PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
25.1.2006
presentada de conformidad con el apartado 5 del artículo 108 del Reglamento
por Carmen Fraga Estévez, David Casa y Ioannis Gklavakis
en nombre del Grupo del PPE-DE,
Heinz Kindermann, en nombre del Grupo del PSE,
Pedro Guerreiro, en nombre del Grupo GUE/NGL, y
Seán Ó Neachtain, en nombre del Grupo UEN
sobre la aprobación de medidas de gestión aplicables a los recursos pesqueros del Mediterráneo
B6‑0083/2006
Resolución del Parlamento Europeo sobre la aprobación de medidas de gestión aplicables a los recursos pesqueros del Mediterráneo
El Parlamento Europeo,
– Vista la propuesta de la Comisión (COM(2003)0589),
– Visto el proyecto de informe de la Comisión de Pesca (A6-0112/2005), aprobado el 9 de junio de 2005,
– Visto el apartado 5 del artículo 108 de su Reglamento,
A. Considerando que la aprobación de dicho informe fue el resultado de una estrecha colaboración con la Comisión Europea, que culminó con un compromiso entre los diputados y el servicio de la DG Pesca de la Comisión,
B. Considerando que las únicas medidas de gestión aplicables hoy día a la pesca en el Mediterráneo se remontan a 1994 y que dichas medidas, que ya en su época se consideraron obsoletas, no afectan a los restantes mares de la Unión Europea, que sí cuentan con unas medidas que permiten una pesca responsable,
C. Considerando que la falta de reglamentación en materia de gestión de la pesca en esta región de la UE ha dado lugar a una discriminación evidente entre los pescadores europeos que no hace más que agravarse,
D. Considerando que algunas poblaciones de peces con un elevado valor comercial están experimentando una grave reducción,
1. Hace partícipe de su preocupación por la pasividad del Consejo, que debe interpretarse como una falta de interés por el Mediterráneo, cuando éste está reconocido, por lo que se refiere a las actividades pesqueras, como una de las regiones más diversificadas y complejas tanto desde el punto de vista biológico como ecológico, social y económico;
2. Manifiesta su inquietud al respecto, ya que es consciente de que semejante pasividad, al frenar la aprobación de normas más responsables y mejor adaptadas al marco general de la PPC, es incompatible con el objetivo de desarrollo sostenible;
3. Se muestra preocupado por el hecho de que, si no se toma rápidamente ninguna medida, se corre el riesgo de que no se respeten las obligaciones internacionales en materia de gestión de la pesca de la Unión Europea, sobre todo en el ámbito de las ORP para el Mediterráneo (CGPM y CICAA);
4. Pide, en consecuencia, al Consejo que haga lo posible para que se aprueben lo antes posible las medidas de gestión aplicables a los recursos pesqueros del Mediterráneo;
5. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y a los Parlamentos de los Estados miembros.