PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre las lecciones que deben extraerse del accidente nuclear de Japón para la seguridad nuclear en Europa
4.4.2011
presentada de conformidad con el artículo 110, apartado 2, del Reglamento
Corien Wortmann-Kool, Pilar del Castillo Vera, Peter Liese, Herbert Reul, Lena Kolarska-Bobińska, Romana Jordan Cizelj, Jean-Pierre Audy en nombre del Grupo PPE
Véase también la propuesta de resolución común RC-B7-0236/2011
B7‑0236/2011
Resolución del Parlamento Europeo sobre las lecciones que deben extraerse del accidente nuclear de Japón para la seguridad nuclear en Europa
El Parlamento Europeo,
– Vista la Directiva 2009/71/Euratom del Consejo, de 25 de junio de 2009, por la que se establece un marco comunitario para la seguridad nuclear de las instalaciones nucleares,
– Vistas las Conclusiones del Consejo de Energía de 28 de febrero y 21 de marzo de 2011,
– Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo de 25 de marzo de 2011,
– Vistas sus resoluciones anteriores sobre los aniversarios décimo y decimoquinto de la catástrofe nuclear de Chernóbil,
– Visto el artículo 110, apartado 2, de su Reglamento,
A. Considerando que el reciente terremoto ocurrido en el noreste de Japón, que ha causado miles de víctimas, dio lugar al cierre de varios reactores nucleares activos japoneses, y considerando que el tsunami que siguió al terremoto, con olas de más de diez metros, destruyó no solo la red eléctrica existente, sino también los sistemas de suministro de reserva y de emergencia de la central nuclear de Fukushima Daiichi; que la resultante falta de capacidad de refrigeración dio lugar al sobrecalentamiento de algunos de los elementos del combustible nuclear y a la fusión de partes del núcleo del reactor; que por ahora el OIEA clasifica lo ocurrido de accidente importante (nivel 6) de la Escala Internacional de Eventos Nucleares INES,
B. Considerando que, a la luz de lo ocurrido, es necesario reconsiderar las normas de seguridad nuclear en Europa,
C. Considerando que la composición de la combinación energética en la UE sigue siendo de la competencia de los Estados miembros, pero que, al mismo tiempo, la seguridad nuclear es un asunto de interés transnacional, por lo que debe abordarse con más eficacia en el marco de la competencia normativa de la UE,
D. Considerando que, según datos de la Comisión, la energía nuclear tenía una cuota del 13,4 % del consumo interior bruto de energía de la UE en 2008, con una proyección de aumento al 15 % en 2030 en una hipótesis de statu quo,
E. Considerando que el informe «Proyecto Europa 2030», publicado en mayo de 2010 por el Grupo de Reflexión constituido por el Consejo Europeo, destaca la necesidad de que los europeos abran un debate serio sobre la necesidad de una energía nuclear segura y señala que Europa no puede permitirse renunciar a esta fuente de energía,
1. Celebra la pronta reacción de la Comisión ante los serios eventos de Japón con la iniciación en toda Europa de evaluaciones de riesgo y de seguridad de las instalaciones de energía nuclear («pruebas de resistencia») en cooperación con los Estados miembros; celebra el apoyo del Consejo Europeo a unas evaluaciones de riesgo y de seguridad exhaustivas y transparentes y a la revisión del marco de seguridad nuclear;
2. Pide a la Comisión que garantice que las autoridades competentes (o autoridades de seguridad) lleven a cabo estas evaluaciones a finales de este año de manera independiente y coordinada respecto de todas las instalaciones nucleares existentes y proyectadas en la UE; subraya que las evaluaciones deben basarse en un modelo de evaluación armonizado y estricto que cubra todos los tipos de riesgo concebibles en un escenario europeo realista, como terremotos, inundaciones o sucesos inesperados, como atentados terroristas, ciberataques o accidentes aéreos; hace hincapié en la importancia de que en el desarrollo de las evaluaciones de riesgos y de seguridad participe plenamente el Grupo europeo de alto nivel sobre seguridad nuclear y gestión de los residuos radiactivos (ENSREG) y se aprovechen plenamente los conocimientos expertos de la Asociación de Reguladores Nacionales de Europa Occidental (WENRA);
3. Destaca que, en caso de que alguna central nuclear no pase las pruebas de resistencia, debe garantizarse que el Estado miembro afectado actúe inmediatamente imponiendo la suspensión temporal de la actividad o el cierre definitivo de la central de que se trate;
4. Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que hagan todos los esfuerzos por garantizar que estas pruebas de resistencia y las subsiguientes normas de protección y seguridad nuclear y de gestión de residuos no se apliquen solamente en la UE, sino también en las centrales nucleares construidas o proyectadas en los países vecinos de la UE y a nivel internacional; cree que la UE debe recurrir plenamente a este respecto a organizaciones y organismos internacionales; pide a la UE y a los Estados miembros que inicien un debate en el seno de la OIEA con el objetivo de establecer un marco de seguridad nuclear más firme a nivel internacional; pide a los Estados miembros con instalaciones de energía nuclear que hagan participar a los Estados miembros vecinos en la supervisión de seguridad;
5. Recuerda que, en abril de 2009, el Parlamento Europeo votó a favor de reforzar la Directiva de seguridad nuclear, entre otros medios, haciendo obligatorios los principios de seguridad del OIEA, en lugar de voluntarios; deplora que los Estados miembros no tuvieran en cuenta las preocupaciones del Parlamento Europeo; señala que a día de hoy no todos los Estados miembros han transpuesto totalmente la Directiva revisada sobre seguridad nuclear a su Derecho nacional; reitera la importancia de una auténtica cooperación sobre la Directiva relativa a la seguridad de la gestión del combustible nuclear gastado y los residuos radiactivos y pide al Consejo que haga suyas las principales demandas del Parlamento Europeo;
6. Pide a la Comisión que presente antes de finales de año una propuesta de revisión de la Directiva de seguridad nuclear basada en los resultados de las evaluaciones de riesgos y de seguridad que se lleven a cabo y teniendo en cuenta un análisis en profundidad del accidente nuclear de Japón, para establecer nuevas normas armonizadas de seguridad nuclear; pide que esta propuesta se oriente a las normas más exigentes aplicadas y garantice su mejora continua;
7. Expresa su preocupación ante los informes que indican que la compañía operadora informó a las autoridades reguladoras sobre varios fallos de inspección poco antes de que se produjera el accidente nuclear de Fukushima; pide a la Comisión que a la luz de estos potenciales fallos de la regulación, analice la eficacia, las competencias y la independencia de la supervisión reguladora en Europa y que proponga mejoras en caso necesario; pide a la Comisión que a tal fin examine las posibilidades de establecer una autoridad reguladora de seguridad nuclear de la UE, basada en el marco de la WENRA y dotada de las competencias necesarias para asegurar un enfoque común de la seguridad nuclear;
8. Pide un enfoque holístico de la cultura de seguridad que conste de normas de seguridad, un órgano regulador fuerte e independiente, recursos financieros y humanos adecuados y la adecuada información a los ciudadanos;
9. Pide a la Comisión que impulse e intensifique la cooperación entre las autoridades europeas de seguridad nuclear;
10. Celebra la propuesta de la Comisión de prorrogar el Programa Marco Euratom de Acciones de Investigación y Formación en Materia Nuclear para cubrir los años 2012 y 2013, que representa una contribución importante a la mejora de la seguridad nuclear y de la protección contra las radiaciones; pide que en el próximo marco financiero plurianual se incluya un programa ambicioso de investigación sobre protección nuclear y gestión de residuos; destaca que, con miras a los probables incrementos de la demanda futura de electricidad, la energía de la fusión puede contribuir considerablemente a la producción de electricidad y calefacción; pide, por consiguiente, que se respeten los compromisos internacionales de la UE a este fin;
11. Pide que se recurra a todo el alcance geográfico del Instrumento de Cooperación en materia de Seguridad Nuclear (ICSN), por ejemplo para financiar actividades con Japón, y que se refuerce la cooperación entre el ICSN y el Centro Internacional de Seguridad Sísmica del OIEA (ISSC);
12. Hace hincapié en que la energía nuclear es indispensable actualmente para garantizar en Europa el suministro de energía baja en carbono; subraya la importancia aún mayor de la eficiencia energética y las energías renovables tras los recientes acontecimientos; pide a los Estados miembros que aceleren la aplicación del Plan de Eficiencia Energética y el despliegue de tecnologías sostenibles bajas en carbono, como la captura y el almacenamiento de carbono (CAC) o el carbón limpio y las fuentes renovables de energía; pide a la Comisión y a ENTSO-E, ENTSO-G y ACER que observen atentamente las evoluciones posibles y extraigan las necesarias conclusiones de ellas, especialmente por lo que se refiere a nuevas necesidades de desarrollo de la red y otras consecuencias;
13. Insta a la Comisión Europea y a los Estados miembros a que hagan todos los esfuerzos necesarios para modernizar y expandir la infraestructura energética europea e interconectar las redes a través de las fronteras para evitar la posibilidad de que un corte eléctrico pueda dar lugar a incidentes devastadores como ha ocurrido recientemente en Japón;
14. Destaca la importancia de las tecnologías de almacenamiento de energía y las redes inteligentes para poder mantener un suministro fiable de energía en el futuro;
15. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a las agencias reguladoras de la UE, los organismos y las redes mencionados.