PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
5 de septiembre de 2000
presentada de conformidad con el apartado 2 del artículo 37 del Reglamento
por Robert Goebbels y Evelyne Gebhart
en nombre del Grupo del PSE
sobre la clonación de embriones humanos con fines terapéuticos
Véase también la propuesta de resolución común RC-B5-0702/2000
B5‑0755/2000
Resolución del Parlamento Europeo sobre la clonación de embriones humanos con fines terapéuticos
El Parlamento Europeo,
– Vista la decisión del Gobierno del Reino Unido de presentar proyectos de ley con vistas a permitir la clonación de embriones humanos con fines terapéuticos, manteniendo la prohibición de la clonación con fines reproductivos, y vista la evolución similar en los Estados Unidos,
– Vista la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo (98/44/CE), de 6 de julio de 1998, relativa a la protección jurídica de las invenciones biotecnológicas, por la que se prohíbe el uso industrial o comercial de embriones humanos,
– Vistas sus resoluciones de 16 de marzo de 1989 sobre los problemas éticos y jurídicos de la manipulación genética y sobre la fecundación artificial “in vivo” e “in vitro”, de 12 de marzo de 1997 y de 15 de enero de 1998 sobre la clonación de seres humanos, y de 30 de marzo de 2000 sobre la patente nº. EP 695 351,
A. Considerando que la investigación científica, clave del progreso humano, debe proseguirse; que, no obstante, esta investigación no debe atentar contra la dignidad y la integridad del ser humano,
B. Considerando que el progreso científico en la tecnología de la célula humana ofrece nuevas oportunidades en el ámbito de la investigación médica y farmacéutica, la atención médica y el tratamiento de enfermedades genéticas hasta ahora incurables,
C. Considerando que algunas técnicas y el posible mal uso de las mismas, en particular la clonación de embriones humanos, suscitan gran preocupación en la opinión pública y plantean serios problemas éticos que deben ser objeto de un debate público, exhaustivo y con conocimiento de causa,
D. Considerando que hay que proporcionar una información completa al público y que la Unión Europea debe desempeñar un papel de líder a la hora de fomentar el debate público,
1. Decide crear una Comisión temporal sobre bioética en el Parlamento Europeo, con vistas a establecer una plataforma pública para un debate profundo y con conocimiento de causa sobre estos temas;
2. Pide a la Comisión que presente propuestas con vistas a garantizar la participación del Parlamento en todo lo relacionado con las cuestiones éticas en el ámbito de la biotecnología;
3. Pide al Grupo Europeo de Ética de las Ciencias y Nuevas Tecnologías que emita lo antes posible su dictamen sobre la clonación de embriones humanos con fines terapéuticos y pide a la Comisión que verifique su conformidad con la legislación europea;
4. Reitera su convicción de que es esencial definir orientaciones éticas y jurídicas basadas en el respeto de la dignidad humana en el ámbito de la biotecnología;
5. Encarga a su Presidenta que transmita la presente resolución a la Comisión, al Consejo y a los Gobiernos de los Estados miembros.