RECOMENDACIÓN sobre el proyecto de Decisión de Consejo relativa a la celebración, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de las Seychelles por el que se modifica el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de las Seychelles sobre exención de visados para estancias de corta duración

2.10.2018 - (12399/2017 – C8-0172/2018– 2017/0168(NLE)) - ***

Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior
Ponente: Emilian Pavel

Procedimiento : 2017/0168(NLE)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A8-0302/2018
Textos presentados :
A8-0302/2018
Debates :
Textos aprobados :

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre el proyecto de Decisión de Consejo relativa a la celebración, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de las Seychelles por el que se modifica el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de las Seychelles sobre exención de visados para estancias de corta duración

(12399/2017 – C8-0172/2018 – 2017/0168(NLE))

(Aprobación)

El Parlamento Europeo,

–  Visto el proyecto de Decisión del Consejo (12399/2017),

–  Visto el proyecto de Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Seychelles por el que se modifica el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de las Seychelles sobre exención de visados para estancias de corta duración (12398/2017),

–  Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 77, apartado 2, letra a), así como con el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), inciso v), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C8-0172/2018),

–  Visto el artículo 99, apartados 1 y 4, así como el artículo 108, apartado 7, de su Reglamento interno,

–  Vista la recomendación de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A8-0302/2018),

1.  Concede su aprobación a la celebración del Acuerdo;

2.  Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y de la República de Seychelles.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Este Acuerdo de modificación en materia de exención de visados para estancias de corta duración pone colofón al estrechamiento de relaciones entre la Unión y la República de Seychelles, lo que reviste una gran importancia política en el contexto del Acuerdo de Cotonú. Este Acuerdo de modificación garantiza la coherencia jurídica y la armonización entre Estados miembros al incorporar la nueva definición de «estancia de corta duración» introducida por la modificación del código de fronteras Schengen, que proporciona una interpretación más clara de «corta duración».

La República de Seychelles pertenece al Grupo de los Estados de África, el Caribe y el Pacífico, a la Unión Africana, al Mercado Común para África Oriental y Meridional, a la Asociación de Cooperación Regional de los Países del Océano Índico, al Movimiento de los Países No Alineados, a la Organización Internacional de la Francofonía, a la Comunidad de África Meridional para el Desarrollo y a las Naciones Unidas. Su adhesión a la Asociación de Cooperación Regional de los Países del Océano Índico se produjo el 15 de noviembre de 2011.

A pesar de que su renta per cápita es una de las más elevadas de África, la República de Seychelles se halla en una situación de vulnerabilidad económica a causa de su reducido tamaño, su aislado emplazamiento, sus escasos recursos naturales y su dependencia del turismo, del cual procede la mayor parte de sus ingresos de divisas. Si bien el turismo ha experimentado un fuerte ascenso en todo el mundo y la reducción de los precios en los vuelos de larga distancia han hecho que destinos como la República de Seychelles resulten más accesibles, la competencia ha ido en aumento en el sector. El déficit comercial del país fue en gran parte debido a las importaciones necesarias para el turismo.

En cuanto a su sistema político, se trata de una república unitaria con una democracia pluripartidista y un parlamento unicameral, la Asamblea Nacional. Las elecciones generales y las presidenciales se celebran cada cinco años, aunque no necesariamente al mismo tiempo. El presidente nombra a los miembros de su Gobierno, del que no forman parte diputados a la Asamblea Nacional, y tiene en virtud de la Constitución de 1993 la facultad de gobernar por decreto. En agosto de 1996 se modificó la Constitución al objeto de crear el cargo de vicepresidente.

El diálogo político que la Unión mantiene con todos y cada uno de los países ACP, y en particular con la República de Seychelles, se va intensificando progresivamente. Este Acuerdo puede abrir la puerta a que la colaboración entre la Unión y la República de Seychelles avance dentro de un marco jurídico claro. Con esta modificación a la exención de visados se seguirá transmitiendo una señal positiva de respaldo al país y al esfuerzo que está haciendo.

Además, el ponente destaca el impulso nada desdeñable que para el acercamiento de los pueblos europeos y de la República de Seychelles supondrá esta exención de visados. El nuevo Acuerdo de exención de visados no solo permitirá a los ciudadanos sacar el máximo provecho de la asociación ACP‑UE, sino también seguir participando en esta gracias a la posibilidad de viajar de manera más sencilla y económica dentro de un marco jurídico más claro y coherente.

El ponente alaba en este sentido el papel desempeñado por los miembros de la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP‑UE, que han contribuido sobremanera a la celebración de este Acuerdo, gracias al cual por otra parte les resultará más fácil asistir a las reuniones de dicha Asamblea.

Disposiciones específicas

En el preámbulo del Acuerdo se ha tenido en cuenta la situación específica del Reino Unido y de Irlanda. En consecuencia, el Reino Unido e Irlanda no participan en el Acuerdo celebrado ni están sujetos a sus disposiciones.

La estrecha asociación de Noruega, Islandia, Suiza y Liechtenstein a la aplicación, la ejecución y el desarrollo del acervo de Schengen queda asimismo reflejada en una declaración conjunta aneja al Acuerdo en la que se anima a las autoridades de estos países a que celebren sin demora con la República de Seychelles acuerdos bilaterales sobre exención de visados para estancias de corta duración en condiciones análogas a las del Acuerdo.

**

Por último, el ponente recomienda a los miembros de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior que apoyen el presente informe, y al Parlamento Europeo que conceda su aprobación.

PROCEDIMIENTO DE LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

Título

Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Seychelles por el que se modifica el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Seychelles sobre exención de visados para estancias de corta duración

Referencias

12399/2017 – C8-0172/2018 – COM(2017)03902017/0168(NLE)

Fecha de la consulta / solicitud de aprobación

30.4.2018

 

 

 

Comisión competente para el fondo

       Fecha del anuncio en el Pleno

LIBE

28.5.2018

 

 

 

Ponentes

       Fecha de designación

Emilian Pavel

25.9.2017

 

 

 

Examen en comisión

21.11.2017

20.2.2018

27.9.2018

 

Fecha de aprobación

27.9.2018

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

34

1

0

Miembros presentes en la votación final

Asim Ademov, Caterina Chinnici, Daniel Dalton, Rachida Dati, Tanja Fajon, Ana Gomes, Nathalie Griesbeck, Sylvie Guillaume, Kinga Gál, Barbara Kudrycka, Cécile Kashetu Kyenge, Juan Fernando López Aguilar, Péter Niedermüller, Ivari Padar, Judith Sargentini, Birgit Sippel, Helga Stevens, Csaba Sógor, Traian Ungureanu, Bodil Valero, Marie-Christine Vergiat, Cecilia Wikström, Auke Zijlstra, Sophia in ‘t Veld

Suplentes presentes en la votación final

Carlos Coelho, Pál Csáky, Jeroen Lenaers, Innocenzo Leontini, Andrejs Mamikins, Emilian Pavel, John Procter, Róża Gräfin von Thun und Hohenstein

Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final

Ilhan Kyuchyuk, Georg Mayer, Sabine Verheyen

Fecha de presentación

2.10.2018

VOTACIÓN FINAL NOMINALEN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

34

+

ALDE

Nathalie Griesbeck, Sophia in 't Veld, Ilhan Kyuchyuk, Cecilia Wikström

ECR

Daniel Dalton, John Procter, Helga Stevens

ENF

Georg Mayer

GUE/NGL

Marie-Christine Vergiat

PPE

Asim Ademov, Carlos Coelho, Pál Csáky, Rachida Dati, Kinga Gál, Barbara Kudrycka, Jeroen Lenaers, Innocenzo Leontini, Csaba Sógor, Róża Gräfin von Thun und Hohenstein, Traian Ungureanu, Sabine Verheyen

S&D

Caterina Chinnici, Tanja Fajon, Ana Gomes, Sylvie Guillaume, Cécile Kashetu Kyenge, Juan Fernando López Aguilar, Andrejs Mamikins, Péter Niedermüller, Ivari Padar, Emilian Pavel, Birgit Sippel

VERTS/ALE

Judith Sargentini, Bodil Valero

1

-

ENF

Auke Zijlstra

0

0

 

 

Explicación de los signos utilizados

+  :  a favor

-  :  en contra

0  :  abstenciones

Última actualización: 12 de octubre de 2018
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