Propuesta de resolución - B7-0705/2010Propuesta de resolución
B7-0705/2010

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre el sector industrial de las gallinas ponedoras en la UE: prohibición de utilizar jaulas en batería a partir de 2012

13.12.2010

tras la pregunta con solicitud de respuesta oral B7-0657/2010
presentada de conformidad con el artículo 115, apartado 5, del Reglamento

Esther de Lange en nombre del Grupo PPE
James Nicholson en nombre del Grupo ECR
Lorenzo Fontana en nombre del Grupo EFD

Véase también la propuesta de resolución común RC-B7-0705/2010

Procedimiento : 2010/2979(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
B7-0705/2010
Textos presentados :
B7-0705/2010
Textos aprobados :

B7‑0705/2010

Resolución del Parlamento Europeo sobre el sector industrial de las gallinas ponedoras en la UE: prohibición de utilizar jaulas en batería a partir de 2012

El Parlamento Europeo,

–   Vista la Directiva 1999/74/CE, que entró en vigor el 3 de agosto de 1999 e introdujo la prohibición de utilizar jaulas en batería para la cría de las gallinas ponedoras, al tiempo que otorgaba a los productores un período de transición de más de doce años para cambiar sus sistemas de cría,

–   Visto el Reglamento (CE) nº 589/2008 de la Comisión, de 23 de junio de 2008, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo en lo que atañe a las normas de comercialización de los huevos,

–   Visto el Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM),

–   Vista la Comunicación de la Comisión n° 2007/865, de 8 de enero de 2008, sobre los diferentes sistemas de cría de las gallinas ponedoras y más particularmente los cubiertos por la Directiva 1999/74/CE,

–   Vista su Resolución, de 11 de noviembre de 2010, sobre la crisis en el sector ganadero de la UE[1],

–   Vistos el artículo 115, apartado 5, y el artículo 110, apartado 2, de su Reglamento,

A. Considerando que la Comisión Europea no ha sido capaz de dar unas respuestas satisfactorias a los miembros de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural, del Parlamento Europeo, durante sus reuniones de los días 30 de agosto y 29 de septiembre de 2010,

B.  Considerando que la Directiva 1999/74/CE sobre el bienestar de las gallinas ponedoras prohíbe a partir del 1 de enero de 2012 la cría de gallinas en jaulas no acondicionadas, que los Estados miembros y los productores de la UE-15 habrán dispuesto para entonces de más de doce años para garantizar el cumplimiento de los términos de la legislación, y que los productores de la UE-12 habrán dispuesto para ello de ocho años desde la ampliación,

C. Considerando que, en los últimos años, el sector se ha enfrentado a graves epizootias y a profundas crisis del mercado, debido en parte a unos elevados costes de producción, provocados por el incremento del precio de los piensos —que representan hasta el 60 % de los costes totales de los productores— de resultas de la especulación en el mercado de los cereales,

D. Considerando que muchos productores de la Unión Europea han empezado a cambiar sus sistemas de producción con el fin de cumplir lo dispuesto en la Directiva 1999/74/CE del Consejo, pero no habrán completado el proceso antes de que expire el plazo del 1 de enero de 2012,

E.  Considerando que la Comisión adoptó en 2008 una Comunicación sobre los diferentes sistemas de cría de las gallinas ponedoras y más particularmente los cubiertos por la Directiva 1999/74/CE, lo que confirma que la decisión sobre la retirada progresiva de las jaulas en batería hasta el 1 enero 2012 estaba justificada y que no era necesaria modificación alguna de la Directiva; considerando asimismo que la Comisión reiteró esta posición en el Consejo de Agricultura celebrado el 22 de febrero de 2010,

F.  Considerando que los huevos que no se producen de conformidad con la Directiva 1999/74/CE no pueden comercializarse legalmente en la Unión Europea,

G. Considerando que todos los Estados miembros han transpuesto la Directiva 1999/74/CE del Consejo por la que se establecen las normas mínimas de protección de las gallinas ponedoras a la legislación nacional, pero que esto no garantiza la plena aplicación de los requisitos de la Directiva, incluida la eliminación gradual de la utilización de las jaulas en batería antes del 1 de enero de 2012,

H. Considerando que los Estados miembros tienen la responsabilidad de establecer unos regímenes de sanciones proporcionados, eficaces y disuasorios para garantizar la aplicación de la Directiva, mientras que la Comisión, como guardiana de los Tratados, tiene la obligación de supervisar el estado de aplicación en la UE y de tomar medidas, si procede,

I.   Considerando que los informes de la DG AGRI sobre la situación actual y las estimaciones del sector para los próximos años indican que se prevé que un número considerable de Estados miembros y el 30 % de los productores de huevos no acaten la prohibición de las jaulas en batería antes del 1 de enero de 2012,

J.   Considerando que la Directiva 1999/74/CE no prevé un mecanismo específico que permita a un Estado miembro impedir la comercialización en su territorio de huevos u ovoproductos procedentes de otro Estado miembro que no esté adoptando las medidas necesarias para impedir la comercialización de huevos que no se ajustan a lo dispuesto en la Directiva 1999/74/CE,

K. Considerando que el sector de las aves de corral y la producción de huevos no recibe subvenciones de la UE en el marco del primer pilar de la PAC, si bien debe atenerse a las normas en materia de salud y bienestar animal de la UE, que se encuentran entre las más elevadas del mundo,

L.  Considerando que los costes de producción para los productores de huevos que utilicen jaulas acondicionadas superan entre un 8 % y un 13 % a los de aquellos que utilizan jaulas convencionales, y que la correspondiente diferencia de ingresos oscila entre el 3 % y el 4 %,

1.  Pide a la Comisión que mantenga el requisito de prohibir la utilización de jaulas en batería para el 1 de enero de 2012, según lo estipulado en la Directiva sobre el bienestar de las gallinas ponedoras (1997/74/CE);

2.  Hace hincapié en que, por principio, el aplazamiento de la prohibición o las derogaciones a la misma perjudicarían gravemente el bienestar de las gallinas ponedoras, distorsionaría el mercado y penalizaría a los productores que ya han invertido en sistemas sin jaulas o con jaulas acondicionadas; opina, no obstante, que debe buscarse una solución, con unas condiciones claramente definidas, para aquellos productores que hayan comenzado a sustituir sus sistemas de cría por unas jaulas nuevas o unos sistemas de cría alternativos, pero que no hayan concluido la totalidad del proceso para el 1 de enero de 2012;

3.  Expresa su profunda preocupación por el elevado número de Estados miembros y productores de huevos que llevan retraso en los preparativos para cumplir el plazo de 2012;

4.  Se muestra profundamente decepcionado por la falta de un plan de acción de la Comisión Europea en relación con este asunto y por la falta de voluntad de los servicios de la Comisión Europea de proporcionar información adecuada a los miembros de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural del Parlamento Europeo en sus reuniones de 30 de agosto y 29 de septiembre de 2010;

5.  Celebra el propósito de la Comisión de reunirse con las partes interesadas principales y las autoridades competentes en enero de 2011 para evaluar el estado de la aplicación de la Directiva, pero subraya que deberían haberse hecho estos esfuerzos hace ya tiempo;

6.  Pide a la Comisión que aclare urgentemente la cuestión y revele, a más tardar el 1 marzo 2010, las medidas que prevé tomar para garantizar el cumplimiento de la Directiva;

7.  Hace hincapié en que estas medidas deben, ante todo, mantener la igualdad de condiciones y proteger a los productores que sean conformes antes del 1 de enero de 2012 de la competencia desleal de aquellos productores dentro y fuera de la UE que sigan utilizando ilegalmente las jaulas en batería después de esa fecha;

8.  Pide a la Comisión que supervise regularmente los progresos y tome medidas urgentes dirigidas a los Estados miembros para que sus productores de huevos cumplan la prohibición antes del 1 de enero de 2012 y les inste a que desarrollen planes nacionales de actuación, con sanciones disuasorias, con el fin de poner fin al uso en su territorio de jaulas en batería antes del 1 de enero de 2012;

9.  Subraya que los huevos que no se hayan producido de conformidad con la Directiva 1999/74/CE no puede comercializarse legalmente e integrar el comercio interior de la Unión Europea, por lo que insta a la Comisión a que tome medidas para impedir las distorsiones comerciales y evitar que los productores no conformes exporten fuera de su territorio nacional;

10. Señala que, en virtud de la responsabilidad social de las empresas, los procesadores de huevos y el sector minorista no deberían utilizar ni comercializar huevos y ovoproductos que no se produzcan de conformidad con la Directiva 1999/74/CE;

11. Observa que algunos Estados miembros han recurrido a la posibilidad de facilitar fondos a los productores con miras a apoyar la conversión hacia las jaulas acondicionadas; subraya, no obstante, que las presiones que sufren actualmente las finanzas de algunos Estados miembros y las dificultades que afrontan los agricultores de la UE para obtener préstamos bancarios para la financiación de inversiones en las explotaciones pueden dificultar aún más el proceso de conversión hacia las jaulas acondicionadas antes del 1 de enero de 2012;

12. Insta a todos los Estados miembros a que incluyan medidas en sus programas de desarrollo rural para ayudar al sector avícola a cumplir con la Directiva;

13. Subraya la necesidad de concienciar a los consumidores sobre este asunto y sobre los efectos que tiene el incumplimiento de las normas para el bienestar de las gallinas ponedoras y la competencia desleal entre productores; pide a la Comisión que tome todas las medidas necesarias para garantizar que los consumidores podrán distinguir los huevos y los ovoproductos conformes a la Directiva 1999/74/CE de los que no se atienen a las normas de la UE y que destine fondos a sensibilizar al mercado de huevos en este sentido;

14. Señala que los huevos deberían considerarse un alimento básico y de primera necesidad, y destaca que el incumplimiento de la Directiva 1999/74/CE puede dar lugar a la producción de huevos «ilegales», lo cual conllevaría un riesgo de escasez de huevos y un aumento significativo de los precios para los consumidores; subraya, además, que dicha escasez y dichos aumentos de los precios podrían llevar a un incremento de las importaciones de huevos u ovoproductos procedentes de países terceros, que no cumplen las normas europeas en materia de bienestar animal;

15. Pide a la Comisión que intensifique su seguimiento del cumplimiento de la Directiva aumentando la frecuencia de las inspecciones de la Oficina Alimentaria y Veterinaria;

16. Pide a la Comisión que, a más tardar para el 31 de diciembre de 2011, presente una lista de productores, procesadores y minoristas de huevos y ovoproductos que no cumplan las disposiciones de la Directiva 1999/74/CE;

17. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.productos