PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre la situación de Guinea-Bissau
6.6.2012 - (2012/2660(RSP))
presentada de conformidad con el artículo 110, apartado 2, del Reglamento
João Ferreira, Inês Zuber, Patrick Le Hyaric, Jacky Henin, Marie-Christine Vergiat, Willy Meyer, Younous Omarjee en nombre del Grupo GUE/NGL
Véase también la propuesta de resolución común RC-B7-0277/2012
El Parlamento Europeo,
– Visto el artículo 110, apartado 2, de su Reglamento,
A. Considerando el golpe militar perpetrado en Guinea-Bissau el 12 de abril de 2012 con la intención de derrocar al Presidente de la República en funciones y al Gobierno del Partido Africano da Independência da Guiné e Cabo Verde (PAIGC);
B. Considerando que este golpe militar tuvo asimismo el objetivo de interrumpir el proceso electoral que estaba en curso para la elección del Presidente de la República de Guinea-Bissau;
C. Considerando la Resolución 2048 (2012) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, adoptada el 18 de mayo de 2012;
1. Condena el golpe militar perpetrado en Guinea-Bissau el pasado día 12 de abril;
2. Considera que la actual situación en Guinea-Bissau solo podrá resolverse con la reposición y el respeto del marco constitucional de ese país, garantía de que el pueblo de Guinea-Bissau decide su destino libre de cualquier injerencia externa;
3. Reconoce la legitimidad de los órganos de soberanía de Guinea-Bissau, cuyo ejercicio ha sido puesto en cuestión por el golpe militar, y apela a todos los países y organizaciones internacionales a que hagan lo propio;
4. Repudia las decisiones y las medidas que, a espaldas de los legítimos representantes de las instituciones de Guinea-Bissau, busquen reconocer o imponer como «hechos consumados» los objetivos del golpe militar;
5. Insta a que se aseguren las condiciones para el regreso seguro al país de Raimundo Pereira, Presidente en funciones, de Carlos Gomes Júnior, Primer Ministro, y de todas las personas obligadas a salir de Guinea-Bissau debido al golpe militar;
6. Exige la liberación inmediata e incondicional de todos los ciudadanos de Guinea-Bissau detenidos como presos políticos a consecuencia del golpe militar;
7. Denuncia las medidas de represión y persecución de los titulares de órganos de soberanía, dirigentes y activistas del PAIGC y ciudadanos de Guinea-Bissau que se han manifestado contra el golpe militar;
8. Considera el restablecimiento libre y democrático del proceso electoral a la Presidencia de la República, interrumpido por el golpe militar, como un importante elemento para la soberanía del pueblo de Guinea-Bissau;
9. Rechaza cualquier aprovechamiento externo de la actual situación que ponga en cuestión la soberanía del pueblo de Guinea-Bissau y la integridad territorial e independencia del país;
10. Expresa su solidaridad con el pueblo de Guinea-Bissau y pide que se tomen medidas para dar respuesta a sus necesidades urgentes (en particular, alimentos, medicamentos, material médico-quirúrgico, agua potable y combustibles) y a sus legítimos anhelos y que se defienda de la especulación a la actividad económica del país;
11. Exige una ayuda y cooperación genuinas, que contribuyan a superar los problemas, las dificultades y las necesidades del país, respetando el derecho del pueblo de Guinea-Bissau a decidir su destino de forma libre y soberana;
12. Denuncia las políticas y la responsabilidad del Fondo Monetario Internacional, del Banco Mundial, de la Organización Mundial del Comercio y de la Unión Europea en la situación económica y social del país; considera que la acción de estas instituciones ha debilitado aún más la ya de por sí frágil capacidad productiva del país, empujándolo hacia el ciclo del endeudamiento y la canalización de la riqueza producida hacia el pago y el servicio de la deuda, empobreciendo al pueblo y negándole su derecho al desarrollo;
13. Denuncia la presión para la aprobación de los llamados acuerdos de asociación económica entre los países de África Occidental (incluida Guinea-Bissau) y la UE y considera que su aprobación garantiza a la UE el dominio de la economía de Guinea-Bissau, la apropiación de sus riquezas naturales, el aumento de la explotación de los trabajadores y la degradación aún mayor de las condiciones de vida de su población;
14. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a las Naciones Unidas, a la Unión Africana, a la CEDEAO y a la CPLP.