INFORME sobre una estrategia europea para las materias primas fundamentales
12.10.2021 - (2021/2011(INI))
Comisión de Industria, Investigación y Energía
Ponente: Hildegard Bentele
Ponentes de opinión (*):
Sarah Matthieu, Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria
Roman Haider, Comisión de Comercio Internacional
(*) Comisiones asociadas – artículo 57 del Reglamento interno
- PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
- OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE, SALUD PÚBLICA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA
- OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE COMERCIO INTERNACIONAL
- INFORMACIÓN SOBRE LA APROBACIÓN EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO
- INFORMACIÓN SOBRE LA APROBACIÓN EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO
- VOTACIÓN FINAL NOMINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO
PR_INI
ÍNDICE
Página:
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE, SALUD PÚBLICA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA
OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE COMERCIO INTERNACIONAL
INFORMACIÓN SOBRE LA APROBACIÓN EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO
INFORMACIÓN SOBRE LA APROBACIÓN EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO
VOTACIÓN FINAL NOMINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
sobre una estrategia europea para las materias primas fundamentales
El Parlamento Europeo,
– Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), en particular los artículos 9, 151, 152, el artículo 153, apartados 1 y 2, y el artículo 173, relativo a la política industrial de la Unión, en el que se hace referencia, entre otras cosas, a la competitividad de la industria de la Unión, así como el artículo 208, en el que se recalca que la Unión tendrá en cuenta los objetivos de la cooperación para el desarrollo al aplicar las políticas que puedan afectar a los países en desarrollo,
– Visto el Tratado de la Unión Europea, en particular el artículo 3, apartado 3, en el que se hace referencia al mercado interior, el desarrollo sostenible y la economía social de mercado, y el artículo 5, apartado 3, en el que se hace referencia al principio de subsidiariedad,
– Visto el Protocolo (n.º 2) sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad, anejo al TUE y al TFUE,
– Visto el Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, sobre el establecimiento de un marco que facilite la inversión sostenible[1] (en lo sucesivo, «Reglamento sobre la taxonomía»),
– Visto el Reglamento (CE) n.º 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, relativo a los traslados de residuos[2] (en lo sucesivo, «Reglamento sobre el traslado de residuos»),
– Visto el Reglamento (UE) 2017/821 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2017, por el que se establecen obligaciones en materia de diligencia debida en la cadena de suministro por lo que respecta a los importadores de la Unión de estaño, tantalio y wolframio, sus minerales y oro originarios de zonas de conflicto o de alto riesgo[3] (en lo sucesivo, «Reglamento sobre minerales de zonas de conflicto»),
– Visto el Reglamento (UE) 2016/1037 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, sobre la defensa contra las importaciones subvencionadas originarias de países no miembros de la Unión Europea[4] (en lo sucesivo, «Reglamento antisubvenciones de la Unión»,
– Vista la Directiva 2012/19/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE)[5],
– Vista la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas[6] (en lo sucesivo, «Directiva marco sobre residuos»),
– Vista la Directiva 2006/21/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, sobre la gestión de los residuos de industrias extractivas y por la que se modifica la Directiva 2004/35/CE[7] (en lo sucesivo, «Directiva relativa a los residuos de la minería»),
– Vista la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales (prevención y control integrados de la contaminación)[8] (en lo sucesivo, «Directiva sobre las emisiones industriales»),
– Vista la Directiva 2014/52/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, por la que se modifica la Directiva 2011/92/UE, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente[9] (en lo sucesivo, «Directiva sobre la evaluación de impacto ambiental),
– Vista la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres[10] (en lo sucesivo, «Directiva sobre aves»),
– Vista la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres[11] (en lo sucesivo, «Directiva sobre hábitats»),
– Vista la Directiva 2014/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, por la que se modifica la Directiva 2013/34/UE en lo que respecta a la divulgación de información no financiera e información sobre diversidad por parte de determinadas grandes empresas y determinados grupos[12] (en lo sucesivo, «Directiva sobre información no financiera»),
– Visto el Acuerdo adoptado en París en la 21.ª Conferencia de las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP21) el 12 de diciembre de 2015 (el Acuerdo de París),
– Vistos la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), en particular el ODS n.º 12 «Producción y consumo responsables» y el ODS n.º 15 «Vida de ecosistemas terrestres»,
– Visto el pilar europeo de derechos sociales,
– Vistos los Principios rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos,
– Vista la guía de la OCDE sobre diligencia debida para una conducta empresarial responsable,
– Vistas las Líneas Directrices para un Análisis de Ciclo de Vida (ACV) Social de los productos de 2009 del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente,
– Visto el informe especial de la Agencia Internacional de la Energía (AIE), de mayo de 2021, titulado «The Role of Critical Minerals in Clean Energy Transitions» (El papel de los minerales fundamentales en las transiciones hacia una energía limpia),
– Visto el informe especial de la Agencia Internacional de la Energía, de mayo de 2021, titulado «Net zero by 2050: A Roadmap for the Global Energy Sector» (Cero emisiones netas para 2050: una hoja de ruta para el sector energético mundial),
– Visto el informe de la Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA), de 13 de enero de 2021, titulado «Crecimiento sin crecimiento económico»,
– Visto el informe de la Agencia Europea de Medio Ambiente, de 30 de agosto de 2021, titulado «Mejorar el impacto climático del abastecimiento de materias primas»,
– Vista el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (CESE), de 25 de marzo de 2021, titulado «Resiliencia de las materias primas fundamentales: trazando el camino hacia un mayor grado de seguridad y sostenibilidad»,
– Visto el estudio de la Comisión de septiembre de 2020 titulado «Study on the EU’s list of Critical Raw Materials (2020) – Final Report» (Estudio de la lista de materias primas fundamentales de la Unión: informe final), así como las fichas técnicas relativas a materias primas fundamentales que lo acompañan,
– Visto el estudio prospectivo de la Comisión, de 3 de septiembre de 2020, titulado «Critical Raw Materials for Strategic Technologies and Sectors in the EU» (Materias primas fundamentales para tecnologías y sectores estratégicos en la Unión),
– Visto el informe de la Comisión, de 5 de noviembre de 2018, titulado «Report on critical raw materials and the circular economy» (Informe sobre las materias primas fundamentales y la economía circular),
– Vista su Resolución, de 10 de marzo de 2021, con recomendaciones destinadas a la Comisión sobre diligencia debida de las empresas y responsabilidad corporativa[13],
– Vista su Resolución, de 16 de diciembre de 2020, sobre una nueva estrategia para las pymes europeas[14],
– Vista su Resolución, de 25 de noviembre de 2020, sobre una nueva estrategia industrial para Europa[15],
– Vista su Resolución, de 10 de febrero de 2021, sobre el nuevo Plan de acción para la economía circular[16],
– Vista su Resolución, de 17 de abril de 2020, sobre la acción coordinada de la Unión para luchar contra la pandemia de COVID‑19 y sus consecuencias[17],
– Vista su Resolución, de 15 de enero de 2020, sobre el Pacto Verde Europeo[18],
– Vista su Resolución, de 25 de marzo de 2021, sobre la nueva estrategia UE-África — Una asociación para un desarrollo sostenible e integrador[19],
– Vista su Resolución, de 27 de abril de 2017, sobre la aplicación de la Directiva relativa a los residuos de la minería[20],
– Vista la propuesta de la Comisión, de 10 de diciembre de 2020, de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a las pilas y baterías y sus residuos y por el que se deroga la Directiva 2006/66/CE y se modifica el Reglamento (UE) 2019/1020 (COM(2020)0798),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 3 de septiembre de 2020, titulada «Resiliencia de las materias primas fundamentales: trazando el camino hacia un mayor grado de seguridad y sostenibilidad» (COM(2020)0474),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 5 de mayo de 2021, titulada «Actualización del nuevo modelo de industria de 2020: Creación de un mercado único más sólido para la recuperación de Europa» (COM(2021)0350),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 19 de octubre de 2020, titulada «Programa de trabajo de la Comisión para 2021 – Una Unión de vitalidad en un mundo de fragilidad» (COM(2020)0690),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 27 de mayo de 2020, titulada «El momento de Europa: reparar los daños y preparar el futuro para la próxima generación» (COM(2020)0456),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 11 de marzo de 2020, titulada «Nuevo Plan de acción para la economía circular por una Europa más limpia y más competitiva» (COM(2020)0098), así como el documento de trabajo de los servicios de la Comisión, de 11 de marzo de 2020, titulado «Leading the way to a global circular economy: state of play and outlook» (Liderar el camino hacia una economía circular global: situación actual y perspectivas) (SWD(2020)0100),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 2 de diciembre de 2015, titulada «Cerrar el círculo: un plan de acción de la UE para la economía circular» (COM(2015)0614),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 10 de marzo de 2020, titulada «Una estrategia para las pymes en pro de una Europa sostenible y digital» (COM(2020)0103),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 18 de febrero de 2021, titulada «Revisión de la política comercial – Una política comercial abierta, sostenible y firme» (COM(2021)0066),
– Vista la publicación de la OCDE, de 12 de febrero de 2019, titulada «Global Material Resources Outlook to 2060 – Economic Drivers and Environmental Consequences» (Perspectiva mundial de los recursos materiales de aquí a 2060: motores económicos y consecuencias medioambientales),
– Vista la publicación del Banco Mundial de 2020 titulada «Minerals for Climate Action: The Mineral Intensity of the Clean Energy Transition» (Minerales para la acción por el clima: la intensidad mineral de la transición hacia una energía limpia),
– Vistas las Conclusiones del Consejo, de 17 de diciembre de 2020, tituladas «Hacer que la recuperación sea circular y ecológica»,
– Vistas las Conclusiones del Consejo, de 16 de noviembre de 2020, tituladas «Una recuperación que haga avanzar en la transición hacia una industria europea más dinámica, resiliente y competitiva»,
– Vistas las Conclusiones del Consejo, de 28 de noviembre de 2019, sobre la economía circular en el sector de la construcción,
– Vistas las Conclusiones del Consejo, de 4 de octubre de 2019, tituladas «Mayor circularidad: transición a una sociedad sostenible»,
– Visto el artículo 54 de su Reglamento interno,
– Vistas las opiniones de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria y de la Comisión de Asuntos Jurídicos,
– Visto el informe de la Comisión de Industria, Investigación y Energía (A9-0280/2021),
A. Considerando que las materias primas fundamentales están en el origen de la generación de valor económico en la industria y tienen, por lo tanto, un efecto significativo en los sectores transformadores; que reviste una importancia estratégica que la Unión reduzca su dependencia, proteja sus flujos, su valor y sus cadenas de suministro, y apoye, fomente y digitalice ecosistemas, puesto que esta es la nueva capacidad fundamental para la competencia (industrial) internacional; que una estrategia global para las materias primas fundamentales debe incorporar unas normas medioambientales y sociales estrictas;
B. Considerando que el crecimiento de la población y la transición a unas economías digitales, muy eficientes en su uso de la energía y climáticamente neutras conducen según todas las hipótesis a una demanda significativamente superior de materias primas fundamentales[21];
C. Considerando que las tecnologías que requieren materias primas fundamentales serán clave para asegurar que la Unión y el mundo en su conjunto puedan alcanzar sus objetivos en el marco del Acuerdo de París;
D. Considerando que una estrategia global de la Unión relativa a las materias primas fundamentales debe basarse en normas exigentes medioambientales, sociales y de derechos humanos, habida cuenta también de la escasez natural de minerales;
E. Considerando que en la actualidad la Unión únicamente produce el 1 % de las materias primas necesarias para la energía eólica, menos del 1 % en lo que respecta tanto a las baterías de litio como a las pilas de combustible, solo el 2 % de los materiales útiles en robótica y únicamente el 1 % de los montajes fotovoltaicos de silicio[22];
F. Considerando que la Comunicación de la Comisión titulada «Actualización del nuevo modelo de industria de 2020: Creación de un mercado único más sólido para la recuperación de Europa» identifica 137 productos y materias primas (que representan el 6 % del valor total de las importaciones de mercancías de la Unión) utilizados en ecosistemas sensibles de los que depende en gran medida la Unión —principalmente en industrias de gran consumo de energía y ecosistemas sanitarios—, así como otros productos necesarios para apoyar la transformación ecológica y digital; que el 52 % de tales productos se importan de la República Popular China;
G. Considerando que la COVID-19 afectó negativamente a las cadenas de suministro mundiales y dio lugar a escasez de materias primas fundamentales en Europa;
H. Considerando que uno de los grandes retos en relación con las materias primas fundamentales en Europa es el reciclado; que el sector del reciclado de materias primas fundamentales posee un gran potencial de creación de empleo; que se estima que el sector del reciclado de baterías de tracción por sí solo creará en torno a 10 500 puestos de trabajo de aquí a 2035 en la Unión;
I. Considerando que el reciclado, la sustitución y el cambio de los patrones de comportamiento y consumo tienen potencial para reducir la demanda de materias primas fundamentales;
J. destaca que, según la Universidad de las Naciones Unidas, en 2016, el valor total de las materias primas secundarias presentes en los RAEE se estimaba en torno a 55 000 millones EUR[23]; que, con arreglo a ese mismo estudio, hasta el 90 % de los residuos electrónicos se han depositado en vertederos o comercializado ilegalmente;
K. Considerando que resulta obvio que es necesario, también en lo que atañe a las nuevas obligaciones de diligencia debida previstas, renovar el abastecimiento de manera sostenible, y que el potencial de abastecimiento conforme a normas que garanticen una elevada sostenibilidad debe aprovecharse al máximo y con rapidez en la Unión y su vecindad, teniendo plenamente en cuenta al mismo tiempo opciones de la economía circular, como el reciclado, el diseño de los productos, la sustitución y la reducción del uso de materiales;
L. Considerando que el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (CESE), de 25 de marzo de 2021, «subraya la importancia de ampliar la definición y el paradigma de las materias primas fundamentales. De modo convencional se entiende por materias primas fundamentales los materiales procedentes principalmente del sector minero. Este ámbito de aplicación es demasiado restringido y limita el crecimiento de las energías verdes. Hoy en día, los materiales a base de madera pueden utilizarse de manera eficaz en muchas más aplicaciones que antes. Desde los textiles hasta las nuevas tecnologías de baterías más ligeras y respetuosas con el medio ambiente, se trata de un ámbito que avanza a gran velocidad. La bioeconomía ofrece posibilidades únicas de aumentar la resiliencia de la economía de la UE y la estabilidad geopolítica de nuestro continente. La utilización de materiales renovables también contribuiría simultáneamente a mitigar el cambio climático, ya que permite mantener las emisiones de combustibles fósiles en el suelo, creando una resiliencia ecológica para los sectores fósiles»;
M. Considerando que, como se destaca en el dictamen, «son muy pocos los ejemplos de exportaciones de materias primas en los países en desarrollo que impulsen un desarrollo económico y social sostenible que reporte beneficios a amplios sectores de la población. Por el contrario, la situación suele conllevar explotación social y contaminación del medio ambiente y, en general, solo unos pocos se benefician de ella»;
N. Considerando que el abastecimiento de numerosas materias primas fundamentales se concentra en gran medida fuera de la Unión, dado que China suministra a la Unión el 98 % de las tierras raras, Turquía le proporciona el 98 % del borato, y Sudáfrica atiende el 71 % de sus necesidades de platino, el 92 % de iridio, el 80 % de rodio, y el 93 % de rutenio[24];
O. Considerando que las hipótesis para el futuro apunta a que, en cuanto a baterías para vehículos eléctricos y almacenamiento de energía, la Unión necesitará 18 veces más litio y 5 veces más cobalto en 2030, y casi 60 veces más litio y 15 veces más cobalto en 2050, en comparación con el suministro actual a la economía de la Unión en su conjunto[25];
P. Considerando que en la Unión están en curso cuatro proyectos de extracción sostenible de litio por un total de 2 000 millones EUR, que deberían estar en funcionamiento entre 2022 y 2024; que se espera que cubran hasta el 80 % de las necesidades de litio de la Unión en el sector de las baterías de aquí a 2025, contribuyendo así directamente a nuestra autonomía estratégica;
Q. Considerando que la escasez de materias primas fundamentales está agravando las preocupaciones industriales y de seguridad, especialmente por el previsto aumento exponencial de la producción, especialmente de baterías, que son esenciales para la transición a la producción de energía a partir de fuentes renovables;
R. Considerando que la Unión debe reforzar su autonomía estratégica en ámbitos esenciales como el del abastecimiento de materias primas fundamentales, que es crucial asimismo para aumentar la capacidad de la Unión en los sectores de la defensa y el espacio;
S. Considerando que la demanda de materias primas fundamentales de la Unión seguirá dependiendo de las cadenas de suministro internacionales, y que desempeñarán asimismo un papel importante las medidas para hacer los mercados mundiales de mercancías más transparentes, eficaces y predecibles;
T. Considerando que el sector de las materias primas proporciona alrededor de 350 000 puestos de trabajo en la Unión y que dependen de él más de 30 millones de puestos de trabajo en las industrias manufactureras transformadoras[26]; que avanzar hacia una economía más circular podría generar un aumento neto de 700 000 puestos de trabajo en la UE de aquí a 2030[27];
U. Considerando que las actividades mineras pueden exponer a los trabajadores a condiciones nocivas y peligrosas; que los derechos laborales y la protección de los trabajadores varían enormemente en todo el mundo y en los diferentes yacimientos mineros;
V. Señala en este sentido que las materias primas fundamentales no aparecen por separado, sino combinadas en el mineral con metales comunes, y que su transformación requiere una cantidad considerable de energía; que, por tanto, la competitividad y la rentabilidad de la producción están condicionadas por la disponibilidad de fuentes de energía estables y asequibles, así como por la identificación y el desarrollo de los correspondientes métodos, procedimientos y tecnologías;
W. Considerando que, en su informe titulado «Growth without economic growth» (Crecimiento sin crecimiento económico), la Agencia Europea de Medio Ambiente afirma que el crecimiento económico está estrechamente relacionado con el aumento de la producción, el consumo y la utilización de los recursos, con efectos negativos en la naturaleza, el clima y la salud humana, y que la investigación actual sugiere que es improbable que el crecimiento económico pueda disociarse completamente de su impacto medioambiental;
Desafíos y oportunidades
1. Considera que un enfoque integrado de toda la cadena de valor, desde la recogida de residuos y el diseño del producto para la reciclabilidad hasta la recuperación de materiales, supone la estrategia esencial para el aumento del suministro de materias primas fundamentales; lamenta, no obstante, que la recogida de residuos y el diseño del producto tengan un bajo nivel de madurez tecnológica; subraya que centrarse únicamente en el reciclado no bastará para atender al incremento de la demanda de materias primas fundamentales; observa que, aunque la sustitución de materias primas fundamentales tiene limitaciones en términos de eficiencia de los productos, es un objetivo inherente de las industrias afectadas y de los respectivos proyectos de investigación debido a los elevados precios y la dependencia, y puede ayudar a abordar los retos de suficiencia de materias primas fundamentales; subraya la necesidad de esfuerzos y apoyo continuos en el terreno de la investigación y la innovación para el reciclado y la sustitución de materias primas fundamentales;
2. Subraya que el abastecimiento de materias primas fundamentales está ligado a la ubicación geográfica, hasta la fecha ha sido muy dependiente de la energía fósil y plantea riesgos directos e indirectos de fuga de carbono y de sufrir competencia desleal; observa que el abastecimiento de materias primas fundamentales a menudo está asociado a impactos medioambientales potencialmente significativos, como la pérdida de biodiversidad o la contaminación del aire, el suelo y el agua, y a posibles conflictos con las comunidades locales; destaca la necesidad de una transición hacia las energías renovables en los sectores de la minería y el refinado; observa, por tanto, la necesidad de una política industrial activa para apoyar al sector en su transformación, con acceso a fuentes asequibles de energía limpia; constata las circunstancias favorables para las actividades mineras sostenibles y de bajas emisiones en la Unión, y pide que se sigan explorando las posibilidades de abastecimiento en los Estados miembros ricos en materias primas fundamentales;
3. Advierte de que en la transición de la Unión a la neutralidad climática no debe sustituir la dependencia de los combustibles fósiles por la dependencia de las materias primas; subraya que esta transición debe reducir la dependencia de la Unión respecto de las materias primas fundamentales importadas; destaca asimismo el papel que la innovación, las nuevas tecnologías, la minimización del consumo de recursos y el mantenimiento y la reutilización de materias primas valiosas dentro de la Unión pueden desempeñar en la reducción de la dependencia de las materias primas fundamentales;
4. Observa que el desarrollo y el futuro despliegue a gran escala de tecnologías, incluidas las aplicaciones digitales emergentes, la generación de electricidad a partir de fuentes renovables y las baterías para vehículos eléctricos y medios de transporte ligeros, impulsarán la demanda de determinadas materias primas fundamentales y de otras materias primas; pide que se tenga en cuenta que el aumento de las ambiciones climáticas y digitales de los países acentúa la competencia en los mercados mundiales y ejerce una presión adicional sobre la seguridad de su suministro en Europa;
5. Pide a la Comisión que antes de 2023, con antelación a la publicación de la próxima lista de materias primas fundamentales, lleve a cabo una revisión del método empleado para la valoración del carácter fundamental, con el fin de evaluar si es necesario ampliar la lista, y que introduzca criterios sociales y ecológicos teniendo en cuenta la evolución de la situación internacional en lo que se refiere a las materias primas fundamentales, las hipótesis sobre la demanda futura de determinadas materias primas fundamentales y de otras materias primas y criterios sociales y ecológicos basados en los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos y los ODS, para obtener una visión más amplia de la situación de la extracción en todo el mundo; pide asimismo a la Comisión que, en su análisis de riesgos para el suministro, tenga debidamente en cuenta todas las externalidades medioambientales de la extracción y la transformación; pide asimismo un amplio debate con participación de todas las partes interesadas;
6. Pide a la Comisión que antes de 2023, con antelación a la publicación de la próxima lista de materias primas fundamentales, lleve a cabo una revisión del método empleado para la valoración del carácter fundamental;
7. Pide a la Comisión que además de atender a las materias primas fundamentales, preste atención al posible carácter fundamental de otras materias primas necesarias para unas cadenas de suministro sólidas, la continuidad de la producción y la doble transición, así como a su disponibilidad de fuentes de la Unión, teniendo también en cuenta la escasez natural de los minerales; subraya que, además de los minerales especializados, los de «producción general», como el cobre, el helio y el níquel, van adquiriendo asimismo la consideración de fundamentales con el aumento de su demanda en una sociedad neutral en materia de carbono;
8. Pide a la Comisión que adopte un enfoque global para evaluar las consecuencias de que varias técnicas hipocarbónicas, renovables y digitales compitan por las mismas materias primas fundamentales, y que examine las cadenas de suministro fundamentales también en lo que atañe a las necesidades de sectores concretos; subraya la importancia del principio de primacía de la eficiencia energética y las soluciones con emisiones cero y eficientes en el uso de los recursos;
9. Pide a la Comisión que vele por que los planes nacionales de recuperación y resiliencia en el marco del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea ofrezcan una respuesta a los desafíos derivados del suministro de materias primas fundamentales sostenible desde los puntos de vista económico, medioambiental y social; pide a los Estados miembros que inviertan más en reciclaje de materias primas fundamentales y que incluyan requisitos relativos a las materias primas fundamentales las fuentes de suministro y los costes en sus planes estratégicos de recuperación;
10. Pide inversiones en la formación y el reciclaje profesional de los trabajadores, entre otras vías, mediante el Mecanismo de Transición Justa, ya que las destrezas para la minería pueden transferirse a la explotación, la transformación y el reciclado de metales y minerales, preferentemente en las mismas regiones; pide a la Comisión que garantice que la financiación correspondiente aborde también las repercusiones sociales, laborales y medioambientales de la transición en las antiguas zonas mineras;
11. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que establezcan lo antes posible un proyecto importante de interés común europeo (PIICE) relativo a las materias primas fundamentales con vistas a planificar de manera estratégica sostenible nuestra demanda de cara a la doble transición, teniendo en cuenta los requisitos, las fuentes de suministro y los costes (sociales, medioambientales y económicos); subraya que el PIICE debe abordar todas las cuestiones relevantes para reducir el carácter fundamental y la dependencia, como el reciclado, la reutilización, la sustitución, la reducción del uso de materiales y la minería; destaca que los proyectos deben aprovechar el potencial no utilizado en los países ricos en materias primas fundamentales en los que se encuentran grandes fuentes sin explotar;
12. Pide a la Comisión que promueva la investigación y el desarrollo sobre materias primas fundamentales y la adquisición por parte de las pequeñas y medianas empresas (pymes) de destrezas y competencias a este respecto como estrategia de crecimiento para las altas tecnologías de la Unión, como las baterías de ion-litio, las pilas de combustible, las turbinas eólicas, los motores de tracción eléctricos, la tecnología fotovoltaica, la robótica, los drones, la impresión en 3D y una amplia gama de tecnologías digitales y productos sanitarios;
13. Pide a la Comisión que lleve a cabo una evaluación de impacto exhaustiva, científica y basada en pruebas para determinar los volúmenes mínimos de materias primas fundamentales de importancia estratégica necesarios para la doble transición;
14. Constata que, para la Unión, las cadenas de valor fiables y plenamente operativas, incluidas la prospección y el reciclado, desempeñan un papel esencial y constituyen un requisito previo para alcanzar sus objetivos del Pacto Verde Europeo, la estrategia industrial y la doble transición, así como para garantizar su futura capacidad de competitividad e innovación en el ámbito industrial;
15. Considera que es indispensable financiar las oportunidades de producción, transformación o reciclado de todas las materias primas fundamentales consignadas en la Comunicación de la Comisión titulada «Resiliencia de las materias primas fundamentales»;
16. Pide a la Comisión que proponga criterios de sostenibilidad con base científica para definir lo que constituye una inversión sostenible en el sector minero en el marco del Reglamento sobre taxonomía; hace hincapié en la necesidad de propiciar que la industria minera de la Unión contribuya a la doble transición ecológica y digital;
17. Solicita apoyo y financiación de la Unión para el desarrollo tecnológico de materias primas fundamentales para mejorar los procesos de eficiencia, sustitución y reciclado y de los ciclos de materiales cerrados; subraya la necesidad de instrumentos financieros específicos y de fondos de investigación y desarrollo (I+D) para los procesos de reciclado, y acoge favorablemente la propuesta de promover la investigación y la innovación en el terreno de las materias primas fundamentales en 2021 en lo que respecta al tratamiento de residuos, los materiales avanzados y la sustitución en el marco de Horizonte Europa, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y los programas nacionales de I+i; subraya asimismo la importancia de la I+i para aumentar la viabilidad de los procesos de refinado, sobre todo en los depósitos de escorias mineras y en las minas de pequeña escala; pide a la Comisión que adopte regímenes de ayuda para fomentar la innovación en nuevas técnicas mineras y nuevos proyectos de minería de pequeña escala; aboga por el desarrollo de tecnologías nuevas e innovadoras en el ámbito de la minería sostenible de materias primas fundamentales en la Unión;
18. Pide a la Comisión, al Banco Europeo de Inversiones y a las demás instituciones de la Unión que, en cooperación con los socios internacionales, presten apoyo financiero técnico y estratégico a proyectos de inversión estratégicos a largo plazo en el ámbito de las materias primas fundamentales, también con el fin de encontrar nuevas herramientas para la puesta en común de riesgos en el sector minero, y que promuevan y apoyen las inversiones en investigación sobre abastecimiento y transformación sostenible de materias primas fundamentales y en instalaciones de refinado, a fin de adecuarlos a la normativa y las estrictas normas sociales y medioambientales de la Unión, garantizando así unas condiciones de competencia equitativas;
Autonomía estratégica y resiliencia
19. Acoge con satisfacción creación de la Alianza Europea sobre Materias Primas (ERMA) y, a la luz de la situación geopolítica mundial y de las posibles tensiones comerciales con terceros países productores ricos, su atención actual a las materias primas más fundamentales, a saber, imanes y elementos de tierras raras, y a objetivos cuantitativos de abastecimiento interiores y fuera de la Unión, al objeto de apoyar las relaciones de suministro a largo plazo para una amplísima gama de pequeños y grandes fabricantes en la Unión y de reducir la dependencia actual con respecto a unos pocos terceros países; subraya la función que desempeña la ERMA en cuanto «canal de proyectos de inversión» y la anima a seguir participando en evaluaciones previas con el fin de propiciar inversiones públicas y privadas para proyectos sostenibles relacionados con materias primas fundamentales;
20. Considera importante seguir desarrollando la ERMA, principalmente en lo que atañe a aquellas materias que revisten una gran importancia para la doble transición, como las materias primas fundamentales necesarias para el almacenamiento y la conversión de energía;
21. Acoge favorablemente la intención de la Comisión de poner en marcha un sistema de seguimiento a través del futuro Observatorio de Tecnologías Críticas sobre las dependencias presentes y los riesgos de futuras dependencias tecnológicas, y aboga por una estrecha cooperación entre el observatorio y quienes se dedican al seguimiento de la demanda de materias primas fundamentales;
22. Lamenta que el establecimiento de un almacenamiento de reservas estratégicas no forme aún parte del plan de acción y pide a la Comisión que se centre también en garantizar el suministro de materias primas fundamentales en la Unión animando a los Estados miembros a llevar a cabo un almacenamiento estratégico como parte de un enfoque coordinado, cuando el análisis indique que ello es conveniente; considera que el almacenamiento estratégico, en combinación con otras medidas estratégicas, contribuye a reducir las dependencias respecto a las materias primas fundamentales; subraya que el incremento de la disponibilidad debe ir de la mano con una disminución de la demanda en toda la cadena de valor (diseño, funcionamiento y fin de vida útil);
23. Considera que el nivel de concienciación respecto a posibles problemas de escasez de materias primas fundamentales es demasiado bajo y debe mejorar; pide a la Comisión que amplíe la ERMA con el fin de reforzar la cooperación entre los agentes industriales a lo largo de toda la cadena de valor, los Estados miembros, las regiones y terceros países, los sindicatos, la sociedad civil, organizaciones de investigación y tecnología, inversores y organizaciones no gubernamentales en los sectores de la economía de la Unión más afectados por estrangulamientos en el suministro de materias primas fundamentales, ya sea a través del marco que brinda la ERMA o mediante la formación de alianzas sectoriales específicas entre la industria y las partes interesadas; hace hincapié en el potencial de empleo de los proyectos nacionales y, por lo tanto, pide que se promueva un diálogo social global; destaca en este sentido la urgente necesidad de establecer asociaciones más estrechas entre los agentes relacionados con las materias primas fundamentales, especialmente en las regiones mineras, y los usuarios ulteriores, en particular, otras alianzas industriales, así como la concienciación común y la obligación de garantizar que las cadenas de valor sean sostenibles y circulares;
24. Cree que son necesarios más coordinación y esfuerzos conjuntos para desarrollar cadenas de suministro resilientes capaces de atender la demanda presente y futura de materias primas fundamentales para satisfacer las necesidades industriales de la Unión, con el fin de evitar perturbaciones de las cadenas de suministro, reducir la dependencia y mantener unas normas sociales y medioambientales exigentes; pide a la Comisión que garantice que, en la Unión, la evaluación de las importaciones y exportaciones y el suministro y la demanda mundiales de materias primas fundamentales, la coordinación del almacenamiento y el seguimiento del abastecimiento de materias primas fundamentales se lleven a cabo de manera coherente y cohesionada, por ejemplo mediante la creación de un grupo de trabajo sobre las materias primas fundamentales;
25. Pide a la Comisión que diversifique las cadenas de suministro en lo que respecta a las fuentes primarias y secundarias, y aboga por una mayor transparencia de la información relativa a dichas cadenas;
26. Observa que las crecientes tensiones entre las grandes potencias han puesto de manifiesto vulnerabilidades estratégicas de la Unión, en particular en lo que se refiere a la obtención de recursos clave, incluidas materias primas fundamentales y materias transformadas; señala que el seguimiento de las dependencias de productos básicos y la garantía de un acceso a las materias primas fundamentales pueden garantizar una mayor resiliencia de las cadenas de suministro sostenibles; señala que en la transición a una economía circular se debe prestar especial atención a las cadenas de suministro clave en las que la Unión tenga una dependencia especialmente alta de materias primas fundamentales;
27. Reitera el potencial por lo que respecta a la economía circular del uso optimizado de productos y servicios; pide a la Comisión y a los Estados miembros que apoyen nuevos modelos empresariales sostenibles y circulares en la nueva iniciativa sobre productos sostenibles, incluido el «producto como servicio», siempre que ahorren recursos, reduzcan el impacto ambiental y garanticen la protección de los consumidores; pide a la Comisión y a los Estados miembros que faciliten estos enfoques estableciendo marcos reglamentarios;
28. Considera importante apoyar el enfoque de la economía circular en toda la cadena de valor, desde el diseño a la recuperación de materiales, respecto a las tecnologías esenciales para las transiciones energética, digital y de la movilidad, como los parques eólicos, las plantas solares, la producción de baterías, la movilidad eléctrica y las redes inteligentes; pide a la Comisión que haga de la transición hacia una economía circular una prioridad, reduciendo la dependencia de las importaciones de la Unión, mejorando la eficiencia de los recursos, optimizando el consumo de recursos y manteniendo y reutilizando materias primas valiosas dentro de la Unión; recuerda su petición, formulada en su Resolución sobre el nuevo Plan de acción para la economía circular, de que considere la posibilidad de proponer, sobre la base de una evaluación de impacto exhaustiva, un etiquetado claro y armonizado de durabilidad, que podría adoptar la forma de un índice, y reparabilidad, que podría adoptar la forma de un sistema de puntuación uniforme;
29. Pide a la Comisión que refuerce la cooperación con terceros países en materia de abastecimiento sostenible de materias primas fundamentales, en particular de socios afines, así como en su actuación en el seno de la Organización Mundial del Comercio (OMC);
Cierre de los ciclos de materiales
30. Subraya la necesidad de crear mercados de materias primas fundamentales secundarias al objeto de lograr flujos sostenidos de dichas materias, de consolidar el ecosistema industrial de la Unión y de mantener el empleo en el sector manufacturero; pide en este sentido a la Comisión que examine el balance de importaciones y exportaciones de materias primas fundamentales secundarias a la Unión, y que establezca con prontitud un observatorio del mercado de materias primas secundarias clave, incluidas las materias primas fundamentales; subraya que el tratamiento de estas materias en terceros países ha de atenerse a las normas de la Unión; señala que no existe para ello un planteamiento universal; destaca que la consecución de ciclos de materiales limpios y seguros es un requisito previo para la creación de un mercado de materias primas secundarias fiable en la Unión;
31. Celebra la propuesta de catalogar el posible suministro de materias primas fundamentales secundarias procedentes de reservas de la Unión, residuos y transformación de subproductos; alienta a la Comisión a que haga una prioridad de este ejercicio de catalogación y lo lleve a cabo antes de lo actualmente previsto; anima asimismo a la Comisión a extender este ejercicio a las tecnologías disponibles actuales utilizadas para reducir la demanda de materias primas fundamentales y aumentar la reutilización de estas en la cadena de suministro; subraya la necesidad de promover la introducción de instrumentos colaborativos para el mercado de materias primas fundamentales, como una plataforma de la Unión de materias primas, que debería abarcar también los flujos de productos en circulación y sus tendencias, al objeto de evaluar qué materiales secundarios pueden reciclarse;
32. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que liberen el potencial de los proyectos de transformación secundaria mediante incentivos específicos como la concesión agilizada de licencias, y que proporcionen incentivos para la recuperación de materias primas fundamentales con el fin de garantizar un acceso fiable, seguro y sostenible a las mismas;
33. Constata la importancia del reciclado de residuos, habida cuenta de la significativa presencia de materias primas fundamentales en los equipos eléctricos y electrónicos; señala que el aumento de los volúmenes reciclados podría no ser suficiente a largo plazo para reducir la actividad minera; observa, además, que avanzando hacia una economía más circular podrían crearse 700 000 puestos de trabajo[28], especialmente puestos de trabajo adicionales en plantas de reciclado y servicios de reparación; señala además que el desmontaje y el reciclado constituyen una notable oportunidad para relocalizar puestos de trabajo industriales en la Unión; destaca además que el desarrollo del reciclado puede utilizarse para responder a futuras necesidades de materias primas;
34. Señala que se prevé que la proporción de baterías de tracción de ion-litio reciclables recogidas crezca acusadamente a mediados del decenio de 2030, creando así una fuente secundaria de suministro significativa;
35. Señala que para ser fructíferos, los procesos industriales de reciclado de materias primas fundamentales siguen precisando de ingentes inversiones públicas y privadas en infraestructuras de clasificación, pretratamiento y recuperación, en innovación, investigación y mejora de las tecnologías y en capacidades, lo que ofrecerá oportunidades de empleo que, según las proyecciones, aumentarán ampliamente en los próximos decenios; pide a la Comisión que establezca incentivos para el reciclado y la recuperación de materias primas fundamentales derivadas de los flujos de residuos comerciales, de la minería y de la transformación, con el fin de garantizar un acceso fiable, seguro y sostenible a las mismas;
36. Anima a la Comisión a que proponga objetivos respecto al contenido mínimo de materias primas fundamentales recicladas y en relación con el reciclado de materias primas fundamentales acompañados de un marco de seguimiento sólido, inspirándose en la propuesta de Reglamento relativo a las pilas y baterías y sus residuos y sobre la base de una evaluación de impacto exhaustiva, científica y basada en pruebas para determinar los volúmenes mínimos de materias primas fundamentales de importancia estratégica necesarios para los productos que facilitarán la doble transición, el porcentaje de esta demanda que podrá cubrirse mediante el reciclado, en consonancia con las evaluaciones existentes, y la disponibilidad de la tecnología necesaria; señala que los objetivos de reducción relativos a las materias primas fundamentales no deben dar lugar a que el total de la materia prima obtenida sea inferior a dichos volúmenes mínimos;
37. Pide a la Comisión que reconozca que las zonas industriales abandonadas (vertederos de residuos industriales y presas de estériles de minería) contienen a menudo materias primas fundamentales desechadas, tierras raras y otros minerales y metales utilizados en productos tecnológicos; anima, por lo tanto, a que se proceda a la documentación, evaluación y extracción de los materiales valiosos que se hallan en estas zonas siempre que resulte posible y viable; subraya la necesidad de que las tecnologías de refinado mejoradas estén contempladas en los mecanismos de financiación de I+D+i pertinentes para aprovechar este potencial;
38. Destaca que son necesarios unos controles más estrictos de las exportaciones de la Unión de los principales residuos de materias primas fundamentales y que es necesario establecer unas condiciones de competencia equitativas para los operadores de reciclado que cumplen las normas necesarias para una recuperación segura y eficiente; pide a la Comisión que, cuando revise el Reglamento relativo a los traslados de residuos, impida la exportación ilegal de residuos que contengan materias primas fundamentales; pide que se establezcan requisitos que solo permitan la exportación de residuos que contengan materias primas fundamentales con la garantía de que serán procesados en el país de destino en condiciones equivalentes a las normas sociales y medioambientales de la Unión;
39. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que redoblen los esfuerzos por recoger y reciclar adecuadamente los productos al final de su vida útil que contengan materias primas fundamentales, de manera que no queden acumulados en los hogares ni se eliminen en vertederos o sean incinerados;
40. Pide a la Comisión que proponga medidas de diseño de productos, adaptadas a las diferentes categorías de estos, para que se puedan detectar y eliminar fácilmente las piezas o los componentes que contengan materias primas fundamentales, especialmente procedentes de residuos posconsumo, además de requisitos de diseño ecológico para aumentar considerablemente la longevidad, la durabilidad, la reparabilidad, la modularidad, la reutilización y la reciclabilidad al final de su vida útil de productos que hayan sido fabricados o vendidos en la Unión; subraya que estas medidas deben crear ventajas competitivas para las empresas de la Unión, no deben imponerles una carga financiera desproporcionada y deben impulsar la innovación;
41. Considera que la sustitución resulta útil cuando una materia prima fundamental puede sustituirse por una sustancia abundante, pero que aporta escasos beneficios si el propio sustituto no es sostenible, no contribuye a resolver la cuestión del carácter finito de los recursos, es asimismo fundamental o puede pasar a serlo como consecuencia de dicha sustitución; es consciente de la importancia que tiene mantener la calidad de los productos y su viabilidad económica; pide a la Comisión que fomente e incremente la investigación e innovación sobre sustitutos de materias primas fundamentales para distintos usos;
Abastecimiento procedente de la Unión
42. Señala que, si bien el diseño inteligente del producto, la reutilización de materiales, la sustitución por materiales reciclados y el fomento de la reducción de los materiales y las huellas de consumo pueden redundar en una notable disminución de la demanda primaria y su potencial debe aprovecharse plenamente, hace falta un abastecimiento de materias primas fundamentales responsable y sostenible con una evaluación de impacto previa para mitigar posibles repercusiones sociales y medioambientales cuando el suministro de tales materias no puede mantenerse económicamente viable mediante las medidas mencionadas o pueda dar lugar a unos productos de menor calidad;
43. Subraya que el abastecimiento primario y secundario dentro de la Unión está regulado por las normas medioambientales y sociales más estrictas de todo el mundo, por cuyo cumplimiento deberá velarse debidamente, sostiene miles de puesto de trabajo altamente cualificados y es indispensable para las transiciones ecológica y digital; pide en consecuencia a todos los agentes que promuevan proyectos de abastecimiento responsable y sostenible de materias primas fundamentales en la Unión y la toma de conciencia respecto a la huella ambiental de las importaciones de materias primas fundamentales procedentes de fuera de la Unión; considera que ello debe hacerse mediante un proceso abierto, transparente y con base científica, con la participación de las partes interesadas y las comunidades locales pertinentes;
44. Cree firmemente que un abastecimiento responsable en la Unión solo puede basarse en un diálogo social efectivo que promueva la salud y la seguridad de los trabajadores, que garantice un empleo y unas condiciones de trabajo dignos y que proteja los derechos de los trabajadores promoviendo la igualdad de género; pide a los Estados miembros que garanticen la protección de los trabajadores de este sector con equipos de protección individual adecuados;
45. Toma nota de la oportunidad de desarrollar una cadena de valor de las baterías responsable y sostenible mediante el abastecimiento de materiales de referencia alternativos, como el grafito, el cobalto y el litio, a partir de nuevas instalaciones de la Unión;
46. Constata el plan de la Comisión de desplegar programas de observación de la Tierra y teledetección para la exploración de recursos, el desarrollo de operaciones y la gestión ambiental posterior al cierre de explotaciones; señala que la supervisión reglamentaria durante el servicio puede mejorarse con el uso de métodos de teledetección;
47. Observa que la reorientación hacia la economía circular en muchas industrias y servicios de la Unión requiere capacidades y competencias específicas para garantizar un alto rendimiento medioambiental y la seguridad de los trabajadores, y hace hincapié en el papel específico que desempeñan en esta transición las empresas pioneras, las pymes y las empresas emergentes; observa, además, que el sector minero está cada vez más automatizado, mientras que el reciclado y la remanufactura siguen siendo más intensivos en mano de obra; subraya la importancia que revisten el mantenimiento, el desarrollo y la adquisición de conocimientos y capacidades en los ámbitos de la minería y las tecnologías de transformación en la Unión y asimismo en el reciclado y otras tecnologías pertinentes, en relación con las materias primas fundamentales y con los subproductos, ya que algunas de ellos pueden utilizarse en la fabricación de productos químicos muy avanzados; observa con pesar que las materias primas que se extraen actualmente en Europa suelen exportarse a Asia para su refinado, ya que en la Unión se han perdido los conocimientos especializados y las tecnologías pertinentes, lo que constituye otra forma de dependencia;
48. Pide a la Comisión que exija el uso efectivo de los flujos laterales industriales que contienen materias primas fundamentales; subraya que, especialmente en la industria minera, existe un enorme potencial para la recuperación y la separación de tierras raras;
49. Constata el importante papel de los Estados miembros en el refuerzo del suministro interno sostenible de materias primas fundamentales procedentes de fuentes primarias y secundarias; pide a los Estados miembros que mejoren la oportunidad, previsibilidad, transparencia y sostenibilidad de los procesos de autorización de proyectos de prospección y abastecimiento sin rebajar las normas medioambientales y sociales;
50. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que se aseguren de que el abastecimiento sostenible de materias primas fundamentales se base en un enfoque que equilibre escrupulosamente la creciente necesidad que tiene la Unión de tales materias y de su abastecimiento sostenible con la necesidad de proteger la naturaleza y la biodiversidad;
51. Destaca que una previsibilidad y una eficacia mayores y más flexibles, así como la priorización de factores clave, como el suministro competitivo de energías renovables, de transición e hipocarbónicas, ayudarán a desbloquear las inversiones necesarias;
52. Espera que la Comisión facilite más detalles sobre la puesta en marcha de proyectos de materias primas fundamentales como modelo de negocio alternativo y fuente de empleo regional en la minería del carbón y otras regiones en transición;
Diversificación
53. Insta a la Comisión a que promueva las relaciones con todos los países proveedores de materias primas fundamentales de la Unión y establezca de manera sistemática, estratégica y prudente nuevas asociaciones relativas a las materias primas fundamentales, en cooperación con nuestros aliados cuando ello sea posible, teniendo en cuenta la soberanía de los terceros países sobre sus recursos, con el fin de garantizar que dichas materias se conviertan en una fuente de bienestar para los países en desarrollo, a que promueva la participación de las pymes y a que haga de este empeño un objetivo transversal de sus políticas externas e internas y presente los resultados obtenidos en 2021; celebra los planes de la Comisión de crear asociaciones internacionales firmes y solidarias promoviendo un programa mundial sobre materias primas con el objetivo de que las asociaciones estratégicas de la Unión garanticen tanto la seguridad del suministro como beneficios en términos de desarrollo;
54. Subraya que si el Pacto Verde Europeo se limita a desplazar las emisiones de gases de efecto invernadero de Europa a sus socios comerciales, no tendrá ninguna repercusión en el cambio climático; insta a la Unión, por lo tanto, a impulsar acuerdos multilaterales ejecutables sobre la contención del calentamiento mundial y la exportación de sus normas en materia de medio ambiente, en particular en cuanto al abastecimiento y la transformación; considera que la Unión deberá desarrollar nuevos acuerdos de comercio e inversión, nuevos modelos de asistencia técnica y financiera y, en términos más generales, un nuevo enfoque de la diplomacia internacional encaminado a garantizar unas condiciones de competencia equitativas;
55. Acoge con satisfacción el compromiso de la Unión con un abastecimiento responsable y sostenible y anima a la Comisión a que tome como punto de partida la norma para una minería responsable elaborada por la como la Iniciativa para garantizar la minería responsable (IRMA), teniendo en cuenta las necesidades de las pymes; hace hincapié en la necesidad de que este compromiso esté sustentado por una asistencia técnica específica, la transferencia de conocimiento, la consolidación de competencias, instituciones y marcos jurídicos y un diálogo político y de desarrollo institucional en lo que a los países socios respecta; subraya la necesidad de políticas homogéneas relacionadas con las normas éticas para el abastecimiento de materias primas fundamentales; subraya lo necesario que resulta movilizar a más agentes estatales y privados de modo que se adhieran a las normas de sostenibilidad y las pongan en práctica;
56. Acoge favorablemente el compromiso público de la Comisión de presentar en 2021 una propuesta legislativa en materia de diligencia debida y responsabilidad corporativa de las empresas e insiste en que dicha legislación debe contribuir a abordar violaciones de los derechos humanos y de las normas sociales y medioambientales en las cadenas de valor; recuerda su Resolución con recomendaciones destinadas a la Comisión sobre diligencia debida de las empresas y responsabilidad corporativa;
57. Cree que los acuerdos internacionales deben marcar el camino hacia un abastecimiento más responsable y sostenible a escala global; pide que se refuerce la cooperación al objeto de elaborar acuerdos internacionales para la mejora del seguimiento, la notificación y la aplicación de las restricciones a la exportación de materias primas fundamentales, el fomento del abastecimiento responsable y el incremento de la circularidad en este ámbito;
58. Insiste en la petición que hizo en su Resolución sobre la nueva estrategia UE-África de una explotación justa y sostenible de las materias primas fundamentales en África; respalda los empeños de la Comisión por establecer nuevas asociaciones relativas a dichas materias con países africanos, reforzando la cadena de valor en África para que sea más sostenible desde una perspectiva ética, medioambiental y tecnológica, y por propiciar el apoyo de la UE a la consolidación de capacidades;
59. Pide a la Comisión que refuerce las actividades de normalización en lo que atañe a los componentes de alta calidad relacionados con las materias primas fundamentales en los foros internacionales pertinentes, dado que se trata de un asunto importante para las empresas de la UE, y en particular para las pymes;
60. Pide que se intensifiquen las prácticas agrícolas sostenibles beneficiosas para la gestión sostenible del fósforo; subraya las sinergias de estas prácticas con la reducción de las huellas climática y de biodiversidad;
61. Pide a la Comisión que proponga nuevos sistemas de recogida a escala de la Unión a fin de incrementar los índices de recogida de residuos que contengan materias primas fundamentales; pide, asimismo, a la Comisión que evalúe, entre otras opciones para la ampliación de la responsabilidad del fabricante, la introducción de sistemas de consigna en la legislación de la Unión en materia de residuos, en particular en la Directiva RAEE, teniendo en cuenta las características de los diferentes productos, garantizando al mismo tiempo que los sistemas sean compatibles en todos los Estados miembros, a fin de incentivar a los consumidores a que lleven los aparatos eléctricos y electrónicos que se encuentren al final de su vida útil —en particular, los de pequeño tamaño— a centros específicos de recogida y reciclado, tomando como referencia la experiencia positiva de los sistemas de consigna para el cristal y los plásticos de muchos Estados miembros;
62. lamenta que el bajo nivel de reciclado por lo que respecta a algunos de sus usos[29] y la exportación de residuos y chatarra de aluminio[30] hayan conducido a un índice de aporte al reciclado al final de la vida útil inferior al que se habría podido lograr de otro modo; subraya que, en el caso del aluminio, la Unión debe adoptar medidas para lograr un índice de aporte al reciclado al final de su vida útil del 100 %;
63. Pide a la Comisión que dé prioridad a la extracción de materias primas fundamentales procedentes de minas nacionales existentes —esto es, de residuos mineros, residuos de roca y vertederos y de una minería urbana más eficaz— respecto a minas nuevas, si esto es sostenible, es decir, si son menores las repercusiones medioambientales, incluidas las del uso energético y químico; destaca que esta extracción y la posterior restauración deben llevarse a cabo utilizando las mejores técnicas disponibles y garantizando el mejor rendimiento ecológico y la viabilidad económica;
64. Pide a la Comisión que preste especial atención a la fase posterior a la extracción de los proyectos mineros y al final de la vida útil de las materias primas fundamentales, con arreglo a la jerarquía de residuos que se establece en la Directiva marco sobre residuos, en particular cuando dichas materias primas fundamentales sean también sustancias peligrosas;
65. Considera que los permisos de explotación y las concesiones mineras deben incluir requisitos para la recuperación y la transformación seguras, eficientes y sostenibles de todas las materias primas fundamentales que sean recuperables desde un punto de vista económico y técnico; pide a la Comisión que aplique urgentemente las peticiones del Parlamento, expresadas en su Resolución sobre la aplicación de la Directiva sobre residuos de la minería; reitera que el cuestionario que se utiliza actualmente como sistema de información con arreglo al artículo 18 de la Directiva no cumple su propósito, y pide a la Comisión que cree un sistema de registro de la Unión armonizado, digitalizado y transparente que se base en definiciones y criterios de tratamiento de residuos mineros armonizados e incluya todos los datos pertinentes sobre impacto ambiental, entre ellos las concentraciones de contenido de los depósitos de residuos;
66. Pide a la Comisión que haga más rigurosa la garantía del cumplimiento y vele por la plena aplicación de la legislación vigente de la Unión en materia de medio ambiente y que proponga modificaciones de la legislación cuando sea necesario;
67. Anima a que se lleve a cabo una evaluación exhaustiva de la inclusión del sector minero en el ámbito de aplicación de la Directiva sobre las emisiones industriales, habida cuenta del elevado impacto ambiental de las actividades mineras, el tamaño medio de los proyectos mineros, las diferencias en las normas de gestión de la contaminación aplicadas en las explotaciones mineras de toda la Unión y la posible expansión de las actividades mineras de materias primas fundamentales en la Unión; propone que se determinen las mejores técnicas disponibles para la restauración de minas, en especial por lo que respecta al suelo y el agua;
68. Anima a la Comisión a que revise la Directiva sobre la evaluación de impacto ambiental para garantizar que se lleve a cabo una evaluación de impacto ambiental para proyectos mineros de todos los tamaños y a que dichas evaluaciones sean realizadas por un tercero independiente;
69. Considera que las emisiones asociadas a la actividad minera y a las importaciones de materias primas fundamentales deben estar contempladas por el futuro mecanismo de ajuste en frontera por emisiones de carbono;
70. Considera que la legislación de la Unión y los convenios internacionales deben impedir que se practique la minería en zonas de conservación de la naturaleza, es decir, lugares de la red Natura 2000 y sitios Ramsar, otras zonas de conservación definidas a escala nacional o supranacional (como los lugares declarados Patrimonio Mundial de la Unesco), zonas de conservación de las comunidades locales y los pueblos indígenas, fondos marinos y el Ártico; pide, por tanto, a la Comisión que considere la posibilidad de modificar los artículos pertinentes de las Directivas sobre aves y hábitats para alcanzar este objetivo;
71. Recuerda el compromiso de la Comisión de velar por que no puedan extraerse ni utilizarse minerales de los fondos marinos internacionales antes de que se hayan investigado suficientemente los efectos de las actividades mineras en el entorno marino, la biodiversidad y las actividades humanas, se conozcan los riesgos y pueda demostrarse que las tecnologías y las prácticas operativas no van a producir daños graves para el medio ambiente, en consonancia con el principio de cautela, y pide al Parlamento y al Consejo que asuman el mismo compromiso; alienta a la Comisión a que plasme este compromiso en medidas concretas para proteger estos ecosistemas altamente vulnerables;
72. Pide a la Comisión que estudie opciones legislativas en consonancia con los Convenios de Espoo y Aarhus para garantizar que las autoridades locales adopten y apliquen el derecho de las comunidades locales a una participación efectiva e inclusiva en los procedimientos de autorización de nuevos proyectos de prospección y extracción minera, en todas las fases de los proyectos mineros y cuando se presenten solicitudes de autorización para la ampliación de minas existentes, y que garantice que las comunidades locales tengan derecho a recurrir a mecanismos de recurso eficaces regulados por tribunales independientes y organismos de supervisión exentos de conflictos de intereses;
73. Acoge con satisfacción que la Comunicación de la Comisión sobre la revisión de la política comercial haga hincapié en las materias primas fundamentales; pide una política comercial asertiva que conceda un lugar central a la diversificación y la resiliencia de las cadenas de suministro y conceda la prioridad a la mejora de los mecanismos mundiales y de la Unión para crear un entorno comercial favorable a la industria de la Unión;
74. Subraya que la industria de la Unión se enfrenta a una competencia internacional intensa para acceder a las materias primas y es vulnerable a las medidas de restricción de las exportaciones adoptadas por terceros países; reconoce que un aumento de la demanda mundial es probable que dé lugar a un incremento de los precios y alienta a la Comisión a que presente un análisis a este respecto;
75. Pide a la Comisión que diversifique en la medida de lo posible las fuentes de suministro de materias primas fundamentales, aumente la eficiencia en el uso de los recursos y reduzca la dependencia actual con respecto a unos pocos terceros países apoyando las inversiones en las que participen socios de la Unión y mundiales y pymes como parte de una estrategia internacional de abastecimiento a largo plazo; resalta que este objetivo debe alcanzarse reforzando las asociaciones y los acuerdos comerciales vigentes y celebrando nuevos acuerdos estratégicos u operaciones en común de la Unión con países ricos en recursos y otros países proveedores afines, de conformidad con prioridades claramente definidas; celebra en este sentido el diálogo en curso con Canadá y Chile con vistas a reforzar las relaciones comerciales en el ámbito de las materias primas fundamentales; pide a la Comisión que siga fortaleciendo la cooperación en la próxima Conferencia trilateral UE-EE. UU.-Japón sobre materias primas fundamentales; hace hincapié en la necesidad de una cooperación más estrecha con proveedores internacionales clave en los Balcanes Occidentales, Europa Oriental, América Latina y África, así como con China y otros países en desarrollo del sur del mundo;
76. Resalta que los futuros acuerdos de comercio y asociación de la Unión pueden aportar no solo una mayor seguridad de suministro sino también un marco político y económico fiable y deben incluir disposiciones específicas sobre materias primas fundamentales, como anunció la Comisión en su Estrategia «Comercio para Todos», con el fin de promover la cooperación, garantizar el cumplimiento de los compromisos internacionales, eliminar y evitar las restricciones a la exportación y cumplir las normas en vigor aplicables a las fases previa y posterior al establecimiento de las inversiones extranjeras directas; pide a la Comisión que siga mejorando el seguimiento y la aplicación de los acuerdos de libre comercio, incluidos los capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible, vele por que los socios comerciales establezcan compromisos y obligaciones en materia de abastecimiento responsable de materias primas fundamentales y los cumplan y que se tengan en cuenta las posibles preocupaciones de las comunidades afectadas en relación con las actividades extractivas; resalta que esta debe ser una de las tareas prioritarias del alto responsable de la aplicación de la política comercial;
77. pide a la Comisión que abra un debate en la OMC sobre las limitaciones que imponen los requisitos de contenido local a la expansión de la economía circular, que constituya una asociación más sólida con distintas regiones del mundo, en especial con África, y que garantice que los acuerdos de libre comercio reflejan los objetivos mejorados de la economía circular;
78. Pide que las normas de origen se utilicen de forma más rigurosa para salvaguardar la producción de materias primas y prevenir la elusión por parte de regiones en las que los operadores están sujetos a requisitos menos estrictos en materia de sostenibilidad y subvenciones a la industria; destaca que todas las nuevas actividades de abastecimiento de empresas que operen en el mercado de la Unión deben ser congruentes con el Reglamento sobre los minerales de guerra, a las normas sobre abastecimiento responsable recogidas en la Directiva sobre información no financiera y a las normas internacionales relativas al abastecimiento responsable de productos básicos; se pronuncia a favor de la prohibición de importar materias primas fundamentales relacionadas con violaciones graves de los derechos humanos y de los trabajadores, como el trabajo forzado o el trabajo infantil;
79. Destaca que un sistema comercial multilateral basado en normas que funcione plenamente es clave para garantizar flujos comerciales abiertos y sostenibles de materias primas fundamentales; manifiesta su preocupación por el uso de las restricciones a la exportación de materias primas fundamentales por parte de algunos miembros de la OMC, como China, e insta a todos los miembros a que se abstengan de aplicar estas políticas; pide, por tanto, a la Comisión que utilice los foros internacionales para reducir las restricciones a la exportación de materias primas fundamentales que tienen efectos distorsionadores; reitera su llamamiento a la Comisión, en este sentido, para que redoble sus esfuerzos por lograr una reforma ambiciosa de la Organización Mundial del Comercio a fin de combatir las distorsiones del comercio internacional y las prácticas comerciales desleales, establezca un entorno comercial internacional estable y predecible y garantice una competencia real y eficaz en todo el mundo;
80. Celebra la Declaración conjunta de la reunión trilateral de los ministros de Comercio de los Estados Unidos, Japón y la Comisión y apoya la definición propuesta de subvenciones industriales; celebra que dicha definición vaya más allá de las establecidas en el Acuerdo sobre subvenciones y medidas compensatorias de la OMC y el Reglamento antisubvenciones de la Unión y aporte una definición más amplia de «subvención»; considera que esas medidas son cruciales para igualar las condiciones de competencia internacionales en el ámbito de las materias primas fundamentales, ya que las subvenciones industriales, en particular en China, entrañan una grave amenaza para la industria y los trabajadores de la Unión, dado que distorsionan la competencia internacional;
81. Acoge con satisfacción la iniciativa conjunta de la Unión y de los Estados Unidos de América para abordar el exceso de capacidad global de acero y aluminio y pide medidas integrales e inmediatas para pedir cuentas a países como China, que apoyan políticas que distorsionan el comercio; recuerda, no obstante, a la Comisión que por el momento siguen en vigor los aranceles estadounidenses de la Sección 232 y que esta cuestión debe resolverse con urgencia;
82. Manifiesta su acuerdo con la afirmación de la Comisión de que el desplazamiento de los pagos de la Unión por la importación de materias primas fundamentales de otras divisas internacionales hacia el euro tendría algunas ventajas, como la reducción de la volatilidad de los precios, y contribuiría a reducir la dependencia de los mercados de financiación en dólares que presentan los importadores de la Unión y los exportadores de terceros países;
°
° °
83. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.
OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE, SALUD PÚBLICA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA (30.6.2021)
para la Comisión de Industria, Investigación y Energía
sobre una estrategia europea para las materias primas fundamentales
Ponente de opinión: Sara Matthieu
(*) Comisión asociada – artículo 57 del Reglamento interno
SUGERENCIAS
La Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria pide a la Comisión de Industria, Investigación y Energía, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de Resolución que apruebe:
A. Considerando que se prevé que el uso mundial de materiales se duplique de 79 Gt en 2011 a 167 Gt en 2060; que se prevé que el uso mundial de metales aumente de 8 000 millones a 20 000 millones de toneladas en 2060 (+150 %); que las previsiones de la Comisión Europea y de la OCDE indican que la transición hacia economías digitales, energéticamente eficientes y climáticamente neutras conducirá a una mayor demanda de materias primas fundamentales y materias primarias;
B. Considerando que la mitad de las emisiones totales de gases de efecto invernadero proceden de la extracción y la transformación de recursos[31] y el 2 % del sector minero[32]; que la extracción y la transformación de recursos naturales en todos los sectores son responsables de más del 90 % de la pérdida de biodiversidad y del estrés hídrico[33]; que la extracción y el uso de metales tienen una gran variedad de consecuencias en términos de contaminación, incluidos efectos tóxicos en los seres humanos y los ecosistemas, como la mala calidad del aire, suelos contaminados, la deforestación y la pérdida de hábitats[34]; que en torno al 10 % de la energía primaria mundial se dedica a extraer, transportar y refinar los recursos metálicos de todos los sectores; que se prevé que la proporción relativa de la energía primaria mundial empleada para los metales aumente en un 40 % de aquí a 2030[35];
C. Considerando que las materias primas fundamentales no son recursos renovables; que es probable que el aumento del uso de materiales, sumado a las consecuencias medioambientales de la extracción, la transformación y los residuos de materiales, incremente la presión sobre las fuentes de recursos de nuestras economías[36];
D. Considerando que la extracción de materias primas del fondo marino ejerce presión sobre la vida marina de toda Europa, incluidos las especies y los hábitats, y se suma a los efectos acumulativos que reducen la resiliencia global de los ecosistemas marinos[37]; que es poco probable que el objetivo de lograr un buen estado medioambiental de las aguas marinas europeas se alcance a más tardar en 2020[38]; que, a escala mundial, los océanos, los mares y los recursos marinos se ven cada vez más amenazados, degradados o destruidos por las actividades humanas;
E. Considerando que las explotaciones mineras dan lugar a múltiples riesgos de contaminación de las aguas superficiales y subterráneas; que esa contaminación provoca la intoxicación, incluso la destrucción, de fauna acuática situada a una gran distancia de las explotaciones mineras; que dicha contaminación repercute en los animales terrestres que abrevan en esas aguas y en el crecimiento de las plantas; que la población ribereña se ve expuesta a la intoxicación por el consumo de aguas contaminadas y de vegetales y animales que han consumido esas aguas;
F. Considerando que la prospección sísmica y las perforaciones submarinas generan una importante contaminación acústica en los océanos y que muchos animales marinos se ven directamente afectados, en ocasiones de forma letal, por esta contaminación;
G. Considerando que, en la actualidad, una cantidad significativa de materias primas fundamentales procede de países con normas sociales y medioambientales menos estrictas que las de la Unión o es transformada en dichos países;
H. Considerando que es necesario garantizar un abastecimiento sostenible y ético de materias primas, también de materias primas fundamentales, a fin de contar con los metales y minerales necesarios para las tecnologías que requiere el Pacto Verde Europeo;
I. Considerando que solo unos pocos metales se reciclan relativamente bien y que la mayoría no se reciclan adecuadamente, en particular los metales de tierras raras; que los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) constituyen uno de los flujos de reciclado que aumenta más rápidamente y que en la actualidad menos del 40 % de dichos residuos se recicla en la Unión; que un incremento de las minas urbanas contribuiría a limitar la dependencia de proveedores extranjeros y a reducir los daños causados al medio ambiente; que los RAEE presentan importantes riesgos para la salud y la seguridad si no son bien gestionados por las empresas de la cadena de valor, ya que contienen una mezcla compleja de materiales, algunos de los cuales son peligrosos; que a menudo falta información sobre el potencial de recuperación y reciclado de cada materia prima fundamental;
J. Considerando que hasta el 90 % de los residuos electrónicos del mundo son comercializados ilegalmente o se depositan en vertederos[39], y que miles de toneladas de residuos electrónicos se declaran falsamente como artículos de segunda mano; que, según se estima, cada año se exportan 352 474 toneladas métricas de residuos electrónicos de los países de la Unión a países del Sur, donde las normas sociales, sanitarias y de seguridad son menos rigurosas que las vigentes en la Unión[40];
1. Recuerda que, en su Resolución del Parlamento Europeo, de 10 de febrero de 2021, sobre el nuevo Plan de acción para la economía circular de base científica, pedía objetivos vinculantes de la Unión para 2030, con el fin de reducir significativamente la huella de materiales y consumo de la Unión, que deben situarse dentro de los límites planetarios de aquí a 2050, utilizando los indicadores que deben adoptarse a más tardar a finales de 2021 como parte del marco de seguimiento actualizado;
2. Pide a la Comisión que incluya todas las opciones posibles para minimizar el consumo de recursos en sus hipótesis de demanda de materias primas fundamentales;
3. Destaca la necesidad de fomentar la reducción de las huellas de materiales y consumo a fin de disminuir la presión sobre las cadenas de suministro de materias primas fundamentales; subraya que esto también es fundamental para minimizar el incremento de la demanda de materias primas fundamentales procedentes de tecnologías ecológicas, facilitando la aplicación del Pacto Verde y la transición a una economía climáticamente neutra; pide a la Comisión que haga de la transición hacia una economía circular una prioridad, reduciendo la dependencia de las importaciones de la Unión, mejorando la eficiencia de los recursos, optimizando el consumo de recursos y manteniendo y reutilizando materias primas valiosas dentro de la Unión;
4. Considera que la sustitución de una materia prima fundamental por otra no fundamental que ofrezca un rendimiento similar es una manera importante de reducir la dependencia de las materias primas fundamentales de terceros países; pide a la Comisión y a los Estados miembros que garanticen el apoyo y los incentivos a largo plazo para la investigación y el desarrollo en este ámbito; señala, sin embargo, los límites de la sustitución en la medida en que significa el traspaso de la demanda a otros metales, dejando sin abordar la cuestión de la presión sobre los metales y el carácter finito de los recursos;
5. Observa que no existe ningún sustituto para determinadas materias primas fundamentales, como el fósforo; señala, asimismo, que, aunque la fosforita ya figuraba en la segunda lista de materias primas fundamentales de 2014 porque la Unión tiene una gran dependencia de ella, no se ha introducido ninguna medida estructural concreta para mejorar la eficiencia del uso del fósforo en la agricultura europea, un sector que emplea el 95 % del fósforo de la Unión; subraya que el balance negativo de fósforo en la agricultura debe abordarse aumentando el uso de materiales reciclados que contengan fósforo, en lugar de mediante el abastecimiento de fosforita, y que se necesitan más iniciativas para mejorar la circularidad del fósforo; pide que se intensifiquen las prácticas agrícolas sostenibles que sean beneficiosas para la gestión sostenible del fósforo; subraya las sinergias de estas prácticas con la reducción de las huellas climática y de biodiversidad;
6. Pide a la Comisión que proponga medidas de diseño de productos, adaptadas a las diferentes categorías de estos, para que se puedan detectar y eliminar fácilmente las piezas o los componentes que contengan materias primas fundamentales, especialmente procedentes de residuos posconsumo, además de requisitos de diseño ecológico para aumentar considerablemente la longevidad, la durabilidad, la reparabilidad, la modularidad, la reutilización y la reciclabilidad al final de su vida útil de productos que hayan sido fabricados o vendidos en la Unión;
7. Reitera su llamamiento, expresado en su Resolución, de 10 de febrero de 2021, sobre el nuevo Plan de acción para la economía circular, en favor de un etiquetado claro y armonizado en materia de durabilidad y reparabilidad de los productos que adopte la forma de un índice de reparación; pide a la Comisión que valore asimismo la posible adopción de un índice de reciclabilidad para todos los productos eléctricos y electrónicos que hayan sido fabricados o vendidos en la Unión, análogo a la etiqueta energética de la Unión;
8. Reitera el potencial por lo que respecta a la economía circular del uso optimizado de productos y servicios; pide a la Comisión y a los Estados miembros que apoyen nuevos modelos empresariales sostenibles y circulares en la nueva iniciativa sobre productos sostenibles, incluido el «producto como servicio», siempre que ahorren recursos, reduzcan el impacto ambiental y garanticen la protección de los consumidores; pide, asimismo, a la Comisión y a los Estados miembros que faciliten estos enfoques mediante marcos reglamentarios favorables;
9. Pide a la Comisión que proponga nuevos sistemas de recogida a escala de la Unión a fin de incrementar los índices de recogida de residuos que contengan materias primas fundamentales; pide, asimismo, a la Comisión que evalúe, entre otras opciones para la ampliación de la responsabilidad del fabricante, la introducción de sistemas de consigna en la legislación de la Unión en materia de residuos, en particular en la Directiva 2012/19/UE, teniendo en cuenta las características de los diferentes productos, garantizando al mismo tiempo que los sistemas sean compatibles en todos los Estados miembros, a fin de incentivar a los consumidores a que lleven los aparatos eléctricos y electrónicos que se encuentren al final de su vida útil —en particular, los de pequeño tamaño— a centros específicos de recogida y reciclado, tomando como referencia la experiencia positiva de los sistemas de consigna para el cristal y los plásticos de muchos Estados miembros;
10. Pide a la Comisión que proponga objetivos ambiciosos respecto al contenido mínimo de materias primas fundamentales recicladas y objetivos específicos en relación con el reciclado de materias primas fundamentales, determinados para cada categoría de producto, acompañados de un marco de seguimiento sólido, inspirándose en la propuesta de Reglamento relativo a las pilas y baterías y sus residuos (COM(2020)0798); pide a la Comisión que presente, en particular, propuestas legislativas basadas en una evaluación de impacto exhaustiva para sustituir gradualmente los objetivos de reciclado basados en los insumos de la Directiva sobre RAEE por objetivos de reciclado basados en los materiales resultantes para diferentes categorías de productos, con el fin de aumentar la recuperación de materias primas fundamentales procedentes de RAEE; celebra la evaluación en curso de la Comisión sobre posibles mejoras de las normas de reciclado de la Unión para los aparatos eléctricos y electrónicos, con miras a incrementar la recuperación y el reciclado de su contenido de materias primas fundamentales;
11. Pide a la Comisión que garantice la coherencia entre la estrategia de la Unión sobre materias primas fundamentales y la estrategia de sostenibilidad para las sustancias químicas, incluidas medidas eficaces de gestión de riesgos para garantizar el uso seguro y el reciclado de metales esenciales para los que no existen sustitutos viables desde el punto de vista técnico o económico;
12. Pide normas mínimas de tratamiento obligatorias sobre la eficiencia de los procesos, el rendimiento medioambiental y la seguridad para los talleres de reparación y los responsables del reciclado de grupos de productos clave, teniendo en cuenta la exposición de los trabajadores a los materiales tóxicos y radiactivos que contienen los RAEE; subraya la importancia de equipar a los trabajadores de las instalaciones de reparación y reciclado con equipos de protección individual, también en el sector informal de la reparación y del reciclado; reitera, a este respecto, la posición del Parlamento sobre la cuarta propuesta de modificación de la Directiva sobre carcinógenos y mutágenos;
13. Destaca que la lista de materias primas fundamentales de 2020 incorpora la bauxita, que puede refinarse en aluminio; señala que, si bien la bauxita no es reciclable, ya que se consume en todos sus usos, el aluminio se puede reciclar de forma ilimitada y sin menoscabo de su calidad; lamenta que el bajo nivel de reciclado por lo que respecta a algunos de sus usos[41] y la exportación de residuos y chatarra de aluminio[42] hayan conducido a un índice de aporte al reciclado al final de la vida útil inferior al que se habría podido lograr de otro modo; subraya que, en el caso del aluminio, la Unión debe adoptar medidas para lograr un índice de aporte al reciclado al final de su vida útil del 100 %;
14. Recuerda la petición efectuada en su Resolución, de 10 de febrero de 2021, sobre el nuevo Plan de acción para la economía circular de que se revise la Reglamento relativo a los traslados de residuos; pide a la Comisión que, a la hora de revisar el Reglamento relativo a los traslados de residuos, establezca requisitos que solo permitan la exportación de residuos, en particular de los que contengan materias primas fundamentales, si se garantiza que serán tratados con arreglo a normas sociales y medioambientales equivalentes a las aplicadas en la Unión; pide una aplicación y una vigilancia del mercado más estrictas para evitar la exportación ilegal de residuos que contengan materias primas fundamentales; insta a la Comisión a que, como parte de la próxima revisión del Reglamento sobre el traslado de residuos y del Reglamento relativo al reciclado de buques en 2023, garantice que las materias primas fundamentales procedentes de buques marítimos destinados al desguace no salgan de la Unión Europea como residuos;
15. Destaca que la creación de un mercado de materias primas secundarias que funcione correctamente reviste una importancia crítica; pide a la Comisión, a este respecto, que establezca con prontitud un observatorio del mercado de materias primas secundarias clave, incluidas las materias primas fundamentales;
16. Señala que, dado que el principal objetivo de la resiliencia de las materias primas fundamentales es trazar el camino hacia un mayor grado de seguridad y sostenibilidad, su ámbito de aplicación debe ampliarse a todas las materias primas, incluidas las secundarias, que constituyen una parte estratégicamente importante de las cadenas de valor clave;
17. Reconoce la necesidad de que los trabajadores mejoren sus capacidades y se reciclen profesionalmente para fomentar la transición de las capacidades no ecológicas a las ecológicas; observa que la reorientación hacia la economía circular en muchas industrias y servicios de la Unión requiere capacidades y competencias específicas para garantizar un alto rendimiento medioambiental y la seguridad de los trabajadores, y hace hincapié en el papel específico que desempeñan a este respecto las empresas pioneras, las pymes y las empresas emergentes; pide a la Comisión que reconozca este papel en las actualizaciones de la estrategia industrial para Europa y la estrategia para las pymes; pide, además, a la Comisión que incluya como prioridad en la Agenda de Capacidades de la Unión y en los programas de financiación de la Unión programas de formación y reciclaje profesional para la economía circular; pide, asimismo, a la Comisión que garantice fondos suficientes para el reciclaje profesional y que aborde las repercusiones sociales, laborales, económicas y medioambientales de esta transición en las antiguas zonas mineras;
18. Pide a la Comisión que aplique normas rigurosas sobre divulgación pública, transparencia e información a las industrias extractivas;
19. Hace hincapié en que debe garantizarse a las víctimas de daños económicos, medioambientales y sanitarios derivados de las actividades de minería y transformación de materias primas fundamentales el acceso efectivo a vías de reparación jurídica; recuerda, a este respecto, su Resolución de 10 de marzo de 2021, que contiene recomendaciones a la Comisión sobre la diligencia debida de las empresas y la responsabilidad corporativa; pide a la Comisión que preste especial atención al abastecimiento social y medioambientalmente responsable de todas las materias primas fundamentales, ya sean de dentro o de fuera de la Unión, y a su trazabilidad a lo largo de todo su ciclo de vida; subraya la importancia de tener en cuenta en este proceso las necesidades de los operadores de las últimas fases de las cadenas de suministro y de las pymes de la Unión; pide a la Comisión, por tanto, que preste especial atención al sector minero en la futura legislación vinculante en materia de diligencia debida, dado su considerable impacto en el medio ambiente;
20. Celebra, en este sentido, la plena aplicabilidad desde el 1 de enero de 2021 del Reglamento (UE) 2017/821 sobre minerales de zonas de conflicto; opina, no obstante, que este Reglamento debe ser más ambicioso tanto por lo que respecta a los minerales que contempla como en lo relativo a las obligaciones que impone, y pide a la Comisión que lo revise de aquí a 2023;
21. Pide a la Comisión que haga un seguimiento estrecho del continuo reto que representan las restricciones a la exportación aplicadas por terceros países y que encuentre una solución al respecto; pide, asimismo, a la Comisión que haga también un seguimiento del modo en que terceros países compran las exportaciones de materias primas fundamentales y limitan las posibilidades de la Unión de diversificar sus fuentes de abastecimiento; reitera la necesidad de utilizar al máximo las normas de comercio actuales estableciendo un mecanismo de seguimiento de las restricciones a la exportación de materias primas fundamentales como herramienta política en el marco de negociaciones bilaterales y multilaterales e impulsando un diálogo sobre su uso;
22. Pide a la Comisión que desarrolle programas de investigación que contribuyan a mitigar la inseguridad del abastecimiento, dado que las materias primas fundamentales se emplean directamente en los sectores aeroespacial y de defensa y desempeñan un papel crucial en el desarrollo de capacidades de defensa clave;
23. Pide a la Comisión que tome debidamente en cuenta todas las externalidades medioambientales en la extracción y la transformación en su análisis de riesgos en el suministro a la hora de elaborar la lista de materias primas fundamentales;
24. Acoge con satisfacción la ambición de liderar a nivel mundial la producción sostenible de materias primas; resalta que ello requiere coherencia entre todas las iniciativas políticas pertinentes y la legislación de la Unión;
25. Pide a la Comisión y a la alianza europea sobre materias primas que den prioridad a la extracción de materias primas fundamentales procedentes de minas nacionales existentes —esto es, de residuos mineros, residuos de roca, vertederos y una minería urbana más eficaz— respecto a minas nuevas, si esto es sostenible, es decir, si las repercusiones medioambientales, incluido el uso energético y químico, son menores; destaca que esta extracción y la posterior restauración deben llevarse a cabo utilizando las mejores técnicas disponibles, garantizando el mejor rendimiento ecológico y la viabilidad económica;
26. Pide a la Comisión que preste especial atención a la fase posterior a la extracción de los proyectos mineros y al final de la vida útil de las materias primas fundamentales, con arreglo a la jerarquía de residuos que se establece en la Directiva marco sobre residuos, en particular cuando dichas materias primas fundamentales sean también sustancias peligrosas;
27. Considera que los permisos de explotación y las concesiones mineras deben incluir requisitos para la recuperación y la transformación seguras, eficientes y sostenibles de todas las materias primas fundamentales que sean recuperables desde un punto de vista económico y técnico; pide a la Comisión que aplique urgentemente las peticiones del Parlamento, expresadas en su Resolución, de 27 de abril de 2017, sobre la aplicación de la Directiva sobre residuos de la minería; reitera que el cuestionario que se utiliza actualmente como sistema de información con arreglo al artículo 18 de la Directiva no cumple su propósito; pide a la Comisión que cree un sistema de registro de la Unión armonizado, digitalizado y transparente que se base en definiciones y criterios de tratamiento de residuos mineros armonizados e incluya todos los datos pertinentes sobre impacto ambiental, entre ellos las concentraciones de contenido de los depósitos de residuos;
28. Pide a la Comisión que fije umbrales máximos de concentración de azufre y metales pesados en las instalaciones de residuos a fin de mejorar la recuperación de materias primas fundamentales de los residuos mineros y reducir el riesgo de drenaje ácido y contaminación, garantizando que se conceda un plazo de tiempo suficiente para la adaptación a estos nuevos umbrales;
29. Pide a la Comisión que estudie la posibilidad de integrar el nuevo programa medioambiental de Naciones Unidas denominado «Estándar Global de Gestión de Relaves para la Industria Minera» en el Derecho de la Unión y desarrollarlo más, y que fomente su adopción en las cadenas de valor de las empresas importadoras y usuarias de materias primas fundamentales que operan en el mercado interior;
30. Considera que, si bien, por razones estratégicas, deben fomentarse las materias primas fundamentales nacionales respecto a las importadas, a la luz de los objetivos del Pacto Verde Europeo y, en particular, de la Estrategia sobre Biodiversidad y del Plan de acción «contaminación cero», debe garantizarse que la legislación medioambiental de la Unión se asegure de que la minería en su territorio tenga un impacto ambiental mínimo y de que las posibles nuevas actividades mineras en Europa necesarias para el Pacto Verde no se limiten a trasladar las emisiones de gases de efecto invernadero y el impacto ambiental de la Unión a otras partes de la economía;
31. Pide a la Comisión que haga más rigurosa la garantía del cumplimiento y vele por la plena aplicación de la legislación vigente de la Unión en materia de medio ambiente y que proponga modificaciones de la legislación cuando sea necesario;
32. Anima a que se lleve a cabo una evaluación exhaustiva de la inclusión del sector minero en el ámbito de aplicación de la Directiva sobre las emisiones industriales, teniendo en cuenta el elevado impacto ambiental de las actividades mineras, el tamaño medio de los proyectos mineros, las diferencias en las normas de gestión de la contaminación aplicadas en las explotaciones mineras de toda Europa y la posible expansión de las actividades mineras de materias primas fundamentales en Europa; aboga por una evaluación exhaustiva de la inclusión del sector minero en el ámbito de aplicación de la Directiva sobre las emisiones industriales; propone que se determinen las mejores técnicas disponibles para la restauración de minas, en especial por lo que respecta al suelo y el agua;
33. Anima a la Comisión a que revise la Directiva sobre la evaluación de impacto ambiental para garantizar que se lleve a cabo una evaluación de impacto ambiental para proyectos mineros de todos los tamaños y a que dicha evaluación sea realizada por un tercero independiente;
34. Pide a la Comisión que proponga criterios de sostenibilidad rigurosos y con base científica para definir lo que constituye una inversión sostenible en el sector minero en el marco del Reglamento sobre taxonomía; destaca que todas las subvenciones relacionadas con las materias primas fundamentales deben respetar el principio de «no ocasionar daños», en consonancia con los compromisos del Pacto Verde Europeo;
35. Subraya la necesidad de desarrollar urgentemente proyectos de investigación e innovación del programa Horizonte Europa sobre el tratamiento, el reciclado, la renovación y la remanufacturación de residuos, los materiales avanzados y la sustitución y los procesos para la extracción y la transformación de materias primas fundamentales, también a partir de residuos mineros, relaves y flujos complejos, con el fin de reducir significativamente el impacto medioambiental y mejorar el rendimiento climático;
36. Considera que las emisiones asociadas a la actividad minera y a las importaciones de materias primas fundamentales deben estar contempladas por el futuro mecanismo de ajuste en frontera por emisiones de carbono;
37. Considera que las medidas para acelerar y facilitar proyectos mineros en el marco del Programa de Mejora de la Legislación no deben perjudicar en ningún caso el medio ambiente o la protección social y han de garantizar la participación pública;
38. Considera que la legislación de la Unión y los convenios internacionales deben impedir que se practique la minería en zonas de conservación de la naturaleza, es decir, lugares de la red Natura 2000 y sitios Ramsar, otras zonas de conservación definidas a escala nacional o supranacional (como los lugares declarados Patrimonio Mundial de la Unesco), zonas de conservación de las comunidades locales y los pueblos indígenas, fondos marinos y el Ártico; pide, por tanto, a la Comisión que considere la posibilidad de modificar los artículos pertinentes de las Directivas sobre aves y hábitats para alcanzar este objetivo;
39. Recuerda el compromiso de la Comisión de que no puedan extraerse ni utilizarse minerales de los fondos marinos internacionales antes de que se hayan investigado suficientemente los efectos de las actividades mineras en el entorno marino, la biodiversidad y las actividades humanas, se conozcan los riesgos y pueda demostrarse que las tecnologías y las prácticas operativas no van a producir daños graves para el medio ambiente, en consonancia con el principio de cautela y los llamamientos del Parlamento y del Consejo al respecto; alienta a la Comisión a que plasme este compromiso en medidas concretas para proteger estos ecosistemas altamente vulnerables;
40. Pide a la Comisión que estudie opciones legislativas en consonancia con los Convenios de Espoo y Aarhus para garantizar que las autoridades locales adopten y apliquen el derecho de las comunidades locales a una participación efectiva e inclusiva en los procedimientos de autorización de nuevos proyectos de prospección y extracción minera, en todas las fases de los proyectos mineros y cuando se presenten solicitudes de autorización para la ampliación de minas existentes, y que garantice que las comunidades locales tengan derecho a recurrir a mecanismos de recurso eficaces regulados por tribunales independientes y organismos de supervisión exentos de conflictos de intereses.
INFORMACIÓN SOBRE LA APROBACIÓN EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN
Fecha de aprobación |
29.6.2021 |
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Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
45 7 24 |
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Miembros presentes en la votación final |
Bartosz Arłukowicz, Margrete Auken, Simona Baldassarre, Marek Paweł Balt, Traian Băsescu, Aurélia Beigneux, Monika Beňová, Sergio Berlato, Alexander Bernhuber, Simona Bonafè, Delara Burkhardt, Pascal Canfin, Sara Cerdas, Mohammed Chahim, Tudor Ciuhodaru, Nathalie Colin-Oesterlé, Esther de Lange, Christian Doleschal, Marco Dreosto, Cyrus Engerer, Eleonora Evi, Agnès Evren, Pietro Fiocchi, Andreas Glück, Catherine Griset, Jytte Guteland, Teuvo Hakkarainen, Martin Hojsík, Pär Holmgren, Jan Huitema, Yannick Jadot, Adam Jarubas, Petros Kokkalis, Ewa Kopacz, Joanna Kopcińska, Ryszard Antoni Legutko, Peter Liese, Javi López, César Luena, Fulvio Martusciello, Liudas Mažylis, Tilly Metz, Silvia Modig, Dolors Montserrat, Alessandra Moretti, Dan-Ştefan Motreanu, Ville Niinistö, Ljudmila Novak, Jutta Paulus, Stanislav Polčák, Jessica Polfjärd, Frédérique Ries, María Soraya Rodríguez Ramos, Sándor Rónai, Rob Rooken, Silvia Sardone, Christine Schneider, Günther Sidl, Ivan Vilibor Sinčić, Linea Søgaard-Lidell, Maria Spyraki, Nicolae Ştefănuță, Nils Torvalds, Véronique Trillet-Lenoir, Petar Vitanov, Alexandr Vondra, Mick Wallace, Pernille Weiss, Emma Wiesner, Michal Wiezik, Tiemo Wölken, Anna Zalewska |
|||
Suplentes presentes en la votación final |
Manuel Bompard, Annika Bruna, Kateřina Konečná, Sara Matthieu |
VOTACIÓN FINAL NOMINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN
45 |
+ |
ID |
Aurélia Beigneux, Annika Bruna, Catherine Griset |
NI |
Ivan Vilibor Sinčić |
PPE |
Stanislav Polčák, Michal Wiezik |
Renew |
Pascal Canfin, Martin Hojsík, Jan Huitema, Frédérique Ries, María Soraya Rodríguez Ramos, Nicolae Ştefănuță, Linea Søgaard-Lidell, Nils Torvalds, Véronique Trillet-Lenoir, Emma Wiesner |
S&D |
Marek Paweł Balt, Monika Beňová, Simona Bonafè, Delara Burkhardt, Sara Cerdas, Mohammed Chahim, Tudor Ciuhodaru, Cyrus Engerer, Jytte Guteland, Javi López, César Luena, Alessandra Moretti, Sándor Rónai, Günther Sidl, Petar Vitanov, Tiemo Wölken |
The Left |
Manuel Bompard, Petros Kokkalis, Kateřina Konečná, Silvia Modig, Mick Wallace |
Verts/ALE |
Margrete Auken, Eleonora Evi, Pär Holmgren, Yannick Jadot, Sara Matthieu, Tilly Metz, Ville Niinistö, Jutta Paulus |
7 |
- |
ECR |
Sergio Berlato, Pietro Fiocchi, Joanna Kopcińska, Ryszard Antoni Legutko, Rob Rooken, Alexandr Vondra, Anna Zalewska |
24 |
0 |
ID |
Simona Baldassarre, Marco Dreosto, Teuvo Hakkarainen, Silvia Sardone |
PPE |
Bartosz Arłukowicz, Traian Băsescu, Alexander Bernhuber, Nathalie ColinOesterlé, Christian Doleschal, Agnès Evren, Adam Jarubas, Ewa Kopacz, Esther de Lange, Peter Liese, Fulvio Martusciello, Liudas Mažylis, Dolors Montserrat, Dan-Ştefan Motreanu, Ljudmila Novak, Jessica Polfjärd, Christine Schneider, Maria Spyraki, Pernille Weiss |
Renew |
Andreas Glück |
Explicación de los signos utilizados
+ : a favor
- : en contra
0 : abstenciones
OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE COMERCIO INTERNACIONAL (14.7.2021)
para la Comisión de Industria, Investigación y Energía
sobre una estrategia europea para las materias primas fundamentales
Ponente de opinión (*): Roman Haider
(*) Comisión asociada – artículo 57 del Reglamento interno
SUGERENCIAS
La Comisión de Comercio Internacional pide a la Comisión de Industria, Investigación y Energía, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de Resolución que apruebe:
1. Acoge con satisfacción el nuevo Plan de acción de la Unión sobre las materias primas fundamentales, la creación de la alianza europea sobre materias primas y que la Comunicación de la Comisión sobre la revisión de la política comercial haga hincapié en las materias primas fundamentales; pide una política comercial asertiva que conceda un lugar central a la diversificación y la resiliencia de las cadenas de suministro y conceda la prioridad a la mejora de los mecanismos mundiales y de la Unión para crear un entorno comercial favorable a la industria europea;
2. Destaca que la política comercial de la Unión desempeña un papel clave en la mejora del acceso de la Unión a las materias primas fundamentales, incluidos los metales básicos, los minerales industriales, los agregados y los materiales bióticos, al mismo tiempo que promueve normas sostenibles, la buena gobernanza y el abastecimiento responsable; señala que la lista revisada de 2020 contiene treinta materias primas fundamentales, cuatro de ellas incluidas recientemente; observa, además, que las crecientes tensiones entre las grandes potencias han puesto de manifiesto vulnerabilidades estratégicas de la Unión, en particular en lo que se refiere a la garantía de recursos clave, incluidas materias primas fundamentales y materias transformadas, que son fundamentales y necesarias para cumplir el Pacto Verde y garantizar la transformación digital de la economía de la Unión; señala que el seguimiento de las dependencias de productos básicos y un acceso seguro a las materias primas fundamentales pueden garantizar una mayor resiliencia de las cadenas de suministro sostenibles; señala que este elemento debe ser uno de los elementos clave de la aplicación de la autonomía estratégica abierta de la Unión;
3. Celebra la publicación de la actualización de la nueva estrategia industrial[43] y el llamamiento que en ella se hace en favor del refuerzo de la autonomía estratégica abierta de Europa y de entablar nuevas asociaciones con la industria y socios internacionales afines; acoge con satisfacción el trabajo en curso de la Comisión sobre las cadenas de suministro críticas y subraya la importancia de armonizar sus diferentes estrategias y políticas; resalta los riesgos que corren las cadenas de suministro críticas que ha puesto de manifiesto la crisis de la COVID-19 y pide a la Comisión que adopte una estrategia de la Unión en materia de resiliencia y sostenibilidad de la cadena de suministro como continuación de la estrategia industrial de la Unión, que defina cadenas de suministro basadas en materias primas fundamentales cuya resiliencia y sostenibilidad puedan incrementarse mediante la diversificación del suministro, la relocalización de las instalaciones de transformación y extracción y, si procede, el almacenamiento de reservas; apoya la inclusión de las disposiciones en materia de notificación necesarias para efectuar ese análisis en el contexto de la Directiva sobre divulgación de información corporativa en materia de sostenibilidad;
4. Pide a este respecto una mayor cooperación de los inversores y de todas las partes interesadas pertinentes, incluidos los agentes industriales en toda la cadena de valor, los Estados miembros y las regiones, los sindicatos, la sociedad civil, organizaciones de investigación y tecnología, inversores y ONG en los sectores de la economía de la Unión más afectados por los cuellos de botella en el suministro de materias primas fundamentales, ya sea utilizando el marco que brinda la alianza europea sobre materias primas o constituyendo alianzas sectoriales específicas de la industria y las partes interesadas para atajar situaciones de escasez de suministro de materias primas fundamentales; considera que esta cooperación debe tener por objetivo analizar los cuellos de botella de la cadena de suministro, el papel que podría desempeñar la reserva estratégica de recursos fundamentales para poner remedio a estas vulnerabilidades y la financiación de la investigación relativa a la exploración de nuevos lugares y tecnologías de abastecimiento;
5. Considera importante ampliar el alcance de la estrategia europea para las materias primas fundamentales, cuyo objetivo último es trazar la senda hacia una mayor seguridad y sostenibilidad; pone de relieve que este esfuerzo por lograr una mayor resiliencia debe incluir y abordar no solo las materias primas fundamentales sino todas las materias primas, incluidas las secundarias, que son una parte estratégica de las cadenas de valor clave;
6. Observa con preocupación que, según cálculos de la Agencia Internacional de la Energía realizados en 2021, las necesidades globales de minerales fundamentales del sector de la energía podrían aumentar drásticamente y multiplicarse por seis en el horizonte 2040 debido a su uso en baterías, tecnologías de energía renovable e infraestructuras de red[44], y expresa su convencimiento de que la dependencia significativa de la Unión en relación con las importaciones de materias primas fundamentales, incluida una dependencia del 100 % en el caso de algunos metales especializados y tierras raras, menoscaba su autonomía estratégica y sus objetivos geopolíticos; resalta que, dado que los planes de suministro e inversión de la Unión en relación con muchas de las materias primas fundamentales no cubren las necesidades para satisfacer la demanda interna y que los precios de las materias primas fundamentales se fijan a escala mundial, la industria de la Unión se enfrenta a una competencia internacional intensa para acceder a las materias primas y es vulnerable a las medidas de restricción de las exportaciones adoptadas por terceros países; reconoce que un aumento de la demanda mundial es probable que dé lugar a un incremento de los precios y alienta a la Comisión a que presente un análisis a este respecto; considera que dicho análisis debe completarse con una estrategia de comunicación firme, que explique a los ciudadanos las posibles compensaciones;
7. Pide, por tanto, a la Comisión que, además de reforzar el abastecimiento de materias primas en su seno, diversifique en la medida de lo posible las fuentes de suministro de materias primas fundamentales, aumente la eficiencia en el uso de los recursos y reduzca la dependencia actual con respecto a unos pocos terceros países desarrollando no solo las capacidades mineras sino también las instalaciones de transformación, refinado y reciclado y apoyando las inversiones en las que participen socios europeos y mundiales y pymes como parte de una estrategia internacional de abastecimiento a largo plazo; resalta que este objetivo debe alcanzarse reforzando las asociaciones y los acuerdos comerciales vigentes y celebrando nuevos acuerdos estratégicos u operaciones en común de la Unión con países ricos en recursos y otros países proveedores afines, de conformidad con prioridades claramente definidas; celebra en este sentido el diálogo en curso con Canadá, Australia y Chile con vistas a reforzar las relaciones comerciales en el ámbito de las materias primas fundamentales; pide a la Comisión que siga fortaleciendo la cooperación en el marco de la Conferencia trilateral UE-EE.UU.-Japón sobre materias primas fundamentales; hace hincapié en la necesidad de una cooperación más estrecha con proveedores internacionales clave en los Balcanes Occidentales, Europa Oriental, América Latina y África, así como con China y otros países en desarrollo del Sur Global;
8. Hace hincapié en que la extracción de materias primas en muchos casos es perjudicial para el medio ambiente; considera, por tanto, que debe mejorarse la economía circular de la Unión mediante una mayor eficiencia en el uso de los recursos, la intensificación del reciclado de materias primas originales y secundarias, el fomento de cadenas de suministro circulares, la promoción de cadenas de valor al final de la vida útil y la sustitución y reducción del uso de materias primas fundamentales en las cadenas de valor cuando sea posible, por ejemplo, mediante alternativas sintéticas; pide a la Comisión que, ante las incertidumbres relacionadas con la evolución de la situación geopolítica a escala mundial y las posibles tensiones comerciales con terceros países productores ricos debidas a riesgos medioambientales y sociales, incluida la obsolescencia de activos y la elevación de los costes de la acción medioambiental, se centre también en garantizar el suministro de materias primas fundamentales en Europa creando reservas estratégicas cuando el análisis lo considere oportuno;
9. Resalta que los futuros acuerdos de comercio y asociación de la Unión pueden aportar no solo una mayor seguridad de suministro sino también un marco político y económico fiable y deben incluir disposiciones específicas sobre materias primas fundamentales, como anunció la Comisión en su Estrategia «Comercio para Todos», con el fin de promover la cooperación, garantizar el cumplimiento de los compromisos internacionales, eliminar y evitar las restricciones a la exportación y cumplir las normas en vigor aplicables a las fases previa y posterior al establecimiento de las inversiones extranjeras directas; pide a la Comisión que siga mejorando el seguimiento y la aplicación de los acuerdos de libre comercio, incluidos los capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible, vele por que los socios comerciales cumplan los compromisos y las obligaciones en materia de abastecimiento responsable de materias primas fundamentales y que se tengan en cuenta las posibles preocupaciones de las comunidades afectadas en relación con las actividades extractivas; resalta que esta debe ser una de las tareas prioritarias del alto responsable de la aplicación de la política comercial;
10. Pide a la Comisión, al Banco Europeo de Inversiones y a las demás instituciones de la Unión que, en cooperación con los socios internacionales, promuevan y apoyen las inversiones en fuentes sostenibles de abastecimiento de materias primas fundamentales y en instalaciones de transformación y refinado que cumplan la normativa de la Unión, garantizando así unas condiciones de competencia equitativas; pide a la Comisión que refuerce la cooperación en materia de abastecimiento sostenible de materias primas críticas con terceros países, en particular con socios afines, como los EE.UU., en el marco de las políticas e instrumentos actuales y futuros de la Unión, incluidas las políticas de ampliación, vecindad, desarrollo y cooperación, así como en su compromiso con la Organización Mundial del Comercio (OMC), en consonancia con las normas internacionales reconocidas (por ejemplo, las de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos y los Principios Rectores de las Naciones Unidas) y las iniciativas de la industria mundial en materia de abastecimiento responsable; pide a la Comisión que garantice la coherencia de sus acciones relativas a las materias primas con otras iniciativas de la Unión de fomento de la sostenibilidad, a fin de crear unas condiciones equitativas y racionalizar la normativa para que las políticas no sobrecarguen la industria;
11. Destaca que el refuerzo de la economía circular y la mejora de las tasas de reciclado en la Unión de metales y minerales fundamentales necesarios para las tecnologías ecológicas y digitales podrían ayudar a Europa a aumentar su resiliencia en consonancia con el objetivo de impulsar una autonomía estratégica abierta; señala a este respecto que en la transición a una economía circular se debe prestar especial atención a las cadenas de suministro clave en las que la Unión tenga una dependencia especialmente alta de materias primas fundamentales; pide a la Comisión que, en el marco de nuestras relaciones con países socios, avance hacia una economía circular a escala mundial proponiendo una Alianza Mundial para la Economía Circular, que presente un acuerdo internacional sobre la gestión de los recursos naturales, que abra un debate en la OMC sobre las limitaciones que imponen los requisitos de contenido local a la expansión de la economía circular, que constituya una asociación más sólida con distintas regiones del mundo, en especial con África, y que garantice que los acuerdos de libre comercio reflejan los objetivos mejorados de la economía circular; considera importante reforzar la disponibilidad y el refuerzo de la calidad de las materias primas secundarias, incluidas la chatarra y las tierras raras, a fin de mejorar la resiliencia y la circularidad del suministro de materias primas fundamentales;
12. Destaca que el comercio sostenible y la minería y el abastecimiento responsables, así como una diligencia debida en las cadenas de suministro, deben seguir siendo las piedras angulares de la aplicación del plan de acción de la Unión sobre las materias primas fundamentales; pide que las normas de origen se utilicen de forma más rigurosa para salvaguardar la producción de materias primas y prevenir la elusión por parte de regiones en las que los operadores están sujetos a requisitos menos estrictos en materia de sostenibilidad y subvenciones a la industria; destaca que todas las nuevas actividades de abastecimiento de empresas que operen en el mercado de la Unión deben atenerse al Reglamento sobre los minerales de guerra, a las normas sobre abastecimiento responsable recogidas en la Directiva sobre información no financiera y a las normas internacionales relativas al abastecimiento responsable de productos básicos; se pronuncia a favor de la prohibición de importar materias primas fundamentales relacionadas con violaciones graves de los derechos humanos y de los trabajadores, como el trabajo forzado o el trabajo infantil;
13. Destaca que son necesarios unos controles más estrictos de las exportaciones de la Unión de flujos de residuos de materias primas fundamentales, incluidos los residuos electrónicos, las baterías y los vehículos fuera de uso, así como los residuos peligrosos procedentes de la extracción de recursos, para evitar la contaminación derivada del reciclado informal en los países en desarrollo y establecer unas condiciones equitativas en relación con los operadores del reciclado que cumplen las normas necesarias para una recuperación segura y eficiente; pide a la Comisión que actué de modo rápido y eficaz de cara a la revisión del Reglamento relativo a los traslados de residuos para prevenir, mediante una intensificación de las medidas y el refuerzo del sistema de inspección, las exportaciones ilegales y dudosas de residuos que contengan materias primas fundamentales; pide que se establezca un requisito general con arreglo al cual los residuos que contengan materias primas fundamentales deban exportarse con la garantía de que serán tratados en el país de destino en condiciones equivalentes a las aplicables en la Unión, de forma que no se pierdan recursos en las operaciones informales de reciclado, lo que también favorece la transición a la economía circular;
14. Destaca que un sistema comercial multilateral basado en normas que funcione plenamente es clave para garantizar flujos comerciales abiertos y sostenibles de materias primas fundamentales; manifiesta su preocupación por el uso de las restricciones a la exportación de materias primas fundamentales por parte de algunos miembros de la OMC, como China, e insta a todos los miembros a que se abstengan de aplicar estas políticas; pide, por tanto, a la Comisión que utilice los foros internacionales para reducir las restricciones a la exportación de materias primas fundamentales que tienen efectos distorsionadores; reitera su llamamiento a la Comisión, en este sentido, para que redoble sus esfuerzos de cara a una reforma ambiciosa de la Organización Mundial del Comercio a fin de combatir las distorsiones del comercio internacional y las prácticas comerciales desleales, establezca un entorno comercial internacional estable y predecible y garantice una competencia real y eficaz en todo el mundo;
15. Celebra la Declaración conjunta de la reunión trilateral de los ministros de Comercio de los Estados Unidos, Japón y la Comisión y apoya la definición propuesta de subvenciones industriales; celebra que dicha definición vaya más allá del Acuerdo sobre subvenciones y medidas compensatorias de la OMC y del Reglamento antisubvenciones de la Unión y que aporte una definición más amplia de «subvención»; considera que esas medidas son cruciales para igualar las condiciones de competencia internacionales en el ámbito de las materias primas fundamentales, ya que las subvenciones industriales, en particular en China, entrañan una grave amenaza para la industria y los trabajadores de la Unión, dado que distorsionan la competencia internacional;
16. Acoge con satisfacción la iniciativa conjunta de la Unión y de los Estados Unidos de América para abordar el exceso de capacidad global de acero y aluminio y pide medidas integrales e inmediatas para pedir cuentas a países como China, que apoyan políticas que distorsionan el comercio; recuerda, no obstante, a la Comisión que por el momento siguen en vigor los aranceles estadounidenses de la Sección 232 y que esta cuestión debe resolverse con urgencia;
17. Manifiesta su acuerdo con la afirmación de la Comisión de que el desplazamiento de los pagos de la Unión por la importación de materias primas fundamentales de otras divisas internacionales hacia el euro tendría algunas ventajas, como la reducción de la volatilidad de los precios, y contribuiría a reducir la dependencia de los mercados de financiación en dólares que presentan los importadores de la Unión y los exportadores de terceros países;
18. Recuerda que la política comercial de la Unión comprende compromisos multilaterales y bilaterales, así como medidas autónomas, y, por tanto:
– celebra el compromiso público de la Comisión de presentar en 2021 una propuesta legislativa en materia de diligencia debida y responsabilidad corporativa de las empresas e insiste en que dicha legislación contribuya a abordar violaciones de los derechos humanos y de las normas sociales y medioambientales en las cadenas de valor;
– pide a la Comisión que explore nuevas soluciones tecnológicas para mejorar la trazabilidad en las cadenas de valor mundiales y recuerda que la tecnología de cadena de bloques puede contribuir al logro de este objetivo;
– celebra asimismo el trabajo preparatorio para un mecanismo de ajuste en frontera por emisiones de carbono acorde con la OMC, que, una vez introducido, contribuirá aún más a la sostenibilidad de las cadenas de valor y a establecer unas condiciones de competencia equitativas;
– celebra los planes de la Comisión de crear asociaciones internacionales firmes y solidarias promoviendo un programa mundial sobre materias primas con el objetivo de que las asociaciones de la Unión garanticen tanto la seguridad del suministro como beneficios en términos de desarrollo;
– pide a la Comisión que establezca instrumentos financieros específicos para fondos de investigación e innovación centrados en los siguientes ámbitos: el tratamiento de residuos y la mejora concreta y considerable de los materiales obtenidos a partir de residuos y las tecnologías y procesos para extraer materias primas valiosas de residuos mineros, escombreras y flujos complejos.
INFORMACIÓN SOBRE LA APROBACIÓN EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN
Fecha de aprobación |
13.7.2021 |
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Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
34 2 4 |
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Miembros presentes en la votación final |
Barry Andrews, Anna-Michelle Asimakopoulou, Tiziana Beghin, Geert Bourgeois, Saskia Bricmont, Jordi Cañas, Miroslav Číž, Arnaud Danjean, Paolo De Castro, Markéta Gregorová, Christophe Hansen, Danuta Maria Hübner, Herve Juvin, Karin Karlsbro, Maximilian Krah, Danilo Oscar Lancini, Bernd Lange, Margarida Marques, Gabriel Mato, Sara Matthieu, Carles Puigdemont i Casamajó, Samira Rafaela, Inma Rodríguez-Piñero, Massimiliano Salini, Helmut Scholz, Liesje Schreinemacher, Sven Simon, Dominik Tarczyński, Mihai Tudose, Kathleen Van Brempt, Marie-Pierre Vedrenne, Jörgen Warborn, Iuliu Winkler, Jan Zahradil, Juan Ignacio Zoido Álvarez |
|||
Suplentes presentes en la votación final |
Marek Belka, Markus Buchheit, Seán Kelly, Jean-Lin Lacapelle, Manuela Ripa |
VOTACIÓN FINAL NOMINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN
34 |
+ |
ECR |
Geert Bourgeois, Dominik Tarczyński, Jan Zahradil |
ID |
Markus Buchheit, Herve Juvin, Maximilian Krah, Jean-Lin Lacapelle, Danilo Oscar Lancini |
NI |
Tiziana Beghin, Carles Puigdemont i Casamajó |
PPE |
Anna-Michelle Asimakopoulou, Arnaud Danjean, Christophe Hansen, Danuta Maria Hübner, Seán Kelly, Gabriel Mato, Massimiliano Salini, Sven Simon, Jörgen Warborn, Iuliu Winkler, Juan Ignacio Zoido Álvarez |
Renew |
Barry Andrews, Jordi Cañas, Karin Karlsbro, Samira Rafaela, Liesje Schreinemacher |
S&D |
Marek Belka, Miroslav Číž, Paolo De Castro, Bernd Lange, Margarida Marques, Inma Rodríguez-Piñero, Mihai Tudose, Kathleen Van Brempt |
2 |
- |
Renew |
Marie-Pierre Vedrenne |
The Left |
Helmut Scholz |
4 |
0 |
Verts/ALE |
Saskia Bricmont, Markéta Gregorová, Sara Matthieu, Manuela Ripa |
Explicación de los signos utilizados
+ : a favor
- : en contra
0 : abstenciones
INFORMACIÓN SOBRE LA APROBACIÓN EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO
|
27.9.2021 |
|
|
|
|
+: –: 0: |
59 2 13 |
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|
Nicola Beer, François-Xavier Bellamy, Hildegard Bentele, Tom Berendsen, Vasile Blaga, Michael Bloss, Paolo Borchia, Marc Botenga, Markus Buchheit, Cristian-Silviu Buşoi, Jerzy Buzek, Carlo Calenda, Maria da Graça Carvalho, Ignazio Corrao, Ciarán Cuffe, Josianne Cutajar, Nicola Danti, Pilar del Castillo Vera, Martina Dlabajová, Valter Flego, Niels Fuglsang, Lina Gálvez Muñoz, Claudia Gamon, Nicolás González Casares, Christophe Grudler, András Gyürk, Henrike Hahn, Robert Hajšel, Ivo Hristov, Ivars Ijabs, Romana Jerković, Eva Kaili, Izabela-Helena Kloc, Łukasz Kohut, Zdzisław Krasnodębski, Andrius Kubilius, Miapetra Kumpula-Natri, Thierry Mariani, Marisa Matias, Joëlle Mélin, Dan Nica, Angelika Niebler, Ville Niinistö, Aldo Patriciello, Mauri Pekkarinen, Mikuláš Peksa, Tsvetelina Penkova, Morten Petersen, Markus Pieper, Clara Ponsatí Obiols, Manuela Ripa, Robert Roos, Sara Skyttedal, Maria Spyraki, Jessica Stegrud, Beata Szydło, Riho Terras, Grzegorz Tobiszowski, Patrizia Toia, Evžen Tošenovský, Marie Toussaint, Isabella Tovaglieri, Viktor Uspaskich, Henna Virkkunen, Pernille Weiss, Carlos Zorrinho |
|||
|
Erik Bergkvist, Izaskun Bilbao Barandica, Cornelia Ernst, Valérie Hayer, Ioannis Lagos, Elena Lizzi, Jutta Paulus, Sandra Pereira, Ernő Schaller-Baross, Ivan Vilibor Sinčić, Angelika Winzig |
INFORMACIÓN SOBRE LA APROBACIÓN EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO
Fecha de aprobación |
27.9.2021 |
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Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
59 2 13 |
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Miembros presentes en la votación final |
Nicola Beer, François-Xavier Bellamy, Hildegard Bentele, Tom Berendsen, Vasile Blaga, Michael Bloss, Paolo Borchia, Marc Botenga, Markus Buchheit, Cristian-Silviu Buşoi, Jerzy Buzek, Carlo Calenda, Maria da Graça Carvalho, Ignazio Corrao, Ciarán Cuffe, Josianne Cutajar, Nicola Danti, Pilar del Castillo Vera, Martina Dlabajová, Valter Flego, Niels Fuglsang, Lina Gálvez Muñoz, Claudia Gamon, Nicolás González Casares, Christophe Grudler, András Gyürk, Henrike Hahn, Robert Hajšel, Ivo Hristov, Ivars Ijabs, Romana Jerković, Eva Kaili, Izabela-Helena Kloc, Łukasz Kohut, Zdzisław Krasnodębski, Andrius Kubilius, Miapetra Kumpula-Natri, Thierry Mariani, Marisa Matias, Joëlle Mélin, Dan Nica, Angelika Niebler, Ville Niinistö, Aldo Patriciello, Mauri Pekkarinen, Mikuláš Peksa, Tsvetelina Penkova, Morten Petersen, Markus Pieper, Clara Ponsatí Obiols, Manuela Ripa, Robert Roos, Sara Skyttedal, Maria Spyraki, Jessica Stegrud, Beata Szydło, Riho Terras, Grzegorz Tobiszowski, Patrizia Toia, Evžen Tošenovský, Marie Toussaint, Isabella Tovaglieri, Viktor Uspaskich, Henna Virkkunen, Pernille Weiss, Carlos Zorrinho |
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Suplentes presentes en la votación final |
Erik Bergkvist, Izaskun Bilbao Barandica, Cornelia Ernst, Valérie Hayer, Ioannis Lagos, Elena Lizzi, Jutta Paulus, Sandra Pereira, Ernő Schaller-Baross, Ivan Vilibor Sinčić, Angelika Winzig |
VOTACIÓN FINAL NOMINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO
59 |
+ |
ECR |
Izabela-Helena Kloc, Zdzisław Krasnodębski, Robert Roos, Beata Szydło, Grzegorz Tobiszowski, Evžen Tošenovský |
ID |
Paolo Borchia, Markus Buchheit, Elena Lizzi, Isabella Tovaglieri |
NI |
András Gyürk, Clara Ponsatí Obiols, Viktor Uspaskich |
PPE |
François-Xavier Bellamy, Hildegard Bentele, Tom Berendsen, Vasile Blaga, Cristian-Silviu Buşoi, Jerzy Buzek, Maria da Graça Carvalho, Pilar del Castillo Vera, Andrius Kubilius, Angelika Niebler, Aldo Patriciello, Markus Pieper, Sara Skyttedal, Maria Spyraki, Riho Terras, Henna Virkkunen, Pernille Weiss, Angelika Winzig |
Renew |
Nicola Beer, Izaskun Bilbao Barandica, Nicola Danti, Martina Dlabajová, Valter Flego, Claudia Gamon, Christophe Grudler, Valérie Hayer, Ivars Ijabs, Mauri Pekkarinen, Morten Petersen |
S&D |
Erik Bergkvist, Carlo Calenda, Josianne Cutajar, Niels Fuglsang, Lina Gálvez Muñoz, Nicolás González Casares, Robert Hajšel, Ivo Hristov, Romana Jerković, Eva Kaili, Łukasz Kohut, Miapetra Kumpula-Natri, Dan Nica, Tsvetelina Penkova, Patrizia Toia, Carlos Zorrinho |
The Left |
Cornelia Ernst |
2 |
- |
The Left |
Marc Botenga, Sandra Pereira |
13 |
0 |
ECR |
Jessica Stegrud |
ID |
Thierry Mariani, Joëlle Mélin |
The Left |
Marisa Matias, |
Verts/ALE |
Michael Bloss, Ignazio Corrao, Ciarán Cuffe, Henrike Hahn, Ville Niinistö, Jutta Paulus, Mikuláš Peksa, Manuela Ripa, Marie Toussaint |
Explicación de los signos utilizados
+ : a favor
- : en contra
0 : abstenciones
- [1] DO L 198 de 22.6.2020, p. 13.
- [2] DO L 190 de 12.7.2006, p. 1.
- [3] DO L 130 de 19.5.2017, p. 1.
- [4] DO L 176 de 30.6.2016, p. 55.
- [5] DO L 197 de 24.7.2012, p. 38.
- [6] DO L 312 de 22.11.2008, p. 3.
- [7] DO L 102 de 11.4.2006, p. 15.
- [8] DO L 334 de 17.12.2010, p. 17.
- [9] DO L 124 de 25.4.2014, p. 1.
- [10] DO L 20 de 26.1.2010, p. 7.
- [11] (DO L 206 de 22.7.1992, p. 7).
- [12] DO L 330 de 15.11.2014, p. 1.
- [13] Textos Aprobados, P9_TA(2021)0073.
- [14] Textos Aprobados, P9_TA(2020)0359.
- [15] Textos Aprobados, P9_TA(2020)0321.
- [16] Textos Aprobados, P9_TA(2021)0040.
- [17] Textos Aprobados, P9_TA(2020)0054.
- [18] Textos Aprobados, P9_TA(2020)0005.
- [19] Textos Aprobados, P9_TA(2021)0108.
- [20] DO C 298 de 23.8.2018, p. 132.
- [21] Banco Mundial, «Minerals for Climate Action: The Mineral Intensity of the Clean Energy Transition» (Minerales para la acción por el clima: la intensidad mineral de la transición hacia una energía limpia); Estudio prospectivo de la Comisión Europea; OCDE, «Global Material Resources Outlook to 2060 – Economic Drivers and Environmental Consequences» (Perspectiva mundial de los recursos materiales de aquí a 2060: motores económicos y consecuencias medioambientales).
- [22] Estudio prospectivo de la Comisión.
-
[23] Baldé, C.P., Forti V., Gray, V., Kuehr, R., Stegmann, P. The Global E-waste Monitor — 2017, Universidad de las Naciones Unidas,
Unión Internacional de Telecomunicaciones y Asociación Internacional de Residuos Sólidos, Bonn/Ginebra/Viena, 2017. - [24] Comunicación de la Comisión titulada «Resiliencia de las materias primas fundamentales: trazando el camino hacia un mayor grado de seguridad y sostenibilidad».
- [25] Comunicación de la Comisión titulada «Resiliencia de las materias primas fundamentales: trazando el camino hacia un mayor grado de seguridad y sostenibilidad».
- [26] Dictamen del CESE de 25 de marzo de 2021.
- [27] Comunicación de la Comisión de 2020 titulada «Resiliencia de las materias primas fundamentales: trazando el camino hacia un mayor grado de seguridad y sostenibilidad».
- [28] Comunicación de la Comisión titulada «Resiliencia de las materias primas fundamentales: trazando el camino hacia un mayor grado de seguridad y sostenibilidad».
- [29] Mientras que en Europa el índice de aporte al reciclado al final de la vida útil del aluminio utilizado en el transporte y la construcción fue superior al 90 %, en 2013 solo se recicló el 60 % del aluminio utilizado en envases.
- [30] «If the EU had processed domestically the flow of aluminium waste and scrap exported in 2015, the EoL-RIR would have increased to 16%» (Si la Unión hubiera tratado en su territorio el flujo de residuos y chatarra de aluminio exportados en 2015, el índice de aporte al reciclado al final de la vida útil se habría incrementado al 16 %) (Passarini et al., 2018), cita extraída del estudio de la Comisión sobre la lista de la Unión de materias primas fundamentales.
- [31] Informe de la OCDE titulado Global Material Resources Outlook to 2060 (Previsión relativa a los recursos materiales mundiales hasta 2060).
- [32] UNFCC, Industry Sector Snapshot: Mining and Metals (Instantánea del sector industrial: minería y metales), 2018.
- [33] Panel Internacional de los Recursos de las Naciones Unidas, Global Resources Outlook (Previsión de recursos mundiales), 2019.
- [34] Informe de la OCDE titulado Global Material Resources Outlook to 2060 (Previsión relativa a los recursos materiales mundiales hasta 2060).
- [35] Norgate, T., y Jahanshahi, S., «Reducing the greenhouse gas footprint of primary metal production: Where should the focus be?» (Reducción de la huella de los gases de efecto invernadero de la producción de metales primarios: ¿Dónde se debería poner la atención?), Minerals Engineering, Volumen 24, n.º 14, noviembre de 2011, pp. 1563-1570.
- [36] Informe de la OCDE titulado Global Material Resources Outlook to 2060 (Previsión relativa a los recursos materiales mundiales hasta 2060).
- [37] Agencia Europea de Medio Ambiente, The European Environment - State And Outlook 2020 (El medio ambiente en Europa. Situación y perspectivas en 2020).
- [38] Documento de trabajo de los servicios de la Comisión, «60 final Key stages and progress up to 2019 - Accompanying the Report from the Commission to the European Parliament and the Council on the implementation of the Marine Strategy Framework Directive (Directive 2008/56/EC)» (60 últimas etapas clave y avances hasta 2019 — documento que acompaña al Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la aplicación de la Directiva marco sobre la estrategia marina (Directiva 2008/56/CE)», SWD(2020)0060.
- [39] PNUMA, Waste Crimes, Waste Risks: Gaps and Challenges in the Waste Sector (Delitos y riesgos en materia de residuos: lagunas y retos en el sector de los residuos), 2015.
- [40] Red de Acción de Basilea, Holes in the Circular Economy: WEEE Leakage from Europe (Agujeros en la economía circular: fuga de RAEE de Europa), 2019.
- [41] Mientras que en Europa el índice de aporte al reciclado al final de la vida útil del aluminio utilizado en el transporte y la construcción fue superior al 90 %, en 2013 solo se recicló el 60 % del aluminio utilizado en envases.
- [42] «If the EU had processed domestically the flow of aluminium waste and scrap exported in 2015, the EoL-RIR would have increased to 16%» (Si la Unión hubiera tratado en su territorio el flujo de residuos y chatarra de aluminio exportados en 2015, el índice de aporte al reciclado al final de la vida útil se habría incrementado al 16 %) (Passarini et al., 2018), cita extraída del estudio de la Comisión sobre la lista de la Unión de materias primas fundamentales (2020).
-
[43] Comunicación de la Comisión de 5 de mayo de 2021 titulada «Actualización del nuevo modelo de industria de 2020:
Creación de un mercado único más sólido para la recuperación de Europa» (COM(2021)350).
-
[44] https://www.iea.org/reports/the-role-of-critical-minerals-in-clean-energy-transitions