PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
8.2.2006
presentada de conformidad con el apartado 2 del artículo 103 del Reglamento
por Jelko Kacin, Annemie Neyts-Uyttebroeck, Sarah Ludford, Ignasi Guardans Cambó y Philippe Morillon
en nombre del Grupo ALDE
sobre las perspectivas para Bosnia y Herzegovina
B6‑0095/2006
Resolución del Parlamento Europeo sobre las perspectivas para Bosnia y Herzegovina
El Parlamento Europeo,
– Vistas sus resoluciones anteriores sobre Bosnia y Herzegovina y sobre los Balcanes Occidentales y, en particular, su Resolución de 14 de abril de 2005 sobre los Balcanes Occidentales,
– Visto el inicio el 25 de enero de 2006 de las negociaciones sobre un acuerdo de estabilización y asociación entre la Unión Europea y Bosnia Herzegovina,
– Visto el Acuerdo marco de Dayton de 1995 y la necesidad de reformar y de adaptar su marco constitucional en Bosnia y Herzegovina,
– Visto el compromiso político y financiero a largo plazo de la Unión Europea con Bosnia y Herzegovina y la perspectiva a largo plazo de adhesión a la UE, esbozada en la Cumbre de Salónica de junio de 2003,
– Vistas las negociaciones constitucionales iniciadas en Bosnia y Herzegovina y el acuerdo político alcanzado el 16 de enero de 2006 sobre una primera serie de enmiendas constitucionales que tienen como objetivo que el proceso de toma de decisiones y el marco institucional sean más eficaces y eficientes,
– Vista la Comunicación de la Comisión «Los Balcanes Occidentales en la vía hacia la UE: consolidación de la estabilidad y aumento de la prosperidad», de 27 de enero de 2006,
– Visto el artículo 103 de su Reglamento,
A. Considerando que Bosnia y Herzegovina tiene una perspectiva clara de adhesión, tal y como se recoge en el Programa de Salónica, del que el proceso de estabilización y asociación constituye la fase inicial,
B. Considerando que el inicio de las negociaciones sobre un acuerdo de estabilización y asociación entre Bosnia y Herzegovina y la Unión Europea refuerza la presión en favor de una reforma constitucional y la creación de unas instituciones estatales plenamente eficaces, transparentes y estables capaces de tomar las decisiones que se imponen para adoptar y aplicar las normas y valores de la UE en la legislación,
C. Considerando que este proceso, diez años tras la firma del Acuerdo de Dayton, debe tener como objetivo la creación de un Estado que pueda sostenerse a si mismo, dotado de unas instituciones que funcionen plenamente, y que debe ir acompañado de la reducción progresiva de la presencia de la administración de las Naciones Unidas y de la disminución gradual de los poderes del Alto Representante,
D. Considerando que los partidos políticos han iniciado conversaciones sobre cambios constitucionales y que debería llegarse a un acuerdo al respecto antes de marzo de 2006,
E. Considerando que los cambios constitucionales deben tener como objetivo primordial la superación de las divisiones religiosas y étnicas y la creación de unas instituciones estatales fuertes y de un sistema político simplificado en el que la soberanía resida en el Estado y en los ciudadanos y no en los grupos religiosos y étnicos y creando, así, las condiciones para una sociedad democrática moderna y que funcione,
F. Considerando que la plena cooperación con el Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia (TPIY) constituye un requisito previo para la reconciliación entre los distintos grupos étnicos,
1. Acoge con satisfacción la decisión de iniciar las negociaciones sobre un acuerdo de estabilidad y asociación con Bosnia y Herzegovina y la voluntad de llevar a cabo una reforma constitucional, política y económica reinante entre las fuerzas políticas del país; subraya que los valores y principios europeos deben respetarse plenamente y tenerse en cuenta en el contexto de los cambios constitucionales;
2. Subraya que el ritmo de las reformas y su aplicación vendrán determinados por la capacidad de los interlocutores políticos locales de asumir responsabilidades y de hacer suyo en mayor medida el proceso político del país; pide al nuevo Representante Especial/Alto Representante de la UE que utilice sus poderes con mesura para impulsar el desarrollo de unas instituciones locales verdaderamente fuertes y democráticas;
3. Recuerda a los dirigentes y a los partidos políticos que deben abordarse los siguientes temas en el marco de los cambios constitucionales:
- (a)La cooperación con el TPIY y con el tribunal local competente en materia de crímenes de guerra;
- (b)La aplicación de políticas eficaces a favor del retorno de los refugiados y de las personas desplazadas;
- (c)El respeto de los derechos humanos y de las minorías;
- (d)La aplicación de políticas eficaces de lucha contra la corrupción, la delincuencia organizada y el tráfico de drogas, personas y armas;
4. Pide al Alto Representante, al Consejo y a la Comisión que examinen cómo facilitar la necesaria asistencia política, técnica y judicial a los dirigentes y a los partidos políticos de Bosnia y Herzegovina en sus esfuerzos de reforma de la Carta Constitucional y de aplicación de las reformas;
5. Acoge con satisfacción la Comunicación de la Comisión «Los Balcanes Occidentales en la vía hacia la UE: consolidación de la estabilidad y aumento de la prosperidad», de 27 de enero de 2006, ya que subraya la urgente necesidad de que se registren avances económicos no sólo en Bosnia y Herzegovina sino en la región en su conjunto para luchar contra la pobreza, el desempleo y la marginalización y para sentar las bases de unas economías sostenibles;
6. Reitera su llamamiento en favor de una cooperación reforzada con los países de la región en relación con él control de las fronteras como elemento de una estrategia ampliada de la UE en materia de asuntos de justicia y de interior, y expresa su deseo de que se simplifiquen progresivamente los requisitos en materia de visado que conlleva este proceso;
7. Apoya la iniciativa de establecer una comisión sobre la verdad y la reconciliación destinada a asimilar el pasado reciente y a abordar los problemas relacionados con la justicia;
8. Pide a las autoridades bosnias que hagan todos los esfuerzos que estén en sus manos para poner fin a la discriminación generalizada que obstaculiza el retorno de los refugiados y que ayuden a los refugiados que deseen regresar;
9. Celebra la designación de Christian Schwarz-Schilling como nuevo Representante Especial/Alto Representante y felicita a Lord Ashdown por los logros alcanzados durante su mandato;
10. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Representante Especial/Alto Representante de la UE, Christian Schwarz-Schilling, y a la Presidencia y al Parlamento de Bosnia y Herzegovina.