RECOMENDACIÓN sobre el proyecto de Decisión del Consejo sobre la celebración en nombre de la Unión Europea del Acuerdo de transporte aéreo entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y los Estados Unidos de América, por otra

27.11.2017 - (13419/2016 – C8-0100/2017 – 2006/0058(NLE)) - ***

Comisión de Transportes y Turismo
Ponente: Theresa Griffin

Procedimiento : 2006/0058(NLE)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A8-0376/2017
Textos presentados :
A8-0376/2017
Debates :
Textos aprobados :

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre el proyecto de Decisión del Consejo sobre la celebración en nombre de la Unión Europea del Acuerdo de transporte aéreo entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y los Estados Unidos de América, por otra

(13419/2016 – C8-0100/2017 – 2006/0058(NLE))

(Aprobación)

El Parlamento Europeo,

–  Visto el proyecto de Decisión del Consejo (13419/2016),

–  Vista la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la firma y la aplicación provisional del Acuerdo de transporte aéreo entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y los Estados Unidos de América, por otra,

–  Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 100, apartado 2, así como con el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C8-0100/2017),

–  Vistos el artículo 99, apartados 1 y 4, así como el artículo 108, apartado 7, de su Reglamento interno,

–  Vista la recomendación de la Comisión de Transportes y Turismo (A8-0376/2017),

1.  Concede su aprobación a la celebración del Acuerdo;

2.  Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y de los Estados Unidos de América.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Contexto y contenido del Acuerdo

En junio de 2003, la Comunidad Europea y sus Estados miembros recibieron el mandato de negociar un acuerdo de transporte aéreo con los Estados Unidos de América.

El objetivo de las negociaciones era el establecimiento de una zona de aviación abierta entre las Partes. Se pretendía crear un mercado único del transporte aéreo en el que las líneas aéreas europeas y estadounidenses pudiesen ofrecer servicios aéreos sin restricciones, incluso en los mercados interiores de ambas Partes.

La plena consecución de los objetivos del mandato hubiese requerido cambios importantes en la legislación de los Estados Unidos, en particular, para eliminar las restricciones legales vigentes en materia tanto de propiedad extranjera y control de las líneas aéreas estadounidenses como de cabotaje. Todavía hoy, estas cuestiones siguen siendo políticamente muy delicadas en los Estados Unidos. Por esta razón, el mandato reconoce la posibilidad de aplicar el Acuerdo en varias fases.

En noviembre de 2005, el Departamento de Transporte (DOT) estadounidense intentó modificar las normas relativas a la propiedad extranjera emitiendo un anuncio de modificación normativa (Notice of Proposed Rulemaking —NPRM—) a fin de aumentar la flexibilidad de dichas normas. No obstante, en diciembre de 2006, el DOT decidió retirar el NPRM tras revisar un gran número de observaciones públicas, entre ellas, las recibidas desde el Congreso de los Estados Unidos.

Ello hizo necesaria la celebración de una nueva ronda de negociaciones sobre el proyecto de acuerdo, con vistas a que resultase más aceptable para la Unión.

Así, el 2 de marzo de 2007, se alcanzó un nuevo proyecto de acuerdo de primera fase, firmado el 30 de abril de 2007 en el marco de la cumbre UE-Estados Unidos. El Consejo aprobó el proyecto de acuerdo y decidió aplicarlo provisionalmente a partir del 30 de marzo de 2008[1].

El Parlamento respondió al nuevo proyecto de acuerdo mediante su Resolución legislativa, de 14 de marzo de 2007, sobre la conclusión del Acuerdo de transporte aéreo entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y los Estados Unidos de América, por otra (P6_TA(2007)0071). Acogió favorablemente el acuerdo de primera fase como un paso importante para conseguir un mercado transatlántico de la aviación integrado que beneficiará a los consumidores y dio su aprobación al acuerdo el 11 de octubre de 2007[2].

En mayo de 2008, se inició una segunda fase de negociaciones que dio lugar a la celebración de un acuerdo de segunda fase en forma de Protocolo por el que se modifica el acuerdo inicial (de primera fase), firmado y aplicado provisionalmente desde el 24 de junio de 2010[3] (el proceso de ratificación y aprobación del Protocolo sigue en curso).

El Protocolo prevé nuevos avances considerables, como más inversiones y oportunidades de acceso a los mercados, así como el refuerzo del marco de cooperación en ámbitos normativos como la protección, la seguridad y el medio ambiente. También incluye, en su artículo 21, una responsabilidad mutua respecto a la «nueva extensión de oportunidades», que abarca, entre otros aspectos, los futuros avances en materia de normas relativas a la propiedad extranjera.

Resultados

En julio de 2017, la Unión Europea y los Estados Unidos celebraron en Washington el décimo aniversario del Acuerdo de transporte aéreo UE-EE.UU. En general, se considera como un gran logro. El mercado transatlántico cuenta en la actualidad con 55 millones de pasajeros, es decir, 6,4 millones de pasajeros más y 52 pares de ciudades más que hace diez años.

No obstante, cabe señalar que la cuota conjunta de pasajeros transportados a través de los aeropuertos de la Unión y de los Estados Unidos ha disminuido pasando del 61 % del total mundial en 2000 al 38 % en 2015. Esta disminución refleja la naturaleza cambiante de los mercados de la aviación y la necesidad de una cooperación cada vez más estrecha en la aviación internacional.

Los Estados Unidos y la Unión Europea siguen siendo actualmente los mercados de la aviación más desarrollados.

Procedimiento

El Acuerdo de transporte aéreo (acuerdo de primera fase) se firmó el 25 y el 30 de abril de 2007 y se ha aplicado con carácter provisional desde el 30 de marzo de 2008.

El Parlamento Europeo concedió su aprobación a la celebración del Acuerdo el 11 de octubre de 2007.

La firma y la aplicación provisional del Protocolo por el que se modifica el Acuerdo de transporte aéreo datan del 24 de junio de 2010.

En noviembre de 2014, el proceso de ratificación del Acuerdo fue completado por todos los Estados miembros, a excepción de Bulgaria, Rumanía y Croacia[4].

En octubre de 2015[5], la Comisión presentó una propuesta modificada de Decisión del Consejo para la celebración del Acuerdo, con el fin de tener en cuenta la entrada en vigor del Tratado de Lisboa y la adhesión de Bulgaria, Croacia y Rumanía a la Unión.

Tras la revisión efectuada por los juristas-lingüistas del Consejo, el proyecto de Decisión que se somete ahora a la aprobación del Parlamento incorpora también las modificaciones jurídicas que impone la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea mediante su sentencia de 28 de abril de 2015[6].

De conformidad con el artículo 218 del TFUE, para poder celebrar el Acuerdo de transporte aéreo entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y los Estados Unidos de América, por otra, el Consejo necesita la aprobación del Parlamento Europeo.

Con arreglo a los artículos 99 y 108, apartado 7, del Reglamento interno del Parlamento, la comisión competente para el fondo presenta una recomendación de aprobación o de rechazo del acto propuesto. A continuación, el Parlamento se pronuncia mediante votación única, y no se puede presentar ninguna enmienda. Las enmiendas presentadas en comisión únicamente son admisibles si tienen por objeto cambiar completamente la recomendación del ponente.

  • [1]  Decisiones del Consejo de 13, 16 y 20 de abril de 2007.
  • [2]  T6-0428/2007 e informe de la Comisión TRAN A6-0320/2007.
  • [3]  Texto del Acuerdo (DO L 134 de 25.5.2007, p. 4); Texto del Protocolo (DO L 223 de 25.8.2010, p. 1).
  • [4]  Estos Estados pasaron a ser parte del Acuerdo a través de su adhesión a la Unión.
  • [5]  COM(2015)491 final de 13 de octubre de 2015.
  • [6]  Asunto C-28/12 Comisión Europea/Consejo, sentencia (Gran Sala) de 28.4.2015, DO C 213 de 29.6.2015, p. 3.

PROCEDIMIENTO DE LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

Título

Acuerdo CE-Estados Unidos sobre los servicios aéreos

Referencias

13419/2016 – C8-0100/2017 – COM(2006)0169 – C6-0210/2007 – 2006/0058(NLE)

Fecha de la consulta / solicitud de aprobación

7.6.2007

 

 

 

Comisión competente para el fondo

Fecha del anuncio en el Pleno

TRAN

13.3.2017

 

 

 

Ponentes

Fecha de designación

Theresa Griffin

7.12.2015

 

 

 

Fecha de aprobación

23.11.2017

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

38

0

3

Miembros presentes en la votación final

Daniela Aiuto, Lucy Anderson, Marie-Christine Arnautu, Georges Bach, Deirdre Clune, Michael Cramer, Luis de Grandes Pascual, Andor Deli, Isabella De Monte, Ismail Ertug, Jacqueline Foster, Dieter-Lebrecht Koch, Merja Kyllönen, Miltiadis Kyrkos, Bogusław Liberadzki, Peter Lundgren, Marian-Jean Marinescu, Gesine Meissner, Cláudia Monteiro de Aguiar, Renaud Muselier, Markus Pieper, Salvatore Domenico Pogliese, Gabriele Preuß, Christine Revault d’Allonnes Bonnefoy, Dominique Riquet, Massimiliano Salini, Jill Seymour, Pavel Telička, Wim van de Camp, Janusz Zemke, Roberts Zīle, Kosma Złotowski, Elżbieta Katarzyna Łukacijewska

Suplentes presentes en la votación final

Jakop Dalunde, Mark Demesmaeker, Jill Evans, Maria Grapini, Peter Kouroumbashev, Jozo Radoš, Olga Sehnalová

Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final

Juan Fernando López Aguilar

Fecha de presentación

27.11.2017

VOTACIÓN FINAL NOMINALEN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

38

+

ALDE

Gesine Meissner, Jozo Radoš, Dominique Riquet, Pavel Telička

ECR

Mark Demesmaeker, Jacqueline Foster, Roberts Zīle, Kosma Złotowski

EFDD

Daniela Aiuto, Peter Lundgren

GUE/NGL

Merja Kyllönen

PPE

Georges Bach, Deirdre Clune, Andor Deli, Elżbieta Katarzyna Łukacijewska, Marian-Jean Marinescu, Cláudia Monteiro de Aguiar, Renaud Muselier, Markus Pieper, Salvatore Domenico Pogliese, Massimiliano Salini, Luis de Grandes Pascual, Wim van de Camp

S&D

Lucy Anderson, Isabella De Monte, Ismail Ertug, Maria Grapini, Peter Kouroumbashev, Miltiadis Kyrkos, Bogusław Liberadzki, Juan Fernando López Aguilar, Gabriele Preuß, Christine Revault d'Allonnes Bonnefoy, Olga Sehnalová, Janusz Zemke

Verts/ALE

Michael Cramer, Jakop Dalunde, Jill Evans

0

-

/

/

3

0

EFDD

Jill Seymour

ENF

Marie-Christine Arnautu

PPE

Dieter-Lebrecht Koch

Explicación de los signos utilizados

+  :  a favor

-  :  en contra

0  :  abstenciones