INFORME sobre la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 9/2020 de la Unión Europea para el ejercicio 2020 que acompaña a la propuesta de movilizar el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea para prestar asistencia a Croacia y Polonia en relación con catástrofes naturales y para pagar anticipos a Alemania, Croacia, España, Grecia, Hungría, Irlanda y Portugal en relación con una emergencia de salud pública
18.11.2020 - (12522/2020 – C9‑0341/2020 – 2020/0297(BUD))
Comisión de Presupuestos
Ponente: Monika Hohlmeier
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
sobre la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 9/2020 de la Unión Europea para el ejercicio 2020 que acompaña a la propuesta de movilizar el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea para prestar asistencia a Croacia y Polonia en relación con catástrofes naturales y para pagar anticipos a Alemania, Croacia, España, Grecia, Hungría, Irlanda y Portugal en relación con una emergencia de salud pública (12522/2020 – C9‑0341/2020 – 2020/0297(BUD))
El Parlamento Europeo,
– Visto el artículo 314 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el artículo 106 bis del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,
– Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1296/2013, (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1304/2013, (UE) n.º 1309/2013, (UE) n.º 1316/2013, (UE) n.º 223/2014 y (UE) n.º 283/2014 y la Decisión n.º 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012[1], y en particular su artículo 44,
– Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2020, adoptado definitivamente el 27 de noviembre de 2019[2],
– Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020[3] (Reglamento del MFP),
– Visto el Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera[4],
– Vista la Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea[5],
– Visto el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 9/2020, adoptado por la Comisión el 9 de octubre de 2020 (COM(2020)0961),
– Vista la Posición sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 9/2020, adoptada por el Consejo el 30 de octubre de 2020 y transmitida al Parlamento Europeo el 3 de noviembre de 2020 (12522/2020 – C9‑0341/2020),
– Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo relativa a la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea para prestar asistencia a Croacia y Polonia en relación con catástrofes naturales y para pagar anticipos a Alemania, Croacia, España, Grecia, Hungría, Irlanda y Portugal en relación con una emergencia de salud pública (COM(2020)0960),
– Vistos los artículos 94 y 96 de su Reglamento interno,
– Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A9-0223/2020),
A. Considerando que el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 9/2020 cubre la propuesta de movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea para prestar asistencia a Croacia y Polonia tras las catástrofes naturales que tuvieron lugar en esos Estados miembros durante 2020, así como los anticipos a siete Estados miembros (Alemania, Croacia, España, Grecia, Hungría, Irlanda y Portugal) en respuesta a la grave emergencia de salud pública provocada por la pandemia de COVID-19 a principios de 2020;
B. Considerando que la Comisión propone, en consecuencia, la modificación del presupuesto de 2020 y un incremento en la línea presupuestaria 13 06 01 «Asistencia a los Estados miembros en caso de catástrofe grave de carácter natural que tenga repercusiones importantes en las condiciones de vida, el medio natural o la economía» por un importe de 823 548 633 EUR, tanto en créditos de compromiso como de pago;
C. Considerando que Croacia solicitó el pago de un anticipo con arreglo a lo dispuesto en el artículo 4 bis del Reglamento (CE) n.º 2012/2002[6] y que, el 10 de agosto de 2020, la Comisión concedió un anticipo equivalente a 88 951 877 EUR de la contribución financiera prevista de la Unión; que, dado que los créditos para pagos anticipados disponibles inicialmente en el presupuesto 2020 ya se han utilizado plenamente, la Comisión propone la movilización de los recursos adicionales necesarios dentro del límite anual establecido para el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea;
D. Considerando que el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 9/2020 propone consignar 734 596 756 EUR en el presupuesto general de 2020, tanto en compromisos como en pagos, tras deducir el anticipo de 88 951 877 EUR ya abonado a Croacia;
E. Considerando que el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea es un instrumento especial, tal como se define en el Reglamento del MFP, y que los créditos de compromiso y de pago correspondientes se consignarán en el presupuesto al margen de los límites máximos establecidos en el MFP;
1. Toma nota del proyecto de presupuesto rectificativo n.º 9/2020 presentado por la Comisión;
2. Aprueba la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 9/2020;
3. Encarga a su presidente que declare que el presupuesto rectificativo n.º 9/2020 ha quedado definitivamente adoptado y disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;
4. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.
INFORMACIÓN SOBRE LA APROBACIÓN EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO
Fecha de aprobación |
16.11.2020 |
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Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
40 0 0 |
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Miembros presentes en la votación final |
Rasmus Andresen, Robert Biedroń, Anna Bonfrisco, Olivier Chastel, Lefteris Christoforou, David Cormand, Paolo De Castro, José Manuel Fernandes, Eider Gardiazabal Rubial, Alexandra Geese, Valentino Grant, Elisabetta Gualmini, Francisco Guerreiro, Valérie Hayer, Eero Heinäluoma, Niclas Herbst, Monika Hohlmeier, Mislav Kolakušić, Moritz Körner, Joachim Kuhs, Zbigniew Kuźmiuk, Hélène Laporte, Pierre Larrouturou, Janusz Lewandowski, Margarida Marques, Silvia Modig, Siegfried Mureşan, Victor Negrescu, Andrey Novakov, Jan Olbrycht, Dimitrios Papadimoulis, Karlo Ressler, Bogdan Rzońca, Nicolae Ştefănuță, Nils Torvalds, Nils Ušakovs, Johan Van Overtveldt, Rainer Wieland, Angelika Winzig |
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Suplentes presentes en la votación final |
Mauri Pekkarinen |
VOTACIÓN FINAL NOMINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO
40 |
+ |
PPE |
Lefteris Christoforou, José Manuel Fernandes, Niclas Herbst, Monika Hohlmeier, Janusz Lewandowski, Siegfried Mureşan, Andrey Novakov, Jan Olbrycht, Karlo Ressler, Rainer Wieland, Angelika Winzig |
S&D |
Robert Biedroń, Paolo De Castro, Eider Gardiazabal Rubial, Elisabetta Gualmini, Eero Heinäluoma, Pierre Larrouturou, Margarida Marques, Victor Negrescu, Nils Ušakovs |
Renew |
Olivier Chastel, Valérie Hayer, Moritz Körner, Mauri Pekkarinen, Nicolae Ştefănuță, Nils Torvalds |
ID |
Anna Bonfrisco, Valentino Grant, Joachim Kuhs, Hélène Laporte |
Verts/ALE |
Rasmus Andresen, David Cormand, Alexandra Geese, Francisco Guerreiro |
ECR |
Zbigniew Kuźmiuk, Bogdan Rzońca, Johan Van Overtveldt |
GUE/NGL |
Silvia Modig, Dimitrios Papadimoulis |
NI |
Mislav Kolakušić |
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- |
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0 |
0 |
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Explicación de los signos utilizados
+ : a favor
- : en contra
0 : abstenciones
- [1] DO L 193 de 30.7.2018, p. 1.
- [2] DO L 57 de 27.2.2020.
- [3] DO L 347 de 20.12.2013, p. 884.
- [4] DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.
- [5] DO L 168 de 7.6.2014, p. 105.
- [6] Reglamento (CE) n.º 2012/2002 del Consejo, de 11 de noviembre de 2002, por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (DO L 311 de 14.11.2002, p. 3).