PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
26.3.2009
presentada de conformidad con el artículo 103, apartado 2, del Reglamento
por Satu Hassi
en nombre del Grupo Verts/ALE
sobre el Tratado internacional para la protección del Ártico
Véase también la propuesta de resolución común RC-B6-0163/2009
B6‑0174/2009
sobre el Tratado internacional para la protección del Ártico
El Parlamento Europeo,
– – Visto el Año Polar Internacional (API), resultado de una iniciativa conjunta de la Organización Meteorológica Mundial y del Consejo Internacional para la Ciencia para facilitar una mejor observación y comprensión de las regiones polares del mundo,
– Vista la Comunicación de la Comisión titulada «La Unión Europea y la región ártica» (COM(2008)0763),
– Vista la conferencia 'Arctic Transform' celebrada en Bruselas el 5 de marzo de 2009,
– Vista su Resolución, de 9 de octubre de 2008, sobre la gobernanza del Ártico,
– Visto el apartado 2 del artículo 103 de su Reglamento,
A. Considerando que la región del Ártico no está actualmente protegida por normas o regulaciones multilaterales específicas,
B. Considerando que el tráfico marítimo en aguas del Ártico ha aumentado exponencialmente en los últimos años debido al creciente interés por la perforación en alta mar y al paso cada vez más frecuente de cruceros, así como a las perspectivas que ofrece el Paso del Noroeste,
C. Considerando que la región del Ártico puede contener aproximadamente el 20 % de las reservas mundiales de gas y petróleo todavía por descubrir, lo que implica importantes riesgos para el singular entorno ártico en caso de explotación comercial de esas reservas,
D. Considerando que la evolución de las condiciones climáticas en la región del Ártico es tal que los inuit, por ejemplo, ya no pueden cazar de manera tradicional porque la capa de hielo es demasiado delgada para soportar sus trineos, mientras que la fauna silvestre, como los osos polares, las morsas y los zorros, corre el peligro de ver desaparecer gran parte de sus hábitats,
E. Considerando que la existencia de diferentes jurisdicciones en la región ártica podría desatar importantes conflictos entre países,
F. Considerando que la neutralización geopolítica de la región permitiría una mayor cooperación entre las naciones del Círculo Polar Ártico,
G. Considerando que más de la mitad de los miembros del Consejo del Ártico son Estados miembros de la UE y países asociados del EEE,
1. Pide al Consejo y a la Comisión que emprendan negociaciones internacionales para la adopción de un tratado internacional para la protección del Ártico, similar al Tratado Antártico, para convertir el Ártico en un espacio de paz y cooperación reservado exclusivamente a la práctica de actividades pacíficas y libre de conflictos sobre su soberanía;
2. Subraya que deben realizarse esfuerzos para evitar una mayor presencia militar en el Ártico, y para fomentar la cooperación en materia de seguridad en la zona, para mantener el Ártico como región de baja tensión;
3. Pide a la Comisión y al Consejo que, dada la vulnerabilidad del entorno ártico y la incoherencia de una mayor utilización de los combustibles fósiles con la protección global del clima, establezcan como primer paso una moratoria de 50 años sobre toda exploración o expansión de la extracción de recursos minerales en la región;
4. Pide a la Comisión que vele por el refuerzo de las normas internacionales relativas a la seguridad del tráfico marítimo en las zonas particularmente sensibles de la región aportando las modificaciones pertinentes a las normas de la Organización Marítima Internacional (OMI) y que actúe con vistas al establecimiento de un «Código de Navegación Ártica»;
5. Pide a la Comisión que emprenda negociaciones con las autoridades rusas para garantizar la libertad de navegación y el derecho de tránsito y velar por la sostenibilidad medioambiental de toda nueva ruta marítima;
6. Pide al Consejo que incluya la cuestión del Ártico en el orden del día de la próxima cumbre UE-Rusia;
7. Expresa su profunda preocupación por los efectos del cambio climático en la vida sostenible de los pueblos indígenas de la región, tanto por lo que respecta al medio ambiente en general (deshielo del casquete polar y permafrost, elevación del nivel del mar e inundaciones) como al hábitat natural (la disminución del casquete polar plantea problemas para la alimentación de los osos polares), y destaca que toda decisión internacional sobre estas cuestiones debe tomarse teniendo en cuenta a todos los pueblos y las naciones del Ártico y con la participación de las mismas;
8. Señala que los cambios producidos en las capas de hielo del Ártico incidirán en el nivel global del mar, afectando a las ciudades costeras y las zonas de baja altitud, y que la degradación térmica del permafrost liberará grandes reservas de carbono congelado, incrementando el metano resultante el efecto invernadero global; pide, por tanto, a la Comisión y al Consejo que velen por que, cuando la UE desarrolle su posición para la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático CP 15, que debe celebrarse en diciembre de 2009 en Copenhague, se preste a la región del Ártico la especial atención que merece por su impacto en el clima global y su singular entorno natural;
9. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Gobiernos de los Estados miembros, Noruega, Islandia, Rusia, Canadá y Estados Unidos, así como a los actores de la cooperación regional.