INFORME sobre el proyecto de Decisión de Ejecución del Consejo relativa al intercambio automatizado de datos respecto a los datos de matriculación de vehículos en Finlandia, Eslovenia, Rumanía, Polonia, Suecia, Lituania, Bulgaria, Eslovaquia y Hungría, y por la que se sustituyen las Decisiones 2010/559/UE, 2011/387/UE, 2011/547/UE, 2012/236/UE, 2012/664/UE, 2012/713/UE, 2013/230/UE, 2013/692/UE y 2014/264/UE

28.3.2017 - (13529/2016 – C8‑0518/2016 – 2016/0821(CNS)) - *

Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior
Ponente: Filiz Hyusmenova
(Procedimiento simplificado – artículo 50, apartado 1, del Reglamento)

Procedimiento : 2016/0821(CNS)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A8-0095/2017
Textos presentados :
A8-0095/2017
Debates :
Textos aprobados :

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre el proyecto de Decisión de Ejecución del Consejo relativa al intercambio automatizado de datos respecto a los datos de matriculación de vehículos en Finlandia, Eslovenia, Rumanía, Polonia, Suecia, Lituania, Bulgaria, Eslovaquia y Hungría, y por la que se sustituyen las Decisiones 2010/559/UE, 2011/387/UE, 2011/547/UE, 2012/236/UE, 2012/664/UE, 2012/713/UE, 2013/230/UE, 2013/692/UE y 2014/264/UE

(13529/2016 – C8‑0518/2016 – 2016/0821(CNS))

(Consulta)

El Parlamento Europeo,

–  Visto el proyecto del Consejo (13529/2016),

–  Vistos el artículo 39, apartado 1, del Tratado de la Unión Europea, en su versión modificada por el Tratado de Ámsterdam, y el artículo 9 del Protocolo n.º 36 sobre las disposiciones transitorias, conforme a los cuales ha sido consultado por el Consejo (C8‑0518/2016),

–  Vista la Decisión 2008/615/JAI del Consejo, de 23 de junio de 2008, sobre la profundización de la cooperación transfronteriza, en particular en materia de lucha contra el terrorismo y la delincuencia transfronteriza[1],

–  Visto el artículo 78 quater de su Reglamento,

–  Visto el informe de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A8-0095/2017),

1.  Aprueba el proyecto del Consejo;

2.  Pide al Consejo que le informe si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

3.  Pide al Consejo que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente el texto aprobado por el Parlamento;

4.  Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.

  • [1]  DO L 210 de 6.8.2008, p.1.

PROCEDIMIENTO DE LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

Título

Intercambio automatizado de datos respecto a los datos de matriculación de vehículos en Finlandia, Eslovenia, Rumanía, Polonia, Suecia, Lituania, Bulgaria, Eslovaquia y Hungría

Referencias

13529/2016 – C8-0518/2016 – 2016/0821(CNS)

Fecha de la consulta al PE

13.12.2016

 

 

 

Comisión competente para el fondo

       Fecha del anuncio en el Pleno

LIBE

15.12.2016

 

 

 

Ponentes

       Fecha de designación

Filiz Hyusmenova

9.2.2017

 

 

 

Procedimiento simplificado - fecha de la decisión

13.2.2017

Examen en comisión

23.3.2017

 

 

 

Fecha de aprobación

23.3.2017

 

 

 

Fecha de presentación

28.3.2017