PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
11.12.2006
presentada de conformidad con el apartado 2 del artículo 103 del Reglamento
por Edward McMillan-Scott, José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra y Gerardo Galeote
en nombre del Grupo del PPE-DE
sobre el Premio Sájarov
B6‑0665/2006
Resolución del Parlamento Europeo sobre el Premio Sájarov
El Parlamento Europeo,
– Visto el apartado 2 del artículo 103 de su Reglamento,
A. Considerando que el Premio Sájarov a la Libertad de Conciencia fue creado en 1988 y que constituye uno de los numerosos apoyos del PE a los derechos humanos y a la causa de la democracia, así como un medio de reconocimiento hacia los que luchan contra la opresión, la intolerancia y la injusticia en el mundo,
B. Considerando que entre los galardonados se encuentran personalidades u organizaciones como: Anatoli Marchenko (1989), Aung San Suu Kyi (1990), Adem Demaçi (1991), Las Madres de la Plaza de Mayo (1992), Oslobodjenje (1993), Taslima Nasrin (1994), Leyla Zana (1995), Wei Jingsheng (1996), Salima Ghezali (1997), Ibrahim Rugova (1998), Xanana Gusmão (1999), Basta Ya (2000), Nurit Peled, Izzat Ghazzawi y Dom Zacarias Kamwenho (2001), Oswaldo Payá Sardiñas (2002), Kofi Annan y el personal de las Naciones Unidas (2003), la Asociación Bielorrusa de Periodistas (2004), Damas de Blanco (Cuba), Reporteros sin Fronteras y Hauwa Ibrahim (ex-aequo) (2005) y Alexander Milinkevich (2006),
C. Considerando que la galardonada en 1990, la disidente birmana Aung San Suu Kyi, que se encuentra en arresto domiciliario, y uno de los galardonados en 2005, el colectivo cubano Damas de Blanco, aún no han sido autorizados a venir a recoger el premio,
D. Considerando que la Conferencia de Presidentes decidió el envío de sendas delegaciones a Cuba y a Myanmar para ponerse en contacto con los galardonados con el fin de comprobar su situación personal,
E. Considerando que entre los demás galardonados cabe citar al Sr. Payá Sardiñas, Premio Sájarov en 2002, quien tras la entrega de su premio aún no ha sido autorizado a visitar las instituciones europeas, tal como ha solicitado el Parlamento en diversas ocasiones,
1. Deplora profundamente el hecho de que dichos galardonados todavía no hayan sido autorizados a recoger personalmente su premio, lo que viola uno de los derechos fundamentales del ser humano, a saber, la libertad de entrar y salir libremente de su propio país, un derecho reconocido expresamente por la Declaración Universal de los Derechos Humanos;
2. Considera inaceptable que, tras la decisión de la Conferencia de Presidentes de enviar sendas delegaciones a Myanmar y a Cuba, las autoridades de ambos países puedan denegar la entrada en su territorio de dichas delegaciones;
3. Acoge favorablemente la decisión de la Conferencia de Presidentes del pasado 16 de noviembre de crear un mecanismo de seguimiento para los galardonados con el Premio Sájarov y de enviar sistemáticamente una delegación del Parlamento Europeo a entrevistarse con aquellos galardonados que no hayan sido autorizados por las autoridades de su país a asistir a la entrega del premio;
4. Reitera su solicitud de que Oswaldo Payá Sardiñas, Premio Sájarov en 2002, pueda acudir a las instituciones europeas;
5. Pide a su Presidente que efectúe todas las gestiones necesarias para que estas decisiones puedan llevarse a la práctica;
6. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos de Myanmar y Cuba, al Parlamento de Myanmar, a la Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba y al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.