Propuesta de resolución - B7-0006/2012Propuesta de resolución
B7-0006/2012

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre los desequilibrios en la cadena de distribución alimentaria (2011/2904(RSP))

16.1.2012

tras las preguntas con solicitud de respuesta oral B7–0021/2012, B7–0675/2011 y B7–0676/2011
presentadas de conformidad con el artículo 115, apartado 5, del Reglamento

Maria do Céu Patrão Neves, Albert Deß, Esther Herranz García en nombre del Grupo PPE

Véase también la propuesta de resolución común RC-B7-0006/2012

Procedimiento : 2011/2904(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
B7-0006/2012

B7‑0006/2012

Resolución del Parlamento Europeo sobre los desequilibrios en la cadena de distribución alimentaria (2011/2904(RSP))

El Parlamento Europeo,

–   Vistas su Resolución, de 8 de julio de 2010, sobre el futuro de la PAC después de 2013[1], su Resolución, de 18 de enero de 2011, sobre el reconocimiento de la agricultura como sector estratégico en el contexto de la seguridad alimentaria[2], y su Resolución, de 23 de junio 2011, sobre la PAC en el horizonte de 2020: responder a los retos futuros en el ámbito territorial, de los recursos naturales y alimentario[3],

–   Vistos la Comunicación de la Comisión titulada «Mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria en Europa» (COM(2009)0591) y los diferentes documentos de trabajo adjuntos a dicha comunicación, así como su Resolución, de 7 de septiembre de 2010, sobre unos ingresos justos para los agricultores: mejorar el funcionamiento de la cadena de suministro de alimentos en Europa[4],

–   Vista la Decisión de la Comisión, de 30 de julio de 2010, por la que se instituye el Foro de Alto Nivel sobre la Mejora del Funcionamiento de la Cadena Alimentaria (2010/C 210/03),

–   Vistas las Recomendaciones finales del Grupo de Alto Nivel sobre la Competitividad de la Industria Agroalimentaria, de 17 de marzo de 2009, y las Conclusiones del Consejo, de 29 de marzo de 2010, sobre el mejor funcionamiento de la cadena alimentaria en Europa,

–   Vistas su Declaración, de 19 de febrero de 2008, sobre la necesidad de investigar sobre los posibles abusos de poder de los grandes supermercados establecidos en la Unión Europea y de poner remedio a esta situación[5], y su Resolución, de 26 de marzo de 2009, sobre los precios de los productos alimenticios en Europa[6],

–   Vistos los artículos 115, apartado 5, y 110, apartado 2, de su Reglamento,

A. Considerando que la Comunicación de la Comisión sobre la mejora del funcionamiento de la cadena alimentaria en Europa (COM(2009)0591) detectó graves desequilibrios en la cadena de distribución alimentaria, que incluyen abusos de poder de compra dominante, cláusulas contractuales abusivas, retrasos en los pagos, modificaciones unilaterales de los contratos, restricciones del acceso al mercado, carencia de información sobre la formación de precios, distribución desigual de los márgenes de beneficios a lo largo de la cadena alimentaria, así como una serie de problemas asociados con una mayor concentración en el sector minorista;

B.  Considerando que el nivel de concentración de los minoristas de gran tamaño en la Unión Europea afecta negativamente a los productores y otros proveedores, ya que provoca crecientes desequilibrios de poder entre las partes contratantes; considerando que se produce una pérdida progresiva de capacidad de negociación de los productores agrícolas y las industrias agroalimentarias frente al poder de estos grandes grupos en la determinación del nivel de precios a lo largo de la cadena de valor, desde la producción primaria al consumidor final, pasando por los procesos de transformación;

C. Considerando que el aumento de los costes de producción y la imposibilidad de recuperarlos a lo largo de la cadena de distribución alimentaria podría poner en peligro, a corto plazo, la supervivencia de las explotaciones agrícolas, lo que podría debilitar el potencial productivo en los Estados miembros y exacerbar los problemas relacionados con los desequilibrios de la balanzas comerciales, los niveles de importación, la volatilidad y la dependencia de los mercados externos;

D. Considerando que las autoridades de competencia en varios Estados miembros han señalado cuatro áreas clave en las que los desequilibrios en la cadena alimentaria son particularmente sensibles: la imposición unilateral de cláusulas contractuales, las prácticas de descuento, las sanciones y las condiciones de pago;

E.  Considerando que el consumidor también se ve afectado negativamente por dichas prácticas, en la medida en que los bajos precios abonados a los productores y otros proveedores no redundan en una reducción de precios para los consumidores y que, por otra parte, los grandes minoristas utilizan productos alternativos procedentes de terceros países que socavan los precios de los productores locales, lo cual significa que los consumidores adquieren productos elaborados conforme a normas menos exigentes —especialmente en lo que se refiere a la calidad, la seguridad de los alimentos y el respeto de las normas laborales, el medio ambiente y el bienestar de los animales— que las que se aplican a los productores de la UE;

1.  Destaca que el problema de los desequilibrios en la cadena de distribución alimentaria tiene una clara dimensión europea que exige una solución específica europea, dada la importancia estratégica de la cadena agroalimentaria para la Unión Europea; recuerda que la cadena alimentaria, la agricultura, la industria agroalimentaria y la distribución representan el 7 % del empleo total en la UE, con un volumen de negocio de 1 400 millones de euros anuales, una cifra mayor que la de cualquier otro sector manufacturero de la UE;

2.  Pide a la Comisión que presente propuestas legislativas comunitarias sólidas que no distorsionen el correcto funcionamiento de los mercados, con miras a establecer vínculos más equitativos entre los productores, los proveedores y los distribuidores de productos alimenticios, y que aplique correctamente la normativa vigente teniendo en cuenta, entre otros aspectos, que los últimos datos de Eurostat sobre las rentas agrícolas muestran que éstas han caído desde el año 2009 en un 11,6 % a nivel de la UE;

3.  Destaca la labor que realiza el Foro de Alto Nivel sobre la Mejora del Funcionamiento de la Cadena Alimentaria y sus cuatro plataformas de expertos; lamenta que el Parlamento Europeo no participe oficialmente en los trabajos del Foro y pide que se aborde esta cuestión con carácter de urgencia de forma que se cuente con la plena participación del Parlamento;

4.  Insiste en que los Estados miembros desempeñen un papel activo en la creación de foros de consulta que cuenten con una representación adecuada de los operadores a lo largo de la cadena alimentaria, con el fin de promover el diálogo y elaborar directrices que faciliten el establecimiento de relaciones más equitativas y equilibradas; recuerda que este tipo de consultas oficiales contribuye a proteger a los productores y los proveedores y evita las medidas de represalia en el sector de distribución;

5.  Insiste en la necesidad de acordar en primer lugar una definición clara, rigurosa y objetiva de la noción de prácticas abusivas y desleales, incluyendo definiciones más estrictas y delimitaciones más claras de los conceptos, de modo que puedan someterse a una regulación específica y supervisarse y sancionarse objetivamente;

6.  Propone la siguiente lista como un elenco no exhaustivo de prácticas sobre las que los productores han expresado su preocupación con respecto al funcionamiento de la cadena alimentaria:

I) Acceso de minoristas:

 

      i) pago anticipado para acceder a la negociación

      ii) tarifas de inclusión en los listados de productos

      iii) tasas de acceso al mercado

      iv) tarifas de espacio de exposición

      v) imposición de promociones

      vi) morosidad

      vii) fijación de precios

      viii) cláusula de cliente más favorecido

 

 

II) Condiciones contractuales injustas o modificaciones unilaterales de las condiciones del contrato:

 

      i) modificación unilateral y retroactiva de las condiciones contractuales

      ii) incumplimiento unilateral de contrato

      iii) cláusulas/derechos de exclusividad

      iv) imposición de una contribución «obligatoria» para marcas propias «forzadas»

      v) imposición de modelos de contratos estándar

      vi) prácticas de represalia

      vii) acuerdos contractuales no escritos

      viii) recuperación de márgenes

      ix) prevalencia de descuentos

      x) morosidad

      xi) imposición de tarifas por tratamiento/eliminación de residuos

      xii) compras en grupo/negociaciones conjuntas

      xiii) subastas inversas

      xiv) plazos de entrega poco realistas

      xv) imposición de proveedores de envases o material de envasado (específicos)

      xvi) imposición de plataformas u operadores logísticos (específicos)

      xvii) pagos para financiar promociones (no acordadas previamente)

      xviii) prevalencia de productos de promoción

      xix) pagos por no alcanzar determinados niveles de venta

      xx) imposición de descuentos adicionales a los proveedores por ventas superiores a un determinado nivel

      xxi) retirada unilateral de productos de los espacios de exposición

      xxii) imposición de la devolución incondicional de mercancías (no vendidas)

      xxiii) imposición a los proveedores de costes relacionados con la disminución o el hurto de productos

      xxiv) imposición a los proveedores de costes injustificados en relación con reclamaciones de los clientes;

 

7.  Pide el establecimiento de un marco que permita controlar efectivamente estas prácticas con medios administrativos y judiciales, así como la introducción de un sistema de evaluación y seguimiento operado por los Estados miembros y coordinado por la Comisión Europea que contemple la imposición efectiva y oportuna de sanciones con carácter disuasorio;

8.  Pide, con respecto a las condiciones contractuales y las prácticas comerciales abusivas, que se refuercen los medios para asegurar que se respeten los plazos de pago y, en su caso, que se creen nuevos instrumentos que permitan minimizar el plazo transcurrido entre la entrega y la recepción efectiva del pago por los proveedores; destaca, en este mismo contexto, la necesidad urgente de soluciones para resolver los problemas inaceptables que deben afrontar los productores de bienes perecederos con plazos de conservación cortos, dado que estos productos se venden rápidamente en los supermercados pero no se paga a los productores hasta varios meses más tarde, causándoles importantes problemas de liquidez;

9.  Toma nota de las medidas incluidas en las propuestas de la Comisión para la reforma de la PAC, dirigidas a fortalecer la posición de los agricultores en la cadena alimentaria mediante el apoyo a las organizaciones de productores y las organizaciones interprofesionales y el fomento de las cadenas cortas entre productores y consumidores, por ejemplo los mercados de producción local; considera que el fortalecimiento de la posición de los agricultores les ayudará a percibir una proporción más equitativa del valor añadido;

10. Señala que las compras y las importaciones procedentes de otros países o regiones de productos disponibles a nivel local tienen lugar a veces como una acción coercitiva, y pide que se adopten medidas dirigidas a prevenir este tipo de «importaciones de represalia», que causan a corto plazo el debilitamiento de los proveedores agrícolas nacionales, regionales y locales, dado que se trata de pequeñas estructuras que no pueden sobrevivir en un entorno de fluctuaciones salvajes en los patrones de compra;

11. Pide que, en lo que se refiere a las marcas propias de los minoristas, se introduzcan instrumentos y una nueva normativa que garanticen que solo las personas jurídicas independientes estén autorizadas a suministrar al minorista el producto que se venderá con la marca propia de este último, incluso en el caso de que la entidad proveedora pertenezca al mismo grupo comercial; considera que los minoristas no pueden situarse en una posición que les permita beneficiarse al mismo tiempo de la condición de clientes y competidores de sus propios proveedores;

12. Insiste asimismo en que las marcas independientes se expongan en los supermercados junto a las propias marcas de los minoristas, para que el consumidor pueda disponer de la oferta más amplia posible y rechazar las prácticas de comercialización desleales que favorecen las marcas propias frente a las independientes; pide una mayor transparencia y equidad en las prácticas de fijación de precios para las marcas propias e independientes; insiste en la necesidad de establecer normas que impidan la copia parasitaria de marcas independientes por los grandes minoristas para crear sus propias marcas;

13. Pide que se introduzcan modificaciones en el actual Derecho de competencia de la UE con el fin de tener en cuenta en mayor medida los efectos perniciosos de la concentración vertical en la cadena alimentaria, en lugar de limitarse a aplicar un enfoque centrado en las posiciones relativas de diferentes empresas en el mercado;

14. Insta a la aplicación del proyecto piloto sobre la creación de un observatorio europeo de precios y márgenes de los productos agrícolas, que, habida cuenta de la volatilidad de los precios en los últimos años, será un importante instrumento para mejorar la transparencia de la cadena alimentaria;

15. Pide a la Comisión que coordine mejor los trabajos de sus diferentes servicios con el fin de que pueda desempeñar un papel más eficaz en relación con el control de precios en toda la cadena alimentaria y el seguimiento de la dinámica comercial minorista y de las correspondientes cuotas de mercado en toda la UE; reclama la creación de un mediador independiente en el ámbito comercial alimentario que actúe en contacto con las autoridades comerciales y de competencia competentes y con los mediadores nacionales en cada Estado miembro, con el fin de coordinar y compartir la información; considera, por otra parte, que el mediador europeo y los diferentes mediadores nacionales deberían asumir competencias para asegurar el cumplimiento de la legislación vigente y recomendar sanciones oportunas y apropiadas;

16. Insiste en la introducción de un sistema de sanciones cuando se detecten abusos; pide que dichas sanciones sean proporcionales a los daños económicos y comerciales causados ​​a los operadores de la cadena alimentaria y que se impongan con la diligencia suficiente para garantizar una elevada capacidad disuasoria;

17. Considera que las soluciones para hacer frente a los desequilibrios en la cadena de distribución alimentaria deben fundamentarse en un nuevo marco que combine la regulación, las modificaciones del Derecho de competencia y un enfoque más horizontal, junto con la aplicación de los actuales acuerdos y de nuevos acuerdos de autorregulación establecidos sobre una base voluntaria; insiste en que los Estados miembros fomenten el desarrollo de mejores prácticas y/o códigos de conducta en colaboración con todas las partes interesadas, de forma que participen los productores, la industria, los proveedores, los minoristas y representantes de los consumidores y se haga el mejor uso posible de las sinergias existentes;

18. Considera que debería darse prioridad a una campaña a nivel de la UE dirigida a informar a los agricultores de sus derechos contractuales y de las prácticas contractuales y comerciales ilegales, desleales y abusivas más comunes;

19. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.