PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
15.3.2006
presentada de conformidad con el apartado 5 del artículo 108 del Reglamento
por Francis Wurtz y Willy Meyer Pleite
en nombre del Grupo GUE/NGL
sobre la revisión del Acuerdo de Cotonú y la fijación del importe del décimo FED
B6‑0196
Resolución del Parlamento Europeo sobre la revisión del Acuerdo de Cotonú y la fijación del importe del décimo FED
El Parlamento Europeo,
– Vistas las modificaciones al Acuerdo de Asociación ACP-CE, firmado en Luxemburgo el 24 de junio de 2005, y, en particular, su Anexo Ia relativo al «Marco financiero plurianual de cooperación con arreglo al Acuerdo de Cotonú revisado»,
– Vista la Comunicación de la Comisión relativa a la plena integración de la cooperación con los países ACP en el presupuesto de la UE (COM(2003)0590),
– Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo de los días 15 y 16 de diciembre de 2005, en particular el punto 70 y el Anexo II relativo a la contribución respectiva de los Estados miembros a la cooperación ACP,
– Vistas sus anteriores resoluciones sobre:
- –la integración del Fondo Europeo de Desarrollo (FED) en el presupuesto de la Unión Europea, aprobada el 1 de abril de 2004,
- –los retos políticos y medios presupuestarios de la Unión ampliada 2007-2013, aprobada el 8 de junio de 2005,
– Vistos los compromisos contraídos por los Estados miembros en 2005, en particular:
- -la Unión Europea y sus Estados miembros alcanzarán de aquí a 2015 el objetivo fijado por las Naciones Unidas del 0,07 % de la RNB de la UE, lo que incrementará la contribución de la UE a los Objetivos de Desarrollo del Milenio de 33 000 millones de euros en 2003 a más de 84 000 millones de euros en 2015 (Consejo Europeo de junio de 2005),
- -un objetivo intermedio para la Unión Europea del 0,56 % se logrará en 2010, con lo que la contribución de la Unión Europea en ayuda oficial al desarrollo debería alcanzar los 67 000 millones de euros (Consejo Europeo de junio de 2005),
- -la Unión Europea y otros donantes duplicarán la ayuda destinada a África, proporcionando a este continente 25 000 millones de dólares estadounidenses en ayuda oficial al desarrollo (AOD) en 2010, es decir dos veces más que en 2004 (Cumbre del G8 de julio 2005),
– Visto el apartado 5 del artículo 108 de su Reglamento,
A. Considerando el compromiso que figura en el Anexo Ia del Acuerdo de Cotonú revisado, según el cual «durante este nuevo período la Unión Europea mantendrá su ayuda a los Estados ACP como mínimo al mismo nivel que el de la ayuda del noveno FED, sin incluir los saldos. A ese nivel se añadirán, basándose en las estimaciones de la Comunidad, los efectos de la inflación, el crecimiento de la Unión Europea y la ampliación a diez nuevos Estados miembros en 2004»,
B. Considerando que, aunque la Comisión había calculado inicialmente para el décimo FED una dotación media de 24 948 millones euros para el período 2008-2013 (6 años), el Consejo Europeo decidió, en su reunión de los días 15 y 16 de diciembre de 2006 en Bruselas, un importe de 22 682 millones de euros en precios corrientes,
C. Considerando que esta reducción de 2 000 millones de euros está en desacuerdo con los compromisos contraídos por la Unión en el Anexo 1a del Acuerdo de Cotonú revisado y no refleja las numerosas promesas políticas realizadas en 2005 en favor de un incremento sustancial de la ayuda oficial al desarrollo (AOD),
D. Considerando que los Estados ACP no darán su aprobación al Acuerdo de Cotonú revisado sin la inclusión del Anexo 1a relativo a la financiación, por lo que es necesario que los Estados miembros de la UE mantengan sus promesas,
E. Considerando la adhesión de Timor Oriental al Acuerdo de Cotonú el 15 de diciembre de 2005,
F. Considerando la preocupación expresada por los países y territorios de ultramar (PTU) en cuanto a su exclusión del décimo FED y las incertidumbres sobre si la futura financiación de la cooperación de la UE les beneficiará,
1. Considera lamentable que la dotación global aprobada para el décimo FED por el Consejo Europeo sea inferior a las estimaciones iniciales de la Comisión;
2. Lamenta que numerosas promesas políticas formuladas en 2005 en cuanto a un aumento sustancial de la ayuda oficial al desarrollo no se hayan traducido en un aumento sustancial de la contribución de los Estados miembros al FED;
3. Pide a los Estados miembros que reconsideren su contribución al décimo FED y propongan un nivel más elevado;
4. Pide al Consejo y a la Comisión que aclaren la financiación de la dimensión «Desarrollo» de los acuerdos de asociación económica en curso de negociación;
5. Observa que la contribución de Rumanía y Bulgaria al décimo FED debería se adicional, una vez que se haya hecho efectiva su adhesión a la UE;
6. Pide al Consejo que tenga en cuenta la adhesión de Timor Oriental al Acuerdo de Asociación; considera que la ayuda a este nuevo país debería figurar claramente como suplementaria en relación con la fórmula del Anexo 1a del Acuerdo de Cotonú revisado;
7. Pide al Consejo y a la Comisión que aclaren lo más pronto posible la cuestión de la financiación futura de la cooperación con los PTU;
8. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Estados ACP.