Propuesta de resolución - B6-0198/2006Propuesta de resolución
B6-0198/2006

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

16.3.2006

tras las preguntas orales B6‑0009/2006 y B6‑0010/2006
presentada de conformidad con el apartado 5 del artículo 108 del Reglamento
por Paul Rübig, José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra, Giles Chichester, Jacek Emil Saryusz-Wolski y Alejo Vidal-Quadras Roca
en nombre del Grupo del PPE-DE
sobre la seguridad del suministro de energía en la Unión Europea

Procedimiento : 2006/2530(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
B6-0198/2006
Textos presentados :
B6-0198/2006
Textos aprobados :

B6‑0198/2006

Resolución del Parlamento Europeo sobre la seguridad del suministro de energía en la Unión Europea

El Parlamento Europeo,

–  Vista la propuesta de la Comisión de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las condiciones de acceso a las redes de transporte de gas (COM(2003)0741),

−  Vistos el apartado 2 del artículo 251 y el artículo 95 del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta,

−  Vista la Directiva 2004/67/CE del Consejo, de 26 de abril de 2004, relativa a unas medidas para garantizar la seguridad del suministro de gas natural,

−  Visto el Reglamento (CE) n° 1775/2005, de 28 de septiembre de 2005, sobre las condiciones de acceso a las redes de transporte de gas natural,

−  Visto el Libro Verde, de 8 de marzo de 2006, sobre una Estrategia europea para una energía sostenible, competitiva y segura (COM(2006)0105),

–  Visto el apartado 5 del artículo 108 de su Reglamento,

A.  Considerando que la seguridad energética debe considerarse como un componente esencial del concepto global de seguridad y repercute cada vez más sobre la seguridad global de la Unión Europea,

B.  Considerando que la política energética de la UE tiene tres objetivos principales: la seguridad del suministro, la competitividad y la protección del medio ambiente,

C.  Considerando que las infraestructuras de la UE para el transporte de la electricidad y el gas (en particular, las interconexiones) son insuficientes,

D.  Considerando que, actualmente, el mercado comunitario de la energía no está integrado y no es lo suficientemente competitivo,

E.  Considerando que, por el momento, no existe un fundamento jurídico para una política de energía europea común, pero sí un amplio consenso entre los Estados miembros para seguir avanzando en este sentido,

F.  Considerando que el nivel de dependencia de las importaciones de energía de la UE-25 es del 48 % (2002) y que, según las previsiones, será del 71 % en 2030 si no se adoptan medidas adicionales; que la seguridad del suministro es una de las condiciones más importantes para la seguridad energética,

G.  Considerando que el 77 % de la demanda de petróleo de la UE, el 51 % de su demanda de gas y prácticamente el 100 % de la demanda de uranio y de productos derivados del uranio se cubren mediante importaciones,

H.  Considerando que, en 2005, el consumo de energía primaria en la UE-25 fue de 1 700 millones de toneladas equivalentes de petróleo (Mtep), y de ellas, el 38 % de petróleo, el 23 % de gas, el 18 % de carbón/combustibles sólidos, el 15 % de energía nuclear y el 6 % de fuentes de energía renovables (FER),

I.  Considerando que, en 2004, la utilización final de la energía en la UE-25 fue del 28 % en el sector industrial, el 31 % en el transporte y el 41 % en la construcción,

J.  Considerando que la producción bruta de electricidad de la UE-25 está formada por un 32 % de energía nuclear, un 30 % de combustibles sólidos (principalmente carbón), un 18 % de gas, un 14 % de FER y un 5 % de petróleo,

K.  Considerando que la intensidad energética final en la UE-25 se ha reducido progresivamente, por lo que en 2004 se necesitaba aproximadamente el 70 % de la energía utilizada en 1980 para una unidad de producción económica; que, durante ese mismo período, el consumo global de energía primaria en la UE-25 ha registrado un aumento medio anual del 0,8 %, lo que equivale al 0,5 % per cápita y por año,

L.  Considerando que prácticamente el 60 % del petróleo consumido en Europa en 2004 se utilizó en el sector del transporte; que la Comisión calcula que la demanda de energía en este sector aumentará al menos el 30 % hasta 2030, con un incremento de hasta el 5 % anual en el caso del transporte aéreo,

M.  Considerando que el 29 % del gas consumido en la UE-25 en 2004 se utilizó para la producción de electricidad y que el 71 % restante se utilizó en sectores distintos de la producción de electricidad (industria, vivienda, etc.),

N.  Considerando que la demanda de carbón en la UE ha ido disminuyendo durante muchos años, y que la dependencia de las importaciones ya era del 50 % en la UE-15 y está aumentando en proporción al consumo de carbón,

O.  Considerando que trece Estados miembros producen electricidad nuclear y que algunos Estados miembros han adoptado una política de abandono progresivo de la producción de esta energía,

P.  Considerando que la UE se ha fijado el objetivo de aumentar del 6 % al 12 % la cuota de las energías renovables en el consumo de energía y de llevar al 22,1 % en 2010 la cuota de las mismas en la producción de electricidad y al 5,75 % para el carburante,

Q.  Considerando que la UE debe aprovechar su gran potencial para ahorrar energía en todos los sectores, incluido el del transporte, y desarrollar fuentes de energía y tecnologías que no emitan CO2,

1.  Observa que los recientes conflictos sobre los precios del gas entre Rusia y sus países vecinos, así como los recientes aumentos de precios del crudo, han puesto claramente de manifiesto la vulnerabilidad del suministro y la distribución de energía; constata que la política energética en su sentido estricto debe vincularse a las políticas exterior y de seguridad; pide a la Comisión que responda a los recientes llamamientos en favor de una política común de la energía;

2.  Pide a la UE que tome la iniciativa para establecer una amplia cooperación con todos los grandes países consumidores de petróleo y gas, a saber, los Estados Unidos, Japón y las grandes economías emergentes como la India y China, con el fin de elaborar una estrategia exhaustiva y global en materia de energía; insiste en que esta estrategia debe promover también el ahorro y la eficacia de la energía, así como el uso de fuentes de energía alternativas;

3.  Reconoce la importancia de mantener unas buenas relaciones políticas con los países asociados de la UE y que son sus principales proveedores de energía y con los países de tránsito; apoya la iniciativa de la Comisión destinada a Rusia y pide la urgente ratificación de la Carta de la Energía;

4.  Pide a los Estados miembros que reconozcan la necesidad de lanzar una estrategia sobre la seguridad energética que permita una acción común de la UE en el ámbito de la energía, y que adopten medidas con miras al establecimiento de una política de energía de la UE, recordando al mismo tiempo que los mecanismos del mercado son fundamentales para el funcionamiento eficaz del sistema global de la energía;

5.  Comparte la conclusión del Consejo de que una estrategia común de seguridad del suministro debe respetar las diferencias geográficas, económicas, regionales, climáticas y estructurales de los Estados miembros, promover una mayor apertura del mercado en la UE, ser compatible con el desarrollo sostenible y con los compromisos contraídos en el sector de la energía con respecto al cambio climático, y aportar un valor añadido a la acción individual de los Estados miembros;

6.  Pide a la Comisión que desarrolle un mecanismo para preparar y garantizar una solidaridad y una asistencia rápidas a un país que experimente dificultades en cuanto a la seguridad física de las infraestructuras y la seguridad de suministro; considera que una interrupción repentina y a gran escala del suministro de energía que afecte a uno o varios Estados miembros podría repercutir en el funcionamiento del mercado interior; considera que la solidaridad entre los Estados miembros debe incluir la disposición a ayudar a los países en peligro o en dificultades en situaciones de crisis extrema, por ejemplo, como resultado de catástrofes naturales, atentados terroristas o cortes de suministro por motivos políticos, o cuando esté seriamente amenazada la seguridad de sus ciudadanos;

7.  Aboga por el fortalecimiento de la Política Europea de Vecindad, con especial énfasis en la cooperación con los países vecinos en materia de energía, incluidas las infraestructuras de transporte, a las que debería destinarse una asistencia financiera especial; solicita la integración de la cooperación en materia de política energética en los Planes de acción que se están elaborando en el marco de la Política Europea de Vecindad;

8.  Rechaza la utilización de la política en materia de energía como medio de presión en el ámbito de las relaciones exteriores;

9.  Pide a la Comisión que examine la posibilidad de incluir una cláusula sobre la seguridad energética en los acuerdos con los países que son proveedores de energía o países de tránsito;

10.  Alienta a las empresas europeas a que incrementen sus inversiones en la exploración y el transporte de la energía en los países vecinos, al tiempo que fomentan su riqueza y su desarrollo económico;

11.  Toma nota del llamamiento de la Comisión en favor de la inclusión de un capítulo dedicado a la energía en los Tratados, que en su momento recibió el apoyo del Parlamento, y considera que ha llegado el momento adecuado para que los Estados miembros deliberen sobre la adopción de medidas ulteriores a este fin;

12.  Observa que una política común de la energía debe basarse en estrategias individuales y diferenciadas de los Estados miembros para reducir su dependencia del petróleo y el gas, y complementaría, por consiguiente, las estrategias nacionales mediante la coordinación, y no la substitución, de las medidas nacionales;

13.  Solicita que se aplique un enfoque basado en la imparcialidad y la responsabilidad compartida a la hora de aplicar la política en materia de energía a nivel nacional, de forma que las decisiones estratégicas se adopten consultando también a los socios entre los Estados miembros de la UE que puedan resultar afectados por las mismas;

14.  Observa la urgente necesidad de adoptar medidas concretas para diversificar el suministro de gas y petróleo, así como para explorar todos los medios posibles para reducir el grado de dependencia de la Unión Europea de la importación de energía;

15.  Considera que el nivel de dependencia del petróleo, en particular de las importaciones de petróleo, es sumamente preocupante, especialmente si se tienen en cuenta todos los esfuerzos realizados por los Estados miembros para reducir la dependencia desde la mitad de la década de los 70 y el aumento aparentemente inexorable del consumo en el sector del transporte; solicita, por ende, que se exploren todas las posibilidades para reducir la dependencia de la Unión Europea de las importaciones de energía;

16.  Reconoce la creciente importancia del gas, puesto que su cuota en el consumo total de energía se está aproximando al 25 %, así como la necesidad de aplicar distintas estrategias para garantizar la seguridad del suministro de gas, como el desarrollo de terminales para GNL y de instalaciones de almacenamiento y nuevos gasoductos;

17.  Reconoce la función que desempeña actualmente la energía nuclear, en términos de seguridad del suministro de electricidad, como componente importante de la combinación de energías y como medio para evitar unos 312 millones de toneladas de emisiones de CO2 al año (el 7 % del total de las emisiones de gases de efecto invernadero en la UE); observa que se prevé que las emisiones de CO2 en la UE aumentarán un 12 % hasta 2020, lo que queda muy lejos del objetivo de Kyoto de reducirlas un 8 %;

18.  Considera que la evolución del marco de Kyoto después de 2012 debe examinarse activamente ahora, de forma que los mercados puedan tener en cuenta el coste del carbón en los principales programas de inversión; reconoce que la competitividad y el crecimiento de Europa ya van a disminuir como consecuencia del aumento de los costes laborales y de la electricidad;

19.  Reitera una vez más su firme apoyo a las energías renovables y pide a los Estados miembros que dupliquen sus esfuerzos por llevar al 12 % la cuota de estas energías en el consumo total de energía y al 22,1 % en 2010 la cuota en la producción de energía; acoge favorablemente la adopción de la Directiva relativa a la producción de electricidad a partir de energías renovables;

20.  Está convencido de que un elemento esencial para mantener la seguridad de suministro es la rápida transposición de las disposiciones comunitarias vigentes por parte de todos los Estados miembros, con el fin de realizar un mercado interior de la electricidad y el gas plenamente operativo que refuerce la competitividad, la transparencia y la eficacia energética;

21.  Pide, por tanto, a la Comisión que, junto con los Estados miembros, adopte medidas concretas para establecer un mercado interior europeo de la energía realmente eficaz, como la sincronización o coordinación de las normas del sector, así como la garantía de reciprocidad entre los Estados miembros en los procesos de liberalización; el fomento de incentivos a las infraestructuras del sector, teniendo en cuenta las prioridades de las RTE (redes transeuropeas de energía); la búsqueda del equilibrio en las relaciones entre las empresas europeas que operan en el mercado liberalizado de la UE y las empresas que ejercen un monopolio estatal que operan en los países productores;

22.  Considera esencial el ulterior desarrollo de las interconexiones de electricidad y gas, puesto que constituye una condición esencial para lograr un mercado comunitario de la energía más integrado;

23.  Pide a la Comisión que se oponga a toda medida que bloquee la libre circulación de capitales y a toda distorsión del mercado interior causada por el apoyo proteccionista a los líderes nacionales del mercado;

24.  Pide al Consejo que acepte la posición del Parlamento sobre las prioridades de las RTE, con el fin de completar los eslabones que faltan en las redes transeuropeas de energía, mejorar la seguridad del suministro y completar el mercado interior, apoyando, en su caso, proyectos específicos;

25.  Considera, en consecuencia, que las medidas fiscales serían más eficaces como incentivo que como medio de disuasión, y sólo deberían aplicarse como parte de un paquete de medidas técnicas y reglamentarias; considera que los acuerdos voluntarios con la industria son un buen modelo de lo que se puede hacer al respecto;

26.  Considera urgente que la Comisión presente propuestas y colabore con la industria con miras a acelerar la aplicación de las pilas de hidrógeno y de combustible para la mejora continua y a largo plazo del rendimiento energético y para la conservación de la energía en el sector de los transportes, y subraya que la producción de hidrógeno debe proceder de preferencia de fuentes de energía que no emitan CO2;

27.  Señala el gran potencial de la tecnología limpia del carbón de cara al aumento de la eficacia energética, la reducción de las emisiones contaminantes y la creación de un mercado mundial para los nuevos equipos y sistemas, y pide a la industria y al séptimo Programa marco de investigación que demuestren el buen funcionamiento de los sistemas de producción de energía a base de carbón limpio; considera, por tanto, que es fundamental mantener una industria carbonífera autóctona viable y reconoce que es necesario obtener mejores rendimientos y reducir las subvenciones;

28.  Considera fundamental que la UE dé ejemplo manteniendo en el séptimo Programa marco los gastos para la investigación en materia de tecnologías energéticas del futuro, tales como la fusión nuclear, las pilas de combustible, el ciclo de hidrógeno, las pilas eléctricas y otros sistemas de almacenamiento de energía;

29.  Observa que todas las previsiones coinciden en mostrar que las centrales eléctricas convencionales seguirán aportando una importante cuota de la generación de electricidad incluso a largo plazo, y aboga, por consiguiente, por el fomento de la investigación y el desarrollo de la eficacia y los medios para incrementar la eficacia de esas centrales eléctricas;

30.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Parlamentos de los Estados miembros.