Propuesta de resolución - B7-0243/2011Propuesta de resolución
B7-0243/2011

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre las lecciones que deben extraerse del accidente nuclear de Japón para la seguridad nuclear en Europa

4.4.2011

tras las declaraciones del Consejo y de la Comisión
presentada de conformidad con el artículo 110, apartado 2, del Reglamento

Bairbre de Brún, Takis Hadjigeorgiou, Nikolaos Chountis, Elie Hoarau, Marie-Christine Vergiat, Marisa Matias en nombre del Grupo GUE/NGL

Véase también la propuesta de resolución común RC-B7-0236/2011

Procedimiento : 2011/2650(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
B7-0243/2011
Textos presentados :
B7-0243/2011
Textos aprobados :

B7‑0243/2011

Resolución del Parlamento Europeo sobre las lecciones que deben extraerse del accidente nuclear de Japón para la seguridad nuclear en Europa

El Parlamento Europeo,

–   Visto el artículo 110, apartado 2, de su Reglamento,

A. Considerando que más de 12 000 personas murieron en Japón a consecuencia del tsunami que se levantó en la costa tras el terremoto del viernes 11 de marzo y barrió ciudades enteras y la central nuclear de Fukushima Daiichi,

B.  Considerando que deben reforzarse las normas internacionales de seguridad nuclear,

C. Considerando que, además de accidentes nucleares como el de Windscale (Gran Bretaña), de 1957, en el que salió a la atmósfera un penacho radiactivo que produjo una lluvia de radionúclidos en todo el país y el norte de Europa, o los bien conocidos de Three Mile Island (Estados Unidos) en 1979 y Chernóbil (Ucrania) en 1986, o la manipulación de datos de seguridad en la planta británica de reprocesamiento de Sellafield o en la planta japonesa de energía nuclear de Tepco, durante los últimos doce años se han producido en Francia, Alemania, Suecia y Hungría accidentes nucleares importantes que no deben pasarse por alto,

D. Considerando que, en 2007, Japón ya se vio ante un accidente similar, debido a un fuerte terremoto de magnitud 6,8 que dañó el complejo de reactores de Kashiwakazi, provocando un incendio en los transformadores y la fuga de líquidos radiactivos y que finalmente obligó a Tokyo Electric Power Co., el mismo operador de la planta de Fukushima, a cerrar la gigantesca central de siete unidades durante largos años,

E.  Considerando que el accidente de Japón muestra que la autoridad reguladora nacional de seguridad no es suficiente, por lo que debe ser reforzada y todas las autoridades reguladoras nacionales de seguridad deben ser de responsabilidad pública y rendir cuentas ante las autoridades públicas,

F.  Considerando que el Consejo de Energía celebrado el 21 de marzo acordó que la Comisión Europea, en cooperación con los Estados miembros, establecerá para junio próximo normas y criterios comunes para someter las 143 instalaciones nucleares existentes en la UE a una evaluación exhaustiva de riesgos y de seguridad, las llamadas pruebas de resistencia, porque hasta ahora no se ha hecho nada en este ámbito,

G. Considerando que las pruebas de resistencia que se desarrollarán en el segundo semestre de 2011 son meramente voluntarias y que aún no están previstas las medidas de precaución que se tomarán durante su realización ni tampoco cuáles serán las decisiones vinculantes sobre el futuro de las instalaciones nucleares que no respondan de manera segura a estas pruebas de resistencia,

H. Considerando que el Consejo Europeo reiteró el 25 de marzo que estas pruebas se llevarán a cabo bajo la responsabilidad de los Estados miembros, mientras que, habida cuenta de que muchas instalaciones nucleares están situadas junto a fronteras nacionales, es necesario un enfoque europeo común de seguridad y cooperación para garantizar un nivel de protección a escala de la UE,

I.   Considerando que las consecuencias de un accidente nuclear, teniendo en cuenta que ninguna otra tecnología entraña una amenaza similar en términos de riesgo de contaminación irreversible de la atmósfera y los recursos naturales, los alimentos y los piensos y los seres humanos, no limitan su dramático impacto al interior de las fronteras de los países que acogen instalaciones nucleares susceptibles de sufrir un accidente,

J.   Considerando que es de urgente necesidad reforzar más los tres pilares del Tratado de No Proliferación Nuclear (TPN), a saber, la no proliferación, el desarme y los mecanismos de control del uso civil de la energía nuclear, aumentando los esfuerzos por garantizar la aplicación universal y efectiva de las normas y los instrumentos de no proliferación, en particular mejorando y reforzando los medios de verificación,

1.  Reitera su apoyo a la población de Japón afectada por este accidente nuclear, que ha sido la tragedia más grave, con serias consecuencias para la población y también para el medio ambiente, por lo que destaca que deben extraerse lecciones de esta catástrofe en todo el mundo;

2.  Afirma que es necesaria una estrategia de abandono gradual de la energía nuclear a medio y largo plazo, como ya ocurre en Alemania y España;

3.  Pide que se imponga una moratoria a la construcción de nuevas centrales nucleares, de acuerdo con el principio de precaución, e insiste en que no deben construirse centrales nucleares en zonas sísmicas;

4.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que reconsideren su política energética tras el accidente y que eleven el objetivo de energías renovables, aumenten las normas de eficiencia energética y garanticen una financiación adecuada de la energía procedente de fuentes renovables, la eficiencia energética y las medidas de ahorro de energía, y asimismo que ofrezcan incentivos a la investigación y la innovación en este ámbito;

5.  Insiste en que las pruebas de resistencia deberían ser obligatorias y atenerse a normas comunes de la máxima exigencia, y tener en cuenta factores múltiples y complejos, desde la seguridad en términos geológicos del emplazamiento de las centrales nucleares y su exposición a acontecimientos potencialmente peligrosos hasta el examen y la actualización de los procedimientos para emergencias, por lo que estas evaluaciones deberían incluirse en el marco legislativo nacional en materia de seguridad nuclear, como solicitaba la Directiva 2009/71;

6.  Pide que las pruebas de resistencia evalúen la fiabilidad de toda la cadena de producción nuclear y el ciclo de vida de la instalación partiendo de la evaluación de la planificación, los requisitos de construcción, la producción, el transporte y el tratamiento de los residuos y las medidas tomadas para el almacenamiento seguro del combustible utilizado;

7.  Insta a la Comisión Europea y a los Estados miembros a que garanticen un alto nivel de información y transparencia a todos los ciudadanos, las partes interesadas pertinentes, los sindicatos y las asociaciones de defensa del medio ambiente en lo referente al calendario y los resultados de las pruebas de resistencia, incluidas las consiguientes decisiones que deberán tomarse si las instalaciones sometidas a las pruebas muestran problemas de seguridad críticos e inaceptables para su funcionamiento actual y futuro, y a este respecto exhorta a que se celebre un debate público sobre el modo de atender a la demanda futura de energía y la necesidad de aumentar la seguridad, la diversidad y la lucha contra el cambio climático;

8.  Propone a los Estados miembros que, mientras preparan una evaluación exhaustiva de riesgos y de seguridad de sus instalaciones nucleares, tomen en los casos convenientes la decisión de cerrar temporalmente las centrales nucleares que llevan más de 25 años funcionando, como medida de precaución a la espera de la evaluación definitiva y segura de su ciclo de vida; considera que los Estados miembros deben tomar las medidas adecuadas, en un marco de cooperación, para evitar que estas disposiciones temporales impliquen una carga financiera insostenible para el consumidor final;

9.  Destaca la necesidad de implicar mediante la utilización de los fondos del Reglamento 300/2007 a nuestros países vecinos, en particular a los países candidatos y a los más afectados por el riesgo de terremotos por estar situados en zonas sísmicas, a que sometan a pruebas de seguridad similares sus instalaciones nucleares y reevalúen sus instalaciones proyectadas y los requisitos de las licitaciones en curso, con el fin de atenerse a las disposiciones de seguridad actualizadas más estrictas;

10. Subraya que el refuerzo del TNP como piedra angular del régimen mundial de no proliferación es de vital importancia y que no deben escatimarse esfuerzos por aplicar el Tratado en todos sus aspectos; afirma que, para que los esfuerzos multilaterales sean efectivos, deben hacerse con una perspectiva bien desarrollada de conseguir lo antes posible un mundo libre de armas nucleares;

11. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la Comisión, al Consejo y a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros, a Euratom y al ENSREG.