Propuesta de resolución - B7-0303/2012Propuesta de resolución
B7-0303/2012

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre el marco financiero plurianual y los recursos propios

11.6.2012 - (2012/2678(RSP))

tras las declaraciones del Consejo y de la Comisión
presentada de conformidad con el artículo 110, apartado 2, del Reglamento

Joseph Daul en nombre del Grupo PPE
Hannes Swoboda en nombre del en nombre del Grupo S&D
Guy Verhofstadt en nombre del Grupo ALDE
Rebecca Harms, Daniel Cohn-Bendit en nombre del Grupo Verts/ALE
Gabriele Zimmer en nombre del Grupo GUE/NGL


Procedimiento : 2012/2678(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
B7-0303/2012

B7‑0303/2012

Resolución del Parlamento Europeo sobre el marco financiero plurianual y los recursos propios

(2012/2678(RSP))

El Parlamento Europeo,

–   Visto el Acuerdo interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera[1],

–   Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, sus artículos 311 y 312,

–   Vista su Resolución, de 8 de junio de 2011, sobre invertir en el futuro: un nuevo marco financiero plurianual para una Europa competitiva, sostenible e integradora[2],

–   Vista la propuesta de la Comisión, de 29 de junio de 2011, titulada «Un presupuesto para Europa 2020»,

–   Visto el apartado 2 del artículo 110 del Reglamento,

A. Considerando que, de conformidad con el artículo 312, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el Consejo, pronunciándose por unanimidad y previa aprobación del Parlamento Europeo, debe adoptar un reglamento que fije el marco financiero plurianual (MFP);

B.  Considerando que, de conformidad con el artículo 311 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la Unión debe dotarse de los medios necesarios para alcanzar sus objetivos y para llevar a cabo sus políticas, y que su presupuesto debe ser financiado íntegramente con cargo a los recursos propios;

C. Considerando que la Presidencia danesa en ejercicio se propone presentar al Consejo Europeo de junio un «marco de negociación» en el que se propondrán opciones para todos los aspectos de las negociaciones, incluidos los ingresos, pero sin avanzar cifra alguna en esta fase;

D. Considerando que, en la mencionada Resolución de 8 de junio de 2011, estableció sus prioridades políticas para el próximo MFP, en términos tanto legislativos como presupuestarios, proporcionando una sólida base para las negociaciones sobre el mismo;

E.  Considerando que los programas plurianuales relacionados con el próximo MFP serán aprobados por el Parlamento y por el Consejo de conformidad con el procedimiento legislativo ordinario;

F.  Considerando que ha hecho reiterados llamamientos en favor del establecimiento de nuevos y auténticos recursos propios;

1.  Destaca que el presupuesto de la UE es un presupuesto de inversión con un poderoso efecto de palanca, dado que el 94 % de sus créditos está dedicado a estimular el crecimiento económico y el empleo, así como el protagonismo de la UE en la escena mundial; destaca que, pesa a su limitado volumen ―solo el 2 % del gasto público de la UE―, el presupuesto de la UE pone en común recursos, actúa como catalizador y ofrece economías de escala y con efectos transfronterizos que permiten alcanzar los objetivos políticos de la UE comúnmente acordados; está firmemente convencido de que el presupuesto de la UE es un poderoso instrumento para incrementar las inversiones estratégicas con valor añadido europeo y volver a encauzar la economía europea, generando crecimiento y empleo y tratando al mismo tiempo de fomentar la cohesión económica y social en toda la UE; destaca, por consiguiente, que el presupuesto de la UE tiene que desempeñar un papel estratégico, en paralelo a las medidas de consolidación presupuestaria impuestas actualmente a los presupuestos nacionales;

2.  Recuerda que aprobó por abrumadora mayoría el informe de la Comisión Especial sobre los Retos Políticos y los Recursos Presupuestarios para una Unión Europea Sostenible después de 2013 en su Resolución de 8 de junio de 2011, cuyo contenido sigue siendo plenamente válido y debe considerarse como su posición negociadora para el próximo MFP 2014-2020; reitera que no será posible alcanzar los objetivos políticos de la UE sin una adecuada financiación con cargo a un presupuesto europeo sólido; hace hincapié en que la Estrategia 2020, aprobada por la totalidad de los 27 Estados miembros, contribuirá a que Europa se recupere de la crisis y emerja aún más fuerte, gracias a la creación de empleo y a un crecimiento inteligente, sostenible e integrador; reitera su posición en contra de toda propuesta que no permita a la Unión desempeñar su papel y cumplir los compromisos políticos ya asumidos o hacer frente a nuevas responsabilidades;

3.  Insiste en que el presupuesto de la UE debe presentar un equilibrio adecuado entre los auténticos recursos propios y los gastos, tal como exige el Tratado; afirma que no está dispuesto a dar su aprobación al próximo Reglamento MFP si no hay un acuerdo político sobre la reforma del sistema de recursos propios que ponga fin a los descuentos y otros mecanismos de corrección existentes y aporte una mayor transparencia, equidad y sostenibilidad; acoge con satisfacción las propuestas legislativas presentadas por la Comisión el 29 de junio de 2011 sobre la reforma del sistema de recursos propios, incluidas las propuestas sobre el impuesto sobre las transacciones financieras (ITF) y sobre un nuevo recurso propio de la UE basado en el IVA, cuyo fin es reducir al 40 %, de aquí a 2020, el porcentaje de las contribuciones de los Estados miembros basadas en la RNB al presupuesto de la UE, contribuyendo así a consolidar los esfuerzos de los Estados miembros;

4.  Insta, en vista del entorno macroeconómico y de los retos que plantea un mundo cambiante, y con el fin de velar por un uso mejor y más eficiente de los fondos de la UE, a que el MFP 2014-2020 ofrezca una mayor flexibilidad presupuestaria tanto dentro de las rúbricas como entre las mismas, así como entre los ejercicios dentro del MFP, con objeto de garantizar que los recursos presupuestarios puedan ajustarse adecuadamente a la evolución de las circunstancias y las prioridades; insiste en el principio de unidad del presupuesto de la UE, y hace hincapié en que todas las políticas y programas de la UE deben incluirse en el MFP con la financiación adecuada, contribuyendo de ese modo a la transparencia, la previsibilidad y la rendición de cuentas;

5.  Pide encarecidamente que las posiciones políticas acordadas por el Consejo Europeo sean negociadas entre el Parlamento y el Consejo, tal como se representaron en el Consejo de Asuntos Exteriores, antes de que el Consejo presente formalmente sus propuestas, con el fin de obtener la aprobación del Parlamento del Reglamento MFP, de conformidad con el artículo 312 del Tratado; destaca que las negociaciones sobre las propuestas legislativas relativas a los programas plurianuales continuarán en el marco del procedimiento legislativo ordinario y finalizarán una vez que se alcance un acuerdo sobre sus dotaciones financieras; está decidido a hacer pleno uso, como corresponda, de sus competencias legislativas ordinarias y en materia de aprobación consagradas en el Tratado;

6.  Hace hincapié en que los objetivos y las políticas del MFP deben ser acordados antes de la asignación de los respectivos importes, y subraya que el Parlamento y el Consejo deben celebrar negociaciones en toda regla sobre todos los aspectos relacionados con el MFP antes de asignar los importes y de hacer los ajustes finales en la totalidad del paquete del MFP; sigue el principio de que «nada está acordado antes de que todo esté acordado», como método de trabajo adecuado;

7.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo Europeo, al Consejo, a la Comisión, a los Parlamentos y los Gobiernos nacionales de los Estados miembros y a las demás instituciones y organismos interesados.