Propuesta de resolución - B6-0552/2006Propuesta de resolución
B6-0552/2006

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

23.10.2006

tras las declaraciones del Consejo y de la Comisión
presentada de conformidad con el apartado 2 del artículo 103 del Reglamento
por Annemie Neyts-Uyttebroeck, Henrik Lax e Ignasi Guardans Cambó
en nombre del Grupo ALDE
sobre Moldova (Transdniéster)

Procedimiento : 2006/2645(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
B6-0552/2006
Textos presentados :
B6-0552/2006
Textos aprobados :

B6‑0552/2006

Resolución del Parlamento Europeo sobre Moldova (Transdniéster)

El Parlamento Europeo,

–  Vistas sus anteriores resoluciones sobre Moldova, en particular la de 18 de diciembre de 2003, la de 24 de febrero de 2005 sobre las elecciones parlamentarias en Moldova y la de 6 de marzo de 2006 sobre los derechos humanos en Moldova, y en particular en Transdniéster,

−  Vistas la Declaración Final y las Recomendaciones de la reunión de la Comisión Parlamentaria de Cooperación UE-Moldova de 6 y 7 de octubre de 2005,

−  Visto el Acuerdo de colaboración y cooperación entre Moldova y la UE, que entró en vigor el 1 de julio de 1998,

−  Vistas las declaraciones de la Cumbre de la OSCE celebrada en Estambul en 1999 y de la reunión del Consejo Ministerial de la OSCE celebrada en Oporto en 2002,

−  Visto el Plan de Acción para Moldova de la Política Europea de Vecindad, que establece el rumbo de una cooperación estratégica entre la República de Moldova y la Unión Europea, adoptado el 22 de febrero de 2006,

–  Visto el apartado 2 del artículo 103 de su Reglamento,

A.  Considerando que la UE reconoce los vínculos históricos, culturales y económicos de Moldova con la Unión Europea,

B.  Considerando que el conflicto entre las autoridades separatistas de Transdniéster y el Gobierno central de Moldova ha contribuido en gran medida a la inestabilidad en todo el país,

C.  Considerando que las negociaciones sobre el estatuto de Transdniéster han tenido lugar desde 1992, en la configuración que se ha dado en llamar «cinco más dos», y que en ellas participan Moldova, la región de Transdniéster de Moldova, Rusia, Ucrania y la OSCE, y la UE y los EE.UU. como observadores; considerando que estas negociaciones se interrumpieron en abril de 2006,

D.  Considerando que el 17 de septiembre de 2006 se celebró en Transdniéster un referéndum sobre la independencia que no ha sido reconocido a escala internacional,

E.  Considerando que la comunidad internacional no ha reconocido este referéndum y que la OSCE no envió observadores para supervisar el proceso,

1.  Subraya que el referéndum no puede ser reconocido, puesto que fue organizado unilateralmente por las autoridades de Transdniéster sin consultar previamente al Gobierno de Moldova y puesto que se celebró en ausencia de observadores internacionales debido a las graves deficiencias constatadas en el proceso de organización del referéndum;

2.  Expresa su apoyo constante a los esfuerzos destinados a hallar una solución pacífica para el conflicto de Transdniéster que sea conforme a las conclusiones de la Cumbre de la OSCE celebrada en Estambul en 1999 y se base en la negociación y el diálogo; recuerda a Rusia el compromiso que asumió en la Cumbre de Estambul de retirar sus municiones, armas y fuerzas armadas del territorio moldovo, y solicita que Rusia respete plenamente este compromiso;

3.  Subraya que la resolución de la cuestión de Transdniéster constituye un elemento fundamental para promover la estabilidad política y la seguridad en la República de Moldova y en toda la región;

4.  Pide a todas las partes en el conflicto que se abstengan de adoptar medidas que puedan agravar de nuevo la situación y que retornen inmediatamente a la mesa de negociaciones en su configuración 5+2 y procuren hallar una solución rápida y transparente para el conflicto;

5.  Pide al Gobierno de la Federación de Rusia que se abstenga de toda injerencia unilateral en los asuntos internos de Moldova, y que, al contrario, coopere estrechamente para establecer una base estable y pacífica de desarrollo para Transdniéster, la República de Moldova y toda la región;

6.  Pide a la Comisión y al Consejo que redoblen sus esfuerzos por promover el diálogo y la reanudación y el progreso de las negociaciones 5+2 sobre el estatuto de la región de Transdniéster, de conformidad con la Carta y las Convenciones de las Naciones Unidas;

7.  Manifiesta su satisfacción ante la decisión adoptada en marzo de 2006 por Ucrania de imponer una nueva reglamentación aduanera en su frontera con Transdniéster, de conformidad con el Derecho internacional;

8.  Lamenta las recientes declaraciones del líder de facto de Transdniéster, quien ha comunicado que dentro de algunos meses se presentará candidato a un cuarto mandato presidencial y que no tiene la intención de retirarse mientras Transdniéster no sea reconocido internacionalmente; solicita el pleno respeto de los valores democráticos, los derechos humanos y el Estado de Derecho;

9.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Gobierno y al Parlamento de Moldova, al Gobierno de Rumanía, al Gobierno de Ucrania, al Gobierno de la Federación de Rusia, al Gobierno de los EE.UU., al Secretario General de la OSCE y al Secretario General del Consejo de Europa.