Propuesta de resolución - B7-0150/2010Propuesta de resolución
B7-0150/2010

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre UE 2020

3.3.2010

tras la pregunta con solicitud de respuesta oral B7-0000/2010
para cerrar el debate sobre el seguimiento del Consejo Europeo informal del 11 de febrero de 2010
presentada de conformidad con el artículo 115, apartado 5, del Reglamento

Malcolm Harbour, Roberts Zīle en nombre del Grupo ECR

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B7-0150/2010
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B7-0150/2010
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B7‑0150/2010

Resolución del Parlamento Europeo sobre UE 2020

El Parlamento Europeo,

–   Visto su debate sobre la reunión informal del Consejo Europeo, de 11 de febrero de 2010, sobre UE 2020,

–   Visto el documento de consulta de la Comisión Europea sobre UE 2020, publicado el 24 de noviembre de 2009,

 

–   Vista la primera reseña de respuestas, publicada por la Comisión Europea el 2 de febrero de 2010,

 

–   Visto el documento de evaluación de la Comisión Europea sobre la Estrategia de Lisboa, publicado el 2 febrero 2010,

 

–   Vista la pregunta, de 23 de febrero de 2010, a la Comisión, sobre la agricultura y la futura estrategia «UE 2020» (O-0023/2010 – B7‑0000/2010),

 

–   Vistos el artículo 115, apartado 5, y el artículo 110, apartado 2, de su Reglamento,

A. Considerando que, en el documento de evaluación de la Comisión Europea sobre la Estrategia de Lisboa, se afirma que algunos de los objetivos clave de la Estrategia de Lisboa, entre ellos el de un índice de empleo del 70 % y un gasto del 3 % del PIB en I+D, no se alcanzaron,

B.  Considerando que existen cuatro ámbitos prioritarios para las reformas, que abarcan la investigación y la innovación, la inversión en las personas/la modernización de los mercados laborales, la explotación del potencial de las empresas, en particular de las PYME, y la energía y el cambio climático,

C. Considerando la conveniencia de las reformas en el contexto de la Estrategia de Lisboa con miras a reducir las cargas administrativas de las empresas en un importe total de más de 40 000 millones de euros,

D. Considerando la importancia de la vigilancia en los Estados miembros, a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos,

E.  Considerando que la necesidad de que el Consejo acelere el establecimiento de una patente comunitaria a fin de cumplir objetivos clave en materia de innovación resulta de importancia crucial para las empresas,

F.  Considerando que el Parlamento Europeo, el Consejo Europeo y la Comisión Europea deberían asegurar conjuntamente el cumplimiento de los objetivos,

G. Considerando que, más que unos objetivos generales, para el éxito en el cumplimiento de los objetivos de la estrategia UE 2020 revisten importancia crucial unos objetivos y métodos claros y cuantificables, incluido el método abierto de coordinación,

H. Considerando que deberían someterse a debate la eficacia y la coordinación de las opciones en relación con la gobernanza incluidas en la estrategia de Lisboa renovada, entre ellas las Directrices Integradas, los Programas nacionales de reforma, las recomendaciones por países, el Programa comunitario sobre la Estrategia de Lisboa, el Informe anual de progresos de la Comisión y el método abierto de coordinación,

I.   Considerando que debe respetarse la subsidiariedad en relación con el empleo y las políticas sociales, dado que éstos ámbitos siguen siendo competencia de los Gobiernos nacionales,

J.   Considerando que el Parlamento Europeo ya ha expresado su parecer de que conviene establecer con rapidez un sistema interinstitucional de detección de tendencias a largo plazo en los principales ámbitos de gestión política,

K. Considerando que, a la hora de desarrollar una nueva estrategia de crecimiento y empleo, la Comisión y el Consejo deben analizar exhaustivamente por qué razón fracasaron algunos de los objetivos clave de la Estrategia de Lisboa,

1.  Considera que la estrategia UE 2020 debe centrarse en las ventajas económicas comparativas de Europa y los compromisos vigentes a fin de garantizar la competitividad europea en relación con las economías de rápido crecimiento, que exigen que Europa se centre en el desarrollo de su sector de servicios, al tiempo que apoya al sector de producción de alta tecnología competitiva;

2.  Opina que, si se quiere consolidar la ventaja comparativa europea existente, es preciso completar el mercado único, maximizar su potencial comercial, las empresas de nueva creación y la creación de empleo; entre las prioridades cabe citar el Mercado Único Digital, el establecimiento de una patente comunitaria, la aplicación y el cumplimiento de las normas del mercado único, la aplicación del paquete de bienes y servicios, el seguimiento del mercado y una mayor coordinación entre los Estados miembros a fin de reducir los problemas de ejecución, así como mejoras constantes en competencias profesionales, productos, innovación, calidad y prestaciones eficientes y unos avances políticos amplios y radicales en materia de tecnología de la información;

3.  Subraya la importancia de establecer unos objetivos cuantificables: opina que unas evaluaciones de impacto obligatorias, incluidas las pruebas en el ámbito de las PYME, el mercado único y la innovación, incrementando las consultas a las partes interesadas y unas adjudicaciones independientes, permitirían establecer si las propuestas aportan un valor añadido para la UE, y unas evaluaciones de impacto post-ejecución, realizadas por el Parlamento Europeo, el Consejo Europeo y la Comisión Europea son fundamentales para lograr una «legislación inteligente»; destaca la importancia de lograr una reducción del 25 % en las trabas administrativas a la competitividad europea antes de 2012;

4.  Destaca la importancia de dar prioridad a la innovación, la investigación y el desarrollo en el marco de una nueva estrategia de crecimiento y empleo, por ejemplo mediante la realización plena del Espacio Europeo de Investigación, la consolidación de ámbitos de investigación donde Europa ya desempeña un papel precursor a escala mundial, el desarrollo de programas de promoción de la transferencia de conocimientos científicos para la creación de empleo y riqueza, y el fomento de un desarrollo temprano centrado en la promoción de la investigación científica, independientemente del lugar en que se realice, otorgando a la investigación privada el mismo peso que a la investigación académica con miras a alentar el desarrollo científico; subraya la necesidad de liberar el potencial innovador en los mercados públicos con la máxima participación de las PYME y de mejorar los servicios públicos, a través de un mejor acceso a los contratos precomerciales, los contratos innovadores y las asociaciones entre el sector público y privado;

5.  Destaca la importancia de aumentar la seguridad del suministro energético a Europa a través de una diversificación real del mismo, sobre todo mediante el apoyo al proyecto Nabucco, que conectará la Unión Europea con las fuentes de gas natural en el mar Caspio y el Asia Central, y las inversiones en infraestructuras, la interconexión de las redes energéticas, los acuerdos comunes de suministro energético, y los planes de gestión de crisis, en un espíritu de solidaridad entre los Estados miembros;

6.  Subraya la importancia de la aplicación del paquete relativo al clima y la energía para el logro de los objetivos; opina que debe hacerse hincapié en la conexión del Régimen de comercio de derechos de emisión de la UE con otros sistemas de limitación y comercio («cap and trade») y en la seguridad de que funcione el sistema de subastas; que debe reforzarse la acción de la UE orientada a la promoción de modalidades energéticas más ecológicas, incluida la energía renovable y las nuevas tecnologías, tales como la captura y el almacenamiento de carbono, las pilas de combustible y la fusión nuclear; y que la energía basada en la fisión nuclear tiene un papel clave que desempeñar en la producción de electricidad, sobre todo a corto y medio plazo, por lo que convendría incrementar hasta un 40 % su cuota en el suministro total de electricidad de la UE;

7.  Destaca que debe tenerse en cuenta el distinto grado de desarrollo que se da entre los 27 Estados miembros a la hora de atribuir los costes de la adaptación al cambio climático de una manera que no obstaculice la política de cohesión y la igualación gradual de los niveles de vida entre los Estados miembros; recuerda que algunos Estados miembros ya han cumplido con sus obligaciones de reducir las emisiones de dióxido de carbono de conformidad con el Protocolo de Kyoto; recuerda que los costes de adaptación a una economía más verde variarán entre los Estados miembros con arreglo a su nivel de desarrollo y fuentes de energía, por lo que hace un llamamiento en favor de la ayuda a la investigación y el desarrollo en aquellos Estados miembros que han de afrontar unos costes considerables para su adaptación a una economía más verde; opina que el equilibrio entre los compromisos asumidos por el mundo desarrollado y en desarrollo debería constituir un reflejo fiel de la capacidad de cada país a la hora de contribuir a la reducción de las emisiones;

8.  Recuerda que la finalidad primordial de la Política Agrícola Común es garantizar la seguridad en los suministros, la estabilización del mercado y precios razonables para los consumidores, y subraya la necesidad de desarrollo en este ámbito a fin de superar la crisis y garantizar una política alimentaria sostenible y ecológica de la UE, dentro del respeto del carácter sostenible, la seguridad y la calidad de los productos agrícolas;

9.  Subraya que la importancia de superar las diferencias en los niveles de vida existentes en la UE aún no ha disminuido y pide a la Comisión que desarrolle programas de mejora de las infraestructuras en aquellos Estados miembros y regiones que carezcan de infraestructuras adecuadas y de accesibilidad, a través de los Fondos Estructurales y de Cohesión, dentro de un espíritu de solidaridad; en este contexto, subraya que la realización del mercado único para todos los modos de transporte es un elemento esencial de la economía europea, posibilitando la movilidad de personas, bienes y conocimientos a través de las fronteras de la UE, y que las inversiones en infraestructuras de transporte revisten una importancia fundamental a la hora de fomentar el crecimiento y el empleo y de promover los intereses económicos y medioambientales europeos, por lo que deben coordinarse con otros ámbitos políticos importantes;

10. Considera fundamental la flexibilidad salarial, dada la extrema rigidez de las economías europeas debido a la reglamentación del mercado laboral a nivel microeconómico; opina que debería limitarse, en consecuencia, la intervención estatal y de la UE;

11. Considera que debe fomentarse el papel de la cultura empresarial dinámica y el empleo por cuenta propia, a fin de promover la libre iniciativa, el comercio y la competencia libres y leales y crear unas condiciones económicas adecuadas para las pequeñas empresas, que generan la mayoría de nuevos puestos de trabajo; opina que debe simplificarse, acelerarse y abaratarse la creación de pequeñas empresas;

12. Opina que los programas educativos deben preparar mejor a los jóvenes para el mercado laboral, y que la cooperación entre las empresas y las universidades no es sino una de las medidas innovadoras que deben verse apoyadas por mejoras en la calidad de la enseñanza y el desarrollo de competencias;

13. Subraya que, pese a la competencia fiscal perjudicial, el principio de la competencia fiscal entre los Estados miembros debe seguir siendo intocable;

14. Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo, a la Comisión y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.