Propuesta de resolución - B7-0095/2013Propuesta de resolución
B7-0095/2013

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre la situación en Egipto

6.3.2013 - (2013/2542(RSP))

tras una declaración de la Vicepresidenta de la Comisión/Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad
presentada de conformidad con el artículo 110, apartado 2, del Reglamento

Franziska Katharina Brantner, Judith Sargentini, Raül Romeva i Rueda en nombre del Grupo Verts/ALE

Véase también la propuesta de resolución común RC-B7-0095/2013

Procedimiento : 2013/2542(RSP)
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B7-0095/2013
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B7‑0095/2013

Resolución del Parlamento Europeo sobre la situación en Egipto

(2013/2542(RSP))

El Parlamento Europeo,

–   Vistas sus anteriores resoluciones sobre Egipto, en especial su Resolución, de 16 de febrero de 2012, sobre Egipto: acontecimientos recientes[1], y su Resolución, de 15 de marzo de 2012, sobre el tráfico de seres humanos en el Sinaí, en particular el caso de Solomon W.[2],

–   Vistas las conclusiones del Consejo Europeo de 8 de febrero de 2013 sobre la Primavera Árabe,

–   Vistas las conclusiones de los presidentes del Grupo de Trabajo UE-Egipto, de 14 de noviembre de 2012,

–   Vistas las declaraciones pronunciadas por el Presidente del Consejo Europeo Herman Van Rompuy tras sus reuniones con el Presidente de Egipto Mohamed Morsi el 13 de enero de 2013 y el 13 de septiembre de 2012,

–   Vistas las declaraciones de la Vicepresidenta de la Comisión/Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad Catherine Ashton, de 25 de diciembre de 2012 sobre el referéndum en Egipto y de 5 de diciembre de 2012 sobre la situación en Egipto, y la declaración de su portavoz de 25 de enero de 2013 sobre las muertes en Port Said,

–   Visto el Reglamento (UE) nº 1099/2012 del Consejo, de 26 de noviembre de 2012 , por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 270/2011, relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Egipto,

–   Vistos el Acuerdo de Asociación UE-Egipto, de 2004, y el Plan de Acción aprobado en 2007,

–   Vista la Comunicación conjunta de la Comisión y de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, titulada «Una nueva respuesta a una vecindad cambiante» de 15 de mayo de 2012,

–   Visto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966, ratificado por Egipto,

–   Visto el apartado 2 del artículo 110 del Reglamento,

A. Considerando que Egipto sigue inmerso en un difícil periodo de transición política, económica y social tras la caída del régimen de Mubarak; que las expectativas y las aspiraciones suscitadas por el levantamiento popular en relación con el cambio de régimen deben convertirse, consolidándolas, en derechos humanos enraizados y concretos y en unas reformas democráticas que reflejen la voluntad y las aspiraciones de todos los componentes democráticos de la sociedad egipcia;

B.  Considerando que Egipto es miembro fundador de la Asociación Euromediterránea y un socio clave de la Unión Europea en la región mediterránea; que los acontecimientos políticos en Egipto tienen un fuerte impacto e importantes consecuencias para toda la región y también fuera de ella;

C. Considerando que las elecciones presidenciales celebradas en Egipto en 2012 fueron consideradas libres y justas por la comunidad internacional y marcan un hito en el proceso de transición democrática; que, no obstante, la sociedad egipcia sigue profundamente dividida en relación con valores fundamentales como el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, el Estado de Derecho, las relaciones entre el Estado y la religión y la buena gobernanza;

D. Considerando que, el 22 de noviembre de 2012, el Presidente Morsi promulgó un decreto que ampliaba sus poderes excluyendo la posibilidad de recurso judicial contra decisiones presidenciales; considerando que este decreto dio lugar a una áspera confrontación entre parte del poder judicial y la clase política; que en las protestas públicas en contra de este decreto varias personas murieron o resultaron heridas; que, el 8 de diciembre de 2012, el Presidente Morsi revocó el decreto en su mayor parte;

E.  Considerando que la nueva Constitución egipcia se aprobó en diciembre de 2012 mediante referéndum, con una participación del 32,9 %; que el proceso constituyente, que no fue incluyente ni transparente, y la aprobación anticipada de la nueva Constitución han ahondado aún más las divisiones internas de la sociedad egipcia; que han causado una preocupación generalizada en Egipto y en el exterior varios artículos de la nueva Constitución que son contrarios al compromiso internacional de Egipto con los derechos humanos, en relación, en particular, con la libertad de religión, la libertad de reunión, la libertad de expresión, los derechos de la mujer, la separación de poderes y la independencia del poder judicial, mientras se mantiene el papel de los tribunales militares;

F.  Considerando que la celebración de elecciones a la Cámara de Representantes, en cuatro vueltas, está prevista desde el 22 de abril hasta junio de 2013; que, el 19 de enero de 2013, el Consejo de la Shura aprobó una nueva ley electoral que suscitó críticas y controversia; que, el 18 de febrero de 2013, el Tribunal Constitucional Supremo declaró contrarios a la Constitución varios artículos de esta ley en una sentencia que dio lugar a nuevas controversias; que las fuerzas de la oposición encabezadas por el Frente de Salvación Nacional han anunciado que boicotearán las próximas elecciones parlamentarias en protesta contra la falta de garantías jurídicas de unas elecciones libres y justas;

G. Considerando que, en ausencia de un diálogo constructivo e incluyente entre las partes religiosas y laicas, la situación política interna se caracteriza por una tensión y una polarización extremas que dan lugar con frecuencia a incidentes violentos; que un diálogo nacional sincero y con una participación significativa de todas las fuerzas políticas es el camino aconsejable para superar las divisiones políticas y sociales actuales y crear una democracia profunda y sostenible en Egipto; considerando que el Presidente Morsi ha rechazado los llamamientos de las fuerzas de oposición en favor de la formación de un gobierno de unidad nacional; que, el 26 de febrero de 2013, el Presidente Morsi inició un diálogo nacional que han boicoteado fuerzas de oposición importantes;

H. Considerando que sigue habiendo en Egipto protestas en las calles y enfrentamientos violentos, como los ocurridos recientemente en Port Said, en los que resultaron muertas cuatro personas y varios centenares fueron heridas en los enfrentamientos entre los manifestantes y las fuerzas de seguridad de los días 2 y 3 de marzo de 2013; que las autoridades del Estado no han podido restablecer la tranquilidad y el orden; que el uso excesivo de la fuerza y la violencia contra manifestantes pacíficos por parte de las fuerzas de seguridad y algunos partidos políticos, además de grupos no identificados, sigue impune en gran medida;

I.   Considerando que, el 28 de enero de 2013, el Consejo de la Shura ratificó nuevas medidas de seguridad pedidas por el Presidente Morsi, con la imposición del estado de emergencia en las gobernaciones de Suez, Ismailía y Port Said, de la zona del canal;

J.   Considerando que Egipto sigue en una situación económica preocupante, agravada por la pérdida de ingresos del turismo y de inversión exterior directa; que la consolidación presupuestaria, el restablecimiento de la confianza en la economía y entre los inversores —que exige estabilidad política— y la lucha contra la corrupción son esfuerzos indispensables para crear una economía sólida en Egipto; que la economía egipcia sigue necesitando el apoyo de la comunidad internacional, incluida la UE, para hacer frente a estos desafíos;

K. Considerando a este respecto que la divisa local ha perdido el 8 % de su valor y que las reservas del Banco Central egipcio han sufrido presión, lo que ha agravado aún más una situación económica muy inestable y frágil; que el Gobierno egipcio está resuelto a continuar negociando para obtener un préstamo del Fondo Monetario Internacional;

L.  Considerando que las instituciones de la magistratura y los jueces siguen sufriendo presiones, ataques, intimidación e injerencia de diferentes agentes y fuerzas políticas; que, en noviembre de 2012, el Tribunal Constitucional suspendió sus trabajos debido a la ocupación de sus locales por partidarios del Presidente y de sus aliados; que el cese del Fiscal General en octubre de 2012 y la designación de un nuevo Fiscal General dieron lugar a vivas críticas —y a manifestaciones— de jueces, funcionarios judiciales y otras personas; que la injerencia en el poder judicial socava la confianza de la población en la equidad y la imparcialidad del sistema judicial;

M. Considerando que las mujeres egipcias se encuentran en una situación particularmente vulnerable en el actual periodo de transición; considerando que, según informes de organizaciones de derechos humanos egipcias e internacionales, últimamente, en particular en la noche del 25 de enero de 2013 y posteriormente, han aumentado los ataques y violaciones a mujeres manifestantes por parte de grupos coordinados no identificados y estos ataques están más organizados y son más sistemáticos, con el objetivo de intimidar a las mujeres para que no se sumen a las protestas, que las mujeres manifestantes han sufrido a menudo violencia, ataques sexuales, incluidas pruebas de virginidad, y otros tratos degradantes, también por parte de las fuerzas de seguridad, y que quienes defiende los derechos de la mujer son objeto de amenazas y acoso; considerando que la participación política de las mujeres ha sufrido importantes retrocesos; considerando que las mujeres que trabajan en el sector informal, en particular en los ámbitos de la agricultura y el trabajo doméstico, lo hacen a menudo en condiciones peligrosas y degradantes, sin seguro de enfermedad ni protección contra lesiones;

N. Considerando que la sociedad civil egipcia y las ONG internacionales se enfrentan a una presión creciente y topan con serias dificultades para actuar en Egipto; que los proyectos legislativos sobre asociaciones y fundaciones civiles y sobre manifestaciones públicas, de aprobarse en su forma actual, socavarían profundamente su funcionamiento y sus operaciones así como su derecho de reunión pública pacífica, e impondrían severas restricciones a la financiación exterior; que los sindicatos independientes dan cuenta de una presión creciente sobre sus organizaciones y sus miembros; que la violencia física y el acoso a periodistas han aumentado significativamente; que se han incoado varios procedimientos judiciales contra medios de comunicación de la oposición por injurias al Presidente;

O. Considerando que, el 26 de enero de 2013, un tribunal de El Cairo sentenció a 21 personas a muerte a raíz de los disturbios relacionados con el fútbol que se produjeron en Port Said a principios de 2012, en los que murieron 74 personas; que, en su Resolución de 16 de febrero de 2012, pidió una investigación independiente de los acontecimientos que dieron lugar a la tragedia y que los responsables fueran entregados a la justicia; considerando, no obstante, que la UE mantiene una posición firme y de principio en contra de la pena de muerte, cuya abolición es un objetivo fundamental de su política de derechos humanos;

P.  Considerando que los días 13 y 14 de noviembre de 2012 se celebró en El Cairo una reunión del Grupo de Trabajo UE-Egipto con más de 500 participantes —líderes políticos, parlamentarios, dirigentes empresariales y representantes de la sociedad civil de ambas partes— que debatieron una gama extraordinariamente amplia de temas, como la cooperación política y económica, la gobernanza y los derechos humanos, la recuperación de activos, el comercio, el turismo, las infraestructuras, las tecnologías de la información y la comunicación y la ciencia;

Q. Considerando que la UE es el primer socio comercial de Egipto y su principal fuente de inversión exterior y de cooperación para el desarrollo; que en la reunión del Grupo de Trabajo, la UE y las instituciones financieras asociadas ofrecieron a Egipto subvenciones, préstamos en condiciones favorables y otros préstamos por un importe total superior a 5 000 millones de euros para el periodo 2012-2013; que el Grupo de Trabajo anunció además que se duplicaría la participación egipcia en los programas Erasmus Mundus y Tempus con el objetivo de acercar estudiantes e investigadores egipcios a Europa; considerando que el cumplimiento de estos compromisos y la agilización de la entrega de la ayuda de la UE son de importancia crucial para Egipto;

R.  Considerando que el Grupo de Trabajo resaltó su compromiso con el fomento y el respeto de los derechos humanos (incluidos los derechos de las mujeres y la igualdad de género, con miras al empoderamiento de las mujeres en todos los ámbitos), las libertades de expresión y de asociación y la libertad de religión o de convicciones, y condenó todas las formas de incitación al odio por motivos religiosos, la intolerancia, el enfrentamiento o la violencia;

S.  Considerando que la UE se ha ofrecido a enviar una misión de observación electoral a las próximas elecciones a la Cámara de Representantes si Egipto la invita a hacerlo; que el Comité Electoral Supremo egipcio ha decidido recientemente aceptar la observación de estas elecciones e invitar para ello a varios agentes internacionales entre los que está la UE;

T.  Considerando que la devolución de los activos robados por el régimen anterior puede aportar una contribución al pueblo egipcio en términos económicos y también en términos de justicia y asunción de responsabilidades, por lo que es una cuestión de gran importancia simbólica en las relaciones entre la UE y Egipto; que, desde marzo de 2011, están congelados los activos en la UE de 19 personas responsables de apropiación indebida de fondos del Estado egipcio, incluido el anterior Presidente Mubarak; que el Consejo adoptó el 26 de noviembre de 2012 un nuevo reglamento para facilitar la devolución de estos activos objeto de apropiación indebida; que el Grupo de Trabajo ha acordado finalizar en un plazo de tres meses un programa que podría incluir el establecimiento de un grupo de recuperación de activos coordinado por el SEAE;

U. Considerando que el principio de «más por más» y el principio de asociación con sociedades son las piedras angulares de la política revisada de vecindad europea de la UE;

1.  Reitera su solidaridad y su apoyo al pueblo egipcio en este periodo de transición política, económica y social, difícil y complejo; reitera la determinación constante de la UE de asistir al pueblo egipcio en este proceso de transformación histórica;

2.  Expresa su profunda preocupación ante el deterioro de la situación de los derechos humanos en Egipto y la irresolución de las autoridades egipcias para invertir esta inquietante tendencia; subraya que, de acuerdo con su política revisada de vecindad europea tras la Primavera Árabe y, en particular, con el enfoque «más por más», el nivel y el alcance del compromiso de la UE con Egipto dependen de los progresos del país en el cumplimiento de sus compromisos en cuanto a democracia, Estado de Derecho, derechos humanos e igualdad de género;

3.  Insta, a este respecto, al SEAE, la Comisión y los Estados miembros a que supediten estrictamente la asistencia, la integración económica y otras aportaciones previstas en el marco del Grupo de Trabajo UE-Egipto a la consecución de progresos tangibles, como la adopción y aplicación del marco legislativo necesario, en particular en los ámbitos esbozados en la presente Resolución;

4.  Reitera su petición a las autoridades egipcias para que garanticen el pleno respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, a saber, los derechos de la mujer; la libertad de religión, conciencia y pensamiento; la protección de las minorías; la no discriminación por motivo de orientación sexual; la libertad de asociación y reunión pacífica; la libertad de expresión y de discurso; y la libertad de prensa y medios de comunicación, que son componentes esenciales de una democracia profunda y sostenible; pide, en este contexto, la elaboración transparente e incluyente de un plan nacional de reforma de los derechos humanos en el país;

5.  Destaca la importancia de las próximas elecciones a la Cámara de Representantes, que marcarán un nuevo hito en el proceso de transición democrática; recuerda la importancia de acatar las normas internacionales en materia de elecciones democráticas y admitir la presencia de observadores electorales nacionales e internacionales; anima al Gobierno egipcio y a todas las fuerzas políticas a que tomen las próximas elecciones como una oportunidad para desarrollar un diálogo nacional amplio e incluyente, pues es de imperiosa necesidad mantenerlo; aplaude la decisión del Comité Electoral Supremo egipcio de invitar a la UE a observar las próximas elecciones parlamentarias;

6.  Toma nota de la aprobación de la nueva Constitución egipcia por referéndum los días 15 y 22 de diciembre de 2012; recuerda las preocupaciones expresadas por numerosos observadores egipcios respecto a varias disposiciones de la nueva Constitución que podrían ser incompatibles con los compromisos internacionales del país en materia de derechos humanos; considera que un proceso constituyente más incluyente y más participativo podría haber contribuido a alcanzar un consenso más amplio en la dividida sociedad egipcia sobre el marco político fundamental necesario para el futuro del país;

7.  Expresa su alarma ante el aumento de la polarización interna de la sociedad egipcia, alimentado por los continuos incidentes violentos y el clima de impunidad; recuerda a las autoridades y las fuerzas de seguridad del Estado egipcio su deber de proteger el derecho de reunión pacífica y mantener la seguridad y el orden en cumplimiento estricto de la legislación nacional y los principios internacionales relativos a las prácticas seguidas para garantizar el cumplimiento de la ley; pide que se lleve a cabo una investigación imparcial de todos los actos de violencia, incluidos los atribuidos a agentes de las fuerzas de seguridad, y que se ponga a los autores de los hechos en manos de la justicia; pide, en este contexto, a los Estados miembros que, en relación con Egipto, cumplan estrictamente lo dispuesto en la Posición Común 2008/944/PESC del Consejo por la que se definen las normas comunes que rigen el control de las exportaciones de tecnología y equipos militares, en particular en lo relativo al segundo criterio sobre el respeto de los derechos humanos;

8.  Observa con gran preocupación los indicadores negativos en cuanto al Estado de Derecho, la independencia del poder judicial y la lucha contra la tortura en Egipto; pide al Gobierno egipcio que respete plenamente, apoye y promueva la independencia y la integridad de las instituciones judiciales del país; anima a las autoridades egipcias a que inicien un proceso genuino de justicia transicional con miras a garantizar la atribución de responsabilidades por las violaciones de los derechos humanos perpetradas antes, durante y después de la revolución de 2011;

9.  Se hace eco de la profunda preocupación expresada por activistas de la sociedad civil egipcia sobre los proyectos legislativos en materia de asociaciones y fundaciones y sobre manifestaciones, que, de aprobarse, reducirían aún más el espacio de actuación de la sociedad civil en el país; insta al Gobierno egipcio a que entable un proceso genuino de consulta pública y a que presente nuevos proyectos legislativos que respeten los compromisos internacionales de Egipto en materia de derechos humanos y a que garantice, entre otras cosas, un entorno que permita las actividades de las organizaciones de la sociedad civil y la expresión pacífica de la contestación política; pide que cesen las injerencias del Gobierno y toda forma de presión, intimidación o acoso contra la sociedad civil y activistas sindicales, así como contra periodistas;

10. Expresa su profunda preocupación por lo que se refiere al clima dominante de violencia contra las mujeres en Egipto y la ausencia de progresos en cuanto a la igualdad de género en la práctica y en la ley; pide que se ponga fin de inmediato a todas las formas de acoso sexual y violencia de género, entre otras, contra mujeres manifestantes y defensoras de los derechos de la mujer, que se investiguen efectivamente y con imparcialidad todos estos crímenes y que se lleve a sus responsables ante la justicia; pide a las autoridades egipcias que adapten el marco necesario para atajar la violencia contra las mujeres y que condenen públicamente este fenómeno desde el más alto nivel; insta al Gobierno a que promueva y apoye la participación política de las mujeres invirtiendo la actual tendencia negativa en este ámbito;

11. Reitera su preocupación ante la persistencia del paso clandestino y la trata de seres humanos y ante la situación de los inmigrantes irregulares en el país, sobre todo en la región del Sinaí; pide a las autoridades egipcias que sigan intensificando sus esfuerzos por abordar estas cuestiones, entre otros medios, aplicando plenamente la legislación nacional sobre refugiados y concediendo a las agencias de las Naciones Unidas y las organizaciones de derechos humanos pleno acceso a las personas afectadas en el Sinaí;

12. Reitera la posición firme y de principio de la UE en contra de la pena de muerte y pide que se imponga una moratoria absoluta a las sentencias de muerte en Egipto; insta a Egipto a que ratifique el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos destinado a abolir la pena de muerte; pide que se conmuten las sentencias de muerte pronunciadas el 26 de enero de 2013 contra 21 partidarios del club de fútbol Al Masri;

13. Lamenta la falta de progresos tangibles en lo que se refiere a la devolución al pueblo de Egipto de los activos objeto de apropiación indebida durante el régimen anterior; insta al SEAE y a los Estados miembros a que traten este asunto de tanta importancia simbólica y económica con la debida atención y pide a la UE que establezca un grupo de investigadores, abogados y fiscales de los Estados miembros con el cometido de prestar apoyo y asesoramiento jurídico a las autoridades egipcias en este proceso;

14. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la Vicepresidenta de la Comisión/Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a los Parlamentos y a los Gobiernos de los Estados miembros así como Presidente, al Gobierno y al Consejo de la Shura de Egipto.