INFORME que contiene una propuesta de Resolución no legislativa relativa al proyecto de Decisión del Consejo sobre la celebración del Protocolo relativo a la aplicación del Acuerdo de Asociación en el sector pesquero entre la Unión Europea y la República de Costa de Marfil (2018-2024)
28.1.2019 - (10858/2018 – C8-0387/2018 – 2018/0267M(NLE))
Comisión de Pesca
Ponente: João Ferreira
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN NO LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO
sobre el proyecto de Decisión del Consejo sobre la celebración del Protocolo relativo a la aplicación del Acuerdo de Asociación en el sector pesquero entre la Unión Europea y la República de Costa de Marfil (2018-2024)
(10858/2018 – C8-0387/2018 – 2018/0267M(NLE))
El Parlamento Europeo,
– Visto el proyecto de Decisión del Consejo (10858/2018),
– Visto el Protocolo relativo a la aplicación del Acuerdo de Asociación en el sector pesquero entre la Unión Europea y la República de Costa de Marfil (2018-2024) (10856/2018),
– Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 43 y el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), inciso v, así como con el artículo 218, apartado 7, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C8-0387/2018),
– Vista su Resolución legislativa de ... sobre el proyecto de Decisión[1],
– Visto el artículo 99, apartado 2, de su Reglamento interno,
– Vistos el informe de la Comisión de Pesca y la opinión de la Comisión de Desarrollo (A8-0034/2019),
A. Considerando que la Comisión Europea y el Gobierno de la República de Costa de Marfil han negociado un nuevo acuerdo de colaboración de pesca sostenible (ACPS UE-Costa de Marfil) y su protocolo de aplicación para un período de seis años;
B. Considerando que el objetivo general del ACPS UE-Costa de Marfil es aumentar la cooperación en materia de pesca entre la Unión y Costa de Marfil, en interés de ambas partes, promoviendo una política pesquera sostenible y una explotación de los recursos pesqueros sostenible en la zona económica exclusiva (ZEE) de Costa de Marfil;
C. Considerando que las posibilidades de pesca en virtud del ACPS UE-Costa de Marfil anterior se aprovecharon una media del 79 %, cifra que se considera generalmente buena; que, no obstante, durante ese período los palangreros no aprovecharon las posibilidades de pesca a su disposición;
D. Considerando que la celebración consecutiva de los ACPS UE-Costa de Marfil ha ayudado a la economía de Costa de Marfil en la medida en que se han utilizado marineros locales y las instalaciones portuarias y conserveras de Abiyán, se han aprovechado las capturas accesorias de atuneros cerqueros de la Unión y se han reforzado las capacidades de seguimiento local (aunque se considere que estas son, en general, modestas);
E. Considerando que el ACPS UE-Costa de Marfil debe promover un desarrollo más eficaz y sostenible de las comunidades pesqueras de Costa de Marfil y de las industrias y actividades conexas; que el apoyo prestado con arreglo al Protocolo debe ser coherente con los planes nacionales de desarrollo, en particular el Plan Estratégico de Desarrollo de la Ganadería, la Pesca y la Acuicultura (PSDEPA), y el Plan de Acción sobre Crecimiento Azul desarrollado con las Naciones Unidas para aumentar la producción y profesionalizar el sector con el fin de satisfacer las necesidades alimentarias y de empleo de la población; que, según el Plan Estratégico anteriormente mencionado, para alcanzar estos objetivos es necesario un presupuesto de más de 140 millones de euros;
F. Considerando que la Unión está aportando, a través del Fondo Europeo de Desarrollo, un presupuesto plurianual de 273 millones de euros para Costa de Marfil, centrándose, entre otros ámbitos, en las infraestructuras, la sanidad y la ayuda humanitaria;
1. Considera que el ACPS UE-Costa de Marfil debe perseguir dos objetivos de igual importancia: 1) proporcionar posibilidades de pesca a los buques de la Unión en la ZEE de Costa de Marfil, sobre la base de los mejores dictámenes científicos disponibles y respetando las medidas de conservación y ordenación de las organizaciones regionales a las que pertenece Costa de Marfil —principalmente la CICAA— y dentro de los límites del excedente disponible; y 2) promover la cooperación entre la Unión y Costa de Marfil, con vistas a lograr una política pesquera sostenible y una explotación responsable de los recursos pesqueros en la zona de pesca de Costa de Marfil, y contribuir al desarrollo sostenible del sector pesquero de Costa de Marfil mediante la cooperación económica, financiera, técnica y científica y respetando las opciones soberanas del país en relación con ese desarrollo;
2. Llama la atención sobre las conclusiones de la evaluación retrospectiva y prospectiva del Protocolo del ACPS UE-Costa de Marfil, de septiembre de 2017, en las que se afirma que el Protocolo de 2013-2018 demostró ser globalmente eficaz, eficiente, adecuado a los distintos intereses, coherente con la política sectorial de Costa de Marfil y con un alto grado de aceptación de las partes interesadas, y se recomienda celebrar un nuevo protocolo;
3. Sostiene que el ACPS UE-Costa de Marfil y su Protocolo deben tener en cuenta, en el momento de su aplicación y en eventuales revisiones o renovaciones, el PSDEPA y el Plan de Acción sobre el Crecimiento Azul y ser coherentes con ellos, buscando el desarrollo del sector pesquero costamarfileño, y en concreto deben:
– mejorar la gobernanza: preparación y validación de la legislación y desarrollo ulterior de planes de gestión;
– reforzar los controles y la vigilancia en la ZEE de Costa de Marfil;
– reforzar las medidas de lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (pesca INDNR), en particular en aguas interiores;
– construir o rehabilitar los muelles de desembarque y los puertos, entre ellos — pero no solo— el puerto de Abiyán;
– mejorar las condiciones de los ahumadores, con atención especial a las mujeres, para que el sistema de curado sea más eficaz;
– apoyar la mejora de las condiciones de las mujeres que son las principales responsables de las pescas accesorias;
– crear zonas marinas protegidas;
– reforzar las asociaciones con terceros países en forma de acuerdos de pesca, garantizando la transparencia a través de la publicación del contenido de los mismos, pero también crear un programa regional para la formación y el uso de observadores;
– construir mercados de pescado;
– apoyar el refuerzo de las organizaciones representantes de los hombres y las mujeres del sector pesquero, especialmente las dedicadas a la pesca artesanal, contribuyendo así a reforzar la capacidad técnica, de gestión y de negociación de los pescadores;
– construir o rehabilitar centros de formación básica y profesional, elevando así los niveles de cualificación de pescadores y marineros;
– reforzar las capacidades de investigación científica y la capacidad de control de los recursos pesqueros;
– mejorar la sostenibilidad global de los recursos marinos;
4. Considera que las normas relativas a la contratación de marineros ACP para los buques pesqueros de la Unión, que son de un 20 % de la tripulación, podrían ser más ambiciosas; reitera la necesidad de respetar los principios de la OIT, y aboga especialmente por suscribir el Convenio n.º 188, respetando al mismo tiempo los principios generales de libertad de asociación y de negociación colectiva de los trabajadores, así como de no discriminación en el empleo y la actividad profesional; pide asimismo que se tengan en cuenta las reivindicaciones de los sindicatos de marineros locales, que piden una mejor aplicación de la cobertura social, de salud y de jubilación para los marineros ACP;
5. Considera interesante que se elabore información sobre los beneficios que la aplicación del Protocolo aporta a las economías locales (empleo, infraestructuras, mejoras sociales);
6. Considera deseable mejorar la cantidad y la fiabilidad de la información sobre todas las capturas (especies objetivo y capturas accesorias) y el estado de conservación de los recursos pesqueros, así como mejorar la ejecución de los fondos destinados al apoyo sectorial para poder determinar con mayor precisión el impacto del Acuerdo en el ecosistema marino y en las comunidades pesqueras; insta a la Comisión a promover un funcionamiento regular y transparente de los organismos encargados de supervisar la aplicación del Acuerdo, incluida la creación de un comité científico mixto, con la participación de las asociaciones de pescadores artesanales y de trabajadoras de ahumadores, los sindicatos, los representantes de las comunidades costeras y las organizaciones de la sociedad civil de Costa de Marfil;
7. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que, en su política de cooperación y de ayuda oficial al desarrollo centrada en Costa de Marfil, tengan en cuenta la deseable complementariedad entre el Fondo Europeo de Desarrollo y el apoyo sectorial establecido en el presente ACPS con vistas a contribuir más rápida y eficazmente a la capacitación de las comunidades pesqueras locales y al pleno ejercicio de la soberanía de Costa de Marfil sobre los recursos del país;
8. Pide a la Comisión que inste a la República de Costa de Marfil a que utilice la contrapartida financiera prevista en el Protocolo para reforzar de manera sostenible su industria pesquera nacional, fomentando así la demanda de inversiones locales y proyectos industriales, y creando puestos de trabajo locales;
9. Pide a la Comisión que transmita al Parlamento, y que haga públicas, las actas y conclusiones de las reuniones de la comisión mixta prevista en el artículo 9 del Acuerdo, el programa sectorial plurianual mencionado en el artículo 4 del Protocolo y los resultados de sus evaluaciones anuales; solicita a la Comisión que facilite la participación de representantes del Parlamento en calidad de observadores en las reuniones de la comisión mixta y que fomente la participación de las comunidades pesqueras de Costa de Marfil;
10. Pide a la Comisión y al Consejo que, dentro de los límites de sus atribuciones, mantengan al Parlamento inmediata y plenamente informado en todas las etapas de los procedimientos relacionados con el nuevo Protocolo y con su eventual renovación, de conformidad con el artículo 13, apartado 2, del Tratado de la Unión Europea y el artículo 218, apartado 10, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea;
11. Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y al Gobierno y el Parlamento de la República de Costa de Marfil.
- [1] Textos Aprobados, P8_TA(0000)0000.
OPINIÓN de la Comisión de Desarrollo (18.12.2018)
para la Comisión de Pesca
sobre la propuesta de Resolución no legislativa relativa al proyecto de Decisión del Consejo sobre la celebración del Protocolo relativo a la aplicación del Acuerdo de Asociación en el sector pesquero entre la Unión Europea y la República de Costa de Marfil (2018-2024)
(2018/0267M(NLE))
Ponente de opinión: Eleni Theocharous
SUGERENCIAS
La Comisión de Desarrollo pide a la Comisión de Pesca, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de Resolución que apruebe:
Al aplicar el Acuerdo, la Comisión debe tomar debidamente en cuenta las consideraciones siguientes:
1. El acceso de los buques de la Unión debe limitarse a los recursos pesqueros que Costa de Marfil no tiene capacidad de capturar (recursos excedentarios) y nunca debe implicar capturas que superen el rendimiento máximo sostenible; al objeto de mejorar la seguridad alimentaria, las necesidades nutricionales de la población local deben tener prioridad y reflejarse en las obligaciones de desembarque locales;
2. La Comisión debe instar a la República de Costa de Marfil a que utilice la contrapartida financiera de apoyo sectorial prevista en el Protocolo para reforzar de manera sostenible su industria pesquera nacional, en particular, la pesca artesanal, fomentando así la demanda de inversiones locales y proyectos industriales en el ámbito de la economía azul, y creando puestos de trabajo locales;
3. La Comisión debe esforzarse por incluir en el programa sectorial plurianual, previsto en el artículo 4 del Protocolo, objetivos destinados a:
– fomentar el desarrollo sostenible del sector local y, en particular, artesanal, de la pesca y de la transformación del pescado, así como de otras actividades y asociaciones locales relacionadas con este sector;
– promover el papel de las mujeres y los jóvenes en la pesca artesanal, en particular mediante la regulación de la venta de las capturas accesorias y del atún de calidad inferior, conocido como «pescado falso», de modo que una parte equitativa se venda directamente a los agentes del mercado local;
– reforzar el seguimiento, el control y la vigilancia de la pesca en las aguas de Costa de Marfil aplicando una estrategia coherente para la protección de la zona económica exclusiva (ZEE) y, de este modo, prevenir aún más la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada y sus efectos negativos en los ámbitos económico, social y medioambiental;
– garantizar la transparencia en el uso de la financiación sectorial en el marco del Protocolo, con el fin de hacer un seguimiento de las tasas de absorción y de mejorarlas, y garantizar que el Acuerdo ofrezca resultados tangibles en apoyo de la pesca local y de la población local en general;
4. La Comisión debe prestar apoyo a la República de Costa de Marfil en la gestión de su capacidad de absorción de los fondos recibidos, al objeto de garantizar su uso óptimo y asegurar que el Acuerdo tenga resultados concretos para la pesca local y la población local en general;
5. Se debe explotar plenamente la posibilidad prevista en el Protocolo de emplear a bordo de buques de la Unión a marineros de los países ACP, dando prioridad a los marineros costamarfileños;
6. La Comisión debe esforzarse por garantizar el mantenimiento del seguimiento y la evaluación de las actividades establecidas en el Protocolo y en el programa sectorial plurianual, con el fin de salvaguardar las prácticas sostenibles, la legislación laboral y unas condiciones de trabajo dignas, así como la protección de los derechos humanos establecida en el Acuerdo; debe presentarse un informe anual al Parlamento y al Consejo para fomentar la transparencia y garantizar que el presupuesto destinado a apoyar la política pesquera en Costa de Marfil se utilice efectivamente para este fin; también deben tenerse en cuenta los aspectos regionales a la hora de elaborar el informe, de manera que pueda destacarse el impacto de los acuerdos de pesca celebrados por la Unión en la región, así como sus repercusiones en el Acuerdo pesquero celebrado con Costa de Marfil.
PROCEDIMIENTO DE LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN
Título |
Acuerdo de Asociación en el sector pesquero entre la República de Costa de Marfil y la Comunidad Europea (2018-2024) |
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Referencias |
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Comisión competente para el fondo
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PECH
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Opinión emitida por Fecha del anuncio en el Pleno |
DEVE 25.10.2018 |
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Ponente de opinión Fecha de designación |
Eleni Theocharous 19.9.2018 |
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Examen en comisión |
20.11.2018 |
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Fecha de aprobación |
13.12.2018 |
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Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
14 0 2 |
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Miembros presentes en la votación final |
Ignazio Corrao, Doru-Claudian Frunzulică, Enrique Guerrero Salom, Maria Heubuch, Teresa Jiménez-Becerril Barrio, Linda McAvan, Norbert Neuser, Maurice Ponga, Jean-Luc Schaffhauser, Elly Schlein, Bogusław Sonik, Eleni Theocharous, Mirja Vehkaperä, Joachim Zeller |
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Suplentes presentes en la votación final |
Frank Engel |
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Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final |
Miguel Urbán Crespo |
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VOTACIÓN FINAL NOMINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN
14 |
+ |
|
ALDE |
Mirja Vehkaperä |
|
ECR |
Eleni Theocharous |
|
EFDD |
Ignazio Corrao |
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ENF |
Jean-Luc Schaffhauser |
|
PPE |
Frank Engel, Teresa Jiménez-Becerril Barrio, Maurice Ponga, Bogusław Sonik |
|
S&D |
Doru-Claudian Frunzulică, Enrique Guerrero Salom, Linda McAvan, Norbert Neuser, Elly Schlein |
|
VERTS/ALE |
Maria Heubuch |
|
0 |
- |
|
|
|
|
2 |
0 |
|
GUE/NGL |
Miguel Urbán Crespo |
|
PPE |
Joachim Zeller |
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Explicación de los signos utilizados
+ : a favor
- : en contra
0 : abstenciones
PROCEDIMIENTO DE LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO
Título |
Acuerdo de Asociación en el sector pesquero entre la República de Costa de Marfil y la Comunidad Europea (2018-2024) |
||||
Referencias |
|||||
Fecha de la consulta / solicitud de aprobación |
28.9.2018 |
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Comisión competente para el fondo Fecha del anuncio en el Pleno |
PECH 25.10.2018 |
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|
Comisiones competentes para emitir opinión Fecha del anuncio en el Pleno |
DEVE
25.10.2018 |
BUDG
25.10.2018 |
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Opiniones no emitidas Fecha de la decisión |
BUDG 9.7.2018 |
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|
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Ponentes Fecha de designación |
João Ferreira 16.7.2018 |
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|
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Examen en comisión |
27.11.2018 |
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|
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|
Fecha de aprobación |
23.1.2019 |
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|
Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
23 2 0 |
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Miembros presentes en la votación final |
Marco Affronte, Clara Eugenia Aguilera García, Renata Briano, Alain Cadec, David Coburn, Richard Corbett, Linnéa Engström, Sylvie Goddyn, Ian Hudghton, Werner Kuhn, António Marinho e Pinto, Norica Nicolai, Liadh Ní Riada, Annie Schreijer-Pierik, Ricardo Serrão Santos, Isabelle Thomas, Ruža Tomašić, Peter van Dalen, Jarosław Wałęsa |
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Suplentes presentes en la votación final |
Norbert Erdős, Verónica Lope Fontagné, Nosheena Mobarik, Maria Lidia Senra Rodríguez |
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Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final |
Tim Aker, Agustín Díaz de Mera García Consuegra, Jo Leinen |
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Fecha de presentación |
28.1.2019 |
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VOTACIÓN FINAL NOMINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO
23 |
+ |
|
ALDE |
António Marinho e Pinto, Norica Nicolai |
|
ECR |
Peter van Dalen, Nosheena Mobarik, Ruža Tomašić |
|
EFDD |
Sylvie Goddyn |
|
GUE/NGL |
Liadh Ní Riada, Maria Lidia Senra Rodríguez |
|
PPE |
Alain Cadec, Agustín Díaz de Mera García Consuegra, Norbert Erdős, Werner Kuhn, Verónica Lope Fontagné, Annie Schreijer-Pierik, Jarosław Wałęsa |
|
S&D |
Clara Eugenia Aguilera García, Renata Briano, Richard Corbett, Ricardo Serrão Santos, Isabelle Thomas |
|
VERTS/ALE |
Marco Affronte, Linnéa Engström, Ian Hudghton |
|
2 |
- |
|
EFDD |
Tim Aker, David Coburn |
|
0 |
0 |
|
|
|
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Explicación de los signos utilizados
+ : a favor
- : en contra
0 : abstenciones