PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre Costa de Marfil
4.4.2011
presentada de conformidad con el artículo 110, apartado 2, del Reglamento
Fiorello Provera, Oreste Rossi, Giancarlo Scottà, Niki Tzavela, Nikolaos Salavrakos, Jaroslav Paška, Rolandas Paksas, Juozas Imbrasas en nombre del Grupo EFD
B7‑0257/2011
Resolución del Parlamento Europeo sobre Costa de Marfil
El Parlamento Europeo,
– Vistas sus anteriores resoluciones sobre Costa de Marfil,
– Vista la Decisión 2011/71/PESC del Consejo, de 31 de enero de 2011, que modifica la Decisión 2010/656/PESC del Consejo por la que se renuevan las medidas restrictivas contra Costa de Marfil,
– Vista la Decisión 2011/18/PESC del Consejo, de 14 de enero de 2011, que modifica la Decisión 2010/656/PESC del Consejo por la que se renuevan las medidas restrictivas contra Costa de Marfil,
– Vista la Decisión 2011/17/PESC del Consejo, de 11 de enero de 2011, que modifica la Decisión 2010/656/PESC del Consejo por la que se renuevan las medidas restrictivas contra Costa de Marfil,
– Vista la Decisión 2010/801/PESC del Consejo, de 22 de diciembre de 2010, que modifica la Decisión 2010/656/PESC del Consejo por la que se renuevan las medidas restrictivas contra Costa de Marfil,
– Vista la Decisión 2010/656/PESC del Consejo, de 29 de octubre de 2010, por la que se renuevan las medidas restrictivas contra Costa de Marfil,
– Vistas las disposiciones del Código electoral de Costa de Marfil, en particular la Ley 2001-303 y el Decreto 2008-133, especialmente su artículo 64,
– Visto el informe de la misión de observación electoral de la Unión Europea,
– Vista la Declaración de la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE aprobada en Kinshasa el 3 de diciembre de 2010,
– Vistas las declaraciones de la Alta Representante para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad / Vicepresidenta de la Comisión Europea, Catherine Ashton, sobre la situación en Costa de Marfil,
– Vistas las declaraciones del Secretario General de las Naciones Unidas de 31 de marzo de 2011,
– Vista la Resolución del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas 1975, adoptada el 30 de marzo de 2011, que impone sanciones a Laurent Gbagbo y a su entorno,
– Visto el artículo 110, apartado 2, de su Reglamento,
A. Considerando que la situación de la seguridad en Costa de Marfil ha seguido deteriorándose constantemente, a pesar de una decisión de la Unión Africana, de 10 de marzo, que confirmaba su apoyo a Ouattara, ampliamente reconocido como ganador de las elecciones presidenciales del 28 de noviembre de 2010,
B. Considerando que los enfrentamientos militares entre las fuerzas de Gbagbo y las anteriormente rebeldes Forces Nouvelles se han recrudecido, y que ambos contendientes han utilizado armamento pesado, lo que se ha traducido en un número considerable de víctimas, con informaciones que indican 462 muertes y un grave deterioro de la situación humanitaria,
C. Considerando que los informes del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) sostienen que la violencia postelectoral ha provocado casi un millón de personas desplazadas; que se estima que más de 90 000 refugiados costamarfileños se encuentran en Liberia; que se han producido incidentes xenófobos y ataques con motivaciones étnicas por parte de ambos bandos de la división política costamarfileña,
D. Considerando que, el 3 de marzo, las fuerzas de seguridad favorables a Gbagbo dispararon y mataron a siete mujeres durante una manifestación en el barrio de Abobo en Abiyán, integrada por centenares de mujeres que protestaban contra la permanencia en el cargo de Laurent Gbagbo; que, el 17 de marzo, las fuerzas leales a Gbagbo dispararon morteros contra un mercado en el mismo barrio de dicha ciudad, con el resultado de más de 25 civiles muertos y más de 40 heridos,
E. Considerando que, el 10 de marzo, el Consejo de Paz y Seguridad (CPS) de la UA aprobó las recomendaciones del grupo de expertos de alto nivel para la resolución de la crisis en Costa de Marfil; que el CPS confirmó que Alassane Ouattara era el único Presidente legítimo del país y decidió que debía liderar un gobierno de unidad, que incluyera a miembros partidarios de Gbagbo; que el CPS solicitó asimismo a la Presidencia de la comisión de la UA que nombrara a un Alto Representante para la aplicación de la solución política global que había propuesto el grupo de expertos; que los partidarios de Gbagbo rechazaron la decisión de la UA,
F. Considerando que, el 18 de marzo, el bando de Gbagbo hizo un llamamiento para un diálogo entre costamarfileños y pidió el fin de la violencia; que, sin embargo, el Ministro de la Juventud de Gbagbo, Charles Blé Goudé (que figura en la lista de sanciones del Consejo de Seguridad desde 2006) llamó posteriormente a los jóvenes costamarfileños a alistarse en masa en el Ejército para «liberar a Costa de Marfil de bandidos»,
G. Considerando que, el 21 de marzo, Luis Moreno Ocampo, Fiscal jefe de la Corte Penal Internacional (CPI), declaró a la BBC que la Corte estaba reuniendo información sobre posibles crímenes de guerra cometidos en Costa de Marfil,
H. Considerando que, el 24 de marzo, la CEDEAO solicitó al Consejo de Seguridad que reforzara el mandato de la ONUCI para permitir que la misión utilice todos los medios necesarios para proteger las vidas y las propiedades, y facilitar el inmediato traspaso de poderes a Ouattara, así como que adoptara sanciones específicas internacionales más severas contra Gbagbo y sus partidarios,
I. Considerando que, el 25 de marzo, el Consejo de Derechos Humanos decidió enviar una comisión de investigación independiente para investigar las denuncias de graves abusos y violaciones de los derechos humanos cometidos en Costa de Marfil a raíz de las elecciones del 28 de noviembre de 2010,
J. Considerando que, el 30 de marzo, el Consejo de Seguridad adoptó la Resolución 1975, que impone sanciones específicas a Gbagbo y a cuatro de sus partidarios, incluida su esposa; que dicha Resolución también celebra las iniciativas políticas de la UA y de la CEDEAO para encontrar una solución a la situación de Costa de Marfil y pide que todas las partes persigan la solución política global de la UA; que la Resolución del Consejo de Seguridad apoya la decisión del CPS de la UA de nombrar a un Alto Representante y llama a todas las partes a cooperar plenamente con él,
1. Expresa su preocupación por la violencia exacerbada en Costa de Marfil y por la crítica situación humanitaria tanto en Costa de Marfil como en Liberia; pide a todas las partes que permitan el acceso inmediato a la población necesitada, e invita a la comunidad internacional a contribuir generosamente con los recursos necesarios para hacer frente a esta emergencia;
2. Insta a todas las fuerzas políticas y armadas de Costa de Marfil a que respeten la voluntad del pueblo reflejada en los resultados de las elecciones del 28 de noviembre anunciados por la Comisión Electoral Independiente y certificados por el Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas; exhorta a todas las partes a actuar con la máxima contención, a abstenerse de consumar venganzas y a colocar los intereses del conjunto del país por encima de todo lo demás; pide al anterior Presidente Laurent Gbagbo que ceda inmediatamente el poder al Presidente Ouattara con miras a permitir el traspaso completo de las instituciones del Estado a las autoridades legítimas;
3. Lamenta los enfrentamientos violentos que siguieron a la proclamación de los resultados de la segunda vuelta de las elecciones presidenciales en Costa de Marfil y expresa su solidaridad con las víctimas y sus familiares; lamenta asimismo la obstrucción política y los intentos de intimidación a miembros de la CEI;
4. Apoya firmemente los esfuerzos de la Unión Africana y la CEDEAO para prevenir la violencia y asegurar el reconocimiento del Gobierno legítimo;
5. Apoya la decisión de la Unión Europea de imponer sanciones contra Laurent Gbagbo y celebra la decisión del Consejo de la Unión Europea de adoptar medidas específicas contra quienes obstruyen el proceso de paz y reconciliación nacional, en particular contra quienes ponen en peligro los resultados de las elecciones; pide a la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad / Vicepresidenta de la Comisión, Catherine Ashton, que presente lo antes posible nuevas iniciativas para apoyar a las autoridades democráticamente elegidas de Costa de Marfil;
6. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad / Vicepresidenta de la Comisión, Catherine Ashton, al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, al Secretario General de las Naciones Unidas, a la Misión de las Naciones Unidas en Costa de Marfil (ONUCI), a las instituciones de la Unión Africana, a la CEDEAO, a la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE y a los Estados miembros de la Unión Europea.