PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre la Iniciativa de Oportunidades para la Juventud
21.5.2012 - (2012/2617(RSP))
presentada de conformidad con el artículo 115, apartado 5, del Reglamento
Pervenche Berès en nombre de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales
B7‑0233/2012
Resolución del Parlamento Europeo sobre la Iniciativa de Oportunidades para la Juventud
El Parlamento Europeo,
– Vista la pregunta oral formulada a la Comisión el 26 de abril de 2012 sobre la Iniciativa de Oportunidades para la Juventud (O‑000106/2012 – B7‑0113/2012),
– Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo de 17 de junio de 2010 sobre la Estrategia Europa 2020 y sus cinco objetivos principales,
– Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Iniciativa de Oportunidades para la Juventud» (COM(2011)0933),
– Visto el paquete de empleo de la Comunicación titulada «Hacia una recuperación generadora de empleo», presentada por la Comisión el 18 de abril de 2012 (COM(2012)0173),
– Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Acta del Mercado Único – Doce prioridades para estimular el crecimiento y reforzar la confianza – Juntos por un nuevo crecimiento» (COM(2011)206),
– Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Juventud en Movimiento — Promover la movilidad en la formación de los jóvenes» (COM(2010)0477),
– Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2012» (COM(2011)0815),
– Vista su Resolución, de 14 de junio de 2010, sobre el fomento del acceso de los jóvenes al mercado de trabajo y refuerzo del estatuto del becario, del período de prácticas y del aprendiz[1],
– Vista su Resolución, de 25 de octubre de 2011, sobre la movilidad y la inclusión de las personas con discapacidad y la Estrategia Europea sobre Discapacidad 2010-2020[2],
– Vista su Resolución, de 9 de marzo de 2011, sobre la estrategia de la UE para la inclusión de los gitanos[3],
– Vistas las Conclusiones del Consejo tituladas «Fomentar el empleo de los jóvenes para lograr los objetivos de Europa 2020», adoptadas en Luxemburgo el 17 de junio de 2011,
– Vista la declaración de los miembros del Consejo Europeo, de 30 de enero de 2012, titulada «Hacia una consolidación que propicie el crecimiento y un crecimiento que propicie el empleo»,
– Vista la carta sobre desempleo juvenil remitida el 31 de enero de 2012 por el Presidente de la Comisión Europea Sr. Barroso a ocho Estados miembros;
– Visto el Documento de trabajo del Comité Económico y Social Europeo (SOC)450, de 28 de marzo de 2012, sobre la Comunicación COM(2011)0933 de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones,
– Vista la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación,
– Vistos los artículos 15, 31 y 32 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,
– Visto el título XII del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Vistos el artículo 115, apartado 5, y el artículo 110, apartado 2, de su Reglamento,
A. Considerando que el Parlamento Europeo expuso su posición sobre el fomento del acceso de los jóvenes al mercado de trabajo y el refuerzo del estatuto del becario, del período de prácticas y del aprendiz en su Resolución de 2010 en la que, entre otras cosas, pedía a la Comisión Europea, a los Estados miembros, a los interlocutores sociales y a otras partes interesadas, con arreglo a sus competencias respectivas, que:
– trabajen con carácter de urgencia para elaborar estrategias y políticas económicas y de mercado de trabajo para crear más y mejores empleos para los jóvenes, evitando así la trampa de la precariedad, consistente en que los jóvenes acumulen una sucesión de trabajos temporales y periodos de prácticas no remuneradas que no conduzcan a ninguna mejora real del salario o las condiciones de trabajo o a formas de empleo más estables;
– apoyen las políticas nacionales de mercado de trabajo, educación y formación estableciendo una garantía europea para los jóvenes que consagre el derecho de todos los jóvenes de la UE a que, tras un periodo máximo de desempleo de cuatro meses, les sea ofrecido un puesto de trabajo, un puesto de aprendizaje, formación adicional o una combinación de trabajo y formación;
– intensifiquen los esfuerzos de reducción del abandono escolar prematuro y el desarrollo de estrategias de acercamiento a los jóvenes sin estudios, trabajo ni formación (generación «ni-ni»);
– mejoren los vínculos entre el mundo de la enseñanza y el mundo del trabajo adaptando mejor los programas de estudios a las necesidades del mercado de trabajo, proporcionando periodos de prácticas de calidad con una remuneración digna y condiciones de trabajo adecuadas, estableciendo una Carta Europea de Calidad de las Prácticas con unas normas mínimas para períodos de prácticas al objeto de garantizar su valor educativo y evitar la explotación ofreciendo protección social, y creando más y mejores prácticas en el marco de «Educación y formación profesional» para facilitar a los jóvenes la transición de la educación al empleo;
– redoblen los esfuerzos para establecer y aplicar un sistema europeo de certificación y reconocimiento del aprendizaje formal e informal, mejorando así la movilidad nacional y transfronteriza en el mercado de trabajo;
– apliquen políticas de inclusión para evitar la discriminación de los jóvenes y abordar las necesidades de los grupos que suelen tropezar con obstáculos específicos al ingresar en el mercado de trabajo, como los jóvenes migrantes, los padres jóvenes, los jóvenes gitanos y las personas con discapacidad;
B. Considerando que, desde 2010, tras una tenue recuperación económica, el paro está aumentando de nuevo, con un desempleo medio del 10 % y un desempleo juvenil superior al 22 % en la Unión Europea, mientras que las previsiones económicas apuntan a un nuevo periodo de estancamiento de la economía, con nuevos aumentos del desempleo y sin perspectivas de recuperación creadora de empleo en un futuro próximo;
C. Considerando que la situación del desempleo juvenil difiere significativamente entre Estados miembros, con unas tasas de desempleo que oscilan entre las holgadamente inferiores al 10 % de algunos países y las cercanas al 50 % de los países más severamente afectados por la crisis;
D. Considerando que el desempleo juvenil solamente podrá abordarse de un modo útil si se analiza en el contexto más amplio de la situación global del empleo en un Estado miembro y el marco general de política económica que incluye el mercado laboral nacional;
E. Considerando que un motivo del alto nivel de desempleo juvenil es la falta de nuevos puestos de trabajo;
F. Considerando que los efectos negativos de la crisis económica y financiera, especialmente la crisis de la deuda soberana de la zona del euro, han afectado en Europa aún más gravemente a los jóvenes, especialmente a los que no han acabado o no han aprobado la enseñanza secundaria obligatoria o superior, los que se enfrentan a una situación de desempleo de larga duración y exclusión social, y los jóvenes de regiones económicamente desfavorecidas, y que han dejado a la juventud en peor situación que anteriormente;
G. Considerando que el alarmante incremento del desempleo juvenil es una amenaza para el futuro económico y social de muchos jóvenes en la Unión Europea y les hace pagar muy cara la crisis;
H. Considerando que la lucha contra el desempleo juvenil exige más inversión en educación y formación en la UE;
I. Considerando que unas medidas eficaces incluyen trasladar a los trabajadores de las industrias y los sectores en declive a los sectores en crecimiento, impulsando la innovación y la creación de nuevos puestos de trabajo;
J. Considerando que, el 17 de junio de 2010, el Consejo Europeo acordó la Estrategia Europa 2020 y cinco objetivos principales, a saber:
– «reducir el índice de abandono escolar a menos del 10 %»,
– «incrementar al menos al 40 % el porcentaje de personas de entre 30 y 34 años que finaliza los estudios de enseñanza superior o equivalente»,
– «procurar llegar a un índice de ocupación del 75 % de los hombres y mujeres con edades comprendidas entre los 20 y los 64 años, incrementando la participación de los jóvenes, los trabajadores de mayor edad y los trabajadores con bajas cualificaciones, e integrando mejor a los inmigrantes en situación regular»,
– «promover la integración social, en particular mediante la reducción de la pobreza, tratando de sacar del riesgo de pobreza y de exclusión al menos a 20 millones de personas»;
K. Considerando que la Comisión Europea afirma con acierto en su Comunicación sobre el Acta del Mercado Único que una mayor profundización del mercado único puede crear los empleos y la prosperidad tan necesarios para dar lugar a una inversión de la tendencia económica y contrarrestar la crisis económica actual;
L. Considerando que la Comisión Europea animó en su Comunicación titulada «Juventud en Movimiento» a los Estados miembros a que introduzcan una garantía europea para los jóvenes y, en consecuencia, pide a los Estados miembros que hagan más por poner en práctica estas garantías;
M. Considerando que, en su reunión del 30 de enero de 2012, los miembros del Consejo Europeo publicaron una declaración en la que se pedía a los Estados miembros que potenciasen la oferta de empleo y redujesen el desempleo juvenil, y se llegaba a la conclusión de que «el objetivo es que, en los pocos meses siguientes a la salida de la escuela, los jóvenes reciban una oferta de empleo de buena calidad, formación continua, un contrato de aprendizaje o un curso de formación»;
N. Considerando que, el 31 de enero de 2012, el Presidente de la Comisión Europea Sr. Barroso remitió cartas a ocho Estados miembros cuyas tasas de desempleo juvenil son significativamente superiores al promedio de la UE, y que se enviaron a estos Estados miembros «equipos de actuación» para desarrollar planes de empleo juvenil;
O. Considerando que son factores comunes a estos ocho países el altísimo índice de abandono escolar y los jóvenes poco cualificados que buscan empleo en el mercado de trabajo;
P. Considerando que, en mayo de 2012, la Comisión Europea presentará sus recomendaciones específicas por país correspondientes a 2012, y que en su Comunicación sobre la «Iniciativa de Oportunidades para la Juventud» afirma que los Estados miembros, en particular los que tienen las tasas más elevadas de desempleo juvenil, deben tomar medidas determinantes, sin esperar a las mencionadas recomendaciones, para prevenir el abandono escolar prematuro, promover las cualificaciones adecuadas al mercado de trabajo, apoyar las primeras experiencias laborales y la formación en el puesto de trabajo y facilitar el acceso al (primer) empleo;
Q. Considerando que, en la reunión del Consejo Europeo del 30 de enero, el Presidente de la Comisión Sr. Barroso anunció que siguen pendientes de asignación 82 000 millones del presupuesto de los Fondos Estructurales y que podrían reasignarse;
1. Acoge con satisfacción la Comunicación de la Comisión titulada «Iniciativa de Oportunidades para la Juventud», basada en anteriores iniciativas de la Comisión como «Juventud en Movimiento» y «Nuevas cualificaciones para nuevos empleos» y en las numerosas iniciativas presentadas en esta serie de comunicaciones, pero tiene serias dudas sobre si la envergadura de las acciones propuestas guarda proporción con la gravedad de la crisis actual del desempleo juvenil que experimentan muchos Estados miembros;
2. Destaca que la situación del empleo de los jóvenes depende en muy gran medida de la situación económica global; acoge con satisfacción la Comunicación de la Comisión titulada «Hacia una recuperación generadora de empleo», e insta a los Jefes de Estado o de Gobierno de la UE a que presenten cuanto antes un plan europeo de inversión que impulse el crecimiento incluyente, sostenible y generador de empleo;
3. Aplaude la declaración del Consejo Europeo en la que pide a los Estados miembros que introduzcan planes nacionales análogos a la garantía para los jóvenes, e insta a los Estados miembros a que respondan a esta petición mediante medidas rápidas y concretas a nivel nacional, a fin de que velar por que los jóvenes ocupen un puesto de trabajo o de educación, formación o reorientación profesional digno a los cuatro meses de salir de la escuela;
4. Acoge con satisfacción la iniciativa de la Comisión de promover la garantía para los jóvenes y de asignar 4 millones de euros a los Estados miembros para ayudarles a establecer programas de garantía para los jóvenes, que deben contar con el apoyo de unas políticas activas de mercado de trabajo que ayuden a colmar la brecha entre los sistemas de educación y formación y el mercado de trabajo, pero duda seriamente de que este importe sea lo bastante ambicioso como para servir de ayuda para que estos países, que se enfrentan con unas tasas de desempleo elevadas en una situación de restricciones presupuestarias, puedan establecer garantías de este tipo;
5. Destaca que la garantía para la juventud debe ser vinculante jurídicamente para que pueda mejorar en la práctica la situación de los jóvenes que ni tienen empleo ni ocupan un puesto de enseñanza o formación y para superar gradualmente el problema del desempleo juvenil en la UE;
6. Acoge con satisfacción el propósito de la Comisión, recogido en la Comunicación titulada «Hacia una recuperación generadora de empleo», de presentar una propuesta de Recomendación del Consejo relativa a un marco de calidad para los periodos de prácticas y una propuesta de Recomendación del Consejo sobre garantías juveniles para finales de 2012, e insta encarecidamente a los Estados miembros a que las adopten antes de finales de 2012;
7. Reconoce que los jóvenes sufren discriminación laboral en lo que se refiere a su acceso al mercado de trabajo y a su permanencia en él a consecuencia de su precaria situación y de los contratos temporales, y que esta situación exige que se respete cabalmente el principio de igualdad de trato establecido por la legislación europea;
8. Destaca que las jóvenes madres sufren una discriminación particular en el mercado de trabajo por introducir pausas en su carrera debido a obligaciones familiares; pide, por consiguiente, a los Estados miembros que consoliden sus políticas de equilibrio entre la vida laboral y la vida profesional, especialmente reforzando la Directiva relativa al permiso de maternidad a nivel de la UE y ofreciendo unos servicios accesibles, asequibles y de buena calidad de cuidado de los niños y los adultos dependientes;
9. Expresa su convicción de que una manera efectiva de devolver a los jóvenes al trabajo es aplicar reformas sistémicas para abordar el desempleo estructural;
10. Acoge con satisfacción el sentimiento de urgencia expresado por la iniciativa del Presidente de la Comisión Sr. Barroso de enviar «equipos de actuación» a los Estados miembros con las tasas de desempleo juvenil más elevadas; pide a la Comisión que le mantenga debidamente informado de los programas y los resultados concretos de estas actividades; lamenta que sea la Comisión por sí sola quien ha conferido el mandato a los «equipos de actuación» y los ha constituido, y propone que, en lo sucesivo, el Parlamento Europeo y el Consejo participen más estrechamente en el proceso;
11. Pide a la Comisión que evalúe el impacto de las reformas del mercado de trabajo vinculadas a las propuestas de los «equipos de actuación» en la tasa de empleo y los niveles de calidad del empleo de los Estados miembros afectados;
12. Pide a la Comisión que adopte la normativa sobre el marco europeo de calidad lo antes posible en 2012 y que defina unas normas mínimas en apoyo de la oferta y el desempeño de periodos de prácticas de gran calidad;
13. Pide a los Estados miembros que mejoren la calidad de la formación profesional, la sensibilización al respecto, y, por lo tanto, su situación, pues es una alternativa crucial a la educación superior;
14. Cree que la movilidad y la oportunidad de trabajar en otro Estado miembro podría ser un paso importante para que los jóvenes obtengan mejores posibilidades de acceso al mercado de trabajo; alaba, por consiguiente, la expansión de la iniciativa «Erasmus para todos» y recomienda que en este programa se insista especialmente en la experiencia laboral en el extranjero para los estudiantes y jóvenes matriculados en formación profesional;
15. Pide a los Estados miembros que introduzcan y evalúen objetivos vinculantes referentes a los jóvenes, dedicando una particular atención a las estrategias políticas de calidad y orientadas a los jóvenes, de acuerdo con los objetivos de la Estrategia Europa 2020 que deben incorporar a sus programas nacionales de reforma;
16. Pide a la Comisión que incorpore claramente el empleo juvenil al Semestre Europeo estableciéndolo como objetivo secundario de la Estrategia Europa 2020;
17. Pide a los Estados miembros con bajas tasas de desempleo o que hayan introducido con éxito garantías para los jóvenes, como Austria, que colaboren activamente con los Estados miembros más afectados por el desempleo juvenil, transfiriéndoles conocimientos especializados y modelos que hayan dado buenos resultados, a fin de colmar la brecha de sus tasas de desempleo y de desarrollar juntos unas políticas de empleo mejores y más incluyentes dirigidas a los jóvenes y que tengan un impacto positivo sobre el terreno;
18. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que analicen las dificultades específicas con que se enfrentan los jóvenes en su acceso a la protección social y su riesgo de exclusión social; pide a la Comisión y a los Estados miembros que promuevan medidas para potenciar su acceso a la protección social y a una remuneración;
19. Deplora que, tras cuatro años de crisis, sigan sin utilizar 82 000 millones de euros del presupuesto de los Fondos Estructurales en el marco financiero plurianual 2007-2013; insta a la Comisión a que dé prioridad a la reasignación de una parte sustancial de los 82 000 millones de euros hacia proyectos destinados a los jóvenes, especialmente hacia pequeñas y medianas empresas, a fin de impulsar las oportunidades de empleo digno de los jóvenes; pide a la Comisión que considere la posibilidad de incrementar las tasas de cofinanciación de los ocho países particularmente afectados por el desempleo;
20. Pide a la Comisión que busque otras fuentes de financiación más ambiciosas para ayudar a los Estados miembros a hacer frente al desempleo juvenil elevado;
21. Considera especialmente importante asignar recursos a los jóvenes a la hora de elaborar el marco financiero plurianual para el periodo 2014-2020, centrándose en particular en los jóvenes sin estudios, trabajo ni formación (generación «ni-ni»);
22. Pide a los Estados miembros que velen por que estos fondos se asignen con plena participación de los interlocutores sociales y de organizaciones juveniles;
23. Celebra la propuesta de la Comisión de promover la movilidad laboral de los jóvenes como parte del nuevo Programa para el Cambio y la Innovación Sociales a fin de animarlos a buscar empleo en los Estados miembros y en las regiones que sufren escasez de cualificaciones y de mano de obra; pide, en este contexto, que se dedique más atención a la situación de los jóvenes, especialmente por lo que se refiere a la transición de la educación al empleo, la reducción del abandono escolar prematuro y la calidad de los periodos de prácticas y de aprendizaje; destaca que la promoción de la movilidad debe ir de la mano con una mejor protección social y con la reducción de los obstáculos a la movilidad en términos de derechos sociales y cobertura de seguridad social, especialmente para los jóvenes trabajadores en situación de riesgo;
24. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que financien programas de movilidad centrados en la formación y el empleo de los jóvenes en nuevos ámbitos que puedan potenciar una recuperación generadora de empleo, concretamente los empleos ecológicos y los empleos en el sector de la asistencia, para jóvenes de ambos sexos;
25. Pide a los Estados miembros que introduzcan sistemas duales de educación para todas las profesiones que no requieran educación superior, con objetivos para las empresas de determinadas dimensiones en términos de oferta de puestos de aprendizaje e incentivos para la contratación de jóvenes;
26. Pide a los Estados miembros que desarrollen una estrategia más coordinada entre los planes nacionales de educación y formación y las necesidades del mercado de trabajo, no solo a corto plazo sino sobre todo a medio y largo plazo, con el fin de evitar las dimensiones excesivas de determinados sectores, favorecer el desarrollo de nuevos nichos de mercado y trasladar recursos desde sectores en los que se destruyen empleos a sectores en desarrollo como la economía sostenible;
27. Insta a que se adopte una estrategia europea de empleo juvenil para apoyar a empresas, organizaciones asistenciales, autoridades públicas y otros empleadores en la creación de empleos dignos y de calidad;
28. Está especialmente preocupado ante el impacto negativo que tendrán los sustanciales recortes presupuestarios en educación en algunos Estados miembros en la difícil situación de los jóvenes y en la ejecución de algunas de las propuestas de la Iniciativa para la Juventud; pide a la Comisión que se asegure de que las recomendaciones dirigidas a los Estados miembros con miras al restablecimiento de la sostenibilidad presupuestaria no socaven o anulen las medidas y programas destinados a promover el empleo juvenil y la inclusión social o a prevenir la marginación y el abandono del mercado laboral en el caso de los jóvenes;
29. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.
- [1] Textos Aprobados, P7_TA(2010)0262.
- [2] Textos Aprobados, P7_TA(2011)0453.
- [3] Textos Aprobados, P7_TA(2011)0092.