INFORME sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la puesta en aplicación de las disposiciones restantes del acervo de Schengen relacionadas con el Sistema de Información de Schengen en la República de Bulgaria y en Rumanía

28.5.2018 - (15820/1/2017 – C8-0017/2018 – 2018/0802(CNS)) - *

Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior
Ponente: Monica Macovei

Procedimiento : 2018/0802(CNS)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A8-0192/2018
Textos presentados :
A8-0192/2018
Debates :
Textos aprobados :

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la puesta en aplicación de las disposiciones restantes del acervo de Schengen relacionadas con el Sistema de Información de Schengen en la República de Bulgaria y en Rumanía

(15820/1/2017 – C8-0017/2018 – 2018/0802(CNS))

(Consulta)

El Parlamento Europeo,

–  Visto el proyecto del Consejo (15820/1/2017),

–  Visto el artículo 4, apartado 2, del Acta de adhesión de la República de Bulgaria y de Rumanía, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C8-0017/2018),

–  Visto el artículo 78 quater de su Reglamento interno,

–  Visto el informe de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A8-0192/2018),

1.  Aprueba el proyecto del Consejo;

2.  Pide al Consejo que le informe si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

3.  Pide al Consejo que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente el texto aprobado por el Parlamento;

4.  Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

A. Contexto

1. De acuerdo con el artículo 4, apartado 2, párrafo primero, del Acta de adhesión de la República de Bulgaria y Rumanía, las disposiciones del acervo de Schengen, excepto las enumeradas en el anexo II de dicha Acta, a las que la República de Bulgaria («Bulgaria») y Rumanía se adhieren en el momento de la adhesión, son aplicables en Bulgaria y Rumanía en virtud de una Decisión del Consejo a tal efecto, previa comprobación del cumplimiento de las condiciones necesarias para la aplicación de todas las partes del acervo de Schengen.

2. El 9 de junio de 2011, el Consejo concluyó, de conformidad con los procedimientos de evaluación de Schengen aplicables, que Bulgaria y Rumanía cumplen las condiciones en todos los ámbitos del acervo de Schengen relativos a las fronteras aéreas, las fronteras terrestres, la cooperación policial, la protección de datos, el Sistema de Información de Schengen (SIS), las fronteras marítimas y los visados.

3. No obstante, a pesar de las reiteradas solicitudes por parte del Parlamento Europeo en favor de que estos países se adhieran al espacio Schengen, el Consejo todavía no ha adoptado una decisión final, la cual depende del voto unánime de todos los Estados miembros de Schengen.

4. Las disposiciones del acervo de Schengen relativas al SIS comenzaron a aplicarse a Bulgaria y Rumanía el 15 de octubre de 2010[1], a excepción de la obligación de denegar la entrada o la permanencia en su territorio a nacionales de terceros países objeto de una descripción introducida por otro Estado miembro y con la obligación de abstenerse de introducir descripciones en el SIS e informaciones adicionales sobre nacionales de terceros países a efectos de la denegación de la entrada o la permanencia (en lo sucesivo «restricciones restantes»).

5. La presente propuesta de Decisión del Consejo tiene por objeto suprimir las restricciones restantes relativas a la utilización del SIS por parte de Bulgaria y Rumanía. Los controles realizados por Bulgaria y Rumanía en sus fronteras exteriores y en sus territorios deben hacerse más eficaces mediante la introducción de descripciones en el SIS a efectos de la denegación de la entrada o la estancia y ejecutando dichas descripciones introducidas por otros Estados miembros, en particular si dichas descripciones se basan en una amenaza para el orden público o para la seguridad pública o nacional.

B. Posición de la ponente

La ponente recuerda que, en junio de 2011, el Parlamento Europeo concedió su aprobación a que Bulgaria y Rumanía se adhirieran al espacio Schengen, afirmando en una Resolución legislativa que Bulgaria y Rumanía estaban en condiciones de adherirse al espacio libre de controles fronterizos de Schengen.

Desde 2011, el Parlamento Europeo ha solicitado en reiteradas ocasiones la ampliación del espacio Schengen a esos dos países y ha contado con el apoyo de la Comisión Europea al solicitar al Consejo que adopte una decisión final que permita la supresión de los controles en las fronteras interiores con Bulgaria y Rumanía.

En octubre de 2017, el Consejo adoptó la Decisión (UE) 2017/1908[2] sobre la puesta en vigor de determinadas disposiciones del acervo de Schengen relacionadas con el Sistema de Información de Visados en la República de Bulgaria y en Rumanía. Esto permitiría a Bulgaria y Rumanía el acceso a los datos del Sistema de Información de Visados (VIS) con fines de consulta, incrementando así el nivel de seguridad en el espacio Schengen y facilitando la lucha contra la delincuencia grave y el terrorismo. El Parlamento Europeo aprobó el proyecto de Decisión del Consejo.

Bulgaria y Rumanía desempeñan un papel fundamental en las operaciones relacionadas con la vigilancia en el mar Negro, así como en el Danubio, dos corredores estratégicos abiertos al tráfico naval internacional y sujetos a vulnerabilidades fronterizas.

Bulgaria y Rumanía comparten fronteras con Turquía, Moldavia, Ucrania, Serbia y la antigua República Yugoslava de Macedonia, que constituyen importantes zonas tampón para proteger la entrada en el espacio Schengen.

Durante muchos años consecutivos, Rumanía ha sido uno de los principales contribuyentes a las operaciones logísticas de la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas.

Habida cuenta de todos los elementos anteriormente mencionados, la actual Decisión del Consejo que tiene por objeto suprimir las restricciones restantes relativas al uso del SIS por parte de Bulgaria y Rumanía es un paso positivo para la participación de estos dos países en el acervo de Schengen. Esto permitirá incrementar el nivel de seguridad en el espacio Schengen sumando eficacia a la lucha contra la delincuencia grave y el terrorismo.

Al eliminar todas las restricciones al uso del SIS, Rumanía y Bulgaria estarían en condiciones de asegurar el mismo nivel de protección de las fronteras exteriores que los demás Estados miembros de Schengen.

La ponente recomienda que el Parlamento apruebe el proyecto de texto del Consejo sin enmiendas, para que los Estados miembros procedan a aprobar la Decisión con la mayor celeridad.

  • [1]  Decisión 2010/365/UE del Consejo, de 29 de enero de 2010, relativa a la aplicación de las disposiciones del acervo de Schengen sobre el Sistema de Información de Schengen en la República de Bulgaria y Rumanía (DO L 166 de 1.7.2010, p. 17).
  • [2]  Decisión (UE) 2017/1908 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, relativa a la puesta en aplicación de determinadas disposiciones del acervo de Schengen relacionadas con el Sistema de Información de Visados en la República de Bulgaria y en Rumanía (DO L 269 de 19.10.2017, p. 39).

PROCEDIMIENTO DE LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

Título

Puesta en aplicación de las disposiciones restantes del acervo de Schengen relacionadas con el Sistema de Información de Schengen en la República de Bulgaria y en Rumanía

Referencias

15820/1/2017 – C8-0017/2018 – 2018/0802(CNS)

Fecha de la consulta al PE

18.1.2018

 

 

 

Comisión competente para el fondo

       Fecha del anuncio en el Pleno

LIBE

5.2.2018

 

 

 

Ponentes

       Fecha de designación

Monica Macovei

26.2.2018

 

 

 

Examen en comisión

12.4.2018

24.5.2018

 

 

Fecha de aprobación

24.5.2018

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

34

1

2

Miembros presentes en la votación final

Asim Ademov, Caterina Chinnici, Daniel Dalton, Frank Engel, Cornelia Ernst, Kinga Gál, Ana Gomes, Nathalie Griesbeck, Sylvie Guillaume, Monika Hohlmeier, Brice Hortefeux, Filiz Hyusmenova, Eva Joly, Barbara Kudrycka, Cécile Kashetu Kyenge, Juan Fernando López Aguilar, Monica Macovei, Claude Moraes, Péter Niedermüller, Birgit Sippel, Sergei Stanishev, Helga Stevens, Traian Ungureanu, Marie-Christine Vergiat, Cecilia Wikström, Kristina Winberg, Tomáš Zdechovský, Auke Zijlstra

Suplentes presentes en la votación final

Gérard Deprez, Maria Grapini, Anna Hedh, Jean Lambert, Andrejs Mamikins, Angelika Mlinar

Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final

Andrea Bocskor, Maria Gabriela Zoană, Tadeusz Zwiefka

Fecha de presentación

29.5.2018

VOTACIÓN FINAL NOMINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

34

+

ALDE

Gérard Deprez, Nathalie Griesbeck, Filiz Hyusmenova, Angelika Mlinar, Cecilia Wikström

ECR

Daniel Dalton, Monica Macovei, Helga Stevens

EFDD

Kristina Winberg

PPE

Asim Ademov, Andrea Bocskor, Frank Engel, Kinga Gál, Monika Hohlmeier, Brice Hortefeux, Barbara Kudrycka, Traian Ungureanu, Tomáš Zdechovský, Tadeusz Zwiefka

S&D

Caterina Chinnici, Ana Gomes, Maria Grapini, Sylvie Guillaume, Anna Hedh, Cécile Kashetu Kyenge, Juan Fernando López Aguilar, Andrejs Mamikins, Claude Moraes, Péter Niedermüller, Birgit Sippel, Sergei Stanishev, Maria Gabriela Zoană

Verts/ALE

Eva Joly, Jean Lambert

1

-

ENF

Auke Zijlstra

2

0

GUE/NGL

Cornelia Ernst, Marie-Christine Vergiat

Explicación de los signos utilizados:

+  :  a favor

-  :  en contra

0  :  abstenciones

Última actualización: 11 de junio de 2018
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