PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
25.1.2006
presentada de conformidad con el apartado 5 del artículo 108 del Reglamento
por Francis Wurtz
en nombre del Grupo GUE/NGL
sobre la posición de la UE con respecto al Gobierno cubano
B6‑0078/2006
Resolución del Parlamento Europeo sobre la posición de la UE con respecto al Gobierno cubano
El Parlamento Europeo,
– Vistas las declaraciones de la Presidencia de la Unión Europea, de 13 de junio de 2005, sobre Cuba,
– Vista la posición común del Consejo de 2 de diciembre de 1996 sobre Cuba, que se ha reiterado desde entonces sin modificaciones en varias ocasiones,
– Visto el apartado 5 del artículo 108 de su Reglamento,
A. Considerando la emoción y la reprobación suscitadas en Europa por la condena, en 2003, de 75 opositores políticos a largas penas de cárcel,
B. Considerando la negativa del Gobierno cubano a conceder a las esposas y a las hijas de estos presos ―las llamadas «Damas de Blanco»― un visado para permitirles recibir el Premio Sájarov que el Parlamento Europeo les otorgó en 2005,
C. Considerando el contexto general en el que se producen estas nuevas tensiones y, en particular, las graves consecuencias del embargo impuesto a la isla por los Estados Unidos desde hace más de 40 años, en flagrante violación del Derecho internacional, así como las amenazas y los ataques de todo tipo, también terroristas, y los reiterados intentos de desestabilización de Cuba que emanan por regla general de los Estados Unidos,
D. Considerando que el embargo tiene graves consecuencias sobre la economía y las condiciones de vida de los cubanos y que, a pesar de ello, el Gobierno cubano ha seguido garantizando a los ciudadanos cubanos el acceso a la salud, a la educación y a la investigación médica,
E. Recordando que ahora mismo hay cinco ciudadanos cubanos encarcelados en los Estados Unidos, sin que haya habido un juicio equitativo, y que, por el contrario, el Gobierno estadounidense sigue dando refugio a un nacional cubano autor de un atentado contra un avión civil que causó la muerte de 76 personas,
F. Considerando, no obstante, que esta política agresiva e ilegal de los Estados Unidos no justifica «como contrapartida» ninguna violación de los derechos humanos,
G. Considerando, por el contrario, que la legítima denuncia de tales casos en Cuba no debe en ningún caso conducir a minimizar, cubrir o incluso imitar la estrategia de tensión y desestabilización de Washington con respecto a Cuba,
1. Pide a la Unión Europea que inicie con el Gobierno cubano un diálogo político sobre todos los problemas planteados, con arreglo a los mismos criterios que aplica al conjunto de los Estados con los que mantiene relaciones, reiterando al mismo tiempo su firme condena del embargo, en particular, en el seno de las Naciones Unidas;
2. Celebra, a este respecto, la decisión del Consejo de suspender las sanciones contra Cuba y pide la supresión inmediata del embargo por los Estados Unidos, como lo han recomendado en varias ocasiones las Naciones Unidas;
3. Expresa el vivo deseo de que este enfoque conduzca a resultados concretos, también sobre la cuestión de la pena de muerte, cuya abolición en Cuba constituiría un acto político importante;
4. Pide a las autoridades cubanas que garanticen la libertad de expresión;
5. Desea el refuerzo del diálogo y el establecimiento duradero de una verdadera asociación entre la Unión Europea y Cuba;
6. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y de los países candidatos a la adhesión, al Consejo de Ministros ACP-UE, a la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE y al Gobierno y a la Asamblea Nacional de la República de Cuba.