sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración en nombre de la Unión Europea del Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder a los textos impresos
PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO
sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración en nombre de la Unión Europea del Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder a los textos impresos
– Visto el proyecto de Decisión del Consejo (12629/2017),
– Visto el Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder a los textos impresos (5905/2015),
– Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 114 y con el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), inciso v), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C8-0375/2017),
– Visto el dictamen del Tribunal de Justicia, de 14 de febrero de 2017(1),
– Vistos el artículo 99, apartados 1 y 4, así como el artículo 108, apartado 7, de su Reglamento interno,
– Vista la recomendación de la Comisión de Asuntos Jurídicos (A8-0400/2017),
1. Concede su aprobación a la conclusión del Tratado de Marrakech;
2. Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).
Dictamen del Tribunal de Justicia de 14 de febrero de 2017, 3/15, ECLI:EU:C:2017:114.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Tratado de Marrakech(1), aprobado el 27 de junio de 2013, forma parte del cuerpo de tratados internacionales sobre derechos de autor administrados por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). Posee una clara dimensión humanitaria y de desarrollo social y su principal objetivo es crear un conjunto de limitaciones y excepciones obligatorias en beneficio de las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder a textos impresos.
El Tratado tiene por objeto facilitar el acceso a las obras en formato accesible a las personas con discapacidad visual o con otras dificultades de lectura de textos impresos, protegiendo al mismo tiempo los derechos de autor. A tal efecto, el Tratado armoniza las excepciones al sistema internacional de derechos de autor y permite el intercambio transfronterizo de ejemplares en formato accesible.
La Comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento ha finalizado con éxito las negociaciones interinstitucionales sobre el paquete legislativo para la incorporación del Tratado de Marrakech al Derecho de la Unión. El Parlamento y el Consejo suscribieron la Directiva y el Reglamento el 13 de septiembre de 2017(2). El ponente acoge con gran satisfacción la decisión del Consejo de celebrar este tratado internacional. Se trata de un paso decisivo más hacia la plena aplicación de este importante instrumento legislativo de derechos de autor.
Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder a los textos impresos.
Directiva (UE) 2017/1564 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre de 2017, sobre ciertos usos permitidos de determinadas obras y otras prestaciones protegidas por derechos de autor y derechos afines en favor de personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder a textos impresos, y por la que se modifica la Directiva 2001/29/CE relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información, DO L 242 de 20.09.2017, p. 6, y Reglamento (UE) 2017/1563 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre de 2017, sobre el intercambio transfronterizo entre la Unión y terceros países de ejemplares en formato accesible de determinadas obras y otras prestaciones protegidas por derechos de autor y derechos afines en favor de personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder a textos impresos, DO L 241 de 20.09.2017, p. 1.
PROCEDIMIENTO DE LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO
Título
Celebración en nombre de la Unión Europea del Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder a los textos impresos
Max Andersson, Joëlle Bergeron, Jean-Marie Cavada, Kostas Chrysogonos, Mady Delvaux, Lidia Joanna Geringer de Oedenberg, Sajjad Karim, António Marinho e Pinto, Julia Reda, Pavel Svoboda, Axel Voss, Francis Zammit Dimech, Tadeusz Zwiefka
Suplentes presentes en la votación final
Isabella Adinolfi, Daniel Buda
Fecha de presentación
11.12.2017
VOTACIÓN FINAL NOMINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO
15
+
ALDE
ECR
EFDD
GUE/NGL
PPE
S&D
VERTS/ALE
Jean-Marie Cavada, Antonio Marinho e Pinto
Sajjad Karim
Isabella Adinolfi, Joëlle Bergeron
Kostas Chrysogonos
Daniel Buda, Pavel Svoboda, Axel Voss, Francis Zammit Dimech, Tadeusz Zwiefka