INFORME sobre la propuesta de Directiva del Consejo por la que se modifican la Directiva 2008/118/CE y la Directiva UE/2020/262 (versión refundida) en lo que respecta a las tiendas libres de impuestos situadas en la terminal francesa del túnel bajo el canal de la Mancha

1.3.2022 - (COM(2021)0817 – C9‑0016/2022 – 2021/0418(CNS)) - *

Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios
Ponente: Irene Tinagli
(Procedimiento simplificado – artículo 52, apartado 1, del Reglamento interno)

Procedimiento : 2021/0418(CNS)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A9-0035/2022
Textos presentados :
A9-0035/2022
Debates :
Textos aprobados :

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre la propuesta de Directiva del Consejo por la que se modifican la Directiva 2008/118/CE y la Directiva UE/2020/262 (versión refundida) en lo que respecta a las tiendas libres de impuestos situadas en la terminal francesa del túnel bajo el canal de la Mancha

(COM(2021)0817 – C9‑0016/2022 – 2021/0418(CNS))

(Procedimiento legislativo especial – consulta)

El Parlamento Europeo,

 Vista la propuesta de la Comisión al Consejo (COM(2021)0817),

 Visto el artículo 113 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C9‑0016/2022),

 Visto el artículo 82 de su Reglamento interno,

 Visto el informe de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios (A9-0035/2022),

1. Aprueba la propuesta de la Comisión;

2. Pide al Consejo que le informe si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

3. Pide al Consejo que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente el texto aprobado por el Parlamento;

4. Encarga a su presidenta que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.


 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La conexión fija del canal de la Mancha es un enlace ferroviario de túnel bidireccional, trazado bajo el canal de la Mancha, entre Folkestone (Kent, Reino Unido) y Coquelles (Pas-de-Calais, Francia). Cuenta con un túnel de servicio asociado y zonas de terminal en ambos extremos para el control de acceso a los túneles y salida de ellos. Presenta las características de una conexión marítima con controles fronterizos en las dos terminales de acceso. Ambas infraestructuras permiten un cruce marítimo en las mismas condiciones.

El 31 de diciembre de 2020, tras la retirada del Reino Unido de la Unión Europea, la conexión fija del canal de la Mancha se convirtió en un enlace transfronterizo entre la Unión y un tercer país.

Dado que la Directiva sobre impuestos especiales[1] lo autorizaba, las compañías de transbordadores reintrodujeron las ventas libres de impuestos de bienes entregados a bordo de sus buques durante las travesías marítimas con destino al Reino Unido. También se han abierto tiendas libres de impuestos en los puertos de Calais y Dunkerque. Por otro lado, el Reino Unido ha autorizado ya la apertura de un establecimiento en la terminal británica de la conexión fija del canal de la Mancha en Folkestone.

Sin embargo, con arreglo a las normas en vigor, en la terminal francesa de la conexión fija del canal de la Mancha no se pueden abrir tiendas libres de impuestos.

La finalidad de la propuesta es poner a disposición de los viajeros que utilicen la conexión fija del canal de la Mancha desde Francia hasta el Reino Unido tiendas libres de impuestos comparables a aquellas a las que tienen acceso las personas que viajan desde un Estado miembro a un tercer país por vía marítima.

Los pasajeros de la conexión fija del canal de la Mancha se encuentran en la misma situación que los pasajeros que abandonan por vía marítima el territorio fiscal de la Unión. Una vez que han realizado la facturación y accedido a la terminal en la que se encuentran las tiendas libres de impuestos, los pasajeros de la conexión fija del canal de la Mancha se encuentran, en principio, en una situación similar a la de los pasajeros de un puerto, puesto que están obligados a proseguir viaje a un tercer país.

Por consiguiente, la terminal de la conexión fija del canal de la Mancha debe considerarse equivalente a un puerto en el sentido del artículo 14 de la Directiva 2008/118/CE del Consejo.

La presente propuesta consiste en una modificación técnica de las normas sobre las tiendas libres de impuestos y, como tal, no constituye una nueva política ni aporta un cambio sustancial a la política existente. La propuesta se limita a la reintroducción del estatuto especial exclusivamente para la conexión fija del canal de la Mancha en la terminal francesa (Coquelles) y no para las terminales ferroviarias en general.

Es una consecuencia directa de la retirada del Reino Unido de la Unión Europea y del hecho de que la conexión fija del canal de la Mancha se haya convertido en una conexión transfronteriza entre la Unión y un tercer país. Además, la situación de la conexión fija del canal de la Mancha es única en Europa, ya que se trata de un túnel submarino entre un país de la Unión y un tercer país.

Habida cuenta del carácter de la propuesta y de su contenido procedimental, la ponente propone que el Parlamento apruebe la propuesta sin enmiendas con arreglo al procedimiento simplificado del artículo 52 del Reglamento interno.


PROCEDIMIENTO DE LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

Título

Modificación de la Directiva 2008/118/CE y la Directiva UE/2020/262 (versión refundida) en lo que respecta a las tiendas libres de impuestos situadas en la terminal francesa del túnel bajo el canal de la Mancha

Referencias

COM(2021)0817 – C9-0016/2022 – 2021/0418(CNS)

Fecha de la consulta al PE

20.1.2022

 

 

 

Comisión competente para el fondo

 Fecha del anuncio en el Pleno

ECON

27.1.2022

 

 

 

Ponentes

 Fecha de designación

Irene Tinagli

25.1.2022

 

 

 

Procedimiento simplificado – fecha de la decisión

28.2.2022

Examen en comisión

28.2.2022

 

 

 

Fecha de aprobación

28.2.2022

 

 

 

Fecha de presentación

1.3.2022

 

 

Última actualización: 3 de marzo de 2022
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