INFORME sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica la Decisión n.º 445/2014/UE por la que se establece una acción de la Unión relativa a las Capitales Europeas de la Cultura para los años 2020 a 2033
9.3.2017 - (COM(2016)0400 – C8-0223/2016 – 2016/0186(COD)) - ***I
Comisión de Cultura y Educación
Ponente: Santiago Fisas Ayxelà
PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO
sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica la Decisión n.º 445/2014/UE por la que se establece una acción de la Unión relativa a las Capitales Europeas de la Cultura para los años 2020 a 2033
(COM(2016)0400 – C8-0223/2016 – 2016/0186(COD))
(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)
El Parlamento Europeo,
– Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2016)0400),
– Vistos el artículo 294, apartado 2, y el artículo 167, apartado 5, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C8-0223/2016),
– Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el artículo 81 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (EEE),
– Visto el dictamen del Comité de las Regiones, de 17 de noviembre de 2016[1]
– Visto el artículo 59 de su Reglamento,
– Visto el informe de la Comisión de Cultura y Educación (A8-0061/2017),
1. Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación;
2. Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si sustituye su propuesta, la modifica sustancialmente o se propone modificarla sustancialmente;
3. Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.
Enmienda 1 Propuesta de Decisión Considerando 1 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
(1) La Decisión n.º 445/2014/UE del Parlamento Europeo y del Consejo5 tiene por objeto proteger y promover la diversidad de culturas en Europa y poner de relieve las características comunes que estas comparten, aumentando al mismo tiempo el sentimiento de pertenencia de los ciudadanos a un espacio cultural común. Dicha Decisión también tiene como objetivo fomentar la contribución de la cultura al desarrollo a largo plazo de las ciudades, de acuerdo con sus respectivas estrategias y prioridades. |
(1) La Decisión n.º 445/2014/UE del Parlamento Europeo y del Consejo5 tiene por objeto proteger y promover la riqueza y diversidad de culturas en Europa y poner de relieve las características comunes que estas comparten, aumentando al mismo tiempo el sentimiento de pertenencia de los ciudadanos a un espacio cultural común. Dicha Decisión también tiene como objetivo favorecer el entendimiento mutuo y el diálogo intercultural así como poner de relieve el patrimonio cultural común, tal y como se recoge en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). Dicha Decisión también tiene como objetivo fomentar la contribución de la cultura al desarrollo inteligente, sostenible e inclusivo de las ciudades y de sus zonas colindantes, de acuerdo con sus respectivas estrategias y prioridades a largo plazo. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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5 Decisión n.º 445/2014/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, por la que se establece una acción de la Unión relativa a las Capitales Europeas de la Cultura para los años 2020-2033 y se deroga la Decisión n.º 1622/2006/CE (DO L 132 de 3.5.2014, p. 1). |
5 Decisión n.º 445/2014/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, por la que se establece una acción de la Unión relativa a las Capitales Europeas de la Cultura para los años 2020-2033 y se deroga la Decisión n.º 1622/2006/CE (DO L 132 de 3.5.2014, p. 1). | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 2 Propuesta de Decisión Considerando 1 bis (nuevo) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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(1 bis) La acción de la Unión relativa a las «Capitales Europeas de la Cultura» pone de relieve la riqueza y la diversidad de las culturas europeas y las características que comparten, además de impulsar una mejor comprensión mutua y un sentimiento de pertenencia entre los ciudadanos europeos. Esta acción tiene repercusiones positivas en términos culturales, además de fomentar el turismo y promover el desarrollo de las ciudades en Europa. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 3 Propuesta de Decisión Considerando 1 ter (nuevo) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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(1 ter) La promoción de la cultura es una prioridad de la Unión, ya que es fundamental para el desarrollo humano, el impulso a la integración política y el crecimiento de la renta agregada. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 4 Propuesta de Decisión Considerando 1 quater (nuevo) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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(1 quater) Las Capitales Europeas de la Cultura contribuyen de manera decisiva a promover los valores de la Unión. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 5 Propuesta de Decisión Considerando 1 quinquies (nuevo) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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(1 quinquies) Al objeto de poner en valor el acervo derivado de la capitalidad cultural, procede conceder el reconocimiento a la Red de Capitales Europeas de la Cultura, formada por aquellas ciudades que han ostentado el título en al menos una ocasión. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 6 Propuesta de Decisión Considerando 2 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
(2) El artículo 3 de la Decisión n.º 445/2014/UE dispone que únicamente las ciudades de un Estado miembro, de un país candidato o de un país candidato potencial o una ciudad de un país que se adhiera a la Unión en las circunstancias que se especifican en el artículo 3, apartado 5, de dicha Decisión tendrán acceso a la acción de la Unión relativa a las «Capitales Europeas de la Cultura». |
(2) El artículo 3 de la Decisión n.º 445/2014/UE dispone que únicamente las ciudades de un Estado miembro, de un país candidato o de un país candidato potencial o una ciudad de un país que se adhiera a la Unión en las circunstancias que se especifican en el artículo 3, apartado 5, de dicha Decisión tendrán acceso a la acción de la Unión relativa a las «Capitales Europeas de la Cultura». Las Capitales Europeas de la Cultura en 2021 serán Novi Sad (Serbia), Timișoara (Rumanía) y Elefsina (Grecia). | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 7 Propuesta de Decisión Considerando 3 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
(3) La acción de la Unión también debe estar abierta, con determinadas condiciones, a la participación de ciudades de los países de la Asociación Europea de Libre Comercio que son partes en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («los países de la AELC y del EEE») con el fin de reforzar los vínculos culturales entre esos países y la Unión Europea, en consonancia con el artículo 81 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. |
(3) La acción de la Unión también debe estar abierta, con determinadas condiciones, a la participación de ciudades de los países de la Asociación Europea de Libre Comercio que son partes en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («los países de la AELC y del EEE») con el fin de reforzar los vínculos culturales entre esos países y la Unión Europea, en consonancia con el artículo 167, apartado 3, del TFUE y el artículo 81 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 8 Propuesta de Decisión Considerando 4 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
(4) No obstante, durante el período que abarca la presente Decisión, es decir, de 2020 a 2033, por motivos de equidad respecto de las ciudades de los Estados miembros, debe permitirse a las ciudades de los países de la AELC y del EEE participar solo en un concurso. Del mismo modo, cada país de la AELC y del EEE podrá acoger el título solamente una única vez en dicho período. |
(4) No obstante, durante el período que abarca la Decisión n.º 445/2014/UE, es decir, de 2020 a 2033, por motivos de equidad respecto de las ciudades que participan en la acción, debe permitirse a las ciudades de los países de la AELC y del EEE participar solo en un concurso. Del mismo modo, cada país de la AELC y del EEE podrá acoger el título solamente una única vez en dicho período, como ya ocurre con los países candidatos o de los países candidatos potenciales de conformidad con la Decisión n.º 445/2014/UE. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 9 Propuesta de Decisión Considerando 5 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Texto de la Comisión |
Enmienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
(5) Un país candidato, un país candidato potencial o un país de la AELC y del EEE debe acoger la Capital Europea de la Cultura en 2028 en vez de en 2027 al objeto de permitir a estos países negociar su participación en el programa de la Unión de apoyo a la cultura que seguirá a Europa Creativa para el período 2021-2027, antes de la convocatoria de presentación de solicitudes a más tardar seis años antes del año del título. |
(5) Dado que las convocatorias de presentación de solicitudes han de publicarse a más tardar seis años antes del año del título, un país candidato, un país candidato potencial o un país de la AELC y del EEE debe acoger la Capital Europea de la Cultura en 2028 en vez de en 2027 al objeto de permitir a estos países negociar su participación en el programa de la Unión de apoyo a la cultura que suceda al programa «Europa Creativa» durante el período 2021-2027. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Enmienda 10 Propuesta de Decisión Artículo 1 – párrafo 1 – punto 1 – letra a Decisión 445/2014/UE Artículo 3 – apartado 2 – párrafo 2 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Enmienda 11 Propuesta de Decisión Artículo 1 – párrafo 1 – punto 1 – letra b Decisión 445/2014/UE Artículo 3 – apartado 4 – párrafo 1 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Enmienda 12 Propuesta de Decisión Artículo 1 – párrafo 1 – punto 1 – letra b Decisión 445/2014/UE Artículo 3 – apartado 4 – párrafo 2 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Enmienda 13 Propuesta de Decisión Artículo 1 – párrafo 1 – punto 1 – letra b Decisión 445/2014/UE Artículo 3 – apartado 4 – párrafo 3 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Enmienda 14 Propuesta de Decisión Artículo 1 – párrafo 1 – punto 2 – letra a Decisión 445/2014/UE Artículo 10 – título | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Enmienda 15 Propuesta de Decisión Artículo 1 – párrafo 1 – punto 4 – letra a Decisión 445/2014/UE Artículo 13 – apartado 2 – párrafo 2 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Enmienda 16 Propuesta de Decisión Artículo 1 – párrafo 1 – punto 4 – letra b Decisión 445/2014/UE Artículo 13 – apartado 3 – párrafo 2 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Enmienda 17 Propuesta de Decisión Artículo 25 – párrafo 1 – punto 4 bis (nuevo) Decisión 445/2014/UE Artículo 16 bis (nuevo) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Enmienda 18 Propuesta de Decisión Artículo 25 – párrafo 1 – punto 4 ter (nuevo) Decisión 445/2014/UE Artículo 16 ter (nuevo) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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- [1] Pendiente de publicación en el Diario Oficial.
PROCEDIMIENTO DE LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO
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Establecimiento de una acción de la Unión relativa a las Capitales Europeas de la Cultura para los años 2020 a 2033 |
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Referencias |
COM(2016)0400 – C8-0223/2016 – 2016/0186(COD) |
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Fecha de la presentación al PE |
17.6.2016 |
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Comisión competente para el fondo Fecha del anuncio en el Pleno |
CULT 22.6.2016 |
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Comisiones competentes para emitir opinión Fecha del anuncio en el Pleno |
AFET 22.6.2016 |
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Opinión(es) no emitida(s) Fecha de la decisión |
AFET 12.7.2016 |
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Ponentes Fecha de designación |
Santiago Fisas Ayxelà 8.9.2016 |
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Fecha de aprobación |
28.2.2017 |
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Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
29 1 0 |
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Miembros presentes en la votación final |
Isabella Adinolfi, Dominique Bilde, Andrea Bocskor, Nikolaos Chountis, Silvia Costa, Mircea Diaconu, Jill Evans, María Teresa Giménez Barbat, Giorgos Grammatikakis, Petra Kammerevert, Andrew Lewer, Svetoslav Hristov Malinov, Curzio Maltese, Stefano Maullu, Luigi Morgano, Momchil Nekov, John Procter, Michaela Šojdrová, Helga Trüpel, Sabine Verheyen, Bogdan Brunon Wenta, Bogdan Andrzej Zdrojewski, Milan Zver, Krystyna Łybacka |
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Suplentes presentes en la votación final |
Morten Løkkegaard, Emma McClarkin, Algirdas Saudargas, Remo Sernagiotto |
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Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final |
Cătălin Sorin Ivan, Clare Moody |
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Fecha de presentación |
9.3.2017 |
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RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO
29 |
+ |
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ALDE |
Mircea Diaconu, María Teresa Giménez Barbat, Morten Løkkegaard |
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ECR |
Andrew Lewer, Emma McClarkin, John Procter, Remo Sernagiotto |
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EFDD/NGL |
Isabella Adinolfi |
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GUE/NGL |
Nikolaos Chountis, Curzio Maltese |
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PPE |
Andrea Bocskor, Svetoslav Hristov Malinov, Stefano Maullu, Algirdas Saudargas, Sabine Verheyen, Bogdan Brunon Wenta, Bogdan Andrzej Zdrojewski, Milan Zver, Michaela Šojdrová |
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S&D |
Silvia Costa, Giorgos Grammatikakis, Cătălin Sorin Ivan, Petra Kammerevert, Clare Moody, Luigi Morgano, Momchil Nekov, Krystyna Łybacka |
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Verts/ALE |
Jill Evans, Helga Trüpel |
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1 |
- |
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ENF |
Dominique Bilde |
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0 |
0 |
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Explicación de los signos utilizados
+ : a favor
- : en contra
0 : abstenciones