INFORME sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Decisión (UE) 2017/344 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, relativa a la movilización del margen para imprevistos en 2017

24.11.2017 - (COM(2017)0900 – C8‑0408/2017 – 2017/2265(BUD))

Comisión de Presupuestos
Ponente: Jens Geier

Procedimiento : 2017/2265(BUD)
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A8-0372/2017
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A8-0372/2017
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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Decisión (UE) 2017/344 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, relativa a la movilización del margen para imprevistos en 2017

(COM(2017)0900 – C8‑0408/2017 – 2017/2265(BUD))

El Parlamento Europeo,

–  Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2017)0900 – C8‑0408/2017),

–  Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020[1], y en particular su artículo 13,

–  Visto el Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera[2], y en particular su apartado 14,

–  Visto el texto común conjunto aprobado por el Comité de Conciliación el 18 de noviembre de 2017 (A8-0359/2017) en el marco de la conciliación sobre el proyecto de presupuesto general para 2018,

–  Vista la Decisión (UE) 2017/344 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, relativa a la movilización del margen para imprevistos en 2017[3],

–  Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A8-0372/2017),

A.  Considerando que el Parlamento Europeo y el Consejo movilizaron el margen para imprevistos en 2017 por un importe de 1 906,1 millones EUR por encima de los límites máximos de compromiso de la rúbrica 3 (Seguridad y ciudadanía) y la rúbrica 4 (Europa global);

B.  Considerando que, dentro de este importe, el Parlamento Europeo y el Consejo decidieron compensar 575 millones EUR con el margen no asignado de la rúbrica 2 (Crecimiento sostenible: recursos naturales) en 2017 y 507,3 millones EUR, 570 millones EUR y 253,9 millones EUR con los márgenes no asignados de la rúbrica 5 (Administración) en 2017, 2018 y 2019 respectivamente;

C.  Considerando que el Comité de Conciliación convocado para la aprobación del presupuesto de 2018 aceptó posteriormente modificar la mencionada compensación del margen para imprevistos a fin de reducir en 252 millones EUR el importe compensado en la rúbrica 5 en 2018 e introducir la correspondiente compensación en la rúbrica 5 en 2020;

1.   Toma nota de la propuesta de la Comisión, como parte del acuerdo sobre el presupuesto para el ejercicio 2018, de revisar la compensación del margen para imprevistos movilizado en 2017 con el fin de aumentar el margen para compromisos globales disponible en 2018; lamenta la concentración excesiva de algunos Estados miembros en los márgenes disponibles por debajo de los límites máximos del MFP, a menudo sin tener en cuenta la flexibilidad que ofrecen los instrumentos especiales;

2.  Destaca que, incluso sin una revisión de la compensación, el margen total para compromisos en el presupuesto acordado para 2018 ascendería ya a 1 348,3 millones EUR, mientras que más de 900 millones EUR siguen disponibles en el Instrumento de Flexibilidad y el margen global para compromisos; señala que a lo largo del año 2018 estarían disponibles otros 1 200 millones EUR del margen global para compromisos y del Instrumento de Flexibilidad;

3.  Toma nota de que la revisión de la compensación, aunque no sea esencial, libera un margen adicional de 252 millones EUR en 2018, en lugar de 2020, proporcionando así flexibilidad adicional en una fase anterior del actual MFP;

4.  Lamenta que el Parlamento Europeo y el Consejo se vean obligados a repartir la compensación en la rúbrica 5 entre 2018 y 2020 para poder dotar al presupuesto de la Unión de la flexibilidad necesaria en 2018; expresa su preocupación por la consiguiente reducción del margen de la rúbrica 5 que esta operación acarreará en 2020; señala que el recurso a un enfoque tan heterodoxo es un claro indicador de que no se está dotando al presupuesto de la Unión de los recursos indispensables para poder aplicar las políticas y programas europeos;

5.  Aprueba la Decisión adjunta a la presente Resolución;

6.  Encarga a su presidente que firme esta Decisión, conjuntamente con el presidente del Consejo, y disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;

7.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución, incluido su anexo, al Consejo y a la Comisión.

  • [1]  DO L 347 de 20.12.2013, p. 884.
  • [2]  DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.
  • [3]  DO L 50 de 28.2.2017, pp. 57-58.

ANEXO: DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

por la que se modifica la Decisión (UE) 2017/344 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, relativa a la movilización del margen para imprevistos en 2017

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera[1], y, en particular, su apartado 14, párrafo segundo,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)  El artículo 13 del Reglamento n.º 1311/2013 del Consejo por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020[2] ha fijado un margen para imprevistos de hasta el 0,03 % de la renta nacional bruta de la Unión.

(2)  De conformidad con el artículo 6 de dicho Reglamento, la Comisión ha calculado el importe absoluto de este margen para imprevistos para 2017[3].

(3)  El Parlamento Europeo y el Consejo movilizaron el margen para imprevistos en 2017 para permitir la financiación por encima de los techos de compromisos de 1 906 150 960 EUR, de los cuales 1 176 030 960 EUR eran para la rúbrica 3 (Seguridad y ciudadanía).

(4)  El presupuesto de 2018 requiere un aumento de la flexibilidad y, por lo tanto, la compensación del margen para imprevistos movilizado en 2017 se ajusta para disminuir el importe compensado en la rúbrica 5 en 2018 e introducir una compensación correspondiente en la rúbrica 5 en 2020.

HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El artículo 2 de la Decisión (UE) 2017/344 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, relativa a la movilización del margen para imprevistos en 2017, se modifica como sigue:

a)  En la frase introductoria, se sustituye «2019» por «2020».

b)  la letra b) se sustituye por el texto siguiente:

«b) 2018: rúbrica 5 (Administración): 318 000 000 EUR;»

c)   Se añade la letra d) siguiente:

«d) 2020: rúbrica 5 (Administración): 252 000 000 EUR.».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el

Por el Parlamento Europeo  Por el Consejo

El Presidente          El Presidente

  • [1]  DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.
  • [2]  DO L 347 de 20.12.2013, p. 884.
  • [3]  Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo, de 30 de junio de 2016, relativa al ajuste técnico del marco financiero para 2017 de conformidad con las variaciones de la renta nacional bruta [COM(2016) 311].

INFORMACIÓN SOBRE LA APROBACIÓN EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

Fecha de aprobación

22.11.2017

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

30

3

1

Miembros presentes en la votación final

Nedzhmi Ali, Richard Ashworth, Reimer Böge, Lefteris Christoforou, Gérard Deprez, Manuel dos Santos, José Manuel Fernandes, Jens Geier, Esteban González Pons, Ingeborg Gräßle, Iris Hoffmann, Monika Hohlmeier, John Howarth, Bernd Kölmel, Zbigniew Kuźmiuk, Vladimír Maňka, Siegfried Mureşan, Liadh Ní Riada, Jan Olbrycht, Urmas Paet, Răzvan Popa, Paul Rübig, Jordi Solé, Eleftherios Synadinos, Indrek Tarand, Inese Vaidere, Daniele Viotti, Tiemo Wölken, Marco Zanni

Suplentes presentes en la votación final

Jean-Paul Denanot, Andrey Novakov

Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final

Jonathan Bullock, Javi López, Patricija Šulin

VOTACIÓN FINAL NOMINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

30

+

ALDE

Nedzhmi Ali, Gérard Deprez, Urmas Paet

ECR

Richard Ashworth, Zbigniew Kuźmiuk, Bernd Kölmel

PPE

Reimer Böge, Lefteris Christoforou, José Manuel Fernandes, Esteban González Pons, Ingeborg Gräßle, Monika Hohlmeier, Siegfried Mureşan, Andrey Novakov, Jan Olbrycht, Paul Rübig, Inese Vaidere, Patricija Šulin

S&D

Jean-Paul Denanot, Jens Geier, Iris Hoffmann, John Howarth, Javi López, Vladimír Maňka, Răzvan Popa, Daniele Viotti, Tiemo Wölken, Manuel dos Santos

Verts/ALE

Jordi Solé, Indrek Tarand

3

-

EFDD

Jonathan Bullock

ENF

Marco Zanni

NI

Eleftherios Synadinos

1

0

GUE/NGL

Liadh Ní Riada

Explicación de los signos utilizados

+  :  a favor

-  :  en contra

0  :  abstenciones