RECOMENDACIÓN sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración, en nombre de la Unión, del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y la República Argentina, en virtud del artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994, en relación con la modificación de las concesiones en todos los contingentes arancelarios de la lista CLXXV de la Unión Europea como consecuencia de la retirada del Reino Unido de la Unión Europea

27.5.2021 - (COM(2021)0107 – C9-0170/2021 – 2021/0054(NLE)) - ***

Comisión de Comercio Internacional
Ponente: Jordi Cañas 

Procedimiento : 2021/0054(NLE)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A9-0175/2021
Textos presentados :
A9-0175/2021
Debates :
Textos aprobados :

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración, en nombre de la Unión, del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y la República Argentina, en virtud del artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994, en relación con la modificación de las concesiones en todos los contingentes arancelarios de la lista CLXXV de la Unión Europea como consecuencia de la retirada del Reino Unido de la Unión Europea

(COM(2021)0107 – C9-0170/2021 – 2021/0054(NLE))

(Aprobación)

El Parlamento Europeo,

 Vista la propuesta de Decisión del Consejo (COM(2021)0107),

 Visto el proyecto de Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y la República Argentina, en virtud del artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994, en relación con la modificación de las concesiones en todos los contingentes arancelarios de la lista CLXXV de la Unión Europea como consecuencia de la retirada del Reino Unido de la Unión Europea (06838/2021),

 Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 207, apartado 4, así como con el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C9-0170/2021),

 Visto el artículo 105, apartados 1 y 4, así como el artículo 114, apartado 7, de su Reglamento interno,

 Vista la Recomendación de la Comisión de Comercio Internacional (A9-0175/2021),

1. Concede su aprobación a la celebración del Acuerdo;

2. Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y de la República Argentina.

 


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En vista de la retirada del Reino Unido de la Unión Europea, en octubre de 2018, la Unión Europea (UE) inició formalmente el proceso de negociación (en virtud del artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio —GATT— de 1994) con varios miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC), incluida la República Argentina. El principio subyacente de las negociaciones es un «enfoque conjunto» desarrollado entre la Unión y el Reino Unido en 2017 sobre cómo «repartir» los compromisos cuantitativos incluidos en la lista de la EU-28 en el marco de la OMC para los 143 contingentes arancelarios agrícolas, pesqueros e industriales de la UE en el marco de la OMC. La base de este enfoque es que el volumen actual de cada contingente arancelario se mantendrá plenamente en el futuro tras la retirada del Reino Unido de la Unión Europea, pero se dividirá entre dos territorios aduaneros distintos: la EU-27 y el Reino Unido.

El principio de la metodología aplicada se basa en los flujos comerciales hacia la EU-27 y el Reino Unido durante un período de referencia representativo (de tres años, de 2013 a 2015) para todos los contingentes arancelarios de la OMC.

La metodología acordada para el reparto se describe detalladamente en el Reglamento (UE) 2019/216 del Parlamento Europeo y del Consejo. Más concretamente, el artículo 2, letra b), de dicho Reglamento faculta a la Comisión para modificar el reparto de las cuotas teniendo en cuenta toda información pertinente que pueda recibir en el contexto de las negociaciones de conformidad con el artículo XXVIII del GATT de 1994 o de otras fuentes que tengan interés en un contingente arancelario específico.

El 15 de junio de 2018, el Consejo autorizó a la Comisión a iniciar negociaciones en virtud del artículo XXVIII del GATT con los miembros pertinentes de la OMC, incluida la República Argentina, con vistas a repartir las concesiones de la Unión en el marco de la OMC relativas a los contingentes arancelarios.

La República Argentina tiene derechos de negociación para veintiséis contingentes arancelarios y derechos de consulta para cuatro contingentes arancelarios.

Las negociaciones con la República Argentina dieron lugar a un Acuerdo que se rubricó el 5 de febrero de 2021 en Ginebra («el Acuerdo»). El correspondiente Reglamento (UE) 2019/216 del Parlamento Europeo y del Consejo y los correspondientes Reglamentos de Ejecución (UE) 2020/761 y (UE) 2020/1988 de la Comisión se modificarán para reflejar los contingentes arancelarios modificados. Por consiguiente, la Comisión Europea propone al Consejo que autorice la celebración del Acuerdo.

De conformidad con el artículo 218, apartado 6, del TFUE, es necesaria la aprobación del Parlamento Europeo para que el Consejo adopte una decisión relativa a la celebración del Acuerdo.

A la luz de todo lo expuesto, el ponente recomienda que el Parlamento conceda su aprobación a la celebración del Acuerdo, sin perjuicio de su derecho democrático de control permanente.

 


ANEXO 1 — CARTA DEL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN AGRI

 

 

 

 

 

 

Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural

El presidente

 

Sr. D. Bernd Lange

Presidente de la Comisión de Comercio Internacional

ASP 12G301

 

 

Ref.: IPOL-COM-AGRI D(2021)5818

 

 

Señor presidente:

 

Me remito a las propuestas de Decisiones del Consejo relativas a la celebración de acuerdos entre la UE y, respectivamente, Pakistán (COM(2021)81), Indonesia (COM(2021)84) y Argentina (COM(2021)107) sobre el reparto de contingentes arancelarios como consecuencia de la retirada del Reino Unido de la Unión Europea.

 

Los coordinadores de la Comisión AGRI examinaron este asunto en su reunión del 23 de marzo. Señalaron que los acuerdos propuestos no modificarían significativamente el reparto y los compromisos cuantitativos establecidos en el Reglamento (UE) 2019/216 por lo que se refiere a los productos agrícolas y agroalimentarios.

 

Por consiguiente, los coordinadores han dado su consentimiento a la celebración por parte de la UE de los acuerdos mencionados con Pakistán, Indonesia y Argentina, respectivamente, y me han pedido que le transmita su opinión de conformidad con el artículo 56.

 

Le saluda muy atentamente,

 

LINS

 

Norbert Lins

Copia: Martin Hlaváček, ponente permanente de la Comisión AGRI sobre las cuestiones relativas al Brexit


PROCEDIMIENTO DE LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

Título

Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión y la República Argentina por el que se modifican las concesiones en todos los contingentes arancelarios de la lista CLXXV de la Unión Europea como consecuencia de la retirada del Reino Unido de la Unión Europea

Referencias

06837/2021 – C9-0170/2021 – 2021/0054(NLE)

Fecha de la consulta / solicitud de aprobación

10.5.2021

 

 

 

Comisión competente para el fondo

 Fecha del anuncio en el Pleno

INTA

17.5.2021

 

 

 

Comisiones competentes para emitir opinión

 Fecha del anuncio en el Pleno

AGRI

17.5.2021

 

 

 

Opiniones no emitidas

 Fecha de la decisión

AGRI

14.4.2021

 

 

 

Ponentes

 Fecha de designación

Jordi Cañas

11.2.2021

 

 

 

Examen en comisión

15.4.2021

 

 

 

Fecha de aprobación

25.5.2021

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

36

1

4

Miembros presentes en la votación final

Barry Andrews, Anna-Michelle Asimakopoulou, Tiziana Beghin, Geert Bourgeois, Jordi Cañas, Daniel Caspary, Miroslav Číž, Arnaud Danjean, Paolo De Castro, Emmanouil Fragkos, Raphaël Glucksmann, Markéta Gregorová, Roman Haider, Christophe Hansen, Heidi Hautala, Danuta Maria Hübner, Herve Juvin, Karin Karlsbro, Maximilian Krah, Danilo Oscar Lancini, Bernd Lange, Margarida Marques, Gabriel Mato, Sara Matthieu, Emmanuel Maurel, Carles Puigdemont i Casamajó, Samira Rafaela, Inma Rodríguez-Piñero, Massimiliano Salini, Helmut Scholz, Sven Simon, Dominik Tarczyński, Mihai Tudose, Kathleen Van Brempt, Marie-Pierre Vedrenne, Jörgen Warborn, Iuliu Winkler, Juan Ignacio Zoido Álvarez

Suplentes presentes en la votación final

Sergio Berlato, Jean-Lin Lacapelle, Morten Løkkegaard

Fecha de presentación

27.5.2021

 


VOTACIÓN FINAL NOMINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

36

+

ECR

Sergio Berlato, Geert Bourgeois, Emmanouil Fragkos, Dominik Tarczyński

ID

Roman Haider, Maximilian Krah

NI

Tiziana Beghin, Carles Puigdemont i Casamajó

PPE

Anna-Michelle Asimakopoulou, Daniel Caspary, Arnaud Danjean, Christophe Hansen, Danuta Maria Hübner, Gabriel Mato, Massimiliano Salini, Sven Simon, Jörgen Warborn, Iuliu Winkler, Juan Ignacio Zoido Álvarez

Renew

Barry Andrews, Jordi Cañas, Karin Karlsbro, Morten Løkkegaard, Samira Rafaela, Marie-Pierre Vedrenne

S&D

Miroslav Číž, Paolo De Castro, Raphaël Glucksmann, Bernd Lange, Margarida Marques, Inma Rodríguez-Piñero, Mihai Tudose, Kathleen Van Brempt

Verts/ALE

Markéta Gregorová, Heidi Hautala, Sara Matthieu

 

1

-

ID

Danilo Oscar Lancini

 

4

0

ID

Herve Juvin, Jean-Lin Lacapelle

The Left

Emmanuel Maurel, Helmut Scholz

 

Explicación de los signos utilizados

+ : a favor

- : en contra

0 : abstenciones

 

 

Última actualización: 10 de junio de 2021
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