INFORME sobre una estrategia europea sobre los sistemas de transporte inteligentes cooperativos
23.2.2018 - (2017/2067(INI))
Comisión de Transportes y Turismo
Ponente: István Ujhelyi
- PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
- EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
- OPINIÓN de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria
- OPINIÓN de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor
- OPINIÓN de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior
- INFORMACIÓN SOBRE LA APROBACIÓNEN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO
- VOTACIÓN FINAL NOMINALEN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
sobre una estrategia europea sobre los sistemas de transporte inteligentes cooperativos
El Parlamento Europeo,
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 30 de noviembre de 2016, titulada «Estrategia europea sobre los sistemas de transporte inteligentes cooperativos, un hito hacia la movilidad cooperativa, conectada y automatizada» (COM(2016)0766),
– Vista la Directiva 2010/40/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2010, por la que se establece el marco para la implantación de los sistemas de transporte inteligentes en el sector del transporte por carretera y para las interfaces con otros modos de transporte[1], y la ampliación del plazo para la adopción de actos delegados,
– Visto el dictamen del Comité de las Regiones, de 11 de octubre de 2017, sobre los sistemas de transporte inteligentes cooperativos[2],
– Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 31 de mayo de 2017, sobre la «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones – Estrategia europea sobre los sistemas de transporte inteligentes cooperativos, un hito hacia la movilidad cooperativa, conectada y automatizada»[3],
– Vistos los informes de la plataforma para la implantación de los sistemas de transporte inteligentes cooperativos (STI cooperativos), en particular en relativo a la política de certificación y seguridad de los STI cooperativos,
– Vista su Resolución, de 14 de febrero de 2017, titulada «Salvar vidas: impulsar la seguridad de los vehículos en la UE»[4],
– Vista la Declaración de Ámsterdam sobre cooperación en el ámbito de la conducción conectada y automatizada, de 14 de abril de 2016,
– Vista su Resolución, de 1 de junio de 2017, titulada «Conectividad a internet para el crecimiento, la competitividad y la cohesión: la sociedad europea del gigabit y 5G»[5],
– Visto el artículo 52 de su Reglamento interno,
– Vistos el informe de la Comisión de Transportes y Turismo y las opiniones de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria, de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor y de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A8-0036/2018),
A. Considerando que la estrategia europea sobre los sistemas de transporte inteligentes cooperativos (en los sucesivo, la «estrategia») está estrechamente ligada a las prioridades políticas de la Comisión, especialmente a su agenda para el empleo, el crecimiento y la inversión, a la creación de un espacio único europeo de transporte, al mercado único digital, a la protección del clima y a la estrategia de la Unión de la Energía;
B. Considerando que las autoridades de los Estados miembros y el sector industrial deben responder a la necesidad acuciante de que el transporte sea más seguro, limpio, eficiente, sostenible, multimodal y accesible para todos los usuarios de la vía pública, incluidos los más vulnerables y las personas con movilidad reducida;
C. Considerando que se ha ralentizado la tendencia positiva de la seguridad vial registrada en la Unión en la última década; que el 92 % de los accidentes de carretera se deben a errores humanos y que el empleo de tecnologías de los STI cooperativos es importante para un funcionamiento eficiente de determinados sistemas de asistencia a la conducción; que el transporte por carretera sigue siendo responsable de la mayor parte del uso del espacio en las ciudades, de los accidentes y de las emisiones sonoras, de gases de efecto invernadero y de contaminantes atmosféricos del transporte;
D. Considerando que los STI cooperativos permitirán a los usuarios de la vía pública y a los responsables de la gestión del tráfico poner en común y utilizar información, así como coordinar sus acciones de forma más eficaz;
E. Considerando que la ciberseguridad de los STI cooperativos es un elemento crucial de su implantación; que las soluciones parciales en materia de seguridad pondrían en peligro la interoperabilidad y la seguridad de los usuarios finales; que, por tanto, existe una necesidad manifiesta de actuar a escala de la Unión;
F. Considerando que la responsabilidad y la transparencia en materia de algoritmos implican la aplicación de medidas técnicas y operativas que garanticen la transparencia y el carácter no discriminatorio de la toma de decisiones automatizada y del proceso de cálculo de probabilidades de comportamiento individual; que la transparencia debe facilitar a las personas información útil sobre la lógica aplicada, la trascendencia del proceso y sus consecuencias; que debe abarcar información sobre los datos utilizados para alimentar los análisis y permitir a las personas comprender y controlar las decisiones que les afectan;
G. Considerando que la Unión debe fomentar y seguir desarrollando las tecnologías digitales no solo con el fin de reducir los errores humanos y otras deficiencias, sino también para reducir costes y optimizar la utilización de las infraestructuras mediante la descongestión del tráfico y la consiguiente reducción de las emisiones de CO2;
H. Considerando que el elemento cooperativo, gracias a la conectividad digital y móvil, mejorará de manera significativa la seguridad vial, la eficiencia del tráfico, la sostenibilidad y la multimodalidad; que al mismo tiempo generará un enorme potencial económico y reducirá los accidentes de tráfico y el consumo de energía; que los STI cooperativos son fundamentales para el desarrollo de vehículos y sistemas de conducción autónomos;
I. Considerando que la conducción conectada y automatizada es un importante avance digital en el sector y que la coordinación con todas las nuevas tecnologías utilizadas en el sector, como los sistemas europeos de navegación por satélite GALILEO y EGNOS, ya ha alcanzado un alto grado de capacidad tecnológica;
J. Considerando que la Unión está obligada a respetar la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en particular sus artículos 7 y 8, relativos al derecho al respeto de la intimidad y la protección de los datos de carácter personal;
K. Considerando que en el mundo son varios países (como los Estados Unidos, Australia, Japón, Corea y China) que avanzan a gran velocidad hacia la implantación de nuevas tecnologías digitales, y que ya se pueden encontrar en el mercado vehículos y servicios de los STI cooperativos;
Marco general
1. Acoge con satisfacción la Comunicación de la Comisión relativa a una estrategia europea sobre los sistemas de transporte inteligentes cooperativos (en lo sucesivo, la «estrategia») y el intenso trabajo que ha llevado a cabo junto a expertos de los sectores público y privado y que sirvió para sentar las bases de la Comunicación; respalda sus resultados y pide, por consiguiente, que se introduzcan sin demora en toda Europa servicios STI cooperativos interoperables;
2. Destaca la necesidad de un marco jurídico claro que apoye la implantación de STI cooperativos, y acoge con satisfacción la futura adopción de un acto delegado en virtud de la Directiva STI (Directiva 2010/40/UE) que garantice la continuidad de los servicios y la interoperabilidad y respalde la retrocompatibilidad;
3. Toma nota del potencial de los STI cooperativos para mejorar la eficiencia del combustible, disminuyendo el coste del transporte individual y reduciendo el impacto negativo del tráfico en el medio ambiente;
4. Destaca el potencial de las tecnologías digitales y de los correspondientes modelos empresariales en el transporte por carretera, y reconoce que la estrategia es un hito importante en el desarrollo de los STI cooperativos y, en última instancia, de la movilidad plenamente conectada y automatizada; señala que los vehículos cooperativos, automatizados y conectados pueden potenciar la competitividad de la industria europea, aportar más fluidez y seguridad al transporte, reducir la congestión, el consumo de energía y las emisiones y mejorar la interconexión entre los distintos medios de transporte; señala que, para ello, deben imponerse requisitos a las infraestructuras para garantizar que los sistemas puedan operar de manera segura y eficaz;
5. Señala que la industria de la Unión debe sacar partido de su posición de ventaja en el panorama mundial por lo que se refiere al desarrollo y la aplicación de las tecnologías de los STI cooperativos; destaca la urgente necesidad de establecer una ambiciosa estrategia de la Unión que coordine los esfuerzos nacionales y regionales, evite la fragmentación, acelere la implantación de las tecnologías de los STI cooperativos con efectos demostrados en materia de seguridad y optimice la cooperación entre diferentes sectores, como el transporte, la energía y las telecomunicaciones; insta a la Comisión a que presente un calendario específico con objetivos claros para los logros que la Unión ha de alcanzar entre 2019 y 2029 y a que dé prioridad a la implantación de aquí a 2019 de los servicios de los STI cooperativos que presenten mayor potencial de seguridad, según lo establecido en la lista de servicios elaborada por la plataforma para los STI cooperativos en su informe relativo a su segunda fase, y a que se asegure de su disponibilidad en todos los vehículos nuevos en Europa;
6. Recalca la necesidad de introducir un marco coherente de normas sociales, medioambientales y de seguridad a fin de hacer respetar los derechos de trabajadores y consumidores y garantizar la competencia leal en el sector;
7. Saluda los resultados de la segunda fase de la plataforma para los STI cooperativos y destaca la importancia de dichos resultados[6];
8. Subraya que, si bien la Comunicación constituye un importante hito hacia una estrategia de la Unión para los vehículos cooperativos, conectados y automatizados, no debe existir confusión entre los STI cooperativos y estos conceptos, que son diferentes;
9. Destaca la necesidad urgente de garantizar que el desarrollo y la implantación de los vehículos conectados y automatizados y los STI cooperativos cumplan y apoyen plenamente los objetivos de descarbonización del sistema de transporte y de «visión cero» en la seguridad vial;
10. Recuerda que los STI cooperativos son sistemas que permiten a diferentes estaciones STI (vehículos, equipos instalados en los márgenes de las carreteras, centros de control del tráfico y dispositivos nómadas) comunicarse e intercambiar información por medio de una arquitectura de comunicación normalizada, por lo que la interoperabilidad de los distintos sistemas resulta imprescindible;
11. Recuerda que los vehículos conectados son vehículos que emplean tecnologías de los STI cooperativos que permiten a todos los vehículos de la carretera comunicarse con los demás vehículos, con las señales de tráfico y también con las infraestructuras permanentes, tanto las instaladas en los márgenes de las carreteras como las infraestructuras horizontales —que deberán reforzarse y adaptarse, y que también pueden ofrecer sistemas innovadores de recarga en marcha y comunicarse de forma segura con los vehículos—, así como con otros usuarios de la vía pública; recuerda que el 92 % de los accidentes de carretera se deben a errores humanos y que el empleo de tecnologías de los STI cooperativos es importante para un funcionamiento eficiente de determinados sistemas de asistencia a la conducción;
12. Recuerda que los vehículos automatizados son vehículos capaces de funcionar y maniobrar de forma autónoma en situaciones de tráfico real y en los que uno o más de los principales controles de la conducción (dirección, aceleración, frenado) permanecen automatizados durante un período prolongado;
13. Destaca la necesidad de incorporar sistemas de salvaguardia durante la fase de transición en que coexistan vehículos conectados y automatizados con vehículos tradicionales no conectados, de modo que no se ponga en peligro la seguridad vial; señala que determinados sistemas de asistencia a la conducción deben ser objeto de un mayor desarrollo e instalarse de forma obligatoria;
14. Pide a la Comisión que reflexione acerca de la manera de abordar la coexistencia de vehículos cooperativos, conectados y automatizados con vehículos y conductores no conectados, habida cuenta de que la antigüedad del parque móvil y la proporción residual de personas no conectadas obligan a tener en cuenta el número considerable de vehículos que durante largo tiempo seguirán sin estar integrados en el sistema;
15. Lamenta la falta de un calendario claro para los servicios recomendados de la segunda lista («Day 1.5») y para servicios ulteriores, así como la ausencia de una evaluación de impacto completa y de información precisa sobre las iniciativas de implantación de los servicios de los STI cooperativos en desarrollo y sobre posibles ampliaciones de los servicios;
16. Pide a la Comisión que dé prioridad a los servicios de los STI cooperativos con mayor potencial de seguridad, que elabore las definiciones y requisitos que sean necesarios y que actualice sin más demora la Declaración de principios europea sobre la interfaz persona-máquina (IPM) para los sistemas de información y comunicación a bordo de vehículos, ya que la interacción entre el conductor humano y la máquina es importante[7]
;
17. Insiste en el papel fundamental de los vehículos conectados y automatizados, de los STI cooperativos y de las nuevas tecnologías a la hora de conseguir los objetivos en materia de clima, y en la necesidad de garantizar que su desarrollo e implantación cumplan y apoyen plenamente el objetivo de descarbonización del sistema de transporte; acoge con satisfacción el uso de los STI cooperativos como medio para mejorar la eficiencia del tráfico, reducir el consumo de combustible y el impacto del transporte por carretera en el medio ambiente (por ejemplo, en términos de emisiones de CO2) y optimizar la utilización de las infraestructuras urbanas;
18. Destaca el potencial que presentan las tecnologías innovadoras, como la conducción automatizada y el «platooning» (convoyes de vehículos), en el transporte de mercancías por carretera, que permiten aprovechar mejor los rebufos y, con ello, reducir el consumo de combustible y las emisiones; pide más apoyo a la investigación y al desarrollo en este ámbito, especialmente por lo que se refiere a la infraestructura digital necesaria;
19. Subraya la necesidad de ofrecer a los usuarios de la vía pública más opciones, productos más asequibles, más personalizados y de uso más fácil, y más información; alienta a la Comisión, en este contexto, a facilitar el intercambio de mejores prácticas destinadas a lograr, entre otros fines, la eficiencia económica; insta a todos los Estados miembros a adherirse a la plataforma C-Roads, dado que está destinada a cumplir una importante función de coordinación en la puesta en práctica de la estrategia, siempre que se respete la neutralidad tecnológica necesaria para alentar la innovación; subraya la necesidad de garantizar que las herramientas digitales avanzadas se implanten de modo generalizado y coordinado en los Estados miembros, abarcando también el transporte público; invita a los fabricantes de automóviles a iniciar la implantación de los STI cooperativos a efectos de la puesta en práctica de la estrategia;
20. Insta a la Comisión a que elabore unas estadísticas globales que complementen las ya existentes para evaluar mejor los procesos de digitalización en distintas áreas del sector del transporte por carretera; destaca la importancia de seguir invirtiendo en la investigación en sistemas de sensores y pone de relieve que, al desarrollar los STI cooperativos, es necesario prestar una atención especial a la conducción en medio urbano, que es muy diferente de la conducción fuera de las ciudades: señala que la conducción en medio urbano implica, en particular, una mayor interacción con motociclistas, ciclistas, peatones y otros usuarios vulnerables de la vía pública, incluidas las personas con discapacidad;
21. Insta a los Estados miembros a conectar con especial intensidad los ciclos de formación profesional y superior con las necesidades de conocimientos de la industria que va a desarrollar la estrategia de los STI; pide que se realicen análisis prospectivos sobre las nuevos oficios y empleos vinculados a este nuevo paradigma de movilidad, y que se intercambien buenas prácticas en el desarrollo de modelos de cooperación entre las empresas y el sistema educativo destinados a generar espacios integrados de formación, innovación y producción;
22. Considera que los servicios de los STI cooperativas deben estar integrados en la Estrategia Espacial para Europa, ya que la implantación de los STI cooperativos se basará en tecnologías de geolocalización como la localización por satélite;
23. Pone de relieve que los Estados miembros deben tener en cuenta la implantación de los servicios de los STI cooperativos en la perspectiva más amplia de la movilidad como servicio (MaaS, por sus siglas en inglés) y de la integración con otros modos de transporte, sobre todo con miras a evitar cualquier efecto rebote, como un aumento de la cuota modal del transporte por carretera;
Protección de la intimidad y de los datos
24. Llama la atención sobre la importancia de aplicar la legislación de la Unión sobre protección de la intimidad y de los datos en relación con los datos de los STI cooperativos y del ecosistema conectado, razón por la que es prioritario que estos datos se empleen exclusivamente para los fines de los STI cooperativos y no se conserven o utilicen con otras finalidades; destaca que los vehículos inteligentes deben cumplir íntegramente el Reglamento general de protección de datos y las normas conexas, y que los proveedores de servicios de los STI cooperativos deben ofrecer información fácilmente accesible y condiciones claras a los conductores, de modo que estos puedan dar su consentimiento libre e informado de conformidad con las disposiciones y restricciones establecidas en dicho Reglamento;
25. Recalca la necesidad de un grado mucho mayor de transparencia y responsabilidad en materia de algoritmos por lo que respecta al tratamiento y el análisis de datos realizados por las empresas; recuerda que el Reglamento general de protección de datos ya prevé un derecho a ser informado acerca de la lógica que subyace al tratamiento de datos; subraya asimismo la necesidad de evitar las «barreras a la conducción» que impedirían a los usuarios conducir sus propios vehículos inteligentes si se negaran a dar su consentimiento; aboga por la existencia de una opción «fuera de línea» en los vehículos inteligentes que permitiría a los usuarios desactivar las transferencias de datos personales a otros dispositivos sin que ello suponga impedimentos para conducir el automóvil;
26. Llama la atención sobre el hecho de que la protección de los datos y la confidencialidad deben tenerse en cuenta durante todo el tratamiento de los datos; subraya que la aplicación del principio de «generar privacidad y protección de datos desde el diseño y por defecto» debe ser el punto de partida para el diseño de aplicaciones y sistemas de STI; recuerda que las técnicas de anonimización pueden aumentar la confianza de los usuarios en los servicios que utilizan;
Ciberseguridad
27. Pone de relieve la importancia de aplicar unos elevados niveles de ciberseguridad para impedir la piratería informática y los ciberataques en todos los Estados miembros, habida cuenta, en especial, del carácter crítico de la seguridad en las comunicaciones de los STI cooperativos; señala que la ciberseguridad es un reto crucial al que se ha de dar respuesta ante la cada vez mayor digitalización y conectividad del sistema de transporte; destaca que los vehículos automatizados y conectados y las bases de datos en que se tratan o almacenan los datos están expuestos a los ciberataques, por lo que deben descartarse todas las vulnerabilidades y los riesgos identificables o concebibles habida cuenta del grado de desarrollo mediante una política común de seguridad que prevea, en particular, estrictos niveles de seguridad y una política de certificación para la implantación de los STI cooperativos;
28. Subraya que deben aplicarse los mismos elevados niveles de seguridad armonizados en la Unión y en todos los Estados miembros y en todo posible acuerdo de cooperación con terceros países; destaca que, no obstante, estos niveles no deben obstaculizar el acceso por parte de servicios de reparación de terceros a los sistemas que se encuentran a bordo de los vehículos, a fin de evitar que los propietarios de los vehículos dependan de los fabricantes de automóviles a la hora de efectuar las revisiones o reparaciones necesarias de los programas informáticos de a bordo;
Tecnologías y frecuencias de comunicación
29. Considera que el enfoque correcto en materia de comunicación ha de ser híbrido y tecnológicamente neutro, garantizar la interoperabilidad y la retrocompatibilidad y combinar tecnologías de comunicación complementarias, y que el conjunto híbrido de comunicación más prometedor parece ser una combinación de comunicación inalámbrica de corto alcance y tecnologías celulares y por satélite, lo que garantizará el mejor apoyo posible a la implantación de los servicios básicos de los STI cooperativos;
30. Toma nota de la mención de la relación entre los vehículos conectados y los sistemas de navegación por satélite europeos, EGNOS y GALILEO; propone, por lo tanto, que las estrategias centradas en los vehículos conectados se incluyan en las tecnologías espaciales; considera que la interoperabilidad es esencial tanto para la seguridad como para la elección de los consumidores y destaca que la capacidad de los vehículos de comunicar con los sistemas de 5G y de navegación por satélite debe estar incluida en el futuro conjunto híbrido de comunicación, como se señala en el Plan de Acción 5G de la Comisión;
31. Alienta a los fabricantes de automóviles y los operadores de telecomunicaciones que apoyan los servicios de los STI cooperativos a que cooperen, en particular, para facilitar la implantación de las tecnologías de comunicación de los STI cooperativos, y de los sistemas de tarificación vial y de tacógrafo digital inteligente, evitando interferencias entre estos servicios;
32. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que continúen facilitando financiación para la investigación y la innovación (Horizonte 2020), sobre todo con miras a facilitar el desarrollo, a largo plazo, de una infraestructura idónea para la implantación de los STI cooperativos;
33. Destaca la importancia de los sistemas de sensores para proporcionar datos sobre la dinámica de los vehículos, la congestión y la calidad del aire, por ejemplo; pide que se aumente y coordine adecuadamente la inversión en los Estados miembros con el fin de garantizar la plena interoperabilidad de los sensores utilizados y que se considere su posible uso en aplicaciones distintas a las de seguridad, por ejemplo para la detección de emisiones a distancia;
34. Pide a la Comisión que presente propuestas para garantizar que la información sobre las emisiones de contaminantes disponible a través de sensores instalados en los vehículos se recoja y se ponga a disposición de las autoridades competentes;
Enfoque común europeo
35. Alienta a los Estados miembros y a las autoridades locales, a los fabricantes de vehículos, a los operadores de infraestructura viaria y al sector de los STI a implantar STI cooperativos de aquí a 2019, y recomienda a la Comisión, a las autoridades locales y a los Estados miembros que destinen una financiación adecuada en el marco del Mecanismo «Conectar Europa», los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos y el Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas para la mejora y el mantenimiento futuros de la infraestructura viaria con arreglo a un enfoque temático transversal; pide a la Comisión y a los Estados miembros que continúen aportando financiación para la investigación y la innovación (Horizonte 2020) respetando plenamente el principio de transparencia y facilitando información sobre la cofinanciación de la Unión con regularidad;
36. Anima a los Estados miembros y a la Comisión a apoyar las iniciativas y acciones que promuevan una mayor investigación y obtención de información sobre el desarrollo y la repercusión de los STI cooperativos en la política de transporte de la Unión; considera que, de no haberse logrado un progreso significativo en 2022, podrían ser necesarias medidas legislativas que introduzcan «normas mínimas» y garanticen la integración a este respecto;
37. Subraya la importancia de la calidad de la infraestructura viaria física, que debe complementarse gradualmente con la infraestructura digital; pide la mejora y el mantenimiento de la futura infraestructura viaria;
38. Recalca que debe crearse un sistema de transporte verdaderamente multimodal que integre todos los modos de transporte en un único servicio de movilidad mediante el uso información en tiempo real, que tenga en cuenta los sistemas integrados de expedición de billetes y los servicios de movilidad compartida, así como los desplazamientos a pie y en bicicleta, que permita a personas y mercancías viajar de puerta a puerta sin obstáculos y que incremente la eficiencia general del transporte, su sostenibilidad y su durabilidad; pide a la Comisión, a este respecto, que garantice y promueva la cooperación y las inversiones a nivel de la Unión en el ámbito de la digitalización del sector del transporte mediante fondos existentes o nuevos, con el fin de integrar los sistemas de transporte inteligente en los diferentes modos de transporte (C-ITS, ERTMS, SESAR, RIS[8]); subraya la importancia de un enfoque integrador en materia de herramientas de información, reserva y venta de billetes para conseguir cadenas atractivas de movilidad puerta a puerta;
39. Pide que este proceso de planificación se alimente de la visión de los usuarios del transporte de viajeros y mercancías como fuente básica de información para ampliar las aplicaciones de los STI cooperativos y generar modelos de negocio vinculados a esta nueva concepción de movilidad integrada sostenible;
40. Anima a la Unión y a los Estados miembros a que velen por el correcto cumplimiento de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y de la próxima Directiva sobre los requisitos de accesibilidad de los productos y los servicios, con el fin de lograr una accesibilidad sin barreras a los STI cooperativos para todos los ciudadanos;
41. Recomienda que la Comisión establezca con rapidez un marco jurídico apropiado para lograr la interoperabilidad transfronteriza en toda la Unión, así como un marco que establezca normas sobre la responsabilidad civil por la utilización de los distintos tipos de transportes conectados; pide a la Comisión que publique una propuesta legislativa sobre acceso a los datos y recursos en los vehículos antes de que acabe el año; recomienda que esta propuesta permita que toda la cadena de valor del sector del automóvil y los usuarios finales se beneficien de la digitalización, garantizando condiciones de competencia equitativas y la máxima seguridad en lo que atañe al almacenamiento de los datos en los vehículos y el acceso a ellos, que ha de ser justo, oportuno y sin restricciones con el fin de proteger los derechos de los consumidores, promover la innovación y garantizar la competencia leal y no discriminatoria en este mercado, de conformidad con el principio de neutralidad tecnológica; destaca la necesidad de contribuir a la modernización de todas las infraestructuras urbanas y rurales vinculadas a los servicios de transporte público; pide a la Comisión que garantice que en todos los casos respetará íntegramente el Reglamento general de protección de datos, y que informe anualmente del seguimiento correspondiente al Parlamento;
42. Pide a la Comisión que adopte un enfoque global sobre la armonización técnica y la normalización de los datos para garantizar la compatibilidad de los STI cooperativos, economías de escala para los fabricantes y una mayor comodidad para los consumidores;
43. Destaca la importancia de entablar un diálogo con los interlocutores sociales y los representantes de los consumidores en una fase temprana y así crear un clima de transparencia y confianza destinado a hallar un buen equilibrio entre los efectos positivos y negativos sobre las condiciones sociales y laborales y los derechos de los consumidores; señala que el Foro eSafety ha de establecer una hoja de ruta para la implantación de los STI cooperativos, al igual que ha ocurrido con el sistema eCall;
44. Subraya que, con el fin de cumplir los compromisos climáticos internacionales y los objetivos internos de la Unión, es necesario un giro radical hacia una economía hipocarbónica; destaca, por lo tanto, la necesidad de renovar los criterios de asignación de los diferentes fondos de la Unión, a fin de fomentar la descarbonización y las medidas de eficiencia energética, también en el ámbito de los STI cooperativos; considera que la financiación de la Unión no debería asignarse bajo ningún concepto a proyectos que no cumplan los objetivos y las políticas de reducción del CO2;
45. Pide a los fabricantes de automóviles que faciliten a los consumidores información clara y suficiente sobre sus derechos, así como sobre las ventajas y los límites de las nuevas tecnologías de los STI cooperativos en términos de seguridad; aboga por el uso de campañas de información para familiarizar a los conductores actuales con las nuevas tecnologías de los STI cooperativos con el fin de generar la confianza necesaria entre los usuarios finales y lograr la aceptación pública; considera que el uso de los STI cooperativos puede mejorar la seguridad y la eficiencia del sistema de transportes, garantizando al mismo tiempo la observancia las normas sobre protección de datos y de privacidad;
°
° °
46. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.
- [1] DO L 207 de 6.8.2010, p. 1.
- [2] COTER-VI/028.
- [3] DO C 288 de 31.8.2017, p. 85.
- [4] Textos Aprobados, P8_TA(2017)0423.
- [5] Textos Aprobados, P8_TA(2017)0234.
- [6] C-ITS platform phase II – Final report: https://ec.europa.eu/transport/sites/transport/files/2017-09-c-its-platform-final-report.pdf
- [7] Recomendación de la Comisión de 26 de mayo de 2008 titulada «Sistemas de información y comunicación a bordo de vehículos seguros y eficientes: actualización de la Declaración de principios europea sobre la interfaz persona-máquina»; DO L 216 de 12.8.2008, p. 1.Disponible en: http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A32008H0653
- [8] Sistema europeo de gestión del tráfico ferroviario (ERTMS); Investigación sobre la gestión del tránsito aéreo en el cielo único europeo (SESAR); Servicios de información fluvial (SIF).
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Introducción
El mundo se encuentra ante una revolución industrial y digital que avanza a grandes pasos, revolución de la que la Unión forma parte en cierto modo, pero para la que la economía y la sociedad europeas no están bien preparadas. Existen grandes diferencias en el nivel de desarrollo y de preparación de los Estados miembros, pero no debemos permitir que la digitalización y los avances tecnológicos agudicen este desequilibrio. Todos los ciudadanos europeos deben beneficiarse en igual medida de la moderna revolución industrial y de sus ventajas. El sector del transporte también se encuentra ante un cambio de gran calado, y la Unión debe dar respuestas significativas y a largo plazo. Tenemos que satisfacer simultáneamente requisitos en materia de seguridad, eficiencia y sostenibilidad. Los avances en las tecnología digitales en el sector del transporte permiten el intercambio de datos en tiempo real entre diversos tipos de transporte, con lo que, por ejemplo, puede disminuirse el número de accidentes, racionalizarse los sistemas de transporte y reducirse las emisiones de sustancias nocivas. Las nuevas tecnologías, como los sistemas de transporte inteligentes cooperativos (STI cooperativos) de los que trata el presente informe, representan un paso de gigante y una importante tarea para los responsables políticos europeos, en particular en materia de armonización de la legislación, que hasta el momento se ha realizado de forma desorganizada y no ha dejado de crear nuevos problemas. De lo que no cabe duda es de que la Comisión y las instituciones europeas están quedándose a la zaga en este ámbito y no son capaces de seguir el ritmo de la revolución tecnológica. La labor de resolver esta situación real y urgente. Igualmente tenemos que ser conscientes de que en el ámbito del progreso digital, cuando este afecta al sector de transporte, la Unión no necesita una competencia aislada, sino una cooperación en paralelo, ya que esta es la única manera de hacer frente a los retos del desarrollo mundial que plantean, por ejemplo, los Estados Unidos y China, que están por delante de nosotros en el progreso de la tecnología de STI cooperativos. Así pues, la moderna revolución industrial nos ofrece una magnífica oportunidad de desarrollar nuestros sistemas de transporte y garantizar su seguridad y, al mismo tiempo, exige una labor normativa continua y responsable.
Antecedentes
La Comisión y el Parlamento han trabajado en la cuestión de los sistemas de transporte y vehículos inteligentes desde hace casi diez años. La introducción de los coches inteligentes y el sistema eCall es parte importante de este proceso. El ponente se congratula del procedimiento legislativo que permite al Parlamento dar su opinión sobre el aumento de la seguridad de los vehículos, los permisos de conducción y la formación de los conductores, y la estrategia europea de movilidad de bajas emisiones. Reviste especial importancia modificar la Directiva 2010/40/UE para ampliar el ámbito de aplicación de los actos delegados, que sirven de complemento a la estrategia expuesta en la Comunicación de la Comisión sobre la introducción de los sistemas de transporte inteligentes (COM(2016)0766).
El ponente considera importante que se desarrollen en paralelo varios programas de la Unión e iniciativas comunitarias en materia de I+D, como los programas C-Roads y GEAR 2030. Resultan especialmente relevantes los resultados del programa de la plataforma STI 2016-2017, en cuyo marco la Comisión ha publicado los resultados de la labor realizado por ocho grupos de trabajo.
Es crucial que todos los sectores industriales —telecomunicaciones, fabricación de vehículos, energía, transporte– aúnen esfuerzos para que los resultados del progreso digital puedan implantarse y aplicarse. La misma importancia reviste la cooperación de las instituciones europeas y la participación de los Estados miembros. El ponente desea mostrar su satisfacción por el dictamen elaborado por el Comité de las Regiones y el Comité Económico y Social Europeo. La mayoría de los vehículos en circulación en la Unión son antiguos y fueron fabricados con tecnologías que les impiden conectarse a las últimas tecnologías y al diálogo digital. Lo mismo cabe decir de los sistemas de infraestructuras viales que no están integrados en las redes transeuropeas y que no son autopistas. Es legítimo preguntarse cómo garantizar la conectividad de estos vehículos y quién va a sufragar los gastos.
¿Quién paga la factura?
Se necesitarán casi 3 000 millones EUR anuales para financiar la introducción de los servicios cooperativos «Day 1» y permitir que unos 30 millones de vehículos estén conectados. La financiación del MCE, los Fondos EIE y el FEIE está disponible para financiar el desarrollo de las redes de banda ancha y las infraestructuras de transporte. Además se están llevando a cabo proyectos de I+D en el marco de Horizonte 2020. El ponente tiene la convicción de que el desarrollo se está produciendo a una velocidad mucho mayor de lo que indican los plazos que la planificación estratégica se ha puesto como objetivo. Por esta razón, los Estados miembros deben participar y se debe decidir sobre la financiación. La cuestión más importante es cómo se tendrá en cuenta el papel de las tecnologías digitales en la próxima ronda de planificación financiera.
Protección y seguridad
El ponente comparte la propuesta de introducir los protocolos «Day 1» y «Day 1.5» y de introducir el primer paquete en 2019, y celebra sus ambiciosos objetivos. Al mismo tiempo, lamenta la falta de un calendario preciso y de un estudio de viabilidad, que son necesarios para lograrlos. El ponente respalda la conclusión a la que ha llegado el grupo de trabajo especializado en seguridad y protección en la segunda fase de la plataforma de los STI cooperativos, según la cual todos los vehículos deben cumplir un conjunto mínimo de requisitos[1]. Está convencido de que la tecnología y la automatización solo demostrarán su utilidad si todos y cada uno de los vehículos están conectados al sistema de transporte Pero hay que avanzar con orden. Durante el período transitorio hasta que todos los STI cooperativos sean accesibles es vital elaborar un protocolo de seguridad que incluya el factor humano y dé tiempo suficiente para la interacción «persona-máquina»[2].
Seguridad de los datos
El rápido intercambio de datos en tiempo real a gran escala está avanzando a grandes pasos y se está convirtiendo en la regla general, lo que plantea la cuestión del uso de la tecnología adecuada y de la seguridad de los datos. Es crucial que los Reglamentos europeos vigentes amplíen su ámbito de aplicación a la esfera de la automatización. La Comisión ha presentado recientemente una propuesta sobre ciberseguridad que incluye la tarea de crear un nuevo sistema europeo de certificación que garantice la seguridad en el uso de los productos y servicios digitales. El ponente también considera que una de las labores más importantes que habrá que acometer es la de determinar con precisión el acceso a los datos generados por los vehículos en movimiento y el acceso a los datos de terceros. Tenemos que asegurarnos de tomar en consideración las opiniones y sugerencias de todas las partes implicadas y de encontrar las mejores soluciones comunes.
Tecnologías y frecuencias de comunicación
Si consideramos a la Unión en su conjunto y, al mismo tiempo, los programas emprendidos en los últimos meses, podemos apreciar diferencias enormes en su aplicación. En un extremo tenemos la cobertura de internet con valor 0 (sin wifi y cobertura global no superior a 2G), mientras que en el otro encontramos los convoyes de camiones conectados («platooning»). Hay que poner el máximo cuidado en no agrandar la brecha digital. Existe consenso sobre la cuestión de la «tecnología» en la medida en que no exista exclusividad, por lo que la respuesta podría estar en una aplicación híbrida de tecnologías existentes. La Comisión y los organismos profesionales mantienen una coordinación permanente al respecto.
Otros ámbitos importantes / observaciones
El futuro de la movilidad urbana es otra parte importante de la automatización, y su progreso debe ser una cuestión primordial. Articular los centros urbanos y las regiones circundantes mediante una red de transporte inteligente es un parte fundamental del desarrollo regional. Ocupamos todo nuestro tiempo hablando exclusivamente de conectar vehículos e infraestructuras, pero ¿qué decir de los llamados «actores en riesgo» (peatones, ciclistas y motoristas)? ¿Cómo se les puede integrar en sistemas inteligentes que trabajen juntos? Y no perdamos de vista, en el camino hacia la automatización, los cambios que requerirán las normas sobre obtención del permiso de conducción y las capacidades que se deben enseñar. ¿Cómo se debería completar la formación de los conductores?
- [1] C-ITS platform phase II – Final report: https://ec.europa.eu/transport/sites/transport/files/2017-09-c-its-platform-final-report.pdf
- [2] Declaración de principios europea sobre la interfaz persona-máquina (IPM) para los sistemas de información y comunicación a bordo de vehículos (Comisión, 2008): http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32008H0653#ntr1-L_2008216ES.01000101-E0001
OPINIÓN de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (2.2.2018)
para la Comisión de Transportes y Turismo
sobre una estrategia europea sobre los sistemas de transporte inteligentes cooperativos
(2017/2067(INI))
Ponente: Christel Schaldemose
SUGERENCIAS
La Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria pide a la Comisión de Transportes y Turismo, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de Resolución que apruebe:
1. Recuerda la estrategia europea a favor de la movilidad de bajas emisiones adoptada en julio de 2016, que pone de manifiesto el potencial de los vehículos cooperativos, conectados y automatizados para la creación de un ecosistema de movilidad, reduciendo así el consumo de energía y las emisiones procedentes del transporte por carretera, que sigue siendo el responsable de la mayor parte de las emisiones del transporte;
2. Pide a la Comisión que reconozca la creciente importancia de las emisiones del ciclo de vida, incluidas las relacionadas con las fases del suministro energético, de la producción y del final de la vida útil, mediante la presentación de propuestas integrales que orienten a los fabricantes hacia soluciones óptimas, con vistas a garantizar que las emisiones durante las fases iniciales y posteriores no socaven los beneficios relativos a la mejora del uso operativo de los vehículos conectados y automatizados;
3. Se felicita de la estrategia europea sobre los sistemas de transporte inteligentes cooperativos (STI cooperativos) como un marco común de acción; apoya firmemente el desarrollo de un marco jurídico adecuado de la Unión para el despliegue de STI cooperativos, también en los territorios no conectados al continente europeo, y para facilitar inversiones en las infraestructuras necesarias; pide a la Comisión que estudie las posibilidades de la Directiva 2010/40/UE relativa a los sistemas de transporte inteligentes a este respecto;
4. Pide a la Comisión que incluya también la movilidad aérea urbana y el transporte marítimo y fluvial en la estrategia sobre STI cooperativos, prestando especial atención a la multimodalidad y a la integración de diferentes modos de transporte que puedan contribuir a hacer que el transporte sea más eficiente y sostenible;
5. Hace hincapié en la necesidad de dar prioridad al apoyo público concedido a los STI cooperativos por lo que respecta a su potencial para mejorar los medios de transporte colectivos y los recorridos compartidos; insta a la Comisión y a los Estados miembros, a este respecto, a que cooperen estrechamente con las autoridades locales y regionales que prestan servicios de transporte público para estudiar las posibilidades que presentan los STI cooperativos para el transporte público e intermodal, con el fin de alcanzar un elevado nivel de integración del transporte público y privado con miras a una movilidad más sostenible;
6. Cree firmemente que el despliegue de STI cooperativos debe centrarse en el usuario y que los ciudadanos deben poder conectarse a esos sistemas con su automóvil privado;
7. Acoge con satisfacción el potencial de los STI cooperativos de mejorar el cumplimiento de las normas de tráfico y seguridad vial; celebra, asimismo, las ventajas de la comunicación por STI cooperativos, como el hecho de que hagan que la conducción sea más segura, informando a los conductores de forma rápida y precisa de la situación del tráfico, de las zonas peligrosas y de otros problemas que ocurran a su alrededor, así como el hecho de que los centros de información y gestión de los transportes puedan recibir información exacta y completa sobre la situación real del tráfico directamente de los vehículos, permitiéndoles dirigir y gestionar rápida y eficazmente el flujo de circulación y aumentando la seguridad;
8. Señala que los STI cooperativos basados en la comunicación (intercambio de datos), no solo entre vehículos, sino también entre vehículos e infraestructuras, constituyen otro importante desafío en el ámbito de la electrónica del automóvil y de los STI; subraya que los STI cooperativos permiten una comunicación directa de los vehículos entre sí y entre vehículos y unidades de STI de las infraestructuras de tráfico, que a continuación se transmite a los sistemas de gestión del tráfico o a los centros de información, reduciendo así la carga para el medio ambiente;
9. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que exploten al máximo el potencial de los STI cooperativos para tomar medidas preventivas que permitan evitar la contaminación del aire y las concentraciones excesivas de ozono y para reducir los ruidos y las emisiones de partículas, NOx y CO2;
10. Recuerda que la aceptación por parte del usuario final de los combustibles alternativos depende en gran medida de la disponibilidad de infraestructura de recarga y de repostaje, y destaca que podría impulsarse la demanda haciendo accesible la información sobre dichas infraestructuras (por ejemplo, los puntos de recarga cercanos disponibles); insta a la Comisión a que dé una mayor prioridad a la habilitación de estos servicios;
11. Toma nota del elevado potencial de los STI cooperativos para mejorar la eficiencia del combustible, disminuir el coste del transporte individual y reducir el impacto negativo del tráfico en el medio ambiente;
12. Reitera el papel fundamental de los vehículos conectados y automáticos, de los STI cooperativos y de las nuevas tecnologías en la consecución de los objetivos en materia de clima, y subraya la necesidad de garantizar que su desarrollo y despliegue cumplan plenamente y apoyen el objetivo de descarbonización del sistema de transporte; acoge con satisfacción el uso de los STI cooperativos, como forma de mejorar la eficiencia del tráfico, reducir el consumo de combustible y el impacto del transporte por carretera en el medio ambiente (por ejemplo, en términos de emisiones de CO2) y optimizar la utilización de las infraestructuras urbanas;
13. Destaca el potencial que presentan las tecnologías innovadoras como la conducción automatizada y el «platooning» (acumulación de vehículos) en el transporte de mercancías por carretera, que permiten aprovechar mejor los rebufos y, con ello, reducir el consumo de combustible y las emisiones; pide más apoyo a la investigación y al desarrollo en este ámbito, especialmente por lo que se refiere a la infraestructura digital necesaria;
14. Destaca la importancia de la interoperabilidad y considera que la Comisión debe facilitar los sistemas interoperables de un modo tecnológicamente neutro;
15. Destaca la importancia de los sistemas de sensores para proporcionar datos sobre la dinámica de los vehículos, la congestión y la calidad del aire, por ejemplo; pide que se aumente y coordine adecuadamente la inversión en los Estados miembros con el fin de garantizar la plena interoperabilidad de los sensores utilizados y que se considere su posible uso en aplicaciones distintas a las de la seguridad, por ejemplo para la detección de emisiones a distancia;
16. Pide a la Comisión que presente propuestas para garantizar que la información sobre las emisiones de contaminantes disponible a través de sensores instalados en los vehículos se recoja y se ponga a disposición de las autoridades competentes;
17. Destaca el potencial de los STI cooperativos para impulsar la integración de los vehículos autónomos, con el fin de subsanar el problema del «último kilómetro», es decir, la distancia entre la plataforma de transporte y el destino final;
18. Destaca que los STI cooperativos podrían mejorar considerablemente la seguridad vial al reducir los errores humanos, que siguen siendo la principal causa de los accidentes en el sector de los transportes;
19. Pide a la Comisión que favorezca el acceso a la información relativa al tráfico para los actores públicos y privados, como los proveedores de servicios de navegación y de mapas digitales, dado que estos servicios son clave para permitir el transporte intermodal, rutas más eficientes y la conducción automatizada; subraya, no obstante, que la confianza de los usuarios finales en la protección de los datos personales y la intimidad es fundamental para lograr la aceptación del intercambio de datos individuales; apoya, por tanto, el enfoque de la Comisión consistente en la protección de datos desde el diseño y por defecto, como se señala en la estrategia sobre los STI cooperativos;
20. Señala que es crucial la cooperación a nivel local y regional en el desarrollo y la aplicación de STI cooperativos interoperables y, en su caso, armonizados en toda la Unión, incluidos los territorios no conectados al continente europeo;
21. Subraya que uno de los objetivos de la Unión es la creación de STI cooperativos transfronterizos, y que las medidas adoptadas para la consecución de este objetivo son el fundamento para la utilización de los STI cooperativos a escala europea; considera que las tecnologías para los sistemas cooperativos se han desarrollado en el marco de proyectos científicos y de investigación europeos y se han verificado en forma de ensayos piloto en toda Europa; pone de relieve que la mayoría de las tecnologías necesarias y adecuadas para los sistemas cooperativos ya está normalizada en el Comité Europeo de Normalización (CEN), en el Instituto Europeo de Normas de Telecomunicación (ETSI) y en la Organización Internacional de Normalización (ISO);
22. Pide a la Comisión que tenga en cuenta la información obtenida y los resultados logrados en los proyectos piloto en el marco del Mecanismo «Conectar Europa»;
23. Destaca que la configuración sistemática de un sistema inteligente de transporte, que cree las condiciones para una circulación de personas y mercancías segura, fluida, económicamente equilibrada y respetuosa con el entorno, representa un gran reto para la sociedad de hoy en día; considera que una de las posibles soluciones a este reto es establecer colaboraciones estrechas y a largo plazo entre los organismos europeos y nacionales competentes y las instituciones de investigación, que hagan avanzar el desarrollo de tecnologías y sistemas de transporte hasta el punto de que su uso diario contribuya a hacer realidad los objetivos a largo plazo de las políticas de la Unión;
24. Observa que ya se ha destinado una financiación considerable para los vehículos cooperativos, conectados y automatizados a nivel de la Unión; pide a la Comisión y a los Estados miembros que garanticen la financiación necesaria para el despliegue de los STI cooperativos a largo plazo, al tiempo que garantizan la compatibilidad y la interoperabilidad de los distintos sistemas a escala internacional;
25. Subraya que, con el fin de cumplir los compromisos climáticos internacionales y los objetivos internos de la Unión, es necesario un giro radical hacia una economía hipocarbónica; destaca, por lo tanto, la necesidad de renovar los criterios de asignación de los diferentes fondos de la Unión, a fin de fomentar la descarbonización y las medidas de eficiencia energética, inclusive en el ámbito de los STI cooperativos; considera que la financiación de la Unión no debería asignarse bajo ningún concepto a proyectos que no cumplan los objetivos y las políticas de reducción del CO2;
26. Pide a la Comisión que preste la debida atención a la protección de datos, las normas sobre responsabilidad y a la lucha contra el terrorismo en el desarrollo de los STI cooperativos.
INFORMACIÓN SOBRE LA APROBACIÓN EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN
Fecha de aprobación |
24.1.2018 |
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|
Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
50 1 1 |
|||
Miembros presentes en la votación final |
Marco Affronte, Pilar Ayuso, Ivo Belet, Simona Bonafè, Biljana Borzan, Paul Brannen, Soledad Cabezón Ruiz, Nessa Childers, Birgit Collin-Langen, Seb Dance, Mark Demesmaeker, Stefan Eck, José Inácio Faria, Francesc Gambús, Elisabetta Gardini, Gerben-Jan Gerbrandy, Arne Gericke, Julie Girling, Françoise Grossetête, Andrzej Grzyb, Jytte Guteland, Anneli Jäätteenmäki, Karin Kadenbach, Urszula Krupa, Giovanni La Via, Jo Leinen, Peter Liese, Susanne Melior, Gilles Pargneaux, Piernicola Pedicini, Bolesław G. Piecha, John Procter, Julia Reid, Frédérique Ries, Daciana Octavia Sârbu, Annie Schreijer-Pierik, Renate Sommer, Claudiu Ciprian Tănăsescu, Ivica Tolić, Adina-Ioana Vălean, Jadwiga Wiśniewska, Damiano Zoffoli |
||||
Suplentes presentes en la votación final |
Elena Gentile, Martin Häusling, Norbert Lins, Nuno Melo, Ulrike Müller, Christel Schaldemose, Bart Staes, Keith Taylor, Carlos Zorrinho |
||||
Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final |
Jiří Maštálka |
||||
VOTACIÓN FINAL NOMINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN
50 |
+ |
|
ALDE |
Gerben-Jan Gerbrandy, Anneli Jäätteenmäki, Ulrike Müller, Frédérique Ries |
|
ECR |
Mark Demesmaeker, Arne Gericke, Julie Girling, Urszula Krupa, Bolesław G. Piecha, John Procter, Jadwiga Wiśniewska |
|
EFDD |
Piernicola Pedicini |
|
GUE/NGL |
Stefan Eck, Jiří Maštálka |
|
EPP |
Pilar Ayuso, Ivo Belet, Birgit Collin-Langen, José Inácio Faria, Francesc Gambús, Elisabetta Gardini, Françoise Grossetête, Andrzej Grzyb, Giovanni La Via, Peter Liese, Norbert Lins, Nuno Melo, Annie Schreijer-Pierik, Ivica Tolić, Adina-Ioana Vălean |
|
S&D |
Simona Bonafè, Biljana Borzan, Paul Brannen, Soledad Cabezón Ruiz, Nessa Childers, Seb Dance, Elena Gentile, Jytte Guteland, Karin Kadenbach, Jo Leinen, Susanne Melior, Gilles Pargneaux, Christel Schaldemose, Daciana Octavia Sârbu, Claudiu Ciprian Tănăsescu, Damiano Zoffoli, Carlos Zorrinho |
|
Verts/ALE |
Marco Affronte, Martin Häusling, Bart Staes, Keith Taylor |
|
1 |
- |
|
EFDD |
Julia Reid |
|
1 |
0 |
|
PPE |
Renate Sommer |
|
Explicación de los signos utilizados
+ : a favor
- : en contra
0 : abstenciones
OPINIÓN de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor (5.12.2017)
para la Comisión de Transportes y Turismo
sobre una estrategia europea sobre los sistemas de transporte inteligentes cooperativos
(2017/2067(INI))
Ponente de opinión: Matthijs van Miltenburg
SUGERENCIAS
La Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor pide a la Comisión de Transportes y Turismo, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de Resolución que apruebe:
1. Acoge con satisfacción la estrategia de la Comisión sobre los sistemas de transporte inteligentes cooperativos (STI cooperativos); reconoce el potencial que tiene un uso más inteligente de los datos en el sector del transporte tanto para los usuarios, incluidas las necesidades específicas de las personas con discapacidad, como para las empresas; considera que los STI cooperativos aportan una valiosa contribución a la hora de hacer que el transporte sea más seguro, eficiente, utilizable por los usuarios, respetuoso con el medio ambiente y sostenible gracias al aumento de la eficiencia energética, la reducción de las emisiones y la disminución del riesgo de accidentes;
2. Insta a la Unión a que, en aras del crecimiento económico y la competitividad de los Estados miembros, promueva, mediante unos estándares más elevados, su posición de liderazgo mundial en el ámbito de los STI cooperativos; anima a todas las partes interesadas a acelerar el despliegue de las tecnologías de los STI cooperativos; destaca, a ese respecto, la necesidad de contar con servicios de calidad, seguros, competitivos, accesibles, continuados y fiables en toda la Unión;
3. Considera esencial garantizar desde el comienzo que los derechos de los consumidores a la privacidad y a la protección de sus datos personales se respeten plenamente de conformidad con el marco jurídico de la Unión en materia de protección de datos; insta a la Comisión, por ello, a que garantice la correcta aplicación del Reglamento general de protección de datos; pide a los fabricantes de automóviles que informen a los consumidores apropiadamente y de manera clara sobre sus derechos, así como sobre las ventajas y los límites de las nuevas tecnologías de los STI cooperativos en términos de seguridad; pide también a los fabricantes de automóviles que nunca vendan, conserven, utilicen o procesen los datos registrados por el vehículo para cualquier otro fin sin un consentimiento expreso previo;
4. Señala que para que los sistemas de transporte inteligentes cooperativos se desarrollen e implanten con éxito, se debe prestar una atención extremadamente minuciosa a la ciberseguridad; destaca la necesidad de desarrollar una política común de seguridad de las comunicaciones de los STI cooperativos, incluyendo normas de seguridad estrictas, con el fin de proteger el sistema de transporte contra la piratería informática y los ciberataques;
5. Subraya la importancia de la neutralidad tecnológica, la retrocompatibilidad, la armonización técnica y la normalización de los datos y definiciones en relación con los STI cooperativos a fin de asegurar la constitución de un mercado abierto; considera además que la interoperabilidad es esencial tanto para la seguridad como para las posibilidades de elección de los consumidores; solicita a la Comisión que, conjuntamente con las autoridades competentes de los Estados miembros, vele por el éxito del despliegue y la interoperabilidad a todos los niveles;
6. Pide a la Comisión que, cuando proceda, adopte un enfoque global sobre la armonización técnica y la normalización de los datos para garantizar la compatibilidad de los STI cooperativos, economías de escala para los fabricantes y una mayor comodidad para los consumidores;
7. Acoge con satisfacción que la estrategia se centre en la participación de los usuarios; invita a la Comisión a que favorezca el intercambio de las mejores prácticas; subraya la necesidad de proyectos piloto de STI cooperativos transfronterizos, respaldados con la financiación adecuada; anima a los Estados miembros a adherirse urgentemente a la plataforma C-Roads y a colaborar en el ámbito de la interoperabilidad;
8. Acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión para la ampliación del plazo del mandato para adoptar actos delegados en virtud de la Directiva 2010/40/UE relativa a los sistemas de transporte inteligentes;
9. Celebra que en 2018 entre en vigor el Reglamento relativo a los requisitos de homologación de tipo para el despliegue del sistema eCall basado en el servicio 112 integrado en los vehículos[1]; recuerda a la Comisión, a ese respecto, su obligación de evaluar la necesidad de una plataforma interoperable, segura y normalizada de acceso abierto.
INFORMACIÓN SOBRE LA APROBACIÓN EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN
Fecha de aprobación |
4.12.2017 |
|
|
|
|
Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
32 1 2 |
|||
Miembros presentes en la votación final |
Pascal Arimont, Sergio Gaetano Cofferati, Lara Comi, Daniel Dalton, Nicola Danti, Pascal Durand, Evelyne Gebhardt, Robert Jarosław Iwaszkiewicz, Liisa Jaakonsaari, Nosheena Mobarik, Jiří Pospíšil, Virginie Rozière, Christel Schaldemose, Andreas Schwab, Olga Sehnalová, Jasenko Selimovic, Igor Šoltes, Ivan Štefanec, Catherine Stihler, Róża Gräfin von Thun und Hohenstein, Mylène Troszczynski, Anneleen Van Bossuyt, Marco Zullo |
||||
Suplentes presentes en la votación final |
Lucy Anderson, Biljana Borzan, Birgit Collin-Langen, Kaja Kallas, Roberta Metsola, Matthijs van Miltenburg, Lambert van Nistelrooij, Sabine Verheyen |
||||
Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final |
Jonathan Bullock, Rupert Matthews, Bogdan Brunon Wenta, Flavio Zanonato |
||||
VOTACIÓN FINAL NOMINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN
32 |
+ |
|
ALDE |
Kaja Kallas, Jasenko Selimovic, Matthijs van Miltenburg |
|
ECR |
Daniel Dalton, Nosheena Mobarik, Rupert Matthews, Anneleen Van Bossuyt |
|
EFDD |
Marco Zullo |
|
PPE |
Pascal Arimont, Birgit Collin-Langen, Lara Comi, Roberta Metsola, Jiří Pospíšil, Andreas Schwab, Róża Gräfin von Thun und Hohenstein, Sabine Verheyen, Bogdan Brunon Wenta, Lambert van Nistelrooij, Ivan Štefanec |
|
S&D |
Lucy Anderson, Biljana Borzan, Sergio Gaetano Cofferati, Nicola Danti, Evelyne Gebhardt, Liisa Jaakonsaari, Virginie Rozière, Christel Schaldemose, Olga Sehnalová, Catherine Stihler, Flavio Zanonato |
|
Verts/ALE |
Pascal Durand, Igor Šoltes |
|
1 |
- |
|
EFDD |
Jonathan Bullock |
|
2 |
0 |
|
EFDD |
Robert Jarosław Iwaszkiewicz |
|
ENF |
Mylène Troszczynski |
|
Explicación de los signos utilizados
+ : a favor
- : en contra
0 : abstenciones
- [1] Reglamento (UE) 2015/758 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2015, relativo a los requisitos de homologación de tipo para el despliegue del sistema eCall basado en el número 112 integrado en los vehículos y por el que se modifica la Directiva 2007/46/CE (DO L 123 de 19.5.2015, p. 77).
OPINIÓN de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (29.1.2018)
para la Comisión de Transportes y Turismo
sobre una estrategia europea sobre los sistemas de transporte inteligentes cooperativos
(2017/2067(INI))
Ponente: Maria Grapini
SUGERENCIAS
La Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior pide a la Comisión de Transportes y Turismo, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de Resolución que apruebe:
A. Considerando que la Unión está obligada a respetar la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en particular sus artículos 7 y 8 sobre el derecho al respeto de la intimidad y la protección de los datos de carácter personal;
B. Considerando que los datos difundidos por los sistemas de transporte inteligentes cooperativos (STI cooperativos) son datos personales relativos a una persona identificada o identificable, y que los mensajes de los STI cooperativos se transmitirán a una amplia gama de servicios y entre una serie de actores;
C. Considerando que los STI cooperativos se basan en la recopilación, el tratamiento y el intercambio de una amplia gama de datos procedentes de fuentes, vehículos, usuarios e infraestructuras, de carácter público y privado; y que resulta fundamental escoger la lista más adecuada de STI cooperativos para tenerla en cuenta en las consultas tempranas con los Estados miembros, las autoridades locales, los fabricantes de vehículos y los operadores de infraestructuras viarias;
D. Considerando que la puesta en práctica de los sistemas se basará en tecnologías de geolocalización, como la localización por satélite, y en tecnologías sin contacto, que facilitarán la prestación de una amplia gama de servicios públicos y/o comerciales; y que deben respetar el acervo de la Unión en materia de intimidad y protección de datos, regirse por unas normas estrictas de confidencialidad y, además, desplegar sus actividades en el marco de los objetivos y prácticas de la Estrategia Espacial para Europa;
E. Considerando que la ciberseguridad de los STI cooperativos es un elemento clave de la aplicación; que las soluciones parciales en materia de seguridad pondrían en peligro la interoperabilidad y la seguridad de los usuarios finales; y que, por tanto, existe una necesidad clara de una actuación a escala de la Unión;
F. Considerando que la responsabilidad algorítmica y la transparencia implican la aplicación de medidas técnicas y operativas que garanticen la transparencia y el carácter no discriminatorio de la toma de decisiones automatizada y del proceso de cálculo de probabilidades de comportamiento individual; que la transparencia debe facilitar a las personas información fiable sobre la lógica aplicada, el significado del proceso y sus consecuencias; y que debe incluir información sobre los datos utilizados para la formación en materia de análisis y permitir a las personas comprender y controlar las decisiones que los afectan;
1. Destaca que la legislación de la Unión en materia de protección de datos, concretamente el Reglamento general de protección de datos, aplicable a partir del 25 de mayo de 2018, y la Directiva sobre privacidad y comunicaciones electrónicas (2002/58/CE), es plenamente aplicable en relación con todos los aspectos del tratamiento de datos de carácter personal a los efectos de los STI cooperativos, en particular en lo que se refiere a los principios de limitación de finalidad, minimización de datos y los derechos de los interesados, puesto que los mensajes de los STI cooperativos pueden conducir indirectamente a la identificación de los usuarios;
2. Hace hincapié en que, en el caso de los vehículos inteligentes, los datos deben procesarse, por defecto, solo en el automóvil o automóviles propiamente dichos y solo en la medida en que ello sea estrictamente necesario desde un punto de vista técnico para el funcionamiento del STI cooperativo, y deben suprimirse inmediatamente después; destaca que cualquier ulterior tratamiento o transmisión a otros responsables de tratamiento de datos solo debe ser posible si los usuarios y pasajeros dan su consentimiento con conocimiento de causa, libremente y de manera clara y activa a que sus datos sean recopilados y tratados; subraya asimismo la necesidad de impedir las «barreras a la conducción», lo que implicaría que los usuarios no podrían conducir sus propios vehículos inteligentes si se negaran a dar su consentimiento; aboga por la existencia de una opción «fuera de línea» en los vehículos inteligentes que permitiría a los usuarios desactivar las transferencias de datos personales a otros dispositivos sin impedir la posibilidad de conducir el automóvil;
3. Hace hincapié en que la protección de la privacidad y de los datos personales resulta fundamental para garantizar la aceptación de los nuevos servicios por parte de los usuarios finales; llama la atención sobre el hecho de que, si el servicio prestado se basa en datos de localización, debe proporcionar información pertinente al usuario, que debe poder retirar su consentimiento;
4. Hace hincapié en la necesidad de un grado de transparencia mucho mayor y una responsabilidad algorítmica por lo que respecta al tratamiento y la analítica de datos realizados por las empresas; recuerda que el Reglamento general de protección de datos ya prevé un derecho a estar informado acerca de la lógica que subyace al tratamiento de los datos;
5. Subraya que las cuestiones de seguridad de los datos deben tenerse en cuenta no solo durante el funcionamiento del propio dispositivo de los STI cooperativos sino, también, en las bases de datos en que se traten o almacenen los datos; destaca, asimismo, que deben definirse requisitos adecuados de carácter técnico, administrativo y organizativo, incluido un cifrado obligatorio de extremo a extremo, en relación con todas las fases del tratamiento, garantizando un nivel adecuado de seguridad;
6. Reitera que, por lo que respecta a los STI cooperativos, los productores son el punto de partida clave para el refuerzo de los regímenes de responsabilidad, que dará lugar a unos productos de mayor calidad y garantizará un entorno más seguro en términos de acceso externo y la posibilidad de actualizaciones;
7. Llama la atención sobre el hecho de que la protección de los datos y la confidencialidad deben tenerse en cuenta durante todo el tratamiento; hace hincapié en que la aplicación del principio de «generar privacidad y protección de datos desde el diseño y por defecto» debe ser el punto de partida para el diseño de aplicaciones y sistemas de STI; recuerda que las técnicas de anonimización pueden aumentar la confianza de los usuarios en los servicios que están utilizando;
8. Señala que la Comisión creará un marco jurídico sobre la protección de datos adoptando actos delegados en virtud de la Directiva sobre sistemas de transporte inteligentes (2010/40/UE); pide, por tanto, a la Comisión que garantice el nivel más elevado de protección respetando plenamente la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y el acervo de la Unión.
INFORMACIÓN SOBRE LA APROBACIÓN EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN
Fecha de aprobación |
25.1.2018 |
|
|
|
|
Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
50 3 0 |
|||
Miembros presentes en la votación final |
Asim Ademov, Jan Philipp Albrecht, Michał Boni, Caterina Chinnici, Daniel Dalton, Rachida Dati, Frank Engel, Cornelia Ernst, Tanja Fajon, Kinga Gál, Ana Gomes, Nathalie Griesbeck, Sylvie Guillaume, Jussi Halla-aho, Sophia in ‘t Veld, Dietmar Köster, Barbara Kudrycka, Cécile Kashetu Kyenge, Juan Fernando López Aguilar, Monica Macovei, Roberta Metsola, Péter Niedermüller, Ivari Padar, Birgit Sippel, Csaba Sógor, Sergei Stanishev, Traian Ungureanu, Bodil Valero, Marie-Christine Vergiat, Udo Voigt, Josef Weidenholzer, Cecilia Wikström, Tomáš Zdechovský, Auke Zijlstra |
||||
Suplentes presentes en la votación final |
Ignazio Corrao, Pál Csáky, Dennis de Jong, Maria Grapini, Anna Hedh, Lívia Járóka, Sylvia-Yvonne Kaufmann, Ska Keller, Gilles Lebreton, Jeroen Lenaers, Sander Loones, Angelika Mlinar, Maite Pagazaurtundúa Ruiz, John Procter, Emil Radev, Barbara Spinelli, Jaromír Štětina, Axel Voss |
||||
Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final |
Anna Záborská |
||||
VOTACIÓN FINAL NOMINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN
50 |
+ |
|
ALDE |
Nathalie Griesbeck, Sophia in ‘t Veld, Angelika Mlinar, Maite Pagazaurtundúa Ruiz, Cecilia Wikström |
|
ECR |
Daniel Dalton, Jussi Halla-aho, Sander Loones, Monica Macovei, John Procter |
|
EFDD |
Ignazio Corrao |
|
ENF |
Gilles Lebreton |
|
GUE/NGL |
Dennis de Jong, Cornelia Ernst, Barbara Spinelli, Marie-Christine Vergiat |
|
ENF |
Udo Voigt |
|
PPE |
Asim Ademov, Michał Boni, Pál Csáky, Rachida Dati, Kinga Gál, Lívia Járóka, Barbara Kudrycka, Jeroen Lenaers, Roberta Metsola, Emil Radev, Csaba Sógor, Jaromír Štětina, Traian Ungureanu, Anna Záborská, Tomáš Zdechovský |
|
S&D |
Caterina Chinnici, Tanja Fajon, Ana Gomes, Maria Grapini, Sylvie Guillaume, Anna Hedh, Sylvia-Yvonne Kaufmann, Dietmar Köster, Cécile Kashetu Kyenge, Juan Fernando López Aguilar, Péter Niedermüller, Ivari Padar, Birgit Sippel, Sergei Stanishev, Josef Weidenholzer |
|
Verts/ALE |
Jan Philipp Albrecht, Ska Keller, Bodil Valero |
|
3 |
- |
|
ENF |
Auke Zijlstra |
|
PPE |
Frank Engel, Axel Voss |
|
0 |
0 |
|
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Explicación de los signos utilizados
+ : a favor
- : en contra
0 : abstenciones
INFORMACIÓN SOBRE LA APROBACIÓNEN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO
Fecha de aprobación |
20.2.2018 |
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Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
39 1 1 |
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Miembros presentes en la votación final |
Daniela Aiuto, Lucy Anderson, Marie-Christine Arnautu, Georges Bach, Izaskun Bilbao Barandica, Deirdre Clune, Michael Cramer, Luis de Grandes Pascual, Andor Deli, Isabella De Monte, Ismail Ertug, Jacqueline Foster, Dieter-Lebrecht Koch, Miltiadis Kyrkos, Bogusław Liberadzki, Marian-Jean Marinescu, Renaud Muselier, Markus Pieper, Tomasz Piotr Poręba, Gabriele Preuß, Christine Revault d’Allonnes Bonnefoy, Dominique Riquet, Massimiliano Salini, Claudia Schmidt, Jill Seymour, Keith Taylor, Pavel Telička, István Ujhelyi, Wim van de Camp, Marie-Pierre Vieu, Janusz Zemke, Roberts Zīle, Elżbieta Katarzyna Łukacijewska |
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Suplentes presentes en la votación final |
Jakop Dalunde, Michael Detjen, Markus Ferber, Rolandas Paksas, Jozo Radoš, Evžen Tošenovský, Henna Virkkunen |
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Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final |
Olle Ludvigsson |
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VOTACIÓN FINAL NOMINALEN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO
39 |
+ |
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ALDE |
Izaskun Bilbao Barandica, Jozo Radoš, Dominique Riquet, Pavel Telička |
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ECR |
Jacqueline Foster, Tomasz Piotr Poręba, Evžen Tošenovský, Roberts Zīle |
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EFDD |
Daniela Aiuto, Rolandas Paksas |
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ENF |
Marie-Christine Arnautu |
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PPE |
Georges Bach, Deirdre Clune, Andor Deli, Markus Ferber, Dieter-Lebrecht Koch, Elżbieta Katarzyna Łukacijewska, Marian-Jean Marinescu, Renaud Muselier, Markus Pieper, Massimiliano Salini, Claudia Schmidt, Henna Virkkunen, Luis de Grandes Pascual, Wim van de Camp |
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S&D |
Lucy Anderson, Isabella De Monte, Michael Detjen, Ismail Ertug, Miltiadis Kyrkos, Bogusław Liberadzki, Olle Ludvigsson, Gabriele Preuß, Christine Revault d'Allonnes Bonnefoy, István Ujhelyi, Janusz Zemke |
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Verts/ALE |
Michael Cramer, Jakop Dalunde, Keith Taylor |
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1 |
- |
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EFDD |
Jill Seymour |
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1 |
0 |
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GUE/NGL |
Marie-Pierre Vieu |
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Explicación de los signos utilizados
+ : a favor
- : en contra
0 : abstenciones