Propuesta de resolución - B10-0027/2024Propuesta de resolución
B10-0027/2024

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre la situación en Venezuela

16.9.2024 - (2024/2810(RSP))

tras una declaración de la Comisión
presentada de conformidad con el artículo 136, apartado 2, del Reglamento interno

Hermann Tertsch, Anders Vistisen, Jorge Martín Frías, António Tânger Corrêa, Klara Dostalova, Ondřej Knotek, Jaroslav Bžoch, Jaroslava Pokorná Jermanová, Jana Nagyová, Silvia Sardone
en nombre del Grupo PfE

Véase también la propuesta de resolución común RC-B10-0023/2024

Procedimiento : 2024/2810(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
B10-0027/2024
Textos presentados :
B10-0027/2024
Debates :
Textos aprobados :

B10‑0027/2024

Resolución del Parlamento Europeo sobre la situación en Venezuela

(2024/2810(RSP))

El Parlamento Europeo,

 Vistas sus anteriores Resoluciones sobre Venezuela,

 Visto el artículo 136, apartado 2, de su Reglamento interno,

A. Considerando que, el 17 de octubre de 2023, el régimen venezolano alcanzó un acuerdo (el «Acuerdo de Barbados») con la oposición política; que este acuerdo abarcaba temas importantes, como la participación de observadores internacionales en el proceso electoral; que el acuerdo se firmó para garantizar unas elecciones libres y limpias en Venezuela;

B. Considerando que las elecciones anteriores en Venezuela, incluidas las elecciones presidenciales de 2018, no han recibido reconocimiento oficial en un contexto de acusaciones de intimidación e irregularidades generalizadas y fraude a gran escala por parte del régimen de Nicolás Maduro;

C. Considerando que, en su Resolución, de 13 de julio de 2023, sobre las inhabilitaciones políticas en Venezuela[1], el Parlamento Europeo ya condenó enérgicamente la inhabilitación política de candidatos por parte del régimen venezolano; que esta Resolución condenaba específicamente la inhabilitación inconstitucional y arbitraria durante quince años de María Corina Machado y de otras figuras políticas destacadas y lamentaba que se hubieran ignorado por completo las recomendaciones de la última Misión de Observación Electoral (MOE) de la Unión Europea;

D. Considerando que, antes de las elecciones, varios países ya manifestaron su profunda preocupación por la injerencia del régimen venezolano en la composición del Consejo Nacional Electoral (CNE); que la Asamblea Nacional, controlada por el régimen, eligió a todos los nuevos miembros del CNE en agosto de 2023;

E. Considerando que, en las elecciones presidenciales celebradas el 28 de julio de 2024, la tramitación de los votos y el anuncio de los resultados por el Consejo Nacional Electoral, controlado por Maduro, fueron muy deficientes, lo que dio lugar al anuncio de unos resultados que no representan la voluntad del pueblo venezolano sin aportar pruebas que respaldasen tales resultados; que, por consiguiente, los resultados electorales proclamados por el CNE no pueden legitimarse, ya que son consecuencia de un fraude a gran escala;

F. Considerando que la oposición democrática ha publicado más del 80 % de las actas de recuento recibidas directamente de los colegios electorales de toda Venezuela; que dichas actas indican que Edmundo González Urrutia recibió el mayor número de votos en las elecciones presidenciales del 28 de julio en Venezuela por un margen insuperable; que los observadores independientes han corroborado estos hechos;

G. Considerando que lo anteriormente mencionado y otras pruebas irrefutables indican que el ganador indiscutible de las elecciones presidenciales y el nuevo presidente electo y legítimo de Venezuela es Edmundo González Urrutia;

H. Considerando que Venezuela está gobernada por un régimen autoritario que reprime a la oposición política y a los defensores de los derechos humanos; que la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y su misión internacional de investigación han documentado numerosos asesinatos, desapariciones forzadas, detenciones arbitrarias y casos de tortura y maltrato a opositores al régimen de Maduro, que pueden considerarse crímenes contra la humanidad;

I. Considerando que los presos políticos en Venezuela se enfrentan a condiciones de detención inhumanas y a torturas sistemáticas, y que el régimen les niega una atención sanitaria crítica;

J. Considerando que el régimen venezolano cuenta con el apoyo de agentes y países internacionales, como Cuba y Nicaragua, la mayoría de ellos representados en el Foro de São Paulo y el Grupo de Puebla; que Venezuela, junto con Cuba, es el aliado comercial, político y militar más importante de Rusia y de Irán en América Latina;

K. Considerando que, desde las elecciones presidenciales, el régimen de Maduro ha intensificado su represión contra la oposición política; que, el 2 de septiembre de 2024, el Ministerio Público de Venezuela anunció que un tribunal había emitido una orden de detención contra el líder de la oposición Edmundo González Urrutia, acusado de conspiración y otros delitos;

L. Considerando que la represión ejercida por el régimen de Maduro contra la oposición llevó a Edmundo González a abandonar el país y solicitar asilo en España, con el objetivo de proteger su libertad, su integridad y su vida;

1. Condena el fraude electoral a gran escala cometido por el régimen venezolano durante las elecciones presidenciales del 28 de julio de este año y no reconoce la falsa victoria proclamada por Nicolás Maduro y sus representantes;

2. Reconoce a Edmundo González Urrutia como nuevo presidente electo y legítimo de la República de Venezuela;

3. Pide a la Unión, en particular al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR), Josep Borrell, y a los Estados miembros de la Unión que reconozcan a Edmundo González Urrutia como presidente legítimo de la República de Venezuela;

4. Lamenta la continua represión por parte del régimen venezolano a figuras de la oposición, que incluye torturas, desapariciones forzadas y asesinatos; reitera su apoyo firme e incondicional al pueblo venezolano;

5. Pide la liberación incondicional e inmediata de todos los presos políticos encarcelados de forma injusta y arbitraria por el régimen venezolano;

6. Lamenta la conformidad de Venezuela con Rusia, Cuba, Nicaragua, Irán y otros regímenes dictatoriales;

7. Pide a la comunidad internacional y a la Unión, en particular al VP/AR y a los Estados miembros, que impongan nuevas sanciones selectivas contra las personas del régimen venezolano y sus representantes responsables de violaciones de los derechos humanos contra el pueblo venezolano; pide a la Unión que suspenda todos los fondos y proyectos destinados a Venezuela; pide a la Unión que embargue y decomise, con arreglo a un régimen jurídico sólido, todos los fondos y recursos económicos en el territorio de la Unión cuya propiedad, tenencia o control corresponda a Nicolás Maduro o al Estado venezolano, o a cualquier otro miembro del régimen venezolano responsable de violaciones de los derechos humanos y fraude electoral;

8. Apoya plenamente las investigaciones de la Corte Penal Internacional (CPI) sobre los delitos generalizados y los actos de represión perpetrados por el régimen venezolano; insta al fiscal de la CPI a que actúe con diligencia; pide a la Unión que apoye la iniciativa de los Estados parte en la CPI de incoar una investigación sobre los crímenes contra la humanidad cometidos por el régimen de Maduro y sus representantes, especialmente los cometidos por el presidente Nicolás Maduro y el fiscal general de Venezuela, Tarek William Saab, a fin de exigirles responsabilidades;

9. Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y al secretario general de la Organización de los Estados Americanos.

 

 

Última actualización: 18 de septiembre de 2024
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