadas con medidas de ejecución adecuadas y eficaces,

  –  desarrollo y aplicación del mayor programa informativo hasta el momento sobre la amenaza que supone la resistencia a los antimicrobianos usando todos los recursos, y las redes sociales en particular;

Derechos de los niños

120.  Reafirma la urgente necesidad de una ratificación universal y una aplicación efectiva de la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos del niño y sus protocolos facultativos, y pide a la Unión que plantee sistemáticamente, en sus diálogos políticos y sobre derechos humanos con terceros países, la cuestión de las obligaciones de los Estados parte de aplicar la Convención, así como que establezca consultas con las organizaciones locales e internacionales pertinentes que defienden los derechos de los niños; acoge favorablemente la ratificación de la Convención por Sudán del Sur y Somalia; reitera su llamamiento a la Comisión y a la VP/AR para que exploren las vías y los medios existentes para que la Unión se adhiera a la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos del niño;

121.  Pide que la Unión siga promoviendo el Manual práctico sobre los derechos del niño de la Unión y de Unicef, «Integración de los derechos del niño en la cooperación para el desarrollo» a través de sus delegaciones exteriores, y que forme adecuadamente al personal de la delegación de la Unión en este ámbito; destaca el grave problema de los niños sin registrar que nacen en países distintos de los de origen de sus progenitores, una cuestión particularmente grave en el caso de los refugiados, y pide a la Unión que plantee esta cuestión en todos los diálogos políticos internacionales con terceros países cuando proceda; pide a la Comisión que desarrolle políticas y que promueva en foros internacionales la protección de los hijos de padres encarcelados a fin de luchar contra la discriminación y la estigmatización; destaca que millones de niños siguen padeciendo malnutrición, y muchos de ellos sufren consecuencias irreversibles a largo plazo, e incluso mueren; pide a la Comisión y a la comunidad internacional que introduzcan formas innovadoras de abordar la malnutrición de forma efectiva, sobre todo entre los niños, a lo largo de toda la cadena alimenticia y, por tanto, incluyendo asociaciones público-privadas, así como todos los demás recursos disponibles, sobre todo las redes sociales;

122.  Expresa la necesidad de ayuda internacional a los esfuerzos de búsqueda y liberación de las mujeres y niños que siguen cautivos del Dáesh y otras organizaciones terroristas y paramilitares, así como de promoción de programas especiales para el tratamiento de antiguos prisioneros en la Unión y en todo el mundo; expresa su preocupación por el reclutamiento de niños y por su participación en actividades terroristas y militares; destaca la necesidad de establecer políticas para orientar la búsqueda, la liberación, la rehabilitación y la reintegración de los niños; insiste en la necesidad de promover políticas en favor del desarme, la rehabilitación y la reintegración de los niños soldado; reitera su petición a la Comisión para que proponga una estrategia y un plan de acción globales sobre los derechos del niño para los próximos cinco años, a fin de dar prioridad a los derechos de los niños tanto en las políticas exteriores como internas de la Unión y promover los derechos de los niños, sobre todo contribuyendo a garantizar el acceso de los niños al agua, el saneamiento, la asistencia sanitaria y la educación, particularmente en las zonas en conflicto y los campos de refugiados;

Derechos de las personas mayores

123.  Celebra el objetivo 16 del Plan de Acción para los Derechos Humanos y la Democracia 2015-2019, centrado en aumentar la sensibilización sobre los derechos humanos y las necesidades específicas de las personas mayores; muestra su preocupación por los efectos negativos de la discriminación por razones de edad; destaca los problemas específicos a los que se enfrentan las personas mayores a la hora de que se respeten sus derechos humanos, como en lo relativo al acceso a la protección social y la atención sanitaria; invita a los Estados miembros a aprovechar la actual revisión del Plan de Acción Internacional de Madrid sobre el Envejecimiento para planificar la aplicación de los instrumentos existentes e identificar posibles carencias; pide a la Unión y a los Estados miembros que se involucren activamente en el Grupo de Trabajo sobre Envejecimiento de las Naciones Unidas y que hagan progresar sus iniciativas para proteger y fomentar los derechos de las personas mayores, incluso considerando la elaboración de un nuevo instrumento jurídico;

Derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero e intersexuales (LGBTI)

124.  Muestra su honda preocupación por el aumento de la violencia y la discriminación contra las personas LGBTI; condena firmemente el reciente aumento del número de leyes discriminatorias y de actos de violencia cometidos contra las personas por su orientación sexual, identidad de género o características sexuales, y el hecho de que en setenta y tres países la homosexualidad siga siendo considerada un delito (incluyendo cargos de «libertinaje» contra personas LGBTI), trece de los cuales contemplan incluso la pena de muerte[64], mientras en veinte países todavía se criminalizan las identidades transgénero; expresa su gran preocupación por las llamadas «leyes propagandísticas», que pretenden limitar la libertad de expresión y de reunión de las personas LGBTI y de aquellas que defienden sus derechos; pide a todos los Estados que cuentan con leyes de este tipo que las retiren; condena con firmeza el aumento de restricciones y las difíciles condiciones impuestas a la libertad de reunión y asociación de grupos LGBTI y defensores de sus derechos, y a actos y protestas como las marchas del orgullo, en algunos casos con respuestas violentas por parte de las autoridades hacia quienes protestan; reafirma la función primordial de estas libertades fundamentales en el funcionamiento de las sociedades democráticas y la responsabilidad de los Estados de garantizar que dichos derechos se respetan y que se protege a quienes los ejercen; pide que el SEAE dé prioridad a sus acciones, y las refuerce, en países con prevalencia de violencia, asesinatos, abusos y discriminación ejercidos contra las personas LGBTI, condenando estas prácticas de acuerdo con las directrices de la Unión sobre la pena de muerte y las directrices de la Unión sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, y continuando su trabajo con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los derechos humanos en este ámbito; subraya la importancia de apoyar a los defensores de los derechos de las personas LGBTI, mediante la asignación de más ayudas y recursos para una programación eficaz, a través de campañas de sensibilización —también financiadas mediante el IEDDH— dirigidas al público en general sobre la discriminación y violencia que padecen las personas LGBTI, y prestando asistencia urgente a quienes lo necesiten; pide a las delegaciones de la Unión y a las instituciones pertinentes que promuevan activamente estos derechos y libertades fundamentales;

125.  Acoge con agrado las Directrices del Consejo de Asuntos Exteriores, adoptadas el 24 de junio de 2013, para promover y proteger el disfrute de todos los derechos humanos por parte de las personas LGBTI; pide al SEAE y a la Comisión que promuevan una aplicación más estratégica y sistemática de las Directrices, incluyendo el aumento de la sensibilización y la formación del personal de la Unión en terceros países, a fin de plantear eficazmente la cuestión de los derechos de las personas LGBTI en los diálogos políticos y sobre derechos humanos con terceros países y en foros multilaterales; subraya la importancia de generalizar el acceso de las personas LGBTI a las Directrices de la Unión para promover y proteger el disfrute de todos los derechos humanos; pide que se tomen medidas concretas para aumentar la coherencia entre la política interior y exterior de la Unión sobre los derechos de las personas LGBTI;

126.  Anima a las instituciones de la Unión y a los Estados miembros a que contribuyan en mayor medida a la reflexión sobre el reconocimiento del matrimonio o las uniones civiles entre personas del mismo sexo como una cuestión política, social y de derechos humanos y civiles; celebra que un número de países cada vez mayor respeten el derecho de formar una familia a través del matrimonio, las uniones civiles y la adopción sin discriminación por razones de orientación sexual, y pide a la Comisión y a los Estados miembros que elaboren propuestas para el reconocimiento mutuo de dichas uniones y de familias formadas por parejas del mismo sexo en toda la Unión, de manera que se garantice un tratamiento igualitario en lo relativo al trabajo, la libertad de circulación, la fiscalidad y la seguridad social, protegiendo, de este modo, los ingresos de las familias y los niños;

Derechos de los pueblos indígenas y de las personas pertenecientes a minorías

127.  Observa con grave inquietud que los pueblos indígenas corren especial peligro de ser una vez más objeto de discriminación, y que son especialmente vulnerables a los cambios y alteraciones políticos, económicos, medioambientales y laborales; observa que la mayoría vive por debajo del umbral de pobreza y tiene poco o ningún acceso a la representación política y a la toma de decisiones en contra de su derecho al consentimiento libre, previo e informado garantizado por la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y reconocido por el Consenso Europeo sobre Desarrollo de 2005; está especialmente preocupado por las denuncias de casos numerosos y cada vez más frecuentes de violaciones de los derechos humanos contra los pueblos indígenas, como las persecuciones, detenciones arbitrarias y asesinatos de defensores de los derechos humanos, los desplazamientos forzosos, las apropiaciones de tierras y las violaciones empresariales;

128.  Observa con gran preocupación que los pueblos indígenas se ven especialmente afectados por las violaciones de los derechos humanos relacionadas con la extracción de recursos; pide a la Comisión y al SEAE que apoye iniciativas y marcos jurídicos rigurosos que tengan por objeto lograr la transparencia y la buena gobernanza de los sectores de la minería y de otros recursos, respetando así el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos autóctonos, así como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; pide a las delegaciones de la Unión que refuercen aún más el diálogo con los pueblos indígenas sobre el terreno para identificar y prevenir violaciones de los derechos humanos;

129.  Hace hincapié en que las comunidades de minorías nacionales tienen necesidades específicas, por lo que se debe promover la igualdad plena y efectiva entre las personas pertenecientes a una minoría nacional y las pertenecientes a la mayoría, en todos los ámbitos de la vida económica, social, política y cultural; insta a la Comisión a que, durante todo el proceso de ampliación, siga atentamente la aplicación de las disposiciones que protegen los derechos de las personas que pertenecen a minorías nacionales;

Derechos de las personas afectadas por la discriminación basada en la casta

130.  Condena las constantes violaciones de los derechos humanos perpetradas contra quienes sufren el sistema jerárquico de las castas y la discriminación que este lleva aparejada, como la denegación de la igualdad y del acceso al sistema judicial y al empleo, y la permanente segregación y los obstáculos que la casta impone al ejercicio de los derechos humanos más básicos y al desarrollo de la persona; se muestra profundamente preocupado por la alarmante tasa de ataques violentos por motivos de casta sobre los dalits y por la discriminación institucionalizada con impunidad; reitera su petición de desarrollar una política de la Unión sobre la discriminación basada en la casta y pide a la Unión que aproveche cualquier oportunidad para expresar su grave preocupación por la discriminación por motivos de casta;

Corte Penal Internacional (CPI) / Justicia transicional

131.  Recuerda el carácter universal de la Corte Penal Internacional (CPI) y reitera su pleno apoyo a su labor; destaca el importante papel que desempeña a la hora de poner fin a la impunidad de los autores de los delitos más graves que afectan a la comunidad internacional y de hacer justicia a las víctimas de crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad y genocidios; se mantiene alerta ante cualquier intento de socavar la legitimidad o independencia de la CPI;

132.  Recuerda el llamamiento formulado a los miembros del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas para que apoyen que el Consejo de Seguridad recurra a la Corte Penal Internacional a fin de que se investiguen los crímenes, incluidos los genocidios, perpetrados por el denominado EIIL/Dáesh contra los cristianos (caldeos-siríacos-asirios), yazidíes y otras minorías religiosas y étnicas en Irak y Siria;

133.  Acoge con satisfacción la declaración emitida por Ucrania, en la que acepta la jurisdicción de la CPI sobre los delitos cometidos en el país desde el 20 de febrero de 2014, puesto que tal declaración permitirá al fiscal de la CPI considerar si la Corte puede investigar los abusos cometidos durante el conflicto armado, incluso si Ucrania no es aún un país miembro de la CPI;

134.  Acoge con satisfacción las Conclusiones del Consejo sobre el apoyo de la UE a la justicia transicional, así como el marco de actuación de la UE en apoyo de la justicia transicional, siendo la Unión Europea la primera organización regional que adopta tal política; pide a la Unión, a sus Estados miembros y a sus representantes especiales que promuevan activamente la CPI, la aplicación de sus decisiones y la lucha contra la impunidad de delitos contemplados en el Estatuto de Roma, y expresa su profunda preocupación por el hecho de que varias órdenes de detención todavía no han sido ejecutadas; insta a la Unión y a sus Estados miembros a que cooperen con la Corte y a que sigan prestando un firme apoyo diplomático y político a los esfuerzos de fortalecimiento y ampliación de la relación entre la CPI y las Naciones Unidas, en particular en el marco del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, y a que tomen medidas para prevenir y dar una respuesta eficaz a los casos de no cooperación con la CPI; reitera su llamamiento para que la Unión adopte una posición común sobre el delito de agresión y sobre las Enmiendas de Kampala, y pide a sus Estados miembros que armonicen su legislación nacional con las definiciones establecidas en las Enmiendas de Kampala, y que mejoren la cooperación con la Corte; lamenta la desconfianza mostrada hacia la CPI por varios países, que se han retirado o amenazado con retirarse de la jurisdicción de la CPI;

135.  Reitera su petición en favor de la creación de un representante especial de la UE sobre Justicia Internacional y Derecho internacional humanitario, con el fin de dar a estos asuntos la relevancia y la visibilidad que merecen, avanzar eficazmente en el programa de la Unión e integrar en todas las acciones exteriores de la UE su compromiso de luchar contra la impunidad y a favor de la CPI;

136.  Pide a la Unión y a sus Estados miembros que faciliten a la CPI una financiación adecuada y que aumenten su apoyo al sistema de justicia penal internacional, incluida la justicia transicional;

Derecho internacional humanitario (DIH)

137.  Condena el hecho de que no se respete el Derecho humanitario internacional, y expresa su profunda preocupación por el alarmante aumento de la tasa de daños colaterales en conflictos armados en todo el mundo, y de atentados mortales contra hospitales, escuelas, transportes de ayuda humanitaria y otros objetivos civiles; muestra su grave preocupación por la influencia cada vez mayor de la participación de agentes no estatales en conflictos de todo el mundo, e insta a la Unión a utilizar todos los instrumentos a su disposición para mejorar la observancia del DIH por parte de los agentes estatales y no estatales; acoge con satisfacción el compromiso de la Unión y de sus Estados miembros ante el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) de apoyar firmemente la creación de un mecanismo eficaz que refuerce el cumplimiento del DIH, y pide a la VP/AR que informe al Parlamento sobre sus objetivos y la estrategia con que cuenta para cumplir este compromiso; insta a la comunidad internacional a celebrar una conferencia internacional para preparar un nuevo mecanismo internacional que permita hacer un seguimiento, recopilar información e informar públicamente sobre las vulneraciones del DIH, incluidos los ataques a hospitales, trabajadores médicos y ambulancias; opina que tal mecanismo podría basarse en el actual mecanismo sobre los niños y los conflictos armados; pide a la VP/AR que presente anualmente una lista pública de presuntos autores de ataques a escuelas y hospitales con el objetivo de definir una acción adecuada por parte de la Unión para poner fin a tales ataques;

138.  Lamenta que siete Estados miembros aún no hayan ratificado la Convención sobre Municiones en Racimo; pide a la Unión y a sus Estados miembros que respalden una prohibición mundial del uso de fósforo blanco, en especial mediante la celebración de un nuevo protocolo a la Convención sobre ciertas armas convencionales que prohíba el uso de tales armas;

139.  Pide a los Estados miembros que ratifiquen los principales instrumentos de Derecho humanitario internacional y otros instrumentos jurídicos pertinentes que repercuten en el DIH; reconoce la importancia de las Directrices de la Unión para fomentar la observancia del Derecho internacional humanitario y reitera su petición a la VP/AR y al SEAE de revisar su aplicación a la luz de los trágicos eventos en Oriente Próximo, principalmente en el contexto de impunidad general y sistemática ante las graves vulneraciones del DIH y en materia de derechos humanos; pide a la Unión que apoye las iniciativas encaminadas a divulgar información sobre el Derecho internacional humanitario y las buenas prácticas en su aplicación, y que haga uso de todos los instrumentos bilaterales a su disposición para promover eficazmente el cumplimiento del DIH por parte de sus socios, también a través del diálogo político; reitera su petición a los Estados miembros de unirse a los esfuerzos internacionales para prevenir los ataques contra las escuelas y el uso militar de las mismas por parte de los grupos armados, por medio de su adhesión a la Declaración sobre Escuelas Seguras, diseñada para ayudar a poner fin a los numerosos ataques militares a las escuelas durante los conflictos armados;

140.  Insta a la comunidad internacional a que convoque una conferencia internacional para preparar nuevas normas vinculantes a nivel internacional concebidas para readaptar el DIH a la nueva realidad de las guerras para reforzar la efectividad de las normas humanitarias internacionales;

141.  Reitera su petición a la VP/AR para que ponga en marcha una iniciativa destinada a imponer un embargo de la Unión a la venta de armas a los países acusados de violaciones graves del DIH, en especial de ataques deliberados contra infraestructuras civiles; hace hincapié en que continuar autorizando la exportación de armas a estos países contraviene la Posición Común 2008/944/PESC del Consejo, de 8 de diciembre de 2008; pide a los Estados miembros que piensen en aceptar reclusos de Guantánamo en la Unión; hace hincapié en la necesidad de cerrar el centro de detención de la bahía de Guantánamo lo antes posible;

Libertad de pensamiento, de conciencia y de religión o creencias

142.  Condena, de conformidad con el artículo 10 del TFUE, todos los actos de violencia y persecución, intolerancia y discriminación por razones de ideología, religión o creencias; expresa su gran preocupación por las continuas notificaciones de actos de violencia y persecución, intolerancia y discriminación contra minorías religiosas y de creencias en todo el mundo; destaca que los derechos a la libertad de pensamiento, conciencia, religión o creencias son derechos fundamentales interrelacionados con otros derechos humanos y libertades fundamentales, que abarcan el derecho a creer o no creer, el derecho a manifestar o no una religión o creencia y el derecho a adoptar, cambiar y abandonar una creencia elegida o a volver a ella, tal y como contemplan el artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el artículo 9 del Convenio Europeo de Derechos Humanos; pide a la Unión y a sus Estados miembros que entablen conversaciones políticas para derogar las leyes relativas a la blasfemia; pide a la Unión y a los Estados miembros que velen por que se respete y proteja a las minorías en todo el mundo, en particular en Oriente Próximo, donde los yazidíes, los cristianos, las minorías musulmanas y los ateos son perseguidos por el Dáesh y otros grupos terroristas; lamenta el mal uso de la religión o de las creencias con fines terroristas;

143.  Apoya el compromiso de la Unión de promover el derecho a la libertad de religión o de creencias en los foros internacionales y regionales, entre los que se incluyen las Naciones Unidas, la OSCE, el Consejo de Europa y otros mecanismos regionales, y anima a la Unión a seguir presentando su resolución anual sobre la libertad de religión o de creencias en las Naciones Unidas y apoyando el mandato del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la libertad de religión o de creencias; anima a la VP/AR y al SEAE a entablar un diálogo permanente con ONG, grupos religiosos o de creencias y líderes religiosos;

144.  Apoya plenamente la práctica de la Unión de tomar la iniciativa en el Consejo de Derechos Humanos y en la Asamblea General de las Naciones Unidas con resoluciones temáticas relativas a la libertad de religión y de creencias, anima a la Unión a apoyar el mandato del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la libertad de religión o de creencias y, por último, insta a los países que actualmente no aceptan las solicitudes de visita del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la libertad de religión o de creencias a que acepten dichas solicitudes;

145.  Pide a la Unión que refuerce sus instrumentos actuales y adopte cualquier otro dentro de su mandato para garantizar la eficacia de la protección de las minorías religiosas en todo el mundo;

146.  Solicita que se emprendan acciones concretas para garantizar la aplicación efectiva de las Directrices de la UE sobre promoción y protección de la libertad de religión o creencias, entre las que se incluye: formación continuada y sistemática del personal de la UE en las sedes y en las delegaciones, informar sobre situaciones locales o nacionales, y estrechar la colaboración con los actores locales, y en especial con los líderes de los grupos religiosos o de creencias;

147.  Muestra su profunda preocupación por el peligro al que se enfrentan en algunas partes del mundo las comunidades religiosas o de creencias, ya que comunidades religiosas enteras están huyendo o desapareciendo;

148.  Destaca que los cristianos constituyen actualmente el grupo religioso más acosado e intimidado en la mayoría de países del mundo, incluso en Europa, donde los refugiados cristianos sufren regularmente persecuciones por motivos religiosos, y que algunas de las comunidades cristianas más antiguas corren peligro de desaparición, especialmente en África del Norte y en Oriente Próximo;

149.  Anima a la comunidad internacional y a la Unión a que ofrezcan protección a las minorías e instauren zonas seguras en las regiones en conflicto; pide el reconocimiento, la autonomía administrativa y la protección de las minorías étnicas y religiosas que viven en zonas en las que han tenido históricamente una fuerte presencia y han convivido pacíficamente, por ejemplo en las montañas de Sinyar (yazidíes) y en la llanura de Nínive (pueblos caldeos-siríacos-asirios); pide que se preste ayuda especial a fin de preservar las fosas comunes en las regiones en conflicto actual o reciente, con el fin de exhumar y analizar con medios forenses los restos humanos que allí se encuentren, para poder dar un entierro digno a las víctimas o devolver los restos a sus familias; pide la creación de un fondo específico que pueda ayudar a financiar las iniciativas de conservación de pruebas de presuntos crímenes contra la humanidad, con el objetivo de llevar a los culpables ante la justicia; pide la actuación de la Unión y de sus Estados miembros a fin de crear urgentemente un grupo de expertos encargado de recopilar todas las pruebas que existan de cualquier delito internacional que se esté cometiendo, incluido el genocidio, contra las minorías religiosas y étnicas, dondequiera que suceda, incluida la conservación de las fosas comunes en las regiones en conflicto actual o reciente, con el fin de preparar la acción judicial internacional contra los responsables de estos actos;

Libertad de expresión en línea y fuera de línea y mediante medios de comunicación audiovisual y de otros tipos

150.  Destaca que los derechos humanos y las libertades fundamentales son universales y deben defenderse en todo el mundo y en todos sus ámbitos de expresión;

151.  Destaca la función de la libertad de expresión, de la independencia de los medios de comunicación y del pluralismo como elementos fundamentales para la democracia y para empoderar a los ciudadanos y a la sociedad civil, así como para garantizar la transparencia y responsabilidad del sector público;

152.  manifiesta su preocupación por el creciente número de arrestos y de intentos de intimidación contra periodistas en varios países; recuerda que estas prácticas perjudican seriamente la libertad de prensa; insta a la Unión y a la comunidad internacional a que protejan a los periodistas y autores de blogs independientes, a que reduzcan la brecha digital y a que faciliten el acceso sin restricciones a la información y la comunicación, y el acceso no censurado a internet (libertad digital);

153.  Muestra su grave preocupación ante la proliferación y divulgación de las tecnologías de monitorización, vigilancia, censura y filtrado, que representan una amenaza cada vez mayor para los activistas en materia de derechos humanos y democracia en los países autocráticos;

154.  Condena firmemente el aumento del número de defensores de los derechos humanos que se enfrentan a amenazas digitales, como la exposición de la información mediante la expropiación de equipos, la vigilancia electrónica y la sustracción de datos; condena la práctica de la vigilancia electrónica y del pirateo informático para recopilar información que pueda utilizarse en procesos judiciales o campañas de difamación, así como en juicios por difamación;

155.  Condena firmemente el control ejercido por las autoridades sobre internet, los medios de comunicación y el entorno académico, así como el aumento de la intimidación, del acoso y del número de detenciones arbitrarias a los que se enfrentan los defensores de los derechos humanos, los abogados y los periodistas;

156.  Condena las restricciones a la comunicación digital, incluido el cierre de sitios web y el bloqueo de cuentas personales por parte de los regímenes autoritarios para limitar la libertad de expresión y como un medio para silenciar a la oposición y reprimir a la sociedad civil; pide a la Unión y a los Estados miembros que condenen públicamente a los regímenes que limitan la comunicación digital de sus críticos y de la oposición;

157.  Destaca la importancia de fomentar el acceso sin restricciones a Internet en todas las formas de contacto con terceros países, incluidas las negociaciones de adhesión, las negociaciones comerciales, los diálogos sobre derechos humanos y los contactos diplomáticos para permitir que la información sobre derechos humanos y democracia sea lo más accesible posible en todas las partes del mundo;

158.  Manifiesta su preocupación por el aumento del discurso de incitación al odio, especialmente en las plataformas de los medios sociales; pide a la Comisión que asocie a los representantes de las organizaciones de la sociedad civil para garantizar así que sus opiniones se tengan en cuenta en las negociaciones sobre los códigos de conducta; condena firmemente la divulgación de mensajes de odio que incitan a la violencia y el terror;

159.  Pide un mayor apoyo en el ámbito de la promoción de la libertad de los medios de comunicación, la protección de los periodistas, los autores de blogs y los denunciantes independientes, la reducción de la brecha digital y la facilitación del acceso sin restricciones a la información y la comunicación, así como la salvaguardia del acceso sin censura a Internet (libertad digital);

160.  Pide el desarrollo activo y la difusión de tecnologías que contribuyen a la protección de los derechos humanos, y que facilitan los derechos y las libertades digitales de las personas, así como su seguridad y privacidad;

161.  Pide a la Unión que utilice programas informáticos libres, gratuitos y de fuente abierta, y que anime a los demás agentes a hacer lo mismo, ya que este tipo de programas ofrecen más seguridad y un mayor respeto de los derechos humanos;

162.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que planteen el asunto de la libertad de expresión en línea, las libertades digitales y la importancia de un internet abierto y gratuito en todos los foros internacionales, incluido el Foro para la Gobernanza de Internet de las Naciones Unidas, el G8, el G20, la OSCE y el Consejo de Europa;

Lucha contra el terrorismo

163.  Reitera su condena inequívoca del terrorismo y su pleno apoyo a las acciones destinadas a erradicar las organizaciones terroristas, en particular el Dáesh, que representa una clara amenaza para la seguridad regional e internacional, recordando, al mismo tiempo, que esas acciones deben siempre respetar plenamente el Derecho internacional en materia de derechos humanos; apoya la aplicación de la Resolución 2178 (2014) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre las amenazas a la paz y la seguridad internacionales que suponen los actos terroristas, y de los Principios rectores de Madrid relativos a la detención del flujo de combatientes terroristas extranjeros;

164.  Recuerda que el Plan de Acción de la UE para los derechos humanos y la democracia subraya la necesidad de garantizar que el respeto de la libertad de opinión y de expresión se integre en la elaboración de políticas y programas relacionados con el terrorismo, incluida la utilización de tecnologías de vigilancia digital; destaca que los Estados miembros deben hacer pleno uso de los instrumentos a su disposición para abordar la radicalización de los ciudadanos europeos y desarrollar programas efectivos para contrarrestar la propaganda terrorista y extremista y los métodos de reclutamiento, en particular en línea, y para prevenir la radicalización; destaca que es urgente y necesaria una acción coordinada a nivel de la Unión e insiste en que los Estados miembros deben cooperar en ámbitos sensibles, principalmente el intercambio de información e inteligencia;

165.  Pide a la Unión que siga trabajando con las Naciones Unidas en la lucha contra la financiación del terrorismo, incluso recurriendo a los mecanismos existentes para designar personas y organizaciones terroristas, y que siga reforzando los mecanismos de congelación de bienes a escala mundial, respetando al mismo tiempo las normas internacionales sobre garantías procesales y el Estado de Derecho; pide a la Comisión y a los Estados miembros que aborden de forma eficaz y urgente este asunto con los Estados que financian, apoyan o permiten que sus ciudadanos financien o apoyen a las organizaciones terroristas;

La pena de muerte

166.  Recuerda la posición de la Unión de tolerancia cero frente a la pena de muerte y reitera su ya antigua oposición a la pena de muerte y al recurso a la tortura y los tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en todos los casos y en todas las circunstancias;

167.  Acoge con satisfacción la abolición de la pena de muerte en Fiyi, Surinam, Mongolia y el Estado de Nebraska en los EE.UU.;

168.  Manifiesta su profunda preocupación por la reanudación de las ejecuciones en algunos países durante los últimos años; lamenta que en otros países los líderes políticos estén considerando también la reintroducción de la pena de muerte; expresa su profunda preocupación por las informaciones sobre el aumento del número de condenas a muerte pronunciadas en 2015 en todo el mundo, en particular en China, Egipto, Irán, Nigeria, Pakistán y Arabia Saudí; recuerda a las autoridades de estos países que son parte de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, que prohíbe taxativamente la aplicación de la pena de muerte en casos de delitos cometidos por menores de 18 años;

169.  Muestra una especial preocupación por el aumento del número de sentencias de muerte pronunciadas en juicios masivos, sin las garantías mínimas de juicio justo establecidas por el Derecho internacional;

170.  Denuncia enérgicamente el incremento de las sentencias de muerte dictadas por delitos relacionados con estupefacientes, y pide la exclusión del uso de la pena de muerte y las ejecuciones sumarias por este tipo de delitos;

171.  Pide a aquellos Estados que hayan abolido la pena de muerte o establecido una moratoria de larga duración sobre ella que mantengan su compromiso y que no la reintroduzcan; pide a la Unión que siga utilizando la cooperación y la diplomacia en todos los foros internacionales posibles para oponerse a la pena de muerte, y que garantice que se respeta plenamente el derecho a un juicio justo para todas y cada una de las personas que se enfrentan a la pena capital; destaca la importancia para la Unión de seguir supervisando las condiciones en que se desarrollan las ejecuciones en aquellos países que todavía condenan a muerte, a fin de asegurarse, en particular, de que la lista de condenados a muerte sea pública y de que sus cuerpos se devuelvan a las familias;

172.  Insiste en que es importante que la Unión mantenga una política bien visible a favor de la abolición mundial de la pena de muerte, en consonancia con las Directrices revisadas de la Unión de 2013 sobre la pena de muerte, y que siga abogando contra la pena de muerte; pide a la Unión que siga trabajando en favor de su abolición universal, que explore nuevas formas de hacer campaña para ello, y que apoye, en el marco del IEDDH, las acciones encaminadas a evitar las condenas a muerte o las ejecuciones; pide a las delegaciones de la Unión que sigan organizando campañas de sensibilización en este sentido;

Lucha contra la tortura y los malos tratos

173.  Expresa su profunda preocupación por el continuado recurso a la tortura y los malos tratos de personas detenidas, entre otras cosas con el fin de obtener confesiones que se utilizan en procesos penales que distan mucho de cumplir las normas internacionales en materia de equidad;

174.  Lamenta el uso generalizado de la tortura y los malos tratos contra los disidentes para silenciarlos y contra grupos vulnerables, como las minorías étnicas, lingüísticas y religiosas, las personas LGBTI, las mujeres, los niños, los solicitantes de asilo y los migrantes;

175.  Condena en los términos más enérgicos las torturas y malos tratos infligidos por el Dáesh y otras organizaciones terroristas o paramilitares; expresa su solidaridad con las familias y comunidades de todas las víctimas afectadas por esta violencia; condena las prácticas del Dáesh y otras organizaciones terroristas y paramilitares de discriminar y perseguir a minorías; pide a la Unión, a sus Estados miembros y a la comunidad internacional que redoblen sus esfuerzos para abordar la necesidad urgente de evitar más sufrimientos de manera efectiva;

176.  Considera que las condiciones de encarcelamiento y el estado de las cárceles en ciertos países son muy preocupantes; considera indispensable el hecho de luchar contra cualquier tipo de tortura y de malos tratos, incluso psicológicos, a las personas encarceladas y de intensificar los esfuerzos para cumplir el Derecho internacional al respecto, en particular en relación con el acceso a la sanidad y a los medicamentos; condena firmemente las violaciones de este derecho y considera que negarse a tratar a las personas encarceladas, en particular por enfermedades como la hepatitis o el VIH, equivale a la denegación de auxilio a persona en peligro;

177.  Insta al SEAE a que, teniendo en cuenta las continuas informaciones sobre la práctica generalizada de las ejecuciones sumarias, torturas y malos tratos en todo el mundo, intensifique, a todos los niveles y en todos los foros de diálogo, los esfuerzos de la Unión en la lucha contra las ejecuciones sumarias, la tortura y otras formas de malos tratos, en consonancia con las directrices sobre la política de la Unión frente a terceros países en relación con la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes;

178.  Insta al SEAE a que siga planteando sus inquietudes, de manera sistemática, sobre la tortura y los malos tratos en los diálogos políticos y sobre derechos humanos con los países interesados y en las declaraciones públicas, e insta a las delegaciones de la Unión y a las embajadas de los Estados miembros sobre el terreno a que vigilen los casos de tortura y malos tratos, tomen medidas concretas para conseguir su completa erradicación, sigan los procesos penales relacionados con ellos y utilicen todos los instrumentos de los que disponen para ayudar a las personas afectadas;

Drones

179.  Manifiesta su grave preocupación en relación con el empleo de drones armados fuera del marco jurídico internacional; insta a los Estados miembros a que articulen posiciones políticas y jurídicas claras sobre los drones armados, y reitera su petición de una posición común de la Unión sobre el uso de drones armados que defienda los derechos humanos y el Derecho internacional humanitario y aborde cuestiones como el marco jurídico, la proporcionalidad, la rendición de cuentas, la protección de los civiles y la transparencia; insta una vez más a la Unión a que prohíba el desarrollo, la producción y el uso de las armas totalmente autónomas que permiten realizar ataques sin intervención humana; pide a la Unión que se oponga a la práctica de las ejecuciones extrajudiciales y selectivas y la prohíba, y que se comprometa a tomar las medidas adecuadas, de acuerdo con sus obligaciones legales interiores e internacionales, siempre que haya motivos razonables para creer que una persona física o jurídica de su jurisdicción podría estar relacionada con una ejecución selectiva ilegal en el extranjero; pide a la VP/AR, a los Estados miembros y al Consejo que incluyan los drones armados y las armas totalmente autónomas en los mecanismos europeos e internacionales de desarme y control de armamento pertinentes, e insta a los Estados miembros a colaborar con estos mecanismos de control y reforzarlos; pide a la Unión que garantice una mayor transparencia y responsabilización de los Estados miembros, especialmente frente a países terceros, con respecto al uso de drones armados por lo que se refiere al fundamento jurídico para dicho uso y a la responsabilidad operativa, que permita el control judicial de los ataques con drones y que garantice que las víctimas de ataques ilícitos con drones tengan acceso a reparaciones efectivas;

180.  Hace hincapié en la prohibición por la Unión del desarrollo, la producción y el uso de armas totalmente autónomas, que permiten efectuar ataques sin intervención humana; pide a la Unión que se oponga a la práctica de las ejecuciones selectivas ilegales y las prohíba;

181.  Pide a la Comisión que le mantenga debidamente informado acerca del uso de fondos de la Unión para todos los proyectos de investigación y desarrollo asociados con la fabricación de drones, tanto con fines civiles como militares; insta a que se lleven a cabo evaluaciones de impacto en materia de derechos humanos de los futuros proyectos de desarrollo de drones;

182.  Destaca que la repercusión de las tecnologías en la mejora de los derechos humanos debe incorporarse a todas las políticas y programas de la Unión para fomentar la protección de los derechos humanos y la promoción de la democracia, el Estado de Derecho y la buena gobernanza, así como la resolución pacífica de los conflictos;

Apoyo a la democracia y las elecciones y a las misiones de observación de elecciones

183.  Recuerda que un espacio abierto para la sociedad civil, la libertad de expresión, reunión y asociación y el respeto del Estado de Derecho son elementos fundamentales de unas elecciones justas y democráticas; pide a la Unión que garantice que las ONG locales tengan espacio para la observación y la supervisión legítimas del proceso electoral; subraya que la corrupción es una amenaza para el disfrute equitativo de los derechos humanos y socava los procesos democráticos; considera que la Unión debería insistir, en todos los diálogos con terceros países, en la importancia de la integridad, la rendición de cuentas y la buena gestión de los asuntos públicos, tal como se establece en la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción; recuerda la necesidad de que la Unión continúe implicándose con sus socios, en especial los de su vecindad, de apoyar las reformas económicas, sociales y políticas, proteger los derechos humanos y acompañar la instauración del Estado de Derecho, como mejores medios de fortalecer el orden internacional y garantizar la estabilidad en su vecindad; subraya, a este respecto, que la revisión de la PEV ha sido la ocasión para recordar que la defensa de los valores universales y el fomento de los derechos humanos son objetivos fundamentales de la Unión; recuerda que la experiencia adquirida por la Unión, la clase política, el mundo académico, los medios de comunicación, las ONG y la sociedad civil, y los conocimientos adquiridos en los procesos de transición democrática en el marco de las políticas de ampliación y vecindad podrían también contribuir positivamente a detectar las mejores prácticas que podrían utilizarse para apoyar y consolidar otros procesos de democratización en todo el mundo; acoge con satisfacción, en este contexto, el trabajo de la Dotación Europea para la Democracia y los programas de la Unión de apoyo a las organizaciones de la sociedad civil, especialmente el IEDDH;

184.  Recomienda que la Unión desarrolle una estrategia más global ante los procesos de democratización, ya que la observación de elecciones es solo una dimensión de un ciclo más largo y más extenso; reitera que la transición política y la democratización solo pueden ser sostenibles y tener éxito si se combinan con el respeto de los derechos humanos y la igualdad de acceso a los procesos democráticos para las mujeres, las personas con discapacidad y otros grupos marginalizados, la promoción de la justicia, la transparencia, la rendición de cuentas, la reconciliación, el Estado de Derecho, el desarrollo económico y social, la lucha contra la pobreza extrema y el establecimiento de instituciones democráticas; destaca que la lucha contra la corrupción en los países sumergidos en procesos de democratización debe ser una prioridad para la Unión, ya que este fenómeno dificulta la protección y la promoción de la buena gobernanza, impulsa a la delincuencia organizada y está vinculado con el fraude electoral;

185.  Acoge con satisfacción la Comunicación conjunta sobre la revisión de la Política Europea de Vecindad y recuerda que, de conformidad con el TUE, la relación de la Unión con sus países vecinos se debe basar en los valores de la Unión, entre los que se incluyen los derechos humanos y la democracia; subraya que contribuir a la estabilización de los países vecinos va de la mano de la promoción de la democracia, el Estado de Derecho, la buena gobernanza y los derechos humanos;

186.  Destaca que la Unión debería seguir apoyando unas instituciones democráticas y de defensa de los derechos humanos eficaces y a la sociedad civil en los países vecinos; toma nota con satisfacción, en este contexto, del compromiso continuo de la Dotación Europea para la Democracia en los países vecinos del este y sur de Europa para fomentar el respeto de los derechos y las libertades fundamentales y de los principios democráticos;

187.  Destaca que la política de ampliación es uno de los instrumentos más poderosos para reforzar el respeto de los principios democráticos y de los derechos humanos; pide a la Comisión que siga apoyando el refuerzo de las culturas políticas democráticas, el respeto del Estado de Derecho, la independencia de los medios de comunicación y del poder judicial y la lucha contra la corrupción en países candidatos y posibles candidatos a la adhesión;

188.  Pide a la Comisión y al SEAE que sigan proporcionando un apoyo total a los procesos democráticos en curso en terceros países, así como al diálogo político entre los partidos del Gobierno y de la oposición, y la sociedad civil; insiste en la importancia de dar seguimiento sistemáticamente a las recomendaciones de las misiones de observación electoral como parte del compromiso de la Unión en apoyo de la democracia, y como parte de las estrategias nacionales de los países afectados en materia de derechos humanos; pide una mayor coordinación y cooperación entre el Parlamento y la Comisión / SEAE para garantizar un seguimiento de la aplicación de estas recomendaciones, así como que se utilice la asistencia técnica y económica específica que la Unión pueda ofrecer; pide a la Comisión que elabore una evaluación global de los procesos de supervisión electoral;

189.  Pide al Consejo y al SEAE que incluyan en la parte geográfica del Informe anual de la Unión sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo una sección específica (en los países en cuestión) sobre la aplicación de las recomendaciones adoptadas en el marco de las misiones de observación electoral; recuerda el compromiso formulado en el Plan de Acción por parte del SEAE, la Comisión y los Estados miembros de colaborar de manera más sólida y continuada con los órganos de gestión electoral, las instituciones parlamentarias y las organizaciones de la sociedad civil de terceros países, a fin de contribuir a su empoderamiento y, por ende, al fortalecimiento de los procesos democráticos;

190.  Pide a la Comisión que garantice que su labor en materia de elecciones (observación y asistencia) se combine con un apoyo similar para otros agentes importantes dentro de un sistema democrático, como los partidos políticos, los parlamentos, las autoridades locales, los medios de comunicación independientes y la sociedad civil;

191.  Pide a la Unión que siga trabajando con vistas a definir las mejores prácticas en este ámbito, incluso en el contexto de las medidas de prevención de conflictos, la mediación y la facilitación del diálogo, para desarrollar una estrategia coherente, flexible y creíble a escala de la Unión;

192.  Reconoce el éxito del trabajo del SEAE y de las delegaciones de la Unión para completar la segunda generación de análisis de la democracia y el progreso en los planes de acción para la democracia, y pide a la VP/AR que estos planes de acción se traduzcan en apoyo concreto a la democracia sobre el terreno;

193.  Pide al SEAE que se base en la experiencia de los análisis de la democracia para preparar el terreno para incorporar esos análisis a su acción exterior, y señala que, si bien la inclusión de la democracia en las estrategias por país en materia de derechos humanos y democracia es positiva, no basta para tener una verdadera comprensión global de la democracia en un país socio;

194.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la Vicepresidenta/Alta Representante y al Representante Especial de la Unión Europea para los Derechos Humanos.

OPINIÓN de la Comisión de Desarrollo (9.11.2016)

para la Comisión de Asuntos Exteriores

sobre el Informe anual sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo y la política de la Unión al respecto (2015)
(2016/2219(INI))

Ponente: Cristian Dan Preda

SUGERENCIAS

La Comisión de Desarrollo pide a la Comisión de Asuntos Exteriores, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de Resolución que apruebe:

1.  Está firmemente convencido de que el desarrollo y los derechos humanos son interdependientes, y de que el respeto, la protección y el pleno disfrute de los derechos humanos, incluidos los derechos sociales, económicos y políticos, son condiciones previas para reducir la pobreza y las desigualdades y alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) para todos; considera, por el contrario, que la pobreza y el subdesarrollo impiden el goce efectivo de los derechos humanos;

2.  Subraya que la comunidad internacional se enfrenta en la actualidad uno de los mayores desafíos en lo que respecta a la crisis de los refugiados; acoge con satisfacción la creación de nuevos instrumentos de la Unión para hacer frente a las causas profundas de la migración, y subraya la importancia de situar los derechos humanos y la dignidad en el centro de las políticas de la Unión en materia de migración; recuerda que el derecho a abandonar el propio país está consagrado en el artículo 13 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas y que se han de respetar los derechos humanos de las personas migrantes en los países de origen, de tránsito y de destino, inclusive en los centros de detención;

3.  Opina que la garantía de los derechos humanos para todas las personas ha de ser un factor transversal en el cumplimiento de todas las metas y objetivos de la Agenda 2030; pide que se establezca, a nivel nacional e internacional, un marco de indicadores de los ODS que tenga en cuenta los derechos humanos y se base en los derechos, para garantizar la mayor transparencia y responsabilidad al respecto, de modo que los recursos asignados al desarrollo lleguen realmente a las personas que los necesitan;

4.  Destaca la importancia capital de los dieciséis ODS para asegurar la paz, la justicia y unas sociedades inclusivas; subraya que el respeto de los derechos humanos es fundamental para el éxito de todo proceso de democratización y que la consolidación del Estado de Derecho, la buena gobernanza, las capacidades institucionales recurriendo al apoyo presupuestario, la participación democrática y la toma de decisiones representativa, la estabilidad, la justicia social y crecimiento inclusivo y sostenible permitiendo una redistribución equitativa de la riqueza producida deberían ser objetivos clave de todas las políticas exteriores de la Unión Europea; advierte contra el populismo, el extremismo y la vulneración de la constitución que legitiman la violación de los derechos humanos;

5.  Recuerda que se ha introducido un enfoque basado en los derechos en la política de desarrollo de la Unión con vistas a incorporar estos principios a las actividades operativas de la Unión en favor del desarrollo, incluidas disposiciones tanto en las sedes como sobre el terreno, destinadas a sincronizar las actividades en materia de derechos humanos y de cooperación para el desarrollo; pide que el instrumental que permite aplicar este enfoque tenga una mayor difusión entre nuestros socios, incluidos las autoridades locales, la sociedad civil y el sector privado, y que la Comisión siga de cerca su aplicación;

6.  Manifiesta su preocupación por cualquier intento de utilizar los fondos asignados para la lucha contra la pobreza y para el desarrollo —que también llevan a la práctica políticas destinadas en últimas instancia a la tutela de los derechos humanos— para otros fines que no tengan que ver con el desarrollo;

7.  Recuerda la fundamental importancia del principio, consagrado en el artículo 208 del TFUE, de coherencia de las políticas en favor del desarrollo (CPD) para lograr el respeto de los derechos humanos; pide a la UE que se asegure de que las directrices necesarias, las evaluaciones de impacto y los mecanismos de control e información hacen realidad la CPD en las políticas de la Unión y en las de sus Estados miembros; insiste en que se refuerce la coherencia y la coordinación entre todas las políticas exteriores y los instrumentos de la Unión cuando se aplica el enfoque basado en los derechos; insta a los Estados miembros a actuar dentro del ámbito de sus competencias, coherentemente con los compromisos adoptados en materia de desarrollo y con las políticas de la Unión en ese ámbito;

8.  Insta vivamente al Consejo, a la Comisión y a los Estados miembros a que incluyan sistemáticamente los derechos humanos en los diálogos políticos y las negociaciones comerciales que mantienen con los países en desarrollo y a que garanticen que la cooperación con los países terceros se vincula a los progresos realizados en lo referente a la promoción efectiva de la democracia y los derechos humanos; insta a la Comisión a que siga promoviendo la inclusión de derechos humanos innegociables y de cláusulas sociales y medioambientales cuando negocie acuerdos internacionales, incluidos los AAE, y a que considere la posibilidad de introducir un sistema de sanciones y mecanismos de compensación para las víctimas cuando se demuestre una violación de los derechos humanos; insiste, en particular, en que el futuro acuerdo con los países ACP debe reforzar el diálogo existente en materia de derechos humanos; pide a la Unión que haga participar activamente a las ONG y a la sociedad civil en la elaboración de las políticas para garantizar la eficacia de las disposiciones relativas a los derechos humanos y la apropiación y evitar toda posible instrumentalización de los derechos humanos;

9.  Reconoce el papel crucial que desempeñan las delegaciones de la Unión en lo que concierne a la promoción de los derechos humanos en terceros países y la aplicación efectiva de la política exterior de la Unión en materia de derechos humanos; pide a la Comisión que evalúe el uso que se hace en las delegaciones del instrumental que permite aplicar un enfoque basado en los derechos y que presente al Parlamento un resumen de esta evaluación;

10.  Recuerda que el sector privado es un importante socio para la consecución de los ODS; subraya la importancia de garantizar la responsabilidad de las empresas multinacionales y su conformidad con los derechos humanos y las normas y los principios sociales y medioambientales cuando realizan su actividad en un país; considera que esto puede maximizarse mediante la celebración de más asociaciones público-privadas; pide, a este respecto, a la Unión y a los Estados miembros que evalúen periódicamente las repercusiones en los derechos humanos de las actividades del sector privado relacionadas con el desarrollo, y que se impliquen activamente en la labor del Consejo de Derechos Humanos de la Naciones Unidas y del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) en favor de un tratado internacional por el que se responsabilice a las empresas transnacionales de las violaciones de los derechos humanos;

11.  Recuerda que los conflictos y la fragilidad afectan negativamente a la vida de millones de personas y que las violaciones de los derechos humanos asociadas al terrorismo predominan de forma generalizada; destaca que es necesario mejorar la vinculación entre las respuestas de la política exterior en materia de seguridad, la ayuda humanitaria y las respuestas en materia de desarrollo a largo plazo; insta a la Unión a incluir en los programas de desarrollo con terceros países la protección de las víctimas de delitos y violencia, y a dar prioridad a los intercambios de las mejores prácticas en la lucha contra la corrupción, ya que la corrupción es con frecuencia una vía de entrada para la impunidad y la causa profunda de injusticia con las víctimas;

12.  Subraya la necesidad de promover la inclusión social, económica y política de todas las personas, con independencia de la edad, el sexo, la orientación sexual, la raza, el origen étnico o la religión, incluido el acceso equitativo a sistemas sanitarios nacionales fortalecidos para todos; pide a las instituciones de la Unión que aborden la discriminación por razón de casta al mismo nivel que otros motivos de discriminación; reitera el compromiso de la Unión de apoyar a los grupos vulnerables y marginados, incluidas las personas con discapacidad de conformidad con la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad, e insta a que se examine en profundidad la eficacia de los proyectos relacionados con la discapacidad y a la adecuada participación de las organizaciones de personas con discapacidad en la planificación y la ejecución de esos proyectos; subraya, además, la importancia del objetivo 5 de los objetivos de desarrollo sostenible que persigue la eliminación de todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas, y de prestar especial atención al importante papel que desempeñan de las mujeres defensoras de los derechos humanos;

13.  Recuerda la necesidad de reforzar el arsenal jurídico, referido a todas las fases de producción y comercialización, para garantizar una mejor trazabilidad de los minerales; insta a la Unión a prevenir toda violación de los derechos humanos relacionada con la explotación de los recursos naturales por parte de multinacionales de la Unión en países en desarrollo y que apoye iniciativas y marcos jurídicos rigurosos que tengan por objeto lograr la transparencia y la buena gobernanza en los sectores de la minería y de otros recursos; apoya las iniciativas mundiales de lucha contra la corrupción, como la Iniciativa para la transparencia de las industrias extractivas (ITIE); recuerda que los pueblos indígenas se ven especialmente afectados por violaciones de los derechos humanos relacionadas con la extracción de recursos y que debe respetarse su consentimiento libre, previo e informado;

14.  Observa con gran preocupación que, según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), aproximadamente veintiún millones de hombres, mujeres y niños en todo el mundo están sujetos a alguna forma de esclavitud y que se han denunciado violaciones recurrentes de las normas laborales fundamentales en diversos países con estatus de SPG+ ; destaca la obligación de respetar las normas internacionales de trabajo, de acuerdo con el Programa de Trabajo Decente de la OIT, y opina que los derechos laborales deben ocupar un lugar más central en las relaciones exteriores de la Unión; insta a la aplicación y la ejecución efectivas del SGP+, controlado por la sociedad civil y a través de un mecanismo de información transparente; pide, además, al BEI que preste más atención al impacto que tienen sus operaciones sobre los derechos humanos y los derechos laborales y sugiere a tal efecto la inclusión de parámetros de derechos humanos en sus evaluaciones de proyectos;

15.  Expresa su satisfacción por que se haya incluido un capítulo dedicado al desarrollo en el informe anual de la Unión y pide que esta práctica se generalice para los informes futuros.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN

Fecha de aprobación

8.11.2016

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

19

3

1

Miembros presentes en la votación final

Louis Aliot, Nicolas Bay, Beatriz Becerra Basterrechea, Ignazio Corrao, Raymond Finch, Enrique Guerrero Salom, Maria Heubuch, György Hölvényi, Teresa Jiménez-Becerril Barrio, Arne Lietz, Linda McAvan, Norbert Neuser, Cristian Dan Preda, Elly Schlein, Eleni Theocharous, Bogdan Brunon Wenta, Anna Záborská

Suplentes presentes en la votación final

Marina Albiol Guzmán, Agustín Díaz de Mera García Consuegra, Bernd Lucke, Judith Sargentini, Patrizia Toia

Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final

Maria Grapini

OPINIÓN de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género (10.11.2016)

para la Comisión de Asuntos Exteriores

sobre el Informe anual sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo y la política de la UE al respecto (2015)
(2016/2219(INI))

Ponente de opinión: Beatriz Becerra Basterrechea

SUGERENCIAS

La Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género pide a la Comisión de Asuntos Exteriores, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de Resolución que apruebe:

–  Visto el Protocolo (n.º 1) anejo al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, sobre el cometido de los Parlamentos nacionales en la Unión Europea, y el Protocolo (n.º 2) anejo al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad,

–  Vista su Resolución, de 8 de marzo de 2016, sobre la situación de las mujeres refugiadas y solicitantes de asilo en la UE,

–  Visto el documento de trabajo conjunto de los servicios de la Comisión titulado «Igualdad de género y empoderamiento de la mujer: transformar la vida de niñas y mujeres mediante las relaciones exteriores de la UE (2016-2020)»,

–  Visto el Convenio sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Doméstica (Convenio de Estambul),

–  Vistas las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 1325, 2242, 1820, 1888, 1889 y 1960 sobre las mujeres, la paz y la seguridad,

–  Vista la Convención de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, de 1979,

–  Visto el Convenio de 1951 y el Protocolo de 1967 sobre el Estatuto de los Refugiados,

–  Vista la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño,

–  Visto el informe de Rashida Manjoo, relatora especial de las Naciones Unidas, sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias,

–  Vistas las conclusiones de la 60.ª sesión de la Comisión de las Naciones Unidas de la Condición Jurídica y Social de la Mujer, celebrada en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York del 14 al 24 de marzo de 2016,

–  Visto el informe elaborado por la Organización Mundial de la Salud en 2013 titulado «Estimaciones mundiales y regionales de la violencia contra la mujer»,

Α.  Considerando que la violencia contra las mujeres y las niñas es la violación de derechos humanos más extendida en el mundo, que afecta a todos los estratos de la sociedad, independientemente de la edad, el nivel de educación, los ingresos, la posición social y el país de procedencia o residencia, y que representa un obstáculo decisivo para la igualdad de género; considerando que en determinados países se registra un notable aumento del número de estos casos;

B.  Considerando que en muchas partes del mundo las mujeres y las niñas siguen siendo víctimas de la violencia de género, y en particular de violaciones, trata de personas, matrimonios forzados, delitos por cuestiones de honor, mutilación genital femenina, esclavitud, castigos crueles e inhumanos equivalentes a torturas y de otras violaciones de sus derechos fundamentales a la vida, la libertad, la justicia, la dignidad, la seguridad y la libertad, así como de su derecho a la integridad psicológica y física y a la autodeterminación en materia sexual y reproductiva;

C.  Considerando que no todas las mujeres y los menores que han sido víctimas de la violencia doméstica o de delitos de carácter sexual tienen acceso a redes de asistencia, servicios de salud mental o sistemas judiciales adecuados ni preparados para tratar este tipo de abusos;

D.  Considerando que, de acuerdo con los datos de la Organización Mundial de la Salud, aproximadamente el 35 % de las mujeres del mundo han sufrido violencia física y/o sexual y que esa cifra no incluye los casos no denunciados por las mujeres ni datos que nunca se han recabado;

E.  Considerando que, en los países donde se practica la pena de muerte, los métodos aplicados a las mujeres equivalen a la tortura e implican la humillación del cuerpo de la víctima;

F.  Considerando que el respeto de los derechos humanos, y en particular los derechos de las mujeres y las niñas, corre peligro en todo el mundo, y que la universalidad de los derechos humanos está siendo gravemente amenazada, cada vez en mayor medida, por una serie de gobiernos autoritarios; considerando que existen numerosos intentos por parte de movimientos de extrema derecha y contra la igualdad de género de limitar los derechos de las mujeres en relación con su propio cuerpo, los derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero e intersexuales (LGBTI) y los derechos fundamentales de los refugiados y los solicitantes de asilo;

G.  Considerando que la Unión Europea se ha comprometido a fomentar la igualdad de género y a garantizar la integración de la dimensión de género en todas sus acciones;

H.  Considerando que la igualdad de género es una condición necesaria para que las mujeres y las niñas puedan disfrutar de sus derechos humanos y que es un factor esencial para la integración de la dimensión de género mediante los programas estratégicos nacionales;

I.  Considerando que la Estrategia de la Unión Europea para la igualdad entre mujeres y hombres ya prevé la integración de la dimensión de género en su política comercial;

J.  Considerando que, en época de conflictos armados, las mujeres y los menores refugiados, los solicitantes de asilo y los apátridas se encuentran entre los grupos más vulnerables de la sociedad, y que los riesgos para las adolescentes desplazadas durante las crisis humanitarias se acrecientan significativamente;

K.  Considerando que en los últimos años algunos países europeos han adoptado una actitud menos tolerante hacia los migrantes, los refugiados y los solicitantes de asilo; que la Unión Europea debe dar ejemplo y seguir una línea coherente en su política interior y exterior, y que los Estados miembros deben transponer la legislación europea a sus ordenamientos jurídicos nacionales;

L.  Considerando que la salud y los derechos sexuales y reproductivos se basan en derechos humanos fundamentales y son elementos esenciales de la dignidad humana; considerando, asimismo, que estos derechos no están todavía garantizados en todo el mundo;

M.  Considerando que las mujeres de todo el mundo se ven especialmente afectadas por las consecuencias de las políticas relativas al clima, el medio ambiente y la energía, lo que hace que la lucha contra la desigualdad de género sea interdependiente de la lucha contra el cambio climático;

N.  Considerando que las mujeres y las niñas con discapacidad o que pertenecen a grupos minoritarios culturales, tradicionales, lingüísticos, religiosos, de género u orientación sexual presentan un riesgo mayor de sufrir violencia, malos tratos, negligencia y múltiples formas de discriminación por su discapacidad, su condición minoritaria y su género;

O.  Considerando que las mujeres y las niñas constituyen las dos terceras partes de los 960 millones de analfabetos en el mundo[1]; que las niñas siguen sufriendo serias desventajas y exclusión en los sistemas educativos de muchos países; que se prohíbe a las niñas y las mujeres el acceso a una enseñanza de calidad, y que son obligadas a abandonar los estudios cuando contraen matrimonio o tienen hijos;

P.  Considerando que, en una declaración de 2005, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas solicitó a sus Estados miembros que siguieran aplicando su Resolución 1325 mediante la elaboración de planes de acción nacionales (PNA) u otras estrategias a escala nacional, y que, hasta la fecha, solo 60 de sus Estados miembros —diecisiete de los cuales son Estados miembros de la Unión— han desarrollado y puesto en marcha este tipo de programas de acción nacionales;

Q.  Considerando que tres quintas partes de los mil millones de personas que viven por debajo del umbral de pobreza son mujeres;

R.  Considerando que el empoderamiento económico de las mujeres es una forma de aumentar y mejorar el ejercicio de sus derechos fundamentales en la práctica;

1.  Considera que las mujeres deberían desempeñar un papel más importante en los procesos y las instituciones nacionales e internacionales que participan en la prevención de los conflictos y la promoción de los derechos humanos y las reformas democráticas, y destaca la importancia que reviste el apoyo a la participación sistemática de las mujeres como un componente esencial en los procesos de paz y reconstrucción posteriores a los conflictos; destaca que la participación de las mujeres en las conversaciones para la resolución de conflictos es crucial para promover sus derechos y su participación, y que es el primer paso hacia su plena inclusión en los futuros procesos de transición; pide a la Comisión, a la Alta Representante y a los Estados miembros que promuevan el papel de las mujeres en todos los procesos de resolución de conflictos y consolidación de la paz en los que esté representada la Unión Europea;

2.  Condena firmemente el recurso constante a la violación y a otras formas de violencia sexual y de género contra las mujeres y las niñas como armas de guerra; pide a todos los países y, en particular, a los Estados miembros de la Unión que todavía no lo han hecho, que elaboren planes de acción nacionales para poner en práctica la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, junto con estrategias dirigidas a combatir directamente la violencia contra las mujeres; pide que se asuma un compromiso mundial que garantice la aplicación de la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas; destaca que las misiones de la política común de seguridad y defensa y las misiones de formación, técnicas y de asistencia de la Unión en terceros países deben contribuir a la lucha contra la violencia sexual y de género; subraya la necesidad de utilizar medios pacíficos para resolver los conflictos y de incluir a las mujeres en el núcleo de las negociaciones y actuaciones;

3.  Reconoce que las mujeres y niñas se encuentran en una situación particularmente desfavorable y de riesgo; considera que debe velarse particularmente por su acceso a la educación, a la salud y a los derechos sexuales y reproductivos, de forma que puedan llevar una vida libre de todas las formas de violencia; que deben suprimirse las legislaciones y las prácticas discriminatorias, y que es necesario empoderar a las niñas y a las jóvenes de todo el mundo;

4.  Pide la asunción de un compromiso a escala mundial que garantice la seguridad de las mujeres y las niñas desde el inicio de cualquier crisis o emergencia, abordando de forma adecuada el riesgo de violencia sexual y de género, promoviendo la sensibilización, facilitando el acceso a la justicia de las mujeres y las niñas en las situaciones de conflicto y en las etapas posteriores a los conflictos, mejorando los procesos de rendición de cuentas y asegurando el procesamiento efectivo de los autores de los actos de violencia, dado que la impunidad —también en el seno de las fuerzas armadas regulares— sigue siendo uno de los obstáculos que se oponen a la ruptura del círculo vicioso de la violencia sexual en algunos países, así como garantizando el acceso a toda la gama de servicios de salud sexual y reproductiva, y en particular a un aborto seguro y legal en el caso de las víctimas de violación de guerra;

5.  Denuncia que en los países en los que está en vigor la pena de muerte, esta se ejecuta contra las mujeres con modalidades equivalentes a la tortura —por ejemplo, la lapidación— y con humillación del cuerpo de la víctima —por ejemplo, mediante el ahorcamiento público—, con el fin de intimidar a otras mujeres; condena firmemente todas las formas de tortura por razones de género, y en particular la lapidación y los asesinatos por cuestiones de honor;

6.  Considera que la violencia contra las mujeres y la violencia de género vulneran los derechos fundamentales y constituyen una forma gravísima de discriminación, que es al mismo tiempo la causa y la consecuencia de las desigualdades en materia de género dentro y fuera de la Unión;

7.  Denuncia que las mujeres y las niñas representan el 98 % de las víctimas de la trata con fines de explotación sexual; pide a los Estados miembros que redoblen sus esfuerzos dirigidos a luchar contra esta práctica que vulnera los derechos fundamentales de las mujeres y las niñas;

8.  Insiste en que las diferencias religiosas, culturales y de tradición no pueden justificar en ningún caso la discriminación ni ninguna forma de violencia, en especial contra las mujeres y las niñas, como la mutilación genital femenina, los abusos sexuales, el feminicidio, los matrimonios precoces y forzados, la violencia doméstica, los asesinatos y la violencia por cuestiones de honor y otras formas de tortura y muerte como la lapidación;

9.  Reitera que la mutilación genital femenina constituye una grave violación de los derechos humanos a la que debe concederse una atención particular en el diálogo de la Unión con aquellos terceros países en los que su práctica es predominante; recuerda que la mutilación genital femenina tiene consecuencias graves y duraderas para la salud de las mujeres y, por consiguiente, para su desarrollo;

10.  Señala que las medidas dirigidas a atajar la violencia de género también deben abordar la intimidación en línea, y en particular el acoso, la tiranización y la intimidación, y encaminarse a crear un entorno digital en línea seguro para las mujeres y las niñas;

11.  Reitera su ya antigua oposición a la pena de muerte en todas las circunstancias, y pide una vez más la moratoria inmediata de las ejecuciones en los países en los que todavía se aplica la pena capital;

12.  Pide que se analicen los datos relacionados con la violencia de género característicos de cada región, con el fin de adaptar mejor las acciones emprendidas y mejorar las condiciones de las mujeres en regiones específicas;

13.  Acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión, de 4 de marzo de 2016, de adhesión de la Unión al Convenio de Estambul, el primer instrumento jurídicamente vinculante cuyo objetivo es prevenir y combatir la violencia contra las mujeres; considera que esta iniciativa conferirá una mayor eficacia y coherencia a las políticas internas y externas de la Unión, destacará su responsabilidad y reforzará su misión de combatir la violencia contra las mujeres y la violencia de género a escala internacional; insta a la Comisión y al Consejo a que redoblen sus esfuerzos dirigidos a conseguir que la Unión firme y concluya el Convenio de Estambul, alentando al mismo tiempo a los catorce Estados miembros que todavía no lo han hecho a que firmen y ratifiquen este instrumento, de forma que se garantice su aplicación adecuada;

14.  Pide a la Comisión que elabore urgentemente una estrategia europea para la lucha contra la violencia de género que incluya un instrumento legislativo dirigido a combatir y prevenir todas las formas de violencia contra las mujeres dentro de la Unión;

15.  Lamenta la falta de políticas de prevención en materia de violencia de género, la falta de apoyo a las víctimas y el elevado porcentaje de agresores que quedan impunes en un gran número de países; pide al SEAE que intercambie las mejores prácticas con terceros países en materia de procedimientos legislativos y programas de formación para el personal policial y judicial y los funcionarios; insta a la Unión a que apoye a las organizaciones de la sociedad civil que se dedican a la defensa de los derechos humanos y al fomento de la igualdad de género en terceros países, y a que colabore estrechamente con las organizaciones internacionales activas en el ámbito de la igualdad de género, con el fin de crear sinergias y promover el empoderamiento de la mujer;

16.  Constata que la edad media de entrada en la prostitución se sitúa a nivel mundial entre los 12 y los 14 años, y que la prostitución y la explotación sexual son cuestiones muy determinadas por el género y una forma de violencia de género, contrarias a los principios de los derechos humanos, de los que la igualdad de género es un pilar fundamental; pide a la comunidad internacional que desarrolle medidas concretas dirigidas a reducir la demanda de mujeres, niñas, hombres y niños para fines de prostitución como una estrategia clave para prevenir y reducir la trata de personas;

17.  Pide que se apliquen leyes y políticas dirigidas directamente a los autores de los delitos, con el fin de reducir la demanda de explotación sexual, dejando de criminalizar a las personas dedicadas a la prostitución y facilitándoles servicios de apoyo, incluida una asistencia social legal y psicológica de alta calidad para quienes se propongan abandonar la prostitución;

18.  Destaca que los estereotipos de género figuran entre los factores principales que provocan la violación de los derechos de las mujeres y las desigualdades entre hombres y mujeres, al tiempo que subraya la importancia que reviste combatir a quienes refuerzan la situación de subordinación de las mujeres en la sociedad, que constituye una de las causas principales de las desigualdades mencionadas, de las violaciones de los derechos humanos de las mujeres y de la violencia de género; destaca la importancia de realizar campañas de sensibilización dirigidas a todos los estratos de la sociedad, de definir estrategias para motivar a las mujeres y para implicar a los hombres, de conseguir una mayor implicación de los medios de comunicación y de integrar las cuestiones de género en la educación y en todas las políticas e iniciativas de la Unión, en particular en materia de acción exterior, cooperación y ayuda para el desarrollo y ayuda humanitaria; pide al SEAE y a la Comisión que hagan hincapié en la participación de los hombres y los niños en las campañas informativas y de sensibilización sobre los derechos de las mujeres, como destinatarios y como agentes del cambio; señala la necesidad de prestar una atención particular a las disposiciones constitucionales, legislativas o reglamentarias que discriminan a las mujeres por razones de género;

19.  Reitera que el matrimonio infantil, el matrimonio precoz y forzado o la no imposición de una edad mínima legal para contraer matrimonio constituyen una violación de los derechos de los niños y un verdadero freno a la emancipación de las mujeres;

20.  Destaca la importancia que reviste que las autoridades se comprometan a desarrollar campañas de educación dirigidas a los hombres y a las generaciones más jóvenes, con el fin de implicar a los hombres y a los niños como compañeros, mediante la prevención y la eliminación gradual de todos los tipos de violencia de género y el fomento del empoderamiento de las mujeres;

21.  Destaca la necesidad de mejorar el acceso de las mujeres y las niñas a todos los niveles de la educación y de suprimir todas las barreras al aprendizaje, especialmente en las comunidades más pobres y marginadas, así como de impulsar la formación profesional de las mujeres y los programas de formación sobre igualdad de género dirigidos a los profesionales de la educación en terceros países, en la medida en que está demostrado que la educación de las mujeres y las niñas mejora notablemente sus perspectivas futuras; insta a la Unión a incluir esta prioridad en todas sus actividades diplomáticas, comerciales y de cooperación para el desarrollo, y recomienda que se tenga en cuenta y se aplique el presupuesto de género en todos los programas y medidas que ofrezcan financiación en el ámbito de la educación y la enseñanza de las mujeres y las niñas; destaca la necesidad de que se continúe educando a los niños, los jóvenes y las mujeres en los campos de refugiados y en zonas de conflicto, así como en los hospitales;

22.  Pide a todos los Estados miembros que agilicen la aplicación de las obligaciones y los compromisos relacionados con los derechos de las mujeres de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en el ámbito de la Plataforma de Acción de Beijing, y que apoyen a las organizaciones civiles dedicadas al fomento de la igualdad de género;

23.  Expresa su preocupación por las actividades del sector de la gestación por sustitución, que trata el cuerpo de la mujer como una mercancía en el mercado reproductivo internacional, al tiempo que lamenta que dicho sector explote en gran medida a mujeres vulnerables procedentes ante todo del hemisferio sur;

24.  Condena que todos los año fallezcan más de 500 000 mujeres en todo el mundo durante el parto[2] y que a menudo se vulneren los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres; destaca que una asistencia sanitaria adecuada y asequible y el respeto universal de la salud y de los derechos sexuales y reproductivos, así como el acceso a la educación y a los servicios en este ámbito, contribuyen a la asistencia prenatal, a la capacidad de evitar partos de alto riesgo y a la reducción de la mortalidad infantil;

25.  Insta a la Unión y a sus Estados miembros a que reconozcan los derechos inalienables de las mujeres y las niñas a su integridad corporal y a su capacidad de decisión autónoma por lo que se refiere, entre otros aspectos, al derecho a acceder a una planificación familiar voluntaria, a servicios asistenciales de maternidad y a una interrupción del embarazo legal y segura, que son factores importantes para salvar las vidas de las mujeres, así como el derecho a no sufrir actos de violencia, incluidos la mutilación genital femenina, el matrimonio precoz y forzado y la violación conyugal;

26.  Pide a la Unión y a la comunidad internacional que redoblen sus esfuerzos dirigidos a conseguir un nuevo objetivo de desarrollo sostenible en materia de igualdad de género (ODS 5) que se beneficie de una mejor financiación, reconociendo la importancia del acceso a una enseñanza integral sobre sexualidad y del acceso universal a la salud y a los derechos sexuales y reproductivos;

27.  Lamenta que las mujeres tengan que seguir afrontando en todo el mundo problemas enormes a la hora de encontrar y conservar trabajos dignos, tal como demuestra el informe de la Organización Internacional del Trabajo titulado «Las mujeres en el trabajo: tendencias de 2016»;

28.  Lamenta que el techo de cristal con el que topan las mujeres en las empresas, la brecha salarial entre hombres y mujeres y el desánimo de la sociedad con respecto a la capacidad empresarial femenina sigan siendo un fenómeno mundial; pide que se emprendan iniciativas dirigidas a reforzar el proceso de empoderamiento de las mujeres, especialmente en los sectores del empleo autónomo y las pymes;

29.  Lamenta que, con demasiada frecuencia, se discrimine a las mujeres frente a los hombres en el acceso a los recursos financieros, como los préstamos bancarios; subraya que la capacitación de las mujeres en el entorno empresarial ha demostrado ser un factor vital para impulsar la economía y, a largo plazo, para combatir la pobreza;

30.  Recomienda plantearse la posibilidad de elaborar y adoptar un instrumento internacional vinculante a escala de las Naciones Unidas sobre la violencia que cuente con su propio órgano de control específico; recomienda que se tenga en cuenta y se aplique el presupuesto de género en todos los programas y medidas que ofrezcan financiación en el ámbito de la educación y la enseñanza dirigidas a las mujeres y las niñas;

31.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que apliquen la perspectiva de género en la elaboración de los presupuestos relacionados con todas las medidas de financiación pertinentes por parte de la Unión;

32.  Destaca la necesidad de garantizar que los profesionales de la salud, la policía, los fiscales, los jueces, los diplomáticos y el personal encargado de mantener la paz, tanto en la Unión como en terceros países, reciban la formación adecuada para ayudar y apoyar a las víctimas de violencia, y en particular las mujeres y los niños, en situaciones de conflicto y en las operaciones sobre el terreno;

33.  Lamenta y condena que en algunos terceros países se considere legítimo el matrimonio entre adultos y menores, en algunos casos incluso de edad inferior a nueve años (esposas niña);

34.  Señala que la igualdad de género no se refiere únicamente a los hombres y las mujeres, sino que incluye necesariamente a toda la comunidad LGBTI;

35.  Expresa su preocupación por el hecho de que los movimientos de extrema derecha y contra la igualdad de género de varios países hayan ganado apoyo público en los últimos años; considera que estos movimientos cuestionan los logros conseguidos en los ámbitos de los derechos de la mujer, la igualdad de género y los derechos de los migrantes y pretenden bloquear leyes y políticas que protegen a las personas LGBTI frente a los delitos de odio y a la discriminación;

36.  Lamenta y condena que en algunos terceros países la homosexualidad esté considerada un delito y, en consecuencia, sea castigada, incluso con la pena capital; pide a la Unión y a los Estados miembros que promuevan y protejan con firmeza en sus políticas exteriores el disfrute de todos los derechos humanos por las personas LGBTI;

37.  Señala la necesidad de intensificar la integración de las cuestiones de género en la ayuda humanitaria de la Unión;

38.  Lamenta profundamente la falta de igualdad de género en la esfera política y que las mujeres estén infrarrepresentadas en el proceso de toma de decisiones a nivel político, social y económico, lo que socava los derechos fundamentales y la democracia; considera que los gobiernos deberían fijarse como objetivo la igualdad de género en los procesos de consolidación y mantenimiento de la democracia, así como la lucha contra todas las formas de discriminación por motivos de sexo en las sociedades; destaca que el informe de las misiones de observación electoral establece orientaciones precisas para el diálogo político de la Unión con terceros países, con el fin de mejorar la participación de las mujeres en los procesos electorales y en la vida democrática de los países;

39.  Recuerda que el Plan de Acción de la Unión Europea para la igualdad de género y la autonomía de las mujeres en el desarrollo es uno de los instrumentos fundamentales de la Unión para mejorar la igualdad de género en terceros países, y considera, por tanto, que el nuevo Plan de Acción de la UE debería adoptar la forma de una comunicación de la Comisión; pide a la Comisión que tenga en cuenta la Resolución del Parlamento sobre la actualización del Plan de Acción para la igualdad de género;

40.  Pide que la Unión revise sus políticas de comercio internacional y adopte un enfoque en el que los derechos humanos, laborales, ambientales y de los consumidores ocupen un lugar prioritario y orienten el comercio y las inversiones a nivel transnacional y nacional;

41.  Pide a la Unión Europea que garantice que la protección de los derechos humanos fundamentales —en particular de las mujeres y las niñas— se incluya en las estrategias nacionales y en los diálogos políticos en materia de derechos humanos, así como en todos los acuerdos económicos y comerciales de la Unión con terceros países en forma de cláusulas jurídicamente vinculantes; alienta a que el cumplimiento de los valores fundamentales de la Unión figure como un criterio para el apoyo presupuestario;

42.  Señala el papel clave que incumbe a las empresas europeas que operan en todo el mundo en la promoción de la igualdad de género, dado que pueden actuar como modelos;

43.  Señala la importancia de introducir medidas positivas como las cuotas, para fomentar la participación de las mujeres en los órganos políticos, en el proceso democrático y en la toma de decisiones económicas;

44.  Pide que se empleen indicadores cuantitativos y cualitativos que tengan en cuenta la perspectiva de género y la recopilación sistemática y oportuna de datos desglosados en función del género como parte del proceso de supervisión y evaluación del nuevo Plan de Acción para la igualdad de género;

45.  Lamenta que algunos países sigan limitando la participación de las mujeres en la elección de los representantes públicos;

46.  Destaca que la comunidad internacional ha reconocido como prioridad la situación de las mujeres con discapacidad; recuerda las conclusiones de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, en las que se afirma que las políticas y los programas para combatir la violencia contra las mujeres y las niñas con discapacidad deben desarrollarse en estrecha colaboración con las personas con discapacidad, reconociendo su autonomía, y con las organizaciones que operan en este ámbito; subraya la necesidad de una supervisión periódica de las instituciones y de una formación adecuada para los cuidadores; pide a la Unión que incluya la lucha contra la discriminación por discapacidad en sus políticas de acción exterior y de cooperación y ayuda para el desarrollo, y en particular en el Instrumento Europeo para la Democracia y los Derechos Humanos;

47.  Condena las violaciones de los derechos humanos, en particular los tratos vejatorios y la violencia sexual, a las que se ven sometidas las mujeres que viven en regímenes de ocupación en la región euromediterránea, que son mecanismos que utilizan las fuerzas de ocupación con la intención de intimidar a toda la sociedad en su lucha por el derecho legítimo a la autodeterminación; llama la atención sobre el papel que desempeñan las mujeres en el mantenimiento de la paz, el fomento del diálogo y la resolución de conflictos, con miras a combatir las violaciones de los derechos de las mujeres en la zona euromediterránea y protegerlas de cualquier forma de violencia, incluida la ejercida por las fuerzas de ocupación extranjeras;

48.  Insta a los Estados miembros en los que la crisis migratoria ha provocado un deterioro considerable del nivel de protección de los derechos de las mujeres a que vigilen los centros de refugiados y sus inmediaciones a fin de prevenir los actos de violencia, en particular los de violencia sexual, y llevar a sus autores ante la justicia;

49.  Señala la vulnerabilidad de los migrantes, los refugiados y los solicitantes de asilo, especialmente las mujeres, los jóvenes y los miembros de grupos marginados, y la necesidad urgente de desarrollar canales de migración seguros y legales, al tiempo que se garantizan el acceso a la reagrupación familiar, la gratuidad de la enseñanza pública, los servicios de salud —especialmente en lo que se refiere a la salud sexual y reproductiva—, el empleo, la vivienda y el apoyo psicológico, de forma que se permitan las visitas humanitaria; solicita a los Estados miembros que garanticen que los derechos de las mujeres migrantes o refugiadas —por ejemplo, el acceso a los visados, los derechos de residencia legal y los derechos sociales— se concedan a título individual y no dependan del estado civil o la relación conyugal;

50.  Destaca que el movimiento masivo de migrantes y solicitantes de asilo expone a las mujeres y a las niñas de forma desmesurada a la violencia y la discriminación de género en los países de tránsito y destino; señala que algunas mujeres y niñas refugiadas y migrantes sufren violencia sexual a manos de los traficantes y se convierten también en víctimas de la trata de personas; pide a las agencias de la Unión y a los servicios de seguridad de los Estados miembros que formen debidamente a su personal para tener debidamente en cuenta las necesidades y las vulnerabilidades específicas de las mujeres y las niñas refugiadas;

51.  Lamenta profundamente que la minoría romaní —y en particular las mujeres de etnia romaní— sigan siendo objeto de una discriminación generalizada y de odio racial, lo que retroalimenta el círculo vicioso de la desventaja, la exclusión, la segregación y la marginación; pide a la Unión y a los Estados miembros que respeten plenamente los derechos humanos de minoría romaní garantizando el derecho a la educación, los servicios sanitarios, el empleo, la vivienda y la protección social;

52.  Pide que se invierta en las mujeres y las jóvenes para combatir de forma eficaz la pobreza, especialmente la femenina;

53.  Destaca la importancia que reviste proseguir la lucha contra la brecha salarial entre hombres y mujeres, así como agilizar el proceso dirigido a alcanzar los porcentajes fijados por la Comisión en lo que se refiere a mujeres en puestos directivos;

54.  Expresa su oposición a toda ley, norma o iniciativa gubernamental dirigida a limitar indebidamente la libertad de expresión, en particular de las mujeres y otras categorías de género;

55.  Lamenta que las mujeres estén infrarrepresentadas en la toma de decisiones económicas, políticas y sociales; considera que la representación de las mujeres en la toma de decisiones políticas, económicas y sociales es una cuestión que afecta a los derechos fundamentales y la democracia. recomienda la introducción de sistemas de igualdad y cuotas de género, como instrumentos legales de carácter temporal, con el fin de fomentar la participación de las mujeres en los órganos políticos y el proceso democrático, especialmente como candidatas, así como la aprobación de medidas legislativas que faciliten la consecución del mismo objetivo en las grandes empresas públicas y privadas;

56.  Alienta a los Estados miembros, a la Comisión y al SEAE a que presten atención a la emancipación económica y política de las mujeres en los países en desarrollo, promoviendo su participación en las empresas y en la aplicación de proyectos de desarrollo regionales y locales;

57.  Alienta a la participación activa de las mujeres en las centrales sindicales y en otras organizaciones como un factor importante para la introducción de los aspectos de género en las condiciones laborales;

58.  Pide que se refuercen los derechos de las personas de más edad —en particular, de las mujeres de más edad— luchando contra todo tipo de discriminación, de forma que puedan llevar una vida digna y segura como miembros de pleno derecho de la sociedad;

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN

Fecha de aprobación

8.11.2016

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

26

5

1

Miembros presentes en la votación final

Daniela Aiuto, Maria Arena, Beatriz Becerra Basterrechea, Malin Björk, Vilija Blinkevičiūtė, Anna Maria Corazza Bildt, Iratxe García Pérez, Anna Hedh, Teresa Jiménez-Becerril Barrio, Agnieszka Kozłowska-Rajewicz, Florent Marcellesi, Krisztina Morvai, Maria Noichl, Marijana Petir, Pina Picierno, João Pimenta Lopes, Liliana Rodrigues, Ernest Urtasun, Ángela Vallina, Elissavet Vozemberg-Vrionidi, Jadwiga Wiśniewska, Anna Záborská, Jana Žitňanská

Suplentes presentes en la votación final

Izaskun Bilbao Barandica, Linnéa Engström, Rosa Estaràs Ferragut, Mariya Gabriel, Constance Le Grip, Marc Tarabella, Julie Ward

Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final

John Stuart Agnew, Doru-Claudian Frunzulică

ANNEX I

INDIVIDUAL CASES RAISED BY THE EUROPEAN PARLIAMENT BETWEEN JANUARY AND DECEMBER 2015

COUNTRY

Individual

BACKGROUND

ACTION TAKEN BY THE PARLIAMENT

AFGHANISTAN

Seven Hazari people (two women, four men and a little girl)

 

 

In its Resolution, adopted on 26 November 2015, the European Parliament:

- Strongly condemns the barbaric murder and beheading of seven Hazari people (two women, four men and a little girl) in the south-eastern Afghan province of Zabul on the border with Pakistan;

- Condemns the attacks by the Taliban, Al Qaeda, ISIL and other terrorist groups against Afghan civilians, the Afghan National Defence and Security Forces, democratic institutions and civil society, which are causing record numbers of casualties; stresses that protection of the Hazara community, as a group particularly vulnerable to Taliban and Daesh/ISIL terrorist violence, should be a priority for the Afghan Government;

- Extends its condolences to the bereaved families, particularly of the recent victims of horrific killings in the Hazara community;

- Calls for support for the Afghan authorities to take swift and appropriate action to ensure that the killers of innocent civilians are brought to justice and to reaffirm the rule of law in the country;

- Calls on the Afghan authorities to ensure that security force personnel implicated in serious human rights violations, including those having command responsibility over forces committing abuses, are credibly and impartially investigated and disciplined or prosecuted as appropriate;

 

Letters of concern were sent on 11 March and 24 November 2015.

 

ALGERIA

Rachid Aouine, Youssef Sultani, Abdelhamid Brahimi and Ferhat Missa

 

 

 

 

 

 

 

Mohamed Rag

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Khencha Belkacem,

Brahimi Belelmi, Mazouzi Benallal, Azzouzi Boubakeur, Korini Belkacem, Bekouider Faouzi, Bensarkha Tahar and Djaballah Abdelkader

 

 

 

 

Four labour rights activists, Rachid Aouine, Youssef Sultani, Abdelhamid Brahimi and Ferhat Missa, members of the CNDDC in the town of El Oued, were arrested and charged for instigating a gathering. Two of them were acquitted, but Rachid Aouine was sentenced and Youssef Sultani is free facing trial.

 

Mohamed Rag, a labour rights activist from the National Committee for the Defence of the Rights of the Unemployed (Comité National pour la Défense des Droits des Chômeurs, CNDDC) in the town of Laghouat, was arrested on 22 January 2015 and sentenced to 18 months in prison and a fine of DZD 20 000 for ‘assaulting a security force agent in the exercise of his duties’, and whereas his sentence was confirmed upon appeal on 18 March 2015.

 

On 28 January 2015 in the town of Laghouat, eight labour rights activists, members of the CNDDC – Khencha Belkacem, Brahimi Belelmi, Mazouzi Benallal, Azzouzi Boubakeur, Korini Belkacem, Bekouider Faouzi, Bensarkha Tahar and Djaballah Abdelkader – were arrested when they assembled in front of the city court to demand that Mohamed Rag be released. These eight activists were subsequently sentenced last March to one year in prison with a 6-month suspended sentence and a fine of DZD 5000.

 

In its Resolution, adopted on 30 April 2015, the European Parliament:

- Expresses its concern at the arrest and detention of activists Rachid Aouine, Mohamed Rag, Khencha Belkacem, Brahimi Belelmi, Mazouzi Benallal, Azzouzi Boubakeur, Korini Belkacem, Bekouider Faouzi, Bensarkha Tahar and Djaballah Abdelkader, as they are being detained in spite of the fact that their activities are fully permissible under Algerian law and in line with the international human rights instruments which Algeria has ratified;

- Calls also on the Algerian authorities to ensure and guarantee the right to freedom of expression, association and peaceful assembly, and to take appropriate steps to ensure the safety and security of civil society activists and human rights defenders and their freedom to pursue their legitimate and peaceful activities;

- Recalls the recommendation to the Algerian Government by the United Nations Special Rapporteur on the promotion and protection of the right to freedom of opinion and expression to revoke the decree of 18 June 2001 banning peaceful protests and all forms of public demonstration in Algiers and to establish a system of simple notification rather than prior authorisation for public demonstrations;

- Calls on the Algerian authorities to repeal Law 12-06 on associations and to engage in a genuine dialogue with civil society organisations in order to frame a new law that is in conformity with international human rights standards and the Algerian Constitution;

 

ANGOLA

José Marcos Mavungo

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Arão Bula Tempo

 

 

 

 

 

 

 

 

Rafael Marques

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Luaty Beirão

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Captain Zenóbio Lázaro Muhondo Zumba

 

 

 

Followers of the religious sect Luz do Mundo

 

On 14 March 2015 human rights activist José Marcos Mavungo was arrested without a warrant, and on 28 August 2015 prosecutor António Nito asked the court in the Angolan province of Cabinda to sentence Mavungo to 12 years imprisonment on the charge of inciting rebellion, despite no evidence being presented that he had committed any crime.

 

Lawyer Arão Bula Tempo was arrested on the same day for alleged involvement in the organisation of the same protest. Arão Bula Tempo was subsequently released on 13 May 2015 pending his trial on sedition charges.

 

Journalist and human rights activist Rafael Marques was condemned on 28 May 2015 to a 6-month jail term suspended for two years for the publication in 2011 of the book, ‘Blood Diamonds: Corruption and Torture in Angola’, which detailed more than 100 killings and hundreds of cases of torture allegedly perpetrated by security guards and soldiers in the diamond fields of the Lundas region; whereas the complaints submitted by Marques to the Public Prosecutor concerning human rights violations in the Lundas region were not subject to investigation.

 

15 youth activists were arrested between 20 and 24 June 2015 in connection with a private political discussion, detained and indicted for “preparing acts pursuant to a coup d’etat”. Among these activists was Luaty Beirão, who is an Angolan rapper known for his political activism.

To protest against the charge and his continued imprisonment, Beirão had gone on hunger strike.

 

Captain Zenóbio Lázaro Muhondo Zumba was subsequently arrested on 30 June 2015 on the grounds of alleged links with the 15 activists arrested.

 

On 16 April 2015, police and defence forces killed scores of pilgrims on Mount Sumi, in Angola’s central highlands, to avenge the deaths of eight police officers, allegedly at the hands of members of a Christian sect known as Luz do Mundo.

 

In a botched operation, the police officers were killed as they attempted to arrest the sect leader, José Kalupeteka, during worship. More than 3,000 followers, from many parts of the country, had camped at Mount Sumi for the sect’s summit.

 

In its Resolution, adopted on 10 September 2015, the European Parliament:

- Calls on the Angolan authorities to immediately and unconditionally release all human rights defenders, including Marcos Mavungo and the 15+1 activists arrested in June 2015, and to drop all charges against them; calls also for the immediate and unconditional release of any other activists, prisoners of conscience or political opponents arbitrarily arrested and detained solely for their political views, journalistic work or participation in peaceful activities;

- Urges the authorities to ensure that no acts of torture or ill-treatment are performed on the detainees and to guarantee full protection and access to their families and lawyers;

- Calls on the Angolan authorities to immediately put an end to cases of arbitrary arrest, illegal detentions and torture by the police and security forces; reiterates that prompt, impartial and thorough investigations must be carried out into all allegations of human rights violations, including torture, by police and security forces and that the perpetrators be brought to justice;

- Urges the Angolan judicial authorities to assert their independence from any political instrumentalisation and to ensure the protection of rights recognised by legal instruments, such as access to justice and the right to a fair trial;

- Urges the Angolan Government to conduct an urgent, transparent and credible inquiry into the Huambo massacre, and to provide support to the survivors who have been displaced; echoes the UN calls for an international and independent complementary investigation;

- Remains concerned that measures to combat violence against women and children have not been implemented; calls on the authorities to strengthen the fight against harmful traditional practices, such as the stigmatisation of children accused of sorcery;

 

Regarding the situation of Luaty Beirão, a letter of concern was sent on 20 October 2015.

AZERBAJIAN

Leyla Yunus, Arif Yunus, Rasul Jafarov and Rasim Aliyev

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Intigam Aliyev

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Rauf Mirkadirov

 

 

 

 

 

 

Ilgar Mammadov

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Anar Mammadli

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Omar Mammadov,

Abdul Abilov, Elsever Murselli

 

 

 

 

 

Khadija Ismayilova,

Tofiq Yaqublu,

Nijat Aliyev, Araz Guliyev, Parviz Hashimli, Seymur Hezi, Hilal Mammadov and Taleh Khasmammadov

 

Emin Milli

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Emin Huseynov

 

Leyla Yunus is the well-known director of the Institute for Peace and Democracy. She has been imprisoned together with her husband, the historian Arif Yunus, and Rasul Jafarov, the chair of Azerbaijan’s Human Rights Club on apparent politically motivated charges. Leyla Yunus has been subjected to acts of violence in prison committed by her cellmate, and no measures have been taken to punish the cellmate or to ensure the protection of Ms Yunus. In addition, Ms Yunus’s health has deteriorated in prison and no suitable medical care has been provided.

 

Intigam Aliyev is the chair of Azerbaijan’s Legal Education Society and a human rights lawyer who has defended more than 200 cases before the European Court of Human Rights in the areas of infringement of freedom of speech, the right to a fair trial and electoral law in Azerbaijan, was arrested on 8 August 2014 and subjected to three month’s detention on criminal charges.

 

Rauf Mirkadirov is an investigative journalist with the leading Russian-language newspaper ‘Zerkalo’ who held on pre-trial detention on charges of treason.

 

The European Court of Human Rights (ECHR) has issued numerous rulings in cases of breaches of human rights in Azerbaijan, the latest being on 22 May 2014 in the case of Ilgar Mammadov, chair of the Republican Alternative Civic Movement (REAL); in which despite it being ruled that his detention was politically motivated, the authorities refused to release him.

 

Anar Mammadli is the chair of the Election Monitoring and Democracy Studies Centre (EMDS), Both were sentenced to prison terms of, respectively, 5 years and 6 months and 3 years and 6 months, on charges ranging from tax evasion to illegal entrepreneurship.

 

Social media activists Omar Mammadov, Abdul Abilov and Elsever Murselli were sentenced to between 5 and 5.5 years’ imprisonment on charges of drug possession, none of them having access to a lawyer of their own choosing and all complaining of ill-treatment in police custody.

 

8 activists of the non-governmental youth movement NIDA were convicted on charges of hooliganism, drug possession and possession of explosives, as well as intent to cause public disorder.

 

Emin Milli is a writer and dissident from Azerbaijan, Milli was imprisoned in 2009 for two and a half years for his critical views about the government. He was conditionally released in November 2010, after serving 16 months of his sentence, in part due to strong international pressure on the government of Azerbaijan.

 

Emin Huseynov is an Azerbaijani journalist and chairman of the country’s leading media rights group, the Institute for Reporters’ Freedom and Safety (IRFS). Huseynov was forced into hiding in August 2014, amidst widespread repression of journalists and human rights activists, and was sheltered in the Swiss embassy in Baku until 12 June, when he travelled to Switzerland on a humanitarian visa. His application for asylum was approved four months later.

 

In its Resolution, adopted on 10 September 2015, the European Parliament:

- Calls for the immediate and unconditional release from jail of all political prisoners, human rights defenders, journalists and other civil society activists, including Khadija Ismayilova, Leyla Yunus and Arif Yunus, Anar Mammadli, Rasul Jafarov, Intigam Aliyev, Rauf Mirkadirov, Omar Mammadov, Tofiq Yaqublu, Nijat Aliyev, Araz Guliyev, Parviz Hashimli, Seymur Hezi, Hilal Mammadov, Taleh Khasmammadov and Ilgar Mammadov, in line with the judgment of the European Court of Human Rights (ECHR), and calls for all charges against them to be dropped and for the full restoration of their political and civil rights and public image;

- Calls for a prompt investigation into the death of the journalist and IRFS chair Rasim Aliyev; notes with concern the allegations put forward by a group of journalists that Mr Aliyev died because he had not received appropriate assistance from the doctors assigned to him in the hospital;

- Urges the government of Azerbaijan to fully cooperate with and implement the recommendations of the Council of Europe’s Venice Commission and Commissioner for Human Rights, the UN special procedures in regard to human rights defenders, the rights of freedom of association and peaceful assembly, freedom of expression and arbitrary detention, with the aim of amending its legislation and adapting its practices in full conformity with the conclusions of the experts;

- Calls on the government of Azerbaijan to immediately end its crackdown on civil society and human rights work, ensuring that independent civil society groups and activists can operate without undue hindrance or fear of persecution, including by repealing the laws severely restricting civil society, unfreezing bank accounts of non-governmental groups and their leaders, and allowing access to foreign funding;

- Deplores the continued actions taken by the Azerbaijani government to curb contacts between civil society groups, youth activists and intellectuals in Armenia and Azerbaijan, which are of extreme importance for bridging the long hostility between the two countries; in this regard, again recalls the important work done in this area by Leyla and Arif Yunus;

- Calls on the Azerbaijani authorities to respect freedom of the press and media, both in legislation and in practice and both online and offline, to guarantee freedom of expression in line with international standards and to end censorship of criticism of the government via media outlets;

- Calls on the EU authorities to conduct a thorough investigation into the corruption allegations against President Aliyev and members of his family revealed by the work of the investigative journalist Khadija Ismaylova;

BAHRAIN

Nabeel Rajab

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Abdulhadi-al-Khawaja

 

 

 

Ibrahim Sharif

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Naji Fateel

 

Zainab Al-Khawaja

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Zainab Al-Khawaja

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Sheikh Ali Salman

 

Nabeel Rajab is the President of the Bahrain Centre for Human Rights (BCHR) and Deputy Secretary General of the International Federation for Human Rights (FIDH). He was convicted to three years in prison in August 2012 on charges of calling for and participating in ‘illegal gatherings’ and ‘disturbing public order’ between February and March 2011. His sentence was reduced to two years in prison on appeal. Before this imprisonment Mr Rajab was repeatedly detained for peacefully expressing criticism of the government during the pro-democracy protests that erupted Bahrain in 2011.

 

On Friday 29 November 2013 Nabeel Rajab had served three-quarters of his two year sentence and had become legally eligible for release. A third request for early release was submitted on 21 January 2014 to the Court, but was rejected.

The United Nations Working Group on Arbitrary Detention has described the detention of Mr Nabeel Rajab as arbitrary.

 

Nabeel Rajab was arrested on 1 October 2014 after his visit to the Subcommittee on Human Rights of the European Parliament on accusations of posting tweets about a group of his countrymen allegedly cooperating with IS/Daesh. He was charged with insulting a public institution and the army.

 

Abdulhadi-al-Khawaja, who has Danish nationality, is the founder of the BCHR and the regional coordinator of Front Line Defenders and Ibrahim Sharif is the Secretary General of the National Democratic Action Society. On 22 June 2011, they were sentenced to life in prison by a special military court. The legal process came to a conclusion after 3 years of appeals and the sentences were upheld.

 

Naji Fateel is a Bahraini human rights activist and a member of the Board of Directors of the Bahraini human rights NGO Bahrain Youth Society for Human Rights (BYSHR). He has been imprisoned since 2007, tortured and also under death threats during the period of the Bahraini uprising (dated February 2011)

 

Zainab Al-Khawaja is a human rights defender and leading social media activist in Bahrain. She has been a crucial figure in the pro-democracy uprising that started in Bahrain in February 2011. She has suffered legal harassment, arrest, imprisonment, denial of procedural rights, and undertaken hunger strikes in defence of human rights in Bahrain.

 

Sheikh Ali Salman is the Secretary General of Bahrain’s main opposition party al-Wefaq. He was sentenced to four years in prison in the context of anti-government protests which erupted in 2011 at the height of the region’s ‘Arab Spring’ uprisings. His lawyers have reportedly been prevented by the court from presenting oral arguments and have not been provided with any meaningful opportunity to examine the evidence. A group of United Nations independent experts, part of what is known as the Special Procedures of the Human Rights Council, have urged the Bahraini authorities to release Sheikh Ali Salman

 

In its Resolution, adopted on 9 July 2015, the European Parliament:

- Calls for the dropping of charges and immediate and unconditional release of all human rights defenders, political activists and other individuals detained and charged with alleged violations related to the rights of expression, peaceful assembly and association,

including Nabeel Rajab, Sheikh Ali Salman and the ‘Bahrain 13’;

- Calls on the Bahraini authorities to pursue the national consensus dialogue with a view to finding lasting and inclusive national reconciliation and sustainable political solutions for the crisis; notes that in a sustainable political process legitimate and peaceful criticisms should be expressed freely; reminds the Bahraini authorities, in this context, that engaging the Shia majority and its peaceful political representatives on the basis of human dignity, respect and fairness should be an indispensable element of any credible strategy for national reconciliation and sustainable reform;

- Welcomes the early release from prison of opposition leader Ibrahim Sharif in June 2015 after he was given a royal pardon; believes this decision to be a welcome and important step in the process of promoting trust and confidence in Bahrain;

 

Regarding the situation of Sheikh Ali Salman, a letter of concern was sent on 14 January 2015.

BANGLADESH

Hana Shams Ahmed

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Taslima Nasreen

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Faisal Arefin Dipan

 

 

 

 

 

Niladri Chatterjee, alias Niloy Neel, Faisal Arefin Dipan, Ananta Bijoy Das, Washiqur Rahman Babu and Abhijit Roy

 

 

 

 

 

 

 

Ahmed Rajib Haider

 

Hana Shams Ahmed is the coordinator of the International Chittagong Hill Tracts Commission (CHTC). On 27 August 2014 she and her friend were brutally attacked by 8 to 10 members of Somo Odhikar Andolon during a private visit to Shoilopropat in Bandarban in the Chittagong Hill Tracts. Four members of the police Detective Branch (DB) who were supposedly providing them with security did not intervene, and even disappeared while the assault was taking place.

Taslima Nasreen is a Sakharov Prize winner known for her powerful writings on the oppression of women and her unflinching criticism of religion, despite her forced exile and multiple fatwas calling for her death. Because of her thoughts and ideas some of her books are banned in Bangladesh, and she has been banned from Bengal, both from Bangladesh and the West Bengal part of India. In the face of continuing threats, Nasreen has had to leave her homeland and sight refuge in Europe several times. Religious fundamentalists have called for the writer to be put to death. A court issued a warrant for her arrest and threatened to confiscate her assets.

The National Human Rights Commission of Bangladesh in 2014 supported her right to return home. A campaigner against religious extremism in all religions, Nasreen urged support for the secular movements in Bangladesh to counteract the rise of Islamic fundamentalism, in a visit to the European Parliament in June 2013. In November 2013, she participated in the Sakharov Prize Network Conference.

Faisal Arefin Dipan, a publisher at the Jagriti Prokashoni publishing house, was brutally murdered with machetes inside his office in Dhaka.

Niladri Chatterjee, alias Niloy Neel, Faisal Arefin Dipan, Ananta Bijoy Das, Washiqur Rahman Babu and Abhijit Roy were five secular bloggers and journalists murdered in Bangladesh in 2015 for having used their fundamental right to free speech on political, social and religious issues. Islamist extremist groups have claimed responsibility for several killings.

 

Prominent blogger Ahmed Rajib Haider was murdered in 2013.

 

In its Resolution, adopted on 26 November 2015, the European Parliament:

- Condemns the increasing attacks of Islamist extremists against secularist writers, bloggers, religious minorities and foreign aid workers; deplores the loss of life and offers its sincere condolences to the victims and their families;

- Calls on the Bangladesh authorities to further condemn the ongoing horrendous acts against freedom of expression and to act to bring an immediate end to all acts of violence, harassment, intimidation and censorship against journalists, bloggers and civil society;

- Urges the Bangladesh Government to take the necessary measures to prevent more killings by taking effective measures to protect writers, publishers and other people who have received threats, not only by providing special physical protection to those who are potential targets of violence, but also by opening public debates that challenge extremist views of all kinds;

- Calls on the Bangladesh authorities to restore the full independence of the media, to drop all charges against publishers and journalists who have published content critical of the government, to allow the immediate re-opening of all media houses which were closed, and to restore immediately full and unhindered access to all forms of publications, including electronic ones;

 

A letter of concern was sent on 17 April 2015.

BELARUS

Maksim Piakarski, Vadzim Zharomski and Viachaslau Kasinerau

 

Youth activists Maksim Piakarski, Vadzim Zharomski and Viachaslau Kasinerau have been detained and are being prosecuted on suspicion of ‘malicious hooliganism’ as disproportionate, and have been suffering violence.

 

In its Resolution, adopted on 10 September 2015, the European Parliament:

- Remains deeply concerned by the human rights and fundamental freedoms situation in Belarus, as well as by the shortcomings observed during previous elections by independent international observers and the active persecution of the opposition leaders after the elections;

- Welcomes the recent release of the remaining political prisoners; calls on the Belarusian Government to rehabilitate the released political prisoners and to fully restore their civil and political rights; stresses that this could be a potential first step towards improving relations between the European Union and Belarus; points out, however, that similar steps in the past were rather token gestures and neither contributed to improving the situation of Belarusian society nor improved relations with the EU;

- Expects the authorities to stop the harassment of independent media for political reasons;

- Expresses its concern about the recent detention and ongoing criminal prosecution of youth activists Maksim Piakarski, Vadzim Zharomski and Viachaslau Kasinerau on suspicion of ‘malicious hooliganism’ as disproportionate, and strongly condemns the violence they have suffered;

BURUNDI

Bob Rugurika

 

Three elderly Italian nuns, Lucia Pulici, Olga Raschietti and Bernadetta Boggian

 

 

 

 

 

 

 

 

Pierre Claver Mbonimpa

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Marguerite Barankitse, Antoine Kaburahe and Bob Rugurika

 

On 20 January 2015 the Burundian authorities arrested and detained the human rights defender Bob Rugurika, director of Radio Publique Africaine (RPA), following his refusal to reveal his sources days after his radio station broadcast a series of investigative reports concerning the killing in September 2014 of three elderly Italian nuns, Lucia Pulici, Olga Raschietti and Bernadetta Boggian, in Kamenge, a town north of Bujumbura.

Pierre Claver Mbonimpa is a leading human rights defender and President of the Association for the Protection of Human Rights and Detained Persons (Association pour la protection des droits humains et des personnes détenues, APRODH) who was arrested on 15 May 2014 and later charged with ‘threatening the external security of the state’ and ‘threatening the internal security of the state by causing public disorder’ and has been in pre-trial detention since he was taken in for questioning.

 

Mr Mbonimpa’s work in the defence of democracy and human rights in Burundi over the past two decades and more has earned him several international awards and widespread recognition domestically and beyond. The charges against him relate to comments he made on Radio Publique Africaine (RPA) on 6 May 2014 that the youth wing of the ruling party CNDD-FDD, also known as the Imbonerakure, is being armed and sent to the Democratic Republic of Congo (DRC) for military training.

 

The arrest of Pierre Mbonimpa is representative of the mounting risks facing human rights defenders, the harassment of activists and journalists and the arbitrary arrest of opposition party members, which according to human rights groups and the UN Assistant Secretary-General for Human Rights have largely been carried out by the Imbonerakure.

According to the OHCHR and other human rights organisations, politically motivated human rights violations, human rights abuses and acts of violence were carried out in the country during both the pre-election and the post-election periods, targeting opposition activists, human rights defenders and journalists in particular, including Pierre Claver Mbonimpa, whose son was found dead after having been arrested by the police, Marguerite Barankitse, Antoine Kaburahe and Bob Rugurika.

 

In its Resolution, adopted on 12 February 2015, the Parliament:

- Condemns the unjustified detention of Bob Rugurika and calls for his immediate and unconditional release; calls on the authorities at the same time to continue their investigations into the tragic killing of the three Italian nuns and to bring those responsible to justice; calls equally for the setting-up of an independent inquiry into the killing of the three nuns;

- Denounces all human rights violations in Burundi and the introduction of restrictive laws ahead of the country’s 2015 presidential and parliamentary elections, in particular those having a damaging impact on the opposition, the media and civil society by restricting the freedoms of expression and association and the freedom to hold meetings;

- Calls on the Burundian authorities to ensure an appropriate and fair balance between freedom of the media, including the freedom of journalists to investigate and report on crimes, and the need to ensure the integrity of criminal investigations;

- Calls on the Burundian Government to allow a genuine and open political debate in the run-up to the 2015 elections and to respect the Roadmap and Code of Conduct negotiated under UN auspices and signed by all Burundian political leaders; recalls that the Burundian constitution states: ‘The President of the Republic is elected for a five-year term renewable once. No one can serve for more than two terms as president’;

- Calls on the Burundian Government to respect the electoral calendar, and to include the opposition parties in the monitoring of the elections, including the phase of partial registration of new voters as agreed between the Independent National Electoral Commission (CENI) and the political parties at the voters’ registration evaluation meeting of 29-30 January 2015;

- Urges the Burundian Government to take measures to control the youth wing of the CNDD-FDD party and prevent it from intimidating and attacking perceived opponents, and to ensure that those responsible for abuses are brought to justice; calls for an independent international investigation into the claims that the CNDD-FDD is supplying its youth wing with arms and training; urges the leaders of the opposition parties to prevent violence against their opponents;

 

In its Resolution, adopted on 17 December 2015, the European Parliament:

- Calls for an immediate end to violence, human rights violations and political intimidation of opponents and for the immediate disarmament of all armed groups allied to political parties, in strict accordance with international law and human rights;

- Urges all parties to establish the necessary conditions for rebuilding trust and fostering national unity, and calls for the immediate resumption of an inclusive and transparent national dialogue, including the government, opposition parties and civil society representatives;

- Stresses that such dialogue, aimed at achieving lasting peace, security and stability, and at restoring democracy and the rule of law, in the interest of the citizens of Burundi, should be based on the Arusha Agreement and the Burundian Constitution, which requires compliance with international law and treaties;

- Reminds the Burundian authorities of their obligation to ensure security in its territory and guarantee human rights, civil and political rights and fundamental freedoms, as provided for in the Burundian Constitution, the African Charter on Human and Peoples’ Rights and in other international and regional human rights instruments;

- Urges the Burundian authorities to encourage the establishment of the truth about the mass crimes committed between 1962 and 2008, through judicial and non-judicial measures, such as a truth and reconciliation commission and special tribunals, promoting national reconciliation;

- Expresses its grave concern at the number of victims and cases of serious human rights violations reported since the beginning of the crisis; urges the competent authorities to undertake a rigorous and prompt investigation into the circumstances and motives behind these crimes and to ensure that those responsible are brought to justice; reiterates that there can be no impunity for those responsible for violations or serious abuses of human rights; calls on the authorities to ensure that schools remain a safe haven for learning; calls on the ICC Prosecutor to closely monitor the situation in Burundi and supports her declaration of 6 November 2015;

- Calls for the safe return of journalists and human rights defenders in exile, the reopening of the media that were closed after the failed coup attempt of 13 and 14 May 2015 and for the charges against those journalists accused of having taken part, directly or indirectly, in the abortive coup to be dropped;

CAMBODIA

Sam Rainsy and Kem Sokha

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Senator Hong Sok Hour and CNRP activists and organisers

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Khem Sapath

 

Sam Rainsy and Kem Sokha are the Cambodia National Rescue Party (CNRP) leaders who were summoned to appear at the Phnom Penh Municipal Court on 14 January 2014 for questioning. Sam Rainsy and Kem Sokha may be convicted of incitement to civil unrest. The King amnestied Sam Rainsy on 14 July 2013, making it possible for him to return to Cambodia; however, his right to vote and run in the elections was not restored.

On 13 November 2015 the Cambodian authorities issued an arrest warrant for Sam Rainsy, who was summoned by a court to appear for questioning on 4 December 2015 in relation to a post published on his public Facebook page by an opposition senator, Hong Sok Hour, who has been under arrest since August 2015 on charges of forgery and incitement after posting on Sam Rainsy’s Facebook page a video containing an allegedly false document relating to the 1979 border treaty with Vietnam.

On 30 October 2015 opposition party deputy leader Kem Sokha was removed from his position as First Vice-President of the National Assembly by the ruling Cambodian People’s Party (CPP) during a session boycotted by the CNRP

 

In its Resolution, adopted on 26 November 2015, the European Parliament:

- Urges the Cambodian authorities to revoke the arrest warrant and drop all charges issued against opposition leader Sam Rainsy and CNRP members of the National Assembly and Senate, including Senator Hong Sok Hour and CNRP activists and organisers, to allow them to work freely without fear of arrest or persecution, and to end political use of the courts to prosecute people on politically-motivated and trumped-up charges;

- Calls on the National Assembly to reinstate Sam Rainsy immediately and to restore his parliamentary immunity;

- Urges the Government of Cambodia to recognise the legitimate and useful role played by civil society, trade unions and the political opposition in contributing to Cambodia’s overall economic and political development;

- Encourages the government to work towards strengthening democracy and the rule of law and to respect human rights and fundamental freedoms, which includes fully complying with the constitutional provisions concerning pluralism and freedom of association and expression;

- Urges the government to abrogate the Law on Associations and Non-Governmental Organisations, the recent promulgation of which has given state authorities arbitrary powers to shut down and block the creation of human rights organisations and has already begun deterring human rights defence work in Cambodia;

- Urges the government and parliament to ensure genuine and serious consultation with all those affected by draft legislation such as the Trade Union, Cybercrime and Telecommunications Laws and to ensure that the texts are in line with Cambodia’s human rights obligations and commitments under domestic and international law;

- Calls on the Cambodian Government to end arbitrary detentions and suspicious disappearances and allow voluntary and human rights organisations to operate freely; calls on the Cambodian Government to seriously investigate the disappearance of Khem Sapath;

- Calls on the relevant government authorities to drop the prosecution of human rights defenders under other laws in force which are being used to persecute them for their human rights work, and to immediately and unconditionally release all those jailed on politically motivated and trumped up charges;

CHINA

Tenzin Delek Rinpoche

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ilham Tohti

 

Tenzin Delek Rinpoche, a highly respected Tibetan religious leader, was held in prison for over 13 years, serving a life sentence for a crime he did not commit. For years, he worked to develop social, medical, educational and religious institutions for Tibetan nomads in the area, as an advocate for environmental conservation in the face of indiscriminate logging and mining projects, and as a mediator between Tibetans and Chinese.

Because of his efforts to preserve Tibetan identity, the Chinese authorities viewed him as a threat to their control in the region. He died on 12 July 2015.

Ilham Tohti is a well-regarded ethnic Uyghur economist and peaceful critic of the Chinese government. In 2014, he has been sentenced to life in prison after being convicted of separatism.

 

In its Resolution, adopted on 16 December 2015, the European Parliament:

- Notes that under the leadership of President Xi, the Chinese government is showing a growing assertiveness both internally and externally; points out that the country’s civil rights activists, lawyers, journalists, bloggers, academics and other representatives of civil society are now finding their freedom curbed in a way that has not been seen for years; observes that China’s human rights record remains a matter of serious concern;

- Notes that a strong contradiction exists between the official Chinese aspiration to the universality of human rights and the worsening human rights situation; notes that the recent worsening of the situation of human rights and freedoms in China started in 2013 and has intensified an already existing crackdown over the population, limiting the space for expression and peaceful advocacy for civil society even further; is deeply worried at the arrest, trial and sentencing of numerous civil rights activists, human rights defenders and government critics and at the fact that more than 100 human rights lawyers and activists have been detained or questioned by Chinese police; calls on the Chinese authorities to release those in custody and to ensure that they can exercise their profession without hindrance;

- Urges the EU to continue pressing for an improvement of the human rights situation in China whenever dialogues are held at any level and to include human rights clauses in any bilateral treaty agreed with China;

- Remains highly concerned that China is currently the world’s largest executioner and continues to impose the death penalty in secret on thousands of people annually, without regard to international minimum standards on the use of the death penalty; emphasises once again that abolition of the death penalty contributes to the enhancement of human dignity and the progressive development of human rights;

- Remains concerned at the persisting severe restrictions on freedom of expression, association, assembly, and religion, as well on the activities of human rights organisations;

- Criticises China’s highly restrictive media environment and tightly controlled digital domain, where foreign, including European, web content is blocked and domestic content deemed politically threatening is routinely deleted and censored; strongly protests against the high number of Chinese citizens jailed for offences involving freedom of expression, especially on the internet;

- Is deeply concerned that the Chinese government is continuing its hardline policies against the Tibetan people, especially by rejecting the Dalai Lama’s ‘Middle Way Approach’ which seeks neither independence nor separation but a genuine autonomy within the framework of the Constitution of the PRC; calls for the Chinese government to re-enter into a dialogue with Tibetan representatives; protests against the marginalisation of Tibetan culture by the CPC, and urges the Chinese authorities to respect the freedoms of expression, association and religion of the Tibetan people; deplores the deterioration of the humanitarian situation in Tibet, which has led to an increase in self-immolation cases; notes with concern the recently passed criminalisation measures relating to self-immolation aimed at punishing those allegedly associated with self-immolators; deplores the forceful resettlement of over 2 million Tibetan nomads and herders since 2006 in the so-called ‘New Socialist Village’, as they are cut off from medical care, education and prosperity; is equally concerned at the ongoing transfer of Han Chinese populations into Tibet; expresses its concern regarding the cases of torture, disappearance and arbitrary detention and the denial of access to medical care for prisoners, including monk Tenzin Delek Rinpoche and 10 other prominent Tibetan prisoners; demands a detailed investigation of all death in prison cases;

 

Regarding the situation of Ilham Tohti, a letter of concern was sent on 23 June 2015.

DEMOCRATIC REPUBLIC OF CONGO (DRC)

Yves Makwambala and Fred Bauma

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Christopher Ngoyi, Jean-Claude Muyambo, Vano Kiboko and Cyrille Dowe

 

 

Yves Makwambala and Fred Bauma are two detained human rights activists. Both are still being detained in Makala prison in Kinshasa and are charged with belonging to an association formed for the purpose of attacking people and property, conspiring against the head of state, and attempting to either destroy or change the ‘constitutional regime’ and to incite people to take up arms against state authority. The authorities have also charged Fred Bauma with disturbing the peace, and Yves Makwambala with publicly offending the head of state, while they were exercising their freedom of expression, peaceful assembly and association.

 

As soon as the protests started the authorities began a crackdown on human rights activists and opposition politicians who had demonstrated peacefully against the provision, including Christopher Ngoyi, Jean-Claude Muyambo, Vano Kiboko and Cyrille Dowe, who are still being detained for what appear to be politically motivated reasons

 

 

In its Resolution, adopted on 9 July 2015, the European Parliament:

- Calls on the DRC authorities to release Yves Makwambala and Fred Bauma immediately and unconditionally, and to drop all charges against them and other Filimbi leaders as well as any other activists, prisoners of conscience and political opponents arbitrarily arrested and detained solely for their political views or for participating in peaceful activities;

- Supports the National Assembly of the DRC’s calls for the rapid reaching of a political solution that allows the members of Filimbi and other peaceful civil society associations to exercise their freedom of expression and association without fear of being pursued or persecuted;

- Urges the authorities to ensure that the detainees have not been, and are not being, subjected to any acts of torture or ill-treatment, and to guarantee full protection and access to their families and lawyers;

- Is strongly concerned about the continuous attempts to limit freedom of expression, peaceful assembly and association and the increased breaches of these freedoms by the authorities, given that the right political climate is indispensable if a successful electoral cycle is to be achieved in the DRC in the next year;

- Finds it particularly regrettable that these violations specifically target opposition leaders and youth movements;

- Calls on the DRC authorities to ensure that the aforementioned freedoms are immediately and unconditionally upheld, especially in the electoral period, as guaranteed by the DRC’s constitution and international human rights law;

- Urges the DRC judicial authorities to assert their independence from any political instrumentalisation and to ensure the protection of rights recognised by legal instruments, such as access to justice and the right to a fair trial;

EGYPT

Ibrahim Halawa

 

 

Ibrahim Halawa is an Irish citizen who has been detained for more than two years on charges of attending an illegal protest on 16 and 17 august 2013 while on a family holiday in Cairo, during which protesters allegedly caused deaths and criminal damage. Ibrahim Halawa was 17 years old – and therefore still a juvenile under Egyptian and international law – at the time of his arrest. He was arrested along with his three sisters, having sought refuge in the Al-Fateh mosque when violence erupted during a demonstration. His three sisters were subsequently released by the authorities.

 

The prosecutor has failed to provide evidence that Ibrahim Halawa was involved in a single act of violence during the protests. His trial has been repeatedly postponed and adjourned by the Egyptian Court, most recently on 15 December 2015. He was not charged for a year after his arrest and he is awaiting, along with 493 individuals, the majority of whom are adults, a mass trial due to take place on 19 December 2015, without any guarantee of the minimum standards for a free and fair trial being applied, and will potentially face the death penalty if convicted.

 

Ibrahim Halawa is being detained for peacefully exercising his rights to freedom of expression and assembly and is considered by Amnesty International as a prisoner of conscience. He faces extremely harsh prison conditions, which include alleged acts of torture and other cruel, inhuman and degrading treatment upon arrest and in detention, and has been denied medical and legal assistance. According to his family and legal representatives, Ibrahim Halawa has been on hunger strike in protest.

 

In its Resolution, adopted on 17 December 2015, the European Parliament:

- Expresses its deep concern about the unacceptable breach of basic human rights arising from the arbitrary detention of Irish citizen Ibrahim Halawa, and calls on the Egyptian authorities to immediately and unconditionally release him to the Irish authorities pursuant to a presidential decree issued in November 2014 under Egyptian Law 140;

- Expresses its deepest concern at the deteriorating condition of Ibrahim Halawa due to his hunger strike and his alleged poor conditions in prison; calls on the Egyptian authorities to ensure, as a matter of priority, that the good health and well-being of Ibrahim Halawa are maintained while he remains in prison; demands that all allegations of torture and maltreatment of Ibrahim Halawa be thoroughly and independently investigated;

- Asks the Egyptian authorities to ensure that Article 10 of the International Covenant on Civil and Political Rights, which states that ‘all persons deprived of their liberty shall be treated with humanity and with respect for the inherent dignity of the human person’, is respected;

- Reminds the Egyptian authorities that Egypt is bound by indisputable international obligations under the Convention on the Rights of the Child as they apply to Ibrahim Halawa; demands that the Egyptian authorities categorically rule out the threat of the death penalty should Ibrahim Halawa be convicted, given that he was arrested as a juvenile;

- Is extremely concerned about the failure of the Egyptian authorities to uphold the right to a fair trial for Ibrahim Halawa and his 493 co-defendants, in particular the lack of opportunity to review or challenge their continued detention and the charges against them, the repeated denial of access to lawyers and the excessive pre-trial detention period, which violates Egypt’s domestic and international obligations;

- Remains convinced that it will be extremely difficult for Ibrahim Halawa’s lawyers to mount an individual defence in the event that his case is heard as part of a mass trial of all defendants arrested in connection with the August 2013 protests;

- Strongly condemns the use of a mass trial in the judicial process and calls on the Egyptian authorities to abide by international law and safeguard the highest international standards with regard to the right to a fair trial and due process; calls on the Egyptian authorities to release those detained for peacefully exercising their right to freedom of expression, assembly and association as enshrined in the Egyptian constitution and other international conventions to which Egypt is a party; expresses its profound preoccupation with the severe deterioration of the media environment; condemns the trials against and conviction of Egyptian and foreign journalists, in absentia;

KYRGYZSTAN

Azimjon Askarov

 

Azimjon Askarov is a prisoner of conscience pending a full, impartial and fair investigation, including into his allegations of torture and ill-treatment.

 

In its Resolution, adopted on 15 January 2015, the European Parliament:

- Reminds the Kyrgyz Parliament of its international obligations and of the Partnership and Cooperation Agreement with the European Union, which includes full respect for human rights as an essential element of the partnership and calls for the withdrawal of the draft law on ‘dissemination of information about non-traditional sexual relations’ currently under review in parliament;

- Notes that the draft law passed its first reading and must be voted on twice more before going to the President for signature, and stresses that the adoption of any legislation on ‘non-traditional relations’ should not run counter to Kyrgyzstan’s human rights obligations and commitments;

- Calls on the Kyrgyz authorities to reaffirm publicly that all people in Kyrgyzstan have the right to live free from discrimination and violence based on their sexual orientation and gender identity and that any acts to the contrary are illegal and will be prosecuted;

- Calls on the Kyrgyz Parliament to follow the recommendations made by the Parliamentary Assembly of the Council of Europe in Resolution 1984 (2014) on the Request for Partner for Democracy status, in particular recommendations 15.24, 15.25 and 15.26;

- Calls on the Kyrgyz Parliament to respect its constitution, including Article 16, which states that ‘laws that deny or derogate human and civil rights and freedoms shall not be adopted in the Kyrgyz Republic’, and Articles 31, 33 and 34, which affirm freedom of speech, freedom of information and freedom of assembly, and to reject draft bill 6-11804/14;

- Calls on the Kyrgyz authorities to take all the measures needed to ensure that human rights defenders can carry on their work of promoting and protecting human rights without hindrance;

- Calls on the Kyrgyz authorities to ensure that allegations of torture and inhuman and degrading treatment are investigated promptly and efficiently and that perpetrators are brought to justice; calls, furthermore, for the release of all prisoners of conscience, with regard in particular to Azimjon Askarov pending a full, impartial and fair investigation, including into his allegations of torture and ill-treatment;

 

A letter of concern on the situation of LGBTI rights was sent on 26 February 2015. Regarding the situation of Azimjon Askarov, a letter of concern was sent on 23 July 2015.

MALAYSIA

Nurul Izzah

 

 

Anwar Ibrahim

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Zulkiflee Anwar Ulhaque (Zunar)

Khalid Ismath

Azmi Sharom

 

 

 

 

 

 

Matthias Chang

Khairuddin Abu

Hassan

 

 

 

 

Lena Hendry

Maria Chin Abdullah

 

 

Nurul Izzah, opposition Member of Parliament in Malaysia

Anwar Ibrahim is a former opposition leader sentenced on charges of sodomy in February 2015 following a politically motivated prosecution which resulted in criminal proceedings that failed to meet international standards of fair trial. He has been denied appropriate medical care.

 

Malaysian cartoonist Zulkiflee Anwar Ulhaque (Zunar) is facing charges under the Sedition Act following critical tweets against the government with regard to the sentencing of Anwar Ibrahim; whereas blogger Khalid Ismath and academic Azmi Sharom face similar charges;

 

Lawyer Matthias Chang and politician Khairuddin Abu Hassan, both political dissidents, were arrested following their investigations into these allegations.

 

Lena Hendry and Maria Chin Abdullah are human rights activists.

 

In its Resolution, adopted on 17 December 2015, the European Parliament:

- Deplores the deteriorating human rights situation in Malaysia and in particular the crackdown on civil society activists, academics, media and political activists; expresses concern with regard to the spike in the number of people facing charges or arrest under the Sedition Act;

- Urges the Malaysian Government to immediately release all political prisoners, including former opposition leader Anwar Ibrahim, and to provide them with appropriate medical care, and to drop politically motivated charges, including those against cartoonist Zulkiflee Anwar Haque (Zunar), blogger Khalid Ismath, academic Azmi Sharom, political dissidents Khairuddin Abu Hassan and Matthias Chang, and human rights activists Lena Hendry and Maria Chin Abdullah;

- Underlines the importance of independent and transparent investigations into the graft allegations, and of full cooperation with the investigators; urges the Malaysian Government to refrain from putting pressure on the Malaysian Anti-Corruption Commission and media;

- Calls on the Malaysian Government to ratify key international human rights conventions, including the ICCPR, the ICESCR, the CAT, the ICERD, ILO Convention 169, the ICC Rome Statute, as well as the 1951 Convention Relating to the Status of Refugees and its optional protocol;

- Urges the EU Delegation to Malaysia to step up efforts to finance projects on freedom of expression and reforming repressive laws, and to use all appropriate tools, including the European Instrument for Democracy and Human Rights, to protect human rights defenders; urges the withdrawal of the anti-sodomy law and calls on the EEAS, in line with the EU guidelines on the protection and promotion of the rights of LGBTI persons, to step up its work on the rights of LGBTI people in Malaysia who face violence and persecution, and to aim in particular towards the decriminalisation of homosexuality and transgenderism;

 

MALDIVES

Mohamed Nasheed

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ahmed Adeeb

Mohamed Nazim

Tholhath Ibrahim

 

 

 

Mahfooz Saeed

 

 

 

 

Ahmed Rilwan

 

 

 

 

 

Sheikh Imran Abdulla

 

On 13 March 2015 Mohamed Nasheed, the first democratically elected president of the Maldives, was sentenced to 13 years in prison on politically motivated charges, and whereas this was condemned by the UN Working Group on Arbitrary Detention; whereas his trial was marred by irregularities; whereas other former officials, including former vice-president Ahmed Adeeb and former defence ministers Mohamed Nazim and Tholhath Ibrahim, have also been arrested and imprisoned.

Mahfooz Saeed, a human rights lawyer and member of the legal team of former president Mohamed Nasheed.

Ahmed Rilwan, is a journalist critical of the government who ‘disappeared’ in August 2014, is still missing and is now feared dead.

Sheikh Imran Abdulla is a political prisoner.

 

In its Resolution, adopted on 17 December 2015, the European Parliament:

- Deplores the crackdown on political opponents; calls on the Government of the Maldives to release, immediately and unconditionally, former president Mohamed Nasheed, former vice-president Ahmed Adeeb and former defence ministers Tholhath Ibrahim and Mohamed Nazim, together with Sheikh Imran Abdulla and other political prisoners, and to clear them of all charges; is also concerned about the former president’s deteriorating health;

- Reiterates its gross dissatisfaction with the serious irregularities in the trial of former president Mohamed Nasheed;

- Calls on the Maldivian Government to guarantee full impartiality of the judiciary and to respect due process of law and the right to a fair, impartial and independent trial; stresses the need to depoliticise the country’s judiciary and security services;

- Calls on the Government of the Maldives to respect and fully support the right to protest and the right to freedom of expression, association and assembly, and not to seek to restrict those rights; also calls on the Government of the Maldives to end impunity for vigilantes who have used violence against people promoting religious tolerance, peaceful protesters, critical media and civil society; calls on the Maldives to respect fully its international obligations;

- Calls on the Maldivian Government to safeguard the rights of pro-democracy campaigners, moderate Muslims, supporters of secularism, and those who oppose the promotion of Wahhabi-Salafist ideology in the Maldives, and to ensure their right to participate in all areas of public life in the Maldives;

- Recalls that media freedom is the cornerstone of a functioning democracy; calls on the Maldivian Government and authorities to ensure adequate protection of journalists and human rights defenders who face threats and attacks on account of their legitimate work, and, in this context, to allow a proper investigation into the disappearance of Ahmed Rilwan, the assault on Mahfooz Saeed and the attacks and threats against journalists, members of civil society, and independent institutions;

NIGERIA

Mass displacement of children

 

 

 

 

In its Resolution, adopted on 8 October 2015, the European Parliament:

- Deplores the acts which have led to the mass displacement of innocent children and calls for immediate coordinated international action to assist the work of UN agencies and NGOs in preventing displaced children and youths from being subjected to sexual slavery, other forms of sexual violence and kidnappings and from being forced into armed conflict against civilian, government and military targets in Nigeria by the Boko Haram terrorist sect; stresses the paramount need to duly protect children’s rights in Nigeria, a country in which over 40 % of the total population is aged between 0 and 14;

- Believes that in the cases of children formerly associated with Boko Haram or other armed groups, non-judicial measures should be considered as an alternative to prosecution and detention;

- Calls on the President of Nigeria and his newly appointed Federal Government to adopt strong measures to protect the civilian population, to put special emphasis on the protection of women and girls, to make women’s rights and children’s rights a priority when fighting extremism, to provide help for victims and to prosecute wrongdoers, and to ensure women’s participation in decision-making at all levels;

- Calls on the Nigerian Government to launch, as promised by President Buhari, an urgent, independent and thorough investigation into crimes under international law and other serious human rights violations by all parties to the conflict;

- Urges the President of the Federal Republic to address the challenges involved in abiding by all campaign promises and the latest statements, the most important of which are defeating the terrorist threat, making respect for human rights and humanitarian law a central pillar of military operations, bringing back the Chibok girls and all other abducted women and children alive and unharmed, addressing the ever growing problem of malnutrition, and fighting corruption and impunity in order to deter future abuses and work towards justice for every victim;

- Urges the Nigerian authorities and the international community to work closely together and to increase efforts to reverse the continuous trend towards the further displacement of people; welcomes the determination expressed at the Niamey Regional Summit of 20 and 21 January 2015 by the 13 participating countries, and in particular the commitment of Chad, together with Cameroon and Niger, to engage in the fight against the terrorist threats of Boko Haram; calls on the Multinational Joint Task Force (MNJTF) to observe international human rights and humanitarian law conscientiously in its operations against Boko Haram; reiterates that a military approach alone will not suffice to counter the Boko Haram insurgency;

- Calls on the Nigerian Government to take measures to facilitate the return of displaced persons, especially children, to guarantee their safety, and to assist NGOs in their efforts to improve conditions in the camps for people displaced by the conflict by, inter alia, improving hygiene and sanitation in order to prevent the possible spread of disease;

PAKISTAN

the Peshawar school students (140 people, including 134 school children)

 

 

 

In its Resolution, adopted on 15 January 2015, the European Parliament:

- Strongly condemns the brutal massacre of schoolchildren perpetrated by Pakistani Taliban splinter group Tehreek-e-Taliban (TTP) as an act of horror and cowardice, and expresses its condolences to the families of the victims of the Peshawar school attack and its support to the people and the authorities of Pakistan;

- Expects the Government of Pakistan to take urgent and effective measures, in keeping with internationally recognised standards of the rule of law, to address the security threat posed by all militant groups operating within Pakistan and the surrounding region, without exception; underlines that no form of terrorism or extremism should be supported by the authorities;

- Calls on the Government of Pakistan to ensure the safety of schools and to make sure that children, regardless of gender, are never intimidated while going to school; believes the government should show significantly stronger determination and strengthen its efforts to arrest and prosecute TTP militants and others who target schools for violence, failing which its international credibility will be undermined;

- Calls on the Government of Pakistan to reserve anti-terrorism laws for acts of terror, instead of being using them to try ordinary criminal cases; regrets strongly the recourse to fast-track military justice which lacks minimal conditions of international standards of the rule of law, and underlines that the prolonged granting of GSP+ preferences is linked to the accomplishment of certain basic standards enshrined in UN and ILO conventions;

- Urges the Pakistani Government to abide by the recently ratified international agreements on human rights, including the International Covenant on Civil and Political Rights and the United Nations Convention Against Torture and Other Cruel, Inhuman or Degrading Treatment or Punishment, which oblige the authorities to ensure basic fair trials prohibiting them from using military courts to try civilians when the regular courts are functioning;

 

Letters of concern were sent on 2 February and 12 February 2015.

PARAGUAY

Pregnant girls

 

 

In its Resolution, adopted on 11 June 2015, the European Parliament:

- Reaffirms its condemnation of all forms of abuse and violence against women and girls, especially the use of sexual violence as a weapon of war, and domestic violence; calls on Paraguay to ensure that women and girls have access to safe and legal abortion, at a minimum, when their health and life are in danger, where there is severe foetal impairment and in cases of rape and incest;

- Expresses its strong concern about the high number of child pregnancies in Paraguay; urges the Paraguayan authorities to meet their international obligations and to protect human rights by ensuring that all girls have access to all possible information and medical services for the management of high-risk pregnancies resulting from rape;

- Urges the Paraguayan authorities to conduct an independent and impartial investigation into the aforementioned rape and to bring the perpetrator to justice; calls on the Paraguayan authorities to release the girl’s mother immediately; welcomes the proposal by members of the Paraguayan congress to raise the maximum prison sentence for the rape of a minor from 10 years to 30 years;

RUSSIA

Aleksei Navalny

(and his brother Oleg Navalny)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Boris Nemtsov

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Anna Politkovskaya, Alexander Litvinenko,

Stanislav Markelov,

Anastasia Baburova,

Natalya Estemirova and

Sergei Magnitsky

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Eston Kohver, Oleg Sentsov and Olexandr Kolchenko

 

Aleksei Navalny is an opposition leader who were sentenced to 10-day jail terms. Moreover, Aleksei Navalny has been placed under house arrest for two months and on 5 March 2014 was fitted with an electronic bracelet to monitor his activities.

Alexei Navalny has consistently exposed massive corruption within the highest levels of the Russian state apparatus; whereas his first court verdict imposing a five-year sentence on him in July 2013 was seen as political. He was placed under house arrest for two months in February 2014, and was fitted with an electronic bracelet to monitor his activities in March 2014.

 

Alexei Navalny won 27 % of the vote in the September 2013 Moscow mayoral elections, thus confirming himself as one of the most prominent faces of the Russian opposition to the Kremlin.

 

Alexei Navalny’s second court verdict had been due on 15 January 2015, but inexplicably the court brought the date forward to 30 December 2014, when most Russians were focused on the New Year holiday; whereas the same technique of bringing the date forward was used with Mikhail Khodorkovsky.

 

Boris Nemtsov, the former Deputy Prime Minister of the Russian Federation, the former Governor of Nizhny Novgorod, a preeminent reformist of the post-Soviet Russian society and economy and one of the leaders of Russia’s liberal and democratic opposition, was murdered near the Kremlin two days before a demonstration scheduled for 1 March 2015, which he was organising, against the effects of the economic crisis and the conflict in Ukraine

 

Boris Nemtsov, a prominent opposition leader, a founder and leader of the political movement Solidarnost and a leading critic of President Vladimir Putin and of the war in Ukraine who committed his life to a more democratic, prosperous, open Russia and to strong partnerships between Russia and its neighbours and partners.

 

In the weeks before his assassination Boris Nemtsov was investigating Russia’s participation in the Donbas conflict and had the intention of publishing a report on the issue; whereas five men have been arrested over the killing of Boris Nemtsov.

 

 

 

 

Journalist Anna Politkovskaya, Alexander Litvinenko, who was allegedly murdered in the United Kingdom, lawyer Stanislav Markelov, journalist Anastasia Baburova, human rights defender Natalya Estemirova, lawyer Sergei Magnitsky, are also unresolved politically motivated murders and suspicious deaths perpetrated in Russia since 1998.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Estonian police officer Eston Kohver was abducted in September 2014 from Estonian territory by the FSB and subsequently illegally detained in Russia, an action which constitutes a clear and serious violation of international law.

 

The Ukrainian film-maker Oleg Sentsov and the civic activist Olexandr Kolchenko, who opposed the illegal annexation of the Crimean Peninsula by Russia, were arrested in May 2014 in relation to alleged activities conducted in Crimea. They were treated as Russian citizens despite holding Ukrainian citizenship.

 

In the case of both Oleg Sentsov and Olexandr Kolchenko there have been allegations of torture and severe mistreatment leading to the illegal extraction of depositions which have subsequently been given legal value.

 

Oleg Sentsov and Olexandr Kolchenko were tried in a military court for crimes over which civilian courts have full jurisdiction. The trial was marred by numerous and grave procedural violations.

 

In its Resolution, adopted on 15 January 2015, the European Parliament:

- Expresses its deepest concern at the fact that, in Russia, the law is being used as a political instrument; underlines that the conviction of the prominent lawyer, anti-corruption campaigner and social activist Alexei Navalny, imposing a 3.5-year suspended sentence on him and a 3.5-year prison sentence on his brother, Oleg Navalny, was based on unsubstantiated charges; strongly deplores that the prosecution seems to be politically motivated;

- Notes with concern that, even though Alexei Navalny is being kept out of prison, his brother Oleg Navalny is currently imprisoned, and that this is giving rise to concern with regard to the possible political use of a family member to intimidate and silence one of Russia’s opposition leaders, Alexei Navalny; recalls that Alexei’s brother, Oleg, the father of two small children and a former executive of the state-owned postal service, has never played a role in the Russian opposition movement;

- Urges the Russian judicial and law-enforcement authorities to carry out their duties in an impartial and independent manner, free of political interference and to ensure that the judicial proceedings in the Navalny cases, and all the other investigations and trials against opposition activists, meet the internationally accepted standards; stresses the importance of ensuring that judicial decisions are free from political interference, independent, and are taken in full compliance with the rule of law;

- Fully backs the campaign against corruption in Russia initiated by Alexei Navalny, and supports the efforts of Russian people to find a settlement ensuring democracy, political pluralism, unity and respect for human rights;

 

In its Resolution, adopted on 12 March 2015, the European Parliament:

- Strongly condemns the killing of Boris Nemtsov in the most significant political assassination in recent Russian history, in which he was shot dead near the Kremlin, in an area with video cameras, police and security services;

- Pays tribute to Boris Nemtsov, a prominent opposition leader, a founder and leader of the political movement Solidarnost and a leading critic of President Vladimir Putin and of the war in Ukraine who committed his life to a more democratic, prosperous, open Russia and to strong partnerships between Russia and its neighbours and partners; extends its deepest condolences to Boris Nemtsov’s family and friends, members of the opposition and the Russian people; condemns the Russian leadership’s decision to prevent some EU diplomats and national delegations from attending his funeral, thereby impeding the EU’s attempt to pay tribute to brave Russian citizens standing for universal values;

- Points out that his killing is one of a growing number of unresolved politically motivated murders and suspicious deaths perpetrated in Russia since 1998, which include those of investigative journalist Anna Politkovskaya, Alexander Litvinenko, who was allegedly murdered in the United Kingdom, lawyer Stanislav Markelov, journalist Anastasia Baburova, human rights defender Natalya Estemirova, lawyer Sergei Magnitsky, and now politician Boris Nemtsov;

- Calls on the authorities of the Russian Federation to stop the shameful propaganda and information war against its neighbours, the Western world and its own people, which is turning Russia into a state characterised by repression, hate speech and fear, where nationalist euphoria is built on the annexation of Crimea and an escalating war in Ukraine, where the rights of the Crimean Tatars are violated and where the Kremlin, in breach of international law, is cultivating and provoking hatred and fighting; condemns the new propaganda war being waged against democratic and fundamental values, which are presented as being alien to Russian society; recalls that both the European Union and the Russian Federation have committed, in numerous international declarations and treaties, to protecting universal democratic values and fundamental rights; stresses the importance of having political opposition forces, in order to ensure a constant debate and exchange of views and ideas in politics and in law-making processes in Russia;

- Calls on the Russian authorities to stop all pressure, repressive acts and intimidation – both political and judicial – against opposition leaders, civil society representatives and independent media, allowing them to act freely in line with the basic principles of the Russian constitution;

- Deeply deplores the Russian authorities’ failure to respond to the criticism both inside the Russian Federation and on the international scene of the Law on Foreign Agents, and their adoption instead of amendments which restrict even further the possibilities for non-commercial organisations to act and are discriminatory by their nature; strongly calls on Russia to review the relevant legislation with a view to meeting its international obligations in the area of human rights and democratic freedoms;

- Calls on the Russian authorities to immediately release all recognised political prisoners;

- Calls on the Russian authorities, as a matter of urgency, to release Nadiya Savchenko and to respect her immunity as a member of the Verkhovna Rada of Ukraine and of the PACE, who was abducted in the territory of Ukraine and is being illegally detained in a Russian jail; underlines the fact that Russia bears responsibility for her very fragile state of health; expresses its deep concern about her health condition and urges the Russian judicial authorities to apply humanitarian law;

- Calls on the Russian authorities to immediately return the wreckage of the Tu-154 Polish Government aeroplane and all of its black boxes to Poland; underlines the fact that the level of dependence of the Russian judiciary on the authorities undermines any impartial and honest investigation;

 

In its Resolution, adopted on 10 September 2015, the European Parliament:

- Strongly condemns the judgment handed down by the Pskov regional court as well as the entire trial of Estonian police officer Eston Kohver, who was sentenced to 15 years’ imprisonment after his abduction in 2014 from the territory of Estonia, which is part of the EU; considers the case to be in breach of international law and of elementary standards of justice;

- Urges the Russian Federation to act in accordance with its international obligations, to release Eston Kohver immediately and to guarantee his safe return to Estonia;

- Expresses its deeply held belief that from the very beginning Eston Kohver was not afforded the right to a fair trial, given that there was no public hearing of the case, that the Estonian consul was not allowed to be present at the hearings, that Eston Kohver was deprived of adequate legal aid, that – moreover – he was refused visits from his wife and family, and that he has been ordered to undergo unfounded psychiatric examination, the details of which remain unknown;

- Strongly condemns the illegal sentencing and imprisonment of Oleg Sentsov and Olexandr Kolchenko; calls on the Russian Federation to release them immediately and guarantee their safe return to Ukraine; demands that the Russian authorities immediately investigate, in an impartial and effective manner, the allegations of torture made by defendants and witnesses in the case, which were rejected by the prosecutor during the trial; calls for this investigation also to be opened to international observers;

- Calls for the release of all illegally detained Ukrainian citizens, including Nadiya Savchenko, this being in line with the agreed Package of Measures for the Implementation of the Minsk Agreements and the commitment to release all hostages and all those detained in connection with the conflict in Ukraine;

- Deplores the fact that in the Russian Federation law and justice are being used as political instruments in breach of international law and standards, thus allowing the sentencing of the Ukrainian film-maker Oleg Sentsov and of Olexandr Kolchenko to 20 years’ and 10 years’ imprisonment respectively for expressing their views reflecting an active pro-Ukrainian position against the illegal annexation of Crimea by the Russian Federation; points out, in any case, that they should not have been tried in a military court and that all testimony gained through torture and other illegal methods should be excluded;

RUSSIA/ UKRAINE

Nadiya Savchenko

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Oleg Sentsov and Khaizer Dzhemilev

 

Ms Savchenko, born in 1981, has a distinguished military career behind her, having been the only female soldier in the Ukrainian peacekeeping troops in Iraq and the first female to enrol at Ukraine’s Air Force Academy, and volunteered to take part in the fighting in eastern Ukraine as part of the Aidar Battalion, where she was then captured

The pro-Russian militants of the so-called ‘People’s Republic of Luhansk’ in the territory of eastern Ukraine illegally kidnapped Lieutenant Nadiya Savchenko, military pilot and former officer of the Ukrainian armed forces, on the territory of Ukraine on 18 June 2014, detained her, and then illegally transferred her to the Russian Federation.

Ukrainian film director Oleg Sentsov and Khaizer Dzhemilev, Ukrainian citizens illegally detained in Russia.

 

In its Resolution, adopted on 30 April 2015, the European Parliament:

- Calls for the immediate and unconditional release of Nadiya Savchenko; condemns the Russian Federation for the illegal kidnapping, the detention in prison for nearly one year and the investigation of Nadiya Savchenko; demands that the Russian authorities respect their international commitment in the framework of the Minsk Agreements and in particular the agreed ‘Complex of measures for the implementation of the Minsk Agreements’; considers that Russia has no legal basis or jurisdiction to take any action against Nadiya Savchenko, such as detention, investigation or bringing charges against her;

- Is of the opinion that Nadiya Savchenko’s detention as a prisoner of war in a prison in Russia is a violation of the Geneva Convention; underlines that those responsible for her illegal detention in Russia may face international sanctions or legal proceedings for their actions;

- Reminds the Russian authorities that Ms Savchenko remains in an extremely fragile state of health and that they are directly responsible for her safety and well-being; calls on the Russian authorities to allow impartial international doctors access to Ms Savchenko, while ensuring that any medical or psychological examinations are done only with Ms Savchenko’s consent and taking into consideration the consequences of her being on hunger strike for a very long period; calls on Russia to allow international humanitarian organisations to have permanent access to her;

- Calls for the immediate release of all other Ukrainian citizens, including Ukrainian film director Oleg Sentsov and Khaizer Dzhemilev, illegally detained in Russia;

SAUDI ARABIA

Raif Badawi, and his lawyer Waleed Abu al-Khair

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ali Mohammed al-Nimr

 

Raif Badawi, a blogger and human rights activist, was charged with apostasy and sentenced by the Criminal Court of Jeddah in May 2014 to 10 years in prison, 1 000 lashes and a fine of SAR 1 million (EUR 228 000) after creating the website ‘Free Saudi Liberals Network’ for social, political and religious debate which was deemed to be an insult to Islam; whereas the sentence also bans Mr Badawi from using any media outlets and from travelling abroad for 10 years after his release from prison.

On 9 January 2015, Mr Badawi received his first set of 50 lashes in front of the al-Jafali mosque in Jeddah, resulting in wounds so profound that when he was taken to a prison clinic for a medical check-up, it was found by the doctors that he would not be able to withstand another round of lashes.

Judicial verdicts imposing corporal punishment, including flogging, are strictly prohibited under international human rights law, including the UN Convention against Torture and Other Cruel, Inhuman or Degrading Treatment or Punishment, which Saudi Arabia has ratified.

On 6 July 2014, Raif Badawi’s lawyer, prominent human rights defender Waleed Abu al-Khair, was sentenced by the Specialised Criminal Court to 15 years in prison, to be followed by a 15-year travel ban, after setting up the human rights organisation ‘Monitor of Human Rights in Saudi Arabia’.

Ali Mohammed al-Nimr, who is 21 years old and is a nephew of a prominent dissident, was sentenced in May 2015 to capital punishment, reportedly by beheading followed by crucifixion, by Saudi Arabia’s Supreme Court on criminal charges including sedition, rioting, protesting robbery and belonging to a terror cell whereas Ali al-Nimr was under the age of 18 – and thus still a juvenile – at the time he was arrested while demonstrating for democracy and equal rights in Saudi Arabia. He was sentenced to death on account of the protests in the mostly Shia Eastern Province of Saudi Arabia. It is alleged by reliable sources that Ali al-Nimr was tortured and forced to sign his confession. He has been denied any guarantees of a safe trial and due legal process in compliance with international law;

 

In its Resolution, adopted on 12 February 2015, the European Parliament:

- Strongly condemns the flogging of Raif Badawi as a cruel and shocking act by the Saudi Arabian authorities; calls on the Saudi authorities to put a stop to any further flogging of Raif Badawi and to release him immediately and unconditionally, as he is considered a prisoner of conscience, detained and sentenced solely for exercising his right to freedom of expression; calls on the Saudi authorities to ensure that his conviction and sentence, including his travel ban, are quashed;

- Calls on the Saudi authorities to ensure that Raif Badawi be protected from torture and other ill-treatment, and be given any medical attention he may require, as well as immediate and regular access to his family and lawyers of his choice;

- Calls on the Saudi authorities to release unconditionally Raif Badawi’s lawyer, and all human rights defenders and other prisoners of conscience detained and sentenced for merely exercising their right to freedom of expression;

- Condemns firmly all forms of corporal punishment as unacceptable and degrading treatment contrary to human dignity and voices concern about states’ use of flogging, strongly calling for its strict abolition; calls on the Saudi authorities to respect the prohibition of torture, as is most notably enshrined in the UN Convention against Torture and Other Cruel, Inhuman or Degrading Treatment or Punishment, which Saudi Arabia has signed and ratified; calls on Saudi Arabia to sign the International Covenant on Civil and Political Rights;

- Urges the Saudi authorities to abolish the Specialised Criminal Court, set up in 2008 to try terrorism cases but increasingly used to prosecute peaceful dissidents on apparently politically motivated charges and in proceedings that violate the fundamental right to a fair trial;

- Calls on the Saudi authorities to allow independent press and media and ensure freedom of expression, association and peaceful assembly for all inhabitants of Saudi Arabia; condemns the repression of activists and protesters when they demonstrate peacefully; stresses that the peaceful advocacy of basic legal rights or making critical remarks using social media are expressions of an indispensable right;

 

In its Resolution, adopted on 8 October 2015, the European Parliament:

- Strongly condemns the sentencing of Ali Mohammed al-Nimr to the death penalty; reiterates its condemnation of the use of the death penalty and strongly supports the introduction of a moratorium on the death penalty, as a step towards abolition;

- Calls on the Saudi Arabian authorities, and in particular His Majesty the King of Saudi Arabia, Salman bin Abdulaziz Al Saud, to halt the execution of Ali Mohammed al-Nimr and to grant a pardon or commute his sentence; calls on the European External Action Service and the Member states to use all their diplomatic tools and efforts to immediately stop this execution;

- Urges the Saudi authorities to abolish the Specialised Criminal Court, set up in 2008 to try terrorism cases but increasingly used to prosecute peaceful dissidents on apparently politically motivated charges and in proceedings that violate the fundamental right to a fair trial;

- Calls on the Government of Saudi Arabia to ensure a prompt and impartial investigation into the alleged acts of torture and to ensure that Ali Mohammed al-Nimr is given any medical attention he may require and regular access to his family and lawyers;

 

Regarding the situation of Raif Badawi, letters of concern were sent on 2 February and 20 November 2015.

SOUTH SUDAN

89 children (possibly, hundreds more)

 

 

In its Resolution, adopted on 12 March 2015, the European Parliament:

- Is deeply concerned by the worsening security and humanitarian situation in South Sudan which could destabilise the whole East Africa region; calls urgently on all sides to stop the violence, cease human rights violations, form a transitional government of national unity, and allow for full access to humanitarian assistance; calls on the parties to end attacks on educational and public buildings and stop using schools for military purposes, including for the recruitment of child soldiers; recalls, in this connection, its support for the Guidelines for Protecting Schools and Universities from Military Use during Armed Conflict;

- Expresses deep disappointment that after more than a year of negotiations under the auspices of IGAD, no significant progress has been made; urges all parties to the conflict to reach a power-sharing agreement and fully supports the ongoing negotiation process, calling for an unconditional, complete and immediate ceasefire and end to all hostilities and to the immediate cessation of the recruitment and mobilisation of civilians; calls for efforts to find a way of achieving lasting peace and stability; urges the government and the rebel sides to engage in unconditional and all-inclusive political talks in good faith with a view to the successful conclusion of the negotiations; urges the continuation of efforts by the AU and IGAD to promote inclusive dialogue and mediation;

- Calls for the immediate release and safe return of all children recruited by armed forces since the beginning of the conflict in December 2013; reminds urgently all parties involved in the conflict that the recruitment and use of children in armed forces and groups is a grave violation of international law;

- Recalls the commitment made in 2009, and renewed in 2012, by the South Sudanese authorities to end the recruitment and use of children in conflict, to release all children associated with government security forces, to provide services for the reunification and reintegration of their families, and to investigate grave violations against children; deplores the fact that this commitment has not been fully respected; calls on the parties to fully implement the guidelines set out in the action plan;

- Calls on the Government of South Sudan to conduct prompt, thorough, impartial and independent investigations into human rights abuses with a view to prosecuting and holding accountable individuals suspected of crimes under international law and serious violations of human rights, including the abduction and recruitment of children in armed conflict and sexual violence against women and children;

- Calls on the Government of South Sudan to urgently finalise legislative amendments which criminalise the recruitment and use of children, to use this legislation to prosecute offenders and to finalise the implementation of international agreements, including the 2002 Optional Protocol to the Convention on the Rights of the Child and to accede to the Rome Statute of the International Criminal Court;

- Calls on the Government of South Sudan to reject legislation that would restrict the sectors in which NGOs and associations can carry out their work, which would severely inhibit the development of society and humanitarian relief efforts;

- Calls on the Government of South Sudan to fulfil its responsibility to provide for its people and encourage international donors to increase support for the aid effort and, given the scale and urgency of the needs, calls on the international community to convene a new international donor conference for South Sudan when all conditions for peace have been met and a mechanism of proper distribution of revenues is established;

SUDAN

Two pastors: Pastor Michael Yat and Pastor Peter Yen Reith

 

Pastor Michael Yat of the South Sudan Presbyterian Evangelical Church was taken into custody by the Sudanese National Intelligence Service (NISS) after preaching at the Khartoum North Church, a branch of the Sudan Presbyterian Evangelical Church, during a visit to Sudan on 21 December 2014. He was arrested immediately after a sermon in which he reportedly condemned the controversial sale of church land and property and the treatment of Christians in Sudan.

Pastor Peter Yen Reith was arrested on 11 January 2015 after delivering a letter to the Sudanese Religious Affairs Office asking after Pastor Michael and wanting to know more about his arrest;

Both men were held incommunicado until 1 March 2015, and on 4 May 2015 both were charged with multiple offences under the Sudanese Penal Code of 1991, including; joint criminal acts (Article 21), undermining the constitutional system (Article 51), waging war against the state (Article 50), espionage (Article 53), unlawfully obtaining or disclosing official documents (Article 55), agitating hatred (Article 64), disturbing the peace (Article 69) and blasphemy (Article 125).

 

In its Resolution, adopted on 9 July 2015, the European Parliament:

- Calls on the Sudanese authorities to drop all charges against Pastor Michael Yat and Pastor Peter Yen Reith and calls for their immediate and unconditional release; meanwhile calls on the Government of Sudan to ensure that pending their release the two pastors are not subjected to torture or other ill-treatment and that their physical and mental integrity is duly respected;

- Reminds the Sudanese authorities of their obligations at national and international level to protect freedom of religion and belief; reaffirms that freedom of religion, conscience and belief is a universal human right that needs to be protected everywhere and for everyone; strongly condemns all forms of violence and intimidation that impair the right to have or not to have, or to adopt, a religion of one’s choice, including the use of threats, physical force or penal sanctions to compel believers or non-believers to renounce their religion or to convert;

- Calls on the Government of Sudan to repeal all legislation that discriminates on the grounds of religion and to protect the identity of minority groups, including those of all faiths;

- Condemns the harassment of Christians and interference in church affairs; urges the Government of Sudan to desist from such activity; calls on Sudan to repeal the apostasy laws and to stop closing churches and other religious sites;

- Calls on the Government of Sudan to reform the country’s legal system, in accordance with international human rights standards, in order to protect fundamental human rights and freedoms and ensure the protection of every individual’s human rights, particularly with regard to discrimination against women, religious minorities and disadvantaged groups;

SWAZILAND

Thulani Maseko and Bheki Makhubu

 

Thulani Maseko, a lawyer working for the Trade Union Congress of Swaziland, was arrested on 17 March 2014 after writing an article criticising the lack of independence of the judicial system in Swaziland. On 19 March 2015, following the publication of a prison letter denouncing his conditions of detention, he was brought before a disciplinary committee in prison without the presence of a lawyer and was then forcefully moved to solitary confinement; whereas, although he has challenged this decision, no date has yet been announced for his High Court hearing.

Bheki Makhubu, a columnist and editor-in-chief of The Nation, considered to be the country’s sole independent newspaper, was arrested on charges of ‘scandalising the judiciary’ and ‘contempt of court’ following the publication of the article criticising the judicial system.

On 17 July 2014, Thulani Maseko and Bheki Makhubu were convicted for contempt of court by the High Court of Swaziland and sentenced to two years’ imprisonment, a ruling which seems disproportionate compared with the usual sentence – 30 days’ imprisonment with the option of paying a fine – imposed in similar cases; whereas the judge presiding the trial, Mpendulo Simelane, had been named in one of the articles published by Mr Maseko’s newspaper, and whereas this represents a clear conflict of interest and an impediment to a fair trial.

 

In its Resolution, adopted on 21 May 2015, the European Parliament:

- Calls for the immediate and unconditional release of Mr Maseko and Mr Makhubu, given that their imprisonment relates directly to the legitimate exercise of their right to freedom of expression and opinion; calls also for the immediate and unconditional release of all prisoners of conscience and political prisoners, including Mario Masuku, President of the People’s United Democratic Movement, and Maxwell Dlamini, Secretary-General of the Swaziland Youth Congress; condemns the harsh conditions of detention of both prisoners and calls on the authorities of Swaziland to guarantee their physical and psychological integrity in all circumstances;

- Notes that the sentence handed down to Mr Maseko and Mr Makhubu is much more severe than other sentences in similar cases, and considers this to be a clear attempt to silence the activists and serve as a deterrent to others, as stated by the responsible judge; demands that the Government of Swaziland bring an immediate end to the authorities’ intimidation of journalists, lawyers, independent-minded judges, trade union officials and parliamentarians, who have been threatened with violence, arrest, prosecution or other forms of pressure as a consequence of their advocacy of human rights, respect for the rule of law or political reforms;

- Calls on the Government of Swaziland to engage in genuine dialogue with unions about legislative reforms that will ensure respect for workers’ rights, in line with international obligations;

- Calls on the Swaziland authorities to take concrete measures to respect and promote freedom of expression, guarantee democracy and plurality, and establish a legislative framework allowing the registration, operation and full participation of political parties, in line with international and regional human rights obligations and the Constitution of Swaziland, notably Article 24 thereof;

SYRIA/ IRAQ

Kidnapping of Bishops Yohanna Ibrahim and Paul Yazigi

 

The Bishops Yohanna Ibrahim and Paul Yazigi were kidnapped by armed rebels in Aleppo Province, Syria, on 22 April 2013. The case remains unresolved.

 

In its Resolution, adopted on 12 March 2015, the European Parliament:

- Strongly condemns ISIS/Daesh and its egregious human rights abuses that amount to crimes against humanity and war crimes according to the Rome Statute of the International Criminal Court (ICC), and which could be called genocide; is extremely concerned at this terrorist group’s deliberate targeting of Christians, Yezidis, Turkmen, Shi’ites, Shabak, Sabeans, Kaka’e and Sunnis who do not agree with their interpretation of Islam, as part of its attempts to exterminate any religious minorities from the areas under its control; underlines that there must be no impunity for the perpetrators of these acts and that those responsible should be referred to the ICC; recalls, in this context, the unresolved kidnapping of Bishops Yohanna Ibrahim and Paul Yazigi by armed rebels in Aleppo Province, Syria, on 22 April 2013.

A letter of concern was sent on 16 October 2015.

SYRIA

Mazen Darwish

 

Mazen Darwish, a Syrian journalist and activist and president of the Syrian Centre for Media and Freedom of Expression, has been imprisoned since 2012, as have Hani Al-Zaitani and Hussain Ghrer, for their work defending freedom of expression; whereas Mazen Darwish was reportedly subjected to severe torture and ill-treatment and on 6 May 2015 was taken to an unknown location; whereas Mazen Darwish has been awarded the 2015 UNESCO Press Freedom Prize, as well as other important international awards, such as the Preis der Lutherstädte – ‘Das unerschrockene Wort’ 2015, the Bruno-Kreisky-Preis für Verdienste um die Menschenrechte 2013, and the PEN-Pinter Prize 2014; whereas the continued imprisonment of Mazen Darwish, Hani Al-Zaitani and Hussain Ghrer is further evidence of the repressive nature of Bashar al-Assad’s regime in Syria

 

 

 

In its Resolution, adopted on 11 June 2015, the European Parliament:

- Calls on the Syrian authorities to immediately and unconditionally release and drop all charges against Mazen Darwish and all those detained, convicted and/or sentenced for peacefully exercising their right to freedom of expression and association, as well as all human rights defenders and political rights activists arbitrarily deprived of their liberty on the basis of their human rights activities.

- Urges the Syrian authorities to disclose the fate and the whereabouts of the three men immediately, and to ensure that they are protected from torture and ill-treatment, allowed immediate contact with their families and lawyers, and provided with any medical attention they may require.

THAILAND

Rohingya refugees

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Journalists Chutima ‘Oi’ Sidasathian and Alan Morison

 

 

 

 

In its Resolution, adopted on 21 May 2015, the European Parliament:

- Expresses its deepest concern over the plight of Rohingya refugees and the humanitarian crisis taking place at the moment on the high seas and in the territorial waters between Myanmar, Bangladesh, Thailand and Indonesia, and is shocked by the findings following the recent exhumation of dozens of bodies from mass gravesites near human trafficking camps in southern Thailand; extends its condolences to the families of the victims;

- Calls on the Thai authorities to hold immediate, full and credible criminal investigations into the mass graves of Rohingya Muslims and, if necessary with UN assistance, to ensure that those responsible are brought to justice;

 

In its Resolution, adopted on 8 October 2015, the European Parliament:

- Welcomes the acquittal on 1 September 2015 by the Phuket Provincial Court of the journalists Chutima ‘Oi’ Sidasathian and Alan Morison;

 

TURKEY

Journalists and media executives, including Ekrem Dumanlı and

Hidayet Karaca

 

 

 

 

 

Frederike Geerdink and

Mehmet Ülger

 

Ekrem Dumanlı, editor-in-chief of the Zaman newspaper, and Hidayet Karaca, general manager of the Samanyolu broadcasting group were arrested by the Turkish police along with other journalists and media executives on 14 December 2014.

On 6 January 2015 the Dutch correspondent Frederike Geerdink and Mehmet Ülger both Dutch journalists were arrested, interrogated at a police station and released later on.

 

In its Resolution, adopted on 15 January 2015, the European Parliament:

- Condemns the recent police raids and the detention of a number of journalists and media representatives in Turkey on 14 December 2014; stresses that these actions call into question respect for the rule of law and freedom of the media, which is a core principle of democracy;

- Recalls that a free and pluralistic press is an essential component of any democracy, as are due process, presumption of innocence and judicial independence; stresses, therefore, the need, as regards this latest round of arrests, in all cases (i) to provide ample and transparent information on the allegations against the defendants, (ii) to grant the defendants full access to the incriminating evidence and full defence rights, and (iii) to ensure the proper handling of the cases to establish the veracity of the accusations without delay and beyond reasonable doubt; reminds the Turkish authorities that the utmost care must be taken when dealing with the media and journalists, as freedom of expression and freedom of the media remain central to the functioning of a democratic and open society;

 

VENEZUELA

Mayor Antonio Ledezma

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Kluivert Roa

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Leopoldo López

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Daniel Ceballos

 

On 19 February 2015 Antonio Ledezma, twice democratically elected Mayor of the Metropolitan District of Caracas and one of the opposition leaders, was arbitrarily detained by heavily armed officers of the Bolivarian Intelligence Service (Sebin), who failed to produce an arrest warrant or any evidence of his having committed an offence; whereas following his detention Antonio Ledezma was charged with conspiracy and association to commit crimes – offences punishable by severe prison sentences in Venezuela – and imprisoned at the Ramo Verde military prison

On 24 February 2015 the 14-year-old student Kluivert Roa was shot dead during a demonstration about the scarcity of food and medicine in San Cristóbal, in Táchira State, becoming the first victim since the authorisation of the use of firearms to quell protests.

Leopoldo López is the opposition leader who was arbitrarily detained on 18 February 2014 on charges of conspiracy, instigating violent demonstrations, arson and damage to property. Since his detention he has suffered physical and psychological torture and undergone solitary confinement.

Daniel Ceballos and Vicencio Scarano are opposition mayors, and Salvatore Lucchese is a police officer. They have been arrested for failing to end protests and civil rebellion in their cities, and have been sentenced to several years in prison. In addition, Juan Carlos Caldera, Ismael García and Richard Mardo who are opposition congressmen are facing investigations and trial proceedings aimed at their suspension and disqualification from Congress.

 

In its Resolution, adopted on 12 March 2015, the European Parliament:

- Recalls its deep concern about the deteriorating situation in Venezuela and condemns the use of violence against protesters; calls on the Venezuelan authorities to immediately release Antonio Ledezma, Leopoldo López, Daniel Ceballos and all peaceful protesters, students and opposition leaders arbitrarily detained for exercising their right to freedom of expression and their fundamental rights, in line with the demands made by several UN bodies and international organisations; calls on the Venezuelan authorities to withdraw the unfounded accusations against them;

- Calls on the Venezuelan authorities to ensure that Antonio Ledezma, Leopoldo López, Daniel Ceballos and all other political prisoners are given any medical attention they may require, as well as immediate, private and regular access to their families and to lawyers of their choice; is deeply concerned about the deterioration in the condition of prisoners;

- Calls on the Venezuelan Government to cease the political persecution and repression of the democratic opposition and the violations of freedom of expression and of demonstration, and urges an end to media censorship; reminds the authorities that opposition voices are imperative for a democratic society;

- Condemns the shooting of Kluivert Roa and six other students, and expresses its condolences to their families; calls on the government to revoke the recently published resolution 8610, which allows security forces to use potentially lethal force, with a firearm or another potentially lethal weapon, to subdue civilian protests, overriding Article 68 of the Venezuelan Constitution;

- Calls on the Venezuelan Government to comply with its own constitution and international obligations in respect of the independence of the judiciary, the right to freedom of expression, association and peaceful assembly, and political pluralism, which are cornerstones of democracy; calls on the Venezuelan Government to create an environment in which human rights defenders and independent non-governmental organisations can carry out their legitimate work in promoting human rights and democracy; stresses that, as a non-permanent member of the UN Security Council, the Venezuelan Government has a particular responsibility to comply with the rule of law and with international law;

- Calls on the Venezuelan Government to ensure that accusations are investigated swiftly and impartially, with no margin of impunity and with full respect for the principle of presumption of innocence and for due legal process; recalls that respect for the principle of separation of powers is fundamental in a democracy and that the justice system cannot be used as a political weapon; calls on the Venezuelan authorities to ensure the security of all citizens in the country, regardless of their political views and affiliations;

ZIMBABWE

Itai Dzamara, his wife Sheffra Dzamara, and his lawyer Kennedy Masiye

 

On 9 March 2015 Itai Dzamara, a prominent Zimbabwean human rights activist, leader of the Occupy Africa Unity Square movement and dissident of President Mugabe, was reportedly abducted by five unidentified armed men in the suburbs of Harare. His whereabouts remain unknown and there is serious concern for his safety and the protection of his rights.

In the months prior to his abduction, Mr Dzamara had led a number of peaceful protests against the deteriorating political and economic situation in Zimbabwe. Two days before, Mr Dzamara addressed a political rally organised by the opposition party Movement for Democratic Change – Tsvangirai (MDC-T), calling for mass protests against the worsening repression and economic situation in the country, petitioning President Mugabe to resign and calling for reforms to the electoral system.

Until now the government has remained silent on Mr Dzamara’s disappearance, which has raised suspicion among the public that the state might be responsible; whereas the ruling party ZANU-PF is denying his forced disappearance and denounces it as an act staged by opposition parties.

A High Court judgment of 13 March 2015 ordered the Zimbabwean authorities to mount a search for Mr Dzamara and report progress to the court every two weeks until his whereabouts are determined; whereas this High Court order has been ignored by the authorities responsible for acting upon it, and the state authorities have yet to comply with this ruling.

Mr Dzamara had been assaulted on several occasions by supporters of the ruling party ZANU-PF and uniformed police officers. In November 2014 about 20 uniformed police handcuffed and beat Mr Dzamara to unconsciousness, also assaulting his lawyer, Kennedy Masiye.

 

In its Resolution, adopted on 21 May 2015, the European Parliament:

- Strongly condemns the forced disappearance of human rights defender Itai Dzamara and calls for his immediate and unconditional release;

- Urges the Government of Zimbabwe to take all necessary measures to find Mr Dzamara and bring all those responsible to justice; calls on the government to fully comply with the High Court order directing them to search for Mr Dzamara;

- Calls on the Zimbabwean authorities to ensure the safety and security of his wife and family, and his colleagues and supporters;

- Urges the Zimbabwean authorities to investigate allegations of excessive use of force and other human rights abuses by police and state officials, and to hold them to account;

- Recalls the overall responsibility of the Zimbabwean Government for ensuring the safety of all its citizens; calls upon the authorities of Zimbabwe to implement the provisions of the Universal Declaration of Human Rights, the African Charter on Human and Peoples’ Rights and regional human rights instruments ratified by Zimbabwe;

- Urges the Zimbabwean Government and President Mugabe to comply with their international obligations and the provisions of the international treaties that have been signed by Zimbabwe and that guarantee respect for the rule of law and the fulfilment of civil and political rights;

ANNEX II

LIST OF RESOLUTIONS

List of resolutions adopted by the European Parliament during the year 2015 and relating directly or indirectly to human rights violations in the world

Country

Date of adoption in plenary

Title

Africa

Algeria

30.04.2015

Imprisonment of human and workers' rights activists in Algeria

Angola

10.09.2015

Angola

Burundi

12.02.2015

Burundi, the case of Bob Rugurika

Burundi

17.12.2015

Situation in Burundi

Central African Republic

08.10.2015

Central African Republic

DRC

09.07.2015

The Democratic Republic of Congo (DRC), in particular the case of two detained human rights activists Yves Makwambala and Fred Bauma

Egypt

17.12.2015

Ibrahim Halawa potentially facing the death penalty

Nigeria

30.04.2015

Situation in Nigeria

Nigeria

08.10.2015

The mass displacement of children in Nigeria as a result of Boko Haram attacks

South Sudan

12.03.2015

South Sudan, including recent child abductions

Sudan

09.07.2015

Situation of two Christian pastors in Sudan

Swaziland

21.05.2015

The case of Thulani Maseko and Bheki Makhubu in Swaziland

Tanzania

12.03.2015

Tanzania, notably the issue of land grabbing

Zimbabwe

21.05.2015

The case of Itai Dzarana in Zimbabwe

Americas

Paraguay

11.06.2015

Paraguay: the legal aspects related to the child pregnancy

USA

11.02.2015

US Senate report on the use of torture by the CIA

Venezuela

12.03.2015

Situation in Venezuela

Asia

Afghanistan

26.11.2015

Afghanistan, in particular the killings in Zabul

Bangladesh

26.11.2015

Freedom of expression in Bangladesh

Cambodia

09.07.2015

Cambodia's draft laws on NGOs and trade unions

Cambodia

26.11.2015

Cambodia

China

16.12.2015

EU-China relations

Kyrgyzstan

15.01.2015

Kyrgyzstan: homosexual propaganda bill

Malaysia

17.12.2015

Malaysia

Maldives

17.12.2015

Situation in the Maldives

Nepal

11.06.2015

Situation in Nepal following the earthquakes

Pakistan

15.01.2015

Pakistan, in particular the situation following the Peshawar school attack

Thailand

21.05.2015

The plight of Rohingya refugees and the mass graves in Thailand

Thailand

08.10.2015

Situation in Thailand

Europe

Azerbaijan

10.09.2015

Azerbaijan

Belarus

10.09.2015

Situation in Belarus

Bosnia

09.07.2015

Srebrenica Commemoration

Cyprus

12.02.2015

Mass graves of missing persons in Ornithi village, in the occupied part of Cyprus

Russia

15.01.2015

Russia, in particular the case of Alexei Navalny

Russia

12.03.2015

Murder of the Russian opposition leader Boris Nemtsov and the state of democracy in Russia

Russia/Ukraine

30.04.2015

The case of Nadiya Savchenko

Russia

10.09.2015

Russia – in particular the case of Eston Kohver, Oleg Santsov, and Alexander Kolchenko

Turkey

15.01.2015

Freedom of expression in Turkey: Recent arrests of journalists, media executives and systematic pressure against media

Turkey

15.04.2015

Armenian genocide 100th anniversary

Middle East

Bahrain

09.07.2015

Bahrain, in particular the case of Nabeel Rajab

Saudi-Arabia

12.02.2015

Saudi Arabia, the case of Raif Badawi

Saudi-Arabia

08.10.2015

Saudi Arabia: The case of Ali Mohammed al-Nimr

Syria/Iraq

12.02.2015

Humanitarian crisis in Iraq and Syria, in particular in the IS context

Syria/Iraq

12.03.2015

Recent attacks and abductions by ISIS/Daesh in the Middle East, notably of Assyrians

Syria

30.04.2015

The situation of the Yarmouk refugee camp in Syria

Syria

11.06.2015

Syria, the situation in Palmyra and the case of Mazen Darwish

Yemen

09.07.2015

Situation in Yemen

Cross-cutting issues

28th Session of the UNHRC

12.03.2015

EU’s priorities for the UN Human Rights Council in 2015

Persecution of Christians

30.04.2015

Persecution of the Christians around the world, in relation to the killing of students in Kenya by terror group Al-Shabaab

European Endowment for Democracy

09.07.2015

Evaluation of activities of the European Endowment for Democracy (EED)

European Neighbourhood Policy

09.07.2015

Review of the European neighbourhood policy

Human rights and technology

08.09.2015

‘Human rights and technology: the impact of intrusion and surveillance systems on human rights in third countries’

Right to Water

08.09.2015

Follow up to the European citizens' initiative Right2Water

Migration

10.09.2015

Migration and refugees in Europe

Death penalty

08.10.2015

The death penalty

Gender equality

08.10.2015

Renewal of the EU Plan of action on Gender equality and Women's empowerment in development

Trade and torture

27.10.2015

Trade in certain goods which could be used for capital punishment, torture or other cruel, inhuman or degrading treatment or punishment

Migration

02.12.2015

Special report of the European Ombudsman in own-initiative inquiry concerning Frontex

World Humanitarian Summit

16.12.2015

Preparing for the World Humanitarian Summit: Challenges and opportunities for humanitarian assistance

Arms export

17.12.2015

Arms export: implementation of the Common Position 2008/944/CFSP

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINALEN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

Fecha de aprobación

14.11.2016

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

42

5

9

Miembros presentes en la votación final

Michèle Alliot-Marie, Francisco Assis, Petras Auštrevičius, Amjad Bashir, Bas Belder, Mario Borghezio, Klaus Buchner, Georgios Epitideios, Knut Fleckenstein, Eugen Freund, Michael Gahler, Sandra Kalniete, Tunne Kelam, Afzal Khan, Eduard Kukan, Arne Lietz, Barbara Lochbihler, Ramona Nicole Mănescu, Francisco José Millán Mon, Alojz Peterle, Tonino Picula, Kati Piri, Alyn Smith, Jaromír Štětina, Charles Tannock, Miguel Urbán Crespo, Ivo Vajgl, Elena Valenciano, Geoffrey Van Orden, Hilde Vautmans

Suplentes presentes en la votación final

Laima Liucija Andrikienė, Andrzej Grzyb, Mike Hookem, Liisa Jaakonsaari, Javi López, Juan Fernando López Aguilar, Norica Nicolai, Godelieve Quisthoudt-Rowohl, Marietje Schaake, Helmut Scholz, Traian Ungureanu, Paavo Väyrynen, Marie-Christine Vergiat

Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final

Maria Arena, Edouard Ferrand, Karoline Graswander-Hainz, Heidi Hautala, Hans-Olaf Henkel, Peter Jahr, Karin Kadenbach, Maria Noichl, Lola Sánchez Caldentey, Antonio Tajani, Josef Weidenholzer, Bogdan Brunon Wenta, Patricija Šulin