PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre el 22º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas
4.2.2013 - (2013/2533(RSP))
presentada de conformidad con el artículo 110, apartado 2, del Reglamento
Richard Howitt, Véronique De Keyser, Ana Gomes, Raimon Obiols, Pino Arlacchi, Joanna Senyszyn en nombre del Grupo S&D
Véase también la propuesta de resolución común RC-B7-0055/2013
B7‑0055/2013
Resolución del Parlamento Europeo sobre el 22º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas
El Parlamento Europeo,
– Vistas la Declaración Universal de Derechos Humanos y las convenciones de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos así como los protocolos facultativos a las mismas,
– Vistos el Convenio Europeo de Derechos Humanos y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,
– Vistos el Marco Estratégico de la UE sobre Derechos Humanos y Democracia y el Plan de Acción de la UE sobre Derechos Humanos y Democracia adoptados en la 3179ª reunión del Consejo de Asuntos Exteriores de 25 de junio de 2012,
– Vista su Recomendación al Consejo, de 13 de junio de 2012, sobre el Representante Especial de la UE para los Derechos Humanos[1],
– Vistas sus Resoluciones anteriores sobre el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas incluidas las prioridades del Parlamento en este contexto; vista, en particular, su Resolución, de 16 de febrero de 2012, sobre la posición del Parlamento sobre el 19° período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas[2],
– Vistos el informe de la delegación de su Subcomisión de Derechos Humanos sobre su visita al 19º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y el informe de la delegación conjunta de su Comisión de Asuntos Exteriores, su Subcomisión de Derechos Humanos y su Subcomisión de Seguridad y Defensa, que asistió al 67º período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas,
– Vistas sus Resoluciones urgentes sobre los derechos humanos y la democracia,
– Vista su Resolución, de 13 de diciembre de 2012, sobre la revisión de la estrategia de la UE en materia de derechos humanos[3],
– Vista su Resolución, de 13 de diciembre de 2012, sobre el Informe anual sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo (2011) y la política de la Unión Europea al respecto[4],
– Vistos el artículo 2, el artículo 3, apartado 5, y los artículos 18, 21, 27 y 47 del Tratado de la Unión Europea,
– Visto el artículo 110, apartado 2, de su Reglamento,
A. Considerando que el respeto, el fomento, la protección, el carácter universal y la indivisibilidad de los derechos humanos forman parte del acervo ético y jurídico de la Unión Europea y constituyen una de las piedras angulares de la unidad e integridad europeas[5];
B. Considerando que cuando se apliquen las recientes revisiones de la estrategia de derechos humanos de la UE se verá reforzada la credibilidad de la Unión en el seno del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (CDH), ya que aumentará la coherencia entre sus políticas internas y externas;
C. Considerando que, para conseguir los mejores resultados, la UE debe aspirar a alcanzar posiciones comunes unidas para oponerse a las violaciones de derechos humanos y, en este contexto, debe continuar reforzando la cooperación y mejorando los aspectos organizativos entre los Estados miembros;
D. Considerando que el Consejo de la Unión Europea ha adoptado un Marco estratégico sobre derechos humanos y democracia y un Plan de Acción para su aplicación, con el objetivo de mejorar la eficacia, la visibilidad y la coherencia de las políticas de la Unión en este ámbito;
E. Considerando que se ha nombrado un Representante Especial de la UE para los Derechos Humanos con el cometido de potenciar la eficacia y la visibilidad de la política de la UE en materia de derechos humanos y contribuir a poner en práctica el Marco estratégico y el Plan de acción sobre derechos humanos y democracia;
F. Considerando que, con ocasión del 22° período de sesiones del CDH, viajará a Ginebra una delegación de su Subcomisión de Derechos Humanos, al igual que en los períodos de sesiones del CDH de años anteriores;
1. Toma nota del proceso en curso para confirmar las prioridades de la UE para el 22º período de sesiones del CDH; acoge con satisfacción el énfasis puesto por la UE en la situación de Siria, Birmania/Myanmar, Corea del Norte y Mali y el apoyo de la UE a la ampliación del mandato del Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en Irán; respalda, asimismo, la atención prestada a temáticas como la libertad de conciencia, religión y creencias, la abolición de la pena de muerte, los derechos del niño, la violencia contra las mujeres, las empresas y los derechos humanos, y los derechos de las personas LGBTI;
2. Celebra que, en el orden del día del 22° período ordinario de sesiones, figuren, entre otros asuntos, debates especializados sobre la incorporación de los derechos humanos en las políticas, las repercusiones negativas de la crisis económica y financiera y de la corrupción en el disfrute de los derechos humanos, la conmemoración del 20º aniversario de la adopción de la Declaración y Programa de Acción de Viena, debates interactivos, como los dedicados a los derechos de las personas con discapacidad, y amplias reuniones sobre distintos asuntos, como el derecho de los niños a disfrutar de los más altos niveles posibles de salud; pide a los Estados miembros que contribuyan activamente a estos debates y que proclamen sin ambages que los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes;
3. Saluda los informes que presentarán los Relatores Especiales sobre la situación de los derechos humanos en Irán, Myanmar y los Territorios Palestinos ocupados desde 1967, así como el informe escrito de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos en Mali, en particular en la parte septentrional del país, sobre la vivienda como elemento integrante del derecho a un nivel de vida adecuado, sobre el derecho a la no discriminación en este contexto, sobre la libertad de conciencia, religión y creencias y sobre la promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo; espera con interés el informe oral del Alta Comisionada sobre Libia;
La labor del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas
4. Observa que en septiembre de 2012 fueron elegidos 18 nuevos miembros del CDH, que tomaron posesión el 1 de enero de 2013: Argentina, Brasil, Costa de Marfil, Estonia, Etiopía, Gabón, Alemania, Irlanda, Japón, Kazajistán, Kenia, Montenegro, Pakistán, Corea del Sur, Sierra Leona, los Emiratos Árabes Unidos, Estados Unidos y Venezuela; y toma nota de que en la actualidad nueve Estados miembros de la UE son miembros del CDH;
5. Toma nota de la elección de un nuevo Presidente del CDH, Remigiusz A. Henczel, de Polonia, y de cuatro Vicepresidentes para 2013: Cheikh Ahmed Ould Zahaf (Mauritania), Iruthisham Adam (Maldivas), Luis Gallegos Chiriboga (Ecuador) y Alexandre Fasel (Suiza);
6. Pone de relieve que las elecciones al CDH tienen que ser competitivas y manifiesta su oposición al amaño de las elecciones por los grupos regionales; reitera la importancia de que, para ser miembro del CDH, se muestre un elevado grado de compromiso y buen comportamiento en materia de derechos humanos; destaca que los miembros del CDH han de mantener los niveles más elevados de promoción y protección de los derechos humanos, insiste en la importancia de criterios firmes y transparentes para la rehabilitación de los miembros objeto de suspensiones;
7. Sigue manifestando su preocupación por el fenómeno de la «política de bloques» y sus efectos en la credibilidad del CDH y en la eficacia de su labor;
8. Reitera una vez más que es importante que los Estados miembros de la UE trabajen para lograr la indivisibilidad y universalidad de los derechos humanos y que apoyen la labor del CDH a este respecto, en particular mediante la ratificación de los instrumentos internacionales de derechos humanos establecidos por este organismo; reitera que ningún Estado miembro de la UE ha ratificado la Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares; deplora una vez más que varios Estados miembros aún no hayan adoptado o ratificado la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, y que únicamente dos de los Estados miembros haya ratificado el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; reitera su llamamiento a todos los Estados miembros de la UE para que ratifiquen estas convenciones y protocolos y les alienta que firmen y ratifiquen el reciente Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones, abierto a la firma en Ginebra (Suiza) el 28 de febrero de 2012;
9. Acoge con satisfacción el nombramiento de la Asamblea General de las Naciones Unidas de Navanethem Pillay para un segundo mandato como Alta Comisionada para los Derechos Humanos; reitera su firme apoyo a la Oficina de la Alta Comisionada, a su independencia y a su integridad;
10. Elogia los esfuerzos de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos en el proceso de refuerzo de los órganos de los tratados y aplaude su informe sobre esta cuestión publicado el 22 de junio de 2012; reafirma el carácter multilateral de los órganos de los tratados y destaca que es necesario una inclusión continua de la sociedad civil en estos procesos; subraya asimismo que deben conservarse y potenciarse la independencia y la eficacia de los órganos de los tratados; destaca que es necesario asegurar financiación suficiente para sufragar la creciente carga de trabajo de los órganos de los tratados; pide a la UE que asuma el liderazgo a la hora de garantizar el funcionamiento eficaz del sistema de órganos de los tratados, también en lo que atañe a la financiación adecuada;
Los países de la Primavera Árabe
11. Condena con la mayor firmeza la creciente e indiscriminada violencia que el régimen de Assad está ejerciendo contra el pueblo sirio, incluido el uso de artillería pesada y el bombardeo de zonas pobladas; condena sin ambages las continuadas violaciones sistemáticas de los derechos humanos por parte del régimen, sus fuerzas de seguridad y el ejército, que son constitutivas de crímenes contra la humanidad; manifiesta su profunda preocupación por el continuo deterioro de la situación de la población civil; condena asimismo las violaciones de derechos humanos cometidas por los grupos y fuerzas de oposición; pide a todos los actores armados que pongan fin de inmediato a la violencia en Siria y reitera su llamamiento para que el régimen de Assad abandone el poder sin más dilación;
12. Manifiesta su preocupación por el efecto de contagio a los países vecinos y los repercusiones en la seguridad y la estabilidad de la región; pide a los Estados miembros que ayuden a los países de la región a prestar socorro humanitario a los refugiados procedentes de Siria;
13. Aplaude que el CDH haya mantenido su atención sobre la alarmante situación humanitaria y de derechos humanos en Siria, como queda plasmado en las resoluciones de las Naciones Unidas sobre el país aprobadas en los períodos de sesiones 19º, 20º y 21º del CDH y en el período especial de sesiones de 1 de junio de 2012 dedicado a Siria; reitera la importancia de garantizar que los autores respondan de las violaciones del Derecho internacional de derechos humanos que se han cometido durante el conflicto;
14. Manifiesta su total apoyo a la Comisión de investigación independiente sobre Siria y a que el CDH amplíe su mandato; celebra el nombramiento de Carla del Ponte y Vitit Muntarbhorn como nuevos miembros, y el nombramiento de Paolo Pinheiro como Relator Especial para Siria, que comenzará su labor cuando expire el mandato de la Comisión de investigación; saluda el informe de la Comisión que expone las atrocidades cometidas en Siria;
15. Lamenta que no se haya llegado un acuerdo sobre la adopción de una Resolución en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la situación de Siria y, en particular, que esta circunstancia esté mermando la capacidad de ejercer una presión eficaz para poner fin a la violencia en el país; pide a los miembros del Consejo de Seguridad que tengan presente su responsabilidad ante el pueblo sirio; saluda la labor diplomática de la Vicepresidenta/Alta Representante y de los Estados miembros de la UE para contar con China y a Rusia en esta cuestión; les pide que no cejen en su labor; recuerda a todos los miembros de las Naciones Unidas el principio de «responsabilidad de proteger», adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas; pide al Consejo de Derecho Humanos que inste al Consejo de Seguridad a remitir la situación de Siria a la Corte Penal Internacional; insta a la Alta Representante de la UE a comprometerse personalmente en la formación de una amplia coalición internacional de carácter integrador con el fin de convencer a todos los miembros permanentes del Consejo de Seguridad de que apoyen dicha remisión;
16. Acoge con satisfacción el informe escrito final de la Comisión de investigación independiente para Libia presentada en el 19º período de sesiones del CDH en el que se ponen de relieve las violaciones de derechos humanos cometidas en el país; insta al CDH a que manifieste su preocupación por las continuas violaciones, a que siga vigilando la situación y a que solicite a la Alta Comisionada que informe sobre la situación de los derechos humanos en Siria;
17. Manifiesta su preocupación por la situación de los defensores de los derechos humanos y de los activistas de oposición en Baréin; reitera su llamamiento a los Estados miembros de la UE para que trabajen por la adopción en el CDH de una resolución sobre los derechos humanos en Baréin;
18. Reitera su llamamiento al CDH para que adopte una resolución en su 22º período de sesiones por la que se cree un mecanismo internacional que haga un seguimiento de la aplicación del Examen Periódico Universal de Baréin y de las recomendaciones de la Comisión independiente de investigación para Baréin, incluidas las relativas a los defensores de los derechos humanos;
19. Acoge con satisfacción la Resolución sobre asistencia técnica y fomento de la capacidad para el Yemen en la esfera de los derechos humanos, adoptada en octubre de 2012, y la creación de una oficina de la OACDH en el país; insta al CDH a que siga vigilando de cerca la situación de Yemen;
20. Manifiesta su profunda preocupación por el actual resurgimiento de la violencia en Egipto; pide al Gobierno egipcio que se abstenga de emplear una fuerza excesiva contra los manifestantes y recuerda que el estado de excepción es una medida de última instancia que también debe quedar sometida al Estado de Derecho y ajustarse a las normas internacionales de modo que queden protegidos los derechos de libertad de expresión y reunión pacífica; reitera la postura de la UE contraria a la pena de muerte y pide, a este respecto, una suspensión de la ejecución de las penas de muerte en Egipto, también en el caso de las 21 personas condenadas a muerte recientemente por la catástrofe del estadio de fútbol de Port Said;
21. Manifiesta su preocupación por el hecho de que sigan violándose los derechos humanos en el Sáhara Occidental; pide que se protejan los derechos fundamentales del pueblo del Sáhara Occidental, incluidos la libertad de asociación, la libertad de expresión y el derecho de manifestación; exige la liberación de todos los presos políticos saharauis; saluda el nombramiento de un enviado especial para el Sahel y destaca la necesidad de un seguimiento internacional de la situación de los derechos humanos en el Sáhara Occidental; apoya una solución justa y duradera del conflicto basada en el derecho a la autodeterminación del pueblo saharaui, de conformidad con las resoluciones de las Naciones Unidas;
Otros asuntos
22 Aplaude la decisión del CDH de nombrar un Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en Belarús, y toma nota del apoyo transregional a la Resolución por la que se establece su mandato, lo que demuestra que la alarmante situación de los derechos humanos en dicho país es reconocida por los Estados de todo el mundo;
23. Saluda la Resolución adoptada en el 20º período de sesiones del CDH por la que se nombra un Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en Eritrea; toma nota de que es la primera vez que el CDH aborda esta cuestión y aplaude el liderazgo mostrado por los países africanos en esta cuestión;
24. Aplaude la ampliación de los mandatos de los expertos independientes sobre Costa de Marfil, Haití y Somalia; insta a las autoridades de estos países a que cooperen plenamente con los titulares de los mandatos;
25. Solicita la ampliación del mandato del Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en Irán;
26. Pide la ampliación por un año más del mandato del Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea (RPDC); aplaude el hecho de que la Resolución sobre la RPDC se haya adoptado por consenso, lo que demuestra el elevado nivel de apoyo del mandato; insta al Gobierno de la RPDC a que coopere plenamente con el Relator y facilite sus visitas al país; e insta al Consejo de Derechos Humanos a responder al llamamiento de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos a crear una comisión internacional de investigación de los graves crímenes que se han cometido en el país desde hace décadas;
27. Deplora las ejecuciones llevadas a cabo en Japón en 2012 tras la suspensión de esta práctica en 2011; condena asimismo, a este respecto, las recientes ejecuciones masivas en Irán; reafirma su firme oposición a la pena de muerte en todos los casos y en todas las circunstancias, así como su total determinación a trabajar por su abolición definitiva;
28. Celebra que la situación de Mali sea objeto de un estrecho seguimiento por parte del CDH y aplaude el liderazgo mostrado por los Estados africanos, que sometieron la cuestión al CDH; insta al CDH a que apoye el rápido despliegue de equipos de seguimiento en Mali y solicita que la OACDH siga informando sobre la situación en el país;
29. Observó con satisfacción la adopción de la Resolución sobre la República Democrática del Congo (RDC), aunque sigue profundamente preocupado por las violaciones de derechos humanos en este país, especialmente en la provincia de Kivu septentrional, en la parte este del país; expresa su firme condena de los ataques perpetrados en el este del país por fuerzas rebeldes, especialmente el M23, contra la población civil, incluidos mujeres y niños; condena con firmeza el uso sistemático de la violación como arma de guerra; se felicita por los esfuerzos realizados por los Estados miembros de la Conferencia Internacional sobre la Región de los Grandes Lagos (CIRGL), la Unión Africana y las Naciones Unidas, para encontrar una solución política pacífica a la crisis; vuelve a pedir el restablecimiento de un Experto independiente de las naciones Unidas sobre la situación en la RDC para que constituya un mecanismo fiable centrado en la mejora de la situación en relación con las graves e históricas preocupaciones del país en materia de derechos humanos; así como un informe de la Representante Especial de las Naciones Unidas sobre la Violencia Sexual en los Conflictos, Margot Wallstrom;
30. Observa con satisfacción la adopción de la Resolución del CDH sobre la libertad de religión o creencias; destaca la importancia que la UE otorga a este asunto; pide a sus Estados miembros que sigan trabajando en este asunto, y aguarda con interés las nuevas orientaciones, que se esperan para principios de este año; elogia la labor del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la libertad de religión o creencias; subraya la importancia de la renovación de su mandato en el 22º período de sesiones del CDH;
31. Aplaude la Resolución sobre Birmania/Myanmar en el CDH y pide la ampliación del mandato del Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en dicho país; toma nota de los progresos realizados por el Gobierno de Birmania/Myanmar desde principios de 2011 para restablecer las libertades civiles en el país; manifiesta su profunda preocupación, no obstante, por el brote de violencia entre comunidades en el Estado de Rakhine y por las consiguientes muertes y lesiones, destrucción de propiedades y desplazamientos de las poblaciones locales; considera que la causa última de la situación radica en las históricas políticas discriminatorias que se vienen practicando contra la población rohingya; destaca que se requieren más y mayores esfuerzos para resolver la raíz del problema; insta al Gobierno de Myanmar a que acelere la puesta en práctica de su compromiso de establecer una oficina de la OACDH en el país y destaca que, dado el contexto actual, el Relator Especial debe seguir realizando su labor de seguimiento e información;
32. Aplaude también la Resolución sobre Sri Lanka en la que se destacan la reconciliación y la rendición de cuentas en el país; reitera su apoyo a la recomendación, realizada por el Grupo de Expertos del Secretario General de las Naciones Unidas sobre Sri Lanka, de que se cree una comisión de investigación de las Naciones Unidas que se ocupe de esclarecer todos los crímenes cometidos; insta al Consejo de Derechos Humanos a que exprese su preocupación por el hecho de que se sigan cometiendo violaciones de derechos humanos en Sri Lanka y de que el Gobierno de este país no investigue efectiva y adecuadamente los crímenes cometidos durante el conflicto por todas las partes, no exija responsabilidades por los abusos graves y no adopte las recomendaciones que el Grupo de Expertos hizo al Secretario General; muestra su profunda preocupación por las «graves injerencias» en el poder judicial, ya que la destitución del principal magistrado del país puede poner en peligro los esfuerzos por juzgar los crímenes de guerra;
33. Expresa su inquietud por la situación de la República Centroafricana, donde grupos armados han atacado y ocupado varias localidades del noreste del país; acoge con satisfacción los acuerdos firmados en Libreville el 11 de enero de 2013, incluido el acuerdo de cese de hostilidades y el acuerdo político sobre la resolución de la crisis del país; destaca la importancia de la rápida aplicación de estos acuerdos; aplaude la declaración de la AR/VP, de 11 de enero, en la que pide a todos los firmante que respeten dichos acuerdos; insta a los Estados miembros a que planteen esta cuestión en el CDH para que se dé prioridad a la cuestión de la situación en la República Centroafricana en los foros internacionales;
34. Expresa su preocupación por la situación de Israel y Gaza tras la escalada del conflicto a finales de 2012, y condena los actos de violencia cometidos por ambos bandos; reitera su llamamiento a que se levante el bloqueo de la Franja de Gaza, al tiempo que tiene en cuenta las legítimas preocupaciones de Israel en relación con la seguridad, y pide que se avance hacia la reconstrucción y la recuperación económica de la Franja de Gaza;
35. Condena la decisión del Gobierno israelí de 2 de diciembre de 2012 de construir 3 000 nuevas viviendas en asentamientos situados en Cisjordania y Jerusalén Este, en particular en la zona E1, que, de ejecutarse, dividiría Cisjordania en dos partes separadas; destaca que esta decisión hace peligrar la solución de los dos Estados; acoge con satisfacción la misión internacional de investigación sobre los asentamientos israelíes en los Territorios Palestinos ocupados, creada en el 19º período de sesiones del CDH; lamenta que a partir de ese momento Israel haya puesto fin a la cooperación con el CDH, que no haya aceptado someterse a la nueva misión de investigación sobre los asentamientos israelíes cuando esta se anunció y que no se sometiera a los procedimientos del Examen Periódico Universal;
36. Aplaude la aprobación de la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 29 de noviembre de 2012, de la Resolución por la que Palestina obtiene la condición de Estado observador no miembro de las Naciones Unidas; toma nota de la abrumadora mayoría que permitió la aprobación de dicha Resolución, con 138 votos a favor, 9 en contra y 41 abstenciones; toma nota también de que solo un Estado miembro de la UE votó en contra de dicha Resolución; reitera su apoyo a este empeño; observa el apoyo expresado por la UE a Palestina para que obtenga la condición de miembro de pleno derecho de las Naciones Unidas, como parte de una solución política al conflicto entre Israel y Palestina; reitera que la UE no aceptará cambios en las fronteras anteriores a 1967, incluso por lo que respecta a Jerusalén, a excepción de los que acuerden las Partes;
37. Aplaude el proceso actual de seguimiento del informe A/HRC/19/41 del Alto Comisionado sobre leyes y prácticas discriminatorias y actos de violencia cometidos contra personas por su orientación sexual e identidad de género; anima a que se siga realizando un seguimiento, también mediante reuniones regionales, y a la participación activa de los Estados miembros, el Consejo y el Servicio Europeo de Acción Exterior;
38. Se felicita por el liderazgo del Secretario General y la Alta Comisionada en relación con la discriminación y la violencia contra personas por su orientación sexual e identidad de género, tanto dentro como fuera del CDH; lamenta los actuales intentos de negar el carácter universal e indivisible de los derechos humanos, en particular mediante una resolución sobre «valores tradicionales»;
39. Toma nota del primer Foro anual sobre las empresas y los derechos humanos, celebrado en Ginebra del 4 al 6 de diciembre de 2012, que reunió a un amplio abanico de actores para debatir la aplicación de los Principios Rectores de las Naciones Unidas en este ámbito; apoya las consultas iniciales del Foro sobre la manera de conseguir que los Gobiernos y las empresas aprueben marcos reglamentarios, políticos y de ejecución que contrarresten las violaciones de los derechos humanos relacionadas con el comercio; apoya los esfuerzos de la Comisión dirigidos a desarrollar su nueva política en materia de responsabilidad social de las empresas; insiste en que esta política debe ser aún más ambiciosa;
40. Acoge con satisfacción la labor del Grupo de trabajo intergubernamental abierto sobre empresas militares y de seguridad privadas, cuyo mandato es examinar la posibilidad de instaurar un marco normativo internacional en la materia; reconoce la gran atención prestada a la opción de elaborar un instrumento jurídicamente vinculante sobre la regulación, la supervisión y el control de las actividades de tales empresas, y expresa su apoyo a dicho marco normativo jurídicamente vinculante; destaca la necesidad de una responsabilidad firme, y pide a las empresas que aún no han firmado el Código de Conducta Internacional para Proveedores de Servicios de Seguridad Privada que se adhieran al mismo; aguarda con interés la presentación del informe del grupo de trabajo;
Examen Periódico Universal
41. Pone de relieve la relevancia del aspecto universal del Examen Periódico Universal (EPU) y reafirma la importancia del EPU a la hora de poder comprender y evaluar plenamente la situación sobre el terreno de los derechos humanos en todos los Estados miembros de las Naciones Unidas;
42. Acoge con satisfacción el inicio del segundo ciclo del EPU y la adopción de sus primeras conclusiones; reitera la importancia de que el segundo ciclo se centre en la aplicación de las recomendaciones aprobadas durante el primer ciclo; pide de nuevo que, en la continuación del proceso del EPU, se vuelvan a examinar las recomendaciones que no fueron aceptadas por algunos Estados durante el primer ciclo;
43. Considera que la aplicación es un aspecto fundamental para aprovechar el potencial del EPU; reitera, por consiguiente, la importancia de que los Estados miembros de la UE presten asistencia técnica para ayudar a los Estados objeto de examen a aplicar las recomendaciones; alienta a los Estados a presentar actualizaciones intermedias para contribuir a mejorar la aplicación;
44. Pide a los Estados miembros que participan en los diálogos interactivos de la EPU que propongan recomendaciones que sean más específicas y cuantificables con el fin de mejorar la calidad del seguimiento y la aplicación de las recomendaciones aceptadas;
45. Recomienda la inclusión sistemática de las recomendaciones del EPU en los diálogos, las consultas y las estrategias por países de la UE en materia de derechos humanos a fin de que se realice un seguimiento de los resultados del EPU; recomienda igualmente que el Parlamento formule estas recomendaciones en el marco de las visitas de sus propias delegaciones a terceros países;
46. Aplaude los avances que permiten la plena participación de un amplio abanico de partes interesadas en el proceso de EPU; se felicita, en este sentido, por las modificaciones de la lista de oradores, que da a todos los países que deseen intervenir durante el proceso de EPU la posibilidad de hacerlo; reitera su apreciación del mayor papel que las instituciones nacionales de derechos humanos han obtenido, en consonancia con los Principios de París; acoge con satisfacción la mayor participación de este sector gracias a una mayor utilización de la videoconferencia;
47. Considera que puede hacerse más para implicar a la sociedad civil en el proceso del EPU, también en la aplicación de los resultados del EPU; condena la toma de represalias contra las personas que participen en el proceso del EPU y colaboren con el mismo; pone de relieve que estas represalias atentan contra el sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas en su conjunto; insta a todos los Estados a que faciliten protección adecuada frente a estos actos de intimidación;
Procedimientos Especiales
48. Reitera que los Procedimientos Especiales desempeñan un papel fundamental para la credibilidad y efectividad del trabajo del CDH y que ocupan un lugar central en el sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas; reitera su firme apoyo a los Procedimientos Especiales, y destaca la importancia fundamental de la independencia de estos mandatos;
49. Insta a los Estados a cooperar plenamente con los Procedimientos Especiales, también mediante la recepción inmediata de los titulares de los mandatos en visita al país, mediante la respuesta a sus acciones urgentes y a las denuncias de violaciones, y mediante un seguimiento adecuado de las recomendaciones realizadas por los titulares de los mandatos; insta a los miembros del CDH a dar ejemplo en estas cuestiones;
50. Acoge con satisfacción la actuación de la UE, que ha cursado conjuntamente una invitación permanente a todos los Procedimientos Especiales de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos, dando así ejemplo en esta materia; anima a otros Estados miembros de las Naciones Unidas a que hagan lo propio;
51. Condena las represalias en todas sus formas contra las personas que cooperan con los Procedimientos Especiales; pone de relieve que estas represalias atentan contra el sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas en su conjunto; insta a todos los Estados a que faciliten protección adecuada frente a estos actos de intimidación;
Participación de la UE
52. Reitera en los términos más enérgicos la importancia de una participación activa de la UE en los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas, incluido el CDH; alienta a los Estados miembros a que actúen en este sentido copatrocinando resoluciones, participando activamente en los debates y diálogos interactivos y emitiendo declaraciones;
53. Destaca la importancia de garantizar que la labor realizada en Ginebra en el contexto del CDH se integre en el trabajo general de la UE, incluido el del propio Parlamento;
54. Celebra el nombramiento de Stavros Lambrinidis como Representante Especial de la UE para los Derechos Humanos; alienta al Representante Especial a contribuir a la eficacia, coherencia y visibilidad de la política de derechos humanos de la UE en el contexto del CDH y a establecer una cooperación estrecha con la OACDH y los Procedimientos Especiales; expresa su deseo de cooperar con el Representante Especial en esta materia;
55. Aplaude la participación del Representante Especial de la UE para los Derechos Humanos en el Foro sobre las empresas y los derechos humanos, que tuvo lugar en Ginebra los días 4 y 5 de diciembre;
56. Reitera que la actuación de la UE es más eficaz cuando la Unión y sus Estados miembros aprovechan su peso colectivo; destaca la importancia de seguir reforzando la coordinación y la cooperación entre los Estados miembros a este respecto con el fin de alcanzar una base común en las cuestiones de derechos humanos; apoya todos los esfuerzos por transmitir «un mensaje con muchas voces»; vuelve a pedir una actuación más audaz y ambiciosa en vez de resignarse al mínimo común denominador; alienta, a este respecto, al SEAE, en particular a través de las delegaciones de la UE en Ginebra y Nueva York, a incrementar su coherencia sobre la base de consultas tempranas y detalladas;
57. Destaca la importancia de la ratificación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad, ya que ha sido la primera ocasión en que la UE ratifica una convención de las Naciones Unidas como ente jurídico; y pide a la UE que firme y ratifique el Convenio del Consejo de Europa sobre la violencia contra las mujeres;
58. Reitera la importancia que tiene para la UE defender la independencia de la OACDH, dada la necesidad de que este órgano ejerza sus funciones de modo imparcial, y recuerda la importancia de dotarle de fondos suficientes para que pueda mantener abierta sus oficinas regionales;
59. Señala que la protección de los defensores de los derechos humanos es una prioridad fundamental de la política de derechos humanos de la UE; destaca que las represalias y las intimidaciones de que son objeto los defensores de los derechos humanos que cooperan con los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas suponen una amenaza para este sistema; aprecia, por consiguiente, el apoyo práctico y financiero que se presta a través del Instrumento Europeo para la Democracia y los Derechos Humanos (IEDDH) con el fin de proteger y ayudar a los defensores de los derechos humanos;
60. Celebra la creación del Grupo de Trabajo de Derechos Humanos (COHOM) del Consejo con sede en Bruselas; aplaude los esfuerzos del COHOM por mejorar la preparación y la coordinación de las posturas de la UE en los períodos de sesiones del CDH, incluida la organización de reuniones del COHOM en Ginebra; reitera su confianza en que el COHOM contribuya a dar solución a la cuestión de la coherencia entre las dimensiones externa e interna de la política de derechos humanos de la UE;
61. Confía en que el desarrollo de las estrategias de derechos humanos por país de la UE se coordine adecuadamente con la actuación de la UE en los foros de las Naciones Unidas; reitera su recomendación de que las estrategias de derechos humanos por país de la UE se hagan públicas para dar mayor visibilidad al compromiso de la UE con los derechos humanos en terceros países y para que quienes luchan por sus derechos humanos encuentren apoyo en estos documentos;
62. Destaca la importancia de llamar la atención sobre el espacio cada vez más reducido que tienen las ONG en el CDH; alienta a los Estados miembros de la UE a unir esfuerzos para plantear esta cuestión;
63. Vuelve a pedir a la VP/AR, en vista de las nuevas noticias surgidas sobre la complicidad de empresas de la UE en abusos de derechos humanos en terceros países, que llame la atención sobre esta cuestión; reitera, a este respecto, la importancia de aumentar la coherencia entre las políticas internas y externas y el pleno respeto de los derechos humanos en las política internas para evitar el uso de un doble rasero;
64. Encarga a su delegación al 22° período de sesiones del CDH que se haga eco de las preocupaciones y los puntos de vista expresados en la presente Resolución; pide a la delegación que informe a la Subcomisión de Derechos Humanos acerca de su visita; considera indispensable que se mantenga la práctica de enviar a una delegación del PE a los períodos de sesiones pertinentes del CDH y del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas;
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65. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al Representante Especial de la UE para los Derechos Humanos, a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros, al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, al Secretario General de las Naciones Unidas, al Presidente de la 67ª Asamblea General de las Naciones Unidas, al Presidente del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y al Grupo de Trabajo UE-Naciones Unidas creado por la Comisión de Asuntos Exteriores.
- [1] Textos aprobados, P7_TA(2012)0250.
- [2] Textos aprobados, P7_TA(2012)0058.
- [3] Textos aprobados, P7_TA(2012)0504.
- [4] Textos aprobados, P7_TA(2012)0503.
- [5] Artículo 2, artículo 3, apartado 5, y artículo 6 del Tratado de la Unión Europea.