PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre la situación en Venezuela
16.9.2024 - (2024/2810(RSP))
presentada de conformidad con el artículo 136, apartado 2, del Reglamento interno
Diana Riba i Giner, Nicolae Ştefănuță, Leoluca Orlando
en nombre del Grupo Verts/ALE
B10‑0025/2024
Resolución del Parlamento Europeo sobre la situación en Venezuela
El Parlamento Europeo,
– Vistas sus anteriores Resoluciones sobre Venezuela,
– Vistos la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros tratados e instrumentos de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos,
– Vistos los informes de 31 de julio y 12 de agosto de 2024 de la Misión internacional independiente de determinación de los hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela de las Naciones Unidas,
– Vista la declaración, de 3 de septiembre de 2024, del portavoz del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos,
– Vista la declaración del vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, de 8 de septiembre de 2024, sobre los últimos acontecimientos en Venezuela,
– Visto el informe del Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la Secretaría para el Fortalecimiento de la Democracia de la Organización de los Estados Americanos, de 30 de julio de 2024, sobre las elecciones presidenciales en Venezuela,
– Visto el Acuerdo parcial sobre la promoción de derechos políticos y garantías electorales para todos, más conocido como el Acuerdo de Barbados,
– Visto el artículo 136, apartado 2, de su Reglamento interno,
A. Considerando que Venezuela lleva muchos años sufriendo una grave crisis de derechos humanos, caracterizada por graves violaciones de los derechos humanos y el desarrollo de una compleja emergencia humanitaria; que esta situación tan crítica ha dado lugar a que más de 7,77 millones de personas abandonen Venezuela en busca de protección, una cifra que representa más del 25 % de la población total de Venezuela;
B. Considerando que Venezuela celebró elecciones presidenciales el 28 de julio de 2024; que, el 29 de mayo de 2024, el Consejo Nacional Electoral de Venezuela (CNE) revocó unilateralmente su invitación a la Unión para observar dichas elecciones;
C. Considerando que, en 2023, el Gobierno de Nicolás Maduro y la alianza opositora Plataforma Unitaria se habían comprometido, en virtud del Acuerdo de Barbados, a celebrar unas elecciones libres y justas en 2024 y a permitir a todos los partidos políticos seleccionar a sus candidatos para las elecciones presidenciales;
D. Considerando que las autoridades estatales venezolanas han ampliado su política de represión a gran escala desde el 28 de julio de 2024, lo que ha dado lugar a la muerte de más de veinte manifestantes y transeúntes y a la detención de más de 2 400 personas, incluidos unos 120 niños;
E. Considerando que, el 15 de agosto de 2024, los diputados a la Asamblea Nacional de Venezuela pertenecientes al partido gobernante aprobaron una ley que otorga al Gobierno amplias competencias para controlar y cerrar organizaciones no gubernamentales;
F. Considerando que el informe provisional del grupo de expertos de las Naciones Unidas, invitado por el CNE para evaluar el desarrollo de las elecciones, puso de manifiesto la falta de fundamento de los resultados anunciados por las autoridades venezolanas; que el CNE se ha negado a publicar las actas electorales completas; que, por consiguiente, la Unión se ha negado a reconocer a Nicolás Maduro como presidente de Venezuela;
G. Considerando que, ante la represión, la persecución política y las amenazas directas a su seguridad y libertad, Edmundo González se ha visto obligado a solicitar asilo político y a aceptar la protección ofrecida por España;
H. Considerando que en Venezuela persisten la inestabilidad institucional, económica y política y las violaciones sistemáticas de los derechos humanos;
1. Pide a las autoridades venezolanas que publiquen sin demora las actas electorales completas de las elecciones presidenciales del 28 de julio de 2024 y que respeten la voluntad del pueblo venezolano;
2. Pide a las autoridades venezolanas que pongan fin a la represión y el acoso a la oposición y a la sociedad civil y que pongan en libertad a todas las personas detenidas arbitrariamente, que garanticen su seguridad física y psicológica y su acceso a una atención sanitaria y medicamentos adecuados mientras se encuentren en prisión, que garanticen su acceso a abogados de su elección y que permitan las visitas familiares sin restricciones indebidas;
3. Pide a la Unión que colabore con sus socios internacionales para garantizar el respeto de la voluntad del pueblo venezolano expresada en las urnas y el respeto de la democracia y el Estado de Derecho;
4. Pide al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas que amplíe el mandato de su Misión internacional independiente de determinación de los hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela con el fin de investigar exhaustivamente las violaciones de los derechos humanos en el país y exigir la rendición de cuentas a los responsables de crímenes internacionales;
5. Expresa su pleno apoyo a la investigación en curso de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional sobre los crímenes contra la humanidad en Venezuela;
6. Pide a la Unión y a sus Estados miembros que presten apoyo logístico y financiero a los defensores de los derechos humanos y a la sociedad civil para ayudar a hacer frente a la actual crisis humanitaria y socioeconómica; pide a la Unión que amplíe el acceso al asilo y a otras formas de protección internacional para los venezolanos que abandonan su país, de conformidad con las normas internacionales;
7. Pide al Consejo que, en vista de la situación en Venezuela, examine urgentemente la conveniencia de aplicar sanciones específicas, a través del régimen de sanciones de la Unión de alcance mundial en materia de derechos humanos, contra los responsables de violaciones de los derechos humanos en el país;
8. Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, al secretario general de las Naciones Unidas y las autoridades venezolanas.