PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
4.7.2005
presentada de conformidad con el apartado 2 del artículo 103 del Reglamento
por Jonas Sjöstedt y André Brie
en nombre del Grupo GUE/NGL
sobre Belarús
B6‑0424/2005
Resolución del Parlamento Europeo sobre Belarús
El Parlamento Europeo,
– Vistas sus anteriores resoluciones sobre la situación en Belarús,
– Vistas las conclusiones finales de la Misión Internacional de Observación Electoral de la Asamblea Parlamentaria de la OSCE de 9 de diciembre de 2004,
– Vistas las Resoluciones de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa sobre la situación en Belarús y, en particular, su Resolución de 28 de abril de 2004 sobre la persecución de que es objeto la prensa en la República de Belarús,
– Visto el apartado 2 del artículo 103 de su Reglamento,
A. Considerando que el Consejo de Europa condenó las elecciones parlamentarias y el referéndum celebrados en Belarús el 17 de octubre de 2004, por considerar que no respetaban las normas internacionales,
B. Considerando que la UE ha condenado en repetidas ocasiones la detención de importantes líderes de la oposición por el Gobierno de Lukashenko, que no se ha avanzado en absoluto en la investigación de los casos de varias personas desaparecidas y que la situación en materia de democracia y de derechos humanos en Belarús se ha seguido deteriorando,
C. Considerando que, en abril de 2004, la Comisión de Derechos Humanos de las NU criticó a Belarús debido a las informaciones que se recibían continuamente sobre casos de detenciones arbitrarias y de privación de libertad y por el acoso a que se veían sometidos las organizaciones no gubernamentales y los partidos políticos de la oposición, así como quienes se comprometían en actividades democráticas,
D. Considerando se cerraron 22 publicaciones independientes durante el período comprendido entre 2003 y 2004, y que otras siete lo fueron temporalmente en el período anterior a las elecciones parlamentarias de octubre de 2004,
E. Considerando que el Estado se ha hecho con el monopolio de las publicaciones y que los editores privados que quedan deberán hacer frente a fuertes multas si publican periódicos independientes,
F. Considerando que el sistema de distribución de la prensa ha sido monopolizado por empresas estatales y que toda la distribución privada de medios de comunicación de masas fue prohibida en 2004,
G. Considerando que todos los programas de televisión, tanto nacionales como regionales, están bajo el control gubernamental,
1. Condena firmemente los ataques indiscriminados del régimen de Belarús contra medios de comunicación, periodistas, miembros de la oposición, militantes por los derechos humanos y toda persona que trate libremente de expresar críticas contra el Presidente y el régimen;
2. Reafirma su llamamiento a las autoridades de Belarús a fin de que garanticen el derecho constitucional a la libertad de expresión y de prensa; pide a la Comisión que contribuya al desarrollo de medios de comunicación democráticos e independientes, incluidos los que no tienen fines de lucro, por medio de la EDDH y que apoye a los periodistas represaliados y a sus familias;
3. Subraya una vez más que el desarrollo de las relaciones de la UE con Belarús seguirá dependiendo de los avances hacia la democratización y la reforma del país y del acceso de los bielorrusos a medios de comunicación objetivos, libres y transparentes;
4. Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión, al Consejo, a los Parlamentos y a los Gobiernos de los Estados miembros y a las Asambleas Parlamentarias de la OSCE y del Consejo de Europa, así como al Gobierno y al Parlamento de Belarús.