Propuesta de resolución - B7-0142/2012Propuesta de resolución
B7-0142/2012

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre Kazajstán (2012/2553(RSP))

7.3.2012

presentada de conformidad con el artículo 110, apartado 2, del Reglamento

Liisa Jaakonsaari, Ana Gomes en nombre del Grupo S&D

Véase también la propuesta de resolución común RC-B7-0135/2012

Procedimiento : 2012/2553(RSP)
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B7-0142/2012
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B7‑0142/2012

Resolución del Parlamento Europeo sobre Kazajstán (2012/2553(RSP))

El Parlamento Europeo,

–   Vistos las disposiciones generales sobre la acción exterior de la Unión establecidas en el artículo 21 del Tratado de la Unión Europea y el procedimiento para la conclusión de acuerdos internacionales establecido en el artículo 218 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–   Vista la Estrategia de la UE para Asia Central,

–   Visto el Acuerdo de colaboración y cooperación entre la Comunidad Europea y Kazajstán, que entró en vigor en 1999, y en particular su artículo 2 de la sección sobre principios generales,

–   Vistas las Conclusiones del Consejo sobre Kazajstán, de 24 de mayo de 2011,

–   Vistas las declaraciones de la UE sobre Kazajstán en el Consejo Permanente de la OSCE, de 3 de noviembre y 22 de diciembre de 2011 y 19 de enero, 26 de enero y 9 de febrero de 2012, y las declaraciones de la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la UE, Catherine Ashton, sobre los acontecimientos en el distrito de Zhanaozen, de 17 de diciembre de 2011, y sobre las elecciones parlamentarias celebradas el 15 de enero de 2012 en Kazajstán, de 17 de enero de 2012,

–   Vista la declaración sobre los resultados y conclusiones preliminares de la misión de observación electoral dirigida por la OSCE/OIDDH para las elecciones parlamentarias del 15 de enero de 2012,

–   Vista la declaración del Representante de la OSCE para la Libertad de los Medios de Comunicación, de 25 de enero de 2012, sobre la situación de los medios de comunicación en Kazajstán,

–   Vista la declaración del Director de la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la OSCE, de 1 de febrero de 2012, sobre las drásticas medidas contra la oposición kazaja,

–   Vista su Resolución, de 15 de diciembre de 2011, sobre la Estrategia de la UE para Asia Central, y en particular sus apartados 64 a 68 sobre Kazajstán,

–   Visto el apartado 23 de su Resolución, de 16 de febrero de 2012, sobre el Consejo de Derechos Humanos de la Naciones Unidas,

–   Visto el artículo 110, apartado 2, de su Reglamento,

A. Considerando que tanto la UE como Kazajstán pueden obtener importantes beneficios de una cooperación más profunda y que el Parlamento Europeo respalda este objetivo, si bien recalca que la cooperación económica debe ir de la mano de una cooperación política y basarse en la voluntad política de aplicar y defender valores comunes;

B.  Considerando que las negociaciones sobre un nuevo acuerdo mejorado entre la UE y Kazajstán, que debería sustituir al Acuerdo de colaboración y cooperación actualmente en vigor, se iniciaron en junio de 2011;

C. Considerando que el 16 de diciembre de 2011 un elevado número de personas resultaron muertas y muchas más resultaron heridas durante los disturbios en la ciudad de Zhanaozen, en Kazajstán occidental; que las autoridades han informado de la muerte de 17 personas, aunque los testigos de los sucesos han afirmado que el número de víctimas mortales tiene que haber sido muy superior;

D. Considerando que los trabajadores del sector petrolífero de la región habían iniciado una huelga medio año atrás para pedir salarios y condiciones laborales mejores, pero que, en lugar de mejoras, se habían producido despidos masivos que habían puesto a numerosas familias en grandes dificultades para asegurar su sustento; que se habían reprimido duramente las actividades de los sindicatos, que habían aumentado la frustración y el descontento y que las manifestaciones del 16 de diciembre vinieron seguidas de una ola de violencia en la que, entre otros hechos, las fuerzas de policía dispararon contra manifestantes aparentemente desarmados que trataban de escapar, como se ha documentado en un vídeo difundido en el sitio web YouTube y mostrado en informativos de medios de comunicación fidedignos;

E.  Considerando que sigue existiendo confusión respecto de lo ocurrido realmente en Zhanaozen el 16 de diciembre de 2011; que los canales de comunicación fueron cortados inicialmente por las autoridades y el acceso a la ciudad permaneció luego controlado en virtud de un estado de emergencia que se mantuvo hasta el 31 de enero de 2012; que la intimidación y los ataques violentos contra medios de comunicación independientes, junto con el clima de miedo que se ha instalado entre los ciudadanos, siguen dificultando que se arroje mayor claridad al respecto;

F.  Considerando que deben depurarse las responsabilidades de los disparos y otras acciones violentas; que las investigaciones que realicen las autoridades por sí solas no serán suficientes para generar confianza y que las autoridades se han declarado dispuestas a permitir que actores internacionales asuman estas funciones, si bien no se ha producido invitación oficial alguna;

G. Considerando que existen múltiples informes en los que se afirma que los detenidos han sido torturados y maltratados; que también en este contexto se requiere una investigación creíble, seguida de acciones legales adecuadas;

H. Considerando que el fuerte deterioro de la situación de los derechos humanos en Kazajstán había comenzado mucho antes de los sucesos de mediados de diciembre y continúa en la actualidad, como queda reflejado en las declaraciones de la UE en el Consejo Permanente de la OSCE y en declaraciones realizadas recientemente por el Representante de la OSCE para la Libertad de los Medios de Comunicación y el Director de la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la OSCE;

I.   Considerando que todas las leyes sobre religión, medios de comunicación y seguridad nacional recientemente adoptadas incluyen disposiciones que refuerzan los rasgos represivos del sistema político de Kazajstán y son contrarias a los objetivos de democratización declarados;

J.   Considerando que, el 8 de agosto de 2011, el Tribunal municipal de Aktau declaró a Natalia Sokolova, abogada de los trabajadores del sector petrolífero, culpable de «incitar a la discordia social» y de «participar activamente en reuniones ilegales» y la condenó a seis años de prisión;

K. Considerando que, según los observadores electorales internacionales dirigidos por la OSCE/OIDDH, las elecciones parlamentarias del 15 de enero de 2012 no se ajustaron a los principios fundamentales de las elecciones democráticas;

L.  Considerando que a lo largo de los últimos dos meses los partidos opositores Alga y Azat, así como medios de comunicación independientes, incluidos los periódicos Vzgliad, Golos Republik y Respublika y la cadena de televisión Stan TV, han pasado a ser objetivo de una represión intensificada, con la detención, entre otros, del líder del partido Alga, Vladímir Kozlov, y del redactor jefe del periódico Vzgliad, Ígor Viniavski;

M. Considerando que el hecho de que el Sr. Kozlov haya sido detenido poco después de su regreso de un viaje para asistir a reuniones en el Parlamento Europeo y el Servicio Europeo de Acción Exterior da a la UE motivos de preocupación adicionales y pone de manifiesto la importancia de salvaguardar la capacidad de las instituciones de la UE de mantener diálogos con un amplio abanico de actores de los países asociados de la UE, sin que ello tenga consecuencia negativa alguna para sus interlocutores;

1.  Expresa sus sinceras condolencias a los familiares de las personas que resultaron muertas y las desaparecidas durante los sucesos que tuvieron lugar a mediados de diciembre de 2011 en la provincia de Mangistau, en Kazajstán occidental;

2.  Condena la ola de violencia registrada en Zhanaozen, en la que, entre otros hechos, se produjeron disparos de las fuerzas de seguridad contra manifestantes; insiste en la importancia de depurar las responsabilidades de estos actos y de la apertura y transparencia de todos los procesos judiciales;

3.  Pide una investigación internacional independiente de los hechos;

4.  Expresa su intención de seguir manteniendo diálogos con actores de la sociedad civil como parte de sus relaciones con Kazajstán, de acuerdo con sus prácticas en sus relaciones con otros países terceros; espera que se respeten esos diálogos y señala que el bienestar de sus interlocutores no le es indiferente;

5.  Considera que la mala gestión de la disputa laboral en el sector petrolífero en Kazajstán occidental fue la causa principal del creciente descontento popular antes de los sucesos de mediados de diciembre de 2011; está convencido de que reconocer, con palabras y hechos, el derecho de los trabajadores a organizarse, mantener un diálogo desde el respeto mutuo entre representantes sindicales, empleadores y autoridades, volver a contratar a los trabajadores despedidos o proporcionarles un nuevo empleo, apoyar a las familias que están sufriendo las graves consecuencias de los sucesos recientes y generar confianza en las autoridades policiales es esencial para lograr la paz social y una estabilidad sostenible;

6.  Acoge con satisfacción la reciente liberación del defensor de los derechos humanos Yevgueni Zhovtis;

7.  Lamenta que, con todo, sean pocas las excepciones en la negativa tendencia de los sucesos relacionados con los derechos humanos en Kazajstán, que se ha prolongado durante mucho tiempo y se ha visto agravada recientemente;

8.  Insta a las autoridades kazajas a que detengan e inviertan la tendencia negativa en materia de derechos humanos; subraya que el avance en las negociaciones para un nuevo Acuerdo de colaboración y cooperación mejorado entre la UE y Kazajstán ha de depender de los progresos en las reformas políticas;

9.  Pide a las autoridades kazajas que pongan fin a las drásticas medidas contra la oposición política y los medios de comunicación independientes en el país y que liberen a todas las personas encarceladas por motivos de carácter aparentemente político, incluido el líder del partido Alga, Vladímir Kozlov, el redactor jefe del periódico Vzgliad, Ígor Viniavski, y la abogada de los trabajadores huelguistas del sector petrolífero, Natalia Sokolova, así como a todas las personas mencionadas en declaraciones recientes de la UE en el Consejo Permanente de la OSCE que permanecen detenidas;

10. Insta a las autoridades de Kazajstán a que logren rápidas mejoras en el respeto de las libertades de reunión, asociación, expresión y religión, partiendo de las recomendaciones de los representantes y órganos de la OSCE y prestando gran atención a los compromisos internacionales asumidos por Kazajstán, así como a los adquiridos antes de que se tomara la decisión de conceder a Kazajstán la Presidencia de la OSCE en 2010; llama la atención sobre el Plan de Acción Nacional sobre Derechos Humanos, preparado de forma satisfactoria y adoptado en 2009, e insta a las autoridades kazajas a que lo apliquen plenamente;

11. Está convencido de que las autoridades y la sociedad kazajas se beneficiarían enormemente de estas medidas, también en términos de estabilidad, seguridad y recuperación del aumento constante del prestigio internacional del país;

12. Expresa su confianza en que pronto se establezca una tendencia inequívocamente positiva en el desarrollo social de Kazajstán y su disposición a ofrecer un firme apoyo una vez esto ocurra;

13. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante, al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros, al Gobierno y al Parlamento de la República de Kazajstán y a la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa.