INFORME sobre un Plan de acción de la UE para la agricultura ecológica
11.4.2022 - (2021/2239(INI))
Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural
Ponente: Simone Schmiedtbauer
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
sobre un Plan de acción de la UE para la agricultura ecológica
El Parlamento Europeo,
– Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), y, en particular, su artículo 39, su artículo 192, apartado 1, y su artículo 349,
– Vistos la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas y los Objetivos de Desarrollo Sostenible,
– Visto el Acuerdo de París, alcanzado en la 21.ª Conferencia de las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CP 21),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 25 de marzo de 2021, sobre el Plan de acción para el desarrollo de la producción ecológica (COM(2021)0141),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 11 de diciembre de 2019, titulada «El Pacto Verde Europeo» [COM(2019)0640],
– Vista su Resolución, de 15 de enero de 2020, sobre el Pacto Verde Europeo[1],
– Visto el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 834/2007 del Consejo[2],
– Vista su Resolución, de 9 de junio de 2021, sobre la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030: Reintegrar la naturaleza en nuestras vidas[3],
– Vista su Resolución de 20 de octubre de 2021, sobre una Estrategia «de la Granja a la Mesa» para un sistema alimentario justo, saludable y respetuoso con el medio ambiente[4],
– Visto el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013[5],
– Visto el Reglamento (UE) 2021/2117 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, que modifica los Reglamentos (UE) n.º 1308/2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios, (UE) n.º 1151/2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, (UE) n.º 251/2014, sobre la definición, descripción, presentación, etiquetado y protección de las indicaciones geográficas de los productos vitivinícolas aromatizados, y (UE) n.º 228/2013, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión[6],
– Vistas las conclusiones del Consejo de 19 de julio de 2021 sobre el Plan de Acción para el Desarrollo de la Agricultura Ecológica,
– Vista su Resolución, de 17 de abril de 2018, sobre una estrategia europea para la promoción de las proteaginosas: fomentar la producción de proteínas y leguminosas en el sector agrícola europeo[7],
– Vistas las Conclusiones del Consejo, de 19 de octubre de 2020, sobre la Estrategia «De la Granja a la Mesa»,
– Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo de 22 de septiembre de 2021 sobre el Plan de acción para el desarrollo de la producción ecológica de la UE,
– Visto el dictamen del Comité Europeo de las Regiones, de 2 de diciembre de 2021, sobre el Plan de acción de la UE para la agricultura ecológica,
– Visto el artículo 54 de su Reglamento interno,
– Visto el informe de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural (A9-0126/2022),
A. Considerando que la Comunicación de la Comisión sobre el Plan de acción para el desarrollo de la producción ecológica (plan de acción sobre la producción ecológica, PADPE) hace hincapié en que el Pacto Verde y la Estrategia «De la Granja a la Mesa» y la Estrategia sobre Biodiversidad vinculadas a él son la clave para gestionar la transición hacia un sistema alimentario más sostenible, en particular el reforzar los esfuerzos de los granjeros para proteger el medioambiente, preservar la biodiversidad y hacer frente al cambio climático; que la agricultura en general, y la agricultura ecológica en particular, desempeña un papel clave en la consecución de este objetivo;
B. Considerando que, tras doce meses de espera, ya está lista la práctica totalidad de la legislación secundaria necesaria para la entrada en vigor del Reglamento (UE) 2018/848 el 1 de enero de 2022, aunque no sea el caso del reglamento delegado que regula la producción de la sal ecológica;
C. Considerando que el reglamento delegado deberá primar los procesos naturales, sin aditivos ni emisiones de carbono en su elaboración, que caracterizan la producción de sal marina, para que esta pueda ser calificada como ecológica;
D. Considerando que el sistema alimentario europeo debe suministrar alimentos producidos de manera sostenible y nutritivos a precios asequibles y velar por la seguridad alimentaria de manera que se garantice una sociedad y un planeta sanos, que contribuya al bienestar social y económico, que proteja la salud tanto de los ecosistemas como de los ciudadanos europeos y que garantice la rentabilidad de la producción agrícola y, por tanto, una vida justa para los agricultores; que es fundamental garantizar que el aumento de la cantidad de terreno que se destina a la agricultura ecológica se corresponda con la capacidad del mercado para absorber los productos ecológicos;
E. Considerando que el Reglamento (UE) 2018/848 sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos obliga a los agricultores a someterse a un período de conversión durante el cual tienen que aplicar todas las normas de producción ecológica;
F. Considerando que este período puede durar hasta tres años; que, durante este período, los agricultores tienen que soportar costes de producción más elevados sin beneficiarse de precios de mercado más altos para los productos ecológicos;
G. Considerando que la agricultura ecológica ofrece varios beneficios medioambientales, incluida la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero y puede contribuir a que el sector agrícola desempeñe su papel en la lucha contra el cambio climático, en la adaptación al cambio climático y en el abordaje de retos fundamentales como los que atañen a la pérdida de empleo en las zonas rurales, la fertilidad del suelo y la pérdida de biodiversidad, así como a la promoción de la resiliencia frente a los cambios económicos;
H. Considerando que la diversidad agrícola y unas cadenas de suministro más cortas entre el agricultor y el consumidor son elementos importantes para un sistema alimentario sano y sostenible;
I. Considerando que la agricultura ecológica puede contribuir a lograr un equilibrio ambicioso en términos de sostenibilidad desde una perspectiva económica, social y medioambiental, fomentando la protección del suelo, el agua y la biodiversidad y el bienestar animal, y ofrece a los jóvenes oportunidades para acceder a la profesión agrícola;
J. Considerando que las normas medioambientales y de bienestar animal de la Unión ya se encuentran entre las más rigurosas del mundo; que las tierras agrícolas ecológicas tienen un 30 % más de biodiversidad, son beneficiosas para los polinizadores, reducen el uso de fertilizantes artificiales, y de productos fitosanitarios;
K. Considerando que la agricultura ecológica puede contribuir a revitalizar las zonas rurales, crear empleo, la sostenibilidad de las pequeñas explotaciones, acercando a consumidores y productores, mejorando las conexiones con la economía local y estimulando multiplicadores económicos positivos; que la nueva política agrícola común (PAC) introduce nuevas medidas ambiciosas para fomentar la producción sostenible, incluida la agricultura ecológica;
L. Considerando que resulta esencial garantizar que los consumidores, que dan cada vez más importancia a la calidad de lo que comen, y el sector de la restauración, se encuentren en disposición de adoptar decisiones informadas y conscientes al adquirir alimentos;
M. Considerando que es necesario garantizar que los consumidores están correctamente informados sobre los beneficios de consumir productos orgánicos y que se encuentren protegidos frente al etiquetado, el embalaje y la publicidad deliberadamente engañosos;
N. Considerando que, en 2019, la superficie agrícola total de la UE dedicada a la agricultura ecológica creció hasta los 13,8 millones de hectáreas; que a este tipo de agricultura se dedica actualmente el 8,5 % de la superficie agrícola total utilizada de la UE; que entre 2010 y 2019 el valor del mercado ecológico de la UE se ha duplicado con creces;
O. Considerando que la venta minorista de productos ecológicos aumentó de 18 000 millones EUR a 41 000 millones EUR, en el período 2009-2019; que el incremento de la producción ecológica supera el desarrollo del mercado ecológico en algunas partes de la UE, con diferencias significativa en el consumo de productos ecológicos en todos los Estados miembros; que la producción de productos ecológicos es muy baja o inexistente en determinadas partes de la Unión, con grandes disparidades entre los Estados miembros, que oscilan entre el 0,5 % y el 26,5 % de la superficie disponible dedicada al sector;
P. Considerando que el PADPE incluye 23 acciones que proporcionan una base sólida para desarrollar el sector orgánico de manera sostenible; que está prevista su revisión intermedia en 2024 y que se ha establecido un «Día Ecológico de la UE» anual, que representa una oportunidad para mejorar la visibilidad y el reconocimiento de la agricultura ecológica y sensibilizar sobre los beneficios de la producción ecológica, ya que los agricultores ecológicos se consideran «pioneros de la agricultura sostenible»;
Q. Considerando que el Reglamento (UE) 2018/848, que se aplicará a partir del 1 de enero de 2022, tiene por objeto, en particular, aumentar la confianza de los consumidores en los productos ecológicos mediante normas y controles más estrictos para las importaciones;
R. Considerando la publicación de las Directrices estratégicas para una acuicultura de la UE más sostenible y competitiva para el período 2021-2030 en mayo de 2021, que tendrán su desarrollo a través de planes estratégicos nacionales;
Observaciones generales
1. Acoge con satisfacción la Comunicación de la Comisión sobre un Plan de acción para el desarrollo de la producción ecológica, el objetivo de aumentar la superficie agrícola de la UE dedicada a la agricultura ecológica de aquí a 2030 mediante el desarrollo de la oferta y la demanda, y el reconocimiento por parte de la Comisión de la agricultura ecológica como uno de los principales componentes del camino de la Unión hacia sistemas alimentarios más sostenibles, utilizando prácticas agrícolas más sostenibles, un uso más eficiente de las fuentes renovables, garantizando normas más estrictas en materia de bienestar animal y contribuyendo a garantizar mayores ingresos a los agricultores europeos;
2. Pide a la Comisión que lleve a cabo una evaluación de impacto en relación con la parte de la superficie agrícola de la Unión dedicada a la agricultura ecológica; estima que el desarrollo de la agricultura ecológica, que ofrece muchas externalidades y beneficios positivos para la mitigación del cambio climático, la biodiversidad y la protección del suelo, y contribuirá a la consecución de los objetivos de las estrategias «De la Granja a la Mesa» y en materia de biodiversidad; reconoce, al mismo tiempo, el potencial de otros métodos de producción y métodos agrícolas sostenibles, como la producción integrada y la lucha biológica, para contribuir a la consecución de los objetivos del Pacto Verde;
3. Destaca que el porcentaje de tierras agrícolas dedicadas a la agricultura ecológica varía considerablemente entre los Estados miembros; hace hincapié en que esto debe tenerse en cuenta a la hora de desarrollar políticas e instrumentos destinados a mejorar la producción ecológica e insta a la Comisión a que preste especial atención al apoyo a los Estados miembros que se están quedando rezagados;
4. Insiste en que todas las medidas e instrumentos propuestos a este respecto deben basarse en una evaluación de impacto y análisis exhaustivos; opina que la legislación y los planes de acción operativos deben ofrecer un margen suficiente de flexibilidad para tener en cuenta las diferencias en la naturaleza y las condiciones de la agricultura ecológica en los Estados miembros;
5. Indica que la Comisión, al establecer el nuevo Reglamento (UE) 2018/848 sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos en el año 2022, debe efectuar una transición ordenada y mesurada desde la anterior legislación europea en materia de agricultura ecológica, a fin de que el sector ecológico pueda familiarizarse con la nueva normativa de forma rápida y segura; pide a la Comisión, por tanto, que lleve a cabo una evaluación de impacto del nuevo Reglamento cinco años después de su aplicación, con el fin de realizar los ajustes necesarios;
6. Recalca que el desarrollo y el crecimiento del sector ecológico y de las zonas ecológicas, tal como se prevé en la Estrategia «De la Granja a la Mesa», con un papel clave en la revitalización y el mantenimiento de zonas rurales dinámicas, deben estar impulsados por el mercado e ir acompañados de una evolución global de la cadena de suministro, incluida la transformación, así como de medidas políticas para estimular la oferta y la demanda de alimentos ecológicos y garantizar la confianza de los consumidores;
7. Hace hincapié en que la combinación de estos enfoques debe permitir un desarrollo equilibrado, en consonancia con la capacidad del mercado para absorber la producción ecológica, a fin de salvaguardar la rentabilidad futura del mercado ecológico y de la agricultura ecológica en la Unión;
8. Subraya, en este contexto, la necesidad de eliminar las cargas administrativas excesivas; pone de relieve que los beneficios medioambientales de la agricultura ecológica no solo deben contar con el apoyo de los consumidores de productos ecológicos dispuestos a pagar un precio más elevado, sino que el presupuesto de la PAC debe recompensar adecuadamente a los agricultores ecológicos por los bienes públicos que aportan al proteger el medio ambiente y los recursos naturales, reducir los insumos y establecer unas normas de bienestar animal más rigurosas;
9. Destaca que estimular la sostenibilidad agrícola y la resiliencia del sistema alimentario de la Unión debe ser una prioridad, y que la agricultura ecológica es un elemento clave para alcanzar los objetivos medioambientales y climáticos; estima que la innovación sostenible en prácticas como la agricultura ecológica y, más en general, la agroecología puede dar lugar a una mayor diversidad en los sistemas agrícolas;
10. Hace hincapié en que la coexistencia de diferentes sistemas agrícolas es importante, ya que la diversidad es clave para la seguridad y la resiliencia del sistema alimentario y favorece el desarrollo sostenible; señala que no existe un único modelo de agricultura que se adapte a todos los países y regiones, y subraya que deben reconocerse las ventajas de los diferentes modelos de agricultura sostenible;
11. Observa la importancia de seguir aumentando el rendimiento ecológico para evitar una mayor huella ecológica de la producción de alimentos en terceros países, mientras que en las regiones de la Unión se produce una mayor conversión al modelo de agricultura ecológica;
12. Indica que, para que un plan de acción de la Unión tenga éxito, debe estimular y movilizar a los Estados miembros, así como a las autoridades regionales y locales, teniendo en cuenta sus particularidades y sus diferentes puntos de partida; estima que los PADPE regionales y locales también deben contribuir al desarrollo del sector ecológico;
13. Opina, por tanto, que debe alentarse a los Estados miembros a establecer sus propias estrategias nacionales para la agricultura ecológica y a desarrollar sus propios PAPDE nacionales o regionales, en coordinación con los planes estratégicos nacionales, que deben tener un alto nivel de ambición para el desarrollo de la agricultura ecológica, con objetivos, acciones, plazos y presupuestos realistas y concretos, incluidos incentivos para los agricultores, que faciliten la elección y apoyen iniciativas ascendentes;
14. Pide a la Comisión que garantice el pleno respeto de estas condiciones al aprobar los planes estratégicos nacionales presentados por los Estados miembros y que garantice la disponibilidad de recursos financieros suficientes, junto con los instrumentos más eficaces, para alcanzar los objetivos pertinentes en términos de desarrollo del sector; subraya la necesidad de intercambiar conocimientos especializados y mejores prácticas, ya que algunos Estados miembros tienen más experiencia en el diseño y la aplicación de planes nacionales ambiciosos;
15. Pide a la Comisión que incluya estos intercambios en el marco de las reuniones públicas de seguimiento previstas; destaca que los PADPE nacionales deben ofrecer previsibilidad y claridad para los agricultores y la industria, fomentando así la conversión a la agricultura ecológica y la comercialización de productos ecológicos;
16. Acoge favorablemente la ampliación del ámbito de aplicación del Reglamento sobre la agricultura ecológica para incluir determinados productos estrechamente vinculados a la agricultura que no figuran en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, como la sal; expresa, no obstante, su preocupación por el informe sobre la sal ecológica publicado el 6 de agosto de 2021 por el grupo de expertos de asesoramiento técnico sobre la producción ecológica, ya que apoya la ampliación de la etiqueta ecológica de la Unión a métodos de producción que no cumplen los principios del Reglamento (UE) 2018/848; pide a la Comisión, por tanto, que no siga el consejo de ese grupo de expertos;
17. Subraya que los Estados miembros, al diseñar, adoptar, revisar y ejecutar sus respectivos PADPE regionales y nacionales, deben procurar la participación de todas las partes interesadas, especialmente de las asociaciones y los agricultores dedicados a la producción ecológica, de las cooperativas, de las autoridades locales y regionales, de la industria agroalimentaria junto con la cadena de valor, de los mayoristas agroalimentarios, de los representantes de los consumidores y del sector privado, y del sector de la hostelería, incluidos los establecimientos de alimentación de colectividades y las asociaciones de educación alimentaria en un proceso consultivo, con el fin de obtener las mejores sinergias posibles y alcanzar el objetivo de aumentar la superficie dedicada a la agricultura ecológica establecido en su plan estratégico nacional;
18. Reconoce que la producción ecológica conlleva un mayor rendimiento económico para los agricultores, pero a menudo ofrece unos costes de producción superiores y, por tanto, requiere que los precios de mercado y las ayudas directas sean suficientes para recuperar tales costes, a fin de permitir que los agricultores obtengan unos ingresos justos;
19. Señala que unos precios al consumo más altos pueden representar un obstáculo para la expansión, pero que actualmente son necesarios para garantizar la continuidad de la agricultura ecológica; recuerda que, en algunos casos, los productos agrícolas ecológicos no encuentran su espacio en el mercado, lo que obliga a los agricultores a venderlos como productos de la agricultura convencional, a un precio inferior;
20. Recuerda que la agricultura ecológica implica unas normas de producción muy estrictas; destaca la necesidad de abordar la asequibilidad y, por tanto, la accesibilidad de los productos ecológicos; hace especial hincapié en que los productores deben recibir apoyo en el proceso de conversión a la producción ecológica y deben beneficiarse del valor añadido de la agricultura ecológica; señala que, al igual que en el caso de los productos convencionales, un mejor reparto del valor entre los actores en la cadena de valor ecológica beneficiaría tanto a los agricultores como a los consumidores;
21. Reconoce que el desarrollo del sector ecológico permitirá economías de escala en la transformación y la logística, lo que aumentará la eficiencia y reducirá los costes; destaca la importancia de la Directiva sobre las prácticas comerciales desleales para el desarrollo del sector y para garantizar que los minoristas no tengan márgenes de beneficio excesivamente elevados en los productos ecológicos; estima asimismo que los productos ecológicos podrían incluirse en los programas del Fondo de Ayuda Europea para las Personas Más Desfavorecidas, siempre que se disponga de una oferta suficiente;
22. Acoge con satisfacción el hecho de que la Comisión esté trabajando para mejorar el bienestar general de los animales y señala que la encuesta Eurobarómetro de 2020 sobre la agricultura y la PAC constató que el 80 % de los ciudadanos de la Unión asocian la agricultura ecológica a un mayor respeto del bienestar animal; subraya, en este contexto, la importancia de apoyar la ganadería ecológica;
23. Hace hincapié en la importancia de acelerar el desarrollo de la acuicultura ecológica y su mercado en la UE, así como de reforzar la demanda de los consumidores de estos productos y su confianza en ellos; insiste en que uno de cada cuatro productos pesqueros procede de la acuicultura; señala, no obstante, que dado que la mayor parte del consumo de estos productos procede de las importaciones, que representan el 60 % de la oferta total, existe un enorme potencial de crecimiento que debemos aprovechar para desarrollar la acuicultura europea en general y la acuicultura ecológica en particular;
24. Subraya la necesidad de coordinar las acciones en acuicultura ecológica con las nuevas Directrices estratégicas para una acuicultura de la UE más sostenible y competitiva para el período 2021-2030 y el desarrollo del sector en los Estados miembros y en las regiones;
Estimular la demanda y garantizar la confianza de los consumidores
25. Apoya a la Comisión en la promoción y el intercambio de información sobre el logotipo ecológico de la UE entre los consumidores, también a través de programas escolares, que deberían dar una mayor proporción a los productos ecológicos cuando se revisen los programas escolares, así como en otras instituciones, como las residencias de ancianos; sostiene la promoción de los logotipos ecológicos locales que existen en varios Estados miembros y que ofrecen al menos las mismas garantías que el logotipo ecológico de la UE y se utilizan junto con él; señala que los programas de formación deben ser la base de un debate pedagógico sobre la nutrición y la alimentación sostenible, e ir acompañados de medidas destinadas a informar y educar a los niños sobre una mejor alimentación;
26. Subraya que es de suma importancia que las encuestas a los consumidores sobre productos ecológicos vayan seguidas de acciones encaminadas a promover una mayor sensibilización respecto a los beneficios de la agricultura ecológica para la salud, el bienestar y un vida de mayor calidad, garantizando al mismo tiempo que no se socava la confianza del consumidor en la seguridad y en la sostenibilidad de los métodos agrícolas convencionales en la Unión; insiste en la necesidad de proporcionar información precisa para garantizar que las nuevas iniciativas que se están desarrollando sobre el etiquetado de alimentos sostenibles no debilitan el logotipo ecológico de la UE ni crean confusión para el consumidor en cuanto a su alcance y significado respectivos;
27. Expresa su preocupación por las etiquetas, los envases y la publicidad engañosos que hacen que resulte difícil para los consumidores distinguir los productos convencionales de los ecológicos; señala que el Reglamento (UE) 2018/848 y los frecuentes controles independientes constituyen la base de la confianza de los consumidores en los productos ecológicos y pide a los Estados miembros que comuniquen claramente el logotipo ecológico de la Unión;
28. Hace hincapié en el papel que deben desempeñar los supermercados y las diversas cadenas de suministro alimentario en la promoción y el apoyo del logotipo ecológico de la Unión; espera las futuras iniciativas de la Comisión destinadas a orientar mejor a los consumidores en su elección de alimentos mediante el etiquetado, la promoción y las campañas de información, basadas en bases científicas sólidas, independientes y operativas y en metodologías completas y coherentes; señala que el etiquetado obligatorio que indica el origen de todos los productos alimentarios de la Unión tiene el potencial de aumentar significativamente la transparencia y la trazabilidad, combatiendo así el fraude y los métodos de producción ilegales, y mejorando la confianza de los consumidores;
29. Recuerda que las exigencias de las cocinas profesionales difieren de las de los hogares; destaca la importancia de generar valor añadido para la cadena de suministro y aumentar el nivel de transformación de los productos ecológicos para responder a las necesidades de las cocinas profesionales;
30. Estima que la revisión de la contratación pública ecológica (CPE) de 2019 debe ser objeto de una mayor publicidad en los Estados miembros con el fin de mejorar la sensibilización y servir de estímulo importante para las acciones destinadas a promover la producción ecológica y apoyar una dieta más sana y respetuosa con el medio ambiente en instituciones como escuelas, hospitales, residencias de ancianos y centros penitenciarios, y que también puede reducir la cantidad de residuos de productos orgánicos en los Estados miembros con excedentes; asimismo, considera que las instituciones de la Unión deben predicar con el ejemplo y promover los regímenes ecológicos; cree que para lograr ese incremento de contratación pública ecológica es necesario incorporar una coordinación con el sector a través de sus organizaciones representativas, para garantizar que el abastecimiento se produzca sin incidencias;
31. Pide a la Comisión que siga investigando las barreras estructurales y logísticas actuales, y que promueva el uso de los criterios de CPE en los Estados miembros, así como de acciones de información, educación y promoción de los productos ecológicos, para mejorar la efectividad de esta medida; señala que el aumento del uso de la CPE debe decidirse a nivel nacional, de acuerdo con la demanda nacional y los objetivos establecidos en los PADPE nacionales; considera que la CPE debe hacer especial hincapié en los productos ecológicos de la Unión, lo que estimularía la producción y ayudaría a la Unión a alcanzar sus objetivos climáticos;
32. Subraya que la producción y la transformación ecológicas deben desarrollarse de manera adecuada a nivel regional y local, con la participación de los agricultores ecológicos locales; apoya el desarrollo de sistemas alimentarios regionales sostenibles basados en una cooperación que implique a todas las partes interesadas alimentarias; lamenta la falta de datos verificados sobre la utilización de productos ecológicos en los comedores y restaurantes públicos;
33. Señala que las autoridades locales, regionales y nacionales, junto con las asociaciones de agricultores y los centros agroalimentarios al por mayor, son importantes para apoyar la estructuración del sector ecológico en lo que atañe a la producción, la transformación colectiva, la logística y el comercio, la facilitación del acceso a la tierra a los agricultores ecológicos, la contribución a la cooperación organizada entre los propios productores, entre productores y consumidores, y con los servicios alimentarios;
34. Destaca, además, el papel que deben desempeñar las autoridades locales, regionales y nacionales en la concienciación del público en lo que respecta a los diferentes métodos de agricultura sostenible, el suministro de productos ecológicos en los comedores y en el desarrollo de programas educativos para centros preescolares y escuelas;
35. Señala, en este contexto, que los mercados de los agricultores a nivel local y regional son un instrumento eficaz para salvar la brecha entre productores y consumidores y deben promoverse; recuerda asimismo que las autoridades locales y regionales y las asociaciones de agricultores prestan una asistencia técnica muy valiosa a los agricultores ecológicos y a quienes están en proceso de conversión, lo que es esencial para aplicar estas prácticas y requiere una financiación adecuada de la PAC y de otras fuentes;
36. Destaca que todas las autoridades deben velar por que el marco regulador siga permitiendo y estimulando el desarrollo del sector, manteniendo al mismo tiempo las cargas administrativas al mínimo; recuerda que las autoridades locales y regionales de muchos Estados miembros apoyan desde hace tiempo el desarrollo de la agricultura ecológica, en particular mediante la gestión y la aplicación de programas de desarrollo rural;
37. Subraya que, a la hora de implicar a las autoridades locales y regionales, se requiere un enfoque que tenga en cuenta el lugar, en consonancia con los preceptos de la Agenda Territorial 2030, para abordar las distintas necesidades de las zonas rurales, periurbanas y urbanas de toda Europa;
38. Destaca que el éxito del PADPE dependerá de una mayor participación del sector privado para estimular la demanda y garantizar una remuneración equitativa de los agricultores, especialmente en países con unos mercados y una producción ecológicos menos desarrollados; pide a la Comisión que identifique un conjunto de instrumentos que permitan a los Estados miembros animar a las cadenas de venta al por menor a contribuir de manera activa a la promoción y a la información sobre la importancia del consumo ecológico, así como a la creación de cadenas locales de suministro de productos ecológicos; subraya que, ante todo, el aumento de la producción ecológica debe proceder de una mayor demanda privada, no únicamente de incentivos políticos;
39. Subraya la importancia de mejorar la transparencia en la cadena agroalimentaria ecológica y la trazabilidad en todos los procesos de producción y distribución, en consonancia con las peticiones de los consumidores europeos de disponer de más información sobre el origen y los métodos de producción de los productos alimenticios que consumen; celebra las iniciativas voluntarias de los minoristas de comprar productos de conversión a un precio más elevado y considera que dichas iniciativas deben promoverse;
40. Toma debida nota de las dificultades a las que se enfrentan los minoristas para comercializar estos productos de conversión entre los consumidores debido a la falta de normas de comercialización armonizadas y pide a la Comisión que estudie la adopción de medidas para facilitar su comercialización como, por ejemplo, un etiquetado armonizado;
41. Subraya que es esencial que la Comisión, los Estados miembros y otras partes interesadas participen activamente en la determinación del modo en que pueden consolidarse los mecanismos de certificación y control existentes para prevenir el fraude en la producción y el comercio ecológicos;
42. Considera que los mecanismos de certificación y control deben adaptarse mejor a la realidad sobre el terreno para los agricultores ecológicos y que debe simplificarse el proceso, en particular mediante soluciones informáticas;
43. Hace hincapié en que debe prestarse especial atención a los procedimientos de autorización de los organismos de certificación; señala que el proceso de certificación en la conversión a la agricultura ecológica sigue siendo engorroso y difícil de aplicar y debería simplificarse, especialmente para los pequeños agricultores; considera que los agricultores deben recibir apoyo para cubrir los costes de certificación;
44. Destaca la necesidad de contar con sistemas europeos y armonizados de certificación de insumos para la agricultura ecológica, que eviten la proliferación de certificaciones privadas con diferentes requisitos y sistemas de control; pide a la Comisión que impulse su armonización a escala de la Unión a través del PADPE;
45. Insta a la Comisión a que refuerce los controles aduaneros mediante mecanismos de control directos y unificados, en coordinación con los Estados miembros y respetando plenamente el principio de subsidiariedad, con el fin de evitar el fraude alimentario, la adulteración y las importaciones de productos que no cumplen las normas de producción ecológica de la Unión, así como evitar el riesgo de que el sector ecológico de la Unión se encuentre en desventaja competitiva debido a la falta de convergencia mundial de las normas y al aumento de los costes para los consumidores; destaca, en este contexto, la necesidad de una mayor participación de las autoridades aduaneras competentes para garantizar la calidad y la seguridad de los productos ecológicos y garantizar una competencia leal entre los productores dentro y fuera de la Unión;
46. Lamenta que el Plan de acción sobre la producción ecológica no haga referencia a las dificultades y los elevados costes para el sector creados por la necesidad de establecer medidas adecuadas durante el cultivo, la cosecha, el transporte, el almacenamiento y la transformación para mantener los productos no autorizados, como, por ejemplo, los organismos modificados genéticamente (OMG), fuera de la cadena de producción ecológica;
47. Subraya que los productos agrícolas procedentes de la Unión Europea son reconocidos internacionalmente por su alta calidad; considera que son necesarias acciones positivas y de fomento del comercio para seguir promoviendo a escala internacional los productos ecológicos de la Unión; reconoce, a este respecto, el papel que la Unión puede desempeñar en la política de promoción de la producción ecológica; subraya que esta debe reconocer la amplia gama de métodos, prácticas y productos de producción sostenible de la Unión;
48. Señala que las indicaciones geográficas, respaldadas por la política de promoción de la Unión, contribuyen en gran medida al crecimiento económico en muchas zonas rurales y son una iniciativa emblemática de la agricultura europea; pide a la Comisión que informe al Parlamento sobre el potencial de expansión del mercado ecológico y que acelere las negociaciones en curso para pasar del modelo de equivalencia al cumplimiento de las normas de la Unión para las importaciones de productos ecológicos;
49. Apoya la transición mundial hacia sistemas alimentarios sostenibles; considera que la acción a nivel de la Unión, en particular la estrategia del Pacto Verde, debe tener como objetivo aumentar constantemente la conciencia medioambiental a escala mundial; lamenta que, en ocasiones, los acuerdos de libre comercio no presten suficiente atención a diferencias notables en las normas de producción agrícola entre la Unión y terceros países en lo que respecta a la protección del medio ambiente y el bienestar de los animales, lo que disuade a los agricultores de la Unión de realizar más inversiones medioambientales, también en la producción ecológica;
Estimular la conversión y consolidar todos los eslabones de la cadena de valor
50. Considera que, a fin de alcanzar las ambiciones de los planes estratégicos nacionales, es fundamental contar con un presupuesto adecuado para la PAC y garantizar la compatibilidad con otros fondos o programas europeos con el fin de incentivar a los agricultores para que adopten y mantengan prácticas agrícolas ecológicas, a través de medidas de desarrollo rural que dispongan de los recursos adecuados, de regímenes ecológicos atractivos desde un punto de vista financiero, o de una combinación de ambos;
51. Pide que los regímenes ecológicos sean accesibles tanto para los agricultores convencionales como para los ecológicos y que se diseñen de manera que los haga compatibles y complementarios con las medidas agroambientales y climáticas; recuerda la importancia de apoyar a los agricultores ecológicos después de la fase de conversión; solicita a los Estados miembros que fomenten el relevo generacional en la agricultura ecológica mediante las políticas públicas pertinentes, que promuevan el espíritu empresarial agrícola entre las mujeres y que apoyen el desarrollo de pequeñas y medianas explotaciones ecológicas viables;
52. Lamenta que, en las dos últimas décadas, el presupuesto de la PAC haya disminuido, al mismo tiempo que han aumentado los requisitos impuestos al sector agrícola; observa que, en el marco de la PAC actual, solo se destina el 1,8 % del presupuesto a medidas de apoyo a la agricultura ecológica, y acoge con satisfacción que la nueva PAC, en particular a través de regímenes ecológicos y medidas de desarrollo rural, proporcione a los Estados miembros una mayor flexibilidad para aumentar los importes destinados al sector ecológico;
53. Señala el potencial de las cadenas de suministro de alimentos cortas, locales y estacionales e inteligentes y de las oportunidades de comercialización directa, incluidos los mercados de los agricultores, para que los productores ecológicos y las economías rurales aporten beneficios en materia de medio ambiente y bienestar animal, garantizando al mismo tiempo los ingresos, preservando y creando empleo, asegurando la vitalidad de las zonas rurales y salvando la brecha entre los productores y los consumidores de la Unión; señala que la evolución del mercado es esencial para el desarrollo sostenible del sector de la agricultura ecológica;
54. Pide a los Estados miembros que asignen recursos suficientes para las inversiones que faciliten el desarrollo de cadenas alimentarias cortas, por ejemplo mediante el aumento del número de mataderos móviles o de instalaciones de transformación en las explotaciones; considera que se deben favorecer las cadenas de suministro locales en el marco de los procedimientos de contratación pública; subraya que el hecho de centrarse en la producción local y las cadenas cortas no debe dar lugar a barreras adicionales en el mercado interior de la Unión;
55. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que desempeñen un papel activo en la mejora de la estructura de las cadenas de suministro de productos ecológicos y en el desarrollo de la capacidad de las organizaciones de productores ecológicos; insta a los Estados miembros a que utilicen intervenciones sectoriales y todas las medidas disponibles para mejorar la organización de los productores ecológicos en todos los sectores pertinentes y ayudarles en caso de exceso de producción temporal;
56. Señala que las explotaciones agrícolas ecológicas, cuya producción es menor en términos de volumen y, por lo tanto, más costosa, pueden tener menos poder de negociación en los contratos comerciales y, por lo tanto, pueden ser especialmente vulnerables a las prácticas comerciales desleales, especialmente retrasos en los pagos de productos perecederos, cancelaciones de última hora o la obligación de los proveedores de pagar por productos no vendidos y desperdiciados; subraya la necesidad de unas condiciones contractuales claras y un reconocimiento justo del trabajo de los productores agrícolas ecológicos y considera que deben fomentarse herramientas como los contratos de la cadena de suministro;
57. Acoge con satisfacción el apoyo de la Comisión al desarrollo de biodistritos, también conocidos como ecorregiones, en los Estados miembros, ya que son de naturaleza multifuncional, promueven las cadenas de suministro cortas y generan sinergias entre agricultores, consumidores, empresas de transformación, minoristas, el sector de la hostelería, la restauración y las empresas culturales, entre otros; pide a la Comisión que facilite a los Estados miembros información sobre los instrumentos que podrían utilizar para promover el desarrollo de los biodistritos, prestando especial atención a las zonas urbanizadas; señala que su éxito depende de una fuerte integración regional y de la participación de las autoridades locales y regionales;
58. Subraya la importancia fundamental de ampliar el intercambio estructurado de conocimientos y buenas prácticas sobre agricultura ecológica entre Estados miembros y agricultores; destaca los beneficios de intensificar la colaboración entre los científicos, las universidades de ciencias agrícolas y el sector educativo en general, los servicios de asesoramiento o consultores, los agricultores y sus asociaciones y organizaciones, y la sociedad; subraya la importancia en el desarrollo de la producción ecológica de los servicios independientes de asesoramiento a las explotaciones que los Estados miembros deben incluir en sus planes estratégicos de la PAC y hace hincapié en la necesidad de asignarles recursos financieros suficientes;
59. Señala que, según el informe del Centro Común de Investigación titulado «Modelling environmental and climate ambition in the agricultural sector with the CAPRI model» (Modelación de la ambición medioambiental y climática del sector agrícola con el modelo CAPRI)[8], es necesario aumentar la productividad con respecto a la agricultura ecológica y la gestión de los nutrientes, lo que puede mejorarse con la agricultura de precisión, las nuevas tecnologías digitales y otras técnicas innovadoras, entre otros;
60. Señala que las herramientas digitales innovadoras encierran el potencial de aumentar significativamente la transparencia y la trazabilidad, combatiendo así el fraude y los métodos de producción ilegales, y mejorando la confianza de los consumidores; anima, por tanto, a la Comisión a que garantice un mayor despliegue de las tecnologías digitales, como la agricultura de precisión y la cadena de bloques en la agricultura ecológica, en particular a través de los planes estratégicos de la PAC; subraya, no obstante, que estas tecnologías complementan el enfoque de sostenibilidad sistémica de la agricultura ecológica y que debe garantizarse la privacidad, la rentabilidad y la independencia de los agricultores en lo que respecta a los datos;
Mejora de la contribución de la agricultura ecológica a la sostenibilidad
61. Reitera la importancia de la investigación y la innovación para la sostenibilidad del sector de la agricultura ecológica y para satisfacer las expectativas sociales en materia de biodiversidad, cambio climático y adaptación al cambio climático, bienestar animal y uso eficiente de los recursos, y acoge con satisfacción la intención de la Comisión de destinar fondos de Horizonte Europa a apoyar estos objetivos; destaca, en este contexto, la necesidad de que la investigación y la innovación fomenten la conversión a la agricultura ecológica, incluida la producción ganadera, para encontrar alternativas a determinados insumos tanto en la agricultura como en la transformación, a fin de aumentar los rendimientos y garantizar la disponibilidad de los piensos proteicos, las vitaminas, los productos fitosanitarios, en particular las soluciones de biocontrol, los fertilizantes y los recursos genéticos necesarios para seguir desarrollando sistemas agrícolas sólidos y aumentar la tolerancia a la sequía, las plagas y las enfermedades; pide a la Comisión que estimule y fomente la cooperación entre las comunidades de investigación que trabajan en el ámbito de la alimentación y la agricultura ecológicas y convencionales, en particular a través de la Asociación Europea para la Innovación en materia de Productividad y Sostenibilidad Agrícolas;
62. Anima a adoptar un enfoque basado en la ciencia en relación con la fertilidad del suelo y la necesidad de desarrollar, aceptar e incentivar innovaciones en nuevas fuentes de nutrientes vegetales en la agricultura ecológica, incluido el aumento del reciclaje de nutrientes mediante un tratamiento y una separación de nutrientes adecuados y, cuando proceda, el empleo de productos fertilizantes producidos a partir de fuentes renovables, como los residuos de biomasa y el estiércol, a fin de evitar déficits de nutrientes a largo plazo; recuerda la importancia del estiércol como abono orgánico y promueve su uso sostenible en el ciclo de cultivo; pide a la Comisión que evalúe los nuevos materiales reciclados, que contienen nutrientes esenciales para las plantas (fósforo, potasio y nitrógeno), para añadirlos en el futuro a la lista de insumos del Reglamento (UE) 2018/848, en consonancia con los principios de la agricultura ecológica, la calidad, la seguridad y la confianza de los consumidores;
63. Pide más investigación e información sobre los potenciales beneficios del uso de bioestimulantes agrícolas y enmiendas del suelo de origen biológico en los sistemas de agricultura ecológica y sobre la manera en que contribuyen a la absorción de nutrientes, así como un mejor rendimiento de este modelo de producción, a fin de permitir su adopción más amplia y contribuir a reducir la brecha entre el rendimiento ecológico y el convencional; señala que el fomento del uso de una combinación adecuada de nutrientes externos específicos para cada explotación, además de la fijación biológica del nitrógeno, podría abordar el reto de los desequilibrios en los presupuestos de nutrientes en los sistemas de agricultura ecológica;
64. Destaca la urgente necesidad de desarrollar la producción de proteínas vegetales ecológicas y de estimular la producción de leguminosas ecológicas, también en sistemas de forraje, en la Unión, con el fin de disminuir el nivel de dependencia de las importaciones del sector ecológico; insta a la Comisión a que elabore un plan estratégico específico a este respecto;
65. Acoge con satisfacción la contribución de la agricultura ecológica a la reducción del uso de plaguicidas sintéticos y pide a la Comisión que, a la hora de elaborar la nueva legislación sobre el uso sostenible de los plaguicidas, defina productos de biocontrol y aumente la disponibilidad de soluciones de biocontrol y sustancias naturales, que tienen margen para un uso mucho más amplio, mediante la mejora y la aceleración del proceso de evaluación y autorización;
66. Recuerda a la Comisión y a los Estados miembros la Resolución del Parlamento, de 15 de febrero de 2017, sobre los plaguicidas de bajo riesgo de origen biológico[9], y subraya la necesidad de apoyar el desarrollo de productos fitosanitarios alternativos seguros, eficaces y asequibles, y de fomentar un mayor uso de ellos, en particular facilitando tanto el procedimiento de autorización de las sustancias básicas como la extensión de su uso, ya que se trata de un componente importante en el desarrollo de la producción ecológica; destaca la necesidad de crear las condiciones para la igualdad de acceso a los productos fitosanitarios y fertilizantes ecológicos en los Estados miembros; subraya que los residuos de plaguicidas presentes en el medio ambiente pueden afectar también a los productos ecológicos;
67. Señala que los agricultores ecológicos, que garantizan unas normas medioambientales estrictas durante la producción, no deben ser considerados responsables de los riesgos que escapan a su control, y pide a la Comisión que siga promoviendo la armonización en la gestión de los residuos de plaguicidas detectados;
68. Destaca la importancia de disponer de semillas ecológicas de alta calidad, materiales heterogéneos y variedades vegetales de alto rendimiento ecológicos y en cantidades suficientes, variedades autóctonas y variedades adaptadas localmente; señala su potencial para reforzar la resiliencia frente a las enfermedades de las plantas y el impacto del cambio climático; anima a la Comisión y a los Estados miembros a redoblar sus esfuerzos, también mediante medidas concretas, por mejorar el funcionamiento del mercado de semillas ecológicas, y cree que los períodos transitorios resultarían útiles para la consecución de este objetivo; pide a la Comisión que garantice que se asignen suficientes recursos financieros a la investigación sobre la cría de animales y la selección de semillas ecológicas;
69. Subraya la importancia de apoyar los programas de conservación y selección de las razas autóctonas, que, por su robustez, son especialmente adecuadas para la agricultura ecológica; destaca la necesidad de apoyar la mejora de cultivos tradicional para desarrollar variedades sanas y resilientes y de contar con métodos modernos, sostenibles e innovadores para desarrollar nuevas prácticas agrícolas y semillas ecológicas, al tiempo que se mantiene un alto nivel de protección de la salud humana y del medio ambiente;
70. Destaca, en este contexto, el papel que pueden desempeñar las innovaciones científicas en la mejora vegetal, en particular en lo que respecta al aumento de la resistencia de las variedades, el fomento de la diversidad de los recursos genéticos y el refuerzo de los sistemas de producción de alimentos, al tiempo que recuerda que el uso de semillas modificadas genéticamente no está permitido en la agricultura ecológica;
71. Apoya la intención de la Comisión de ampliar el análisis de los Observatorios Europeos del Mercado a los productos ecológicos; hace hincapié en la importancia de intensificar la recogida de datos precisos y oportunos y mejorar su disponibilidad, también a escala regional, sobre el sector ecológico a fin de valorar mejor sus efectos medioambientales, económicos y sociales;
72. Considera que esto debe incluir datos sobre la contribución del sector a la sostenibilidad medioambiental, junto con datos sobre la producción, la transformación y el consumo, también en el sector de la hostelería y en los comedores públicos, sobre el comercio dentro de la Unión y con terceros países y sobre los precios en origen y al por menor, las preferencias de los consumidores, las estructuras de la cadena de suministro, el valor añadido y la participación de los agricultores en las cadenas de suministro; está convencido de que estos datos son esenciales para configurar y supervisar la política de la Unión en materia de producción ecológica y adoptar medidas para corregir los desequilibrios entre la oferta y la demanda, evaluar las tendencias de consumo y producción y aumentar la transparencia y la confianza en el sector;
73. Reconoce el potencial de un espacio común europeo de datos sobre la agricultura para aumentar el conocimiento y la confianza de los consumidores y para mejorar la trazabilidad de la cadena de suministro de productos ecológicos; hace hincapié en que, para estimular la demanda, es esencial determinar las necesidades de los consumidores mediante evaluaciones pertinentes; pide a los Estados miembros que comuniquen mejor los resultados económicos del sector ecológico; pide a la Comisión que realice estudios y análisis exhaustivos sobre el impacto que tendría un aumento de la agricultura ecológica tanto en el cambio climático como en la seguridad alimentaria en la Unión;
°
° °
74. Encarga a su presidenta que transmita la presente resolución al Consejo, a la Comisión y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El 25 de marzo de 2021, la Comisión publicó el Plan de acción para el desarrollo de la producción ecológica de la UE (PADPE), anunciado en la Estrategias «De la granja a la mesa» y sobre la biodiversidad, en el que la Comisión estableció un objetivo respecto a la proporción de superficie agrícola de la UE que debe dedicarse a la agricultura ecológica y prevé un aumento significativo de la acuicultura ecológica de aquí a 2030. Estas estrategias forman parte del Pacto Verde Europeo, la agenda política de la Comisión para lograr una Europa sostenible y climáticamente neutra de aquí a 2050. La Comisión AGRI ha decidido elaborar un informe de propia iniciativa sobre dicho Plan de acción.
El PADPE destaca que, al producir alimentos de alta calidad con un bajo impacto medioambiental, la agricultura ecológica, junto con otros métodos de cultivo sostenibles, desempeñará un papel esencial en el desarrollo de un sistema alimentario sostenible en la UE. El PADPE establece acciones concretas que abarcan toda la cadena de suministro, desde la producción hasta el consumo de alimentos.
Se divide en tres ejes interrelacionados que abordan las ambiciones de los objetivos de sostenibilidad del Pacto Verde: 1. estimular la demanda y garantizar la confianza de los consumidores; 2. estimular la conversión y consolidar todos los eslabones de la cadena de valor; 3. aumentar la contribución de la agricultura ecológica a la sostenibilidad medioambiental. Los tres ejes estarán sustentados por veintitrés acciones, que darán continuación a algunas de las acciones del PADPE para el período 2014-2020, propondrán un conjunto de nuevas acciones y movilizarán diferentes fuentes de financiación. Se prevé una revisión intermedia del PADPE en 2024, y se ha establecido un «Día de la Producción Ecológica de la UE», que se celebrará el 23 de septiembre.
Los productos ecológicos certificados son, en general, más caros que sus equivalentes convencionales, ya que su producción conlleva mayores costes y, por tanto, requiere de precios de mercado más elevados para recuperar dichos costes. Tales precios pueden representar una barrera para la expansión del sector ecológico, pero al mismo tiempo constituyen un requisito económico previo para la continuación de la agricultura ecológica y la adopción ulterior de este tipo de explotación.
En 2019, la superficie agrícola total de la UE dedicada a la agricultura ecológica creció hasta los 13,8 millones de hectáreas y actualmente representa el 8,5 % de la superficie agrícola utilizada total de la Unión. La extensión de la producción ecológica difiere significativamente entre Estados miembros, y oscila entre el 0,5 % y el 26 % de la superficie agrícola dedicada a este tipo de cultivos. El objetivo en materia de agricultura ecológica de la UE de aquí a 2030 exige un crecimiento significativo del sector en solo ocho años, lo que coloca a los Estados miembros en una posición difícil para ajustar sus ambiciones en el terreno de la producción ecológica.
Con el fin de brindar a los Estados miembros la posibilidad de crear PADPE nacionales a medida, que actúen como un conjunto de herramientas de apoyo que complementen sus ambiciones ecológicas nacionales en el marco de la política agrícola común (PAC), el PADPE de la UE debe proponer los instrumentos, los incentivos, la flexibilidad y el equilibrio adecuados para abordar las diferentes circunstancias que se dan en las distintas regiones de Europa.
El PADPE de la UE debe adoptar un enfoque global que se base en los efectos multifuncionales de la agricultura ecológica, promueva la sostenibilidad económica, ecológica y social de manera equivalente, y estimule y movilice a los Estados miembros para que formulen sus propios PADPE nacionales con acciones concretas y acotadas en el tiempo. Estos PADPE nacionales deben incluir acciones destinadas a apoyar el avance de toda la cadena de suministro de productos ecológicos, promover la contratación pública ecológica (CPE), reforzar la capacidad para impulsar la evolución del mercado, y ayudar a los agricultores con la conversión y la adopción de buenas prácticas en materia de agricultura ecológica, entre otras medidas adaptadas a las necesidades de los Estados miembros.
En primer lugar, el desarrollo y el crecimiento del sector ecológico de la UE deben ir acompañados de una evolución de la cadena de suministro global e impulsada por el mercado, que incluya medidas que estimulen una mayor demanda de alimentos ecológicos y garanticen la confianza de los consumidores. La sobreproducción ecológica podría dar lugar a una caída asociada de los precios de productos ecológicos, lo que en última instancia podría debilitar económicamente a los agricultores ecológicos de la UE y reducir la motivación de estos para procurar la conversión ecológica y, en última instancia, no daría lugar a la consecución de los objetivos climáticos y medioambientales del Pacto Verde en la medida deseada. Por tanto, el futuro aumento previsto de la oferta de alimentos ecológicos debe acompañarse de una demanda igualmente elevada, con el fin de salvaguardar la rentabilidad futura del mercado y de la agricultura ecológicos en la UE.
Estimular la demanda y garantizar la confianza de los consumidores
Para que el PADPE cumpla su función de conjunto de herramientas de apoyo para la consecución de la respectiva ambición ecológica de la PAC de cada Estado miembro, debe dotarse un presupuesto adecuado de la PAC para incentivar a los agricultores a transformar sus explotaciones y a mantener prácticas agrícolas ecológicas a escala nacional, a través de medidas de desarrollo rural, regímenes ecológicos de recién adopción, o de una combinación de ambos. El apoyo de los Estados miembros a la renovación generacional en el ámbito de la agricultura ecológica es crucial en este sentido.
El éxito del PADPE también dependerá de una mayor participación del sector privado para estimular la demanda, especialmente en países con unos mercados y una producción ecológicos menos desarrollados.
Mayores ambiciones en lo que atañe a la CPE en los Estados miembros pueden elevar la demanda de productos ecológicos y actuar como estímulo para alcanzar el objetivo fijado en materia de agricultura ecológica. La Comisión debe predicar con el ejemplo y aplicar los criterios de la CPE en los comedores, restaurantes y cafeterías de las instituciones y agencias de la UE. La investigación de las barreras estructurales y logísticas actuales a la expansión de la adopción de los criterios de la CPE por parte de los Estados miembros y la oferta de soluciones constituyen otras tareas importantes para la Comisión con el fin de contribuir al desarrollo futuro del consumo de productos ecológicos. Los Estados miembros deben incluir también la distribución de este tipo de productos en el programa escolar de la UE.
Resulta esencial garantizar que los consumidores se encuentren en disposición de adoptar decisiones informadas al adquirir alimentos. Para influir de manera decisiva en las decisiones de compra de los consumidores, es fundamental seguir promoviendo el logotipo ecológico de la UE, que debe servir como garantía de aspectos clave del marco regulador de los productos ecológicos de la Unión, como las normas comunes, la certificación, un control del cumplimiento riguroso y el etiquetado inequívoco.
Los consumidores que adquieren alimentos ecológicos tienen ciertas expectativas respecto a su calidad, y confían en los organismos de certificación y los controles de este tipo de artículos para que verifiquen tal calidad, así como para que proporcionen información sobre el origen de los productos. La desconfianza en el proceso de certificación ecológica de la UE y las dudas sobre el logotipo ecológico de la Unión pueden dañar de manera permanente los esfuerzos por consolidar el sector ecológico. Por consiguiente, la transparencia es crucial para los consumidores y requiere de controles obligatorios por parte de organismos de control independientes. Dada la complejidad de la cadena de suministro de productos ecológicos, es esencial que la Comisión, los Estados miembros y otras partes interesadas participen activamente en la determinación del modo en que pueden consolidarse los mecanismos de certificación y control existentes para prevenir el fraude en la producción y el comercio ecológicos, tanto en la UE como en terceros países, así como para evitar cargas administrativas y costes adicionales para los agricultores. Para abordar estas tareas deben entrar en juego diversas soluciones informáticas.
Si se procura el máximo desarrollo del sector ecológico, la participación de las autoridades locales y regionales es crucial. Los representantes locales y regionales suelen disponer de una imagen clara de las deficiencias existentes en sus respectivas regiones o comunidades, y pueden determinar el margen de mejora y las acciones concretas pertinentes. Las ciudades, los pueblos y las regiones desempeñan un papel cada vez más valioso en el apoyo a la estructuración del sector ecológico en lo que atañe a la producción, la logística y el comercio y la facilitación de la creación de mecanismos de cooperación organizada entre productores y consumidores. Las actividades de sensibilización e información, así como el desarrollo de programas educativos para centros preescolares y escuelas, incluidas las visitas a granjas ecológicas para desarrollar una mayor conexión con la agricultura y el valor de los alimentos, pueden ser medidas beneficiosas para educar a los consumidores presentes y futuros a escala local.
En algunas partes de la UE, el aumento de la producción ecológica supera el desarrollo del mercado ecológico. Las medidas destinadas a promover la exportación de productos ecológicos de la UE pueden devenir necesarias para evitar la sobreproducción y salvaguardar la rentabilidad del mercado y la agricultura ecológicos en la UE.
Por otra parte, para que la UE aproveche su capacidad en lo que atañe al establecimiento de estándares mundiales en materia de agricultura sostenible, son importantes los programas de información y promoción sobre los productos ecológicos de la UE, así como el refuerzo del conocimiento y el reconocimiento del logotipo ecológico de la Unión en países terceros, lo que proporciona a los consumidores garantías respecto a la sostenibilidad, la calidad y las características de los productos y los procesos de producción utilizados.
La acuicultura ecológica es un sector relativamente joven con un considerable potencial de crecimiento, y los Estados miembros y otras partes interesadas deben velar por acelerar su desarrollo.
Estimular la conversión y consolidar todos los eslabones de la cadena de valor
En una situación de mercado equilibrada, las cadenas de suministro de alimentos cortas y locales que también tengan en cuenta la estacionalidad, así como las oportunidades de comercialización directa —siempre que resulten posibles— poseen un gran potencial para proporcionar beneficios económicos y medioambientales a los agricultores ecológicos y a las economías rurales, garantizando los ingresos y creando empleo, al tiempo que contribuyen al bienestar de los animales, así como a la protección del medio ambiente, la biodiversidad y el clima.
El desarrollo de biodistritos en los Estados miembros genera sinergias entre agricultores, consumidores, el sector de la hostelería y las empresas culturales, ya que son de naturaleza multifuncional y promueven el potencial económico y sociocultural de las regiones. Debe alentarse a las redes existentes a ampliar el número de pueblos y ciudades participantes.
Para estimular la conversión y consolidar todos los eslabones de la cadena de valor, es fundamental ampliar el intercambio estructurado de conocimientos y buenas prácticas sobre agricultura ecológica entre Estados miembros y agricultores, así como reforzar los servicios de asesoramiento agrario. La creciente colaboración entre los científicos, los servicios de asesoramiento, el sector de la educación, los agricultores y la sociedad es beneficiosa para el desarrollo del sector ecológico.
El uso de tecnologías digitales, como la agricultura de precisión y la cadena de bloques, puede contribuir al desarrollo de la agricultura ecológica. Existe una brecha cada vez mayor en el uso de la tecnología en las pequeñas y grandes empresas, instalaciones de transformación y explotaciones agrícolas, y esa brecha difiere en los distintos Estados miembros. La adaptación de tecnologías y soluciones digitales a gran escala a las empresas orgánicas, instalaciones de transformación y explotaciones agrícolas de pequeña escala, así como las innovaciones en soluciones novedosas y a medida para la producción a pequeña escala, ejercerán un efecto positivo en la producción ecológica, por ejemplo, en lo que se refiere a la eficiencia de los recursos.
Mejora de la contribución de la agricultura ecológica a la sostenibilidad
Una sólida política de investigación e innovación debe acompañar, impulsar y apoyar de manera fundamental la notable expansión de la superficie agrícola de la UE dedicada a la agricultura ecológica. Deben romperse las barreras existentes y eliminarse las restricciones. Para superar restricciones en la agricultura ecológica, como la disponibilidad de piensos proteicos, vitaminas, productos fitosanitarios, fertilizantes y recursos genéticos de naturaleza orgánica, y para procurar que se atiendan las expectativas de la sociedad respecto al bienestar animal y al uso eficiente de los recursos, se requiere urgentemente investigación e innovación. La asignación de fondos a Horizonte Europa y el estímulo y fomento de la cooperación entre las comunidades de investigación que trabajan en el ámbito de la alimentación y la agricultura ecológicas y convencionales para promover el aprendizaje mutuo, pueden ejercer un impacto significativo en la mejora de la contribución de la agricultura ecológica a la sostenibilidad.
Por ejemplo: necesitamos semillas ecológicas de alta calidad, materiales heterogéneos y variedades vegetales de alto rendimiento, ecológicos y disponibles en cantidades suficientes, que proporcionen una mayor resiliencia frente a las enfermedades de las plantas y el impacto del cambio climático. Por otra parte, deben encontrarse y promoverse productos y métodos fitosanitarios alternativos, ya que el segmento de mercado de las sustancias naturales es pequeño y menos rentable, y el proceso de registro resulta costoso y requiere mucho tiempo. La Comisión y los Estados miembros deben redoblar sus esfuerzos por mejorar el funcionamiento del mercado de semillas y productos fitosanitarios ecológicos, y deben disponer períodos transitorios para su establecimiento y desarrollo.
La intensificación de la recogida y la disponibilidad de datos exactos, oportunos y comparables sobre el sector ecológico desempeña un papel importante en su ulterior desarrollo. En particular, los datos sobre la producción, el consumo, el comercio dentro de la UE y con países no pertenecientes a la Unión, y el desempeño en materia de sostenibilidad, incluidos los relativos a los precios en origen y de venta al por menor, las preferencias de los consumidores, las estructuras de las cadenas de suministro, el valor añadido y la participación de los agricultores en las cadenas de suministro, son necesarios para conformar y supervisar la política de la UE en materia de producción ecológica y evaluar las tendencias de consumo y producción. Los efectos medioambientales, económicos y sociales del sector ecológico de la UE pueden adquirir mayor visibilidad de este modo, y la confianza en los productos ecológicos de la Unión puede mejorarse mediante una mayor transparencia de los datos. En este sentido, cabe acoger favorablemente la intención de la Comisión de ampliar el análisis de los Observatorios Europeos del Mercado a los productos ecológicos.
En conclusión, los alimentos de alta calidad, producidos a escala regional y en armonía con la naturaleza, son importantes para la calidad de vida de los ciudadanos europeos y para la protección del medio ambiente, la biodiversidad y el clima. Tales son las aspiraciones de la agricultura ecológica. Dotamos al modelo ecológico de un mayor espacio en Europa, respetando al mismo tiempo el potencial de otros métodos agrícolas sostenibles para contribuir a la consecución de los objetivos del Pacto Verde.
INFORMACIÓN SOBRE LA APROBACIÓN EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO
Fecha de aprobación |
31.3.2022 |
|
|
|
Resultado de la votación final |
+: –: 0: |
45 0 0 |
||
Miembros presentes en la votación final |
Mazaly Aguilar, Clara Aguilera, Atidzhe Alieva-Veli, Álvaro Amaro, Attila Ara-Kovács, Carmen Avram, Adrian-Dragoş Benea, Benoît Biteau, Mara Bizzotto, Daniel Buda, Isabel Carvalhais, Asger Christensen, Angelo Ciocca, Dacian Cioloş, Paolo De Castro, Jérémy Decerle, Salvatore De Meo, Herbert Dorfmann, Luke Ming Flanagan, Dino Giarrusso, Martin Häusling, Martin Hlaváček, Elsi Katainen, Camilla Laureti, Gilles Lebreton, Julie Lechanteux, Norbert Lins, Chris MacManus, Colm Markey, Marlene Mortler, Ulrike Müller, Bronis Ropė, Bert-Jan Ruissen, Anne Sander, Petri Sarvamaa, Simone Schmiedtbauer, Annie Schreijer-Pierik, Marc Tarabella, Veronika Vrecionová, Sarah Wiener |
|||
Suplentes presentes en la votación final |
Anna Deparnay-Grunenberg, Anja Hazekamp, Tonino Picula, Michaela Šojdrová, Tom Vandenkendelaere |
VOTACIÓN FINAL NOMINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO
45 |
+ |
ECR |
Mazaly Aguilar, Bert-Jan Ruissen, Veronika Vrecionová |
ID |
Mara Bizzotto, Angelo Ciocca, Gilles Lebreton, Julie Lechanteux |
NI |
Dino Giarrusso |
PPE |
Álvaro Amaro, Daniel Buda, Salvatore De Meo, Herbert Dorfmann, Norbert Lins, Colm Markey, Marlene Mortler, Anne Sander, Petri Sarvamaa, Simone Schmiedtbauer, Annie Schreijer-Pierik, Michaela Šojdrová, Tom Vandenkendelaere |
Renew |
Atidzhe Alieva-Veli, Asger Christensen, Dacian Cioloş, Jérémy Decerle, Martin Hlaváček, Elsi Katainen, Ulrike Müller |
S&D |
Clara Aguilera, Attila Ara-Kovács, Carmen Avram, Adrian-Dragoş Benea, Isabel Carvalhais, Paolo De Castro, Camilla Laureti, Tonino Picula, Marc Tarabella |
The Left |
Luke Ming Flanagan, Anja Hazekamp, Chris MacManus |
Verts/ALE |
Benoît Biteau, Anna Deparnay-Grunenberg, Martin Häusling, Bronis Ropė, Sarah Wiener |
0 |
- |
0 |
0 |
Explicación de los signos utilizados
+ : a favor
- : en contra
0 : abstenciones
- [1] DO C 270 de 7.7.2021, p. 2.
- [2] DO L 150 de 14.6.2018, p. 1.
- [3] DO C 67 de 8.2.2022, p. 25.
- [4] Textos Aprobados, P9_TA(2021)0425.
- [5] DO L 435 de 6.12.2021, p. 1.
- [6] DO L 435 de 6.12.2021, p. 262.
- [7] DO C 390 de 18.11.2019, p. 2.
- [8] Barreiro Hurle, J.; Bogonos, M.; Himics, M.; Hristov, J.; Pérez Domínguez, I.; Sahoo, A.; Salputra, G.; Weiss, F.; Baldoni, E. y Elleby, C.: «Modelling environmental and climate ambition in the agricultural sector with the CAPRI model» (Modelación de la ambición medioambiental y climática del sector agrícola con el modelo CAPRI), Oficina de Publicaciones de la Unión Europea, Luxemburgo, 2021.
- [9] DO C 252 de 18.7.2018, p. 184.