RECOMENDACIÓN sobre el proyecto de Decisión de Consejo relativa a la celebración del Protocolo entre la Unión Europea, Islandia y el Reino de Noruega del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Islandia y el Reino de Noruega relativo a los criterios y mecanismos para determinar el Estado responsable de examinar las peticiones de asilo presentadas en un Estado miembro o en Islandia o Noruega, en lo que respecta al acceso a Eurodac a efectos de aplicación de la ley

11.12.2019 - (15791/2018 – C9‑0155/2019 – 2018/0419(NLE)) - ***

Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior
Ponente: Jadwiga Wiśniewska

Procedimiento : 2018/0419(NLE)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A9-0053/2019
Textos presentados :
A9-0053/2019
Debates :
Textos aprobados :

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre el proyecto de Decisión de Consejo relativa a la celebración del Protocolo entre la Unión Europea, Islandia y el Reino de Noruega del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Islandia y el Reino de Noruega relativo a los criterios y mecanismos para determinar el Estado responsable de examinar las peticiones de asilo presentadas en un Estado miembro o en Islandia o Noruega, en lo que respecta al acceso a Eurodac a efectos de aplicación de la ley

(15791/2018 – C9‑0155/2019 – 2018/0419(NLE))

(Aprobación)

El Parlamento Europeo,

 Visto el proyecto de Decisión del Consejo (15791/2018),

 Visto el proyecto de Protocolo entre la Unión Europea, Islandia y el Reino de Noruega del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Islandia y el Reino de Noruega relativo a los criterios y mecanismos para determinar el Estado responsable de examinar las peticiones de asilo presentadas en un Estado miembro o en Islandia o Noruega, en lo que respecta al acceso a Eurodac a efectos de aplicación de la ley (15792/2018),

 Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 87, apartado 2, letra a), y el artículo 88, apartado 2, párrafo primero, letra a), así como con el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C9‑0155/2019),

 Visto el artículo 105, apartados 1 y 4, así como el artículo 114, apartado 7, de su Reglamento interno,

 Vista la recomendación de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A9-0053/2019),

1. Concede su aprobación a la celebración del Protocolo;

2. Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y de Islandia y del Reino de Noruega.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Reglamento Eurodac refundido (Reglamento (UE) n.º 603/2013) ha permitido, entre otras cosas, que los servicios de seguridad puedan consultar Eurodac con fines de prevención, detección e investigación de los delitos de terrorismo y otros delitos graves. Se trata de que puedan solicitar la comparación de datos dactiloscópicos con los almacenados en la base de datos central Eurodac cuando traten de determinar la identidad exacta u obtener más información sobre una persona sospechosa de haber cometido un delito de terrorismo o un delito grave.

 

Desde 2001 el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Islandia y el Reino de Noruega relativo a los criterios y mecanismos para determinar el Estado miembro responsable de examinar las peticiones de asilo presentadas en un Estado miembro o en Islandia o Noruega cubre también la aplicación de las partes de Eurodac relacionadas con el Convenio de Dublín. Sin embargo, el acceso de los servicios de seguridad, un nuevo elemento del Reglamento Eurodac refundido con respecto al régimen Eurodac original (Reglamento (CE) n.º 2725/2000 del Consejo), no ha sido regulado hasta ahora por dicho Acuerdo.

 

Las negociaciones para la celebración de un acuerdo entre la Unión Europea, por un lado, e Islandia y Noruega, por otro, sobre las modalidades de la participación de Islandia y Noruega en el procedimiento de comparación y transmisión de datos a efectos de aplicación de la ley previsto en el capítulo VI del Reglamento Eurodac refundido han finalizado, y se ha rubricado un Acuerdo en forma de Protocolo del Acuerdo de 19 de enero de 2001, que amplía la aplicación del Acuerdo de 19 de enero de 2001 a la aplicación de la ley.

 

La ampliación a Islandia y Noruega de las disposiciones sobre aplicación de la ley contenidas en el Reglamento (UE) n.º 603/2013 permitiría a los servicios de seguridad de Islandia y Noruega solicitar una comparación de los datos dactiloscópicos con los datos introducidos por otros Estados participantes y almacenados en la base de datos Eurodac cuando traten de determinar la identidad u obtener más información sobre una persona sospechosa de haber cometido un delito de terrorismo o un delito grave, o sobre una víctima. Por otra parte, permitiría a los servicios de seguridad de todos los demás Estados participantes, ya se trate de otros Estados miembros de la UE o de países asociados, solicitar una comparación de los datos dactiloscópicos con los datos introducidos por Islandia y Noruega y almacenados en la base de datos Eurodac, para los mismos fines.

 

El Consejo adoptará una decisión por mayoría cualificada tras la firma del Acuerdo, en nombre de la Unión y solo tras haber obtenido la aprobación del Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), inciso v, y con el artículo 218, apartado 8, del TFUE.

 

A la vista de lo expuesto, la ponente recomienda a los miembros de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior que respalden este informe y que el Parlamento Europeo conceda su aprobación.

PROCEDIMIENTO DE LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

Título

Celebración del Protocolo entre la Unión Europea, Islandia y el Reino de Noruega del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Islandia y el Reino de Noruega relativo a los criterios y mecanismos para determinar el Estado responsable de examinar las peticiones de asilo presentadas en un Estado miembro o en Islandia o Noruega, en lo que respecta al acceso a Eurodac a efectos de aplicación de la ley

Referencias

15791/2018 – C9-0155/2019 – 2018/0419(NLE)

Fecha de la consulta / solicitud de aprobación

25.10.2019

 

 

 

Comisión competente para el fondo

 Fecha del anuncio en el Pleno

LIBE

13.11.2019

 

 

 

Ponentes

 Fecha de designación

Jadwiga Wiśniewska

24.9.2019

 

 

 

Examen en comisión

21.10.2019

9.12.2019

 

 

Fecha de aprobación

9.12.2019

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

46

2

0

Miembros presentes en la votación final

Malik Azmani, Pernando Barrena Arza, Pietro Bartolo, Saskia Bricmont, Damien Carême, Caterina Chinnici, Anna Júlia Donáth, Lena Düpont, Laura Ferrara, Nicolaus Fest, Sophia in ‘t Veld, Assita Kanko, Peter Kofod, Moritz Körner, Jeroen Lenaers, Juan Fernando López Aguilar, Magid Magid, Roberta Metsola, Claude Moraes, Nadine Morano, Javier Moreno Sánchez, Nicola Procaccini, Emil Radev, Paulo Rangel, Terry Reintke, Ralf Seekatz, Birgit Sippel, Sylwia Spurek, Tineke Strik, Bettina Vollath, Elena Yoncheva

Suplentes presentes en la votación final

Abir Al-Sahlani, Bartosz Arłukowicz, Patrick Breyer, Ondřej Kovařík, Erik Marquardt, Jan-Christoph Oetjen, Kris Peeters, Anne-Sophie Pelletier, Franco Roberti, Irina Von Wiese, Axel Voss, Tomáš Zdechovský

Suplentes (art. 209, apdo. 7) presentes en la votación final

Alexander Bernhuber, Heléne Fritzon, Joachim Schuster, Edina Tóth, Jörgen Warborn

Fecha de presentación

11.12.2019

 


 

VOTACIÓN FINAL NOMINAL  EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

46

+

ECR

Assita Kanko, Nicola Procaccini

ID

Nicolaus Fest, Peter Kofod

NI

Laura Ferrara

PPE

Bartosz Arłukowicz, Alexander Bernhuber, Lena Düpont, Jeroen Lenaers, Roberta Metsola, Nadine Morano, Kris Peeters, Emil Radev, Paulo Rangel, Ralf Seekatz, Edina Tóth, Axel Voss, Jörgen Warborn, Tomáš Zdechovský

Renew

Abir Al-Sahlani, Malik Azmani, Anna Júlia Donáth, Sophia in 't Veld, Moritz Körner, Ondřej Kovařík, Jan-Christoph Oetjen, Irina Von Wiese

S&D

Pietro Bartolo, Caterina Chinnici, Heléne Fritzon, Juan Fernando López Aguilar, Claude Moraes, Javier Moreno Sánchez, Franco Roberti, Joachim Schuster, Birgit Sippel, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva

Verts/ALE

Patrick Breyer, Saskia Bricmont, Damien Carême, Magid Magid, Erik Marquardt, Terry Reintke, Tineke Strik

 

2

-

GUE/NGL

Pernando Barrena Arza, Anne-Sophie Pelletier

 

0

0

 

 

 

 

 

Explicación de los signos utilizados

+ : a favor

- : en contra

0 : abstenciones

 

 

Última actualización: 7 de enero de 2020
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